UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID facultad de Ciencias de la Información Departamento de Derecho Constitucional
·
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE
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II
5314059373
HISTORIA Y REALIDAD DEL DIARIO MADRID
Colección Tesis Doctorales HA 166/92
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© Ildelonso Soriano López
Ed»a e irnpnnie [aEditorial de la Universidad Complutense de Madrid. Servicio de Reprogralía. Escuela de Estomatología. C¡udad Universitaria. Madnd, 1992. Ricoh 3700 Depósito Legal: M-12251-1992
La Tesis Doctoral de D
Ildefonso SORIANO LOPEZ
Titulada
HISTORIA
Y
REALIDAD
DEL
DIARIO
MADRID
Director
Dr.
O
Teodoro
GONZALEZ
BALLESTEROS
fue
leída
en
la
Facultad
de
.2S19E
LA
INFORMACION
de
la UNIVERSIDAD COWLUTENSE DE MADRID.
el
día
.
A'!..
de
JURIO
de
19
.91.,
ante el
tribunal
constituido por los siguientes Profesores:
PRESIDENTE Alfonso Javier FERNANDEZ DEL MORAL
VOcAL
Thcique. ALV4EtEZ. .QQriOE
vOcAL Coro CILLAN GARCíA DE ITURROSPE
VOCAL
Alejandro
VEGA FERNANDEZ
SECRETARIO . .Luao.Antnnio. 1t1N-J3J1tQ?. EAYQ~.
ha%Iendo recibido la callflcacldn de 49 1fl114U4.. ¡AM. •g4vj.~~=~Á
27 91 Madrid, a de JUfllO de 19 EL SECRETARIO DEL TRIBUNAL.
Ildefonso Soriano López
'HISTORIA Y REALIDAD
DEL DIARIO MADRID'
Director: Prof. D. Teodoro Bonzilez ~aIlesteros. Catedrático de Derecho de la InformaclOn.
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE NADRID
Facultad de Ciencias de Sección Departamental de Madrid, año de 1.991. la Información Derecho Consti tuc,c
A pilar, Mercedes y Alfonso.
AGRADECIMIENTOS
Al profesor Dr. Don Teodoro González Ballesteros, Catedrático de Derecho de la Información', director de esta Tesis y maestro de mi enseñanza universitaria. El ha Sa' bido provocar en el autor inquietud investigadora. Tanto su experiencia científica como su continuo ánimo han hecho Po' sibles el nacimiento de este trabajo.
A tódos los profesores de la Sección Departamental de Derecho Constitucional de la Facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutensa por el apoyo y la ayuda desinteresada recibidos.
A Don Rafael Calvo Serer (q.e.p.d.) que me propor cioné cuantiosa documentación muy importante para la elaboración del presente trabajo.
Al Profesor Gilles ~1ultigner Cirode que de igual modo me aportó documentos valiosos.
El reconocimiento también para todos los medios de comunicación y profesionales que me permitieron utilizar sus servicios de documentación, archivos y bibliotecas.
INDICE
| O. |
INTRODUCCION |
|
|
1 |
| 1. |
ASPECTOS |
IDENTIFICATIVOS DEL PERIODICO |
|
2 |
|
1.1. |
Aspectos jurídicos |
|
3 |
|
|
1.1.1. Proceso juridico de creación |
|
3 |
|
|
1.1.2. 'Madrid. Diario de la Noche' Sociedad Limitada |
de |
6 |
|
|
Responsabilidad |
|
|
|
|
1.1.3. Inscripciones posteriores |
|
8 |
|
|
1.1.4. Registro de la Propiedad Industrial |
... |
14 |
|
|
1.1.5. El primer director |
|
Ii |
|
1.2. |
Aspectos formales |
|
31 |
|
|
1.2.1. Nombre |
|
31 |
|
|
1.2.2. Aparición |
|
32 |
|
|
1.2.3. Lugar de residencia de la Administración |
|
|
|
|
y Redacción |
|
33 |
|
|
1.2.4. Periodicidad |
|
34 |
|
|
1.2.5. Fecha del primer ejemplar |
|
35 |
|
.3. |
Aspectos circunstanciales |
|
35 |
|
|
1.3.1. Zona de difusión |
|
35 |
|
|
1.3.2. Tirada |
|
40 |
|
|
1.3.3. Precio |
|
42 |
|
|
1.3.4. Formato |
|
43 |
|
1.3.5. Nómero habitual de páginas |
|
|
1.3.6. Nombre y dirección de la imprenta ... |
45 |
|
1.3.7. Número de ediciones y zona de cobertu- ra |
45 |
|
1.3.8. Lugar de conservación de colecciones. |
48 |
|
NOTAS |
49 |
| 2. |
CARACTERíSTICAS RACIONALES DEL PERIODICO |
59 |
|
2.1. Estructura financiera |
60 |
|
VAntc t,tcrrinrlnn 2.11 es y publicidad ... |
50 |
|
2.1.2. Costos de fabricación |
74 |
|
2.2. Condiciones de fabricación |
76 |
|
2.2.1. Plantilla |
76 |
|
2.2.2. Organigrama |
88 |
|
NOTAS |
89 |
| 3. |
CONTEMPLACION DEL PERIODICO EN EL AMBITO DEL PROCE SO HISTORICO ESPAROL |
90 |
|
3.1. La España contemporánea |
91 |
|
3.1.1. Política económica y laboral . ... |
93 |
|
3.1.2. Situación legislativa |
99 |
|
3.1.3. Situación política |
¶06 |
|
3.1.4. Coyuntura internacional |
II? |
| 3.2. |
Legislación de prensa e imprenta |
129 |
| 3.2.1. |
Situación jurídica de la prensa en la República |
129 |
|
3.2,1.1. La Ley de Defensa de la RepO blica |
131 |
|
3.2.1.2. La Constitución de 9 dc di-- |
|
|
3.2.1.3. La Ley de Orden Público de 28 de julio de jan |
137 |
| 3.2.2. |
La prensa durante la $uerra Civil |
142 |
| 3.2.3. |
La Ley de Prensa de 22 de abril de 1.938 |
146 |
|
3.2.3.1. y Concepto de información |
|
|
prensa: libertad |
150 |
|
3.2.3.2. Competencia del Estado |
151 |
|
3.2.3.3. Censura |
153 |
|
3.2.3.4. Empresa, Director, Redactores |
155 |
|
3.2.3.5. Sanciones |
157 |
|
3.2.3.6. Organos competentes |
158 |
| 3.2.4. |
La Orden de 29 de abril de 1.938 y el Fuero de los Españoles |
159 |
| 3.2.5. |
La Ley de Prensa e Imprenta de IB de marzo de 1.966 |
166 |
|
3.2.5.1. Concepto de prensa e informa ción |
171 |
|
3.2.5.2. Competencias del Estado . |
172 |
|
3.2.5.3. Censura |
176 |
| 3.2.5.4. Empresa, Director, Redactores |
181 |
| 3.2.5.5. Sanciones |
184 |
| 3.2.5.6. Otros aspectos |
186 |
| 3.3. La prensa periódica madrileña coetánea |
IB? |
| 3.4. El primer ndmero del diario 'Madrid' |
198 |
| 3.5. Historia del diario Madrid' ... |
242 |
| 3.6. Los directores |
284 |
| 3.6.1. Luis González Linares ... |
284 |
| 3.6.2. .J 054 Manuel Miner Otamendi |
288 |
| 3.6.3. Antonio Fontán Perez . . . |
295 |
| NOTAS |
302 |
| LA LIBERTAD DE EXPRESION DEL PENSAMIENTO |
333 |
| 4.1. La ley como limite |
334 |
| 4.2. Los textos sancionados |
342 |
| sentativos |
364 |
| 4.4. El último número del diario 'Madrid' |
387 |
| NOTAS |
426 |
| DESAPARICION DEL PERIODICO MADRILEÑO |
428 |
S.l.
Justificación del
Gobierno para
su cierre
429
| 5.2. |
El Madrid . |
ante los Tribunales de Justicia 445 |
| 5.3. del 'Madrid' |
Los nedios de comunicación ante el cierre |
531 |
| 6. |
CONCLUSIONLS |
|
| 5.3.2. El Alcazar |
|
543 |
| 5.3.3. 'Informaciones' |
|
558 |
| 5.3.4. 'Pueblo |
|
Sal |
| 5.3.5. 'YA' |
|
592 |
| 5.3.6. 'La VAnguardia' |
|
613 |
| 5.3.7. 'Arriba' |
|
636 |
| 5,3.8. 'Hoja del Lunes' |
|
645 |
| 5.3.9. 'Nuevo Diario |
|
647 |
| 5.3.10. 'El Mundo Internacional' |
|
653 |
| 5.3.11. 'Le Monde' |
|
660 |
| 5.3.12. Otros periódicos |
|
extranjeros 665 |
| NOTAS |
|
675 |
|
|
681 |
| ANEXOS |
|
693 |
| BIBLIOGRAFíA |
|
891 |
| PUBLICACIONES PERIODICA$ |
|
897 |
| REVISTAS ESPECIALIZADAS |
|
898 |
O. INTRODUCCIÓN
La historia es el estudio de los acontecimientos -del pasado relativos al hombre y a las sociedades humanas. -Por extensión, es el propio desarrollo de estos acontecimien tos. Al estudiar la historia más reciente de las libertades poblicas en España, y de forma concreta, la libertad de expre sión, nos encontramos con un tema interesante, nos referimos al 'Caso del diario 'Madrid'
El tema del diario 'Madrid es fascinante. En ~rimer lugar, 'Madrid', es el caso más mitico en la historia mo derna del periodismo español. Fue el vespertino madrileño quién descubrió numerosos caminos que estaban cerrados o per canecían ocultos y llenó de luz y claridad muchas ilusiones. En segundo lugar, porque fue un símbolo de la inflexibilidad de un régimen. Esto le convirtió en protagonista de numerosos expedientes y multas. Así, en el periodo comprendido entre -1.967 y 1.971 el diario sufrió ocho sanciones administrativas. Sólo en ocho meses se le abrieron diez expedientes administra tivos. Elevados los diferentes recursos de alzada y agotada la vía administrativa se formularon recursos contencioso-administrativos ante el Tribunal Supremo, con fallos en su mayoría desestimatorios. Finalmente, el 25 de noviembre del --año 1.971, siendo titular de la cartera de Información y Tu. risco, Alfredo Sánchez Bella lo cerró utilizando argumentos administrativos: por esto ha sido considerado como el más
grave atentado a la libertad de expresión registrado en los
últimos tiempos.
Por lo mismo, la mayoría de los medios de comunica ción hicieron un seguimiento del proceso. Con el advenimiento de la democracia se resucitó el tema y los medios se pronunciaron en no pocas veces ante los fallos de los Tribunales.
En el Caso Madrid hemos de diferenciar tres aspectos: la historia del diario, con especial miramiento a su último quinquenio, la llegada de Rafael Calvo Serer al pe riódico y el cierre del mismo.
El fin de este trabajo no es otro que el de investigar y analizar el coste que el diario 'Madrid~ tuvo que pa gar por el ejercicio de la libertad de expresión del pensa-miento, cuando no estaba reconocida. La libertad de expresión, como tibertadpúbI ict ~ détÉkho fundamental de la persona es tá amparada en todo Estado democrático. En España, en la actualidad, se recoge en el articulo 20 de la Constitución de U918. Si hemos tocado en ocasiones otros temas, aunque -sea colateralmente, se debe e necesidades de enfocar el mismo. Debemos y queremos dejar bien claro y desde el principio que no hemos querido convertirnosen juzgadores de los hechos. El trabajo ha consistido en el se~uiniento y análtsis de un periódico madrileño, sobre todo durante el Oltinio quinquenio de su vida, (1.966-1.971>, y las repercusiones que en otros tuvo el cie-
rre del mismo.
Por lo tanto, el grado de libertad de expresión del diario 'Madrid', podremos comprobarlo directamente viendo, en los Anexos, los textos prohibidos y censurados. Así cada cual tendrá la oportunidad de valorar los limites impuestos por el Gobierno de Francisco Franco a la libertad de expresión escrí ta. a través de la conocida Ley de Prensa e Imprenta de 18 de marzo de 1.966.
El ánimo con que hemos efectuado la indagación de dichos documentos necesarios para la realización de la inves tigación ha resultado positivo y así podemos decir que gracias a archivos, bibliotecas y sobre todo hemerotecas hemos obtenido la totalidad de los requeridos para la conclusión -del trabajo. En nuestro caso, el Archivo General de la Administración Civil del Estado, el Registro de la Propiedad Industrial que fue del Ministerio de Industria y Comercio, el Registro Mercantil de Madrid, el Registro de Empresas Periodísticas. el Archivo del que fue Ministerio de Información y Turismo, el del Ministerio de Justicia, el del Tribunal Súpre mo y el de los Juzgados de Madrid. Asimismo, hemos consultado fondos de la Hemeroteca Nacional, la Hemeroteca Municipal y la de la Facultad de Ciencias de la Información. Y tan,blen de la Biblioteca del Congreso de los Diputados, Nacional, Ciencias de la Información y Derecho.
Por último, haremos referencia al aspecto formal -del trabajo. Se divide en seis capítulos, distribuidos del 4 siguiente modo. En el Capitulo Primero analizamos la génesis del diario 'Madrid' empezando por los aspectos identlficativos del periódico, tanto jurídicos ,formales y circunstanciales. con Interés particular sobre el proceso de crea-ción del diario, y la figura de JuanPujol Martinez, su primer director y propietario.
El Capitulo Segundo, lo dedicamos a examinar las -características racionales del periódico: la estructura finan ciera y las condiciones de fabricación.
El capitulo Tercero Lo consideramos de singular im portancla puesto que posibilita el desarrollo posterior del trabajo. De un modo breve y conciso delimitamos el periodo -histórico que le toca vivir al periódico. Asimismo analiza-mos la legislación de prensa e imprenta que afecta al mismo. Mi. entramos en la parte eminentemente jurídica estudian do las leyes que afectaron a la libertad de expresión. Siendo estas, la Ley de Prensa de 1.938, la Orden de 29 de abril de l.938, el Fuero de los Españoles y la Ley de Prensa e Imprenta de 1.966. A modo introductorio también vemos la Ley -de Defensa de la República, la Constitución de 1.931 y la Ley de Orden Público de 1.933. Concluiremos el capitulo haciendo una incursión en la prensa madrileña coetánea. con la historia del diario 'Madrid y dando un repaso por las biografias
de sus directores.
El Capitulo Cuarto es el de mayor importancia. En él pasamos revista a los textos sancionados, realizando un análisis concreto e individualizado de cada uno de ellos. -También vemos otros que tienen interés por diferentes motivos.
El Capitulo quinto lo dedicamos a la desaparición del periódico, vemos la justificación del Gobierno para su cierre, el camino recorrido ante los Tribunalés de Justicia y la reacción y seguimiento del 'Caso Madrid' en otros me-dios. También apuntamos las soluciones que se barajaron tras la muerte de Francisco Franco y nos hacemos eco del óbito de Rafael Calvo Serer.
Concluye el trabajo, que ahora sometemos a la con- sideración del Tribunal, con el Capitulo de las Conclusiones finales que han surgido del conjunto del tema, y la bibliografía consultada para su elaboración. En esta se encierran libros y prensa que analizamos para el tratamiento particular de las cuestiones examinadas.
Finalmente, quisieramos hacer incapié en la suma -trascendencia que tienen los documentos para una mayor com-prensión de los capítulos. Es por este motivo que se incluyen a la conclusión de cada uno :ellos..Con la lectura de los que
recogen artlculos sancionados obtendremos la justa medida de la libertad de expresión del pensamiento que toleraron los -últimos Gobiernos del General Franco.
2
- 1, ASPECTOS IDENTIFICATIVOS DEL PERIODICO.
1. ASPECTOS IDENTIFICATIVOS DEL PERIODICO
- 1.1 -Aspectos jurídicos
- 1.1.1. Proceso jurídico de creación
Durante la guerra civil española, la prensa republicana fué paulatinamente incautada. A este respecto todo el material de imprenta que se encontraba en las diferentes poblaciones republicanas quedaba intervenido por el Ministe rio del Interior y puesto a disposición de la Jefatura del Servicio Nacional de Propaganda integrada en dicho mi ni sterio ( 1 ) .
Más tarde el material que había pertenecido a la prensa republicana fué afectado a Falange Española Tradicio nalista y de las d.O.N.S. (21, haciéndose cargo de imprentas y talleres como los de 'El Liberar, 'El Heraldo de Madrid', sito en la calle del Marqués de Cubas 9, 'Claridad' sito en la calle de Narvaez 42, o 'El Socialista', en la calle de
Carranza 22 (3).
Incautado 'El Heraldo de Madrid' pasa a manos de Juan Pujol Martinez, aUn al Régimen y a qui¿n presumiblemen te se le había ofrecido el diario. Pujol crearía, fundaría, dirigiría y seria el propietario del diario '1'iadrid' por un espacio de tiempo que se prolongó desde 1.939 hasta 1.960. -Más de veinte aros, en los que le dió su personalidad.
Los datos obtenidos en esta investigación nos por miten hablar de que el procedimiento llevado a cabo para la creación del diario 'Madrid' se realizó con fecha posterior a la publicación del primer número. Tanto lo que respecta a la solicitud y concesión de la marca o cabecera, así coso -su constitución en Sociedad de Responsabilidad Limitada da tan de julio de 1.939, en el primer caso y de septiembre de 1.941 en el segundo. Nos encontramos con una anomalia que tal vez sólo pueda explicarse con el estudio histórico de -la época en que suceden los acontecimientos, así como con el estudio de la legislación vigente sobre prensa e imprenta en este periodo de tiempo (4).
Interesa destacar en un primer estudio breve so bre la Ley de Prensa de 1.938, sus artículos primero y segundo:
El articulo primero declara que el Estado tiene
-todas las competencias en prensa periódica:
'Incumbe al Estado la organización, vigi lancia y control de la institución nacional de la prensa pe riódica. En este sentido compete al Ministro encar gado del Servicio Nacional de Prensa la facultad -ordenadora de la misma
El articulo segundo establece la censura previa
-con carácter transitorio:
'En el ejercicio de la función expresada correspon de al Estado: La regulación del número y extensión de las publicaciones periódicas. La intervención en la designación del personal directivo. La reglamentación de la profesión periodística. La vigilancia de la actividad de la prensa. La censura mientras no SC disponga su supresión. Cuantas facultades se deduz can del precepto contenido en el articulo primero de esta ley'.
Como vemos se regula el nombramiento por parte de la Administración de los directores de periódicos. Cuando -el director designado era el propietario del periódico los posibles problemas se reducían al mínimo. Este fué el caso de Juan Pujol Martinez, propietario y director del diario -'Madrid'
Las funciones correspondientes al Estado reflejadas en el articulo segundo de la ley, son desarrolladas en posteriores. Así en el quinto dice: 'Corresponde a los órga nos centrales el ejercicio superior y directivo de la fun-ción. En el Servicio Nacional radicará el Registro Oficial de Periodistas', y en artículos sucesivos se reflejan los -requisitos para poder registrarse como tales, de lo que se desprende que Juan Pujol Martínez cumplía con tales requisi tos y que sin ningún tipo de traba pudo optar a tal Registro.
No se reflejan, sin embargo, a lo largo de la ley los requisitos, paso a paso de constitución de la empresa -
periodística, así como tampoco se hace en las leyes poste-- riores a la de 1.938. No sed hasta la de Prensa de 1.966, cuando aparecerá explícitamente la regulación de la empresa periodística, con la creación de un 'Registro de Empresas -Periodísticas', diferente al de las empresas mercantiles y sin cuya inscripción no podía ejercerse tal actividad empre sarial
1.1.2. 'Madrid. Diario de la Noche' Sociedad de Responsabilidad Limitada
SegOn consta en el Registro de la Propiedad Mercan til de Madrid, 'Madrid. Diario de la Noche' S.L. inicia sus operaciones como sociedad de responsabilidad limitada en el año 1.941, y segón la tercera estipulacitn de la sociedad, a esta fecha se retrotraen todos los efectos jurídicos y económicos de la sociedad <5).
A) Capital de la Sociedad
Se constituye la sociedad con un capital social de 100.000 pesetas, con valor nominal cada una de las ácciones de las que se compone, pero Sin implicar la emisión en acciones u otro tipo de titulo. En pesetas el valor de cada acción era de 1.000 pesetas.
Los socios fundadores de esta sociedad eran:
Juan Pujol Martínez
Pedro Pujol Martinez Isidoro Bureba Muro.
Del capital de la sociedad corresponden las siguien tes partes a:
Juan Pujol Martinez: Setenta y dos mil pesetas, se adjudican 72.000 cuotas.
Pedro Pujol Martinez: Veintitrés mil pesetas, se adjudican 23.000 cuotas.
Isidoro Bureba Muro: Cinco mil pesetas y se dican 5.000 cuotas sociales <6).
8) Regentes de la
Director:
Sociedad
Juan Pujol Martinez.
Subdirector:
Pedro Pujol Martinez.
Administrador Gerente:
Isidoro Bureba Muro (7).
- C) Retribuciones por estos cargos
Director:
Cinco mil pesetas mensuales.
Subdirector:
Tres mil pesetas mensuales.
Administrador Gerente: Dos mil quinientas pesetas mensuales (8).
adju-
A efectos legales, se entregó en el Registro de la Propiedad Mercantil, escritura pública de fecha 25 de mar zo de 1.941, otorgada ante notario de Madrid, Jaime Martin de Santa Olalla y Esquerdo, con el número 337 (9).
1,1.3. InscrIpciones posteriores
A) Segunda lnscripción Registral: De la cesión de participación en la sociedad.
El 5 de octubre de ¶.949 se eleva a escritura pO
blica. la cesión por parte de Isidoro Bureba Muro de su par ticipación en la sociedad 'Madrid. Diario de la Noche' S.l.. (10). Esta cesión, venta y enajenación la realiza Isidoro -Sureba Muro a favor de Carlos Pujol Raes (II) y a su esposa Gloria de Pablo Blanco, por la cantidad de 7.000 pesetas sin reserva de ningún tipo, confiriéndole además a Carlos Pujol Raes el cargo de Administrador Gerente con el sueldo asigna do al mismo, así como las facultades otorgadas en las estipulaciones de constitución de la sociedad.
Los otros dos socios. Juan Pujol Martinez y Pedro
Pujol Martinez, mediante escritura nÓmero 1.016 aprueban y consienten la cesión de participación realizada por Isidoro Gureba Muro.
Las escrituras y procedimientos antes mencionados
se inscriben en el Registro de la Propiedad Mercantil de Madrid, declarando Isidoro Bureba Muro que no tiene derecho a ningún tipo de reclamación, beneficios, ni otros conceptos, ante la sociedad 'Madrid. Diario de la Noche'. S.L. (12).
6) Tercera lnscripclón Registral
Se realiza con motivo de la cesión de su partici- pación en la sociedad por parte de Isidoro Bureba Muro a fa vor de Carlos Pujol Raes, haciéndose constar en ella las mo dificaciones propias de esta cesión, es decir, dejar cons-tancia de la proporción en los repartos de beneficios y demás derechos y obligaciones de los socios, que no reviste -modificaciones sobre las estipulaciones de constitución, con la salvedad del cambio de nombre de un socio por el de otro nuevo (13).
- C) Cuarta lnscripción Registral: Sobre el aumento de capital social y reforma de estatutos
Se realiza el 19 de mayo de 1.958 y en ella los
-tres únicos socios de 'Madrid. Diario de la Noche', S.L. ya mencionados, establecen que el capital social de esta socie dad aumente hasta la cifra de quinientas mil pesetas. Las -cuatrocientas mil pesetas objeto del aumento quedan represen tadas por cuatrocientas participaciones iguales con valor nominal de mil pesetas cada una de ellas, acumulables, indivisibles y
que no podr¿n ser negociadas a titulos acciones o de cual-quier otro tipo. Se declaran estas participaciones suscritas por los socios de la compañía en la siguiente proporción:
Juan Pujol Martinez: 278 participaciones que repre sentan 278.000 pesetas.
Pedro Pujol Martinez: 102 participaciones que presentan 102.000 pesetas.
re-
Carlos Pujol Raes: 20 participaciones que represen tan 20.000 pesetas.
Los socios ingresan en efectivo estos importes en la Caja Social, por lo que las cuotas quedaron desembolsadas. Además en esta cuarta inscripción registral (14) se estable ce la modificación de los artículos quinto y sexto de los -Estatutos de la Sociedad, que hacen referencia al capital -social aumentado y a la participación de cada uno de los so cios en ese capital social, que anteriormente se ha refleja do (151.
- O) Quinta lnscripción Registral: Transformación -de la sociedad limitada a sociedad anónima
Juan Pujol Martinez y Carlos Pujol Raes, y el pri nro en representación de Pedro Pujol ~artinez,firmaron la escritura ante Alejandro Bérgamo LIebres, otorgada el ¶5 de enero de 1.962 por la que se transformaba la sociedad 'Ma--
drid.Diario de la Moche'. S.L., en sociedad anónima, con -efectos a partir del 1 de enero de 1.962. Para los efectos legales, se inscribió dicha escritura en el Registro Mercan til (16).
Al producirse el cambio a sociedad anónima, la mis ma pasa a estar constituida por acciones, y no por participaciones. Por lo que aunque se mantiene idéntica correlación con las participaciones sociales de cuando era limitada. aho ra las acciones representativas del capital social quedaron en la Siguiente proporción:
Juan Pujol Martinez: Acciones número del 1 al 350. Pedro Pujol Martinez: Acciones número del 351 al ¿75. Carlos Pujol Raes: Acciones número del 476 al 500.
Respecto el Consejo de Administración, en la quin te inscripción registral (17) se decía que estaba integrado por Juan Pujol Martinez como presidente; vicepresidentes: Al fredo Jimenez Mil les, José Ignacio Escobar Quipatrick , Emilío Jimenez-Ugarte Millas, Pedro Pujol Martinez y Carlos Pu jol Raes; secretario del Consejo: Vicente Picó Amador. Los tres accionistas de la sociedad, ya anónima, consintieron la participación de las mencionadas personas en el Consejo de Administración.
En el titulo II, el articulo quince de los Estatu
tos de la Sociedad reflejaba que el número mínimo de componentes del Consejo de Administración seria de cinco y el má ximo de quince. Y el articulo dieciseis, constaba que el Con sejo de Administración tendría amplias facultades para din gir y representar a la sociedad en todos los asuntos?relacionados coní el giro y tráfico de la empresa.
El Consejo de Administración eligiría además al
Presidente que lo seria también de la Junta General. El res te del contenido de los Estatutos de la Sociedad sólo varian con respecto a los iniciales en la relación de funciones y miembros propios de este nuevo tipo de sociedad.
Al realizarse esta quinta inscripción se adjunta- ha también una relación del patrimonio social no dinerario de la sociedad limitada, suscrita el 31 de diciembre de 1.961 por Pedro Pujol Martinez y Carlos Pujol Raes, que comprende las partidas de almacén, mobi liario y enseres que suponían una cifra que se elevaba a 3.218359,34 pesetas.
Esta relación no es suscrita por Juan Pujol, pues con fecha 29 de diciembre de 1.961. éste y su esposa. Juana Raes, elevaron a escritura púbí ica la 'Donación' de maquina nia (18), así como el 'Registro de la marca del diario 'Madrid'', a su hijo Carlos Pujol Raes (¶91.
Al final de esta inscripción se hace constar que
se aporta un certificado del Registro General de Sociedades Anónimas, expedido el 21 de diciembre de 1.962, por el que se cambiaba la denominación de la sociedad Madrid. Diario de la Moche'. S.L., por la de 'Madrid. Diario de la Noche,
SA.' (20>.
E> Sexta lnscrlpción Registral: Del aumento del capital y modificación de los estatutos sociales
Tras la Junta General de Accionistas que se celebró el día 17 de enero de 1.962 se acordé aumentar el capital social hasta 15.000.000 de pesetas, es decir, un aumento de 14.500.000 pesetas con 14500 acciones de mil pesetas no minales cada una, con los números del SOl al 15.000 que ten drian los mismos derechos políticos y económicos que las que entonces circulaban.
Como los accionistas existentes, por ley tenían
-derecho preferente para la suscripción, esta la hizo en su totalidad Carlos Pujol Raes, aportando para ello:
- Un solar en la calle Maldonado
- Un solar en la calle General Pardiñas
Estas fincas se hallaban gravadas por:
- -Hipoteca a favor del Banco Hipotecario, en ga-
rantia de un préstamo dc 1.200.000 pesetasQe dicha cantí-dad se adeudaba al banco en esos momentos, L030.022 pesetas.
- Otra hipoteca a favor del Banco Hipotecario de España, en garantia de un prestamo de 300.000 pesetas. Se -adeudaba en ese momento 256.119 pesetas.
Las fincas citadas estaban arrendadas a 'Madrid.-
Diario de la Noche, SA.' y se valoraban en 13.500.000 pese tas. Todo lo anteriormente expuesto hizo posible la suscrip ción de las acciones que suponía el nuevo capital social <21).
1.3.4. Registro de la Propiedad industrial
En este epígrafe vamos a realizar un resumen de
-las operaciones llevadas a cabo para la obtención de la Pro piedad Industrial del registro de una Marca para el diario 'Nadrid', así como las distintas renovaciones.
Juan Pujol Martinez solicité de la Propiedad Indus trial , registro de una l'iarca de Producción y Comercio, para distinguir un periódico y demás revistas y publicaciones. -marca denominada: ~Madrid.Diario de la Noche'. SA., en fe cha 24 de julio de 1.939 (22>. La inscripción fue registrada con el número 112.699 en fecha 20 de enero de 1.942 por el ministro de IndustrIa y Comercio, por veinte años a par tir de esta fecha (23).
Es de apotar que hasta la entrada en vigor de la
Ley de Prensa e Imprenta, de IB de marzo de 1A66. no se prescribe la obligatoriedad de las empresas periodísticas -de inscribirse en un registro 'especial', es decir, un re gistro diferente al de las empresas mercantiles, que si se regulará posteriormente en la citada ley y que llevaría el Ministerio de Información y Turismo y sin cuya inscripción no podía ejercerse tal actividad empresarial. Este era el Registro de Empresas Periodísticas.
Con respecto a la solicitud de la marca o cabece ra, así como la solicitud de renovación que era obligatoria si se deseaba mantener esa marca. se realizaba a través del ya mencionado Registro de la Propiedad Industrial.
El 2 de noviembre de 1.961, el propietario de es ta marca. solicita la renovación, concediéndose esta renovación por veinte años a partir del 20 de enero de L962, -fecha de concesión de la renovación <24). Anteriormente, tam bién se le habían concedido otros veinte años, exactamente desde 1.942 a 1.962 (25).
El 29 de diciembre de 1.961, Juan Pujol Martinez y su esposa Juana Raes, hacen escritura de donación de algu nas propiedades entre las que se encuentra el Registro de Marca de 'Madrid. Diario de la Noche', S.A. , a su hijo Car los Pujol Raes (26>.
Con fecha 18 de enero de U952 y ante notario de Madrid, Enrique G.-Arnau y Grau, se otorga una nueva escri tura pública por la que Carlos Pujol Raes cedía los dere-chos de marca a la sociedad 'Madrid. Diario de la Noches. (27). Sociedad que en breve seria vendida a otra de nombre 'Fomento de Actividades Culturales ~con6eicas y Sociales, S.L más conocida por sus siglas, F.ACE.S..
Los últimos datos obtenidos respecto del expe -diente del registro de la propiedad industrial es que previa solicitud se concede renovación de la marca número --112.699 'Madrid. Diario de la Noche' por veinte años más a partir del 1 de mayo de L982, 1
Aparece además en el expediente del diario 'Ma-- drid' la solicitud y concesión de una marca con el tftulo 'Madrid. Diario de la Mañana', cuyo número de expedientees el --112.701 que perteneció también en sus inicios a Juan Pujol -Martinez (28)., así como la solicitud de la marca con el titulo 'Domingo. Semanario Nacional' (2$), solicitud a la que se opone la 'Sociedad General de Farmacias' de Barcelo na, <3011 por tener la propiedad de una marca denominada 'Do mingo Ilustrado con expediente número 93.505.
1.1.5. El primer director
Cuando el diario 'Madrid' nace en el año de lA39, al finalizar la guerra civil española, lo hacia con la garantia de estar en unas manos respaldadas por casi cuaren ta años de periodismo. Su fundador, director primero y propietario hasta 1.960 fue Juan Pujol. Este intentó desde el principio imprimir un sello personal, tratando de conservar los últimos rasgos de un periodismo con tintes literanos y humanos que irfa desapareciendo a medida que la tecnica y los intereses económicos se impusieran. En un tiempo además, singularmente duro para la profesión periodística un tiempo en el que, ni su pluma, ni la de nadie, tenían -'libertad de vuelo'
Juan Pujol nació el 23 de diciembre de 1. 883, en La Unión, localidad vecina a Cartagena (Murcia), en donde su padre, un comerciante de la provincia de Gerona, se había establecido (31). Estudió bachillerato en Cartagena -(32) y cursó Oerecho en las Universidades de Madrid y Bar celona. A la primera ciudad, llegó en L900 para estu diar la carrera de leyes, pero desde muy temprano sintió -una clara inclinación por la letras, lo que le llevaría rlpidamente por los caminos de la literatura y sobre todo del periodismo.
Las primeras evocaciones de aquella ¿poca las ha-
ce Francisco Serrano Anguita al rememorar el inicio de su amistad, la cual duraría casi dos tercios de siglo. Al comenzar la primavera de E905, se celebró el tercer centena rio de la publicación de la primera parte de 'El Quijote'. y al acto contribuyeron ampliamente los periódicos, quienes -dedicaron números extraordinarios a conmemorar el aconteci miento, entre ellos estaba el publicado por el 'Diario [ini versal', dirigido entonces por Santiago Mataix y cuyo redac tor jefe era Cristobal de Castro. Se encontraban en aquel -número las firmas de Rubén Dario, Amado Nervo, Santos Choca no y Juan Pujol, quien describió en sus versos la muerte -del hidalgo caballero <33).
Siendo joven publicó un libro de poemas que apareció en 1.902. 'Ofrenda a Astartea', 'con una cubierta de papel negro en la que el titulo tenía reflejos de oro' (34) más tarde, en 1.908 saldría a la venta 'Jaculatorias y otros poemas' <35). Ambos estaban cargados de un radical modernis mo, influido por Rubén Dario, de quien fue amigo, acompañante en Madrid y admirador incondicional, y de cuya influencia no pudo ni quiso librarse (36).
En 1.908 inició su carrera periodística en Cartage na, como director de 'La Mañana', periódico fundado por losé Maestre. Un año despues se traslada a Madrid y comienza a hacer colaboraciones para 'Mundo', 'tíos Lunes de El Impar cial', para el que escribe un articulo semanal en la página
literaria <37). 'El Heraldo de Madrid' y 'El Pueblo Vasco' de Bilbao, cobrando cinco duros por cada articulo <38>. Alterna entonces con figuras como Baldomero Argente, Ramón Pe rez de Ayala, Manuel Bueno ---pertenecientes todos ellos a la generación que sigue a l~ del 98, caracterizada por un periodismo político que trataba de imponer su 'fe esperanza da' (39) en un clima de pesimismo y desgana; una generación que según González Ruano, 'está en la hora actual virtualmente desaparecida o poco presente en los mandos y en las -obediencias de las letras diarias' <40).
En 1.911 la Junta de Ampliación de Estudios le da una beca con la que viaja a Eruselas y a Paris. Juan Pujol vivirá intensamente el Paris de la 'belle epoque'; becario al lado de Azaña. recorre con Ramiro de Maeztu y Alvarez del yayo las grandes tertulias, conociendo la capital francesa en su mejor momento literario. Visita a Anatole France, a Paul Fort; vive en la misma casa que Julio Camba (41>. En aquella ciudad se casa con Juana Raes. Es, al mismo tiempo corresponsal de 'El Mundo' en Paris, ganando doscientas pesetas al mes, y hace traducciones para la casa Nelson, con el objeto de aumentar sus ingresos económicos (42). Al año siguiente pasa a ser el corresponsal de Londres y en 1.914, llamado por Torcuato Luca de Tena, se hace cargo de la corresponsalia de 'ABC' en la capital inglesa. Ese mismo año nace su hijo Carlos. en Londres, y con el estallido de la Gran Guerra, Juan Pujol comenzará una de sus actividades -
periodísticas más destacadas: la corresponsalía de guerra.
viliteracoe-
Como el mismo dijera: 'Una corresponsalía era en mis tiempos más literaria y menos informativa' (43). La da de Pujol estuvo siempre marcada por la dicotomía tura-periodismo, facetas que él siempre trató de conjugar. Ejemplo de ello fueron las crónicas que desde los diversos frentes mandaba a 'ABC', máximo exponente de un periodismo literario tendente a desaparecer y ante las cuales sus táneos no escatimaban elogios (44).
Al estallar la contienda quiso acompañar al ejér cito inglés que marchaba a Francia, pero le pusieron muchas dificultades y decidió trasladarse a Francia para seguir la acción de los alemanes, que hablan entrado en Bélgica:
'Yo no era ni germanófilo ni aliadófilo. Era sólo un periodi sta que Quer! ú -i nformar-~scb-re -cos-as ti--vas, en 4cs mismos frentes.' (45)
Hace un inciso en Madrid, durante el cual se en- trevista con la reina Cristina, quien le da unas cartas de presentación autógrafas para los archiduques Federico y Eugenio y vuelve a los frentes: Berlin, Polonia, Italia, Nrquia, Austria. Escribe visiones de batallas, con las figu -ras mts sorprendentes de la vieja Europa, con personajes po líticos, etc <46).
Muchas de estas crónicas fueron recopiladas más -tarde en forma de libro: 'De Londres a Flandes' (l.915>,'En Galitzia y el Isonzo' (IAIG) (47), que contribuyeron a aumentar su producción literaria en prosa. Varios años despus aparecieron otras obras suyas, generalmente novelas cortas: 'Yo soy revolucionario' (48> y dos largas: 'Cuando la nave partió y 'El hoyo en la arena'' <49). La lista de títulos -firmados por Juan Pujol acabarla con 'Cuentos y narraciones' 'La noche inolvidable' y 'Primavera en Italia (1.955), 'l~ deliciosas impresiones de un viaje por Italia, en un primoroso volumen joya de las bibliotecas» (50)
En L916 vuelve a España y funda con el marqués -de Polavieja el periódico 'La Nación', del que es subdirector. Es ya en este momento un periodista de reconocido pres tigio en nuestro paísMás tarde edita 'La Iberia' y abando na temporalmente el periodismo para dedicarse a la abogacia. Sin embargo, retoma de nuevo su verdadera vocación, esta v~ como corresponsal de 'Informaciones ' en Paris. Al)! sigue de cerca los esfuerzos de Brian Stresseman por lograr unos Estados Unidos de Europa y percibe lo que se estaba preparando en Alemania. Pero cesa en 'Informaciones' Serradelí y le ofrecen el puesto de director del periódico, cargo que acepta tras consultar con sus amigos de 'Renovación Española'. en E932 (51).
Eran momentos en los que Pujol se encontraba en
la oposición política al régimen inagurado apenas unos meses antes, la República. Eran tiempos de los que la prensa española de postguerra y de las décadas siguientes se encar gana de resaltar la ~heroicidad' de los periodistas que de bian defenderse de los ataques continuos de su; adversarios. como Juan Pujol, quien cada día se jugaba la vida por los esquinazos madrileños, siempre presto a dar réplica brava a pistoleros empujados por la subversión' (52). Más tarde, sin embargo, la prensa española de postguerra se publica -bajo unas directrices muy concretas con el fin de hacer -propaganda del régimen franquista.
Juan Pujol 0pta entoces por dos vías de militan cia: desde el puntal period!stico y desde la política. Se -inicia en este último campo presentándose como candidato en las elecciones a Concejales por el Ayuntamiento de Madrid, en donde resultó elegido, como lo seria como diputado a Cur tes por Madrid en 1.933 y por Palma de Mallorca en las últi mas elecciones de la República, por el Bloque Nacional. Sin embargo, los que le conocieron afirman que su paso por la -política fue meramente circunstancial, llamado por un senti do de responsabilidad ante su país (53).
Desde el punto de vista periodístico, mantuvo des de la dirección de su periódico, en un viejo edificio de la calle Madera, una actitud batalladora', a través de sus dr ticulos editoriales 'de agudas y afiladas crIticas' <54).
Sus colaboradores en aquella época eran personas -tan Ilustres como Eugenio Montes, Rafael Sánchez Mazas, Fr nesto Giménez Caballero. Juan Aparicio. Desde 'Informacie'. nes' dirigió también diversas campañas de Prensa, lo que -le valió la amistad de J 054 Antonio Primo de Rivera, así como la de otras personalidades precursoras del Movimiento <SS). También en esta época es cuando redacta el manifiesto que Sanjurjo utilizaría en su fustrado alzamiento militar del lO de agosto de L932 (56>.
Un capitulo destacado de esta etapa fue el provo cado por los sucesos que servirían de preludio a la revolu ción de octubre de 1.934. Algunos meses antes la UGT convo có la huelga de Artes Gráficas, el sindicato más fuerte de Madrid. cuando estallaron los disturbios, el periódico tu yo que salir a la calle gracias a los obreros voluntarios, ya que la totalidad del personal de talleres pertenecía a la Casa del Pueblo y se habla declarado en huelga. Jóvenes falangistas y de otras agrupaciones derechistas se encarga ron de vender el diario. Más tarde con la victoria en las elecciones del Frente Popular, el nuevo Gobierno por ley obligó a todos los diarios a pagar, a modo de indemnizacio nes y atrasos, los jornales que no habían cobrado los revo lucionarlos, lo que Pujol rotundamente se negó a hacer, di mitiendo de su cargo como director (57). Su salida de Ma -drid junto con otros diputados del Bloque Nacional, coinci _ dió en pocos diás con el Alzamiento. El 19 de julio pasó a
Portugal, de donde regresó a los pocos días, dirigiéndose a Burgos. donde Franco había organizado la Junta Nacional de Defensa. En la Capitanía General de aquella ciudad castella na se habla establecido la Jefatura Nacional de Prensa, a cuyo frente se puso desde el primer momento Juan Pujol, que fue requerido por el general Mola.
E) primer Jefe Nacional de Prensa del Movimiento recordaba así los primeros meses de su cargo:
1...> Se organizó con los medios de fortuna que en aquellos momentos se disponía. Una habitación en la Capitanía General. Tres o cuatro mesas que nos procuramos de diversas oficinas. Y un horario de trabajo que se extendía a las veinticuatro ho ras del día no impuesto por nadie, sino por nuest,'a ansiedad de conocer al minuto las noticias -que se iban produciendo. Todos los que componiamos la Oficina de Prensa nos incorporamos volunta ria y gratuitamente a ella. <...> Los que ya eran funcionarios del Estado pronto regularizaron su -situación, percibiendo los haberes que les corres pondian. Los que eramos empleados, tuvimos que -arreglarnos como pudimos, apelando a nuestras relaciones particulares 1...) (58).
Uno de sus más cercanos colaboradores era Luis -Antonio de Vega, quien destacaba por su capacidad de trabajo <59) y que se desplazó con Pujol en enero de 1.93? a San Sebastián para fundar el semanario 'Domingo', cuando la Jefatura Nacional de Prensa, junto con el Cuartel General tu
vieron que ser trasladados a Salamanca, haciéndose cargo de la Oficina de Prensa el general MillAn Astray. La nueva publicación comenzó a tirarme con crédito, dada la precarie -dad económica del momento, pero el nombre de Juan Pujol a la cabecera de la misma bastó para que la imprenta confiara en un éxito seguro. Luis Antonio de Vega. subdirector del -semanario, recuerda con cariño aquellos días y aquella redacción, en cuya puerta Pujol había mandado colocar un cartel que decía. 'Colaboradores: en vuestros artículos, nl lec ciones, ni arengas ni sermones (60).
