J 0 R G E D E E $ T E B A N

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense.

Un doctorado nulo de derecho

EBO confesar he D reflexionado amplia mente antes de escri bir este artículo, pues soy consciente de la repercusión que va a tener que

Pero; en todo caso, las posi bles dudas me acechaban, me las ha disipado el Rector Magnífico de la Universidad Complutense, Gustavo Villa palos, cuando en recientes declaraciones a la prensa, ha señalado que <la Universidad debe ser la conciencia crítica de la sociedads también; que <tengo como artículo de fe una cuestión: nada es noticia puede ser ocultado indefinidamentez. que que

este tipo de Doctores los requisitos necesarios son los siguientes:

  1. La propuesta unánime de un Departamento.

Pero si al final me he decidido a hacerlo es porque creo que mi obligación como jurista universitario es denunciar todos aquellos casos que com porten una violación intencionada de en cualquier ámbito con mayor razón, si es en el propiamente universitario, donde yo ejerzo mi actividad profesional. las

REQUISITOS.Por consiguiente, siguiendo ese deber crítico siendo consciente de que lo voy a denunciar es noticia, me presto a señalar lo siguiente:

El Doctorado <honoris causav recientemente atribuido a Mario Conde, en un solemne acto académico, es nulo de plederecho no y; en consecuencia, no posee ningún valor jurídi -

En efecto; el artículo 62 de de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra tivo Común de 1992, establece que <los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en el caso de que sean dictados prescindiendo total tamente del procedimiento legalmente establecido de las normas que contienen las reglas esenciales para la for mación de la voluntad de los órganos colegiadosz. Ley

En el caso de la concesión de los Doctorados <honoris lan son el artículo 14 del Real Decreto de 23 de enero de 1985 <Las Universidades, conforme a lo establecido en sus normas estatutarias, podrán nombrar Doctores honoris causa Y, consecuente mente, el artículo 151 de los actuales Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid.

En este último precepto, se indica que para nombrar

El informe favorable, por mayoría de dos tercios de sus miembros, de la Junta del Centro al que dicho Departamento esté adscrito.

3 La aprobación por idéntica mayoría de la Junta de Gobierno de la Universi dad.

Pues puedo afirmar como miembro de la Junta de la Facultad de Dere cho y director de uno de sus departamentos, que ni el requisito primero ni el segundo se han cumplido en absoluto. bien,

Es más: yo, al igual la mayor parte de mis me enteré <por la prensav de que nuestra Facultad había <propuesto> Mario Conde, que colegas,

doctorado chonoris Mario Conde es nulo de pleno derecho y, en consecuencia; no posee ningún valor jurídico

Doctor <honoris causav

Por supuesto al denunciar esta ilegalidad no deseo que se me impute cualquier tipo de animadversión sobre el ilustre homenajeado, pues considero los banqueros ~incluso más si como en este caso se trata de un fino jurisque

Evidentemente, no cabe pensar que el incumplimiento de tales requisitos haya sido un pequeño <olvidov del rector cuando precisamente, en esa fiebre tropical de conceder títulos go-gó que le caracteriza, en otras ocasiones se mantuvo a lo preceptuado en los Estatutos de la Universi dad, me temo no aunque que siempre sido así. haya ta - al actuar de mecenas, son merecedores del título de Doctor <honoris causav , según una tradición nos viene de los Medici y que practican habitualmente las Universidades americanas. que

Es más: yo voté favor de la concesión del mismo título a don Alfonso Escámez cuando hace tres siguiendo todos los trámites legales, se propuso en la Junta de mi Facultad. años;

Ahora; sin embargo; por las razones que sean, no se ha seguido la vía legal son varias las incógnitas que no se han aclarado, aparte de las irregularidades legales.

Se afirma mí no me constaque el señor don Mario Conde ha hecho una donación de 1.500 millones de pesetas para la Universidad pero ipara hacer qué?

El Rector, del mismo modo que nos aclaró el señor Escámez había sufragado los exitosos cursos de verano de El Escorial, expuesto en se van a gastar esas minucias de dinero. que qué

Otra incógnita más: iCómo es posible que se haya designado un profesor y diplomático extranjero como padri no, habiendo tantos profesores de la Universidad Complu tense que podían debían haber sido nombrados para esa tarea?