Al acabar la guerra. Juan Pujol, con cincuenta y seis años, era uno de los periodistas más prestigiosos del ámbito nacional. De estatura mediana y cuello corto; tez mo cena y ojos oscuros y expresivos, ojos a los que los años, como decía González Ruano, 'han hecho crecer < ... ), esos -ojos que han visto incluso más de lo que han mirado <...) la voz delgada, el ademán amplio y con valor de verdadero -lenguaje, la cortesía considerada como un derecho más, que como un deber' (61). Sus conocidos decían de él que era un 'árabe, un moro cristianizado (62) y Jaime Campmany, parafraseando al mismo González Ruano, escribió que era 'un califa vestido a la europea'(62). El propio Pujol aludía a su sangre árabe cuando explicaba su animadversión al pueblo ju dio (63).
amor a Madrid, manifestado durante toda la guerra en su in terés ensidioso por recibir cualquier información que llegara de la capital. No sorprende, por ello, que al acabar -la contienda y regresar a la ciudad, el periódico que enton ces fundara recibiera el nombre de 'Madrid', gracias a la -amistosa concesión de una licencia con que la distinguió el Gobierno (65). En un principio, el nuevo periódico se estableció en los locales que habían pertenecido a 'El Heraldo de Madrid', en la calle Marqués de Cubas, pero más tarde -apoyado por el 4xito de la publicación, Pujol proyectó y consiguió el traslado del diario a unas nuevas instalado -nes, con maquinaria y edificio propios; el nuevo hogar del 'Madrid' diseñado por el arquitecto Antonio Labrada ~ -se encontraba en la calle General Pardiñas número 92 y en el mismo edificio instaló el director su vivienda.
Juan Pujol trató de plasmar en el 'Madrid' Su con cepto del periodismo, teniendo como premisas fundamentales la calidad informativa, dentro claro está, de las posibilidades del momento, y la amenidad. Su propio estilo se distinguía por la concisión, la claridad, la rotundidad y por 'el don de atraer y sugestionar al púbí ico' (67), caracteristicas todas ellas muy importantes si tenemos en cuenta -que 'Madrid' nace como un periódico vespertino:
'Sabía que la prensa vespertina tiene que ser mucho más ligera y alegre que la de la mañana por -que el lector llega fatigado al declinar el día y
hay que Informarle sin pesadumbres y no abrumarle con farragosos agobios doctrinales. Así hizo Pujol de 'Madrid' un órgano estable, hostil a lo garrulo y a lo pretencioso.' <68>
Asimismo, Pujol será recordado por muchos de los leprofesio- que han sido, y son hoy, grandes firmas de nuestro periodismo, por haber dado paso en sus págin5s a escritores noveles, yendo todo original que llegara a su mesa. Por ello, toda -una serie de periodistas españoles, cuyas carreras nales se gestaron en las primeras décadas de la postguerra -le consideraron un verdadero 'maestro' del periodIsmo <69>. Sirvan, a nodo de ejemplo, algunas de las afirmaciones de -Juan Pujol en torno al periodismo:
'Lo esencial en un articulo, en una crónica, en
-el reportaje o en la entrevista es contar algo. -Si ese 'algo' no figura en el original y lo que se hace es exponer sólo ideas, teorías o perderse en divagaciones y descripciones, se defrauda a -los lectores, que son los que nos hacen vivir'. Decía, también, que habla que 'batir el estilo' (70).
'(Un periódico se hace bien) dedicándose por completo a 41. Tomándolo como fin y no como medio' (71).
un periódico, para quienes andamos en ella es algo así como un navio: los vemos navegar cier to tiempo, o escorar y hundirse sin otra zozobra
que la de su tripulación o la de quienes formaron parte de ella ( ...>' (72)
'<El Periodismo> es un oficio en el que, a medida que pasan los años, se gana en humildad lo que se pierde en ilusión' (73)
El hecho es que todos los escritos que hemos halla do referidos a su vida y a su obra, valoran positivamente am bas, incluidos los de Antonio Fontán, quien sería, a la postre, el último director del diario:
'En una situación profesionalmente tan penosa, aun que comprensible dentro del planteamineto general del momento español, el diario 'Madrid' de Juan Pu jol ganó lectores y mercado, al amparo de su semejanza con el antiguo 'Heraldo', con la calidad téc nica e informativa posible en aquellas circunstancias, y distinguidas y populares colaboraciones 1 terarias'. Y más adelante continua: 'Pujol capitaneó el 'Madrid' con favorable fortuna y buen tino profesional durante veinte años ( (74)
Como director de Madrid', Pujol escribía editoria les, sin embargo, las ocupaciones de su cargo le alelaron -definitivamente de su labor literaria, consciente, como era, de que el mando de un periódico exigía toda la dedicación po sible(75). Pero pronto llegan los reconocimientos públicos y en 1.946 se le concede la Gran Cruz del Mérito Civil: en el discurso que pronunció en el acto de imposición de la conde-
coración, Pujol volvió a hablar de la grandeza y la servldum bre del Periodismo <76). Se le impone también la Orden de -Cisneros yen 1.953, Juan Aparicio. entonces Director General de Prensa, propone al Ministro de Información. Gabriel Arlas Salgado, el nombramiento de Juan Pujol como periodista de honor, nombramiento que se produce el 1 de octubre de aquel año (77>.
En 1.957 cumple una de sus ilusiones poéticas: ve la Cruz del Sur desde el mar, en un viaje que realiza al -Brasil. Y, por último, en 1.959, recibe el Premio Nacional Jaime Balees de Periodismo.
Su viva y fecunda carrera se habia visto truncada un año antes, en 1.958, por una terrible enfermedad. A fina les de febrero de ese año viajó a Alemania junto con otros periodistas y directores de agencias de turismo, invitados todos ellos por el gobierno alemán. Uno de los lugares que visitaron fue la estación de invierno de Garmitsch-Pastenkirchen, en donde se le produjo una hemorragia cerebral, y como consecuencia de ella, una hemiplejia que le dejaría pa ralizado todo el lado izquierdo. Su hijo Carlos se desplazó rapidamente a Alemania para hacerse cargo del traslado de Juan Pujol, pero la enfermedad le apartaría definitivamente de toda tarea profesional (78>.
embargo, a la cabecera del 'Madrid' hasta el 7 de octubre -de 1.964 <79). En 1.960, la familia Pujol se había plantea do la venta del periódico y una sociedad que nacía entonces FACES, Fomento de Actividades Culturales,Económicas y Socia les, comienza las negociaciones para su adquisición, que culminaría el 19 de enero de 1.962 (80). A partir de entonces, el diario 'Madrid' pasa, paulatinamente, de posiciones conservadoras hacia otras más liberales, pero esta evolución se dará de la mano de otros directores. Para ruchos. -dicho proceso, generado en unas circunstancias sociales y políticas muy determinadas, era una consecuencia lógica del momento histórico:
'1...)
porque desear la vuelta del diario de tien pos de los Pujol es tanto como ir al encuentro de los años cuarenta, cuando el quehacer periodístico con censura previa, era una ocupación burocrática hecha con notas oficiales, comunicados y consig -nas (...)' (81)
Juan Pujol murió el día 22 de enero de 1.967, a las ocho y veinte de la tarde, de un fallo cardiaco, en su casa, sobre el periódico que fundara. rodeado de su esposa. Juana Raes, su hijo Carlos, la esposa de éste, Gloria de Pablo Blanco y su hermano Pedro Pujol. Durante el largo peno do que duró su enfermedad, habla superado algunos ataques -de carácter bronquial, gracias a su fuerte naturaleza física, pero ocho días antes de su fallecimiento sufrió una bron
coneumonia aguda de la cual no se recuperarla. Toda la pren sa madrí leña se hizo eco de su muerte y a su entierro asistieron numerosas personalidades periodísticas y políticas.
Bastan, como resumen final, las palabras que escri biera uno de sus colaboradores, para ofrecer un homenaje -póstumo a su antiguo 'maestro':
'Escribió, creó periódicos, descubrió y alentó a escritores nuevos, supo ganarse una estimación unA nime en los medios profesionales, que reconocían -en él a un auténtico maestro por la destreza de su pluma y por la entrega incondicional a un ejercido del que habla hecho, plenamente su vida. <. .4 Así como en un aula la voz del profesor parece escudiar todavía cuando él ya se ha marchado, en estas es -tancias de 'Madrid' nos parece escuchar todavía la palabra que era a la vez glosa. consejo y lección. Le seguiremos escuchando durante mucho tiempo.'(82)
1.2. Aspectos formales
1.2.1. Nombre
El nombre del periódico que es objeto de estudio -es 'MADRID, DIARIO DE LA NOCHE'. En su primer número (83) -incluye un articulo de entrada en primera página tItulado 'Saludo a Madrid y a España' (84) en el que entre otras co sas se hace una declaración de intenciones y donde se dice que el diario lleva el nombre de la capital de España por-
que Madrid, es a juicio de su primer director Juan Pujol -Martinez, la capital que 'ha padecido cautiverio y martirio para que España se salvase'. Por otra parte, es lógico que en un régimen o sistema político en donde se primaba el cen tro sobre la periferia, se aproveche el nombre de la capi -tal del Estado para dárselo a un periódico, que en un principio nacía como apoyo a ese sistema..
1.2.2. Aparición
El rotativo 'Madrid, diario de la noche' aparece en 1.939. en la capital del Estado, finalizada la guerra ci vil, en virtud de una amistosa concesión de una licencia ad ministrativa con la que distinguió el gobierno de Franco a un gran periodista llamado Juan Pujol Martinez (85). Fue el 8 de marzo de 1.939 exactamente, cuando el entonces Jefe -del Servicio Nacional de Prensa comunicó a Juan Pujol que el Ministro de la Gobernación le aceptaba como director del 'Madrid'.
Concedida la licencia y contando con los medios
-suficientes el 'Madrid' pronto se impondría como el primer vespertino de la capital, en competencia únicamente con 'In formaciones
Juan Pujol solicité al Registro de la Propiedad -Industrial, el registro de una marca de producción y comer-
cia, para distisguir un periódico y demás revistas y puMi caciones, comprendidos en la clase 52 del Nomenclator Ofi cial , con la denominación : 'Madrid, diario de la noche', el 24 de julio de 1.939. La inscripción le fue concedida -con el número 112.699 el 20 de enero de 1.942 por el Minis tro de Industria y Comercio, por veinte atlas a partir de la fecha (86).
El nacimiento del 'Madrid' se enmarcaba dentro de una nueva política de prensa que introdujo Franco, según la cual la profesión periodística se convertía en uno de los pilares de apoyo a su régimen.
1.2.3. Lugar de residencia de la Administración y Redacción
En los primeros años de andadura del 'Madrid' es tuvo en la madrileña calle del Marqués de Cubas, número 7. El ST de marzo de T.939, un oficio firmado por Manuel Aznar se transmitía desde la capital de España. notificando a Juan Pujol el haber acordado poner a su libre disposición los locales, maquinaria y anejos, sitos en la vía antes mencio nada, donde se habla editado el periódico vespertino republicano 'Heraldo de Madrid'. Este fue incautado por el gobierno dentro de la política de nacionalizaciones que siguieron al término de la guerra.
En I .947, despues de haber pagado regularment·e -
una cantidad por la utilización del edificio de la calle -Marqués de Cubas, en concepto de arrendamiento, Juan Pujol instaló el periódico en un edificio propio y así el 16 de junio salía el primer número del 'Madrid' editado en la ca líe de General Pardiñas número 92 que seria su lugar de re sidencia hasta el día de su cierre, el 25 de noviembre de 1.971.
1.2.4. Periodicidad
La periodicidad del periódico 'Madrid' fue diaria desde su primer número del 5 de abril de 1.939. En un principio los domingos no salía, pues en estos años era común -el que los periodistas y trabajadores de talleres descansaran el sabado y por lo tanto no hubiese periódicos al día -siguiente. Años más tarde el día de descanso se traslado al domingo y fue entonces los lunes cuando no salían los perió dicos, a excepción de las famosas Hoja del Lunes' editadas por las Asociaciones de la Prensa <871.
En la actualidad, como es sabido, los periódicos son diarios sin excepciones, lo que no quiere decir que no descansen los trabajadores de la prensa, sino que se han buscado otras fórmulas para que eso obligatorio descanso -del trabajador no repercuta en la aparición del periódico ni en e] derecho del péblico a estar informado.
4.2.5. Fecha del primer ejemplar
El primer número de este periódico que tendría -una vida de treinta y dos años fue el que vió la luz el día 8 de abril de 1.939. Apenas hacia una semana que había terminado la guerra y no eran tiempos para que periódicos nuevos o antiguos tuvieran una significación política o ideolo gica específica. Todos los periódicos estaban sometidos a la censura previa y a las consignas obligatorias. Estas se aplicaron con mayor o menor rigor, según el momento y el ar bitrio de la persona que gobernaba el ramo. No obstante, y a pesar de la situación profesional tan penosa, el diario -'Madrid' de Juan Pujol ganó lectores y mercado, amparándose en un principio, en su semejanza con el antiguo 'Heraldo de Madrid', en la calidad técnica e informativa posible en las circunstancias del momento, yen distinguidas y populares -colaboraciones literarias.
1.3. Aspectos circunstanciales 1.3.1. Zona de difusión
conocer la difusión del diario 'Madrid' en sus cG
mienzos es un problema difícil cuando no imposible. La empresa periodística del 'Madrid', al igual que otras muchas de las existentes falseaban los datos de la difusión con el objeto de atraerse un mayor número de anuncios publicita -nos (88). Por lo tanto, cualquier cifra de difusión y de
zona de cobertura del 1'ladrid' es un tanto irreal. Esto se debía, ademAs de a la razón publicitaria, a:
A) Que hasta el ata 1.964 no existió un organismo autónomo que verificase con garantias la difusión del -número de ejemplares. Cuando se creó la Oficina de Justificación de la Difusión (0.J.D.) se va clarificando la guerra de cifras (89).
- a) Por otra parte existía una confusión en la ter minologia utilizada. A veces se daban a conocer cifras de -difusión que correspondían en realidad a la tirada, y se en ,tend¶a que se vendían todos los ejemplares que sallan de -la rotativa. Otras se confundían difusión con número poten cial de lectores <90).
Para conocer la difusión del 'Madrid' en la etapa anterior a 1.964 existe una vía que es el cálculo a través del papel consumido, tanto nacional colmo extranjero, otra es los anuncios de los propios periódicos, por ejemplo en los Anuarios de la Prensa Española y una tercera es la de -llegar a una estimación a traves de las contribuciones que los periódicos hacían a la lrstitución San Isidoro (91).
En el año de 1.944 el Belegado Hacional de Prensa dispuso Que todos los periódicos diarios contribuyeran a la Institución San Isidoro con la cantidad de cinco céntimos -
por ejemplar vendido el primer martes de cada mes. Conocida la aportación mensual del diario 'Madrid'. el cálculo de l~ ejemplares vendidos en los primeros martes de cada mes no -resulta difici 1: basta dividir el total de la cantidad contribuida en un mes por 0,05 pesetas para hallar la cantidad de ejemplares que se han vendido en ese día. La venta anual media y estimada vendrá dada al dividir el total de la apor tación en ese año por la cantidad de o,6o pesetas (92>.
Esta valoración es relativa y adolece de imperfec ciones y errores por varias causas. Primero porque el Cálcu lo se realiza sobre un día de la semana. el martes, en el -que la venta suele ser superior a la media de venta del res to de la semana. Segundo porque se puede observar que existen diferencias significativas en algunos casos entre los resultados que se derivan de las aportaciones a la Institución San Isidoro y las cifras de control publicadas por la O.J.D.
A continuación vamos a reflejar varios cuadros con el objeto de que este estudio del diario 'Madrid' quede lo más claro posible. En el cuadro ~, veremos la difusión media del diario 'Madrid» y la compararemos con la de 'ABC' y 'Pueblo', durante los años comprendidos entre 1.945 y 1.964 según la Institución San Isidoro. Desde el año 1.965 se recogen en el cuadro 2, junto con los datos de la Institución San Isidoro, las cifras de difusión según la O.J.D..
Cuadro 1 Difusión media diaria según la 1.5.1.
| Años |
Madrid |
ABC |
Pueblo |
| 1.945 |
38.943 |
98.707 |
50.961 |
| 1.946 |
27.047 |
89.976 |
39.561 |
| 1.947 |
26.359 |
99.070 |
37.553 |
| 1.948 |
35. 120 |
99. 120 |
37.984 |
| 1.949 |
37.560 |
107.604 |
28.746 |
| .950 |
22.252 |
99.208 |
25.562 |
| 1.951 |
48.632 |
101.OSS |
23.941 |
| 1 .952 |
49.992 |
108.420 |
43.856 |
| 1.953 |
56.382 |
131 .308 |
62.954 |
| 1.954 |
64.060 |
138. 106 |
93.332 |
| 1.955 |
59. 713 |
152.796 |
119.304 |
| 1.956 |
64.724 |
153.823 |
99.704 |
| 1.957 |
58. lOS |
155.570 |
58.177 |
| 1.958 |
54.629 |
153.764 |
66.892 |
| 1.959 |
58.831 |
160.094 |
79.822 |
| 1,960 |
62.561 |
168.623 |
122.075 |
| 1.961 |
53.591 |
164. 197 |
113.012 |
| 1.962 |
77.573 |
169.688 |
119. lBS |
| 1.963 |
64.547 |
1 57. 731 |
199.855 |
| 1.964 |
86.908 |
172.790 |
137.259 |
Cuadro 2
Difusión media diaria según la Institución San Isidoro y según la Oficina de Justificaclón de la Difusión
| Periódico |
'Madrid' |
'Madrid' |
| Años |
l.S.l. |
O.J.D. |
| 1.965 |
61.556 |
60.137 |
| 1.966 |
60.902 |
64.298 |
| 1.967 |
60,434 |
60.563 |
| 7.968 |
70.532 |
66.132 |
| 7.969 |
54.974 |
57.376 |
| 1.970 |
48.417 |
50.789 |
| 1.971 |
45.531 |
48.831 |
| Periódico |
'ABC' |
'ABC' |
| 1.965 |
180.390 |
194.349 |
| 1.965 |
192.SSO |
207.017 |
| 1.967 |
194.484 |
204.755 |
| 1.968 |
185.514 |
201.323 |
| 1.969 |
186.504 |
209.331 |
| 1.970 |
166.982 |
204.124 |
| 1.971 |
174.498 |
201.134 |
| Periódico |
'Pueblo' |
'Pueblo' |
| 1.965 |
160.074 |
150.657 |
| 1.966 |
198.787 |
¶78.065 |
| 1.95? |
797.576 |
177.494 |
| 1.968 |
215.740 |
199.180 |
| 1.969 |
2=0.618 |
193.259 |
| 7.970 |
219.¶0l |
193.548 |
| 1.971 |
204.015 |
192.526 |
1.3.2. TIrada
Al igual que ocurre con la difusión, hacer un es- tudio de la tirada del diario 'Madrid' en sus comienzos es tarea ardua y difícil. Pues como se dice en el apartado ante rior existfa una confusión en la terminología utilizada, y a veces se facilitaba cifras de tirada que correspondían a la difusión y viceversa. Por lo tanto, se puede afirmar que has ta el año de 1.964 en que se creó la Oficina de Justifica -ción de la Difusión, los datos son inciertos.
Por tirada útil se entiende la totalidad de ejem- pIares de un mismo número de una publicación, salidos de máquina en condición de ser distribuidos al lector. No incluye en ningún caso ejemplares incompletos o defectuosos <93) El siguiente cuadro refleja la tirada media del diario 'Madrid' entre los meses de enero de 1.965 a junio de 3.971.
| O |
en |
a en r,, |
04 en - |
u u |
so ,-. |
a, O, o |
|
|
|
|
|
|
|
|
| O O o- |
en LO 0- |
04 LO |
CD Lo LO |
|
- LO |
O LO |
|
|
|
|
|
|
|
|
| -, x |
04 |
LO c~ |
rJ |
|
'~ 04 |
0. 'NI |
|
|
|
|
|
|
|
|
| = o - |
o' O ni LO |
- en O' o' LO |
Ci O O' Lo 0' |
u |
LO en O |
04 0. |
en 04 o' 04 |
|
|
|
|
|
|
|
| a O -, |
so 04 a LO 0' LO |
LO 04 |
|
|
O 0.. Lo 04 LO |
LO Lo Lo |
LO LO 04 |
|
|
|
|
|
|
|
| ~ |
|
|
|
|
- a 04 0. |
0. Lo LO 04 - |
Lo CD |
|
CD |
|
|
|
|
|
| o- = = |
O a O LO LO Lo 04 en o. 0-. 04 o, o |
|
LO 04 O' |
|
-~ 04 |
CD O' O ej LO Lo 04 |
Lo LO 04 o' Lo |
|
|
O' LO - 04 0- LO 04 ~ |
Lo 04 CD LO LO Lo LO LO 04 |
|
|
|
| 0 O r 0. |
LO LO 04 |
LO o.. O |
O ~. |
|
|
LO 04 LO O' o' |
|
|
|
|
O - |
|
|
|
| - - .0 C 0. 2 0 o 2 0- 2 o - |
0.. LO .t 00 a 04 |
|
- CD CD 04 0.. |
LO 04 Lo |
O' |
|
|
|
|
|
O--. |
|
|
LO O |
| a 2 O |
|
0. 04 CD Lo O 0- O' 04 LO CD CD a O- |
LO 04 - LO 0- fl O- fl 04 0- O Lo o |
CD O 0-. Lo 04 Ú t- 04 o~ LO LO 04 04 - 0- 0- LO |
- O' LO e', 0' fl LO |
|
LO 04 04 |
.0 E 02 - o 0) u- .0 E e> |
o' O- 0' LO LO 04 CD Lo LO a 0- Lo - |
04 ~ - 0. LO 04 04 0~ |
CD Lo LO O CD Lo 04 Ci 0'~ en Lo CD 04 LO |
LO 0,. O- ej LO 0- 0,3 |
|
O Lo fU - LO Lo - |
|
|
- CD 04 0- |
0-. |
|
en O- |
|
LO LO |
u- .0 - |
o'. LO |
a 0- |
CD LO 0', LO |
|
|
LO LO |
|
|
~ 0.. LO 04 t LO Lo |
Lo ~. O- 04 |
|
Lo 04 |
LO 04 |
|
03 u- O z |
LO 04 |
|
04 |
LO |
|
LO 04 |
|
|
0.. Lo 04 |
O fl - 0. 0' 04 O 04 - en 0' |
|
|
O CD LO |
|
.0 m 0> 40 a 0> Lo |
|
|
|
|
~ LO ~ LO Lo 04 O' Ci 04 Lo LO 0. 04 |
O' ~ Lo o-. 40 |
|
|
|
|
|
Lo 04 0-. |
|
Lo 04 Lo e' |
0> o |
|
|
|
|
|
|
| o u- 4> 1- .0 02 u. |
|
|
|
Lo 04 |
- 0' |
|
L4~ CD |
O 0 0) 40 o o' « |
04 Ci fl LO |
04 Lo |
LO 04 LO |
|
0%3 |
Lo Lo 04 04 04 O |
| a |
LO LO 04 |
|
- 04 |
Lo 0-. a' en |
LO 0'' 04 o' 04 - o- 0.- |
0', CD 0' ~ LO Lo 04 e', |
04 Lo Lo LO 04 - |
L. |
LO Ci r'j LO LO 04 CD LO LO |
LO O 0- LO SO 04 o- LO |
04 O o, Lo LO 04 LO 0- 04 0-. |
04 e, 0' Lo CD 0' 0- 04 |
CD o' LO LO 04 Lo o' LO |
Ci ~ Lo LO 04 04 LO .0 |
|
|
LO 00 LO |
0-. |
LO O-. 04 |
O' 04 |
Lo - 04 LO 04 O |
04 LO - O' |
|
CD CD |
O 0--. 0-- LO |
O a |
CD |
o' en Lo |
~ LO - - |
| o 0- e, a 2 |
|
|
|
|
|
|
|
|
00 |
04 |
|
|
|
04 |
| 03 |
LO |
|
|
CD |
|
|
|
|
Ci |
|
LO |
|
|
|
|
|
|
LO |
|
O' |
0-' |
|
|
|
|
|
LO |
0' |
|
|
o' |
LO |
o, |
'O |
LO |
|
|
|
|
O' |
o, |
0' |
|
|
| Li |
|
a' |
|
o' |
|
oi |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
o, |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| o |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
LO 00 |
'0 |
|
'a |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
a |
|
c |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0' |
|
- |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1.3.3. Precio
El precio del diario 'Madrid' oscilé entre los 15 céntimos del primer número y las cinco pesetas del último:
| Años |
Pesetas |
Años |
Pesetas |
| ¶ .939 |
¶5 cent, |
1,956 |
1 Pta. |
| 1 .940 |
15 - |
1.95? |
1' |
| 1 . 941 |
25 ' |
L958 |
<5) 1,50 |
| 1 . 942 |
26 - |
1.959 |
¶ , 50 |
| U943 |
25 ' |
1,960 |
1.50 |
| 1.944 |
25 ' |
1.961 |
1,50 |
| 1 .945 |
40 ' (1) |
1.962 |
,50 |
| 1.946 |
40 |
L963 |
(6> 2' |
| 1.947 |
40 ' |
1A64 |
2' |
| 1 .948 |
50 ' <2) |
1.965 |
2' |
| 1.949 |
50 • |
1.966 |
a' |
| .950 |
70 ' (3) |
1.967 |
(7) 3', |
| 1.951 |
70 • |
1.968 |
3' |
| 1.952 |
70 ' |
1,969 |
3,' |
| 1.953 |
70 - |
1.970 |
4' |
| ¶ ~954 |
1 Pta.(4) |
L97l |
5' |
| 1.955 |
|
|
|
| Ci) Cambió el (2> Cambió el <3) Cambió el <4> Cambió el |
31 de mayo 1 de enero 11 de septiembre 24 de junio |
<5) Cambió el 1 <6) Cambió e117 (71 Cambió el |
de enero de abril 12 de julio |
.3.4. Formato
El formato cambié varias veces a lo largo de sus trenta y tres años, tal y como se aprecíd en el cuadro:
| Años |
Centímetros |
Centímetros |
Años |
Centímetros |
| L939 |
49 |
x 31 |
1 .956 |
49 x 33 |
| 1.940 |
49 |
x 31 |
1 A57 |
49 x 33 |
| 1 . 941 |
47.5 |
x 31 |
1.958 |
49 x 33 |
| 1.942 |
4? |
x 31 |
1.959 |
49 x 33 |
| ¶ .943 |
46,5 |
x 31 |
1.960 49 |
x 33,3 |
| 1.944 |
46,5 |
x 31 |
1.961 |
49 x 33,3 |
| U945 |
46,5 |
x 31 |
1.962 |
49 x 33.3 |
| 1.946 |
46,5 |
x 31 |
1.963 |
49 x 33 |
| 1.947 |
46,5 |
x 31 |
1 .964 |
49 x 33 |
| 1 .946 |
46,5 |
x 31 |
1.965 |
49 x 33 |
| 1.949 |
48,5 |
x 33 |
1.966 |
49 x 33 |
| 1 .950 |
48,5 |
x 33 |
1.967 |
49 x 33 |
| 1 .95~ |
48.5 |
x 33 |
1.968 |
49 x 33 |
| 1.952 |
49 |
x 33 |
1.969 |
49 x 33 |
| '.953 |
49 |
x 33 |
1.970 |
49 x 33 |
| 1.954 |
49 |
x 33 |
1.971 |
49 x 33 |
| 1 .955 |
49 |
x 33 |
|
|
1.t5. Número habitual de páginas
Este ha cambiado continuamente y ha pasado desde las 12 con el que salió el primer ejemplar del 'Madrid' has tael triple, 36. que contaba cuando desapareció en 1.971:
| Años |
Páginas |
Añas |
Páginas |
| 1.939 |
8 |
1.955 |
22 |
| 1.94 |
8 |
1.957 |
22 |
| 1.941 |
8 |
1.958 |
12 a 20 |
| 1.942 |
8 a 16 |
1.959 |
12 a 20 |
| 1.943 |
8 a 16 |
1.960 |
20 a 24 |
| 1.944 |
8 a 16 |
1.961 |
22 |
| 1.945 |
8 a 16 |
1.962 |
22 |
| 1.946 |
8 a 16 |
L963 |
2= |
| 1.947 |
8 a 14 |
1.964 |
22 |
| 1.948 |
8 a 14 |
1.965 |
22 |
| 1.949 |
8 a 14 |
1.966 |
20 a 36 |
| 1.95 |
12 |
1.967 |
20 a 36 |
| 1.951 |
12 |
1.968 |
28 |
| 1.952 |
12 |
1.969 |
28 |
| 1.953 |
IR a 22 |
1.970 |
30 a- 36 |
| 1.954 |
lB a 22 |
1.971 |
30 a 36 |
| 1.956 |
18 a 24 |
|
|
1.3.6. Nombre y dirección de la imprenta
La imprenta del diario 'Madrid' siempre estuvo en la misma dirección que la administración y la redacción. De esta forma, desde su nacimiento en el año de 1.939 estuvo -en la calle de Marqués de Cubas, número 7. En eso lugar. se habla estado imprimiendo el 'Heraldo de Madrid'. vespertino republicano que fue incautado por el gobierno nacional (94).
Posteriormente, a partir de 1.947 el lugar de la imprenta, es el mismo del nuevo periódico, en la calle Gene ral Pardiñas número 92. un edificio diseñado por el arquitecto Antonio Labrada y donde también instalé su vivienda -Juan Pujol, propietario del edificio y del periódico además de director (95).
1.3.7. Número de ediciones y zona de cobertura
El 'Madrid' al igual que el resto de los periódi- cos que se publicaban en los años de la postguerra española sólo lanzaba una edición, no obstante en días de grandes -acontecimientos sal lan más de una. Esta fue la tónica que -mantuvo hasta que se produjo su cierre.
En cuanto a las zonas de cobertura ha de decirse que 'Madrid' rue casi toda su vida un periódico vendido sé lo en Madrid, por los problemas del tiempo necesario para -
su distribución en provincias. No obstante a partir de los años sesenta va introduciéndose tímidamente en algunas pro vincias como Murcia, Ciudad Real o Córdoba. En los setenta, al igual que otros periódicos que se imprimían en Ma drid, la cobertura aumenta.
En tiempos del 'Madrid', este y sus contemporáneos llegaban a los distintos puntos de venta del país con varias horas de retraso respecto a los locales o regionales e in cluso con un día de retardo.
REPARTICION GEOGRAFICA DE LA DIFuSION DEL DIARIO 'MADRIO'
| Provincias |
ler. |
semestre |
2~ |
se.65 |
2~ se.66 |
2 |
se.67 2~ |
se.68 |
|
de |
1.965 |
1~ |
1.966 |
1~ LUZ |
1~ 1.968 |
í~ |
1.969 |
| Madrid |
87,50% |
87,50% |
86,531 |
|
87,24% |
88,03% |
|
88,75% |
| Murcia |
1,67% |
1,67% |
|
|
|
|
|
1,17% |
| C. Real |
1,09% |
1,09% |
|
|
|
|
|
|
| Códoba |
1,03% |
1,03% |
|
|
|
|
|
|
| Otras |
0,63% |
0,63% |
13,47% |
|
12,76% |
11,97% |
|
8,96% |
En este primer cuadro vemos la difusión geografica del diario 'Madrid' en el periodo comprendido entre el primer semestre de 1.966 y el primero de 1.969. A continuación anali zaremos el periodo comprendido entre el 2e semestre de 1.969 y el primero de 1.971, en donde la difusión en lo referente
a número de provincias que llega el periódico es mayor.
PEPARIICION GEOGRAFICA DE LA DIARIO 'MADRID' DIFUSIC'N DEL
Provincias
Madrid
Murcia
C. Real
córdoba
Al icante
Av i 1 a
Santander
Badajoz
León
Salamanca
Oviedo
Val enc i a
Cádiz
Vizcaya
Sevilla
Barcelona
Málaga
Otras
20 semestre 1.969
I~ de 1.970
90,05%
1 , 12%
o • 45%
0,40%
1,12%
0.48%
0,45%
O • 45%
0.37%
0.50%
0,45%
0,30%
0,67%
0,32%
2.18%
29 semestre 1.970
l~ de 1.971
93,81%
0,34%
0, 13%
0,20%
0,43%
0,71%
0, 19%
0,20%
0,11%
0,06%
0,23%
o • 22%
0,15%
0,34%
0,33%
0.33%
0,22%
2,00%
1.3.8. Lugar de conservación de colecciones
Aparte de las colecciones del diario 'Madrid' que puedan estar en posesión de particulares. El lugar de con -servación de colecciones en donde hemos investigado son:
- La Hemeroteca Nacional
- La Hemeroteca Municipal
- La Hemeroteca de la facultad de Ciencias de la Información de la Universidad Complutense. (Sólo existen fondos sueltos).
NOTAS
- (1) Según Decreto de ¶0 de agosto de 1.938.
- (2)
- Según Ley de 13 de julio de 1.940.
- (3) GOMEZ REINO Y CARNOTA. E.: 'Aproximación histórica al derecho de la imprenta y de la prensa en España (1.940 -1.966). Madrid, 1.977.
- (4) En el epígrafe 3.1., se realiza un estudio histórico de la época.
- En el epígrafe 3.2.3. · se analiza la Ley de Prensa de 22 de abril de 1.938.
- (6) Registro de la Propiedad Mercantil de Madrid, Tomo 310, Hoja 7.954, Folio 92.
- (7) Estipulación Quinta de la creación de la sociedad.
- (8) Estipulación Séptima. Registro de la Propiedad Mercan tu de Madrid, Tomo 310, Hoja, 7.954, Folio, 93.
- <9) Con estos datos acaba la primera inscripcidn registral
- de lo mercantil. y a'., anexo U
- (10) Segunda inscripción en el Registro de la Propiedad
- -Mercantil de Madrid. Tomo 310. Hoja 7.954, Folio 94.
- (II) -fijo de Juan Pujol Martinez y de Juana Raes.
- (12) V.. Anexo 1.
- (13) Isidoro Bureba Muro por Carlos Pujol Raes.
- Registro de la Propiedad Mercantil de Madrid, Tomo 310, Hoja 7.954, Folios 25 y 26, y y., anexo 1.
- (¶4) Registro de la Propiedad Mercantil de Madrid, Toro 310, Hoja 7.954, Folios, 26 y 27.
- (15) Según escritura pOblica de 21 de marzo de 1.957, otor
- gada ante notario. Alejandro Bérgamo Llabrés, número 738, y y., anexo 1.
- (16> Registro de la Propiedad Mercantil de Madrid, Tomo
- 310, Hoja 7.954, Folio =7.
- (17) y. · Anexo 1.
- (18) Rotativa, fundidora, prensa, planta de estereotipia y linotipias.
- <19) y., Anexo II.
- <20) Registro de la Propiedad Mercantil de Madrid. Tomo 310, Hoja 7.954, Folios 33 y 34, y y., anexo 1.
- Registro de la Propiedad Mercantil de Madrid. Tomo 310,
- (21> Hoja 7.964, Folios 34 y 35 y y.. anexos 1 y III.
- <22) Como puede comprobarse 107 días después de que hubiese salido a la luz el primer número de un periódico, cuya cabecera era 'Madrid. Diario de la Noche', el 8 de
- abril de 1.939, fundado y dirigido por el solicitante.
- (23> Expediente del Registro de marca de 'Madrid. Diario
- -de la Noche', según el Registro de la Propiedad Indus trial
- (24> y., Anexo Y.
- <25) Y., Anexo
- IV.
- <27) y., Anexo III.
- (28) y., Anexos VII y IX.
- (29) y., Anexo VI.
- (3D) y., Anexo VIII.
(31) APARICIO. Juan: 'un-padre del periodismo', en 'Madrid'. 23 de enero de 1.967, pág 5.
DE ROBLES, Federico: 'Tres veces grande de Espa-
(32) SAINZ ña'. en 'Madrid', 23 de enero de 1.967, pág. 5.
(33) '¿Es hora? SI; es la hora El rostro largo y seco, que parece arrancado de un retrato del Greco, pierde el gesto romántico de las viejas quimeras. Y pasan, por su frente fatigada y marchita por sus ojos, que miran con tristeza infinita. pasan no sé qué ensueños de antiguas primaveras.
Cii. por trancisco SERRANO ANGUITA en 'Hermano y raes tro'. en 'Madrid', 23 de enero de 1.96?. pág 4.
- (34) Ibídem.
- (35) PUJOL MARTíNEZ. Juan: 'Jaculatorias y otros poemas'
- (36) SAINz DE ROBLES, F. : Op. cit.
- (37) GONZALEZ-RUANO, César: 'Las palabras quedan. (Conversa eion~i)', Madrid, 1.957, pág. 155.
- (38) Ibídem.
- <29> MONTERO ALONSO, José.' La muerte de don Juan Pujol en 'Madrid', 23 de enero de 1.967, pág. 3.
- (40) GONZALEZ-RuANO, C: Op. cit. , pág. 153.
- (41) Ibídem. pág 155.
- (42)
- Ibídem.
- (44-) 'tenía las mejores condiciones del periodista: la claridad, la sencillez, el sentido de hacer vivo y dilfano lo que para otros pudiera ser complejo y difícil. Su es
tilo era una maravilla de precisión, de agudeza y de nervio. Siendo, al escribir, objetivo, sabia también en sus cuartillas un fino temblor humano, una cadencia de honda calidad emotiva. Sus crónicas de la Gran Guerra son en este aspecto una ejemplar creación. Es U en ellas perfectamente servido lo periodístico. P! ro a la vez vive en esas páginas un ejemplar decoro literario'. En José MOMTERO ALONSO, op. clt.
'tas anécdoctas y su valor en esa época le colocan en lineo de 0 Annunzio y de un Tardleu, porque don Juan era aventurero y conservador (..4'. En Juan APARICIO, op. cit.
'Y con sus crónicas pletóricas de precisión, de emoción y de criterio muy sutil. haMo ganado en España fama y popularidad tales que ya se le empezaba a lía mar 'joven maestro del periodismo' '. En Federico Car los SAINZ DE ROBLES, op. ctt.
'Las crónicas de Juan Pujol en esta época fueron unas auténticas crónicas maestras. No unas crónicas de -gran periodista. sino unas crónicas de gran escritor'. En César GONZALEZ-RUANO, op. cit. . pág. 157.
- (45) SANCHEZ QEL ARCO, M. 'La manato de otoño en que Fran-E ce fue nombrado jefe del Estado español. Recuerdos de don -Juan Pujol, primer Jefe de Prensa del Movimiento Nado nal', En 'ABC'. ¶ de octubre de 1.954.
- (46> Ibídem, y también GOMZALEZ-RuANO, op. cit. pág. 156 y 157.
- (47) PUJOL MARTíNEZ, Juan: 'En Gal itzia y el Isonzo. Con los ejércitos del general Von Mackensen y del archidu que Eugenio de Austria'. Madrid-Buenos Aires, U916, 313, págs.
- (48) PuJOL MARTíNEZ, Juan:' Yo soy revolucionario', Madrid,
- 1.933, 30 págs.
- <49) 'Dos novelas fieles a) realismo de su tiempo, pero delatando el filtrado europeísmo cultural de su autor'. -en Federico SAINZ DE ROBLES, op. cit. Sobre la segunda, a'., MARQUERIE, Alfredo.' Personas y personajes. Memorias informales', Barcelona. 1.971, pág.
- SERRANO ANGUITA, F. : Op. cit.
- <SI> La repuesta de Ramiro de Maeztu fue: Acepte usted, Pu jol; es una trinchera que debemos ocupar', en SANCHEZ DEL ARCO, M. : Op. Cit.
- (52) SAINZ DE ROBLES, F. : Op. clt.
- (53) 'No era don Juan Pujol un temperamento político; a la
- política le llevó el amor a España y a sus instituciones y el deseo de colaborar con los que intentaron el último esfuerzo para librarles de la revolución ácrata. Orador muy cedido al tema, con sus compañeros de candi datura intervino en distintos actos públicos celebrados en los barrios más varios de la capital. Había que pro nunciar un discurso y que librar una batalla, y Pujol siempre estuvo dispuesto al riesgo'. En 'ABC', 24 de enero de 1.967, pág. 40.
'A veces, la política pasó cerca de él. Más sintió ésta como un espectador, no como un actor. Y sólo en las ho ras graves de España -las de la República, las de la -Cruzadasalió de aquel tranquilo papel de espectador para sentir, vibrantemente, el deber que la situación le imponía', en José MONTERO ALONSO, op. cit.
- (54) MARQUERIE, Alfredo: Op. cit. , pág. 93.
- <55) APARICIO, Juan: Op. cit.
- (56> Sobre la sublevación de Sanjurjo y el sentido del mani fiesto véase JACKSON, Gabriel: 'La República española y la guerra civil. 1.931-¶.939~', Barcelona, 1.979, -págs. 84 y 85.
(57> GOMEZ MESíAS, Jose Luis: 'Don Juan Pujol: cincuenta y seis años de periodismo', en 'El Alcázar', 11 de febre ro de 1.964; también, MARQUFRIE, Alfredo: Op. cit. , -págs. 94 y SS.
(58)
SÁNcHEZ DEL ARCO. ti.: Op. cit.
(59> 1...) era como para asombrar a cualquiera. Todas las
horas resultaban pocas para su afán de trabajador. y trabajaba. como debe ser, sin que se le notase e) esfuerzo. (.. , ). El tiempo de oficina, lejos de cansarle en su labor, le estimulaba, y cuando íbamos a pase ar por la isla o el frio nos obligaba a buscar refugio ene] Casino, continuaba hablando de asuntos concernien tes a la Dirección General de Prensa. Su enorme activi dad no le permitía hallarse ausente en ninguna ofensiva, en ninguna batalla'. 1 más adelante sigue: 'Quería saberlo todo, hallarse Informado de todo. Fue un gran Director General de Prensa: inteligencia, capacidad de trabajo, entusiasmo y perfecta adaptación a las circuns tandas' · en Luis Antonio de Vega: 'De la Dirección -General de Prensa a la dirección de 'Domingo'', en 'Ma dnid', 23 de enero de 1.967, pág. 4.
'Ocupábamos para la Redacción una sala muy grande en
(60> la entrada de la calle Fuenterrabía. Tenía una pared -empapelada con planos que eran retazos del frente de -España entera; planos ante los que pasaba horas enteras, aunque tenía que sabérselos de memoria', Ibídem.
<61) GONZALEZ-RUANO, C.: Op. cit., págs. 153 y
(62) Según frase de Federico García Sanchiz; ctt. por Alfre do MARQuERIE, op. cit., pág. SI.
Véase también la Introducción que hace 'EL CABALLERO AUDAZ' (pseudónimo de José Maria Carretero), a la nove la de Juan PUJOL, 'Yo soy revolucionario', op. cit. -págs. 3 y 4, en donde dice: 'Juan Pujol tiene el rostro redondo, moreno, de fuertes soles, de un árabe levantino. Moro -
(63>
sensual y artista de alma nómada'.
CAMPMANY, Jaime: 'Juan Pujol'. en 'Arriba', 24 de ene ro de 1.967,
(64> t4ARQuERIE, Alfredo: Op. oit., pág. 92.
(65) FONTAN. Antonio: 'Madrid, página 3', Madrid, 1.972, -
pág. ¶3.
(66) GONZALEZ-RUANO, C: .
Op. cit. pág. 153.
(67> MARQUERIE, Alfredo: Op. cit. pág. 90.
(68) GALLEGO, Vicente: 'Responso por un diario', en 'ABC', Madrid, 24 de abril de 1.973.
(69) Véanse al respecto, todos los artículos aparecidos a
raiz de su muerte, en la prensa madrileña firmados por figuras tan representativas como el que más tarde sería director del periódico, José Manuel Miner Otamendi; el entonces ministro de Información y Turismo, Ma nuel Fraga Iribarne; José Montero Alonso, Juan Aparido, Federico Carlos Sainz de Robles y Francisco Serra no Anguita. 1'., también los aparecidos en 'Informado nes' , 'Pueblo' y 'El Alcázar' (23-1-1.967) y 'ABC' y 'Arriba' <24-1-1.967>.
(70) MARQuERIE, Alfredo: Op. cit. , pág. 90.
(71) GONZALEZ-RUANO. C. : Op. cit. . pág. 157.
(72> Son palabras de Juan Pujol, escritas para el 'Prólogo de una historia de 'El Imparcial'; ORTEGA Y GASSET, Ma nuel ' 'El Imparcial. Biografía de un gran periódico español', Zaragoza, 1.956, pág. 6.
(73) GOMEZ MESíAS, José Luis.''Don Juan Pujol: cincuenta y
seis años de periodismo', en 'El ALcázar', 11 de febre ro de 1.964.
(74) FONTAN, Antonio: Op. cit. , págs. ¶4 y ¶5.
(75) 'Las complicadas vicisitudes del periodismo fueron en
detrimento de la literatura. Pujol no tuvo tiempo -ni probablemente humor y tranquilidadpara acrecentar sus tareas literarias imaginativas y de creación.-Acaso esta renuncia le desanimaba íntimamente, pero habla de entregarse a la dura servidumbre del diario en tiempos singulaemente duros y desapacibles para la profesión', en Vicente GALLEGO, op. oit.
- (76) GOMEZ MESTAS. José Luis: Op. cit.
- (77) APARICIO, Juan: 'Un padre del periodismo', en 'Madrid', 23 de enero de 1.967, pág. 3.
- (78) Y.,' Madrid':' La dirección de Madrid'', 23 de enero
- de 1.967, págs 3 y 5.
- (79> y. · 'Madrid%-' La enfermedad y la muerte'. 7 de octubre de 1.964, última página.
- (80) Sobre los detalles de la venta de 'Madrid' y su adqui sición por parte de FACES, véase Rafael CALVO SERER: 'La dictadura de los franquistas. El 'affaire' del -Madrid' y el futuro político', Paris. 1.973. 393 págs. Esta obra es fundamental para conocer la última etapa del periódico. Tres años mas tarde, ante una posible reaparición del diario, se publicó un estracto de la misma en la revista 'Comunicación' (octubre 1.976>,bajo el titulo: 'DIarIo 'Madrid': La lucha por la mdc ptndencla
- (SI) CONTRERAS. Lorenzo: 'Una semana politicamente caliente en 'Mundo', 4 de diciembre de 1.971, pág. 9.
- (82) MONTERO ALONSO, José: Op. cit.
- (83> El día 8 de abril de 1.939.
- (84) 'Hoy, sábado de Gloria del año 1.939 -año de la victoria sobre los enemigos interiores y eKteriores de nuos tro país-, sUc a la luz el primer número de este perió dico, que lleva por titulo el nombre de la capital de
- España. Hay nombres que son como airones y como bande-
ras, y el de Madrid lo habría sido siempre. <...> Aspira este periódico a ser como un espejo en que se -refleja la vida entera de Madrid -que es como decir la de España-, sus progresos, todos los matices de su alma heroica y sentimental. Y en la tarea urgente que pa ra hacerle volver a la existencia perdida se impone y va a realizarse -como se va a efectuar en toda España, ensangrentada y empobrecida por esta guerra terribleprocurará secundar con fervor la voluntad generosa del Gran Capitán que ha ganado todas las batallas, pero que llegada la hora de la paz quiere que esta sea complete, fraterna, de manera que todos los españoles, cualesquie re que fueran sus ideas y sus errores de antaño, se -sientan en el seno de la patria recuperada> unida y en orden. Sin otra excepción que la de aquellos que cometieron errores, sino crímenes, y sobre los cuales tampoco caerá la ley del odio, sino simplemente la ley pe nC. (...)
Pues para servir esos grandes designios de Franco, pare secundarlos en la medida en que nos es dado hacerlo a los periódicos, para llevar al ánimo de todos los es pañoles el sentido patriótico en que el Caudillo inspi ra todos sus actos y la confianza y el amor que sienten por él cuantos han combatido o vivido bajo sus banderas es para lo que nace MADRIO.
Y es claro que también para una labor de información -serena, objetiva y veraz de todo cuanto en nuestra Patria y en el mundo acontezca. Porque con Franco entran en la España redimida no sólo el pan y la justicia, si no también la verdad, la serenidad, la objetividad, que permiten apreciar en su justa proporción y vencer todas las dificultades que la vida suscita, así en la guerra como en la paz'
<85) FONTAN, Antonio: 'Madrid. página 3', Madrid, Seminarios y Ediciones, 1.972, pág. 13.
¶36) V.
, Anexo IV.
(87) 'La Hoja del Lunes' editada por la Asociación de la
Prensa de tiadrid, nace el 24 de noviembre de 1.930 y desaparece el 28 de julio de 1.986.
(88> NIETO, Alfonso: 'La empresa periodística en España'. -Pamplona, 1.973. pág. 118.
(89) Los primeros controles de la difusión se publicaron en
mayo de 1.965. El objeto de la 0.3.0. es controlar la difusión de los medios impresos que reunan las siguien tes características: estar inscritos en el Registro que depende de la Dirección General de Prensa, como publica ciones periódicas; admitir publicidad pagada en sus p~ ginas: solicitar voluntariamente el control, aceptando expresamente el Reglamento de Trabajo de la O.J.D. ; líe var publicándose más de tres meses si se trata de dia nos y más de seis meses si se trata de semanarios, y más de un año para publicacIones de otra periodicidad,
(90) NIETO, A.: Op. clt., pág. 118.
(9?) La Fundación San Isidoro se constituyó por Orden Minis tenial dc 10 de junio de 1.940. Era una Escuela-Hogar para huérfanos de periodistas.
(92) Esta es la cifra resultante de multiplicar O'QS por 12, que son los meses del año.
(93> NIETO, Alfonso: 'La cepresa periodística en España', -Pamplona, 1.973, pág. 124.
(94) V., Epígrafe 1.2.3.
(95) Y., Epfgrafe 1.1.5.
- CARACTERíSTICAS RACIONALES DEL PERIODICO
- CARACTERíSTICAS RACIONALES DEL PERIODICO
2.1. Estructura financiera
- 2.1.1. Ventas, suscripciones y publicidad.
Los ingresos por ventas son el valor dinerarlo que la empresa editora percibe como conse~uencia de los ejempla res que vende a través de los distintos canales de distrlbu ción que tenga establecidos. Esta clase de ingresos tendrá -la consideración de neto o bruto según se deduzca o no la co misión que se abone a los distribuidores y los gastos corres pondientes a la circulación.
El incremento de ventas no incide directamante las en un incremento del beneficio, ya que todo depende de la --cuantía de gasto que suponga ese incremento de la tirada. El ingreso procedente de la venta tiene una repercusión directa sobre la publicidad, que es el principal ingreso de la empre sa
En la mayoría de las empresas periodísticas, el au ingresos mento del precio de venta de los periódicos produce un aumen to de los ingresos totales que no es de igual importancia al aumento de los gastos producidos. El incremento en el impor te de venta trae como consecuencia un aumento de los pero este aumento no llega a cubrir el mayor gasto de papel
e impresión. II)
El diario 'Madrid' vio', al igual que el resto de los diarios españoles, aumentadas sus ventas a partir de los años L964-l.965. En L965 este diario era un periódico dedifusión nacional que se distribuía en Madrid y las principe les ciudades del país; en ese momento la difusión del 'Madrid' oscilaba entre los 60.137 (según la 0.1.0,) y los 61.556 (según el 1.5.1.) (2). Cuatro años despujs la tirada del 'Ma-drid' habla aumentado en 10,000 ejemplares. También habla va nado su distribución, aumentado el número de provincias a -las que llegaba, así como el porcentaje de ventas en las mis mas.
|
VENTA |
Al, |
NUMERO |
|
| Af~0 |
EJEMPLARES |
|
ANO |
EJEMPLARES |
| 1.945 |
29,514 |
|
1.958 |
45.414 |
| 1.946 |
19.136 |
|
1.959 |
49.810 |
| 1.947 |
18.414 |
|
1.960 |
53.100 |
| 1.948 |
26.1=0 |
|
1.95? |
44,932 |
| 1.949 |
28.660 |
|
1.962 |
68.419 |
| 1.950 |
14.257 |
|
1.963 |
55.010 |
| 1.951 |
39.561 |
|
1.964 |
77.903 |
| 1.952 |
40.813 |
|
1.965 |
$8.514 |
| 1.953 |
47.325 |
|
1.966 |
62.594 |
| 1.954 |
55.323 |
|
1.967 |
59.514 |
| 1.955 |
50.715 |
|
1.968 |
63.863 |
| 1.955 |
$5.918 |
|
t959 |
54.509 |
| L957 |
49.630 |
|
1.970 |
4&4g9 |
|
|
|
1.971 |
46.518 |
Los ingresos que producen las suscripciones dan a la empresa periodística gran seguridad económica. Además esa seguridad que tiene la empresa al contar con unos lectores -fijos, repercute en la captación de anuncios de forma post Uva.
Pero no todo en la suscripción resulta tan posití
yo, la progresiva alza de los gastos de distribución supone una carga para muchas empresas periodísticas. Efectivamente. el suscriptor es un lector seguro, no obstante esa seguridad tiene como contrapartida el aumento de los gastos por ejempIar, pudiendo ocurrir que, debido a un excesivo número de suscriptores -con el aumento de los gastos y quebrantos ad ministrativos (cambios de domicilio, quejas por demora en la entrega, necesidad de agilizar los cobros, ... ) que conlíeva; la empresa sufra perjuicios económicos,
En España es difícil conocer el número de suscrip tores de diarios en los años anteriores a 1.965, año en que se constituyó la O.J.D. , debido a que los datos anteriores a esta fecha aparecen aislados, dispersos y no son exactos, en los diferentes Anuarios de la Prensa Española.
En el cuadro estadístico que sigue se recogen los porcentajes de suscripciones (5) y ventas al número (VN) Co rrespondientes a 14 diarios durante un periodo comprendido entre 1.965 y 1.971, de acuerdo con los datos publicados por
la 0.3.0.
PORCENTAJES 'SUSCRIpCIONES' Y 'VENTA AL NUMERO'
|
1.965 |
1.965 |
1.966 |
1.966 |
U967 |
U967 |
1.968 |
1.968 |
L969 |
L969 |
1.970 |
1.970 |
1.971 |
1.971 |
| DIARIOS |
5 |
VN |
5 |
VN |
5 |
VM |
5 |
VN |
5 |
VN |
5 |
VN |
5 |
VN |
| 'ABC' <Sevilla) |
24 |
75 |
24 |
75 |
23 |
75 |
23 |
75 |
23 |
75 |
23 |
75 |
23 |
75 |
| 'ABC' (Madrid) |
21 |
77 |
20 |
78 |
22 |
77 |
21 |
77 |
21 |
77 |
22 |
77 |
23 |
76 |
| 'EL ALCÁZAR' |
4 |
92 |
3 |
94 |
3 |
95 |
3 |
95 |
l |
95 |
l |
95 |
2 |
87 |
| 'CORREO ANDALUC! |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
35 |
59 |
34 |
60 |
| ''CORREO CATALAN~ |
24 |
73 |
20 |
71 |
22 |
75 |
21 |
76 |
21 |
76 |
21 |
76 |
18 |
20 |
'CORREO ESPA0L |
4 |
92 |
6 |
89 |
7 |
91 |
7 |
91 |
5 |
92 |
6 |
91 |
6 |
92 |
| 'IDEAL' |
49 |
49 |
48 |
50 |
47 |
50 |
43 |
54 |
41 |
56 |
40 |
56 |
41 |
55 |
| 'INFOPMC¡ONES» |
|
|
|
|
|
|
3 |
93 |
3 |
95 |
3 |
94 |
2 |
95 |
| 'l'UDRID' |
1 |
97 |
1 |
97 |
1 |
97 |
1 |
97 |
3 |
95 |
2 |
96 |
1 |
96 |
| 'LAS PROVINCIAS' |
|
|
|
|
|
|
0,6 |
92 |
0,4 |
98 |
0,4 |
98 |
0.4 |
98 |
| 'YA' |
¶8 |
82 |
18 |
81 |
18 |
81 |
15 |
80 |
20 |
78 |
19 |
79 |
18 |
80 |
| 'PUEBLO' |
3 |
96 |
3 |
96 |
3 |
95 |
3 |
96 |
3 |
95 |
3 |
96 |
3 |
96 |
| 'VOLUNTAD' |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
21 |
70 |
En este cuadro se observan dos hechos claros, primero, que los porcentajes por suscripción no aume~itan, sino que por el contrario decrecen, y segundo, el hecho de que los diarios de la mañana cuentan con un porentaje mucho mayor que el de los diarios de la tarde.
64 PRECIO DE SUSCRIPCION PARA ESPAÑA
| AÑO |
ANUAL |
SEMESTRAL |
TRIMESTAL |
| 1.941 |
72 |
36 |
18 |
| 1.942 |
72 |
36 |
IR |
| 1.943 |
72 |
36 |
18 |
| 1.944 |
7= |
36 |
IR |
| 1.945 |
90 |
45 |
22,50 |
| 1,946 |
126 |
63 |
31,50 |
| 1.947 |
126 |
63 |
31,50 |
| 1.948 |
144 |
72 |
36 |
| 1.949 |
144 |
72 |
36 |
| 1,950 |
182 |
91 |
45,50 |
| 1.951 |
182 |
91 |
45,50 |
| 1.952 |
182 |
91 |
45,50 |
| 1.953 |
182 |
91 |
45,50 |
| 1.954 |
182 |
91 |
45,50 |
| 1.955 |
312 |
156 |
78 |
| 1.956 |
312 |
156 |
78 |
| 1.957 |
312 |
156 |
78 |
| 1.958 |
468 |
=34 |
hP |
| 1.959 |
468 |
=34 |
II? |
| 1.960 |
468 |
234 |
117 |
| 1.961 |
468 |
234 |
II? |
| U962 |
468 |
234 |
117 |
| 1.963 |
624 |
312 |
156 |
| 1.954 |
6=4 |
312 |
155 |
| 1.965 |
624 |
312 |
¶56 |
| 1.966 |
624 |
312 - |
156 |
| 1.967 |
984 |
492 |
246 |
| 1.968 |
984 |
492 |
246 |
| 1.969 |
984 |
492 |
246 |
| 1.970 |
984 |
|
|
| 1.971 |
984 |
|
|
PRECIO DE SIISCRIPCION PARA PORTUGAL Y AMERICÁ
| AÑO |
ANUAL |
SEMESTRAL |
TUIMESTRAL |
| 1,94! |
74 |
38 |
=0 |
| 1.942 |
74 |
38 |
=0 |
| 1.943 |
74 |
38 |
=0 |
| 1.944 |
74 |
3B |
20 |
| 1.945 |
92 |
47 |
=4,50 |
| 1.946 |
132 |
66 |
33 |
| 1.947 |
132 |
66 |
33 |
| 1,948 |
152 |
76 |
38 |
| 1.949 |
152 |
76 |
38 |
| 1.950 |
192 |
96 |
48 |
| k951 |
192 |
96 |
46 |
| 1.952 |
192 |
96 |
48 |
| 1.953 |
192 |
96 |
48 |
| 1.954 |
192 |
96 |
48 |
| 1.955 |
320 |
160 |
Sl |
| L956 |
320 |
160 |
81 |
| U957 |
320 |
160 |
SI |
| 1.958 |
480 |
239 |
120 |
| 1.959 |
480 |
=39 |
1=0 |
| 1.960 |
480 |
239 |
1=0 |
| 1.961 |
480 |
239 |
1=0 |
| 1.962 |
480 |
=39 |
1=0 |
| 1,963 |
640 |
320 |
16= |
| E964 |
640 |
320 |
46= |
| 1.965 |
640 |
320 |
462 |
| L966 |
640 |
320 |
162 |
| 1.967 |
984 |
492 |
246 |
| L968 |
984 |
492 |
246 |
| 1.969 |
984 |
492 |
246 |
| 1.970 |
1.344 |
|
|
| 1.971 |
1.344 |
|
|
66 PRECIO DE SUSCRIPCION PARA EL RESTO DEL MUNDO
| AÑO |
ANUAL |
SEMESTRAL |
TRIMESTRAL |
| 1.941 |
150 |
75 |
37,50 |
| 1.94= |
350 |
75 |
37,50 |
| 3.943 |
150 |
75 |
37.50 |
| U944 |
350 |
75 |
37,56 |
| 1.945 |
¶68 |
84 |
42 |
| 1.946 |
216 |
108 |
54 |
| 1.947 |
216 |
108 |
54 |
| 1,948 |
210 |
135 |
67,50 |
| 1.949 |
270 |
135 |
67.50 |
| 1.950 |
280 |
190 |
95 |
| 3,951 |
286 |
190 |
95 |
| 1.952 |
=80 |
390 |
95 |
| 3.953 |
280 |
190 |
95 |
| 1.954 |
280 |
190 |
95 |
| U955 |
610 |
300 |
140 |
| 1.956 |
610 |
300 |
340 |
| 1.957 |
610 |
300 |
140 |
| 1,958 |
912 |
441 |
228 |
| 1.959 |
912 |
441 |
228 |
| 1.960 |
912 |
441 |
228 |
| 1.961 |
912 |
441 |
228 |
| 1.962 |
91= |
441 |
228 |
| 1,96$ |
970 |
468 |
237 |
| 1.964 |
970 |
465 |
237 |
| 1,965 |
970 |
468 |
237 |
| 1.966 |
970 |
468 |
237 |
| 1.967 |
984 |
492 |
246 |
| 1.968 |
984 |
492 |
246 |
| 1.969 |
984 |
492 |
246 |
| U970 |
1,344 |
|
|
| 3.971 |
3.344 |
|
|
El diario 'Madrid' no sólo vanió en cuanto al volumen de suscripciones, sino también en cuanto a la distri bución de las mismas. En un principio las suscripciones del 'Madrid' se dividan en tres grupos: anual, semestral y tri mestral. Algunos años después y en función de los riesgos y trastornos que podían causar estas suscripciones, y dada la progresiva mayor cobertura del periódico, el tipo de suscrip ción quedó reducida a dos: la anual nacional y la internacional
La influencia de la publicidad en la prensa diaria ha sido decisiva. Podemos decir que, gracias en buena parte a la publicidad, la prensa diaria alcanza su madurez empreserial
En España la publicidad ha ido movilizando recursos en servcio de su función, pasando las cifras del consumo publicitario de 15.000 mIllones de pesetas en el año 1.965 ¶7.000 en el 1.966, a 19.000 en el año 1.910, para luego su-frir un pequeño retroceso en el ano í.sii <18.310.500.OO0 PC setas) quizás debido a la liberación de las tarifas publici tarias, a la subida en el precio de venta de los diarios o a otros factores coyunturales de la vida económica española.
Al tratar la publicidad en la prensa diaria no pue de dejarse al margen la valoración publicitaria del diario,esto es, la relación existente entre la difusión del diario
(su Indice de lectores y su difusión propiamente dicha) y el coste de la publicidad.
La publicidad ha ido cobrando importancia en la -vida de los periódicos a partir de 1.945, a raiz de la Se gunda Guerra Mundial -cuando comenzaron a publicarse notas de propaganda políticael periódico se convirtió en el -gran difusor publicitario que es hoy día.
La cantidad de publicidad en el diario 'Madrid'. al igual que las tarifas de la misma, ha ido aumentando a lo largo de los años. A continuación aportamos algunas de las tarifas cobradas por el diario 'Madrid' a lo largo de -su vida:
TARIFAS DE PUBLICIDAD 1.955-56
1 página: 6.500 pesetas.
1/2 página: 3.300 pesetas.
1/4 página: 1.800 pesetas.
1/8 página: 1.000 pesetas.
Anuncios breves: 1 peseta por palabra. Minimo 5 A~.
TARIFAS DE PuBLICIDAD L965-66
1 página: 7.000 pesetas.
1/2 página: 3.700 pesetas.
1/4 página: 2.100 pesetas.
l/S página: 1,200 pesetas.
Anuncios breves: 1 peseta por palabra. Mínimo 5 Ii.
TARIFAS DE PuBLICIDAO 1.970
- -1 página: 26.000 pesetas.
- -11=página:
- -1/4 página:
- 10,500 pesetas.
- 6.500 pesetas.
- -¶/8 página: 3.500 pesetas-
- Reclamos ordinarios: a publí car donde convenga al periódico, por milímetro y columna: 13 pesetas.
- -Reclamos preferentes dentro del texto informativo, sin contacto con otros anuncios, por milímetro y columna: 20 pesetas.
- Anuncios y reclamos de forma especial (Angulo. escalera,pie, cruz, etc), por miliTeetro y palabra; =0pesetas.
La tarifa de publicidad última que estuvo vigente en el 'Madrid' fue la correspondiente al 1 de enero de 1.971, en esta, como veremos a continuación, los precios experilmen tan una subida considerable. Se puede afirmar que la cifra de facturación estaba entorno a los 95 millones de pesetas y que cuando se cerró el 25 de noviembre de ese mismo año,aún quedaba el mes más fuerte en ingresos publicitarios, el mes de diciembre.
Los anuncios generales eran los anuncios comerciales, con o sin dibujo, incluidos como reclamos ordinarios, a publicar donde le convenía más al periódico, el precio por -
milímetro y columna era de ¶7 pesetas. Los reclamos prefe-rentes valían 30 pesetas por milímetro y columna. Los espa* cios de tamaño fijo tenían la siguiente tarifa:
1 página: 26.000 pesetas.
1/2 página; 14.000 pesetas.
114 página: 8.000 pesetas.
1/8 página: 5.000 pesetas.
El emplazamiento de estos anuncios, sea cual fuere su tamaño, se determinaba a través de las necesidades de la composición del periódico: Cuando se ordenaba un emplazamien to fijo, los precios sufrían un recargo del 30%. Mientras -que la contratación anual de 8 páginas, como mínimo, se fac turaba a precios especiales.
En cuanto a las secciones especiales, los anuncios
únicos realizados en primera página con una medida de 90 milimetros a dos columnas tenía el mismo precio que un octavo en 0ltin~a, es decir. 5.000 pesetas.
Es curioso señalar que los cines tenían una tari- fa diferente:
1 página: 25.000 pesetas.
1/2 página: 14000 pesetas.
1/4 página: 10.000 pesetas.
1/8 página: 7.000 pesetas.
Espacios menores: 27 pese- tas por milímetro y columna.
Estos eran los precios estipulados para los cines. Sin embargo, los teatros, las salas de fiestas, los concier -tos y otros espectáculos tenían como tarifa la de los anuncios generales. Los anuncios de toros y de deportes eran los más caros:
1 página: 3=.OQ0pesetas.
ti? página: 17,000 pesetas,
1/4 página: 10.000 pesetas.
1/8 página: 8.000 pesetas.
Espacios menores: 30 pese- tas por milímetro y columna.
Los anuncios finacieros, es decir, cualquier clase de información relacionada con la actividad financiera, jufl tas generales, dividendos, convocatoria de asambleas e infor mación sobre las mismas tenían e) precio de 32 pesetas por milímetro y columna.
Los oficiales, concursos, subastas, edictos, etc. tenían el mismo precio que los anteriores, mientras que para los anuncios de expropiaciones era de 50 pesetas por milime tro y columna.
Los reportajes declaraciones, las fotografías con pie, las notas de sociedad, etc, tenían el precio de 8.000 -pesetas por columna.
En cuanto a las esquelas mortuorias los precios
eran:
Modelo 1 (una columna, 100 mm.): 2.000 pesetas.
Modelo 2 (dos columnas, 100 mmi: 4,000 pesetas.
Modelo 3 (tres columnas, 125 mm.>: 6.000 pesetas.
Modelo 4 (cuatro columnas, 150 nwi4 : 8.000 pesetas.
Modelo 5 (cinco columnas, 175 ,) : 10.000 pesetas.
Modelo E (media página): 12,000 pesetas.
En cuanto a los recargos, los anuncios que son or denados para su publIcación en lunes y sábados, tenían un -recargo del 20% sobre los precios de tarifa. El día del sor teo de Navidad, todos los anuncios tenían un recargo del 30% además del que pudiera corresponderle, si ese día era lunes o sábado,
Para el cumplimiento de esta tarifa de publicidad correspondiente al último año de existencia del 'Madrid, -había unas condiciones generales que debían ser cumplidas -por todo los anunciantes, éstas eran las siguientes:
- l~. Los precios señalados en la tarifa de P de -enero de 1.971. se entendían por una sóla inserción.
- Como justificación de los anuncios se le envia ba al cliente un ejemplar de la edición correspondiente a la fecha de inserción,
- 'Madrid, Diario de la Noche, S.A.' se reserva
- 30 ba el derecho de rezachar, en todo o en parte, los textos, -fotografías o dibujos de cualquier anuncio cuando así lo es-
timase oportuno, del mismo modo rechazaba la Inserción de los anuncios en caso de que, por exceso de original no pudieran publicarse en la fecha ordenada,
- 4'. Todo cUché que era encargado por el anuncian te y cuya publicación se dejaba en suspenso posteriormente por orden suya, la responsabilidad iba por cuenta del citen te que lo hubiera ordenado.
- 5~ El hecho de que fuese cobrado anticipadamente
- el importe del anuncio, no llevaba implícito la admisión del mismo y si por cualquier circunstancia no fuese publicado, la Administración de 'Madrid' sólo se obliga a la devolución de la cantidad que se había recibido.
- 6'. El pago de cada inserción se efectuaba única -y exclusivamente mediante recibo o giro con la firma y sello de la Administración,
- 70, Todo impuesto que fuese creado o por crear sería a cargo del anunciante.
- ~, Cuando se ordenaba un anuncio se entendía que
- el cliente conocía y acataba esta tarifa y todos los extremos que en ella figuraban.
- 9~. Para cualquier incidencia que pudiera producir
- se al incumplimiento de esta tarifa, las partes se sometían a la jurisdicción de los Tribunales de Madrid, renunciando -a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle.
¶o,· La última de las condiciones señalaba que esta tarifa anulaba todas las anteriores.
2.1.2. Costos de fabricación
Coste desde el punto de vista de la producción 'es el consumo valorado en dinero. de bienes y servicios necesanos para la producción que constituye el objetivo de la empresa', según definición de Fernandez Pirla, o, lo que es lo mismo 'U consumo normal de bienes y -servicios que se precisan para el proceso de producción', en definición de García Eche varnia.
pade
Para este último autor gasto 'es el consumo de bie nes y/o Servicios que se producen en uit periodo de tiempo, -consumos que se reflejan en unidades monetarias'. Para Fer-nandez Pirla 'el concepto de gasto tiene su origen en un go (valor monetario con el que se paga la compra de bienes o servicios) o endeudamiento y se refiere al ámbito eKterno la empresa'.
En la explotación periodistica sedan los siguien4
tas costes:
-Costes de redacción. Pertenecen a este grupo las retribuciones del personal asalariado de la empresa -fijo o eventualpertenece a la plantilla, así como las retribucio nes por el trabajo intelectual realizado por los distintos -colaboradores.
-Costes de administración. Integran estos los costes que hacen referencia a la gestión, dirección y adminis
tración -en sentido estricto de la empresa periodísticasalvo los referentes a la distribución o circulación de las publi caciones.
-Costes de impresión. Son los costes fijos o cos tes necesarios para la impresión de un sólo ejemplar, más el producto de la tirada por el coste variable medio (serán ces tes variables la materia y la energia consumidas en el proceso total de impresión por cada publicación de las Que SC editen>.
- -Costes de distribución. Están constituidos fundamentalmente por los gastos de expedición o de cierre (dosi ficación y embalaje>, transporte (principalmente el postal). personal afecto al servicio de distribución y las comisiones o descuentos a distribuidores o vendedores.
El incremento de los gastos de producción y comer cialización de la prensa española es un hecho claro, especial mente desde el año 1.967.. Destaca el aumento de los gastos de personal, y dentro de éste las subidas de mayor importan cia económica corresponden a los trabajadores de talleres -de impresión. Por el contrario, los gastos de impresión representan un pequeño porcentaje de los gastos totales; esto nos da idea de la necesidad de que las empresas presten mayor atención económica al sector informativo ya que la cal! dad de la información es uno de los pilares que sostienen la estructura de un periódico, amén del prestigio del mismo.
Una de las mayores preocupaciones de las empresas editoras de diarios de nuestros país ha sido la adquisición de papel ya que, por un lado, con el transcurso del tiempo se ha producido un desfase progresivo entre la producción -real de papel y la demanda del mismo y, por otro, la supresión del sistema de 'compensaciones' económicas por parte -del Estado a las empresas periodísticas provocó que algunas de estas últimas soportarán grandes déficit en la explotación, e Incluso dejar¿n de publicarse.
Por último, merece la pena hacer mención a la mala destinaperiodo organización de los canales de distribución de la prensa día ria en nuestro país y más aún cuando los capitales dos a la distribución podrían incrementarse ya que el porcen taje de gastos que gravan a este sector está en este por debajo de la media europea.
2.=. Condiciones de fabricación
2.2.1. PlantIlla
En este apartado vamos a hacer un repaso por los
-nombres de los hombres que hicieron el 'Madrid'. Así, cuando nació en L939, contaba con la siguiente plantilla:
Director:
Juan Pujol Martínez.
Subdirector:
Pedro Pujol Martfnez.
Redactor-jefe:
Redactores:
Luis Gonillez de Linares
Manuel Gómez Domingo.
Cristobal de Castro.
José Sanz Rublo.
Luis de Armiñan.
Manuel Alvarez Maz.
José del Campo.
Rafael de Vega Rubio.
Luis García Sicilia.
Julio Romero García.
José Morales Darlas.
Carlos Pujol Raes.
José Montero Alonso.
José Esteban Blasco.
Federico Manjavacas Alcázar.
A partir de 1.945 las personas que hacen el perió- dico van especializándose y ficaciones es la siguiente: la plantilla con muy pocas modí-
Editoriales:
Política InternaC.
Política Nacional:
Juan Pujol Martfnez.
Pedro Pujol Martínez.
José Montero Alonso.
Luis de Armiñan.
José Sanz Rubio.
José Sanz Rubio.
Julio Romero.
Economía:
Teatro:
Deportes:
Fotografía:
Dibujos:
Confección:
Redactores:
Colaboradores:
M. Danés Barceló.
Cristobal de Castro.
Manuel Gómez Domingo
Luis García Sicilia.
Manuel Urech López.
Luis López Motos.
José del Campo.
Carlos Pujol Raes.
Rafael de la Vega.
José Morales Darlas.
Emilio Carrera.
Victor Espinós.
Angeles Villarta.
Luis Manzanares.
Joaquín Aguado.
Luis Benedi.
Desde el año 1.952 al 1.954 se incorporan nuevas -secciones y se incrementa el número de periodistas y de cola boradores tanto fijos como eventuales:
Redactor-jefe:
Carlos Pujol Raes.
Jefe de información:
Blas Rafael de Vega.
Editoriales:
José Sanz Rubio.
Elias Gómez Picazo.
José Montero Alonso.
Julio de Urrutia.
Política Internac.
Política Nacional:
Local:
Páginas especiales
Arte:
Deportes:
Música:
Pasatiempos:
Se Ii g i ón:
Reportajes:
Teatro:
Toros
Tribunales:
Fotografía:
Dibujos:
Corresponsales:
Washington
Mu ni cl,
Londrés
El Cairo
José Sanz Rubio.
Chas Gómez Picazo.
Julio de Urrutia.
José Morales Darías.
José del Campo Cubillo.
Manuel Sánchez Cobos:.
Fernando Castán.
Pedro Rodrigo Martínez.
Luis García Sicilia.
José Manuel Miner.
Mariano Tomas.
Manuel Gómez Oomingo.
Luis García Sicilia.
Juanita Espinós Orlando.
Luis López Motos,
Joaquín Aguado.
Angeles Villarta.
Elias Gómez Picazo.
Manuel Alvarez Diaz.
Aurelio Pujol Bureba.
Manuel Urech López.
Luis López Motos.
Luis Gonzalez de Linares. Paris
Manuel Casares.
José Moya Huertas,
Juan Ramón de Aguilar.
Luis Climent.
La Habana
Buenos Aires
Bogotá
Rio de Janeiro
Manila
Colaboradores:
Francisco Villar Alorda.
Cecilio Renitez de Castro.
José Fernández Gómez.
José Landeira Yrago.
Jaime Torner.
Francisco Serrano Anguita.
Antonio de Obregón,
Alberto Insúa.
Rafael López de Haro.
Rodolfo Gil Benumeya.
Ramón Ledesma Miranda.
Juan Fernán Pérez.
NoeI Claraso.
Bernardo G. de Candamo.
Octavio Aparicio.
Federico García Sanchiz.
Mariano Tomás.
A partir de 1.954 se producen unos nuevos cambios y la plantilla se configura así:
Redactor-jefe:
Carlos Pujol Raes.
Información Extran.
Información Nacio.
Tribunales:
José Sanz Rubio.
Elias gómez Picazo.
Fernando Castán Cerezuela.
E. Carlos Sainz de Robles.
Aurelio Pujol Bureba.
Editoriales:
Deportes:
Econorní a:
Música:
Libros:
Hogar y Moda:
Reí igión:
Sociedad:
Teatro:
Toros:
Reportajes:
Juan Pujol Martinez.
Pedro Pujol Mart)nez.
Carlos Pujol Raes.
José Montero Alonso.
José sanz Rubio.
Ellas Gómez Picazo.
Julio de Urrutia.
Alberto Martin Fernández.
Rafael Gómez Redondo.
Luis García SicIlia.
Fernando Viola.
Juanita Espinós Orlando.
Pedro Rodriguez Nartinez.
Angeles Villarta.
Joaquín Aguado García.
Maria Nieves López.
Elias Gómez Picazo-
Luis García Sicilia.
Manuel Alvarez Diaz.
Blas Rafael de Vega.
Luis García Sicilia.
José Montero Alonso.
José Manuel Niner Otamendi.
Julio de Urrutia,
Manuel Sánchez Cobos.
Francisco Javier Bueno.
Manuel tlrech López.
Fotografía:
Dibujos:
Confección:
Cine:
Corresponsales:
llueva 'York:
Paris
Frankfurt
Londrés
El Cairo
Buenos Aires
Rio de Janeiro
Caracas
Colaboradores
Julio Montañés Fonteola.
Carlos Laffond Diaz-Albo.
Blas Rafael de Vega.
Aurelio Pujol Bureba.
Pedro Rodrigo Martinez.
Joaquín Aguirre Belíver.
Manuel Casares.
Juan Beliveríser.
Luis González de Linares.
Miguel Moya Huertas.
Jesús Pardo.
Luis Cllment.
Cecilio Benitez de Castro.
José Landeira Yrago.
José Esteban Blasco.
Francisco Serrano Anguita.
Antonio de Obregón.
Federico García Sanchiz.
Abel Bonard.
Alberto Insúa.
Rafael López de Haro.
Ramón Ledesma Miranda.
NoeI Clarasó.
Luis Antonio de Vega.
Rodolfo Gil Benumeya.
Augusto Martínez Olmedilla.
Mariano Gómez Santos.
Marichu de Mora.
Mariano Tomás.
Eduardo M. Portillo.
José Luis Fernández Rúa.
Manuel Zuastí.
Fernán Pérez.
Desde 1.960 y hasta bios y la plantilla se configu 1.965 se producen algunos cae ra de la siguiente forma:
Información Local:
Información Nacion. Manuel Sánchez Cobos.
Información Extran José Sanz Rubio.
Tribunales:
Economía:
Deportes:
José Manuel Miner Otarnendi.
Joaquín Aguirre Belíver.
Fernando Castán.
José Maria Casta5os.
Julio de Urrutia.
Pedro Podrigo,
José Montero Alonso.
Aurelio Pujol Bureba.
Fernando Viola,
Manuel Garrido.
Alberto Martin Fernández.
Rafael Gómez Redondo.
Eugenio Pérez de Lema.
Federico Sainz de Robles.
Libros:
Arte:
Música:
Teatro:
Cine:
Toros:
Sociedad:
Religión:
Modas y Hogar:
Fotografía:
Dibujos:
Corresponsales:
Al icante:
Albacete:
Almería:
Burgos:
Badajoz:
Bilbao:
Barcelona:
Cáceres:
Córdoba:
Cuenca:
La Coruña:
Huelva:
Jaén:
León:
Málaga:
José Prados López.
Juanita Espinós Dríando.
Elias Gómez Picazo.
Leocadio Mejías.
Pedro Rodrigo.
Ignacio de Montes-Jovellar.
Manuel Alvarez Diaz.
Rafael de Vega.
Maria de la Nieves López.
Joaquín Aguado.
Blanca de Arce.
Manuel Urech.
Manuel Blanes.
Timoteo Esteban Vega.
Juan Molina.
José Cirre.
Villa San José.
Loma de Almendricos.
Felipe Fuente Macho,
Tomás Rabana) arito.
Alberto Bacigalupe.
Tomás Hernández.
Carlos Callejo.
Francisco quesada.
Leonardo Gabaldón.
Jorge Victor Sueno.
Domingo Gómez Rey.
Tomás Moreno Bravo.
Máximo Cayón Waldaliso.
Juan Antonio Rando.
Murcia:
Oviedo:
Palencia:
Las Palmas:
Salamanca:
Santa n de r:
San Sebastián:
Segovia:
Sevilla:
Soria:
Tarragona:
Valencia:
Francisco Capote Maciá.
Carlos Sánchez Yepes.
Felix Buisan Citores,
Fernando Galán.
Jesús Hernández.
Jesús Delgado.
Jaime Quesada.
Pablo Martin Cantalejo.
Enrique rallo.
Ignacio García
Fidel Carazo.
José Roca García.
Ramón Ferrando Llacer.
El trabajo periodístico a partir de 1.968 se estruc turaba de tal manera, que se comenzaba a trabajar por la noche haciendo el segundo cuadernillo del periódico, en donde se ir, cluian las secciones de espectáculos, de montajes, criticas -de libros, conciertos y de arte, etc, que eran las primeras -en imprimirse, Por la mañana se imprimian las secciones de internacional, nacional y local. De esta forma, el equipo de no che dejaba muy abanzada la tarea.
El cierre del 'Madrid' no se realizaba hasta por -la mañana, Se recogían noticias hasta las dos la tarde, hora en que echaba a andar la rotativa con la última actualidad. Estas noticias se plasmaban en la última página, así como en primera que se cerraba sobre la una y media de la tarde, tras una reunión con los principales responsables del diario que -decidían cuáles eran los temas fundamentales del día.
'Si los artículos y editoriales de la página tres eran la artil leria gruesa del 'Madrid' contra el inmovilismo idzológico del franquismo, había un fuego graneado más cons tante y puntual que apuntaba a la realidad para hacerla aflo rar: era el que producían los periodistas, la redacción; hom bres y mujeres jóvenes en general, y algunos 'mayores' entu siastas que quizás, por primera vez, sazonaban su gusto por la información con la sal de la transgresión' <3),
La redacción que vió coco se cerraba 'Madrid' ba compuesta por las siguientes personas: e sta
Director:
Subdirector:
Redactores jefes:
Jefes de sección:
Nacional:
Internacional:
Cultura:
Arte:
Cine:
Toros:
Educación:
Laboral:
Redactores:
Antonio Fontán.
Miguel Angel Gozalo.
Miguel Angel Aguilar.
Rafael Vega.
Federico Ysart.
Antonio Sánchez-Gijón.
Alberto Miguez.
Miguel Logroño.
Ignacio de Montes Joyel lar.
Julio de Urrutia.
Ríe Vicente de Juan.
Jesus Carnicero.
José Oneto.
José Sáenz.
Corresponsales:
Londres:
Jesús Pardo.
Bonn:
Pedro Muñoz.
Paris:
Juan Selíveser.
Roma:
Maria Antonia Estevez.
'Todos ellos, jefes, redactores y corresponsales,
-localizaban y señalaban los 'blancos' informativos. La Ter cera era la cresta visible de una ola empujada por un mar -de fondo que empezaba a remover los sedimentos inertes de -treinta años de derecho a la información suprimido o, en el mejor de los casos, tutelado.
Corte en número, insuficientemente compensada en lo económico, la redacción del 'Madrid' contribuyó, como --afirmó un corresponsal extranjero, a 'dignificar la profesión del periodismo en España' ' (4).
Nativel Preciado.
Francisco Cerecedo.
Juby Bustamante.
Manuel Pizán.
Román Orozco,
Juan de Dios Villarin.
José Maria Ballester.
Alejandro Heras Lobato.
Juan Ignacio Funes.
2.2.2. Organigrama
El organigrama de la empresa 'Madrid.Diario de la Noche. S.A.' en su última etapa de 1.966 a 1.971 fue el que Sigue:
PRESIDENTE Rafael Calvo Serer
DIRECTOR
Antonio Font&n
CONSEJERO DELEGADO
Silvestre Arana
SUBDIRECTOR
Miguel A. Gozalo
ADMINISTRADOR
José Carrillo Cueto
REDACTORES-JEFES
Rafael Vega Rubio
Jesús Picatoste
Pilar Iborra
REDACTORES
COLABORADORES FIJOS
CORRESPONSALES INFORMATIVOS
PROPIOS EM ESPAÑA 'Y EN EL
EXTRANJERO
NOTAS
- (1) TALLON, José.: 'Empresa y empresarios de la Informa ción'. Madrid 1.981.
- (2) Y.. Epígrafe 1.3,1..
- (3) 'MADRID', redacción en Madrid.: 'La redacción que ha briú una brecha'. Edición Especial, día 29-XII-l.989.
- (4) Ibídem.
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CONTEMPLACION DEL PERIODICO EN EL AMBITO DEL PROCESO HISTORICO ESPAÑOL
CONTEMPLACION DEL PERIODICO EN EL AMBITO DEL PROCESO
HISTORICO ESPAROL
3.1. La España contemporánea
El día 28 de marzo de 1.939. los periódicos de la comenzacon- zona nacional anunciaban en grandes titulares: 'Ha do la ofensiva final'. El frente de Córdoba cedió, y a tinuación lo hizo el frente del Tajo; el avance nacional --proseguía, a la vez que caían en poder de los atacantes sin ninguna resistencia. La guerra civil tocaba a su fin, y con ello caía definitivamente la república, al cabo de casi tres años de lucha; desde que en la madrugada del IB de julio de 1.936 se produjese el Alzamiento en Melilla, con la subleva ción en esta ciudad de elementos de Falange, auxiliados por la legión y Cl ejército.
Al día siguiente, 29 de marzo, la voz de Serrano se escu-
Suñer, ministro de Interior del gobierno nacional, chaba a través del micrófono de Radio Nacional de España en Burgos: ' Españoles ha llegado la hora tan ansiada, Las fuer zas nacionales están entrando en Madrid'. El día 30 fue ocu pada Valencia y se llegó a las puertas de Alicante; finalmm te. el día 31, el avance nacional alcanzó los últimos encía ves republicanos: Almerta, Murcia y Cartagena.
El I~ de abril de 1.939 a las diez de la noche
--
Fernando Fernández de Córdoba lee el último parte de guerra firmado por el general Francisco Franco (II. Así, se ponía fin a la guerra civil española, iniciada tres años antes, -en julio de 1.936. El cuadro que presentaba el país tras el sangriento conflicto era desolador. La industria habla sido transformada en industria de guerra; las comunicaciones no existían, el campo abandonado. Ante. este panorama, dos fueron las principales preocupaciones del nuevo régimen: la re construcción y nueva ordenación de) país, por un lado, y su propia consolidación política e institucional por otro.
Algunas medidas de estructuración hablan sido ya planteadas en el periodo bélico . Así, por ejemplo, la Ley de 30 de enero de 1.938 había vinculado la Jefatura de Go -bierno a la Jefatura de Estado y se daba forma a la Adminis tración del Estado, creando los departamentos ministeriales (2) cuya presidencia se confiaba al general Franco como le fe del Estado y como Jefe del 1~lovimiento <3), Esta Ley de 30 de enero de 1.938 junto con la de 8 de agosto de 1.939 <4), por la que se refuerzan los poderes del Jefe del Estado, dotándole de la capacidad para legislar (5) son parte -de las que Ramón Tamames llama disposiciones fundacionales (6).
El Movimiento Nacional que aglutinaba a distintos grupos participantes en el levantamiento de 1.936 17) fue puesto Sajo el control del Jefe del Estado, ¿Indose el tltu
lo de Jefe Nacional del mismo (8>.
A continuación para hacer un examen por separado vamos a estructurar por apartados las diferentes situaciones que vivía el país;
3.1.1, Política económica y laboral
En el periodo I.939-1.975 pueden distinguirse en la política económica española varias fases, La primera y más larga va desde 1.939 a 1.951. En esta fase España conti nuó un periodo de autarquía económica. iniciado en los años de la guerra. El franquismo no iniciaba así una política -económica nueva, seguía, reforzaba y sublimaba la economía 'nacional ista' y 'proteccionista' de los años de la restauración y de la dictadura, Interrumpida bruscamente durante la Segunda Repúbl ica. Fueron pues años de intervencionismo estatal y de dirigismo económico, en los que el Estado ac tuaba como garante de altos niveles de acumulación y plusvalía, exigidos por la clase y fracciones de clase en el poder -
Política económica reflejada en decretos y leyes con-
(9) que protegían a la empresa privada y fomentaban la centración y centralización del capital a cuyo servicio se puso el Estado. Así, por ejemplo la Protección a la Industria se convirtió en un texto legal que comenzaba: 'Con mo-
tivo de la gloriosa Cruzada en que Espaóa tuvo que superar la crisis más grave de su historia, se puso de relieve la -capital importancia que para la vida de la Nación tiene el contar en el territorio patrio con las industrias necesarias a la guerra y las primeras materias indispensables a -su vida (lo).