6Qué cuerda toca, en todo este concierto; el señor Schlomo Ben Ami, antiguo embajador de Israel en España? Misterio

Y otro misterio más, aparte de una irresponsabili dad, es convocar más altas personalidades del Estado para asistir un acto en el que no se han cumplido los requisitos legales; llevar cabo así una pantomima sin basamento legal. grave las

Si seguimos así, un día, al entrar en la Facultad de Dere cho; me apercibiré sin demasiada sorpresa, de que el rótu lo de la misma ya no está otro en su lugar: Galeras Preciados hay

Acabo: Aparte de la gravedad intrínseca de este asunto lo grave, lo más grave, es que con él se demuestra un estilo de dirigir la Universidad española más importante, en el no se tiene en cuenta más que una tendencia ejercer un poder personalizado todos creíamos que ya se había desterrado en este que que país.

CONTRA LA CONFUSION

Justicia antidemocrática

ANTONIO GARCIA TREVIJANO

OS motivos de las decisiones electorales sean casi siempre ajenas a los intereses reales en juego; no se deben buscar en la ingenuidad de las muchedumbres atrasadas; sino en la ignorancia política de los sectores instruidos y en la mala fe de la clase dirigente. Anteponer interés particular de la clase política interés general en el conocimiento público de la verdad, sea por una sinrazón de Estado (GAL) 0 por una sinrazón electoral (FILESA), prueba hasta punto se han hecho carne entre nosotros la ignorancia y la mala fe en las más altas esferas del Estado y la sociedad. El Tribunal Supremo retrasa la investigación de un crimen político de corrupción para que la justicia no interfiera el proceso electoral. Es decir; en nombre de un absurdo prejuicio sobre la imparcialidad judicial, los magistrados deciden demorar el conocimiento público de una verdad que perjudica al PSOE, nadie denuncia este gravísimo atentado al Estado de derecho a la democracia. La ignorancia de los magistrados, el temor reverencial ante mala fe partidista de casi han conseguido que se considere normal la cínica intromisión, en la liza electoral, de uno uno de los candidatos. este dominio de la ignorancia y de la mala fe, sería un antidemocráticos ~cuyo reino es por des contado de este mundo que la hegemonía salida de lasurnas coincidiera mayor número 0 con la esperanza de dignidad del conjunto de los ciudadanos. que qué las Bajo milagro

Todavía sigue vivo en mi recuerdo la impresionante historia que contaba mi padre, Ileno de admiración por las COS de los adultos. No he podido saber después, pesar de mis pesquisas, fue una historia verdadera no. Para Una parte de la flota británica estaba fondeada en Gibraltar . La tripulación del buque insignia se divertía bebía en los bares del puerto. Una reyerta causa lesiones daños materiales a varios paisanos. La policía conduce a los alborotadores marineros al navío. Los civiles perjudicados denuncian los hechos la autoridad judicial.' Esta Ilama a presuntos culpables Pero el buque acaba de zarpar en misión de guerra. al comandante. el barco regresa, entrega los marineros vuelve su a mis lecturas sobre la independencia judicial en Inglaterra. los

No nada, absolutamente nada, que pueda justificar en un Estado democrático la voluntaria suspensión de un Lo peor en este caso es la buena fe del magistrado instructor. Estará convencido; con razón, de que su decisión de consultar su escrupulosa conciencia. Pero eso es un asunto moral que sólo a él le concierne. Mientras que todos los demás nos vemos alcanzados los desagradables efectos de una con ciencia equivocada pericial perjudicaría notablemente las expectativas electorales del PSOE El miedo merecer, ante la opinión de los le ha llevado a cometer la parcialidad contraria. El beneficio obtenido por el PSOE es incomparable con el daño causado a todo el cuerpo electoral, a la justicia y a la democracia. Para evitar el conocimiento <debidov a los electores sobre la verdad judicial, el Tribunal Supremo ha hecho trizas Estado de Derecho, como antes lo hizo el Tribunal Constitucional con Rumasa. La Justicia ha destapado su ojo miope para mirar de cerca no quería perjudicar; sin ver con su ojo recto tapado, el irreparable daño que se causaba a sí misma, como del Estado confiesa su impotencia ante el es, en el Estado de partidos; un mero apéndice. hay pOr quien poder que poder