Estas leyes para la industrialización encontraron problemas por la escasez de bienes de equipo, de materias -primas y de energía, lo que junto a las inversiones públi-cas originaron una gran inflación.
Un segundo periodo seria el de I.95l-I.956, al iniciarse la década de los cincuenta hubo dos hechos que marcaron el principio de la crisis de la política de la autarqula: la resistencia de la clase obrera a la explotación desenfrenada y a la situación precaria interna, y la presión del capitalismo occidental (11). Con los pactos militares y económicos con Estados Unidos llegaron los dólares a nuestro país. Capital norteamericano a cambio de la cesión de bases militares (12), Estos hechos presionaron al nuevo gobierno 113). A partir de entonces se modifica lentamente la estruc tura económica y social -Ganaba terreno la industria y lo -perdía el campo. se iniciaba una corriente migratoria hacia las ciudades (14) Y aparecía el barraquismo, la superpoblación y el déficit de servicios. También hubo manifestaciones y huelgas de la clase obrera que reclamaban con fuerza nue-
vas medidas económicas que remediaran el bloqueo salarial y la explotación. 'Este primer comentario nuestro a la jornada de ayer responde tambien a las jornadas anteriores que han transcurrido en nuestra ciudad. Y si no ha venido antes a nuestras columnas ha sido por una razón obvia, a saber: cuando por unas causas o por otras se altera el orden públí co y se llegan a cometer desmanes que perturban la tranqui lidad de la calle, nadie sino la autoridad puede intervenir ni siquiera con actitud comentarista, hasta que el orden se establezca. El gobernador de la provincia hizo anoche unas manifestaciones importantes a los periodistas, y éste es el momento, y no otro, de que la prensa se produzca sin el -riesgo de interferirse en una acción gubernativa cuya aplicación y cuyos resortes no corresponden a los periódicos. -Es un criterio que tenemos desde muy antiguo e independiente por completo de todo género de vetos o de consignas, cri teno periodístico sano, el de que durante una revuelta más o menos importante, los órganos de opinión no han de estorbar en lo más mínimo la misión del gobernante, que si siempre necesita serenidad, mucho más cuanto ha de afrontar situaciones por lo menos delicadas.
Es evidente -cualquier simulación implicaría una actitud de avestruz y no somos de los que esconden la cabeza bajó el alaque los alborotos callejeros de estos días han significado una protesta airada que ninguna autoridad, -como no haya perdido todo sentido de la dignidad, puede ad-
mitir. La queja, la reclamación, hasta la misma protesta, -tienen sus cauces legales y correctos para expresarse. Lo -que no deben tener en un país que no haya perdido la noción de su decoro ciudadano, es margen para eregirse en arbitros de cuestión alguna, pero menos aún en dueflos de la calle, -porque la calle es de todos, pero más que de nadie de los -ciudadanos pacíficos. Por eso nos ha parecido y nos sigue -pareciendo absolutamente equivocado, apartede punible, con fiar las razones de una protesta y los fundamentos de una queja al sistema de entregarse a los desmanes y disturbios.
Este eKfh-eVt~o dela actualidad ciudadana pero hemos querido comentarlo hoy. Ahl Pero es indispensable que para entrar en el examen, en el estudio y por tanto, en la solución del problema de los tranvías y del transporte -en general en Barcelona, el anverso de esa medalla, es dedr los incidentes y los desmanes, cesen. Porque si no, los -propios promotores de ellos contribuirían a que se perpetde un sistema anacrónico de comunicaciones del que Barcelona -necesita regenerarse con urgencia' <¶5).
Esta situación podría haberse mejorado con una po lítica de reajuste a fondo de la economía pero el régimen -no contaba aún con suficiente apoyo en los organissxos inter nacionales, sólo a finales de 1.955 se logró el acceso a las Naciones Unidas.
Un tercer periodo seria el comprendido entre los años de 1.957-1.960. En 1.957 se fornió un nuevo gobierno en el que junto a siete militares, cinco miembros de Falange, un propagandista, un carlista y dos técnicos, aparecían dos carteras ocupadas por miembros del Opus Dei (¶6) que con la colaboración directa de López Rodó, en la Presidencia del -Gobierno, se lanzaron a modernizar las estructuras del Esta do y los mecanismos de acumulación capitalista. La política del nuevo gobierno podría resumirse así: adaptación de la -máquina estatal a las nuevas exigencias de la acumulación -del capital, modernizar las estructuras administrativas, y garantizar por medio del ejército el orden público.
Al finalizar 1.958 estaba en curso de aplicación toda una política preestabilizadora. El plan de estabilización tomó cuerpo en el memorándum que el gobierno español -dirigió al Fondo Monetario Internacional ya laO.E.C.E.(t7>. En él se contenía la descripción de las medidas que las autoridades de Madrid se comprometían a adoptar respecto del sector público, la política monetaria, la flexibilidad de la economía y el sector exterior.
FI Plan vió la luz pública por medio de una decía integra- ración del gobierno (38). Con el PIán se pretendía alcanzar dos objetivos: primero, sentar las bases para un desarrollo económico equilibrado y segundo, iniciar una mayor ción con otras economias. Los efectos del Plan fueron mme-
diatos , y en muchos casos realmente alentadores (19). Las
-medidas fiscales y monetarias eliminaron el exceso de deman da interior. Y los precios se mantuvieron estables, a pesar de la elevación del tipo de cambio y de la supresión de las intervenciones.
El cuarto periodo comienzA en 1.962, y es prelirni nar al Plan de Desarrollo. El esquema del Plan de Desarrolío 1.964-l.967 partió del establecimiento de una doble hi pótesis de crecimiento: para la población activa se pensó -un ritmo del uno por ciento anual, y de un cinco por ciento para la productividad. De estas hipótesis resultó, en térmi nos aproximados, un ritmo de crecimiento del Producto Nacio nal Eruto del seis por ciento anual.
Después, el II Plan preveía un crecimiento menor por los efectos de la devaluación de la peseta en noviembre de 1.967. El III Plan (l.97=-1.975) fijó un objetivo del -siete por ciento que ya ni lejanamente pudo ser alcanzado.
El Plan constaba de dos partes: una de canlcter indicativo, y otra de caricter vinculante concretada en el programa de inversiones públicas y en los sucesivos programas de desarrollo de las industrias concertadas con el Esta do. Pero a pesar de esos propósitos teóricos, lo cierto es que los planes no fueron realmente vinculantes, pues los programas de inversiones púbí icas no se cumplieron nunca. -
Por otra parte, el plan tampoco resultó verdaderamente cativo para el sector privado.
indi-
En 1.973, la comisada del Plan, hasta entonces -adscrita a la Presidencia del Gobierno, se transformó en Ministerio de Planificación del Desarrollo que desapareceríatras la muerte de Franco, en enero de 1.976.
3.1.2. Situación legislativa
La consolidación del 'nuevo Estado' de la Espafla de Franco se realizó a través de leyes y decretos, sobre todo a partir de 1.945 por medio de las cuales se institucionalizó definitivamente el régimen. Leyes y decretos que completaban el aparato del Estado, surgido en los años de la guerra, pero no lo modificaban. y representaron de este modo un triunfo del franquismo y un seguro para el futuro.
La historia política del régimen de Franco es fun damentaleente la de su poder ejecutivo. Más concretamente -aún, en concordancia cci el principio de unidad de poderes y de hegemon/a absoluta del ejecutivo, el Jefe del Estado desem~eñó, desde 1.936 hasta 1.975. todo el protaconismo,
Durante la vigencia del régimen del general Franco se ~r-omulgar-on siete Leyes Fundametales que se inician en -plena guerra non el Fuero del Trabajo de 1.928 y acaban con
la Ley Orgánica del Estado de 1.957. Pero, además, conviene señalar que durante ese periodo, al margen de las siete Leyes Fundamentales, hubo otras dos muy importantes que estuvieron en vigor hasta la muerte del general Franco, las de 1.938 y 1.939 (20). Por esto, el conjunto de leyes hay que entenderla en función de esta última, verdadera supemnorma que conferia los plenos poderes, de forma vitalicia, al general Franco (21).
A, continuación vamos a analizar de forma suscinta Funda- el contenido y significación de cada una de las Leyes mentales:
Fuero del Trabajo de 9 de marzo de 1.938. Es -la primera y se promulga durante la guerra civil. Constaba de dieciseis declaraciones. Respondía a la idea falangista -estrechamente vinculada con las concepciones fascistas de la época, y que adoptaba por tanto el carácter totalitario del nuevo régimen. Junto a declaraciones demagógicas de tono -social y populista (22) su principal aportación seria la de organizar los Sindicatos únicos verticales como base funda -mental del nuevo Estado a fin de controlar mejor todas las fuerzas productivas del servicio de la ideologfa totalitaria (23).
Ley Constitutiva de las Cortes Españolas de II de jul lo de 1.942. Por ella se crean las Cortes Españolas:
'Continuando en la Jefatura del Estado la suprema potestad de dictar normas jurídicas de carácter -general, en los términos de las Leyes de treinta de enero de mil novecientos treinta y ocho y ocho de agosto de mil novecientos treinta y nueve, el órgano que se crea significará, a la vez que eficaz instrumento de colaboración en aquella función, principio de autolimitaclón para una institución más sistemática del Poder' (24)
La influencia de la otra fracción que configuraba tradicio- el Movimiento Nacional, partido único, esto es, el nalismo, dió origen a la resurrección de una Cámara única de corte corporativo medieval, integrada por procuradores nombrados de forma directa o por captación, que seria el susten to de lo que empezarla a denominarse 'democracia orgánica', y que se basaba en la prohibición de los partidos políticos, por un lado, y en el realce del Sindicato, el Municipio y la Familia, por otro.
Su misión era esencialmente deliberativa y auxiliar, pues no limitaba los poderes del Jefe del Estado:
'Las Cortes son el órgano superior de participa -ción del pueblo español en las tareas del Estado. Es misión principal la elaboración y aprobación -de Leyes, sin perjuicio de la sanción que corresponde al Jefe del Estado' (25)
- Fuero de los Españoles de 17 de julio de 1.945.
- Se promulgó coincidiendo con el noveno aniversario del Alza-
miento. Tras la derrota del Eje (26). el régimen de Franco funda- que se había mantenido neutral durante el conflicto bélico, intentó lavar su imagen inicial, frente a los aliados vence dores, mediante la adopción de una tabla de derechos mentales, en donde se recogían claramente recortados y sin garantías los derechos y libertades fundamentales del momen to. La vigilancia de tales derechou incluso dentro de su -cortedad, nunca llegó a ser verdaderamente efectiva por los criterios de su aplicación y por la existencia de las leyes restrictivas que los desarrollaban. Son especialmente signi ficativos tres de sus artículos.
Arte 12: 'Todo español podrá expresar libertnente sus ideas mientras no atenten a los principios -fundamentales del Estado' (27>
Art~ 33:'El ejercicio de los derechos que se re- conocenen este Fuero no podrá atentar a la unidad espiritual, nacional y social de España' (28) Arta 34: 'Las Cortes votarán las leyes necesarias para el ejercicio de los derechos reconocidos en
este Fuero' ¶29)
En real idad, jurídicamente hablando el Fuero de los Españoles fue una simple declaración de principios, pues no eran exigibles ante ningún Tribunal (3D).
- Ley de Sucesión a la Jefatura del Estado de 26 de julio de 1.947. Esta tuvo mucha importancia puesto que -en ella se definía la naturaleza constitucional del nuevo -
Estado:
ArtO 1: 'España, como unidad política, es un Esta do católico, social y representativo, que de acue: do con su tradición, se declara constituido en -Re i no.
Art' 2: 'La Jefatura del Estado corresponde al -Caudillo de España y de la Cruzada, Generalísimo de los Ejércitos don Francisco Franco Sahamonte'. (SI)
En esta, como se ve, se seguía atribuyendo la lefatura del Estado al general Franco y se regulaba el meca -nismo de sucesión con vistas a la plena 'instauración mo nárquica'. Además, esta ley aprobada 'plebiscitariamente' por el primer referendum nacional (32] 'legitimaba' el régi men y el poder indiscutible de Franco, aclamado también por la multitud unos meses antes, en señal de apoyo y confianza frente al boicot extranjero. Esto representó un triunfo más y un seguro para el futuro. De nada sirvieron las protestas de los monárquicos y de las fuerzas de la oposición. El ré gimen se institucionalizaba y muy pronto entraría en el con. cierto del mundo capitalista.
Dentro de la innovación básica que supone la vuel ta, en su momento, a la monarquía tradiconal, también hay -que señalar otras novedades como la creación de un Consejo del Reino, institución destinada a desempeñar papeles impor tantes en el funcionamiento del sistema futuro. De todas -
formas hasta la muerte de Franco, España fue un Reino sin -
Rey (33V.
- Ley de Referjndum Nacional de 22 de octubre de 1.945. Esta tenía una finalidad parecida al 'Fuero de los -Españoles', intentaba convencer del carácter populista y seudo-democrático del régimen de Franco, a través del reconocimiento de la institución del referéndwu, que sólo podía convocar el Jefe del ~stado,a fin de aprobar con el apoyo del cuerpo electoral determinadas leyes:
Art 9 1: 'Cuando la trascendencia de determinadas leyes lo aconseje, o el interés público lo demande, podrá el Jefe del Estado, para mejor servicio de la Nación, someter a referéndum los proyectos de leyes elaborados por las Cortes'. Art0 2: 'El referéndum se llevara a cabo entre to dos los hombres y mujeres de la Nación mayores de veintiún años'. (34)
Sólo se aplicó en dos ocasiones. La primera en ju
1 io de 1.947, para sancionar la ley de sucesión, anteriormente vista, y la segunda en diciembre de 1.966, para sancionar la ley Orgánica del Estado.
- Ley de Principios del Movimiento Nacional de17 de mayo de 1.958. Esta revisaba los aspectos anticapitalistas del ideario falangista, y se daban nuevas medidas en política social revisando los mecanismos vertical Istas de
des- encuadramiento sindical. En ella se exponen las esencias más puras del franquismo y se ordenan los principios en que canse Su régimen:
'El pueblo español, unido en un orden de Derecho. informado por los postulados de autoridad, libertad y servicio, constituye el Estado Nacional. Su forma política es, dentro de los principios inmuta bies del Movimiento Nacional y de cuanto determina la Ley de Sucesión y demás Leyes Fundamentales. la Monarquía tradicional, católica, social y repre sentativa' . (35)
Esta ley fue promulgada por Franco sin deliberadón de las Cortes, ni referéndum y se decía que los principios -contenidos en ella 'son por su propia naturaleza, permanentes e inalterables'. (36) No podía reforzarse nl siquiera --por el referéndum: 'Serán nulas las Leyes y disposiciones de cualquier clase que vulneren o menoscaben los Principios pro clamados en la presente Ley fundamental del Reino'. (37)
- Ley Orgánica del estado de 10 de enero de 1.967. El 14 de diciembre de h966 el Jefe del Estado, ante la presión del sector 'tecnocrático' (38), que se habla hecho con las palancas del sistema. y a fin de responder a una creciente oresercia del régimen en los imbit-os institucionales euro~eos, sometió a refertndum (391 esta última Ley Fundamental. Su si-gnifi cedo era tanto el de borrar algunos aspectos impre sentables de Épocas anteriores contenidos en el Fuero del ha
bajo, Ley de Cortes y Ley da Sucesión, como, sobre todo, el de estructurar con cierta apariencia institucional y seudodemocrática un régimen de claro sentido personal. En ella -se regulaban las funciones y poderes del Jefe del Estado, -del Gobierno, de las Fuerzas Armadas, del Consejo Nacional del Movimiento, además de crearse un sucedáneo de control -de constitucionalidad de las leyesdenominado con el nom -bre de contrafuero (40).
Esta ley puso fin a las esperanzas de aperturismo y reafirmó el autoritarismo de la estructura del Estado y -del Gobierno, a la vez que desarrollo las bases del futuro político centrado en la 'instauración de la Monarquía' .'AI dar este paso decisivo, que en cierto modo es poner la clave en el arco, no cerramos la puerta a ulteriores modificaciones y complementos que, eso si, habrán de hacerse por el camino establecido y con las debidas garantías en evitación de improvisaciones peligrosas' (41).
3.1.3. Situación política
El Estado español en la época de Franco fue una sóco-- la unidad de poder, el poder tradicionalmente conocido mo ejecutivo, que de hecho absorbió a los otros dos. Por to do ello, lo que fue acaeciendo en el ejecutivo, en los suce sivos gobiernos, es lo que determinó al resto del devensr pol Itico. Por lo tanto al igual que anteriormente nos hemos
referido a las leyes más importantes, las Leyes Fundamenta- les, ahora nos referiremos a los diferentes gobiernos de -Franco.
- El gobierno de Burgos. Quedó constituido en la ciudad de Burgos el 1 de febrero de 1.938 y no fue muy dura dero. En agosto de 1.939, una vez finalizada la guerra civil se renové todo el gabinete (42).
- El gobierno de la neutralidad, Se constituyó -el 9 de agosto de L939 y se mantuvo con varios reajustes hasta la terminación de la Segunda Guerra Mundial. Nació ha jo el signo de la Ley de 8 de agosto de 1.939 a la que ya -nos hemos referido anteriormente (43). Quizás lo más importante fue la división del Ministerio de Defensa en tres de partamentos (44) con lo que se restaba el poder a sus titulares. Estos eran coordinados por el Alto Estado Mayor vinculado a la Jefatura del Estado. Es decir, los tres ministe nos militares estaban bajo el control directo del Jefe del estado pero a través de una cuarta persona: 'Baje la inmedia ta dependencia del Generalísimo y Jefe de estado se constituye el Alto Estado Mayor ( ..)' (45).
En uno de los reajustes del gobierno, entró José
Antonio Sirón de Velasco en el Ministerio de Trabajo <46). Este impulsó la política social y aseguré el control de los salarios, seguro obligatorio de enfermedad, jurados de empre
sa. reglamentaciones de trabajo, mutualidades y universidades laborales fueron obras suyas.
Uno de los reajustes también cambió al ministro -de la Gobernación Valentin Galarza por Blas P¿rez González <47) que reorganizó el control político y social Internos, y la Brigada Politico Social.
- El gobierno de la autarquía. Se constituyó el 18 de julio de 1.945 y permaneció exactamente seis años, -hasta 1.951. En el gabinete estaban representados los militares, los católicos y los de Falange, quedando al margen -los monárquicos por la actitud del pretendiente don Juan de Borbón que se encontraba en Estoril. En estos años no hubo muchas preocupaciones políticas, la Universidad estaba fuer temente controlada por el Sindicato de Estudiantes Universi tarios (48).
- El gobierno de los pactos con el Vaticano y -los Estados Unidos, quedó formado el 18 de julio de 1.951 y duró hasta el 25 de febrero de 1.957. Como novedades presen taba la creación del Ministerio de Información y Turismo, y de la Secretaría de la Presidencia y el renacimiento de la Secretada General del Movimiento. En este gabinete habla equilibrio entre los católicos y falangistas. La tenden cia monárquica que presentaba más posibilidades era la apadrinada por Carrero Blanco que desde 1.940 ocupaba la Subse
cretarla de la Presidencia del Gobierno y ahora era ya minis t ro.
tades universitarias de Madrid fueron escenario de taciones y reuniones. E! Consejo de Ministros suspendió por tres meses los artículos 14 <libre circulación), 15 (necesi dad de un mandato judicial para registros domiciliarios) y IB (setenta y dos horas máximas de detención sin procesaniien to) del Fuero de los españoles <49). Se declaró el estado -de excepción y se reajusté el gobierno, cesaron Raimundo -Fernández Suesta y Joaquín Ruiz Giménez. Las huelgas no fue ron sólo estudiantiles, sino también obreras en Navarra, Ca taluña, País Vasco y Madrid.
Entre el l y el ID de febrero de 1.956 las faculmanifes-
En cuanto a la política exterior este gobierno
-culminé la firma de dos importantes acuerdos Internaciona -les: el Concordato con la Santa Sede (50> y los Pactos mili tares y económicos con Estados Unidos ($1). Dos pactos que significaron la consolidación de la política de unión con -Iglesia, por un lado, y por otro, la integración de España en el sistema económico y militar de Occidente, y a los que nos referiremos más adelante.
- El gobierno del Plan de Estabilización. Se con fornió el 25 de febrero de 1.957 y duró hasta el 10 de julio de 1.962. En este habla siete ministros militares y la obra
fundamental fue realizada por los ministros del Opus Dei
-<52), la estabilización y la apertura comercial al exterior que hablan de permitir un más rápido crecimiento.
- El gobierno del Primer Plan de Desarrollo. Este se formó el lO de julio de 1.962. El ministro que más -destacó en el nuevo gabinete fue Mahuel Fraga, que ocupó la cartera de Información y Turismo, y que más tarde <53) serIa el artífice de la Ley de Prensa, a la que nos referiremos -más adelante. Esta ley, conocida también como ley Fraga, su puso la medida liberalizadora política más trascendental du rante la década de los sesenta.
El Opus Dei aumentó su penetración en el gobierno y sumó tres nuevos ministros: Lopez Bravo, en Industria que llevó a cabo una política altamente favorable a la gran in dustria privada. Para ello uno de los mecanismos que utilizó fue el decreto sobre 'libre instalación, ampliación y -traslado de industrias dentro del territorio nacional' (54). También se le imputa el 'principio de subsidiariedad' asia nado a la empresa pública en la Ley del Primer Plan de Desarrol lo (55). Con tal criterio terminó por relegarserdefí nitivamente al Instituto Nacional de Industria. (l.NI,), que tenía 'por finalidad propulsar y financiar en servicio de la Nación, la creación y resurgimiento de nuestras indus trias, en especial de las que se proponen como fin principal la resolución de los problemas impuestos por las exigencias
de la defensa del país o que se dirijan al desenvolvimiento de nuestra autarquía económica, ofreciendo al ahorro espa -ñol una inversión segura y atractiva' (56), a una posición secundaria en favor de las empresas privadas, Manuel Lora Tamayo. en Educación y Ciencia, autor de la Ley de Enseñanza Universitaria, y creador de la Subsecretaria de Investigación. También fue el que sustituyó las cátedras por los -departamentos universitarios, pero en 1.968, fue sustituido por Villar Pasalí. El tercero de los ministros nuevos del -Opus Dei, fue Romeo Gorría, de Trabajo que completó la Ley de Convenios Colectivos: 'Se autoriza al Ministerio de Trabajo para dictar las disposiciones necesarias para el cum -plisniento de la presente ley, así como para regular, a pro puesta de la Organización Sindical, su gradual aplicación' (57>, con las normas de obligado cumplimiento. A él se debe también el famoso Programa de Promoción Obrera, el PRO, que formé a muchos trabajadores con cursos intensivos de seis -meses y la reorganización de la Seguridad Social: 'Atribuida al estado en el Fuero de los Españoles la función de garantizar dicho amparo o protección; consagrados los derechos a los beneficiarios de la Seguridad Social en la Ley de Prin cipios del Yovimiento Nacional, y conseguida ya la cobertura de los riesgos básicos comunes y profesionales -respecto de los trabajadores por cuenta ajena especialmente-, parece -llegado el momento de operar el tránsito de un conjunto de seguros sociales a un sistema de Seguridad Social (58).
- El séptimo gobierno. Se formó el 7 de julio de 1.965 y duró poco más de cuatro años. Se hablan cambiado un total de seis ministros, y tuvo dos figuras importantes: Fe derico Silva Muñoz, ministro de Obras Públicas y Laureano -López Rodó, ministro sin cartera. El primero realizó muchos proyectos como el Plan de Autopistas españolas de Peaje, la Red de Itinerarios Asfálticos, el segmento ferroviario Ma -drid-Burgos, el trasvase Tajo-Segura.
Este gabinete, aprobó la Ley de Prensa de 1.966, Estaante- que suprimió la censura previa; y la Ley Orgánica del do (59). que dió coherencia a las leyes fundamentales, in -troduciendo en ellas una serie de modificaciones, que riormente hemos examinado. Por su parte, Franco procedió a designar a Juan Carlos de Borbón y Borbón como sucesor a ti tulo de Rey:
'Por todo ello estimo llegado el comento de proponer a las Cortes Españolas como persona llamada en su día a sucederme, a titule de Rey, al Príncipe Don Juan Carlos de Borbón y Borbón, -quién, tras haber recibido la adecuada formación para su alta misión y formar parte de los tres -Ejércitos, ha dado pruebas fehacientes de su acen tuado patriotismo y de su total identificación -con los Principios del Movimiento y Leyes Funda -mentales del Reino, y en el que concurren las demás condiciones establecidas en el articulo noveno de la Ley de Sucesión' (60>.
Durante este gobierno fue declarado el estado de excepción el 24 de enero de 1.969 (61) debido a las manifes taciones universitarias de Madrid y Barcelona, en donde se criticaba con dureza las instituciones del régimen.
- El gobierno monocolor. Este es el último de -los gobiernos de Franco que vamos a examinar aquí, pues con él se cierra el diario 'Madrid'. Se formé el 29 de junio de 1.973. Con él Franco procedió al más amplio cambio de gobier no, entraron trece ministros nuevos de un total de dieciocho.
El adjetivo de 'monocolor' le fue inicialmente -aplicado por el claro predominio de ministros pertenecientes al Opus Dei <62). El ministro de Asuntos Exteriores, Gregorio López Bravo consiguió un acuerdo preferencial con la Cocunidad Europea <63>, aunque la plena integración seguía dependiendo de una liberalización política que el régimen era incapaz de llevar a cabo. La reforma educativa sólo produjo masificación y descontento en los estudiantes, que sumado a un½lto grado de malestar político provocó una fuerte agitación universitaria:
'Las reformas parciales que se han Ido introducien so- do en nuestro sistema educativo, particularmente -en los últimos treinta años, han permitido satisfa cer en medida creciente la demanda social de educa ción y hacer frente a nuevas edgentias de la ciedad española. Pero es necesario reconocer tantbién que generalmente se ha ido a la zaga de la -presión social, al igual que en la mayor parte de
los paises y, sobre todo, que los problemas educa - tivos que tiene planteados hoy nuestro país requie ren una reforma amplia, profunda, previsora de las necesidades nuevas y no medidas tanganciales y apresuradas con aspecto de remedio de urgencia'(641
Por otro lado, las huelgas y el terror policial am pliado contra los huelguistas dió un aire de irrealidad a -los debates sobre la nueva ley sindical (65>. Asturias estaba en huelga. despu¿s se produjeron las de la construcción -en Granada <66) y la del metro de Madrid.
La fuerza de Comisiones Obreras (CC.DO.) era cada
-vez más creciente. Así, mientras continuaban las huelgas (671 el 3 de noviembre CC.0O. optó por lanzar un plan que preveía una huelga general de 24 horas, para presionar en favor de -la amnistfa de los presos pol Iticos. Este plan re sultó con traproducente ya que proporcionó a las autoridades la ocasión y el pretexto para emprender violentas represalias~ Las huelgas, no pcr cuestiones económicas, fueron apoyadas por inte -lectuales, artistas y estudiantes (68).
El ciclo de desunión del régimen, cohesión de la -oposición y repulsa mundial quedé subrayado por el proceso de Burgos. En el año de 1.970 había casi trescientos vascos pertenecientes a Euskadi ta Askatasuna (E.T.A.) detenidos. --Quince de estos fueron juzgzdos. acusados de asesinato de un policía. Pidiándose la pena de muerte para seis de ellos. El
1 de diciembre un comando de E.T.A secuestraba al cónsul -en España de Alemania Federal, y anunciaba que su suerte de pendería de la suerte de los etarras. El proceso de Burgos fue uno de los más importantes y largos celebrados durante la dictadura y terminó convirtiéndose en un proceso al propio régimen, tanto por parte de los etarras acusados como -de la prensa mundial. El régimen se enfrentó con la Iglesia. El obispo de San Sebastián y el de Bilbao publicaron una mi siva pastoral en la que pedían demencia para todos los acusados. El gobierno reaccionó furiosamente acusando al clero de injerencia en asuntos políticos, mientras que choques en tre pollc!a y manifestantes se endurecían (69).
Las sentencias anunciadas el día de los inocentes no pudieron ser más duras. Las seis sentencias de muerte pe didas desde el principio fueron confirmadas y además otros tres acusados fueron hallados culpables de dos delitos capi tales cada uno de ellos y fueron por tanto, condenados a -dos penas de muerte. En total hubo nueve penas de muerte, -(70), 519 años de cárcel y multas por valor de 1.500.000 pe setas. Pero la acción de las fuerzas de la oposición, así -como la de amplios sectores de toda la sociedad española, -la presión masiva internacional y la voz de la Iglesia, motivó la conmutación de las penas por parte del Jefe del Estado.
En febrero de 1.971 es aprobada la Ley Sindical,-
esta ley aceptaba asociaciones profesionales: 'Los empresa- nos, los técnicos y los trabajadores podrán construir, den tro de sus respectivos sindicatos, asociaciones sindicales para la defensa o especialidad profesional de quienes las -constituyan, según el esquema que se establezca por cada -sindicato' <71). Pero no preveía nada que viniese a dar a los obreros la participación o representación, La ley fue condenada por la gran mayoría de la jerarquía eclesiástica. La irrelevancia de la ley se vió resaltada por el hecho de que los poderes arbitrarios de la polic(a se utilizaron no sólo contra ETA, sino contra los miembros de Comisiones --Obreras y de la Unión General de Trabajadores.
A lo largo de este año, los sectores influyentes de la oligarqula económica buscaban ya vías alternativas de entendimiento para realizar su propia supervivencia. La respuesta del gobierno puso de manifiesto su descomposición. Sin más, Carrero Blanco dispuso que se tomaran medidas más duras y un número de delitos hasta entonces bajo jurisdic -ción civil, quedaron sometidos a una nueva ley. La ley de Orden Público fue reformada y se aumentó la cuantía de las multas del Tribunal de Orden Público. No pagar las multas -acarreaba ahora tres meses de cárcel,
De esta forma llegamos a la fecha en que se produ ce el cierre del diario 'Nadrid', el 25 de noviembre del -año de 1.971. Como ministro de Información y Turismo se en-
contraba Alfredo Sánchez Bella que reverdeció los tiempos -más estrictos de Arias Salgado, con sus estrechos criterios de censura en toda clase de manifestaciones de prensa, ra -dio, televisión, cine y teatro. Sánchez Bella cerró el 'Madrid' aduciendo problemas técnicos en sus formalidades de -inscripción registral; pero en el fondo, porque era el primer diario que seriamente criticaba la política de estancamiento político del gobierno (72).
3.1.4. Coyuntura internacional
El Estado español se encuentra dentro del área ca pitalista, y su origen, desarrollo y permanencia está estre chamente vinculado al imperialismo económico y sus aliados. Por lo tanto, es preciso fijarnos en la coyuntura interna -cional a lo largo de las distintas etapas de los gobiernos de Franco.
En sus origenes el Estado de Franco supuso el mar
Co más adecuado para los intereses de las clases en el PO -der, vencedoras de una guerra civil. Su victoria no sólo -fue debida a su vinculación y alianza con el ejército, sino también a la ayuda que les prestó el facismo alemán e ita -lleno por un lado <73), y a la pasividad de las grandes de mocracias burguesas (74) por otro. Terminada la guerra, el 1 de abril de 1.939, Roma y Berlín, y también el Vaticano, felicitaron al Generalísimo por su triunfo: 'RomaSu Majes
tad el Rey Emperador Pa dirigido al Generalísimo Franco el siguiente telegrama: ''Mientras las valerosas fuerzas nacionales concluyen su her¿ica gesta, deseo expresar a V.G., -que es su animador y conductor. el pensamiento de mi admira ción y la de todos los italianos, que conmigo saludan en el resurgimiento de la gran nación amiga, el triunfo de la clvilización y de la justicia. Victor Manuel'' (75).
'Berlin -El FOher Canciller ha dirigido al Genera lisimo Franco el siguiente telegrama, con motivo de la en -trada de las tropas nacionales en Madrid: 'Con motivo de la entrada de las tropas de España en madrid. os envio mis más calurosas felicitaciones. España Nacional acaba de lograr -la victoria definitiva sobre el bolchevismo, ese elemento -destructor de los pueblos. Alemania saluda conmigo a vues -tras magnificas tropas, y al expresaros nuestro entusiasmo tengo la certeza de que alumbra en España la aurora de un renacer que justificará los sacrificios y los esfuerzos rea tizados. Adolfo Hitler'' (76).
Al mismo tiempo que Estados Unidos y otros paises se apresuraron a reconocer al nuevo Estado (77), símbolo de unidad y fuerza frente al comunismo ruso. Pocos meses des -pu=s.Europa estaba en guerra, y la opción internacional -del gobierno de Franco a favor del facismo fue un factor -esencial para la consol idación del nuevo Estado. Esta opción supuso una serie de decisiones en política interior que con-
dicionaron el futuro político español y que entonces retardaron el desarrollo económico del país, si bien favorecie -ron la consolidación de diversas fracciones de clase en el poder que serfan las hagemónicas años despuás. Fueron los años en que Franco se apoyó fundamentalmente en la Falange y consiguió dominar totalmente la situación reuniendo en -torno suyo a toda la derecha, logrando así la identifica -ción del régimen con la base sociológica de 1.936.
La situación internacional en estos años pasó por tres momentos: a> triunfo del Eje; bí derrota del facismo -italiano y del nacionalsocialismo alemán con el triunfo de las democracias occidentales; c) guerra fria.
España durante los dos primeros, pasó de la neutral idad:' Constando oficialmente el estado de guerra que, por descracia, existe entre Inglaterra, Francia y Polonia, de un lado, y Alemania, de otro, ORDENO, por el presente De creto, la más estricta neutralidad a los súbditos espaAoles con arreglo a las leyes vigentes y a los principios del Derecho Público Internacional' (78), a la no beligerancia para volver a la neutralidad. Franco político sumamente hábil apoyando fundamentalmente al Eje en los primeros años del -conflicto bélico, no sólo con hombres en el frente, la Dlvi sión Azul, sino también con españoles que ofrecian su -fuerza de trabajo en la retaguardia evitó la entrada directa de España en la guerra, sabiendo mantenerse firme frente
a Hitler: 'En Francia, 23El F¿ihrer ha tenido hoy con el -Jefe del Estado español, Generalimo Franco una entrevista -en la frontera hispano-francesa. La conferencia se ha celebrado en el ambiente de camaraderia y cordialidad existentes entre ambas naciones. Tomaron parte en la conversación los ministros de Relaciones Exteriores del Reich y de España, -Von Ribbentron y Serrano Suñer, repectivamente' <79) y acer cándose oportunamente a los aliados. Existe una constante a lo largo de las diversas fases de la guerra mundial, durante el periodo de la 'guerra fr(a' que perduró durante todo el franquismo: el 'anticomunismo':
'El anticomunismo español no es un capricho. sino hubiefron- una necesidad. No nos ocuparfamos de él si se permanecido o permaneciese dentro de sus teras y no se proyectase al exterior, maquinando contra la paz de los pueblos, si no destruyese la fidelidad a las naciones de sus naturales, convir tiéndolos de hecho en súbditos verdaderos de la -nación soviética.
Puede el comunismo todavía engañar a aquellos pue tíos que no le conocen y que no han experimentado sus checas y procedimientos, pero para los que, -en mayor o en menor escala, han sufrido sus revoluciones, sus actos do terrorismo y sus martirios engañan ya a pocos, pues los que le conocieron -quedan completamente vacunados contra el mal' (So).
En 1.945 el error cometido era palpable y pesaba insoportablemente. Por otro lado, el príncipe Don Juan y las
fuerzas republicanas en el exilio creyeron llegado el mamen to de poner fin a la era de Franco, e iniciaron la ofensiva. Por otro. las democracias occidentales decretaron el bloqueo diplomático con el cierre de fronteras con Francia: Con mo tivo de la decisión unilateral del Gobierno provisional de -la República francesa de cerrar sus fronteras con España e impedir el tráfico por mar, tierra y aire entre los territorios de los dos paises, sin explicación. fundamento ni causa en que poder basaría, y ante los perjuicios que una medida -de tal naturaleza ha de causar forzosamente al tráfico de -otras naciones, el Gobierno español, a la vista de este he -cha insólito y arbitrario, se cree obligado a denunciar ente la recta conciencia de todos los pueblos los siguientes he -chas ( . . (Si> . Corno consecuencia de lo anterior se produjo la retirada de embajadores: 'El Comité Politico y de Seguridad ha aprobado una moción belga recomendando la retirada ca ectiva de todos los ministros y embajadores de los Estados miembros de las Naciones Unidas en Madrid. Esta recomenda -ción figura en el segundo párrafo de la moción belga, que -fue aprobada por 27 votos a favor contra 7, con 16 abstencio nes. En el primer párrafo de la misma recomendación, aprobado por 26 votos contra 8, se dice que si dentro de un tiempo razonable no cambia el Gobierno español, el Consejo de Seguridad considerará las medidas conducentes a remediar la si -tuación (82).
recalcó a Churchill que España no habla estado al lado de -Alemania, sino que habla luchado contra el peligro del comanismo ruso. A pesar de ello fue un momento difícil para Eran ce. para el gobierno y para las clases en el poder. En estos anos -1.945 a 2.950la política del nuevo Estado estuvo con dicionada por una necesidad de supervivencia.
Fueron años difíciles, en los que el régimen se -apoyó exclusivamente en Portugal, al que le untan ya una serie de acuerdos (B3~ ratificados y confirmados en el llamado 'Bloque Ibérico', protocolo firmado en Lisboa el 20 de diciembre de 1.942, tendente no sólo a reforzar la neutralidad de ambos paises en el conflicto mundial, sino que además arbitraba medios de ayuda mútua para el presente y el futuro. Ayuda y amistad que duraran inalterables hasta el fin del Sa lararismo: 'Constituido el Bloque ibérico, se creó para el -mundo una nueva entidad capaz de actuar en la política ínter nacional en forma altamente eficaz y beneficiosa como instru mento de paz y como depositario de los mas altos valores 'florales (84).
En cuanto a las relaciones con Iberoamérica. Desde los inicios del nuevo Estado a la base de su aparato ideoló gico estaban los conceptos de 'Imperio' e 'Hispanidad' que -orientaron una política de expansión cultural y económica ha cia los paises de América Latina. Así, inmediatamente después de la guerra se creó el 'Consejo de la Hispanidad' una de ni
yas principales actividades fue el 'Instituto de Cultura -Hispánica'. Durante los años posteriores a la guerra mundial España vió interrumpidas las relaciones comerciales con casi todas las naciones americanas, manteniéndolas casi en exclusiva con Argentina. El régimen de Franco firmó varios acuerdos comerciales con el general Perón, y Eva Duarte visitaba triunfalmente España en señal de apoyo y amistad: 'Las altas partes contratantes, interpretando el espíritu de coopera -ción que anima a los Gobiernos y a las clases productoras ·de sus respectivos países declaran su propósito de estrechar -por todos los medios a su alcance los vínculos económicos -que les unen y fomentar un intercambio equilibrado de sus -productos, asegurándoles unos mercados permanentes dentro de las respectivas necesidades nacionales' (85).
Fueron Portugal y Argentina los dos regímenes, mi- litares y autoritarios, a uno y otro lado del oc4ano, los -que apoyaron a Franco en los años de 1.945 a 1.950.
Al iniciarse la década de los cincuenta la situfi
-ción internacional estaba dominada por la tensión entre la -Unión Soviética y los Estados Unidos, o mejor por la consoli dación de dos bloques dominados por las dos grandes potencias España no fue ajena a esta nueva coyuntura que incidió en fa ver de una mayor estabilidad de la política de Franco.
Estados Unidos, y en conjunto toda el área capita-
lista occidental, habían entrado desde la Segunda Guerra -Mundial en una fase de expansión económica y necesitaban a España que aparecería como pionera en la lucha contra el -comunismo, que a través de la Unión Soviética amenazaba su interés económico. Esta nueva etapa de atracción hispánica se había iniciado cuando la Asamblea General de la O.N.U.anuló la resolución de 3.946 y autotizó de nuevo el envio de embajadores a Madrid.' Por 38 votos a favor, 10 en con tra y 12 abstenciones ha sido aprobada por la Asamblea General de la O.N.U. la proposición derogatoria de los acuer dos de 12 de diciembre de 1.946, sobre España. El preánibulo fue aprobado por 38 votos a favor, 9 en contra y 11 -abstenciones; el primer párrafo relativo a la derogación -de los citados acuerdos del 32 de diciembre, por 36 a favor, 10 en contra y 12 abstenciones y el segundo párrafo. -por el que se admite a España en los organismos subsidia -nos de las Naciones Unidas, por 39 votos a favor, 10 en contra y II abstenciones' (86). Esto significó el fin del bloqueo internacional, que junto a una serie de éxitos di plomulticos llevaron a España a ingresar en organismos inter nacionales, la F.A.D,, la LI.N.E.S.C.D., (Organización Educativa, Científica y Cultural de las Naciones Unidas> (Sfl culminando todo el lo con la firma de dos importantes acuer dos internacionales: el Concordato con la Santa Sede y los pactos militares y económicos con los Estados Unidos dc Norteamérica.
·~En el nombre de la Santísima TrinidadLa Santa
Sede Apostólica y el Estado español, animados del deseo de asegurar una fecunda colaboración para el mayor bien de la vida religiosa y civil de la nación española, ha determina do estipular un Concordato que, resumiendo los convenios -anteriores y complementándolos. constituya la norma que ha de regular las reciprocas relaciones de las altas partes -contratantes, en conformidad con la ley de Dios y la tradi ción católica de la nación española' (88).
Respecto a los pactos militares con los Estados Unidos, se decía: 'Frente al peligro que amenaza al mundo occidental, los Gobiernos de los Estados Unidos y de España, deseosos de contribuir al mantenimiento de la Paz, y -de la seguridad internacional con medidas de previsión que aumenten su capacidad y la de las demás naciones que dedican sus esfuerzos a losmismos altos fines, para poder par ticipar eficazmente en acuerdos sobre la propia defensa: -(89).
El Concordato con la Santa Sede legitimó jurídica mente las tesis confesionales de cristiandad e ideología de 'cruzada' básicas en 1.936-1.939, y a partir de entonces la unión de la Iglesia y del Estado se convirtió en algo esencial del régimen. Ambos se beneficiaron mutuamente. La Igle sia era reconocida por el Estado como 'sociedad perfecta', -en pie de igualdad con él, y le concedió numerosos privile-
gios, tanto de carácter financiero y fiscal como jurisdic -cional, así como la exención de censura para sus publicacio nes, etc, y al mismo tiempo se confirmaban y ampliaban los derechos y privilegios en el campo de la enseñanza que le -aseguraban así el control de la infancia y de la juventud, siendo el catolicismo una de las bases del aparato ideológi co del Estado.
En contrapartida, el Estado consiguió fundamental mente tres privilegios: proponer los candidatos para Obispos el derecho de modificar las circunscripciones episcopales y una delegación del Tribunal de la Rota en Madrid. Además, el Concordato se situaba cronológicamente entre dos textos lega les muy importantes: la ley de Sucesión en la Jefatura del -Estado de 1.947 y la ley sobre Principios Fundamentales del Movimiento de 1.958. en las que Estado e Iglesia ratificaban una vez más su unión y confusión entre lo temporal y espiritual, base y germen de problemas que generar¿n años despues una grave crisis.
Respecto a los acuerdos económicos y militaristas con los Estados Unidos supusieron la ayuda económica y el es tableciniiento de bases militares americanas en España, y a partir de entonces, España, etapa tras etapa, entró a formar parte de numerosos organismos internacionales <90).
Al mismo tiempo, emprendió una política nacional
basada en la reivindicación de Gibraltar y en la amistad y -cooperación con los PaI'ses Arabes (93) y América Latina. No obstante, a finales de IASG las relaciones con Marruecos -se deterioraron por la negativa a incluir Sidi-lfni en el -proceso descolonizador.
La burguesía española en el poder, que unos años antes había sido facista, tomaba ahora el camino de la in -corporación a la Europa neocapitalista y. al igual que Euro Pa, entraba también en la órbita de Estados Unidos, su gran apoyo para este cambio de rumbo.
La década de los sesenta se inició con un ambien te de crisis. Existía descontento en los medios detentadores del poder económico por la falta de resultados satisfacto -nos tras de la estabilización, descontento de la clase -obrera, sobre la que pesaba exclusivamente el costo de la misma (bloqueo de salarios, aumento del paro, alzas en el coste de la vida) y descontento también en la oposición liberal que esperaba una apertura política como consecuencia -de la liberalización económica y de la nueva situación inter nacional.
De 1.962 a 1.973 va un periodo que se inició con los contactos con la Administración Kennedy en Estados Uni -dos y el Concilio Vaticano II. que pasó luego por aconteci -milentos importantes (92) y que termina con dos hechos: el co
mienzo de una crisis económica y la implantación del terro- rismo, ambos a escala internacional.
España pugna en estos años por mantenerse dentro del área capitalista y la preocupación del gobierno era la integración plena en Europa. esencialmente a nivel económico y el mantenimiento de la amistad y cooperación con los -Estados Unidos, con quien se renuevan sucesivamente los acuerdos de 1.953. Aumenta también la participación en organismos internacionales, y el contencioso de Gibraltar con -Inglaterra se intenta solucionar en términos amistosos.
Todo ello respondía al objetivo básico de la polí tica e ideología del régimen, reflejado en unas declaraciones del Jefe del Estado: 'No podemos prescindir del mundo -capitalista liberal en el que vivimos (..4' <93). No obs -tante, aparece en estos años un elemento nuevo, la apertura a los países socialistas, que empezó en 1.967, se aceleró -en enero de 1.970 y acabó con la instalación de la embajada de China Popular en Madrid en 1.973. Política de apertura y distensión económica exigida por el capital, pero que al la do de otros hechos provocó fuertes contradicciones entre las clases en el poder, dando origen a la presencia de grupos -que pueden calificarse de 'extrema-derecha', que intentaron ya en estos años poner freno a la evolución económica y Política del régimen. Pero éste siguió firme en su política, otro de cuyos ejemplos es la independencia de Guinea en el
año de 1.968: 'La firme decisión del Gobierno español de ir preparando el territorio de Guinea Ecuatorial para que en -el momento adecuado pueda alcanzar su plena independencia, inició un proceso que, arrancando de la Ley estableciendo -el Régimen Autónomo, aprobada por referéndum del pueblo -guineano el quince de diciembre de mil novecientos sesenta y tres, culminó en la Ley cuarenta nueve/mil novecientos se senta y ocho, de veintisiete de julio, autorizando al Gobier no a completar el proceso constitucional y a conceder la in dependencia a Guinea Ecuatorial' (94).
Pero no olvidó tampoco su política 'nacionalista'
de amistad y cooperación con América Latina, Portugal y Pai ses Arabes prorrogando el 'Bloque Ibérico' e intesificando las relaciones económicas y culturales.
3.2. Legislación de prensa e imprenta
- 3.2.1. Situación jurídica de la prensa en la República
Resulta complicado elaborar un proyecto exhaustivo de la España de 1.931 sin tener en cuenta su entorno histórico y temporal. Los cambios políticos en un Estado no se -dan aisladamente, sino que son consecuencia de transformacio nes genéricas de años precedentes. Autores contemporáneos se han preocupado de investigar esta secuencia temporal, comenzando en años tan distantes como 3.876 (95) para converger -en 1.931, año de proclamación de la II República.
La II República nació el 14 de abril de 1,931. Es te mismo día aparecieron con ella las primeras tmedidas:legis lativas: dos decretos. En el primero, se concedía una amplia amnistía a los condenados o encausados, por delitos politi cos, sociales y de imprenta, exceptuhndose en lo referente -a estos últimos, los de injurias y calumnias a particulares perseguidos en virtud de querellas. El otro decreto (96) tra zaba las lineas fundamentales del Estatuto jurídico del Go bierno Provisional. En el apartado 49 5~ indicaba que su ac tividad sería orientada 'no sólo en el acatamiento de la Ii bertad personal y cuanto ha constituido en nuestro régimen constitucional el estatuto de los derechos ciudadanos, sino que aspira a ensancharlos, adoptando garantfas de amparo pa ra aquellos derechos ( (97). Se exponía una declaración de respeto y ensanchamiento de los derechos individuales y sociales del ciudadano de la que facilmente se podía deducir cúal iba a ser la postura del régimen republicano frente a la prensa e imprenta, pero que desgraciadamente no cumplió. El articulo 6~ permitía al Gobierno someter estos derechos a un régimen de fiscalización.
Ya en este Estatuto se vela el antagonismo insupe reble de la 11 República, que 'pretendía hacer compatible la omnipotencia del ejecutivo con la garantfa de los derechos -de los ciudadanos' <98),
Esta contradicción no fue superada durante sus cm
co años de existencia. El Gobierno cuidó mAs, asegurar sus atribuciones mediante declaraciones bien categóricas, que de reconocer los derechos y libertades vagamente enunciados en forma nada eficaz (99).
La cafda de la dictadura suponía en materia de prensa la vuelta a la Ley de 1.883 (100). Pero, la llegada -de la República suponía un ataque a la prensa monárquica, y aquella no afectaba al régimen. En agosto de 1.931. la pren sa de derechas, singularmente la considerada de inspiración católica, sufrió tenaz persecución por parte del Gobierno -republicano' (101), una prensa de derechas que era más fuerte que la de izquierdas; aunque es cierto que la in fluencia de esta última se consolidará más tarde' <102). Po co despué's, aparecería la primera vestimenta legal de esta
'mucho·actitud republicana.
3.2.1.1. La Ley de Defensa de la República
Con apenas medio año en el poder, antes incluso de diciem que fuese dictada una Constitución, la República sintió la -necesidad de protegerse. En la sesión de las cortes Constitu yentes interrupiendo el debate en el que estas estaban discutiendo la Constitución, que seria promulgada el 9 de bre. Hanuel Azaña, Presidente del Gobierno, presentó el pro yecto de ley, que pasó inmediatamente a comisión y que fue -aprobado el mismo día 20 de octubre. Este, 'estaba intencio
nadamente destinado a invalidar todas las garantias y todos los principios éticos y jurídicos del Código Fundamental del Régimen' <¶03>. Las instituciones eran débiles y los ataques procedían de cualquier frente, sobre todo funcionarios, riodistas y militares. Manuel Azaña con un-gran repertorio - pede argumentos fue el defensor de esta ley.
La Ley busca y obtiene una autorización al Minispren- terio de la Gobernación, sustrayendo competencias a los Trí bunales de Justicia, para perseguir directamente por vta gu bernativa a las personas afectadas. En los asuntos de sa tiene elevados poderes de control y sanción.
Según el articulo 10, se consideraban actos de agresión a la República una serie de actos que podían ser realizados por la imprenta, a saber: 'Incitación a resistir o desobedecer las leyes <..4: 'Incitación a la indisciplina ( ..,l' 'Difusión de noticias que puedan quebrantar el crédito o perturbar la paz o el orden público': 'Toda acción o expresión que redunde en menosprecio de las instituciones y organismos del Estado' y 'La apología del régimen monárquico o de las personas en que se pretende vincular su repre sentación'.
El articulo 2' señala las penas, autorizando al Hi nisterio de la Gobernación para ocupar o suspender los medios de comunicación, según los casos, que hubieran sido objeto de sanción o
responsabilidad en la comisión de uno de tales delitos. Las sanciones administrativas se consideraban compatibles con -los fines establecidos en el Código Penal. A estas medidas se opusieron, ya entonces, famosos juristas de la época. Ro yo-Villanova, diputado en aquellas fechas (104), expresaba en la prnsa (lOS) y en el propio Congreso de los Diputados, su postura de que ' el régimen establecido en la Ley de la Defensa de la República era relación con la prensa era mucho mis grave. más peligroso y más lesivo para los periódicos -que la previa censura' (106). Su aprobación Implicaba 'un -nuevo régimen de prensa caracterizado por la extraordinaria facilidad que se le concedía para suspender periódicos' (lO?).
Esta Ley, en cuanto a su duración era provisional hasta que se promulgara la Constitución, pero no fue así, -ya que la Constitución de 9 de diciembre de 1.931, en su Dis posición Transitoria Segunda, la deja vigente, además con rango constitucional, lo que supone la imposible aplicación del articulo 34 de dicha Constitución (10?).
La aplicación de la Ley supusolel cierre y clausu ra de periódicos de la oposición y de la prensa militar. Los primeros diarios a los que afecté fueron 'El Debate', por --ofensas a las cortes y 'Mundo Obrero', por injurias a insti tuciones fundamentales de la República.
En ella se reflejaba un espíritu, un sistema, una
táctica, e Incluso una moral. 'Practicamente, tuvo total vi autores di- gencia el tiempo que ocuparon el poder los gobiernos de más avanzado izquierdismD, y quienes la aplicaron con mayor con tumacla fueron aquellos en que participaron sus rectos: E. de los Rios, >4. Azaña y 5. Casares quiroga. Pero su implantación virtual y caprichosa data ·de mucho antes de que fuera aprobada, porque, desde el. primer momento, se hizo consustancial con la República la pura y simple eliminación de cualquiera de las voces discordantes' (108).
De la realidad, se extrae un hecho significativo:
ta unión de la prensa frente a la medida legislativa. 'Mació constituida por representantes de dieciseis diarios de muy distintas significaciones ideológicas, lo que se denomi nó la 'Liga defensora de la libertad de prensa' que en cler to modo no era otra cosa que una reacción contra la Ley de Defensa de la República' <109).
La Ley fue derogada por otra de 29 de agosto de disposicio-
1.1.933: Esta derogación tiene una justificación, consideran do que el 28 de Julio de 1.933 se promulga la Ley de Orden Público que era aún más severa con los medios de comunica ción, y carecía de sentido la existencia de dos nes sobre la misma materia. En este ambiente turbulento apa rece la anhelada Constitución republicana.
3,2.1.2. La Constitución de 9 de diciembre de 1,931
Su texto fue aprobado tras un periodo constituyen te de escasos meses y 'se presentaba coco una Norma Funda-mental de cierta originalidad, que tendría despues una clara influencia en alguna constitución europea y, más reciente mente, en el actual texto constitucional vigente en España' (MO).
En concreto, lo que más nos interesa de ella, es su artIculo 34
'Toda persona tiene derecho a emitir libremente -sus ideas y opiniones, valiéndose de cualquier me dio de difusión, sin sujetarse a previa censura. En ningún caso podrá recogerse la edición de Ii-bros y periódicos, sino en virtud de mandamiento de juez competente.
No podrá decretarse la suspensión de nigún perió- dico sino por sentencia firme'.
Este, está inspirado en 'la línea máxima del libe ralismo teórico' (III). La Constitución repubí bara 'estable cié la más ampí ja libertad de prensa e imprenta', en este -articulo (112), incluido en el CapItulo 1, titulo III que -lleva por rúbrica Garantias individuales y políticas'. Eh mine la censura previa e impide el secuestro y suspensión de publicaciones al margen de la justicia, aunque establece una escala de requisitos entre amibas.
La Constitución. inspírándose en el modelo kelse niano, aspiraba a garantizar fuertemente los derechos con -la inclusión de los artículos 105 y 1=1, que hacían referen cia al derecho de amparo, por tribunales de urgencia y por el Tribunal de Garantias Constitucionales desarrollado por la Ley de 14 de junio de 1.933. Sin embargo, 'este derecho, como otros de la Constitución, fueron con muchísima frecuen cia conculcados o, cuando renos, suspendidos por el gobierno republicano, mediante la adopción de normas que impedían el libre ejercicio de los mismos' (1131.
La clave, ejemplo evidente de la contradicción re publicana, se halla en la Disposición Transitoria Segunda -de la Constitución, que mantenía en vigor la Ley de Defensa de la República. Por lo tanto, 'las garantias a que se refie re el articulo 34 de la Constitución quedaron inoperantes -por las disposiciones de la Ley de la Defensa de la Repúbli ca, que por su carácter constitucional, fue durante su vigen cia complemento de la propia Constitución. Así fue declar~o expresamente por una sentencia del Tribunal de Garantias Constitucionales de 13 de noviembre de 1.934, en la que dice: 'Hay situaciones y estados en que no cuenta el recurso de am paro y uno de ellos es la aplicación de la Ley llamada de De fensa de la República' (114>.
Al existir una ley cómo la citada, 'puede decirse que el articulo 34 no llegó a estar nunca realmente en vigor'
(lIS). Citando al profesor Perez Serrano, 'no pueden marchar juntos, ni situarse a un mismo nivel, ni convivir armónica-. mente en un texto los preceptos de la aludida ley y los con tenidos de la parte dogmática de la Constitución. (. . . ) que esa incompatibilidad se traduce en 'Ineficacia' de la constitución, y en su derogación virtual y dolorosa por la ley de referracia: y no deja de ser paradójico Que se haya organizado todo un Código Fundamental tan inservible que no pue de defender a la kepública ( ...)' <116). La Disposición Tren sitoria Segunda suponía una verdadera 'incongruencia legal' (1171.
'Se daba la anomalía jurídica que mientras la Cons titución forjaba los moldes de un Estado de Derecho perfectamente sistematizado con las garantias. responsabilidades y reglamentaciones especiales, la Administración obraba en plan arbitrio, tan desaforado que obligó al fiscal general -de la República <1181 a rogar una vuelta a los principios -formales de la penas y delitos'. 'La Administración de la -II República no se sometió ni a su ley primaria: su Constitución' (119).
3.2.1.3. La Ley de Orden Público de 23 de julio de 1.933
Existe cierta aproximación temporal entre la apale- rición y desarrollo de las libertades públicas y de las yes de Orden Público.
La Ley de Orden Público fue aprobada el día 28 de julio de 1.933. En virtud de la cual se consideraban actos -que afectaban al orden público aquellos realizados con ejer cicio de los derechos recogidos en la Constitución, por ejem pío, de la libertad de expresión (120). Tambi4n es muy inte resante lo que se dice en su articulo 5':
'Los hechos real izados por medio de la imprenta o de la imprenta o de otro procedimiento mecánico de difusión del pensamiento, se regirán por las pres cripciones de la Ley de Policía de Imprenta, sal yo lo previsto en esta Ley' <121).
La Ley autorizaba al Gobierno para suspender por decreto, cuando así lo exija la seguridad del Estado. las garantias constitucionales, total o parcialmente, en todo el territorio nacional o en parte de él, según se despren de de su articulo 34. Asimismo, a declarar los estados de prevención, alarma y guerra. Se ordenaba durante el estado -de prevención, 'que todos los impresos, con excepción de los libros, que sirvan para defender ideas u opiniones pol! ticas o sociales, sean presentados a sellar, al menos dos horas antes de ser publicados, los ejemplares que marca la Ley de Policía de Imprenta; tiempo que se reducirá a una hora para los periódicos diarios' (122>. Este precepto no sólo modificó radicalmente el articulo 11 de la Ley del
ano 1.883. aún vigente. ~I23),sino que encierra en si mis mo una medida anticonstitucional debido a que en el art¶cu lo 34 de la Constitución se rechaza categórica y rotunda -mente la previa censura y porque el gobierno realizarla un acto reservado a la autoridad judicial (124>. En el artlcu lo 39 se vuelve a incurrir en otro acto de anticonstitucio nalidad, de mucha importancia. <125) al facultar a la auto ridad civil, una vez decretado el estado de alarma, para someter a censura previa a todos los impresos y, en caso -urgente, acordar la suspensión de las publicaciones que -preparen, exciten o auxilien la comisión de delitos contra el orden público, a condición de dar cuenta al Gobierno de las medidas que adopte en cada caso, lo que también estaba en contradicción con el precepto constitucional. Se le re conoce también a dichas autoridades la facultad de ordenar la recogida de ejemplares de tales publicaciones y entregar los. juntamente con las personas responsables, en el Juzga do ordinario competente.
El articulo 19 incluye entre las facultades gu -bernativas ordinarias, la de ordenar la publicación en el 8oletiri Oficial de la Provincia y, gratuitamente, en los -Der o ódicos de la misma o de la localidad, cuando se estime oportuno por la autoridad, los bandos o notas informativas para conocimiento y difusión del público. La Ley de Orden -Público fue derogada unos años más tarde..
Existía una Constitución, pero estaba oculta tras una marea legislativa. 'El Gobierno de la República hizo -constante uso, en su provecho. -de tal antinomia jurídica y así se explica que, al amparo de la Ley de Orden Público. -impusiera a la prensa la más representativa de la sanciones (125). 'existía una equívoca libertad de prensa y de ello -nos da testimonio el hecho de que, en un sólo día y con arre glo a la Ley de Orden Público, fueran suspendidos en toda -España 114 diarios y 14 revistas, a pesar de que en la Cosis titución se determinaba la existencia de una previa sentencia firme de los tribunales para ordenar dicha suspensión' (127>. Fue tal el castigo que la prensa estaba recibiendo -que se ha dicho lo siguiente: 'Jamás la prensa de ningún -país ha sufrido, por parte de un datema autodenominado 'democrático' , un ataque tan estenso y feroz, no ya contra su libertad sino contra su existencia misma' (128>. Una marea que ahogaba la libertad, basada en las numerosas disposicio nes sobre la prensa existentes (129).
Las posibilidades legislativas fueron aprovecha
-das por el gobierno para decretar el 29 de mayo de 1.934 la censura previa, disposición también 'vulneradora del artlcu lo 34 de la Constitución' (130).
Tras la República de 'derechas', volverían al po der las izquierdas a comienzos del 36. 'Contradictoriamente, durante los cinco meses que se prolongó el gobierno del Eren
te Pocular se mantuvo rígida censure de prensa. El 'estado de excepción' que llevaba implícita la suspensión de garantras constitucionales y. por lo tanto, la imposición de la censure previa para los periódicos, habla sido instaurada el 17 de febrero, al día siguiente de las elecciones, y fue prorrogado hasta cuatro veces por periodos sucesivos de treinta días' (131).
'Pese a lo terminante del articulo 34 de la Constitución, puede afirmarse que, independientemente de las no merosas suspensiones de periódicos sin 'sentencia firme', -más de las tres cuartas partes de los cinco años que duró -la flepúbí ica la prensa estuvo sometida a la censura previa (¶32). 'Una censura implacable, minuciosa y disimulada' -(1 33
El proyecto de Ley de Publicidad de 1.935 fue vis to y aprobado por el Consejo de Ministros el 5 de febrero,y el 7 de marzo se constituyó la comisión parlamentaria en cargado de dictarminarlo, que concluyó su trabajo el 29 de marzo; el entrar a formar parte del gobierno Gil Robles co mo ministro de la Guerra, se propuso impulsar el proyecto -ley, que ;a56 a ser discutido por la Cimera; la prensa -azacf el articjiado de forma casi uninime y el Conóreso h! zo otro t.anto ,<e modo que el qobierro se vii obí igado a cerrarlO' (134:.
Este proyecto, que definió Sil Robles, contenía
-'todas las instituciones que propugnaba Herrera Oria como ideales para regir en la prensa <íSE); no se reconoce el de recho de editar publicaciones periódicas, sino que se conci be como una concesión desde el poder; se limita esa facultad mediante medidas preventivas como la autorización o la caución; se concede con ello amplias facultades a la Admiris tración y se desconocen los derechos de los lectores' (136>. 'Las ideas de este proyecto inspiraban la ley de 1.966(137).
En definitiva, 'ni el contexto social, ni el poN- tico, ni el económico, ni el internacional, favorecieron el experimento republicano' (338>. Tampoco resultó favorable el experimento republicano con la prensa,
3.2.2. La prensa durante la guerra civil
'La línea divisoria marcada por el IB de julio de con-
1.936 hiende en dos periodos totalmente diferentes la publicistica de aquel tiempo, aunque (. . . > la ruptura ideológica ya habla mostrado sus signos premonitorios' (139). Esta frontación, por una inevitabi 1 idad incongruente, iba a resol verse sobre la sangre y las armas.
'Durante la contienda, el desenlace militar preva- leció, como no podía ser de otra manera, sobre cualquier --otro tipo de interés y en consecuencia la censura militar
se impuso, a pesar de que aún no terminada la guerra se dic tara la ley de 1.938' (140). El gobierno republicano utiliza ha todos sus recursos para frenar el levantamiento. En el otro bando, la 'única preocupación era la de conseguir por todos los medios el triunfo de los ejércitos nacionales para liberar al país del caos y la anarquía en que lo hablan sud do los distintos gobiernos republicanos» (141).
'51 país vivía momentos excepcionales que exigían soluciones excepcionales a los innumerables, importantes y urgentes problemas que había que resolver, entre los que ocu paba sin duda un lugar muy destacado el que se refería a la difusión de hechos, ideas y doctrinas contrarias a la ideolo gla' (142) particular. Evidentemente, la guerra exigía un -control ideológico. El ejército nacional, que se autoconside ró nuevo Estado desde el mismo alzamiento, 'se apresuró a dictar cuantas disposiciones fueran necesarias para asegurar se el control ideológico de los medios informativos. Algunas de estas disposiciones fueron dictadas en plena emergencia -bU ica. circunstancia ésta que puede justificar su orientación autoritaria. Sin embargo, muchas de estas disposiciones continuaron vigentes una vez sobrevenida la paz' (143>. 'Tales circunstancias vienen a explicarnos (... ) el hecho de -que la Junte de Defensa Nacional estableciera la censure pre via de todo impreso o documento destinado a la publicidad, -rediente el Bando de 28 de julio de 1.936 por el que se de-claraba el estado de guerra en todo el territorio nacional y
en consecuencia, se sometía a la jurisdicción de los tribuna les militares los delitos cometidos por medio de la imprenta u otro cualquiera de publicidad' <144). Sus artículos 5' y ~ hací'an referencia a este control militar de la prensa.
Esta censura suponía la necesidad de unos órganos que la llevasen a cabo con efectividad. Para ello, por medio del Decreto de 29 de mayo dc 1.937, se faculta. con carácter exclusivo y centralizado, a la elegación del Estado para la Propaganda y Prensa, organismo adscrito a la Secretaria Gene ral del Jefe del Estado, creada por Orden de 14 de enero de mismo año. Aunque, 'la censura en real idad se efectuaba a -través de las oficinas provinciales o locales habilitadas al efecto y a cuyo frente estaba un censor designado por los -respectivos gobernadores civiles o alcaldes' <145).
La situación jurídica, desde el bando nacional, se guía realizando retoques normativos. As!. el Decreto de 23 -de diciembre de 1.936, considerada la 'primera norma de pren Sa franquista (146>, dictada por la Presidencia de la Junta Técnica del Estado, declaraba, en su articulo 1', ilícita la producción de libros, folletos, etc.
'Con la instalación otra vez de un régimen autoritario la libertad de prensa, sometida ya durante la II RepObí ica a graves atentados, fue aniquilada desde el comienzo -de la guerra civil' <147). A partir de ello, 'toda la infor-
mación queda sometida al Estado y al Partido único' (148>.
El conflicto proseguía. 'La guerra civil va a det quiciar naturalmente los últimos supuestos del régimen de prensa. En al Madrid rojo los grandes periódicos nacionales y sus medios de impresión son incautados de hecho por los sindicatos y desaparece toda posibilidad de una prensa libre e independiente (149>. En la zona nacional, que comprende só lo la prensa provincial, se mantiene la independencia de las empresas privadas que no representan oposición al Régimen ba jo la censura del estado de guerra' <150>.
La victoria nacional, progresivamente. se iba re- flejando en todos los aspectos. 'Durante la guerra civil la prensa republicana fue, paulatinamente, incautada. A este -respecto todo el material de imprenta que se encontrara en las poblaciones que sucesivamente fueran liberadas quedaba -intervenido por el Ministerio del Interior, y puesto a dispo sidón de la Jefatura del Servicio Nacional de Prensa integrada en dicho Ministerio, en virtud del Decreto de 10 de agosto de 1.938' (151). Estas incautaciones fueron germen de la prensa en la época de Franco, y sirvieron de soporte reate rial a muchos diarios posteriores, entre ellos el 'Madrid'.
La guerra, además, por otra parte, trajo una conse como cuencia para la prensa. 'La inevitable escasez de papel consecuencia del conflicto bélico no se hizo esperar. El Ni-
nisterio del Interior obligó a limitar el consumo de papel prensa', Esto unido a 'la escasez de medios de transporte para proveer de papel a los periódicos de Madrid. Todo ello planteó la necesidad de elevar el precio de venta de las pu blicaciones' (¶52). Pronto muchos periódicos empezaron a de saparecer.
El régimen de Franco se configuraba 'para la cons trucción del nuevo Estado propiciado por los vencedores de la guerra, la prensa había de ser un importante punto de --apoyo' (153>. Conscientes de ello, ya antes de la victoria definitiva, se había dispuesto el control de la prensa: era la ley de 22 de abril de 1.938. Esta ley 'fue uno de los pi lares para el apuntamiento del nuevo régimen' (154>.
3.2.3. La Ley de Prensa de 22 de abril de 1.938
A la hora de hacer un estudio de las disposiciones de prensa e imprenta que afectaron al diario 'Madrid' -desde su nacimiento, hay que nacer mención en primer lugar a la Ley de Prensa de 2=de abril de 1.938 (155). Estaría -vigente un total de veintiocho años, hasta 1,966. Su vida -tan larga tuvo su importancia para la organización de la prensa, la estructuración académica del periodismo y su regulación laboral. Sin embargo, para el tema de la empresa -periodística, la fusión y dilucidación de las responsabilidades da mayor relevancia a la figura del director en detri
miento de la empresa.
Dispuesta por el general Franco, como ley de pre- rrogativa, y firmada por el ministro del Interior, Ramón Se rrano Suñer. Consta de un preámbulo, veintitrés artículos y una disposición transitoria. Transitoria era también en su concepción la ley pero, se extendió por casi treinta años. Nacida en unas circunstancias excepcionales, como es una -guerra civil, lleva el sello de sus origenes. 'La consecuen cia de la ley de 1.938 fue extender su vigencia a lo largo de un tiempo para el que no estaba previsto' (156). Esta ex tensión de su existencia se justifica de forma sencilla: Roe un instrumento de valor incalculable para el régimen de Eran co.
La ley respondia a 'un intento de despertar en la prensa la idea de servicio al Estado y a la comunidad, con derechos y deberes, y en función de ura concepto de periodis mo basado en la verdad y la responsabilidad < ...)' (15?). -Sólo que, la verdad era la del Estado y la responsabilidad la de los particulares. 'La ley de 1,938 no contiene sino -una enumeración de los derechos que al Estado le pertenecen en materia de prensa, junto a la relación de deberes que en ese ámbito tienen los particulares' (158). Los derechos del Estado fueron entedidos de manera totalitaria. 'España ha~a defendido y seguía defendiendo la justicia de un régimen de total orientación y dependencia de la prensa, con un contra
de la información nacional y extranjera, en aras de la unidad política y religiosa que se estimaba más adecuada, en -función del pasado histórico nacional' (159>. Un Estado nacido en plena guarra civil, cuya principal aspiración es -'controlar la prensa con un talante ciertamente antidemocra tico' (160>.
'Las medidas preventivas y coactivas afectaron a todo el sector periodístico de España. El pluralismo y la -disensión eran difíciles o, por mejor decir, imposibles. Es critores y periodistas, empresas y medios, no tuvieron en esos años otra alternativa que la de servir a los intereses del Estado' (161).
'De la intervención del Estado en la prensa se de rivó, como lógica consecuencia, la uniformidad en los conte nidos de los periódicos. La diferencia entre prensa privada y prensa estatal apenas era perceptible (..j. Todo lo que aparezca en esta prensa no puede sino emanar del franquismo y reflejarlo como producto suyo directo que es. Quiz& inclu so en mayor medida que los discursos del propio Franco, pu~ los textos que aparecen en los periódicos legales de 1.939, más que representar la ideología de una persona, organización o grupo social, reflejan el conjunto de concepciones y formas que el régimen produce o tolera como su expresión, -tal es la vigilancia y disciplina a que se someten estos me dios de expresión' (1631.
Algunos autores prefieren matizar: 'aunque la ley sea característicamente represiva, no tiene sin embargo el -signo de un régimen de prensa totalitario en que la prensa -está absorvida por el Estado o el partido' (1641. Otros se -muestran categóricos: 'fue una labor incansable de orientación de la información desde los despachos oficiales, que -llegó a convertir al periodista español en un funcionario pó Ñico al servicio del Gobierno, pero pagado por la empresa -privada (...)' (165).
En definitiva, 'España, en sus años de reconstruc ción tras la guerra civil, pasó por una larga etapa de rígido control y orientación de la prensa desde los servicios gu bernamentales, según los principios de la ley Serrano Suñer de 7,938' <766>.
Una ley 'orgullosamente antidemocrática' (167), -en acertada opinión de Ferná$dez Areal, Una ley con pretensio raes autoritarias y que se jactaba de ello. Una ley 'confesadamente totalitaria' (lee>, Una norma para controlar y callar cualquier oposición. El instrumento preciso que necesita un régimen concreto. Porque, 'la historia nos revela, y ésta -creo es la conclusión esencial, la coherencia de los regímenes de prensa con los regímenes políticos y la estructura so cial subyacente' (169>.
3.2.3.1. Concepto de información y prensa: libertad
Desde la perspectiva de la ley de 1.938, la pren sa es considerada una 'institución nacional' <170>, con las connotaciones que esta denominación conlíeva. 'No se trata sólo de un principio programático, sino de un principio apli cado con todas sus consecuencias a la información y a la mm presa periodística' (íll). Este punto de vista 'basta para -motivar toda la actuación posterior y justificar un complejo y estructurado método de rigurosisimo control ( ..4' (172). Este articulo 1, y el preámbulo, significaban: prensa al ser vicio del Estado.
El concepto de la información quedaba ligado a la idea de transmisión de las 'órdenes y directrices del Estado y de su gobierno', a la 'formación de la cultura popular y. sobre todo, en la creación de la conciencia colectiva' (173). La libertad de prensa es una libertad 'Integrada por derech~ y deberes que ya nunca podrá desembocar en aquel libertinaje democrático, por virtud del cual pudo discutirse a la Patria y al Estado, atentar contra ellos ( . . . > <174>. Una concepúón original según la cual 'la libertad entendida al estilo demo crático es engendradora de males graves para el país' (1/5).
El concepto de periodismo que se trató de implantar por la fuerza desde el poder no estaba precisamente basa do ni en la verdad ni menos en la responsabilidad (176), sino
en la propaganda al servicio de una idea política monopoli- zada, difundida e implantada desde arriba, y en el miedo y la coacción psicológica yaveces físIca' <17?>.
3,2.3.2. Competencia del Estado
El Estado tiene todas las atribuciones para 'la
-organización, vigilancia y control' .arte 1'de la prensa. Estas facultades se especifican en el articulo 2'. Se concretan en dos medidas intervencionistas de la Administración: en la empresa y en los contenidos. 'Cualquiera de las dos -supone una radical reducción de la libertad' <178>.
Organización suponía selección de las publicaciones. Vigilar significaba designar y destituir. Controlar era censurar y amenazar con responsabilidades a todos. La Administración era competente para castigar gubernativamente. -con Independencia de la responsabilidad penal, 'todo escrito que directa o indirectamente tienda a mermar el prestigio de la 'acción o del Régimen, entorpezca la labor del gobier no en el nuevo Estado o siempre ideas perniciosas entre los intelectualmente débiles'-art' 18-.
El control se efectuaba tanto de la información
-extranjera como de la nacional. Toda era canalizada por la agencia paraestatal, oficial, monopolizadora, EFE (179>. La competencia estatal era absoluta.
Responsabilidades: Todos los poderes son para el ejecutivo pero, ¿tiene alguna responsabilidad?. El articulo 3' de la Ley (180>, que en palabras de M. Fernández Areal 'es un vago precepto que nadie que yo sepa se atrevió nunca a invocar' (181), era una mínima sugerencia que el contexto enmudecía.
Recursos: En la ley de 1.938 no se contempla nin- gún tipo de recurso jurídico frente a las decisiones adminis trativas. El ejecutivo tiene un 'ilimitado poder para contro lar el ejercicio de la libertad' <182). La justificación se centraba en la consideración de los actos de polici'a de pren sa como 'políticos'. Ausencia de control jurisdiccional directo sobre la intensa actividad administrativa en este sec tor; 'sólo por la vía extraordinaria de los vicios de orden público -sentencia de 23 de marzo de 1.963se llegó a una -tímida y aislada fiscalización administrativa' (183).
Derecho de réplica: Se establece en el articulo -IB, la 'rectificación' y sanción por actuaciones periodlsti cas, ofensivas, insidiosas o simplemente contrarias a la ver dad': un recurso gubernativo -otra facultad másante -la Jefatura del Servicio Nacional de Prensa. Pero, en defini tiva, 'no es más que un ordenamiento politico de la facultad de todas las personas tanto jurídicas como naturales para -rectificar hechos falsos que ya fijaba el articulo 14 de la ley de imprenta de 26 de junio de 1.883, sólo que este últi-
00 caso el perjudicado podía recurrir al tribunal ordinario para el amparo de sus derechos. Por a ley de 1.918, la Ab ninistraciórt también se irroga esta facultad perfectamente amparada por un tribunal ordinario' (¶64).
3,2.3.3. Censura
El articulo 10 instituye la censura al establecer el control de la prensa por el Estado. En el articulo 2~. -se establece expresamente la censura previa, eliminada en -la ley de 1.883. Era ejercida por el Jefe del Servicio de cada provincia -articulo 6' de acuerdo con las orientado nes del Servicio Nacional de Prensa.
Esta censura, como toda la ley, tenía un carácter transitorio, basado en la excepcionalidad coyuntural. Pero, sin embargo, se mantuvo hasta 7.966. As!, disposiciones pos tenores, como veremos más adelante, Irán aplacándola, aunque no desaparecerá hasta aprobada la ley de 1.966. 'El mis terna de censura española bien puede decirse que fue completo, casi perfecto, con la perfección que puede aportar la -detentación del poder durante (. .'> años. Años muy poco evo lutivos en cuanto a la concepción de la prensa como un patri monio ideológico estatal <...)' (165>,
La censure previa, ejercida sobre los contenidos, se apoya también en una casi' licencie previa', como se de-
duce del artículo 2% párrafo primero, la Administración se arrogaba el derecho a elegir la prensa, legalizarla, median te la autorización de cada medio informativo, 'de modo que era el Estado-Gobierno y sólo el Estado-Gobierno quien detm taba la capacidad de editar periódicos o revistas, pudiendo constituirse empresas privadas que solicitaran edItar perió dicos, pero dependiendo de la concesión gubernamental su -existencia' (186). 'No sólo se dependía del Estado para exis tir, sino que también el departamento correspondiente regulaba el número de páginas, autorizaba o no la sal ida de números extraordinarios, determinaba los títulos de las seccio nes, etc' (181).
'Todo texto, dibujo, anuncio, gacetilla, noticia, articulo, comentario, etc, destinado a su publicación en un medio nacional habla de pasar por las oficinas de censura -antes de su publicación. Ello supuso enojosas situaciones ~ tensión, en perjuicio de la profesión y las empresas privadas, ya que nadie podía impedir que el censor de turno a las horas más intempestivas determinara la supresión de un texto el cambio de un titular, el arranque de una página, lo que impí icaba: más trabajo para el profesional, <. . . ) más gastos para la empresa' <188>. 'El censor primaba sobre el periodis ta' (189>.
Las consignas: Aunque la consigna no se encuentra enunciada expresamente en la ley de 1.938. su justificación
legal se deduce dci articulo 79 que sanciona los 'desvíos a las normas dictacas por los serv:cios competentes en materia de prensa' . El término consigna tiene un origen militar y se :ncorpors a la prensa en cuanto a la concepci6n autorita ría que la misma se tiene. El funcionamiento se basaba en un oficie del ministerio con una serie de directrices enviados al periódico. Este documento llevaba el membrete del Ministerso, firma del titular del mismo y fecha. Además se redbla una hoja aparte sin distintivo na firma en la cual se -detallaban las consignas a seguir. El contenido era muy variado <790>.
'Con la proliferación de consignas y comunicados oficiales, la labor de control llegó a complicarse de tal -manera que en ocasiones se hizo imposible un mínimo de coor dinación y de coherencia de criterios entre los mismos orga nismos oficiales', Se recibían 'notas oficiales con ruego -de publicación que luego eran tachadas por los órganos de -censura' (191>. Abundaban las disculpas de directores, he chas a priori para anticiparse a posibles sanciones. Todo -este mundo de consignas en circulares emanadas desde las ir~ tancias gubernativas 'ocasionaban a los periódicos serios -transtornos' (192>. Eran quienes 'legislaban en la realidad' (193).
3.=.t4. Empresa. Director. Redactores
El control de la Admini stración abarcaba a las em presas periodísticas, a los directores de las publicaciones y a los redactores. Se hacia responsable de forma solidaria a los dos primeros de todo aquello, que publicado, pudiese ser motivo de sanción ..art!culo 90~ (194>. Eran tan extrenadas las potestades estatales, que se puede afirmar que la 'Administración decide discrecionalmente las empresas peno disticas que deben constituirse. las publicaciones que puede tener, su extensión, su director y sus redactores' (¶951.
La empresa quedaba reglamantada según lo estable- cido en el articulo =0, es decir, según la arbitrariedad ad ministrativa. Así, una semana después se terminaba la guerra civil, plenamente vigente la ley Serrano Suñer, aparece el diario 'Madrid'. legalmente autorizado, 'consentido' por la Administración. Y a ésta y su ley tuvo que acatar; sin problemas.
Los directores eran nombrados por la Administrad& 'aprobados', -articulo 5'-; no tenían exención de responsa bilidad, ni siquiera en artículos firmados -articulo ¶0'-; eran removibles en el cargo -articulo l3~-; eran objeto de sanotones -artículos ~3e y 19'-
'La Falange impone, a través de la Vicesecretaria los directores con la única función de transmitir las instnac ciones del Partido y de hacerlas cumplir. Cuando el director
designado ere el 'propietarso del periódico' o el 'redactorjefe' vi periódico nunca tuvo problemas con el personal. Es te fue el caso de Juan Pujol que dirigió el 'Madrid'' (196>, Además. 'la Administración no se limitaba a intervenir en el nombramiento del director. sino también en el de los demás -redactores a propuesta de aquel' <197).
En esta ley, por primera vez, se plantea el tema de la profesionalidad de los redactores. Según los artículos 15 y 16, está profesionalidad se vincula a la exigencia de -inscripción en el Registro Oficial de Periodistas; 'de la -misma forma que lo habla hecho el régimen fascista italiano. Su finalidad es esencialmente el control político de los in formadores congruente con los fines que se proponía el nuevo Estado' (198>. 'El Estado-Gobierno inventó una nueva profesión de periodista, a la que solamente pudieron acceder los seleccionados por la propia Administración' (199).
'Esta concepción particular del periodista se va -en un nuevo tipo de formación profesional, controlada y al -servicio del Estado. El periodismo dejará de ser una actividad liberal para integrarse en la órbita de la función públi ca, entendida esta expresión en sentido amplio' (200>.
3.2. 3.5,
Sanciones
El articulo 20 señalaba las sanciones que, adminis
trativa, podían ser impuestas a directores y empresas. Oscicondicio- laban entre la multa y la incautación, esta última nada a la reiteración y gravedad según el articulo 2=.
Sin embargo, la responsabilidad penal o administra tiva se puede decir que funcionó 'pocas veces ya que las téc nicas de control de la prensa y la perspectiva de una grave sanción sometió a directores y periodista al máximo conformismo y mediocridad' (=01).
3.L3.6. Organos competentes
Al iniciarse la guerra civil nacieron dos adminisencar- traciones distintas que habrían de vivir en España hasta el primero de abril de 1.939. En el bando nacional, se inició -la reorganización del poder en seguida (=02). Por Orden de 5 de agosto de 1.936 se creaba un Gabinete de Prensa, gado temporal de tales asuntos, hasta que por ley de 30 de enero de 1.938, se creaba, en el articulo 6', el Ministerio del Interior, al que se responsabiliza de la prensa, a través de las direcciones generales de Prensa y Propaganda. La ley de 29 de diciembre de 1.938 refundió los ministerios de Interior y Obras Públicas en el de Gobernación, creando éste la ,hc orrtarIa de Prensa, Propa4arÍSa yTúrisrió <la ley -de 8 de agosto de 1.939 convirtió dichos servicios en Dirección General. Posteriormente, la ley de 20 de mayo de 1.940 transfirió la prensa y la propaganda a la Vicesecretaria de
Educación Popular de FET y de las JONS, en espera, según su preámbulo, Ce que se crearse un nuevo ministerio.
El Decreto-ley de ¿7 de julio de 7.945 creó en e, Edu-
Ministerio de Educación y Ciencia una Subsecretaria de cación Popular, que comprendla las direccciones generales -de Prensa, Propaganda. Padio, Cinematografía y Teatro.
Finalmente, el Decreto-ley de 19 de julio de 1.951
creó el Ministerio de Información y Turismo, mientras que -las delegaciones provinciales nacieron con la Orden de 29 -de agosto de 1.951, dictándose el Decreto orgánico del nuevo ministerio el 15 de febrero de 1.952. Desde entonces, ha sido el citado ministerio, hoy Cultura y Deportes, el que se ha ocupado de llevar a cabo el control administrativo de la información (203).
3.2.4. La Orden de 29 de abril de 1.938 y el Fuero de los Español es
Obviamente, una ley tan pequeña y excepcional, co- mo la de 4.938, necesitó una revisión continua. 'De 1.94=se dictaron normas circulares, normas para los servicios que ve nian a cumplir las necesidades que se iban planteando, y re~ guiando las tendencias y aplicación de la ley del 38' (204>. Así, la ley fue siendo completada por una serie de disposido nes, que afectarían también a una serie de sectores no menos
importantes como los de la prensa no diaria y el de los ~t distas. Una serie larga de disposiciones con un denominador común: control y censura.
La Orden de 29 de abril de L938 dictó las normas reguladoras sobre libros, folletos y otros impresos. En su articulo 1' se establecía el requisito de previa autoriza -ción. es decir, el paso por la censura, del Ministerio del Interior para producción comercial y circulación de libros, folletos y toda clase de impresos y grabados, tanto espaholes como extranjeros. Se explican los trámites previos para la publicación de libros. Las publicaciones periódicas no -diarias eran concebidas 'como instrumento de Educación Popu lar'; 'debían ofrecer al estado, al Partido y al lector espa ñol garantias políticas y espirituales imprescindibles', se gún la Orden de =4de febrero de 1.94=, que regula la concesión de permisos para la publicación de revistas y la reno vación de aquellos concedidos con anterioridad. Se mantenía la autorización administrativa. Toda esta regulación sobre impresos no diarios se complementarla con la Orden de 23 de marzo de 1.946.
La Orden de 15 de julio de 1,939 creó una sección de censura dependiente del Servicio Nacional de Propaganda, con atribuciones suficientes para abarcar todos los campos: teatro,cine. música, La Orden de 18 de abril de 1.940, 'la crden de la censura oral' completó la anterior disposición.
en lo referente a expresiones no escritas.
El articulo =de la ley de 7.938 establecía el -principio de excepción y transitoriedad de la censure previa.. Como ya se nc comentado, hasta la ley de 1,966 no se hizo -efectiva la abolición de la censure, y a lo único que asistimos en este periodo entre leyes es a una atenuación de la rigidez fiscalizadora. Así, la Orden de 1 de mayo de 1.941 declara exenta de censura previa la Prensa del Movimiento de FET y las JONS, pero su val idem fue efímera y fue declarada nula en Orden de 9 de mayo. El Decreto de =3de septiembre -de 1.944 recuerda que la censura se mantiene en vigor. tina primera liberalización se produce con la Circular de 25 de marzo de fl944, de la Vicesecretaria de Educación Popular -que. basindose en la Orden de 29 de abril de ¶938. estable ce una exención de censure con condiciones a las siguientes publicaciones: aquel las cora caricter litúrgico: literatura española anterior a 1.800: musicales, con letra también. en tenor a 1,900: y obras técnico-científicas. La Orden de 16 de julio de 1.945 aumentó al número a los libros extranjea~s sobre dichos temas.
La di sposición señalada como representativa de es te atenuación de la censure es la Orden de 23 de marzo de -1.946. No obstante . lal'1beralizaci~n no fue excepcional ye que, en ningún caso, la mayor libertad concedida podía aten tar 'contra la unidad de la Patria y la seguridad exterior.
e interior, las instituciones del Estado español y las personas que lo encarnaban, los derechos que prociama el Fuero de los Españoles, los principios del Dogma y la moral catflica y las personas e instituciones eclesiásticas',
En relación con lo antes expuesto, se fueron formando a los periodistas en cursi líos primero, y en la Escue la despues -Orden de 24 de agosto-. El Registro Oficial de Periodistas, creado por el artículo 15 de la ley de 1.938 será desarrollado en disposiciones posteriores. El Estatuto de la Profesión Periodística se ordené en el Decreto de 6 de mayo de 1.964 <=05). Constaba de 34 artículos, tres disposiciones transitorias y anexo con los seis principios generales de la profesión.
La Orden de 29 de mayo de 3.937 y la Orden Circular de 2 de junio de 1,939 se refieren a asuntos militares en materia de prensa. Sobre el derecho de rectificación o -réplica, el Decreto de 13 de marzo de 1,953 y la Orden de ~ de mayo para completar la ley de 1.883 y armonizaría con la de 1.935. El pie de imprenta fue regulado en el Decreto de 11 de julio de 1.957 y en la Orden de 21 de Julio de 1.959, que versaba sobre el número de registro de publicaciones. -respondiendo a la exigencia de 'propietario expllcito'<206>. Todas las disposiciones referentes a la facultad administra tiva de sancionar quedaron ordenadas en el Decreto de 4 de agosto de 1.952 y la Orden de 27 de octubre de 1.952.
Durante la guerra y a expensas de las victorias mi litares, el ejército nacional fue incautando todo la materia necesaria para confeccionar la prensa republicana. Más tarde en virtud de la ley de 73 de julio de L940. pasó a Falange Española Tradicionalista y de las JONS, que se hizo cargo de una serie de imprentas y talleres, entre los que se entontra ben los de 'EI HeralDo de Madrid' que después sería 'Madrid'
Desaparecida la prensa repúblicana. le quedaba al
Estado la labor de organización. Se configuró de un modo au toritario (207), con las siguientes características (208>:pa pel dominante del Estado frente al individuo; condena de las concepciones liberales y marxistas de la prensa; prensa como 'institución nacional' al servicio del Estado, al servicio -del Partido. Partido, al que corresponde la orientación doc trinal de la prensa, consecuencia de una unificación pol ltica. Todo era Prensa del Movimiento.
El 47 de julio de 4.945 se aprueba el Fuero de los Españoles. Su artículo 12 rezaba así:
'Todo español podrá expresar libremente sus ideas mientras no atenten a los principios fun damentales del Estado'.
Se trataba de una declaración ambivalente, en la
-que se dan los 'conceptos de derecho y obligación, aunque es fa última pueda catalogarse como deber positivo' (=09).
Pero. 'es evidente que sea declaración estaba en contradicción con el régimen jurídico de la información en tonces vigente en España. A partir de ese momento se comien za a pensar en la necesidad de modificar la ley de 1.938' -(=40>. 'A partir de 1.945 la idea de una nueva ley le prensa empieza a abrirse paso. No se llega. sin embargo, a otra cosa que a la atenuación del régimen de censura' <=71>.
En 1.947, la ley de 26 de julio, de Sucesión a la Jefatura del Estado, el Fuero de los Españoles adquiere rango de Ley Fundamental. EI problema se agrava. Parece rae cesario emprender la tarea de configurar un nuevo estatuto para la información, aunque se inicia el proceso sin demasiadas prisas' <212).
La elaboración de la nueva ley contrasta con la urgencia de la anterior norma en vigor. Llevó tras de si to da una carga doctrinal desarrollada por el entonces ministro de Información y Turismo. Arias Salgado y basada en los pre supuestos teóricos de Herrera Oria. Fue llamada 'doctrina -española de la información'. Arias Salgado planteaba su tesis 'conocida hasta la saciedad de que no puede pensarse en una definitiva ley de prensa, sin elaborar antes una doctri na que la justifiquey sirve para elaborarla a la luz de -esos principios doctrinales' (213>. Un pensamiento que pasa ba por la idea fundamental de que 'la prensa, institución -social al servicio del bien común, ha de estar lógicamente
al menos orientada por el gobierno' <=14>.
Estas ideas inspiraron los trabajos de elaboración de los anteproyectos de ley a partir de 7,969. 'Las razones para que el proyecto de ley se pusiera en marcha son concluyentes, En 1.945 se promulgó el Fuero de los Españoles. El ar ticulo S4 obliga a las Cortes a votar las leyes necesarias -para el ejercicio de los derechos que se reconocen en el Fue ro. y este es el articulo 1= ( ..J' (215).
El proceso legislativo del anteproyecto era el si- guiente: el ministro de Información lo enviaba al Consejo Ma cional de Prensa. 'Este dictaminará con carácter consultivo previo estudio del texto por las distintas fases que ha de -pasar: Comisión especial de ley de prensa, Comisión permanen te del Consejo Nacional de Prensa -que ha de elaborar u Ponencia para el plenoy redacción final del pleno. Este últi mo acuerdo se eleva al Ministerio de Información. El ministro elabora entonces libremente un texto y lo presenta al Consejo de Ministros. El texto que acuerde el Consejo constituirá el proyecto de ley que se envíe a Cortes para la discusión y aprobación'. <216).
Tras el Fuero de los Españoles se publicaron algumuCor- nas disposicicnes relativas a prensa e imprenta pero sin cha importancia, hasta que el IR de marzo de 1.966, las tes aprobaron la Ley de Prensa e Imprenta.
3.2.5. La Ley de Prensa e Imprenta de 18 de marzo de 1.966
Fue promulgada a los siete años y tres meses desde que por decreto fuera creada la comisión enca'gada de elaborar el correspondiente anteproyecto. La Ley Fraga, conocida así por ser ministro de Información y Turismo Manuel Fraga -cuando se realizó, está elaborada en. línea de continuidad -con la anterior preparación legislativa y doctrinal, la ley con retoques constitucionales evidentes, sigue hoy vigente.
Consta de ?2 artículos, divididos en 10 capítulos, a saber: 'De la libertad de prensa e imprenta'; 'De los im presos o publicaciones'; 'De las empresas periodísticas'; -'De la profesión periodística y de los directores de las pu bí icaciones periódicas '; 'De las agencias informativas'; 'De las agencias e¿tranjeras y de los corresponsales informativ extranjeros'; 'De los derechos de réplica y rectificación' y 'De la responsabilidad y de las sanciones', también tiene un preámbulo, cuatro disposiciones finales , cinco transitorias y una disposición derogatoria.
A pesar de ser una ley amplia, no han faltado las criticas de que no es una ley completa. Por ello, muchos de los aspectos fueron desarrol lados en disposiciones posteriores. entre ellas los conocidos decretos de aplicación (2471. El régimen que entró en vigor en 1.966 vino a sustituir a la ley de 1.938. Desde esta perspectiva. 'supuso una induda-
ble mejora en la situación general' (218), 'A pesar de sus -defectos, la ley de prensa concede a las publicaciones españolas más libertad de ia que hablan conocido hasta ahora en el régimen de Franco' <=79>. 'Si situados en el 18 ce marzo de 1.966 ( ... miracos hacia atrás, no cabe duda de que la Ley de Prensa e Imprenta ha de reputarse coco un estimable -avance en la regulación de la rmateria, tanto por lo que elimona, como por jo que positivamente introduce ( (2201.
Evidentemente, esta ley aporta novedades fundamenambigñedades'<=2¶>.
tales y elimina vestigios autoritarios. Sin embargo, también presenta defectos y lagunas. 'rigorismos y Es un avance hacia la liberalización de la prensa, pero se -queda a medie camino, sin soltar definitivamente la cuerda, Por ello, hay que hacer diferentes matices.
Entre lo que elimina destaca la censura previa, de la que dice que no podrá aplicerse, salvo excepciones en su artIculo 30; entre lo que introduce, la vía jurisdiccional -contencioso-adm:nistrativa <222>. El reflejo principal de esa atenuada liberalización: los limites del artIculo =. L ley muestra una 'cierta timidez a la hora de formular dere -ches y una evidente profusión de textos, más o menos preci -sos, para limitarlos' <=23>. 'Desde la perspectiva actual, -la ley de .966 y sus decretos complementarios son un reglamente de policía de la prensa. El reconocimiento de la 1 iber tad de expresión por medio de impresos es solamente proclama
da en el artículo 1'. Ya en el segundo son fijadas las 1 imi taciones' <==4>.
'Decir que la ley no es perfecta es algo obvio, cuya expresión sobra, afirmar que es lo único que pudo hacer se con el material que contaba y el momento histórico en que se vivía es un razonamiento válido, aunque discutible' Sin embargo, evidentemente, es una ley reflejo de su época:
(2=5>. comedida apertura.
'La legislación es la que determina, a priori, la duración y la orientación del sistema informativo. Reducir, sin embargo, el análisis de este elemento legal a un simple resumen o estudio de los textos legales es peder un infinito número de posibilidades' <2=6). 'No tiene sentido el estudio de un régimen legal de prensa sin hacer referencia, aún más, sin dar tanta importancia como al texto legal, al comportamiento real del ejecutivo' <2=?). Es, por tanto, de interés la aplicación que de la ley se hizo al amparo de las posibi1 idades que abría. Estas vías abiertas eran una inquietud la tente. 'Se hizo eco la prensa nacional e internacional del temor a la aplicación que la Administración hiciese de la -ley' (2=8). Los hechos fueron resolutivos: 'de hecho, desde el 9 de abril dei 66 al 9 de abril del 68. la Administración inceé 339 expedientes' (2291. 'Los nuevos horizontes de 1 bertad de prensa, apuntados por la ley de 1.966, no llegaron a alcanzar la amplitud por muchos deseada. La aplicación de
la ley acarreó diversas sanciones a periódicos y periodistas' <=30>.
El diario 'Madrid' entró a partir de 7.966 en una nueva etapa. Calvo Serer alcanzó la presidencia del Consejo de Administración el 19 de julio, y dirigió la página edito' rial desde septiembre de dicho año. Desde entonces, el diario significó una voz de aliento democrático que disgusté al régimen. 'El Madrid fue ura ámbito de libertad y de apuesta clara con la democracia, cuando muchos de los actuales demócratas hacían campaña desde los medios del poder para silenciar su voz <231>. Este control exhaustivo que la Administración hizo del'Madrid' le costó numerosas multas y expedi entes. El poder utilizó la ley frecuentemente, y no como ar gumento de libertades sino por el contrario, de represión.
El espíritu de la ley de 1.938 'permaneció vigente y aleteando en la situación creada por la nueva ley de 7.966' (23=). En este sentido, 'la negación de las garantias que -fundamenta la famosa vaguedad del articulo 2', o la existencia de una competencia administrativa, distinta de la judicial -y otros 'defectos' jurídicos señalados a esta ley, no constituyen errores, sino más bien fundamentos básicos de di cho cuerpo legal' <233>. hilando delgado, diré que me parecía más leal, puesto que entonces los periódicos se presenta ben a la opinión pública como intervenidos y la opinión públi ca sabia que no hablaban porque no podían < . . . > ahora se tra
te de dar una apariencia de libertad ~ue no existe' (234).
hi-
En virtud de esta praxis legal, M. Fernández Areal señala tres etapas en la ley de 1.966: una primera de sorpre se, cautele, audacia teYlida de sorpresa y en general de dure za; una segunda, tras el cese de Fraga en 1.969, de cierto -desuso del precepto; y una tercera, a partir de 1.970, de re crudecimiento de la presión administrativa, en la que se zo mucho más incapié en la responsabilidad que en la libertad. <235).
Pero, en general, habla 'una libertad de acción -muy condicionada' por la amplia potestad administrativa san donadora (=36). Es por todo ello que muchos autores han es tado pensando desde nace mucho tiempo en la necesaria revisión de este texto. 'El texto podía ser itil como un primer paso hacia otro posterior y definitivo' <237). 'Puede ser considerada como exponente de una situación legislativa de tránsito, susceptible de ulteriores perfeccionamientos'(238). 'La ley de prensa de 1.966 pide hoy su jubilación en aras -de una mayor libertad de expresión en el país' (=39>.
La reforma, según Villar Arregul (240>, debería
-centrarse en tres puntos fundamentales: extender los limites unificar las competencias; y hacer los actos administrativos no ejecutorios. Aunque otros autores son más concluyentes y solicitan la elaboración de un texto legal, que 'deberla em prenderse sobre la base del derecho a la información' (241>.
3,2.5.1. Concepto de prensa e información
La prensa sigue siendo considerada como fundamental en la orientación de la opinión pública pero, se acentúa su importancia en ~'irtud de 'las numerosas innovaciones de -carácter técnico surgidas en la difusión impresa del pensa -miento' (=4=1, El papel de la prensa en la sociedad es principal por le Que el Estado precisa de su regulación, La pren Sa como institución social; el Estado como garante social.
En la ley, se obviaba a la información como tal, y reAs aún la función social de ésta (a no ser uniformadoral. Por lo tanto, la ley se basaba en el viejo concepto de libar tad de expresión, difusión del pensamiento. 'Era ninguno de sus artículos se formula (el derecho a la información) (...) y es ésta una de las objecciones más importantes que pueden hacerse a nuestra ley de prensa' <243). En ella, 'no podemos decir que se haya reconocido el derecho a la información en general ni su aspecto más concreto (y el que más interesante nos parece> de derecho que tiene todo miembro de la sociedad a estar informado por sus gobernantes acerca de los hechos -de los hechos de interés público y que por tanto repercuta -en su participación en la vide política' (244). La libertad queda sometida a 'las exigencias inexcusables del bien común, de la paz social y de un recto orden de convivencia para todos los españoles' (245>.
3.2.5=. Competencias del Estado
'El equilibrio entre la libertad individual del ar ticulo 1' y los derechos sociales del articulo 2~ queda alte rado por la potestad otorgada a la Administración' <=46>. La libertad de expresión queda limitada según el articulo 2', y en relación con el articulo 66 que faculta a la actividad ad ministrativa, se introduce la 'discrecionalidad interpretati va' (24?). Las funciones administrativas serán ejercidas por el Ministerio de Información y Turismo -articulo 30~,
La competencia estatal en materia de prensa se desprende del artIculo 5' sobre la garantia de libertad y a partir de la cual se faculta a la Administración para actividades 'persecutorias'. La Administración sigue teniendo la competencia de sancionar al margen de la justicia -articulo 66-. 'Atribuir a los órganos del poder ejecutivo funciones -de vigilancia y potestad jurisdiccional y sancionadora sólo puede conducir a los resultados imaginables ( ..,)' (248). Es por ello, deducción evidente que 'las autoridades gubernativas, cuya actuación esta sujeta al ejercicio de la legítima crítica por parte de los ciudadanos, no deben constituirse -en jueces para valorar hechos o conductas de las que, de algún modo. son parte' (=49). Es lo realmente grave.'el hecho de que el desarrollo de un expediente se convierta en un encuentro de opiniones entre dos partes, de las cuales una, la más fuerte, tiene la fortuna de ser juez' (250). La opinión
pública era consciente de que, a pesar que se abría la puer ta al recurso judicial, el poder era dueño del poder.
'Las atribuciones en favor de la Administración son tantas y tan diversas según la ley de Prensa, que esta es casi omnipotente, y la posterior actuación rectificadora de los tribunales suele ser muy tardía en orden a reparar -daños económicos y reactualizar situaciones que <...> llega ron incluso a suponer la desaparición del medio Informativo. El daño inicial puede ser tan considerable que la sentencia favorable ya no remedia casi nada' (251>.
La intervención administrativa en materia de pren Sa, de acuerdo con lo señalado en la ley de 1.966, se refie re e los siguientes asuntos (=52>: 1. Actos resolutorios de consulta -articulo 4~~; 2. Actos de persecución de quienes pertuban los derechos que se reglamentan en la ley -artículo 5Q; 3. Actos que ordenan la publicación de las notas en viadas por la Dirección General de Prensa -articulo 6; 4. Actos ordenando o denegando información -articulo 79~; 5, Actos de inscripción en el registro de empresas periodísticas, inscripciones sucesivas, actos de cancelación, inscrip ción de nuevas publicaciones, aprobación <en su caso> de -precios de venta o de prestación de servicios informativoscapitulo IV-: 6. lnscripción en el Qegistro Oficial de Peno distas -articulo 33-; 7. lnscripción y cancelación en el re gistro público en agencias informativas -artículo 45-; 3. -
Concesión a una empresa nacional de la distribución de notí cias procedentes del extranjero -articulo 49-: 9. lnscripcio raes y cancelaciones de empresas editoriales -capitulo VIII-; 10. lnscripción y cancelación en el registro de empresas im portadoras de publicaciones extranjeras, en el de agencias informativas extranjeras y en el de corresponsales en el ex tranjero -capitulo VIII-; 11. Resolución imponiendo la in -serción obligatoria de réplica -articulo 81-; 12. Resolución Imponiendo la rectificación -artIculo 62-; 13. Secuestro de impresos y publicaciones -articulo 64-; 14. Actos relativos al reconocimiento del derecho de indemnización contra la Ad ministración -articulo 64.4-; 15. Actos sancionadores por -responsabilidad administrativas -artículos 66 a 71-; 16.-Sjercicio de la potestad reglamentaria -disposición final -tercera-; 17. Actos de exención de impuestos -disposición -final cuarta-; y ¶8. Actos de censura previa en el estado -de excepción y de guerra -artIculo 29 de la ley de Orden PÚ blico y el articulo 3' de la ley de Prensa-.
Responsabilidades. El articulo 65,4 establece la reponsabilidad administrativa en materia de prensa, de su -actuación de policia, si bien 'en la práctica no dejan de -plantearse numerosas dudas a la hora de exigir en serio res posabilidaddes a la Administración' <253>. Esta responsabili dad administrativa quedaba codificada en la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 20 de julio de 1.957 <articulo 32) y en el texto refundido del Decreto de
de 26 de julio de 1,95? (artIculo 40).
Recurso: En virtud del artículo 71.2 se introdudacia el recurso contencioso-administrativa. Ya hemos seña lado anteriormente que esta posibilidad suponía un verdadero avance en cuanto a garantias de libertad, Además, como -señala F. Conesa, fue una auténtica concesión gubernativa -ya que 'la posibilidad de tales recursos no figuraba en el articulado del anteproyecto <254> elaborado por el Ministerio de Información y Turismo, siendo el gobierno quien, al aprobar el proyecto de ley, estimó oportuno hacer dicha inclusión' (255>. El recurso completaba 'una correcta y jurídica jurisdicción en aplicación de los procedimientos doter minados por la instrucción de expedientes administrativos'artículos 70 y 71-. Resultaba obvia e imprescindible la dis posición derogatoria referente al apartado b) del articulo 40 de la ley reguladora de la jurisdicción contencioso-admi nistrativa de =7de diciembre de 4.957, que declaraba inadmisible este tipo de recurso <256>.
No obstante la mejora que supone la introducción de este recurso, podemos señalar una insuficencia de garantias. 'La posibilidad de impugnar a posteriori las resolucio nes de la Administración en vía contencioso-administrativa con ser muy importante, justo es decirlo, en la práctica en muchos supuestos es poco, o nada, eficaz como tutela del -ejercicio de la libertad de expresión. Las resoluciones de -
la Administración son inmediatamente ejecutivas y la rectificación de los tribunales, en su caso, llega demasiado tar de. ¿Qué garantia efectiva representa para una publicación sancionada con una suspensión durante un determinado periodo de tiempo el que, tras haber cumplido la pena, los tribu nales, al fal lar el recurso contencioso-administrativo, va nos meses después, declara la improcedencia de la sanción?' (257>. Una sugerencia aportada por Villar Arregui <258) es hacer los actos administrativos no ejecutorios, en definiti va 'unificar la competencia en materia de prensa confinendola con carácter exclusivo a la serena decisión de los tri buna les'.
A simple vista, las posibilidades de amparo podían parecer ampí iarse con la existencia de un jurado de Etica Profesional -articulo 33-; sin embargo. 'de hecho, son una posibilidad más de sanción de la Administración' (259).
3.2.5.3. Censura
La censura previa es el iminada del articulado; más aun, se prohibe expresamente en su artículo 3', salvo los -casos de excepción. Se despoje así la prensa de su rémora -más inquisidora, dando un paso hacia la libertad. ~o obstan te, no era éste el espíritu de la ley, y para ello se fijaron los 1 imites. Como afirman autores. 'la libertad no puede ser ilimitada': 'labor es de la política determinar los 1!-
mites concretos. 'hinc et nunc' de la libertad ( ...)' (=6O~. Sólo que 'la ley de prensa debe su anunciación pueden resul tar un tanto vaporosos alguno de estos conceptos, en la prác tica se ha demostrado que son susceptible de interpretación diversa por parte de los funcionarios del Ministerio de Información y Turismo y los miembros de la Magistratura, respectivamente. La consecuencia de dicha contradicción interpretativa la sufre siempre la empresa editora, y también en ocasiones la acaba sufriendo el propio periodista profesional, con pérdida del empleo derivada de los perjucios causa dos a la empresa, que preferirá 'directores muy prudentes', aunque de menor calidad periodística, a profesionales con -gran interés' <=67>. También por aquello de 'hecha la ley, -hecha la trampa; pero una trampa al revés. Una salida de es cape que controla cualquier salida o escape' <262>.
Por otra parte, 'a la ley de prensa se la ha hecho funcionar, en lo que al articulo 2~ se refiere, como norma -sancionadora, sin haber llevado a cabo el desarrollo legislativo que requieren los limites anunciados en el precepto dicho' (263). 'La transgresión de estos difusos limites con lleva consecuencia penal, por lo que una exigencia elemental cbl loa a definir el hecho punible con una tipicidad absoluta' 264>. Así pues, la generalidad del citado articulo se agrava considerablemente al considerar que las limitaciones ~ue establece se erigen en determinadas de sanciones y respo.nsabil idades por infracciones, también generales e indeter
minadas. Si ya 'el hecho mismo de que la transgresión tenga un tratamiento adreinistrativo sin las plenas garantias judi dales del proceso penal produce ciertas disonancias en el seno de nuestro propio ordenamiento jurídico, otro tanto acontece si pensamos que una fórmula tan susceptible de esti maciones variables como (...) (articulo ELa), puede erigir se en medida de un comportamiento a los fines de hacer recaer sobre la persona consecuencias sancionadoras' <=55>.
Se observa un grave defecto técnico: 'la coexisten cia de responsabilidades, penal y administrativa, fenómeno -ya generalizado en nuestro ordenamiento jurídico (...)'<266) y la dualidad de sanciones, por unos mismos hechos < ..>' -(=67>. 'No todas las transgresiones quedan situadas en el -campo administrativo puesto que tambión se cometen a un tra tamiento penal; pero la no existencia de una 1 inca divisoria objetiva y la posible incidencia de un mismo hecho en ambos campos supone una imperfección normativa necesitada de corregirse, Además, si nos fijamos en el articulo 165 bis b), del Código Penal, vemos en él sustancialmente transíadado -el articulo 2~ de la ley de prensa y mientras este articulo redne las características de una norma general, no encierra las tipificaciones rigurosas de las normas penales' (=68).Esta coexistencia de responsabilidades suscita la siguiente hipótesis: 'puede darse el caso -anomalía jurídicade un director absuelto dos veces de las imputaciones contra él -formuladas ante cualquiera de los tribunales a que pueda ser
sometido y sin embargo sancionado administrativamente por -los hechos idénticos, En tal caso, a la tercera sanción ~er de su puesto de director, aunque por los tribunales sea correcto y ajustado a derecho su comportamIento' <269>.
Ante tal determinación, 'la Jurisprudencia ha ido fijando evitar los términos ambiguos o demasiado genéricos que abrán el camino a interpretaciones arbitrarias' (270). Y en ese caso nos encontramos. 'El conjunto del precepto, -sobre todo lo que concierne a las limitaciones, resulta demasiado abstracto y genérico' <=71). El articulo 20, que se ñala los límites a la libertad de expresión, 'tiene un clam precedente en una disposición del año 46 (Orden de 26 de mar zol que tenía por finalidad liberalizar la censura. Este ar ticulo fue uno de los que se le presentaron más enmiendas -un total de 20-, después del artIculo 1=,con 21' (=72). Su principal problema es la indefinición, la abstracción <273). En ello coinciden todos los autores: 'vaporosos linderos', 'conceptos jurídicos indeterminados', 'términos demasiado -vagos' 1'..) (=74>.
Se abre, en consecuencia, 'todo el inmenso campo de la interpretación de los conceptos programáticos del ard culo 2~' (275>, cuya determinación precisa 'no sólo un cono cimiento amplio de la regulación y una visión aguda y certe ra en el campo de los hechos, sino también una experiencia, un 'ojo clínico', que sólo la contemplación del acontecer -
histórico, la cultura proporcionada por una sólida instrucción y una formación profesional pueden proporcionar ( (276>.
Lo peor es que tal generalidad genera arbitrariedad. 'Si en criterios interpretativos que, si bien aclaran no pocas dudas, no bastan a resolver satisfactoriamente los problemas del no desarrollo del articulo 2'' (277).
La supresión de la censura fue paliada además de con las limitaciones arbitrarias con la posibilidad de se-cuestro -articulo 1=-basado en el depósito previo -artIculo 64(=78), 'ciertas declaraciones pomposas, coso la supresión de la censura previa, vinieron en seguida a ser atenuadas -cuando no contradichaspor instituciones tales como el depósito previo, que permite a la Administración in tervenir la salida de una publicación determinada, sin perjuicio de posteriores sanciones administrativas y judiciales' (279).
El recorte de temas -los limitesaumentó con la proculgación de la Ley de Secretos Oficiales de 5 de abril de 1.968 que 'establece la notificación a los medios de in formación de las noticias que a juicio de la autoridad deben ser reservadas' (280). Las criticas a esta ley fueron muchas <281). España abolía la censura directa pero, 'transfirió a los editores <sic) la responsabilidad del material que pue-
da ofender al Régimen' <282). 'la interferencia estatal ha decrecido al asegurar, por 10 menos, la autocensura, que -desde luego es un recurso proporcional al temor que inspira la vida bajo un régimen absolutista' (283>.
La ley de 1.966 introduce también, a cambio de la censura, la figura de la consulta voluntaria -articulo 49~, 'tal institución es el talón de Aquiles de la ley. Cualquier exceso en aquella, tanto por prescindir totalmente de su be neficio, corno por acudir a su uso sin grave causa, resulta peligroso para el futuro' <284>.
Castro Fariñas, finalmente, hace referencia a otra censura, o factores que pueden limitar o conculcar práctica mente la libertad de prensa: las estructuras modernas, la -publicidad, intervenciones gubernamentales -de tipo jurídico, fiscal, financiero, profesional, personal, incluso privadas<=85>, las relaciones públicas, los suscriptores,los sindicatos de obreros y empleados, los grupos de presión,,. (286).
3.2.5.4. Empresa, director, redactores
La ley hace referencias a los tres protagonistas expli- esenciales de la prensa. El empresario debía hacerse cito -artículos 20,24 y 25-, además del requisito del pie -de imprenta -articulo 11-, para poder legalmente constituir
una empresa. La terminología utilizada respecto a esta en públi- la ley es ambigua. Se considera la empresa periodística co mo una 'empresa especial', 'prestadora de servicios cos sin haber declarado a la prensa como servicio público' (28?).
El preámbulo y el articulo 16 hacen referencia al concepto de libertad de empresa, pero en realidad, 'En el -texto no aparece el principio general de libertad de la empresa sino una declaración genérica y limitativa de las per sonas que pueden constituir tales empresas' <288). La ley -'no reconoce el derecho a constituir empresas periodísticas sino que lo concede' (289).
Por todo ello, lo que abundan son los requisitos, adminisTampo-
-artículos 17 al 25-. 'Quiz¿s es en la empresa donde las -disposiciones han acentuado el matriz de actividad trativa de intervención, con una serie de reglamentos muy minuciosos sobre la solicitud y autorización' <290>. co se formula expresamente en nigún articulo el derecho a editar publicaciones periódicas, aunque puede suponerse del articulo 26.
Se establece -capitulo IVel Registro de Empre sas Periodísticas. 'El problema central que presenta el Registro es el de limitar extraordinariamente el derecho a constituir empresas periodísticas' (291), Se mantiene la res
2=-.
ponsabilidad de la empresa -articulo 69.1. b, y articulo Pero, en definitiva. 'la ley no contiene un estatuto de la empresa periodística' (29=).
Todos estos defectos parten de un error de concep to inicial: se regulé la empresa periodística 'ignorando el derecho a la información' <293). similares circunstancias -concurren en el caso de los directores y redactores, a los que se le dedica el capitulo V. El director, según el artículo 40 será designado libremente por la empresa. Esto supo nc una evidente aportación positiva de la ley, pero muy pron to se exigen requisitos -artículos 35 y 36y se le hace responsable de las posibles infracciones -articulo 39-.
.~ ley de 1.966 'trata de conservar la figura del director, medio funcionario medio representante u hombre de confianza de la empresa, de la ley anterior' (294). Tanto -el director (=95>como a los redactores se les exigía la -profesionalización -articulo 33vinculada, también, como en la ley anterior al Registro Oficial de Periodistas. La -proliferación de registros administrativos es un dato notorio. 'A través de estos registros el Ministerio de Información y Turismo controla ( (296).
El desarrollo del aspecto profesional, excluyendo los intereses de control, muestran una 'falta de interés d~ legislador por contemplar toda la amplia problematica del
fenómeno informativo' (=97). En este sentido, señalar que se realizó un Estatuto de la Profesión Periodística, que fue -aprobado por Decreto 74411.967 de 13 de abril, con posterio- res modificaciones.
Todos los protagonistas de la prensa quedaban, en definitiva, determinados como responsables de sus productos para lo bueno y, sobre todo, para lo malo,
3.2.5,5. Sanciones
Aunque ya al hablar sobre la censura se han adelan tado algunos apuntes sobre las sanciones, resulta conveniente concentrar el asunto. El capitulo X, artículos 63 al 72, versa sobre las responsabilidades y sanciones. 110 creemos -oportuno especificar todos los baremos y nos centraremos en las ideas más fundamentales.
Se distinguen infracciones muy graves , graves y leves, artículos 67 y 68, aunque, existe evidentemente una 'falta de precisión técnica' <2933 en las mismas. La infracción es motivo necesario de sanción (29$>.
El artIculo 69 establece las sanciones y los sujepublica- tos pasivos de las mismas: autor o director, empresas. 'Duda mos que pueda ser sancionado el autor de un escrito do en los diarios, el cual no esté dentro de la reglamenta -
ción especial de la policia de prensa. La ley debiera añadir que el autor> siempre que sea periodista, podrá ser sanciona do' <300). Las multas oscilAran entre las 1.000 y las 2SO.mO pesetas; se posibilita también la suspensión temporal de las actividades. Incluso, se llega a la inhabilitación del profe sional , pro motivos de reiteración, en virtud del articulo -36.4. 'No es admisible que bajo la presentación de correccio nes administrativas se impongan, como ocurre en el caso de las inhabilitaciones, verdaderas penas' (301).
'Si el cuadro amplísimo de sanciones, desde la muí se- ta hasta la suspensión (. . -> agregamos la capacidad de cuestro previo y la operatividad de las sanciones adreinistra tivas para eliminar a un profesional de la dirección cuando tenga más de tres sanciones graves dentro del mismo año, en virtud del expediente, se aduce que la potestad de la Administración de imponer no ya sanciones, sino verdaderas penas es enorme (302).
Este cuadro represivo condicionaba la actitud pe- riodistica. La responsabilidad ante sanciones tan duras pena ha sobre la actividad empresarial y la conducta del director. Además, la reforma del Código Penal de 8 de abril de 1.96? -vino a incrementar los problemas de responsabilidad, ya de por sí graves, que planteaba la ley. 'Transíadó las vagUedades del articulo 2~ al campo del delito, con dificultades de tipificación' (303>. Y, 'las leyes punitivas excluyen aplica
ciones analógicas y exigen una clara y precisa tipificación, que debe ser llevada al Código Penal' (3D4).
Y con todo ello, no es lo peor, que es: la ausen cia de plazo de prescripción de la actividad sancionadora de la Administración para las infracciones administrativas. 'El hecho no es insólito en nuestro.ordenamiento jurídico; tampoco lo señala la ley de Procedimiento Administrativo. -ni la Orden de 2=de octubre de 1.952'. Existe una inclina ción de la Administración por el plazo de dos meses por ana logia con la ley de Montes, y en relación con la sentencia del Tribunal Supremo de 8 de octubre de 1.959 <305>. Pero, en 'la ley no está fijado' (308>. Y, así, la Administra -ción disponía de la cobertura legal para obviar cualquier plazo (307).
3.2.5.6. Otros aspectos
Sobre el derecho de rectificación y réplica versa la docnatura- el capitulo IX. La ley introduce modificaciones que trina actual rechaza. Réplica se asimi la a personas les o jurídicas; y rectificación se refiere a derechos de -la Administración. El articulo 6 establece las inserciones obligatorias, 'imposición de una obligación insólita en su planteamiento y en su aplicación' (308).
La disposición final tercera de la ley de 1.966,
facultaba al Gobierno para 'dictar cuantas normas reglamen tarlas sean convenientes para el mejor desarrollo y aplica ción de esta ley'. Y, así hizo. Sólo se había impuesto una obligación presurosa: la disposición transitoria quinta. -que instaba a la promulgación del Estatuto de la Profesión Periodística en el plazo de un año, como de hecho se cumplió como hemos señalado.
El resto de disposiciones fueron ordenes, alguna ley, decretos: los conocidos Decretos de aplicación (309).
3.3. La prensa periódica madrileña coetanea
Al producirse el Alzamiento Nacional contra el re gimen republicano (310>, la libertad de prensa, que ya ha~ta sufrido algunos atentados, fue aniquilada. Esto ocurrió des de el comienzo de la Guerra Civil y corno el desenlace militar prevaleció sobre cualquier otro tipo de intereses, la -censura militar se impuso. La aplicación de la ley de Serra no Suñer de 4.936, estuvo muy condicionada sobre todo hasta los años cincuenta por la política internacional. En la política interior se podría afirmar que esta ley fue uno de los pilares más importantes del nuevo régimen <311).
En 1.936 se publicaban en Madrid, dieciocho dia- nos (312) que abarcaban las más diversas ideologías, desde
el integrismo católico y carlista de 'El Siglo Futuro' al -sindicalismo revolucionario de 'CNT' <313).
Cuando comenzó la Guerra Civil en Madrid, dejaron de publicarse 'El Debate', La Epoca', 'La Nación' y 'El Si glo Futuro' que fue sustituido por la aparición de dos nuevos: 'Castilla Libre' y 'El Sindicalista'. Durante más de -dos años se publican en Madrid unos quince diarios. Al fina lizar la Guerra Civil era 1.939 quedaron suprimidos radicalmente todos los diarios liberales-democráticos, republica -nos, socialistas, comunistas y anarquistas. Estas medidas -no parecieron suficientes a todos, por lo que inexplicablemente también se suprimieron periódicos que eran órganos de grupos monárquicos, tradicionalistas, totalitarios y católi ces que tarmbien luchaban contra la repablica (3143.
Los trabajadores de estos diarios suprimidos que daron en la calle y sin indemnización alguna, pero por si -esto no fuese suficiente, se utilizaron tres procedimientos sancionadores contra los periodistas:
1', Una escrupulosa depuración encomendada en 1.938 a los integrantes de la llamada Asociación de la Prensa V7adrileña creada en Burgos.
2~. Una serie de procesos instruidos por un juez militar especial de prensa que determina que más de treinta periodistas sean condenados a la pena de muerte y la mitad de el los sean finalmente fusilados,
39, HabiÉndoseles condenado por sus actividades pe riodisticas, se les niega su condición de periodista.
También resulta cuando menos curiosa la incauta -ción de edificios, instalaciones y talleres de los diarios de izquierdas para instalar allí a los periódicos afines al régimen, de esta forma 'Arriba' órgano oficial del Novieuien to Nacional se tira muchos años en los talleres de 'El Sol' y 'La Voz', en Larra, 8, que fueron los primeros que se ocu paron y a los que la tercera centuria de la 13 bandera de -Falange prestó protección. De igual forma el Madrid', se edita durante varios lustros en las instalaciones de 'El Li beral' y 'El Heraldo de Madrid'<315).
La prensa republicana fue paulatinamente incautada. El material de imprenta quedó intervenido por el Ministeno de Interior y puesto a disposición de la Jefatura del Servicio Nacional de Prensa, integrado en dicho ministerio <316).
Después, todo el material que perteneció a la pren ma repubí icana fue afectado a la Falange Española Tradicionalista y de las J.ON.S,. El nuevo régimen organizó la información en base a presupuestos ideológicos radicalmente -distintos a los que hubo hasta ese momento (31?),
Los únicos periódicos que se editan legalmente du
rarste el franquismo son los que están confeccionados por or ganismos o personas del propio régimen o por lo menos tolerantes o adheridos al mismo, y ademas muy controlados y pre viamente seleccionados por su fidelidad. Todo lo que aparece en esa prensa es ura producto directo o filtrado por la -dictadura de Franco. Por lo tanto, son medios de comunica -ción sin ningún pluralismo político-ideológico, si acaso el consentir los grupos y tendencias dentro del régimen <318>.
Existen durante el régimen de Franco varias ten -dencias ideológicas en la prensa, a excepción de la primera etapa, que abarcarla los quince años siguientes a la Segunda Guerra Mundial. En estos primeros años, la corriente falangista fue pletórica, muy rica en elementos fantásticos e irreales. Los ejemplos más claros de ideología facista-fran quista eran 'El Alcázar' o 'Arriba'. En oste tipo de prensa se produce una exaltación del idealismo sobre todo en colaboraciones y editoriales es decir, los denominados 'seres puros' del franquismo, que estarán por encima de lo pol (ti, co, los partidos, lo cotidiano . . .. Estos discursos de cariz falangista poseían un alto nivel de abstracción que conlíeva ba una escasa racional idad, eran demasiado apasionados o par tidistas en temas ideológicos. La Prensa del Movimiento. cu yo más claro exponente era el diario 'Arriba', utilizaba un discurso dirigido, en especial a la juventud y la exaltación de sus cualidades 'pasionales' en temas políticos. En estos medios escritos existía una gran preocupación por lo que
ellos denominaban 'revitalización de lo español' mediante un retorno al siglo XVII (Siglo de Oro>, a la tradición cristia na medieval y una selección de personajes que son concebidos por el régimen ~wo típica y genuinamente 'españoles'. Esta -definición de lo 'español' se realiza en los diferentes medios por oposición a regímenes e ideas revolucionarias que conforman el 'otro Estado' <319), es decir, la denominada -por el poder dictatorial barbarie frente a la 'verdad' y a la 'cultura'. Continuando en esta linea de desprestigio social, mediante la manipulación de los medios de comunicación, se intentó dividir al país en dos mitades o bandos, para ello se recupera y reconvierte el lenguaje de las izquierdas pa re quitarle sentido o cambiarselo por completo <320).
En general, los artículos que aparecen en la pren Sa madrileña durante el franquismo son escasos en argumentos racionalizables. todos ellos están destinados a conseguir -una adhesión emocional e irracional del destinatario, a tra v 4s del lenguaje a las posturas autoritarias. Este lenguaje en la prensa franquista se fundamenta en la ritualización -de la gran estructura ideol=gico-polltica del régimen. La -fastuosidad, la rigidez informática y la precisión escenográ fica en actos oficiales, con el abuso del lenguaje metafóri co y las adjetivaciones gráficas que no enriquecen la expre sión, ni el sentido de la fecha o acto que se intenta comen tar. sobre todo en el tema de los logros y éxitos del régimen como por ejemplo, la vasta y desplanificada política en
obras públicas, pero es una de sus mayores características
(321).
En la prensa del franquismo predominan dos tenden cias claramente distintas: una did~ctica, destinada a aportar al lector una información que el lector ignora mediante un vocabulario estructurado y complejo, uso de tecnicismos y tono teorizante-moralizador. La otra vertiente, es la polémica, destinada a que el lector rehaga una información ya conocida o que podría conocer a través de la negación de los hechos o del discurso sentimental y tarebien mediante la in juria al contrario, a los ajenos al aparato franquista con tono irónico e incluso humorístico <3=2).
En 1.939 y años sucesivos se publicaban en Madrid siete diarios que gozaban de todas las simpatías y protecciones del régimen. Son 'ABC', 'Ya', 'Informaciones', los -órganos oficiales del Movimiento: 'Arriba' por la mañana y 'Pueblo' por la tarde, y los nuevos 'Nadrid' que dirigía -Juan Pujol Martinez y 'El Alcázar' que se editaba simultánea o alternativamente en Toledo y Madrid (3=3>.
El carácter más genérico a la prensa madrileña de la era de Franco era su uniformidad, apenas si existen notas diferenciadoras con respecto a la organización del periódico, tratamiento de la información y lenguaje utilizado. Los periódicos son de tamaño grande y pocas páginas, dedicadas a
crónicas de conmemoraciones y actos celebrativos del régimen contando el mínimo detalle (324>. Otro género muy desarrolla do en los periódicos de Madrid fue el llamado articulo de -fondo generalmente firmado y de carácter netamente ideológi co, de repetición y explicación de las concepciones ideológicas del franquismo.
La información nacional que no se refería a celebraciones de las autoridades, sobre todo de Franco y su fami ha, era relegada a breves notas. No aparece ningún tipo de dialectica en estas páginas. Sólo se destacan las noticias -de detenciones como ejemplicadoras de la labor 'salvadora' y represiva del poder. Algo similar ocurre con los sucesos, a los que se dedica escaso espacio, pues dentro de un tégimen de orden y prosperidad' no puede ocurrir nada. el dedicar -irás información al respecto seria un desprestigio hacia .ios ideales franqui stas.
En la información política no existía otra que la oficial, de las actividades de la oposición <huelgas, manifestaciones, -.. no aparece ninguna información o artIculo opinable al respecto, A veces, aparecen breves comentarios de estas noticias alabando la eficacia de la acción policial de represión y control de las actividades de subversión con tra el régimen.
La crónica ciudadana era prácticamente inexistente,
en 'Ya'' se reducía a comunicados del ayuntamiento o de los organismos municipales. Nuy breve y no diaria era en el periodico más próximo al aparato del poder: 'Arriba', portavoz del Movimiento Nacional y de Falange Española. Mayor lea portancia conservó en 'ABC' y sobre todo, en los vesperti -nos como Madrid' que dedicaba una página a la ciudad y otras a tos espectáculos que se exhib<'an en la misma, Pero es mayor aún, el espacio dedicado por 'Informaciones', el otro vespertino, que inserta muchas entrevistas, reportajes y crónicas urbanas.
Los deportes van a ocupar en casi todos los perió
dicos a los que nos estamos refiriendo una página, en la -que el elemento gráfico sobresale con objeto de dar una ma yor vivacidad a las noticias. Sólo 'ABC' e 'Informaciones' dedicaban dos páginas.
En cuanto a la información internacional, ni que decir tiene que es análoga en todos los periódicos. Se da -una reproducción de las notas de la agencia EFE sin comentA nos ni ampliaciones. En óstas resaltan muy frecuentemente las debilidades y males de las democracias europeas y se en salzan con profusión los ideales y triunfos de las potencias totalitarias, Alemania e Italia.
Otra característica de la prensa madrileña a co mienzos de los años cuarenta es su escasa cobertura interna
cional de las informaciones. Sólo poseen corresponsales los siguientes periódicos: 'ABC' en Lisboa. Paris y Londres. -'Ya' era París y 'Arriba' en Poma, compartido con EFE. No -obstante, todos tienen una sección diaria dedicada a la si- tuación política extranjera.
El carácter propagandístico y educativo de la -prensa se resalta mediante la inclusión en casi todos los -periódicos de unos pequeños recuadros, con moldes tipográfi cos de resalte y que son claramente visibles y más abundantes en el diario falangista 'Arriba'.
A continuación analizaremos a titulo de ejemplo, varios periódicos madrileños coet&neos del 'Madrid':
'ABC' en 1.957.
Inserta muchas fotografías y sobre todo mucha pu- blicidad. Posee una primera página casi siempre compuesta -por una fotografía a toda página, pero tras las primeras ho jas nos encontramos con lo que podríamos denominar otra pri mera, esta vez con información escrita. Con respecto al año de i .939 hay un aumento en la cantidad de información extran Jera. Tiene una sección de vida cultural y otra de vida re1 igiosa en la que se destacan los actos religiosos. También concede importancia al relato de los sucesos. Las fotogra -fías o recursos gráficos estan mal distribuidos. Así, mien-
tras que en las primeras páginas abundan en las siguientes escasean o se nota su falta, El número de páginas es ahora de 62. aproximadamente el doble que en 1,939.
'El Alcázar' en 1.962
Lo más destacable es el lenguaje que emplea, un
-vocabulario grandilocuente: 'los héroes', 'gloriosa epopeya~ 'la gesta herotica del dos de mayo', etc. El tipo de Informa ción que ofrece es muy familiar, de pequeño circulo, un poco casera. A veces presenta dos o tres titulares distintos seguidos y luego las informaciones en el mismo orden.
'Arriba' en 1.964
La primera página la compone una Inica fotografía.
En el interior también hay abundante información grhfca. El texto de las informaciones es una clara propaganda del Movi miento, no hay que olvidar que 'Arriba' es el periódico de la Falange. La información nacional es amplia y siempre muy comprometida con el régimen. Las milicias universitarias y la información religiosa también ocupan un lugar preferente.
'Ya' en L966
La portada se compone de una o varias fotografías con pequeños pies de fotos. Las primeras páginas las dedica
a reportajes gráficos. La quinta viene a ser como otra priinforma- mera, pues está compuesta por titulares e información de no ticias importantes, remitiendo a otras páginas. La ción nacional ocupa de una a tres páginas. Algo menos les dedica a la extranjera y a la de Madrid.
Los sucesos, los toros, la cultura, la economía
-son otras informaciones que aparecen diariamente en 'Ya». Pero lo que más caracterizó a este matutino fueron sus páginas de anuncios por palabras que ocupan gran parte del pe riodico. Mucha gente compraba 'Ya' más que por su informa -ción, que no era nl mejor ni peor que la de sus colegas, por la gran cantidad de secciones de anuncios.
'informaciones' en 1.970
Destaca en este año, el mes de diciembre y concre am- tamente los días del 3 aL 28, en que se sigue el juicio con tra los etarras en Burgos por un tribunal militar, Resalta, la imparcialidad con que aborda el tema, ofreciendo una plfsima información.
Se puede decir que 'Informaciones' es uno de los manera pocos diarios madrileflos que trata la información de seria y ampliamente.
3,4. El primer número del diario 'Madrid
Ficha técnica:
- 1 Encabezamiento y configuración
- TItulo: 'Madrid'.
- SubtItulo: Diario de la Noche,
- Fundador: ajan FujolMartínez.
- Director-Gerente: Juan Pujol Martínez.
- Organo de partido político: Ho.
- Lugar de salida: Madrid, calle Marqués de Cubas.
- Año de iniciación: 1,939, sábado 8 de abril.
- periodicidad: Diaria, excepto domingos.
- Formato: 31 x 49 centímetros,
- 10, Número de páginas: Doce.
- Columnas por página: Cinco.
- 1=.Distribución de espacios:
Titulares y grabados: 15%
Texto:
60%
Publicidad:
25%
- TécnIca de impresión: Linotipia
- II Estructura jurídica y financiera
- Naturaleza jurídica: Sociedad Anónima,
- Bases económicas:
Venta de ejemplares
Pubí icidad
- Precio por ejemplar: Quince
céntimos.
III Contenido
- Secciones fundamentales:
Información local y nacional
Internacional
Pregunte usted lo que quiera
Los toros
Deportes
Cines y teatros
Ultica hora
2. Variantes:
Artículos de opinión
Madrid, castillo famoso
Poemas de la guerra
Nuestros muertos
VI Localización de colecciones
- Hemeroteca Nacional en Madrid.
- Hemeroteca Municipal de Madrid.
El primer número de 'Madrid' sale a la calle el -8 de abril de 1.939, una semana despuÉs de acabada la Guerra Civil. El 'Año de la Victoria' como reza en su cabecera. Su fundador y primer director-gerente es Juan Pujol Marti -nez. Este presenta interés a nivel legal, pues uno de los mecanismos de control y orientación de la prensa en la Ley de Prensa de Serrano Suñer del 2=de abril de 1.938 es, como se ha visto en el apartado segundo de este capitulo: 'El
nombramiento por parte de la Administración de los directores de los periódicos y de los redactores que habrían de -sustituirles en caso de destitución'. Juan Pujol lo dirigió desde su inicio hasta 1.961.
El Gobierno le habla distinguido con la concesión de una licencia para fundar un periódico, y 61 aprovechó -las instalaciones del vespertino republicano 'El Heraldo de Madrid' que hablan sido incautadas,
Análisis formal_de la_primera página
Por encima de la cabecera del periódico aparece un titular, de dos lineas, en versalles y con un cuerpo de letra grande que reza así:' España se adhiere al pacto Anti cominterra'. Para resaltar la importancia de esta noticia na cloral se utiliza un recuadro discontinuo. No obstante,nose indica si la noticia tiene algún desarrollo en páginas inte riores
La información más importante tal y como se puede pá- apreciar en el boceto de la maqueta, es la fotografía de -Francisco Franco, que aparece en el centro exacto de la gina, recuadrada y a tres columnas con el titulo 'S.E. el -Jefe del Estado, Generalísimo de los Ejércitos de Tierra, -Mar y Aire', A esta se acompafla un pie,
En la parte izquierda de la página una columna ca si completa ocupa el articulo firmado por Juan Pujol, el di rector del periódico, que para ser la carta de presentación de lo que será el nuevo periódico no cubre todo el espacio -que debería tener. Su titulo 'Saludo a Madrid y España'.
A la derecha de la página aparecen dos informado nes más: una de ellas es una fotografía, a una columna, con un pequeño pie y otra, tambi4n a une columna, titulada 'Día tras día'.
Anhlisis del contenido de la primera gájina
En su presentación el diario 'Madrid' resalta en su primera pagina, con una fuerza visual increíble para los lectores, la imagen de Franco 'el hombre que ha salvado a España', sus virtudes. 'hombre bueno y justr y su labor -'nos ha liberado del horror del bolchevismo, nos ha devuelto a los españoles el orgullo de serlo'. Además, indica la actitud que los españoles deben adoptar respecto a su caudi lío 'tenemos para con él dos deberes ineludibles: el de la obediencia y el de la gratitud'. No hay que olvidar que en la fecha en que nace el 'Madrid', la ley de prensa vigente es la de Serrano Suñer, en la que se decía que: 'la prensa será una institución al servicio del Estado y al servicio -de Falange',
La gran fotografía y el pie son una presentación homenaje al Jefe militar vencedor. Resulta interesante y re velador el tipo de lenguaje empleado, tanto en el titular, en el que se hace confluir todo el poder civil y militar en la persona del general, como en su desarrollo, en el que se emplean los siguientes tórminos: 'general invicto', 'caudilío del pueblo', 'Gran capitán'.
El articulo de entrada 'Saludo a Madrid y a España'
puede dividirse en tres partes:
- -Intención del periódico
- -Exaltación de la figura del Caudillo
- -Apoyo del periódico a los planes de Franco
Intenciones del periódico. El diario lleva el norn bre de la capital de España porque Madrid, es a juicio de Pujol »la capital que ha padecido cautiverio y martirio para que España se salvase'. En un sistema político que primaba el centro sobre la periferia, la capital por encima de las provincias, es lógico que se aproveche el nombre de la capi tal del Estado como símbolo de apoyo a ese sistema. La aspi ración máxima del periódico es 'ser un espejo en que se refleje la vida entera de Madrid -que es como decir la de España-' y secundar cuantas acciones emprenda Franco para recuperar la grandeza de España.
Exaltación de la figura del Caudillo. La figura del caudillo está por encima de todo, incluso de la reconstrucción del país, ya que con él 'España ha recobrado, por obra de su Ejército, un rango que desde hace siglos habia -perdido en el concierto de las naciones europeas'. Pujol ij nora que los amigos europeos de España son, más bien escasos y que el aislamiento de España se preveía cercano.
En su fervor por Franco. Juan Pujol llega a la exa geración: 'el hombre más insigne', 'el hombre al que profe -san veneración un millón de españoles en armas'. Lugar des
tacado merecen los prodigios de Franco: 'creador de arcadas -formidables', su talante político: 'ha gobernado prodigiosa mente la parte de España que desde los primeros meses domínó' , y sus desvelos para con los fieles; 'a quienes ha Ilevado al triunfe, pero a los que tambi¿n. y para ello, ha tt nido que alimentar y vestir y atender con solicitud pater -nal'. Tampoco se olvida de resaltar el poderío militar del Generalísimo: 'ha obligado a rectificar a las más poderosas naciones del murado', ni a su Inteligencia y habilidad negociadora: 'en circunstancias dramáticas, en que habia que de cidirse rflaldamente'.
No obstante, deja lugar a la esperanza para los -españoles, ya que en tiempos de paz, los problemas 'pueden ser estudiados sin el apremio de los bélicos'. Señala tam -bien que España es un país 'rico en recursos naturales', --'consciente de su fuerza marcial' y 'tan unido y resuelto -como en el tiempo en que figuraba entre los grandes pueblos del mundo',
Apoyo del periódico a los planes de Franco. 'Pa- re servir esos grandes designios de Franco', este es el objetivo que se marca el 'Madrid' en su nacimiento. En su ar tímalo, el director une la posibilidad de realizar una 'información serena, objetiva y veraz' a tres valores supremos que Franco instaura en España: la verdad, la justicia (obje tividad) y la serenidad.
Se puede decir que estas son las lineas fundamentales de la publicación. Pero como ha quedado manifiesto an teriormente, el periódico servirá primero a Franco y relega a un segundo término la intención de dar información objeti va a los lectores. El articulo es más un panegérico sobre Franco que una exposición sobre la linea ideológica del periódico, sus inquietudes o sus aspiraciones.
En cuanto a la noticia de encima de la cabecera
-'España se adhiere al pacto Anticomintern' , decir, que al hojear la primera página, por sus titulares podría pensarse que iba a tener un desarrollo importante en su interior, pe -o no es así. En la última, en muy pocas lineas, sólo se -añade donde y por quienes ha sido firmado el pacto. Lo impor tante era destacar que España luchaba ahora internacionalmente contra el comunismo,
La otra. 'Día tras día' es una crónica muy litera ria en la que se insiste en el estado de destrucción y ruina de las calles de Madrid y en el ambiente de escasez y pobre za. Aparece sin firmar y pretende animar a todos los madrile ños para que no pierdan las esperanzas en la reconstrucción de su ciudad: '1 pronto reirá. como antes, jocunda, y como -antes, feliz y fuerte. La guerra ha terminado y el pan y la justicia nos serán dados' dice textualmente el articulo. Por lo que se refiere a la foto del Cristo mutilado, es la imagen procesional del mismo portado en andas.
Página 2
j
Análisis formal de la segunda página _
Aquí destaca el hecho de que no hay ninguna fotografía que rompa un poco la linealidad del texto, Tampoco -aparece ninguna información recuadrada, por lo Que a veces cabecean los títulos. Lleva por encabezamiento el nombre de 'Madrid, castillo famoso ..,' y recoge noticias referentes a
la villa de Madrid. junto con un articulo de Crist¿bal de -Castro, a dos columnas y una sóla caida, titulado 'La seño ra con sombrero'. Debajo aparece la 'Cartelera de espectácu los', a tres columnas aunque una de ellas no está debajo del titulo, cosa poco corriente en la actualidad. En el centro de la página existe otra noticia procedente del Gobierno Ci vil de Madrid, a una columna que ocupa un poco más de la mi tad de la página,
En la parte derecha hay cuatro informaciones, una titulada 'Hacia la normalidad en el servicio ferroviario de Madrid', que ocupa dos columnas al igual que la titulada -'El abastecimiento de Madrid'. Ya en la zona inmediatamente inferior nos encontramos con la programación de Radio Nado nal de España y con un comunicado oficial. Una novedad de -esta página es que en ella aparece ya publicidad, situada -en la parte inferior de la misma,
Análisis de contenido dela sejunda pájina
Comenzaremos nuestro análisis por el articulo de
Cristobal de Castro 'La señora con sombrero', donde se des cribe la situación de Madrid tras la victoria de Franco, pa ra lo que se sirve de la metáfora del sombrero femenino. El autor hace referencia a los tres años de 'zozobras, persecu ciones, encierros, hombre, frio y terror' que padecieron los ciudadanos españoles a causa de la 'cerrazón' de los milicia
nos republicanos, 'que disparaban sobre dianas de una verbe na'. Posteriormente, basa su crítica en los marxistas, como seria habitual en todos los periódicos adictos al régimen -de Franco, centrando su atención en la persona de Dolores -lbárruri' La Pasionaria', de la que dice que el abogar por la clase obrera no le quitaba 'gozar en Paris de coche y ho tel propios, además de guardar en sus opulentos roperos las joyas y las pieles del botín marxista'.
Destaca también en esta segunda página la prograconsideaca- mación de cines y teatros que ocupa un espacio muy rable, seguramente con la intención de animar a los lectores a que saliesen de la cruda realidad de un país que baba de final izar una guerra civil inacabables años.
Por otro lado, es curioso que junto a casi todas las películas que ese día 8 de abril de 1.939, se exhibían en las salas madrileñas se proyectaba también un documental elaborado por el Departamento Nacional de Cinematografía ti tulado 'La liberación de Madrid'. Es por ello que junto al aspecto lúdico o cultural que podía tener el cine, no se de saprovecha ninguna ocasión para empezar a formar a los ciudadanos en un espiritú acorde con la ideología de Franco. -Con respecto a las funciones de teatro hay que destacar solamente que predominan con gran diferencia las de Jose Maria Pemán,
Otro apartado de esta página hace referencia a la programación de ~adio Nacional de España para el día, como hemos dicho antes y al final de la relación de programas se insertaba una nota que decía:
'Observación.Notas y comunicados oficiales: Se organiscumplimiento ruega a todas las entidades, servicios y snos oficiales de cualquier jurisdicción que nos -honran con el envio de sus notas y comunicaciones que a fin de dar más exacto y rápido de los mismos deben enviárselos con una hora de -antelación al principio de nuestras emisiones de Información, y todos, sin excepción, previamente autorizados por la censure del Gobierno Militar'.
Este breve pero intenso comunicado nos demuestra que en la España de 1.939 la libertad de expresión no era -más que una utopia, como se podia deducir con una lectura -detenida de la Ley Serrano Suñer cuyo articulo primero decia que 'el Estado asumirá todas las competencias en mate ria de organización, control y vigilancia de la prensa'.
El Gobierno Civil de Madrid inserta una informa
-ción titulada 'Precios vigentes en los hoteles de Madrid a partir del 1 de abril de 4,939', que es una inserción obli gatoria'. El gobernador. Luis de Alarcón, comunicaba que -los precios de los hoteles de la capital y tambien de las -fondas serian los mismos que en el 48 de julio de 1.936, -'mientras que los jefes y oficiales del ejército y los civi
les que se encuentren era Madrid con motivo de la ocupación gozarán, ademas, de otra reducción del 33%', dice textualmente la nota. La información 9iacia la normalidad en el -servicio ferroviario con Madrid'. puede ser considerada ca mo una inserción obligatoria aunque aparece un nuevo matiz: intentar, a traves de un medio de comunicación de masas co mo es la prensa, animar a la poblactón madrileña que lucha contra un enemigo implacable: el hombre, Se asegura que han entrado en la capital española 200 toneladas de aceite. 200 de garbanzos, cien mil docenas de huevos, además de distri.buirse doscientos gramos de carne por persona en tres distritos madrileños. Más adelante se advierte que será sancio nadfo el que venda una taza de calta por café 'y no podrá -cobrarse un precio superior a 40 céntimos'. El hambre era -la principal preocupación de los madrileños al terminar la guerra por lo que la noticia 'El abastecimiento de Madrid' pretende nuevamente infundir ánimos a los ciudadanos y reía donar los alimentos que ya se podían conseguir.''con facilidad', tales como pan blanco, leche, azúcar y café a la vez que se asegura que todas las noches las terrazas de los cafés de Madrid rebosan de público 'paladeando bebidas delicio sas y fumando auténticos cigarros'. Esta información, al -igual que la mayoría de las que aparecen no pretende más que manipular a la opinión pública, como si la Guerra Civil, que habla concluido solamente siete días antes, no fuera más que un mal Sueño que debía ser aniquilado enseguida.
Página 3
Análisis formal de la tercera 2áji na
En la parte central de la página destaca, ocupando tres columnas y a dos caidas, el articulo de Ricardo León, -miembro de la Real Academia Española, titulado 'Las lágrimas del héroe', incluido en la sección titulada: 'Nuestros muer tos'. Debajo, y ocupando el resto de la parte central, hay -un pie engatillado con una foto, titulado 'La liberación de
Madrid'.
En la parte superior izquierda de la página hay -otra información titulada 'Aquí, Madrid ...', compuesta por tres ladillos. A la derecha, existen tres informaciones más: La primera bajo el titulo 'Nuevo rector de la Universidad -Central', a una columna y cortada hacia la mitad por una fo to del personaje. La segunda figura bajo el epígrafe 'En Va lencia es rescatado el Santo Cíliz de la Cena', tambien a -una columna. La tercera es muy corta y lleva como titulo -'Don Francisco Rodriguez Mann'.
Análisis de contenido de la tercera página_
'Las lágrimas del héroe' es el tercer articulo que aparece firmado en el periódico. Su autor realiza, en primer lugar, una alabanza a la persona de García Morato, continuan do con una dura crítica a la República: 'Sin Dios, sin Pa -tria ni autoridad', Para Ricardo León lo más importante es la gran audacia de Franco y las falanges españolas, 'que se dispusieron a la batalla para librar a España de la ruina'.
Califica a la casta del caudillo, de García Morato y de Jose Antonio como 'arcangélica' y llama 'bestia roja' a los republicanos. Justifica la guerra emprendida por Francis co Franco por el hecho de que la única manera que existía de salvar a España, debía venir por una revolución 'santa y ver
ente- dadera'. Al final del articulo, Ricardo León dedica unos re cuerdos cariñosos a Málaga, lugar donde se encontraba rrada su madre.
En el pie de foto titulado 'La liberación de Ma -drid' habría que hacer alguna consideración, si tenemos en cuenta que la Guerra Civil española terminó el 1 de abril y que este primer número del diario 'Madrid' sale a la calle el día 8, es una información muy atrasada. Parece que el ob jetivo que persigue este pie de foto que dice textualmente: 'Las tropas de Franco avanzan, Dentro de unas horas, de minutos tal vez, estarán en Madrid. Enloquecida por la alegria. la población se echa a la calle. En camiones, los madrileños van al encuentro del Ejército libertador, gritando: Franco! ¡Franco! ¡Franco!' no es otro que ensalzar una vez más en estas páginas la figura del general.
En la información titulada 'Aquí Madrid tienen cabida cuatro ladillos que son los siguientes:
'Sábado de Gloria'. Es una exaltació,i del día en los si- que aparece el periódico: 'Las naves de los templos tienen todavía algo de aquel primer espanto que sintieron al paso de los bárbaros'. Compara la Resurreción de Cristo con la España de Franco; 'Cuando Jesus burle la guardia de caries levanta la losa de la tumba y asciende a la diestra del Poder, España vence a sus enemigos y sube al puesto de su destino imperial'.
'Pasarse al otro lado', donde se 'informa' a los lectores de como la población en los últimos días de la gue rra deseaba 'ardientemente' pasarse a la zona franquista.
'Un músico caldo', es un recuerdo a Manolo Font -de Anta, autor del cuplé 'Cruz de Mayo' y asesinado en 1.936.
'La cola acusadora' hace referencia a la multitud de ex-presos de los repúblicanos que son atendidos en un -servicio especial situado en la calle Velázquez.
La información titulada 'Nuevo rector de la liniver sidad Central' recoge el nombramiento de Pio Zabala como rec tor así como de algunos decanos en diversas facultades.
'En Valencia es rescatado el Santo Cáliz de la Ce na relata la entrega del utensilio a las autoridades eclesiásticas, una vez rescatado por el ejército nacional. En -el acto de entrega 'las damas llevaban mantilla. Las mili -cias de Falange ponían una nota de vistosidad con sus uni -formes'.
La última información de la página, recogida bajo el titulo 'Don Francisco Rodriguez Mann' hace referencia a la figura de este académico que tras esconderse durante -veintiocho meses en un pueblecito manchego se encontraba ya en perfeto estado.
Página 4
Análisis formal de la cuarta página
En esta podemos diferenciar dos tipos de informacio maciones, por un lado está la titulada 'Un hecho natural', que ocupa dos columnas a una caida y escrita en cursiva con el objeto de destacar su contenido del resto de las informa ciones de la página. Por otro lado, hay un bloque informatí yo internacional que ocupa lo que queda, rodeando por comple
to la información anterior. Este bloque informativo está
-compuesto por trece ladillos y dos fotografias a una coluen& una de Benito Mussolini y otra del rey Zogú de Albania. El texto de esta segunda información está inserta en la página sin seguir un orden lógico porque el texto no cae debajo -del titular correspondiente, lo cual dificulta enormemente la lectura del contenido.
Análisis de contenido de la cuarta_página
Esta página está dedicada íntegramente a la ocupa ción de Albania por parte de las tropas de Mussolini. El ar ticulo es claramente favorable a la intervención italiana. No sólo defiende su postura sino que se sitda desde la ópti ca de la versión oficial italiana reproduciendo comentarios aparecidos en el periódico 'II Giornale Vltalia'. En 'Un -hecho natural'' se explica que la ocupación no es más que un hecho totalmente natural ya que, segón se expone en el texto 'era necesario defender los intereses italianos que no po -dIera quedar a merced de un tiranuelo'. También se afirmaba en esas flneas que de esta forma el pueblo albanés 'recobra su libertad'. Resulta interesante, tambien señalar cual es el titulo, compuesto por un antetitulo, un titulo y un subtitulo, elegido para este contencioso: 'Otro foco de pertur bación internacional desaparece. El rey ZogO de Albania de' sencadena una agitación antiitaliana y las tropas de Italia ocupan el país para restablecer el orden, la justicia y la
paz. Los albaneses acogen con viva simpatía a la tropas del
Rey-Emperador'.
Este titular ayuda a conocer la linea ideológica del periódico y su opinión en política Internacional. El -resto de la página está ocupada por un bloque informativo, Las noticias son todas breves, en su mayoría servidas por la agencia EFE y están fechadas en Tirana, Roma y Paris. Co mo se ha señalado anteriormente este bloque está compuesto por trece ladillos que son los siguientes:
- 'Frapacerias del rey ¡ogí'
- 'Las tropas italianas entran en Tirana'
- 'Sensación en Paris'
'El ministro de Albania en Roma habla dimitido ha ce trece días'
- 'Moderados y belicistas franceses'
- 'Provocaciones y amenazas'
- 'La aviación arrojó octavillas'
- 'El avance'
- 'El Gobierno huye de Tirana'
- 'Lo que cuentan los repatri anos'
- 'Desmintiendo fantásticas noticias'
- 'Conducta incalificable del rey ZogO'
'Compenetración italo-yugoslava'
Phgina 5
Análisis formal de_ la qu~ntapagIn
La misma está ocupada solamente por una informa -ción de Federico Alcázar titulada 'Vida, pasión y muerte de Pepe el Algabeño'. Destacan dos fotografías del torero y un dibujo del mismo personaje. La publicidad ocupa un espacio considerable, algo menos de la mitad de la pAgine. Uno de los textos publicitarios que se inserta en ella es: 'Queri-
dos clientes y amigos, ¡Arriba España!, ¡Viva Franco!.
Análisis de contenido de la suinta_pájina
El articulo que escribe Federico Alcázar no es -más que un homenaje a un torero, llamado Pepe el Algabeño, que en su día luchó al lado del ejército nacional durante la Guerra Civil y fue 'acribillado a balazos' cuando salía de torear en la plaza de toros de Málaga.
Página 6
Análisis formal de la sexta pájin a
_
'Poemas de la guerra' es el antetitulo de la infor mación 'El Cristo Mutilado', de Luis Fernández Ardavin, que ocupa la totalidad de la página salvo un pequeño espacio de dicado a la publicidad. No hay ninguna fotografía ni grabado que rompa la monotonía del texto, que aparecen a tres ca± das, ocupando las cinco columnas de la página.
Análisis de contenido de la sexta_página
El primer número de la sección 'Poemas de la gue- rra' recoge un poema titulado 'El Cristo Mutilado' escrito por Luis Fernández Ardavin que está dedicado a José Monsalve, que, con arte y paciencia, volvió a unir los restos de un crucifijo de marfil, maltratado por el agua y la tierra,
Trata el tema de la falta de ideal religioso que tenían los comunistas, en contra de la fé que la mayoría -mantenía en que Dios les ayudarla a vencer. Es de destacar también el texto de otro anuncio insertado en esta pagina:
saluda al glorioso Ejército español y a
'E.~.. ) su caudillo. Arriba España!'.
7 Página
Análisis formal de la sé ptlma páji na
Esta es la dedicada al deporte y se compone de la siguiente manera: en la parte superior derecha aparece una información escrita por Rienzi, que ocupa dos columnas a -una caida. Su titulo 'Buenas noches'. Debajo hay una noti -cia titulada 'El portero del equipo nacional es del Tercio' con un antetitulo: 'Para la gloria de España'. Se ilustra -
con la fotografía del portero Eizaguirre.
La siguiente información aparece recogida bajo el titulo genérico de 'los ases' y hace referencia a que 'Cina co no se retira', con una fotografía del jugador a una columna igualmente. En un recuadro se recogen los nombres de algunos jugadores más destacados que se 'encontraban en la zona nacional'. Más abajo. 'Tendremos boxeo en !ladrid' , con el antetitulo 'En breve', a una columna.
En la parte inferior 'Un fenómeno', titulado gene ricamente 'El guipuzcoano Epi'. que ocupa dos columnas a una caida. En la parte superior izquierda hay un articulo -con el titulo 'Al regreso', obra de Sicilia, a dos columnas. 'Bombones y caramelos', es el titulo genérico que sirve pa ra aglutinar cinco noticias breves que van a dos columnas el la parte central izquierda, entre las que destaca la de 'El dondstia ha vuelto a llamarse la Real de San Sebastián ¿ver dad que suena mejor?'. Finalmente, en la página, hay un pie engatillado con una foto de Paulino Uzcundun a dos columnas.
Análisis de contenido de la séptima pájina_
Como se ha indicado anteriormente está dedicada a los deportes, aunque solo se tocan el futbol y el boxeo que eran los que en ese momento interesaban más al público.
La glose titulada 'Buenas Noches', escrita por -Rienzi, destaca en su contenido como principal tema la importancia del reencuentro para todas las personas amantes -del deporte tras la Guerra Civil. De aquí el saludo 'buenas noches' (hay que recordar el carácter nocturno de la publicación) que da el articulista tras su ausencia en los medos de comunicación. El periodista Ches en su información titu.. lada 'El portero del equipo nacional es del Tercio' cuenta la'udacia y valentia' del portero sevillista durante los meses de lucha al lado de Franco aunque fue herido en dos -ocasiones. 'Pero ita, ta, ta?, una herida para un hombre só lo es un estimulo', dice textualmente la misma, también se habla en la página del nuevo fichaje de la Real Sociedad de San Sebastián. el guipuzcoano Epi, que casualmente también luché durante la guerra al lado de Franco,
Asimismo, se destaca que Ciriaco, jugador del Deportivo AlavÉs, 'que huyó de la persecución roja', no se va a retirar a pesar de todos los rumores. En la información -titulada 'Jugadores destacados que se encontraban en la zo na de Franco', aparecen, entre otros nombres, los de Elzagti rre y Ciriaco, Tambien se asegura en esta página que Federi 00 volpini volverá a boxear y que en breve los aficionados tendrán boxeo en Madrid.
En 'Al regreso' el periodista Sicilia entrevista a Joaquín Villena, presidente de la Peña Mariano. Y bajo el
pretexto de uña charla, informa del apoyo al régimen fran -quista de los hombres que la forman y también de que el pre sidente de una de las peñas expulsará a aquellos socios que no se portaron como verdaderos españoles, pues toda la socie dad deportiva debe estar integrada por caballeros que tengan un exacto concepto del honor y del patriotismo, Hay que eliminar del deporte a la chusma'.
Página 8
Análisis formal de la octava página
En principio como se ve tiene un diseño muy poco ortodoxo, ya que los textos informativos aparecen cortados por los anuncios. Como es lógico, su lectura resulta extre madamente difícil. Sólo aparecen tres noticias y una foto' grafía. El resto de la plana está ocupada integramente por publicidad cinematográfica.
Análisis de contenido de la octave_página
La primera Información se titula 'España heroica'
y hace referencia a esta producción de Cifesa que se estre naba ese día 8 de abril, en el cine Avenida.
'Milicia de paz' es el titulo de otra producción cinematográfica que podía verse en el cine Progreso de la capital. Por último, el diario aseguraba que la película -española 'Morena Clara', 'ha entrado con las tropas vencedoras',
Página 9
Análisis formal de la novena página
Lleva como encabezamiento 'Cines y Teatros' y con tiene cinco informaciones relacionadas con el mundo del es pectáculo, tres fotograffas de actrices del momento y cinco anuncios de publicidad.
La primera información, situada en la parte supe rior derecha de la página, se titula 'Sábado de Gloria en los cinematógrafos de Madrid', va a dos columnas cortada -por un anuncio publicitario. Debajo aparece otra noticia -titulada 'Producción nacional', a una columna y luego ten! mos el anuncio de una sección que se desarrollará en números sucesivos y que aparece recogida bajo el epígrafe 'Pre gunte usted lo que quiera', ocupando un espacio mínimo en la parte inferior de la página.
En 'Estrenos', el espacio ocupado es de una colum na central y 'Escenario y saloncillo', es la informaciónmás larga, situada a salida de página, a dos columnas y con una fotografia horizontal también a dos columnas.
Análisis de contenido de la novena página
La información 'Sábado de Gloria en los cinematO despe- grafos de Madrid' está escrita por Rafael Martfnez Gandía y en ella se anuncia que 'se abren nuevamente, previa infección, las puertas de los cinematógrafos'. El autor -asegura que durante el 'periodo rojo' al final de cada licula se interpretaba el himno de Riego, 'más conocido co mo 'La polka del hambre' pero la gente inventaba miles -de excusas con el fin de no tener que cerrar el puño'2 Por otro lado, Rafael Martinez califica a los documentales ro jos de 'Estupendos churros'.
En 'Producción nacional' se realiza una enumeración de las películas elaboradas por el Departamento Nacio nal de Cinematografía todas ellas referidas a la actuación de Franco durante la Guerra Civil.
Con 'Pregunte usted lo que quiera' se abre en el
'!4adrid' una sección en la que se pretende que los lectores puedan hacer todas las cuestiones que deseen relacionadas con el séptimo arte.
libe-
En la información titulada 'Estrenos', escrita -por Rafael Martinez también, se dice que 'el noticiario ci nematográfico es el periodismo expresado en imágenes'. Asi mismo, hace referencia al estreno de la película 'La ración de Madrid', filme que analiza subjetivamente lo que era el Madrid rojo y lo que fue una vez 'liberado por Fran co . 'Escenario y saloncillo' es la óltima información que queda por analizar y se refiere a diversas cuestiones;
- -Asegura que durante la República no se estrenó nada en Madrid, que mereciera la pena.
-
- Resume la visita de Carmen Maz a Madrid.
- -El teatro en verso en 'El Español'.
- -La nueva obra de Eduardo Marquina.
- -El género lírico.
- -La negativa del maestro Alonso de estrenar durante la República, esperando que las tropas de Franco hi-
cieran su aparición en Madrid.
Por último señalar aquí, lo que se escribe en los pies de fotografías:
'Dolores del Rio, la gran actriz cinematográfica, que desde Hollywood ha dado repetidas muestras de su amistad a España'.
'Carmen Diaz. la gran actriz, incorporada al Moví miento Nacional desde el primer día'.
Página 10
Análisis formal de la décima página
uno de los rasgos que más destacan en esta página dedicada a la información local y nacional, como reza en su encabezamiento, es la gran cantidad de publicidad que en ella aparece, casi la mitad de la misma, También es curioso observar el poco espacio que se reserva para la información procedente del resto de las provincias españolas, que apenas es a. dos columnas, a diferencia de lo dedicado a los -aspectos locales.
Hay en ella tres informaciones y un aviso: 'Inte resante para los farmacéuticos'. El resto de la página la componen 'El lunes se reUne la comisión permanente', a una columna, y 'Abastos' igual a una columna.
Análisis de contenido de la décima_página
Lo más destacado de la información 'EL lunes se reune la comisión permanente', que aparece con el antetitu lo 'El gobernador civil visita al alcalde', s su carácter de panfleto, al igual que otras muchas informaciones que -aparecen en el periódico. En 'Abastos' se asegura que mien tras el vecindario pasaba hambre, se encontraron alimentos 'escondidos por los rojos' en diversos almacenes de la capital. Tacmbi4n hace referencia a una convocatoria que realí za eí teniente de alcalde delegado de Abastos a los comer-
ciantes de ultramarinos, así como a la normalidad que se re- gistraba en el Mercado Central de la plaza de la Cebada,
Tras la nota dirigida a los farmacéuticos de la ca pital se pasa a la información del resto de las provincias -españolas y que llevan los siguientes titulares:
- 'Otra expedición de víveres hecha por Burgos'.
- 'La presentación de funcionarios públicos',
- 'Se de Valencia'.
- constituye la nueva Junta de Obras del Puerto
- 'En Zaragoza se efectua un homenaje a los caidos',
- 'La organización de F.E.T, de las J.0,N.S. en Va
- y 1 enc i a',
'La trágica muerte del comandante García Morato'.
Aparte de estas informaciones, reseñar dos textos publicitarios aparecidos en el periódico:
- VIva Franco! ¡Viva el Ejército! ¡Arriba España!
- Saluda al público residente en Madrid con motiyo de la apertura de un establecimiento : ¿Arriba España!, ¡Viva Franco!.
Página II
Análisis formal de la undécima página
Esta página cuenta con un total de cinco informaciones y un pie engatillado. En la parte superior derecha -hay referencias de las noticias que llegaron a la redacción casi al cierre y que son recogidas bajo el titulo de 'Ultima hora', ocupando dos columnas.
Debajo, y tambien a dos columnas 'otras noticias del extranjero', compuesta por cuatro Informaciones, En la parte inferior, a una columna, un comunicado del Gobernador Civil de Madrid. En la parte central hay una información -que lleva por titulo 'Un amigo de España', a una columna, -'Se concede a un Jefe de centuria la Cruz de Mérito Militar' es una pequeña información a dos columnas y bajo la cual es ta una fotografía a tres columnas con pie engatillado, que lleva por titulo 'Un caudillo y un grito'. En la parte supe rior izquierda 'Recuerdos del Madrid rojo', escrita por Sanz Rubio, es la información más extensa de la página y va a dos
Col umn a 5,
Análisis de contenido de la undécima_página
La 'Ultima hora' hace referencia exclusivamente a noticias relacionadas con la ocupación de Albania por las -tropas italianas y el alborozo del pueblo albanés. Tienen -los ladillos: 'Inglaterra se inhibe'. 'Reserva de Rumania', 'Alemania aprueba la acción ital iana' y 'El control del Adrt6 tice'.
- El 'l4adrid' se muestra totalmente de acuerdo con la ocupación italiana y declara que 'la intervención italia na en Albania es absolutamente necesaria para la mayoría del pueblo albanés. La posición italiana en el Mediterr¿neo hace necesario el control del Adriático'.
Se incluyen noticias del extranjero, referidas -principalmente a Francia y Gran Bretaña. En el comunicado -del Gobernador de Madrid, prohibe en su territorio la blasfemia y la difamación de personas,
'Un amigo de España' no es más que una nota de -agradecimiento a Enrique Helfant. agregado comercial de la delegación de Rumanfa en España. ya que durante la guerra -'acogió a centenares de perseguidos por los gobiernos marxls tas'.
Sanz Rubio es el autor de 'Recuerdos del Madrid
-rojo' titulado 'En Porlier tuvimos biblioteca'. Recuerda -cuando estuvo preso en la cárcel instalada en el Colegio Ca lasancio de la calle General Porlier y critica la guerra de libros de Santa Teresa, Fray Luis de León y otros. Lo que quiza's no sabia o no quiso saber este articulista, es que -posteriomente se prohibieron los libros manistas y también todos aquellos que la censura consideraba sediciosos.
La información titulada 'Se concede a un Jefe de Centuria la Cruz del Mérito Militar', fechada en Burgos, es simplemente un extracto del Boletín Oficial del Estado del día anterior,
El pie engatillado titulado 'Un Caudillo y un qn_
to' recoge una fotografía de Diaz Casarlego, que representa
a un joven saludando con su brazo en alto un cartel con la -figura de Franco, situado en uno de los muros exteriores de la Iglesia de los Calatravas,
Página 1=
Análisis formal de la duodécima pá¡ina
En la última vuelve a aparecer la cabecera de pri mera, 'Madrid. Diario de la Noche'. Y tiene seis Informado
nes y dos pies engatillados. La más amplia de todas es 'La Semana Santa en Madrid' que ocupa tres columnas. 'El Gobier no español presta su adhesión al Pacto anticomintern' va a una columna y 'Las tropas ital ianas entran en Scutari' va a dos.
En recuadro, a dos columnas centrales, va el 'Sa- ludo'. En cuanto a las fotografías: Una de ellas, esta in -cluida en la información sobre 'La Semana Santa en Madrid', en el íngulo superior izquierdo, es vertical a dos columnas y recoge la Cruz de los Caldos ante la Puerta de Alcalá. El pie engatillado se titula 'El Altar de los Caídos'. La otra está en el ángulo inferior derecho, apaisada a tres columnas con otro pie engatillado: 'La primera procesión' recoge el Via Crucis del viernes por la tarde,
Por último, una información titulada 'El futuro -Madrid de la nueva España', a dos columnas, en letra cursiva,
Análisis de contenido de la duodécima pájin a
En 'La Semana Santa en Madrid' se reseñan una se- nc de actos propios de la efeméride; como la visita a los monumentos, Via Crucis previstos para el día y siguiente, -misas, cultos, ceremonias, etc.
Tanto 'El Gobierno español presta su adhesión al
Pacto Anticomitern' como 'Las tropas italianas entran en -Scutari' son informaciones muy reducidas, especialmente, es ta última con sólo dos lineas, de cuerpo más grande que el resto del texto de la página. Está fechada en Tirana y vida por la agencia EFE, que según parece es la única cuali ficada legitimamente para dar noticias internacionales, mo lo demuestran algunas consignas transmitidas a los perió
sercodicos.
El 'Saludo' está dedicado al resto de la prensa
-española por parte de la empresa editora del 'Madrid'. En -41 hay dos partes perfectamente diferenciadas:
- De elogio hacia la prensa que se hace en ese
- -momento y de deseo de colaboración informativa.
- Ile denuncia de la prensa republicana y de los
- periodistas que colaboraron con ella.
Este sentimiento es asumido por otros periódicos y por el régimen franquista, dando lugar a la eliminación de la prensa republicana y a la creación de la llamada 'Prensa del Movimiento', que estará perfectamente controlada por el Gobierno, quién será el encargado de autorizar o rechazar -las informaciones a publicar, así como el enfoque informati yo.
tras el comunicado insertado por el Gobierno Civil de Madrid, relativo a las normas generales para salvaconduc tos aparece la última información de este número 1 del dia-
rio 'Madrid' titulada 'El futuro Madrid de la nueva España'.
donde se habla del nuevo Madrid que surge tras ser tomado -por las tropas de Franco: 'Madrid rehabilitado, limpio por dentro y por fuera' -
Respecto a las ilustraciones, decir Que en el pri mer número del Madrid' aparecen quince fotografías y tres -dibujos, la mayoría de pequeño formato.
A continuación, la relación de las personas que -aparecen en las ilustraciones:
Franco (dos veces)
Mussolini
Rey Zogo
Rector de la Universidad Central
Ciriaco (futbolista)
Eizaguirre <futbolista)
Paulino Uzcundun <boxeador)
Pepe el Algabeño (torerol
Estrellita Castro <actriz)
Carmen Diaz (actriz)
Dolores del Rio (actriz)
Procesión del Via Crucis
Apoyo popular a Franco <dos fotos)
Procesión del Cristo Mutilado
Altar a los Caidos
Camiones saliendo al encuentro de las tropas nacio nales
La_publicidad
El elemento fundamental de sustento de toda publi cación periódica es escaso en este primer número. Sólo aparece en seis páginas y suele situarse en la parte baja de las mismas. La publicidad se podía dividir en tres grupos: los avisos, los anuncios de espectáculos y los anuncios ge nerales. Los avisos tratan de advertir al público por ejempío de la pronta apertura o reapertura de una tienda o una entidad bancaria. Los anuncios de especthculos están recogi dos en la página ocho, casi en su totalidad y dan publicidad a las películas y obras de teatro que se exhiben o re presentan respectivamente, en Madrid. Las pellculas anuncia das son casi todas españolas, También se proyecta algún do cumental de la Guerra Civil. Resulta curiosa la politiza -ción de los anuncios generales, la mayoría saluda 'en el año de la Victoria o inserta un ¡Arriba España!', Por ejemplo:
'Ulloa óptico, con cariño y emoción saluda a sus clientes y amigos. ¡Viva España!, ¡Arriba España!'.
En general los anuncios se presentan de manera mo nótona, sin fotografías o dibujos, sólo el nombre escueto de lo que se anuncia, seguido de un saludo franquista, Cuando se anuncia una película, primero se elogia y despuás se indica algunos actores. A esta manera de presentar el anuncio, hay dos excepciones: un anuncio del filme 'La España heréica'
y el de una pasta de dientes: 'Calver
La_ propajanda
Para el diario 'Madrid' los españoles se dividen en buenos y malos, o lo que es lo mismo, en franquistas y -en 'rojos'. Los adjetivos descalificadores se repiten para referirse a los republicanos y las cualidades más nobles se atribuyen a los españoles fieles a Franco. La reconciliación entre los españoles que defiende '~adrid' es bastante peculiar: más bien se trata de una 'conversión' a los valores -morales defendidos desde el poder.
El lenguaje periodístico utilizado es:
- -Como es Franco y qué sentimientos despierta en la población: 'Le profesan veneración un millón de españoles'~ 'De casta arcangélica', 'A él se deben futuros días gloriosos , 'Iniciador de la Cruzada salvadora', etc.
-Los republicanos y la República: 'Los rojos man charon de baba y apezuñaron de sacrilegios las casa del Señor', 'asesinos', 'República sin Dios, Sin Patria, ni Autoridad, monstruo engendrado por el materialismo histórico mer ced a los cobardes complacencias de la hipocresia liberal', 'Cobardes y canallas', 'El marxismo no perdonaba a los buenos españoles y a los grandes creyentes', 'Los niños de los rojos se hacían pis en el cine con la autorización y bene~a cito de sus papás', 'Los rojos comían pipas en el cine', --
'Las pel iculas realizadas por los rojos eran estupendos chu rros', 'Bajo el signo rojo, terror e ineptitud en Madrid', 'Mientras el vecindario pasaba hambre los rojos tenían un -inmenso almacén de víveres y vestuario', 'Carniceros, bárba ros', 'Bolcheviques de segunda mano', 'Abrumaban los gritos de las furias sueltas buscando victimas'. 'Barbarie roja'.
Varios periódicos del momento mostraron su satisfacción por la salida del 'Madrid', con el lenguaje grandilocuente que les caracterizaba y que se aplicaba a todo tiPo de información. EL diario 'Informaciones' publicó el -día 10 de abril de 1,939 en su primera pigina:
'Ha salido Madrid! dirigido por el insigne h..) maestro de periodistas don Juan Pujol, uno de los españoles a quienes el Movimiento glorioso que -acaudi lló el Generailsimo Franco más debe en su -preparación. ¼..) Saludamos gozosamente, brazo -en alto, la aparición del colega y le deseamos lo que ~ara nosotros no tiene duda: largos años de -vida próspera en que a todos aleccione y conduzca dentro de la férrea disciplina de la Nueva España y de la inquebrentable lealtad al Caudillo que to dos practicamos con patriótica intransigencia',
También 'Arriba', órgano oficial de la Falange, se hizo eco del nacimiento del 'Madrid' aunque con menos prodi galidad que el anterior:
'Anoche apareció el nuevo diario de la noche 'Ma'
drid' dirigido por nuestro querido amigo y compa ñero, maestro de periodistas, Juan Pujol. Aspira
este periódico a ser como un espejo en que se refle je la vida entera de la capital de España. Deseamos al nuevo colega los mejores éxitos'.
3,5, Historia del diario 'Madrid
Portavoz de una autorización para fundar un perió
dico, Juan Pujol Martínez (325) llegó a Madrid a raiz de su liberación, Esta autorización era una concesión amistosa de licencla (326) con que le distinguió el Gobierno, al flnali zar la Guerra Civil, por el apoyo de este a 'los nacionales'. Esto implicaba la ocupación de alguna imprenta incautada a 'los rojos' por la prensa del Movimiento y que estuviera Ii bre de propietarios legales. Inmediatamente se pensó en los talleres de 'El Heraldo de Madrid' (327>, este había pertenecido al 'trust' de 'El Imparcial' y 'El Liberal', y de él salieron periodistas tan prestigiosos como Cdsar Gonzdlez -Ruano y Francisco Lucientes.
El 8 de marzo de 1,939 el Jefe del Servicio Nado nal de Prensa comunicaba a don Juan Pujol que el ministro de la Gobernación le aceptaba como director de 'Madrid'. El 31 de marzo del mismo año, otro oficio que firmaba don Manuel -Aznar, Jefe de Prensa de la capital de España, notificaba a Pujol haber acordado poner a su libre disposición los locales, maquinaria y anejos, sitos en el número 7 de la calle
del Turco (hoy, Marqués de Cubas), que fuera testigo del ase sinato del general Prie. 'Cuando el día 1~ de abril fueron ocupados por Pujol. todavía estaba la fachada cubierta de se cos terreros, por lo que, para entrar, había que atravesar -un pasadizo de sacos' (3=8). Un proyectil habla destrozado gran parte de las instalaciones aunque no había afectado a la imprenta,
En un principio, a propuesta de Ramón Serrano Su-
ñer (329) se pensó como nombre para el periódico el de 'Si', pero a pesar de las advertencias que le hicieron de que to dos los periódicos que habían ostentado el nombre de la capital de España hablan fracasado estripitosamente, Juan Pu jol decidió titularle 'Madrid', 'corlo proclamando que la ocupación de la primera capital española, tan codiciada du. rante tres años, había sido el broche de oro de la victoria nacional' (330).
El formato del nuevo periódico estaba condicionado por la maquinaria del antiguo 'Heraldo', es decir, 49 x 35 centímetros distribuidos en cinco columnas, adoptando por -tanto el tamaño tabloide. El número de páginas oscilaba en tre 12 y 16. Desde un principio, se pensó dar a la cabecera cierta personalidad, y para ello se hizo la fotografía de una perspectiva de Madrid, sobre la que se colocaron las letras del título. Posteriormente un arquitecto perfeccioné esta cabecera combinando en un dibujo los edificios -
más característicos de la antigua villa y corte.
El día 8 de abril de 1.939 el diario 'Madrid' ini cia su publicación, como diario de la tarde (331) siendo su primer director, su fundador Juan Pujol Martinez. Este perió dico nuevo se encontró con un régimen de censura previa y consignas obligatorias, que se aplicaba con variable rigor, según las circunstancias, y el arbitrio de las personas que cada momento manejaban la prensa. La situación profesional -se encontraba bajo la Ley de Serrano Suñer de 1.938 (33=1 -según la cual la profesión periodística se convertía en uno de los pilares en que se apoyaba la dictadura. La indepen -dencia de los profesionales no existía, y los periódicos se veian sometidos a publicar una serie de consignas obligatorias variables que marcaba el régimen y a soportar una censura previa de los contenidos informativos a publicar.
Varios periódicos del momento mostraron su satisgrandi- facción por la salida del 'Madrid', con el lenguaje locuente que les caracterizaba y que se aplicaba a todo ti Po de informaciones (333>.
El 23 de diciembre de 3.940 se firmó un contrato de arrendamiento entre la Administración General de la Pren sa del Movimiento, representada por don José Jiménez Rosado, de una parte y don Juan Pujol Martínez, de otra, en calidad de director de 'Madrid'. Se fijaba, en su cliusula tercera,
un precio~ pero integrindolo con dos factores: una cantidad fha mensual y un 'complemento' variable, que consistía en el 33% de los beneficios, antes de pagar impuestos, La enti dad arrendadora Se reservaba la facultad de inspeccionar -cuando y como quisiera la marcha del negocio y la documenta ción contable.
El perlódo de uso de los talleres previo a la fir ma del expresado documento fue también calculado en función del alquiler y, naturalmente satisfecho con puntualidad.
La preeminencia y consolidación del 'Madrid' no tardó y se convirtió en el primer vespertino de la capital en competencia con 'Informaciones' y, más tarde, con 'El Al cazar' y 'Pueblo' (334). El diario 'Madrid' ganaba día a día lectores y mercado, al amparo de su semejanza con el an tiguo 'Heraldo de Madrid', con la cualidad técnica e informativa. y las colaboraciones literarias que permitían aquelías circunstancias. Durante muchos años demostró que el pe riódico más profesional 'se impone sobre el que no lo es.So lo se altera esta situación cuando sobre un diario oficial se vuelcan fabulosas inversiones y subvenciones a fondo per dido' (335>, situación 'normal' bajo un régimen que necesitaba afianzarse, y que encontró en la prensa un importante instrumento de control.
Desde el primer momento el nuevo Estado surgido -
del Alzamiento considera que 'le corresponde la organización, vigilancia, y control de la institución nacional de la pren-
Sa periódica' <336).
Como decimos tuvo el periódico de la antigua calle del Turco mucho éxito. En primer lugar, por su agilidad, en segundo lugar por su carácter madrileño, pues tanto en sus artículos como en sus informaciones prestaban especial atención a Madrid. También el recuerdo de su antecesor 'El Heral do de Madrid' <337) invitaba inconscientemente a la adquisiclón y lectura del 'Madrid',
Por aquel entonces, el periódico fue acusado de co munista. Ignoramos si aquello seria cosa de broma, envidia o exceso de patriotismo, pero había en aquella época de principios de la liberación tal recelo en la capital de España,que la Dirección General de Seguridad recibió una denuncia de que en la cabecera del periódico figuraban las letras U.H.P. (lema comunista que significaba 'Unios, hermanos proletario?. como así era, en efecto: dos de ellas, la II y la P, eran las iniciales del arquitecto que habla diseñado la cabecera y fi guraban en las partes inferior-laterales de la misma. La co sa, naturalmente, se tomó a broma, pero hubo que raspar el -cuché para suprimir las subversivas iniciales del arquitecto.
Con la Negada de la Primera Guerra l'iundial el ~
de septiembre de 1.939, comenzaron las dificultades. La primera de todas ellas y la más importante, fué la crisis del papel, que obí igó inmediatamente a las autoridades a reducir el cupo a las empresas, limitando las tiradas. De este modo, 'Madrid', que venia tirando diariamente a razón de 70.000 -ejemplares de 1=a 16 páginas. empezó a tirar 50.000, a ba se de hoja y media por ejemplar, es decir, de tres páginas con una pestaña (338). Esto, en realidad, no supuso perjui -cio para el lector, sino para la redacción del periódico, ya que tuvo que resumir los textos informativos en apretadas lineas del cuerpo 6, con el fin de recoger lo más sustancial en tan poco espacio. Pero el periódico no perdió lectores, -sino que al contrario, habla tanta demanda que se formaban colas ante los quioscos para adquirir el vespertino.
Con la guerra,también se organizaron los servicios de corresponsalias, enviándose a 'Arti s' a Alemania, a Calde rón Forte a Paris y a Manuel Casares a Washington. El diario 'Madrid' adoptó una actitud de servicio a los designios del Gobierno, con una gran simpatia hacia las potencias del Eje, pero respetando las normas de la más estricta neutralidad.
No dejaba de preocupar, entonces, la idea de que, algún día, habría que suplir el absorvente interés por las noticias de la guerra, previendo la dispersión de lectores -que acarrea todo restablecimiento de la normalidad. Por ello 'Madrid', al igual que 'ABC' amplió su red de corresponsales,
enviando a Londres a Ciriri y Ventallón. a Paris, a Luis -González de Linares, y a Suiza, a Penella de Silva, estos -junto con otros repartidos por los paises americanos dieron al periódico un promedio diario de publicación de seis o -maete crónicas del extranjero.
En 1.947, tras haber pagado regularmente una canti dad por la utilización del edificio de la calle del Turco, -Juan Pujol instaló el periódico en edificio propio. El 16 de junio, salia a la calle el primer número de 'Madrid' editado en la calle General Pardiñas número 9=,propiedad de la fami Ha Pujol.
Las dos columnas de salida de la primera página d4
número 2.550 de '!'ladrtd', lucían en su parte superior la fo tografia de las nuevas instalaciones anunciando que 'desde ayer 'Madrid' se redacta e imprime en el edificio de nueva planta, construido expresamente para sus oficinas y talleres, sito en la calle del General Pardiñas, 92. esquina a Maldona do' (339).
Anuncia igualmente la inaguración para dentro de -pocos días y añade que el edificio había sido proyectado por el arquitecto Antonio Labrada y el ingeniero José quintana, sobre un solar de 15.000 pies y siguiendo el estilo tradicio nal madrileño. La miquina rotativa instalada era suiza, marca 'Winkler' , pesaba 130 toneladas y se componía de seis cuer
pos, cada uno de los cuales imprimía ocho páginas, pudiendo tirar del orden de 80.000 ejemplares de =4páginas a la hora. A finales de junio el vespertino daba cuenta de que 'el sábado fue inagurada la casa donde se edito 'Madrid' ' (340> e insertaba una fotografía de la rotativa a tres columnas.
Al acto de la inaguración asistieron numerosas per tonalidades de la época: el presidente de las Cortes, Esteban Bilbao; el subsecretario de Educación Popular, Luis Ortiz; el director general de Prensa, Tomás Cerro; el obispo auxiliar de la diócesis, Dr. Morcillo; el presidente de la Diputación Provincial, marqués de la Valdavia; el gobernador militar de la zona, Siro Alonso; el teniente general José -Moscardó; el ex-ministro, José Felix de Lequerica; el ex-ministro, Antonio Goicoehea; el presidente de la Asociación de la Prensa, José Maria Alfaro; el director general de Prisiones, señor MIagas; el director de 'ABC', señor Pastor; de 'Arriba', señor Echarri ; de 'Informaciones', señor de la Ser na; de 'Pueblo', señor Aparicio; de 'El Alcázar», señor Casas; de la Agencia EFE, señor Gomez Aparicio y una larga lis ta de nombres (341>.
Juan Pujol estuvo al frente del periódico durante veinte años hasta que en 1.959 cayó enfermo, En 1.960 se ini cian las negociaciones de venta y el 19 de enero de 1.95=, -su hijo, Carlos Pujol, vendió a la sociedad F.A.C.E.S. (Fo -mento de Actividades Culturales, Económicas y Sociales>, la
cabecera, el inmueble y las instalaciones; traspasando a la nueva empresa también el personal con contratos de trabajo por' cuarenta y cinco millones de pesetas.
La entidad compradora extrajo en siete años casi todo el dinero que entregó a los vendedores en los sucesivos pagos que se escalonAron entre 1.962 y 1,965. Desde el comen to de la venta hasta la primavera de 1.966 se puede consid! rar como la segunda etapa de 'Madrid', la etapa de F.A.C.E.S
Los accionistas de F.A.C.E.S. provenían de varios estratos sociales: entre los amigos de Jiménez Millas predo minaban los funcionarios y los militares, entre los de Luis Valls Taberner los empresarios y banqueros, y entre los de Calvo, les universitarios con proyección póblica. Sobre la base de estos mismos estratos fueron perfilándose, dentro y fuera de F.A.C.E.5. . tres claras corrientes políticas (342> que se corresponderian, respectivamente, en la lucha por el poder en el diario 'Madrid', con las actitudes reaccionaria, oportunista e independentista (343>.
La constitución de la sociedad F.A.C.E,S. se precipitó cuando circularon rumores de que, a punto de retirar se Juan Pujol, propietario y director del diario 'Madrid', el vespertino estaba en venta. A la sociedad le interesaba adquirirlo en cuanto que era uno de los periódicos nacionales del momento. Así el 6 de diciembre de 1.961 se constituyó -
la sociedad con un capital de un millón de pesetas, siendo el presidente del Consejo de Administración tuis Valls Taberner y consejero delegado el falangista Alfredo JiménezMi lías.
En enero de 1.962, el Banco Popular, controlado por Valls Taberner, comienza a otorgarle cr4dltos. El dia 19 de enero tiene lugar la compra del diario. A partir de ese momento la historia de la sociedad se ve obsorvida por la del diario, ésta fue de hecho su única actividad.
En la junta general universal de la sociedad de =6de febrero de 1.962, se aumentó el capital a veinticuatro millones de pesetas. Previamente ya se habla procedido a la compra efectiva del 'Madrid. lo que habfa supuesto -la entrega de veinte millones a Juan Pujol. Ahora bien, al disponer la sociedad unicamente de un millón en efectivo -<344>, la cifra restante tuvo que aportarla el grupo del -Banco Popular. Dado, pues, lo anómalo de la situación, el 26 de febrero de 1.962 se amplió el capital, al tiempo que se abrió una suscripción para cubrirlos renunciando los accionistas a su derecho preferente.
A pesar de ello, aunque el número de accionistas aumentó desde esa fecha hasta 1.965. sólo se llegaron a reu nir algo más de tres millones de pesetas. Además de esta -cantidad, capital realmente suscrito, quedaron cubiertos por
el propio 'Madrid' y despues por S.A.F. hasta un total de ocho millones de pesetas, resultando el resto hasta el capi tal escriturado de veinticuatro millones sin suscribir, en contra de los términos en que aparece redactada la escritura de ampliación de capital, y no habiendo en su lugar más que un crédito bancario del Banco popular. Por lo tanto, el señor Luis Taberner, con el pequeño capital desembosaldo de un grupo de amigos suyos (345), unos créditos de su propio banco (345) y un préstamo de una sociedad financiera. asimis mo dependiente de él, tuvo control absoluto de F.A.C.E.S. y con ello del periódico 'Madrid'.
Con la nueva empresa el diario pasó a estar dirigido por Luís Gómez de Linares. La responsabilidad editorial recayó en Jimenez Millas y Lirgoití. y en el Consejo de Admi nistración entraron hombres como e~ marqués de Valdeiglesi~ y Florentino P4rez-Embid.
Desde 1.962 a 1.965, los beneficios proporcionad~ por el periódico se pagaron directamente a Pujol otros vein ticinco millones de pesetas a través de F.A.C.E.5.. En fe brero de 1.963, vencido el plazo de colocación de las accio nes, F.A.C.E.5. , entra en vía muerta, ante la impotencia de Valls taberner, ya que las acciones no hablan sido colocada y tampoco los accionistas se interesaban por éstas. En abril la sociedad tadrid' suscribe nueve mil acciones de rACES, -valoradas en cuatro millones y medio de pesetas.
En un intento de reanimación de la sociedad, fue nombrado para desempeñar un cargo ejecutivo Aristóbulo de -Juan, un hombre del Sanco Popular. Pero él periódico comenzó a decaer progresivamente, perdiendo puestos entre los de la capital (347). En 1.964, algunos miembros del grupo del Banco Popular, visto el tono reaccionario del periódico,pre sionaron para que se cambiase el rumbo del 'Madrid'. El pre sidente de FACES estableció entonces un compromiso: aumentó en el Consejo de Administración del periódico los no falangistas y colocó en la vicepresidencia a un hombre de significación tan liberal como José Nicolas de ljrgoitl, (348). -Sin embargo, esta mezcolanza no dió mejor resultado y así, a comienzos de 1.966, Urgoití dimitió aconsejando la venta del periódico, pues en su opinión, para hacer frente a la competencia de 'Pueblo y 'El Alcázar', seria necesario invertir alrededor de doscientos miflones de pesetas a fin de poder disponer de talleres modernos. Se estaba entonces, -además, ante un peligro grave Que podr¶a sobrevenir inmedia tamente: el abandono de la publicidad, con lo que el déficit Que amenazaba ya en 1.966, podría llegar a ser considerable (349)
En septiembre de 1.964, firmaba un convenio de fi nanciación entre S.A.F. (del grupo del Banco Popular) y la sociedad FACES, de efectos retroactivos. A través de él, y hasta 1.970. el grupo financiero descapital izaria el diario 'Madrid'.
Lin año más tarde, en 1.965, SAF suschb¶a 450 ac-
Ciones, valoradas en 225.000 pesetas, a traves de personas dependientes de Luis Valls Taberner.
Ya desde 1.963 se comenzaron a vislumbrar proble- mas internos en la sociedad: los falangistas desconfiaban -de Valls Taberner que era el poseedor del control económico sobre el periódico. La situación de FACES en 1.966 consti -tula un fracaso como empresa; la sociedad 'Madrid', empresa editorial cuyas acciones eran todas propiedad de FACES, habla sido económicamente erosionada al imponersele desde esa sociedad de FACES la carga de costear con los beneficios de diario el pago a Pujol, más los gastos financieros de unas operaciones de crédito (350).
FACES habla sido asistida en la compra por el leen donado crédito del Banco Popular, que más tarde se sustitu yó por el préstamo otorgado por SAE, filial del mencionado banco. Este préstamo pagaba un elevado interés y fue acompa ñado de otras condiciones que aseguraban a la financiera SAE una participación directa y ciertamente cuantiosa en los be neficios del diario.
La estructura del capital en abril de 1.966 era la siguiente: 16.000 acciones de 500 pesetas cada una estaban -repartidas entre el 'Madrid', propietario de 9.000 y accionistas individuales a los que pertenecían las otras 7.000;
quedando en cartera, pendientes de suscripción otras 32.000 adqui- que los antiguos accionistas no estaban dispuestos a nr.
Dada la situación, José Nicolas de Urgoiti dimitió como vicepresidente, temiendo que el periódico se hundiera -en sus manos ante las fuertes inversiones en instalaciones -informativas y papel que hablan hecho 'Ptjeblo y 'El Alcáza?! Opinaba que éstas eran necesarias en el 'Madrid'. y al no -ser viables aconseló la venta de periódico. Se habla producido producido el abandono de la publicidad, con lo que el déficit amenazaba con ser considerable.
Ante el triple fracaso: empresarial, político y periodístico; Valls Taberner, presidente y con la posición acreedora en SAF, decidió vender. El 28 de abril se discute la venta del periódico, contra la oposición de Salvador Serrats, figura defensora de las ideas que hablan dado vida a la sociedad.
La idea de Calvo Serer era la de transformar el
-'~ladrid' en un periódico tipo 'Cornbat' de Paris: dar opción a los accionistas para Que suscribiesen el capital.
Aquellos que quisieron comprar el periódico fueron
Antonio García Trevijano, quien era apoyado por Rafael Calvo Serer; y el ministro Federico Silva, apoyado por Gonzalo Fer
nández de la Mora. García Trevijano opinaba que las instala clones y medios materiales que se tenlan eran suficientes -para sal ir adelante si se adoptaba un buen criterio empresa rial y periodístico; no era necesaria la inversión proyecta da por Urgoiti, proyecto de grandes instalaciones, semejante a Rotopress y que representaba entre 200 o 300 millones de costo.
- El acuerdo con García Trevijano se hizo imposible debido a las dos condiciones impuestas por FACES:
- A) Compartir el poder político sobre el periódico entre el comprador de la sociedad 'Madrid', García trevijano, y FACES.
- E
- Adoptar como plataforma ideológica un llamado 'Programa FACES' (351), que había sido sometido en una Junta general y cuyo principal redactor fue Hermenegildo Altozano.
La oferta de Silva se estrelló, principalmente, -por la oposición de Perez-Embid, entonces consejero del 'Ma drid', por considerar discriminatorias las condiciones que establecía para seleccionar los órganos de gobierno de la nueva empresa. En el mes de mayo SM compró a la sociedad -'Madrid' sus 9.000 acciones de FACES, que repartió entre -personas dependientes de Valls Taberner. Calvo Serer empieza a ocuparse directamente de los asuntos del 'Madrid' al aceptar la junta general universal la dimisión de Jimenez-
Sillas como presidente del Consejo de Administración. Se -constituye la Comisión de Prensa presidida por ~afaelCalvo Serer. en julio el consejo de Administración lo nombra -presidente, siendo ratificado por la junta general universal el 13 de octubre de 1.966
La opción de Calvo Serer, suscriptor de las 32.000 acciones que seguían en cartera, asesorado por García Trevi jano y con el apóyo de otros amigos y asociados políticos, dispuestos a colaborar profesional y económicamente con él, constituye el punto de partida de la nueva etapa del pe riódico 'Madrid'.
La etapa independiente se inicia con el cambio de director, ahora seria Miner Otan,endi , mientras se mantenía al mismo consejero delegado. Calvo Serer se ocupó de revita talizar el diario. la mencionada, Comisión de Prensa ayudó a Calvo Serer en su trabajo. Esta última etapa del 'Madrid durará cinco años, desde 1.956 a 1.971, y estuvo marcada -por graves conflictos con la Administración. En ella sufrió por razones políticas cerca de veinte expedientes admini~ra tivos, con un total de multas que ascendieron a más de un millón de pesetas. Fue objeto de dos secuestros y de dos sus pensiones sucesivas acordadas por el Gobierno, de cuatro me ses en total. Los cierres supusieron unas pérdidas aproxima das de veinte millones de pesetas. El primer articulo polént co seria el titulado ~¿HabráJefe de Gobierno? (35=).
A, finales de noviembre de 1.966 el 'Nadrid' lanza una campaña a favor de la interpretación aperturista de la Ley Orgánica (353) y es el Único periódico que no responde 'si' al referéndum para la aprobación de la Ley Orgánica -del Estado celebrado el 14 de diciembre (354).
En diciembre, un grupo de falangistas, integrado pOr algunos accionistas de FACES y otras personas ajenas a la sociedad. bajo la inspiración de Luis Valero Berrfiej~ (355) y con el apoyo de los ministros Solis y Fraga, obtuvo cré ditos de 14 millones de pesetas para quedarse con la mayoría de la sociedad propietaria del periódico. Pero Calvo Serer habla suscrito los dos tercios de las acciones, advertido de de las intenciones de los falangistas por Fernández de la 'lo ra, mediante un préstamo que le facilitó la propia SAF, con el que se repusieron los dieciseis millones que le había a~ lantado pocos días antes el Banco Europeo de Negocios.
El 'Madrid' se planteé en esta etapa la lucha por su independencia frente a los intereses de monopolio o exclu sión de otras posiciones políticas y al talante dictatorial del Gobierno. En este momento el estallido de incidentes en la universidad impidió seguir por el camino del análisis de la política económica, que poco antes hablan emprendido. Gon anterioridad, los líderes de las Comisiones Obreras, Marcefl no Camacho y Martinea Conde visitaron al presidente del periódico. Hablan comprobado -dijeron-alo largo de los cua
tro últimos meses una línea política democrática que hécian suya, y querían aportar a ella la problemática de los traba jadores (3561.
Sin embargo tampoco se pudo ir muy lejos en el a,á lisis de los problemas universitarios. Un editorial de 'Madrid' publicado el lunes 30 de enero de 1.967, titulado 'La protesta no es siempre moralmente condenable <357) estuvo a punto de motivar el secuestro del diario. 'Por fortuna Fra ga se hallaba ausente con motivo de un viaje a Oriente Medio y Lora Tamayo, encargado en aquellos momentos de la cartera de Información, no se atrevió a aplicar una medida tan dura. Pero el articulo dió lugar, no obstante, a la primera quere lía criminal' (358).
En estos momentos Calvo Serer estuvo a punto de
-abandonar temporalmente. Los editoriales los realizaba en colaboración con José Luis Souto <359) solamente. Además la competencia con el otro vespertino 'EJ Alcázar' era fuerte. El consejero delegado, Silvestre Arana tampoco era muy opti mista respecto al porvenir del periódico. Por otra parte, ~ planteé una nueva tensión con Florentino Pérez-Embid, que -desde septiembre se encontraba molesto porque no se había -contado con él en la operación del 'Madrid' independiente.
Aunque José Maria Arana se mostraba favorable a ayudar al ~Madrid' ; Fernández de la Mora lo encontraba justi
ficado; Luis Valls, por su parte, permanecía en el más es tricto mutismo. Silvestre Arana no hizo otra cosa que repetir argumentos pesimistas: 'el periódico estaba mal hecho, ~.1iner Otamendi no servia, la tirada bajaba'. Sin embargo, -se hablaba del aumento de la venta, lo que hizo elevar las tarifas de publicidad.
En este terreno, la experiencia de cinco meses nos traba al presidente que habla acertado en la fórmula. La ha bla discutido con viejos y experimentados y también noveles periodistas: se trataba de hacer un periódico diferente a -los demás, pues era inutil pretender competir con los diarios populares, que funcionaban sobre la base de un verdadero ~s pilfarro económico perdiendo anualmente millones, como suce día con 'El Alcázar' y con 'Pueblo'.
El día 1 de marzo de 1.967 P¿rez-Embld se entrevis tó con Manuel Fraga, ministro de Información que le transmi tió un ultimatum: si Calvo continuaba manteniendo aquella -actitud en el periódico no se detendría hasta acabar con él. El presidente del 'Madrid' vió al ministro y le expuso cual era su intención y sus planes. Ante el previsible choque ca, el Gobierno, adoptó la determinación de eliminar toda posibilidad de ficción no hablando para nada en la página edito rial de los asuntos españoles. Sin embargo, Fraga le dijo -que había llegado el momento de que el 'Madrid' hablase de asuntos españoles. A partir de entonces, al igual que otros
periódicos, como 'ABC», el 'Madrid' se dispuso a hablar sobre las leyes políticas que el Gobierno tenía entre manos.
Miner Otamendi estaba reteniendo editoriales contra el régimen y paralizando a Calvo Serer, pero su actitud ya no importaba demasiado habiéndose acordado el nombramien to de Antonio Fontán como consejero delegado encargado de los asuntos de la redacción. Dicho acuerdo se le comunicó a Miner a la vez que se le propuso una colaboración directa -con Fontán, pues así lo requería el estado del perlódico.Pe ro antes del comienzo de la actuación de éste, que forzosamente habla de influir en el director, al tanto que podría ser sustituido, surgió un nuevo y grave incidente con el Mi nisterio: la segunda querella criminal con ocasión de la pu blicación de un editorial> el 30 de marzo> titulado, 'Falta de información' (360), relativo a la reforma de algunos artí culos del Código Penal que venia a reforzar el rigor de la ley de prensa, toda vez que al suprimirse la tipicidad del delito se dejaba a los periodistas en manos de una fiscalia pol it izada.
Poco antes de que Antonio Fontán sustituyese como el director a Miner Otamendi, aparecieron dos editoriales, uno que trataba sobre la pol tuca internacional española, que Gobierno presentaba como aperturista en abierta contradic -ción con el endurecimiento de la política interior, y otro titulado 'Un proyecto que ha causado extrañeza', referente
a la Ley Orgánica del Movimiento <361> y que fue Solís quien se puso en acción. Manuel Fraga se dispuso a acabar con el 'Madrid'. Se dijo que habla hecho desaparecer el expediente administrativo abierto contra el director, para, en su lu -gar, ordenar una inspección en la contabilidad del periódico. Al tener conocimiento de esta iniciativa, Calvo Serer -se decidió a dar una solución final al caso Miner, de quien sabia con seguridad que estaba al habla con la Dirección Ge neral de Prensa. El presidente del 'Madrid' le hizo ver lo inaceptable de su negativa a la inserción de editoriales ya que ninguna responsabilidad recaía sobre él. Miner se dedicaba a ganar tiempo. Pero así y todo planteó su problema di ciendo que tenía que tomar una decisión porque, o la empres precindia de sus servicios por negarse a dar editoriales o el Ministerio lo expulsaría por publicarlos,
El sábado 15 de abril de 1.967, lliner fue dado de baja para nombrarse nuevo director a Antonio Fontán. Calvo Serer volvió a entrevistrarse con Fraga Iribarne a quien in formó de que había prescindido de Mines, tras advertir que sus servicios eran desfavorables para el periódico. Fraga -se refiró entonces a la orden de inspección sosteniendo que la había firmado porque 'Madrid> estaba contra el régimen, a lo cual Calvo contestó, alzando la voz, que no era verdad y cuando Fraga, también con violencia, le recordo que el mi nistro era él. Calvo, con un golpe sobre la mesa concluyó 'Ya lo sé, pero que decida el Jefe de Estado'. Añadió que -
au- en la última conversación <362> el había dicho que quería -ver a Franco y que él le habla retarsado la petición de diencia (3631.
Ante esta apelación, Fraga cambió súbitamente ad9 tando un tono conciliador. El ministro le propuso de nuevo un pacto sobre el que debían guardar secreto. Como prueba -de buena té suspendía la inspección, pero quería que tambim Calvo se abstuviese de toda iniciativa en el periódico. Ese mismo día, además, demandarla la aplazada audiencia con el Jefe del Estado, solicitud que él mismo apoyarla (364).
Poco despues Calvo recibió un mensaje del ministro de Información a través de Fernández de la Mora, en el que le participaba de que Franco no quería recibirle. Finalmente a principios de mayo se celebró la entrevista.
En junio se produjo la destitución de los conseje ros Serrats y marqués de Valdeiglesias por entablar junto -con los falangistas un pleito contra Calvo Serer. en el que solicitaban la anulación de sus suscripción de 26 de diciem bre de 1.166.
Para Fontán era evidente que el prestigio del 'Ma drid' se debía a los editoriales de la página tres, que apa rocían unas peces sin firma, otras con ella (365~ Estos fue ron los que se encargaron de hacer sentir a la opinión públi
ca una nueva forma de hacer periodismo critico. Calvo Serer con un grupo importante de colaboradores como Miguel Angel -Gozalo. Juan Ferrando, Jose Maria Cesantes, Joaquín Bardavio Jose Luis Souto, y un largo etcétera de intelectuales, convirtió al 'Madrid' en una tribuna de opinión desde la que -se atacaron los males del sistema dictatorial.
Durante el verano de 1.967, y gracias a tantas pre visiones, no hubo ya complicación alguna con Fraga. Este cre yó que el nuevo año oficial se desarrollaría dentro de la -mayor arnomia. En este sentido se expresó, a primeros de septiembre, cuando invitó a Calvo y a Fontán, al igual que habla hecho con los directivos de todos los periódicos. Pe ro unos días más tarde el ministro llamó a Fontán para quejarse de un editorial que trataba de Cambó y el regional ismo catalán. Poco despues Fraga comenzó de nuevo su hosti Iidad contra el 'Madrid' enviando notas de tipo policiaco a Luis Valls sobre el apoyo que el 'Madrid' prestaba a las Co misiones Obreras, insinuando la existencia de maniobras co munistas en el periódico.
El 17 de noviembre de 1.967 dió un discurso Frana, con el que se abrió la nueva legislatura de las Cortes. La aparición en púbí ico del ceneral tuvo particular interés po' los rumores que corrían sobre su estado de salud (366). Fo tán, en su calidad de director de 'Madrid' presenció la sesión de las Cortes y escuchó en el discurso como se polemí-
zaba con los editoriales del periódico, destacando en él dos puntos fundamentales. Por un lado, el régjmen se declaraba constituido en Estado de Derecho, pero con su organización política propia, que no tenía por que coincidir con la demo cracia de partidos. Por otro, se especificaba la alineación de España con los paises que estaban a la cabeza de la evolución política del mundo, entre los que Franco citó a los siguientes: Argentina. Brasil. Portugal, Grecia, Pakistán e indonesia <267).
El sábado 18 de noviembre de 1.967 se recibió en el periódico un oficio del ministerio de Información comuni cando que el lunes día 20 a las diez de la mañana, se proce derla a la inspección de la contabilidad (368). El abogado del periódico Antonio Garcia-Trevijano decidió negarse a la inspección, pues consideraba que se habla ordenado incurrien do en un claro abuso de poder. A primera hora del lunes, se presentó en el ministerio de Información un escrito del pre sidente de: 'Madrid' a la vez que se mandaba una carta al ministro y otra al vicepresidente del Gobierno. A Fraga la recordó que habla roto el pacto y a Carrero le denunció el trato discriminatorio de que era objeto el periódico, someti do a una persecución obsesiva.
El oficio había sido cursado mal, pues se habían limitado a cambiar la fecha del redactado en abril, olvidan dose e lo prescrito en la ley. La inspección en el periódiw
sólo derivó en la felicitación por los inspectores debido a la eficaz administración. En FACES se encontraron algunas -cosas que parecían extrañas pero sin importancia; se suponía la existencia de un déficit y se quería saber quien lo sufffi gaba; pero el déficit no existía y también encontraron que Calvo Serer no figuraba en nómina.
A la semana siguiente apareció un editorial titulado 'El país no está para arbitristas' (369) que fue sancio nado con cincuenta mil pesetas y falta grave para el director. Calvo Serer se entrevistó con el ministro López Bravo a quien expuso que el 'Madrid' era objeto de una doble discriminación política y sectaria. El ministro se interesó por saber cual era el plan del diario, a lo que Calvo contestó: 'Construir, sobre la base de la legalidad existente, un Estado de Derecho que introdujese la democracia de los paises que estaban a la cabeza del mundo libre' (270). López Bravo afirmó que podían contar con él para la realización de ese programa, pero pidió que le ignorasen en el periódico, pues nunca se había hablado de Él, y le prometió su apoyo ante -Fraga.
A primeros de diciembre, Fraga hizo un 'ultimatum'
para los responsables del 'Madrid' . El día 15 de este mes se reunieron en un almuerzo los hermanos Valls, Rafael Calvo Antonio Fontán, Antonio Garcla-Trevijano y Manuel Fraga que advirtió que si se trataban en el periódico temas como: la
legalidad del lE de julio, los partidos políticos, el Merca do ComÚn y el orden público, cerrarla el periódico durante -dos meses. En enero de 1.958 era palpable la intención de cerrar el 'Madrid' y que la orden no venta de Fraga, sino -de más arriba e iba contra todas las publicaciones que no se sometiesen, lo que de hecho equivalia al restablecimiento de la censura.
Enero y febrero transcurrieron sin que hubiese más incidente que la constante sensación de tener encima la vigilancia del Ministerio. Mientras siguieron acumulándose -los expedientes y las multas. En los medios periodísticos -se daba por imposible lo que 'Madrid'> que no era otra cosa que mantener su independencia y aplicar la ley de prensa. -Durante tres meses se intentó evitar fricciones con el ministerio de Información que se producían por las noticias más insignificantes, Antonio Fotán actuaba a tal fIn como -censor interior del periódico. La hostilidad provenía de los medios del régimen; del Gobierno, de la falange y de los sindicatos. El 4 de marzo de 1.968 Fraga afirmaba 'Yo soy -consciente del daño internacional y nacional que me haría -el cierre del periódico 'Madrid' (371). Ante esta situa -ción, a primeros de mayo, Calvo Serer decidió preparar una nueva congelación del periódico (372), aunque de vez en c~n do se publicasen noticias con garra que mantuviesen el inte rés. En Paris se estaban registrando unos garves indicantes.
La policía había lanzado gases contra los manifestantes y -se hablan producido muchos heridos, por lo que la ola de pro testa se habla generalizado.
El día 3D de mayo se le comunicó al director. Antonio Fontán (373> que el periódico publicaba un articulo -de rutina, dedicado a De Gaulle (374), con unos párrafos fi nales referentes a España. Por la noche el diario era secus trado por inspectores del ministerio de Interior, bajo el pretexto de que se había distribuido antes de la hora fija~ por la ley. La orden de cierre se dió alrededor de las doce de la mañana del día siguiente. El Gobierno cerraba el vespertino por dom meses, empleando un procedimiento tal que -forzosamente hablan de convertirse en cuatro. La suspensión primera del Consejo de Ministros tuvo lugar el 31 de mayo y la secunda el 26 de Julio.
La condena se basaba en la acusación de doble in- tencionalidad. El acta aprobada por el Consejo de Ministros especificaba que el articulo del 3D de mayo se debía leer -poniendo Franco donde se leía De Gaulle y España donde se -mencionaba Francia. El 31 de mayo se imprimieron cien mil -ejemplares. Con medios inferiores a la competencia estaba ganando público y publicidad. El tMadrid' habla alcanzada -la máxima tirada y los mayores beneficios atenie'ndose a las dos leyes infalibles en la historia del periodismo: cuesta mucho levantar un diario, pero hundirle también y un perió-
dico que sufre persecución por ser independiente cuenta ~em pre con un público fiel.
lina vez decretado ej cierre del periódico se trató de encontrar el modo de sobrevivir durante cuatro meses. El primer problema radicaba en disponer de los fondos necesanos para pagar las nóminas. Efectivamente el 'Madrid' te nia fondos suficientes para resistir> alrededor de siete mi llones de ganancias en los últimos dos años y diez millones de créditos sin utilizar.
Resuelta la resistencia económica, se iniciaron -las negociaciones y contactos tendentes a conseguir la reapertura del periódico, que darían su resultado en un impulso final a primeros de septiembre. Anteriormente en junio, se dijo que Fraga pedía la dimisión de Calvo y Fontán como condición indispensable para la reapertura. También se estu dió una oferta de compra del 'Madrid' que el notario Bérgano habla hecho en nombre de unos clientes, ofreciendo el pa go inmediato de veinte millones y de otros tantos en varios plazos; por su parte, el 'Madrid' se comprometía a reducir a la mitad las nóminas de redactores, empleados y obreros.Esta fue inaceptada.
Rafael Calvo Serer fue procesado en julio de t968
por el juez Mariscal de Gante, cabía la existencia del deli to por haber difundido una información que por la situación
del país vecino, podía ser peligroso para el orden público e incluso para la seguridad del Estado.
La reaparición del 'Madrid>, con calvo y Fontán -al frente, cumplida la sanción impuesta por el Consejo de Ministros, era asunto que dependía del Gobierno, de Carrero y en dítima instancia del ¿efe del Estado. La defensa tuvo varias fases: prinero Calvo escribió a Franco y a Carrero -adjuntándoles una nota sobre el comportamiento del ministro de Interior con la prensa, en ésta se decía que en vez de garantizar la libertad, lo que hacia era coartarla, violando su propia ley; segundo, se dirigió a los ministros, a ex cepción de la minoria falangista (275), exponiendo la situa ción y alegando razones en favor de la reapertura del 'Ma -drid' y tercero, en septiembre escribió al propio Fraga. Es te, el 9 de septiembre, comunicó de oficio al presidente del Consejo de Administración del 'Madrid' que había dado traslado de la carta al fiscal del Tribunal Supremo. por incu -rrir en posible del ito de desacato.
Nicolás Franco juzgó que la situación habla cambia do a favor del diario; la crisis en el régimen podía consti tuir el final de Fraga. ya que Carrero aprovecharla para gas tarlo pollticamentey envió una carta al vicepresidente soli citando que recibiese a Serer. Esta entrevista tuvo lugar mi San Sebastián, donde tendría lugar el Consejo de Ministros.
Miguel Angel Aguilar entregó al secretario general técnico de la Presidencia una carta de Calvo, junto a la de Nicolás Franco y una nota sobre una nueva amenaza de cierre al vicepresidente, quien inmediatamente mando llamar a Calyo que se encontraba en el mismo hotel. El vicepresidente -le dijo a Calvo que le pediría a Fraga que lo recibiese y si no lo hacia que él escribiese al Caudillo. Mi en el Consejo de Ministros de San Sebastián del día 13 ni en el del 2? en el Pardo se mencionó el tema del 'Madrid'. El lunes día 3D de septiembre. transcurridos los cuatro meses de suspensión reaparecería el 'Madrid'.
Durante el verano del cierre, Valls Taberner ado= tó la postura de vender el diario. Silvestre Arana, conseje ro delegado que sustituía a Valls como presidente, llegó a negociar la venta del 'Madrid' a 'La Vanguardia'> de Barcelo na con conocimiento de Valls y a espaldas de Calvo. A prime ros de noviembre, Valls le anuncié a Calvo que Fraga no le permitirfa la continuación al frente del periódico, y en es te sentido le mostró una comunicación del Ministerio sobre la inscripción en el registro oficial que el 'Madrid' tenía aún pendiente.
¿alís expuso en el consejo de FACES su deseo de -que Calvo y Fontán abandonaran el diario. En tales circunstancias, el presidente temió verse obligado a ejercer sus t rechos como accionista mayoritario.
Calvo Serer propuso el 13 de noviembre a Sebasti¿n Auger como consejero delegado del periódico. Ante la propues ta de Calvo y la consiguiente congelación del 'Madrid', para evitar conflictos con el ministerio. Valls puso en duda el buen trabajo del nuevo consejero. El día 2 de diciembre en el Consejo de FACES se produjeron una serie de sorpresas. El Consejo no llegó a tomar ningún acuerdo y Silvestre Arana -adopté una actitud de triunfador.
En vista de tal situación, al día siguiente, Calvo le habló a Auger en el sentido de que la única fórmula viable en aquellos momentos era la aceptación del memorándum -con el que, en principio, estaban también conformes Valls y el propio Auger: a áste se le confiaba plenamente la gestión empresarial mientras se acentuaba el car~cter informativo -del periódico y se reducia temporalmente su carácter de órga no de opinión (376).
En el siguiente Consejo del 9 de diciembre, Auger fue nombrado consejero delegado con plenos poderes y el periódico quedaría 'congelado', según se hacia constar en una acta especial. El presidente de FACES se negó a firmaría. pe ro Jose' María ~amón quedó autorizado para formal izar acuerdos.
En las cinco primeras semanas de la reaparición
-del periódico, Calvo Serer actuó como corresponsal en Esta -
dos Unidos. Cuando regresó encontró que en círculos gubernamentales se hablan interpretado algunas de sus crónicas como medio indirecto de hablar de política española (377). Cuando se produjo la proclamación del estado de excepción el =4 de enero de 1.969, ante la dificultad del hablar de temas vivos en el periódico, Calvo Serer decidió dejar de escribir. A la misma presión estaba sometido el directorAntonio Fontán so bre el que pesaban ya tres expedientes que el ministerio habla calificado de graves (378); también sobre el subdirector, Miguel Angel Gozalo, pesaba una querella criminal (379). Por todo lo anterior, no cabía otra solución que la de extremar el cuidado en la >congelación'. es decir, evitar todo comenteno que pudiera molestar al Gobierno y, por el contrario, acentuar la objetividad de la información.
La labor periodística en el diario era perturbada por constantes llamadas del ministerio, o la incoacción de expedientes por pequeñas faltas que se toleraban a otros dia nos. No obstante, en mayo de 1.969, cinco meses despuás de la toma de posesión del nuevo consejero delegado, la marcha de la empresa obtenía buenos resultados. Se había estabilizedo la tirada y había aumentado la publicidad, por tanto, -lós beneficios eran mayores y se hablan absorvido las pérdidas del cierre. Calvo Serer puso dos condiciones para que el diario permaneciera en el mismo estado. Que económicamente -fuese viable y que no adulase al poder; no pudiendo exponer su opinión con libertad debía callanse, pues los motivos de
su silencio eran sobradamente conocidos. Lo cierto es que es ta segunda condición hacia posible la primera, porque de este modo el 'Madrid' seguía siendo diferente y mantendría un público fiel. El prestigio era también lo que aseguraba la -publicidad. La operación, en conjunto, ofrecía buenas perspectivas. Por otra parte, este planteamineto se vera favorecido al desaparecer practicamente la competencia de 'El Alca zar', lo que por si sólo valía tanto como las pérdidas sufri das (3801.
El 21 de julio apareció el editorial 'Ante las Cor tes del 22 de julio' (381) que irritó profundamente a Fraga (382) por ser el único de la prensa a favor del Conde de Bar ceína en relación con la sucesión a la Jefatura del Estado. En este verano Valls escribió a Calvo manifestíndole su deseo de que abandonara el diario. Aludió a un supuesto mandaLo de tres que habla sido otorgado el 28 de mayo de 1.966 por los asistentes a una reunión. El banquero del Popular apeló a la conciencia de Calvo, ya que no planteaba la cuestión en el terreno legal. En base a aquel mandato, proseguía la carta, en diciembre de 1.966 se le facilitaron dieciseis millones, depositando así en Él una confianza a la que no podía -faltar. La alianza entre Calvo y Valls se rompe con la brusca designación del sucesor.
En el verano le 1.969 habla surgido el caso 'Mate-
La' que enfrentaba a falangi stas y tecnócratas y acabó con -
triunfo de los segundos encabezados por Laureano l~ez Rodó' (383). El 24 de octubre de 1.969 se forma el llamado Gobier no ~monocolor» y salen los falangistas Fraga y Solís, y en tra como ministro de Información Alfredo Sánchez Bella y predomina la línea Carrero-López Rodó.
El 24 de octubre de 1.970, el presidente y el sub director del periódico comparecieron ante el Tribunal de Or den Púbí ico por el articulo 'Retirarse a tiempo. No al general De Gaulle', A primeros de noviembre se dió a conocer la sentencia absolutoria.
Un observador imparcial de la política española co mentó que tras el nombramiento del príncipe Juan Carlos como sucesor Comenzaba el periodo más difi'cil para la supervivencia del 'Madrid'. Porque los ataques no vendrían ya de los falangistas Fraga y Solís, sino de quienes aparentemente es taban más cerca: los monárquicos que hablan abandonado al -Conde de Barcelona <384>.
La lucha definitiva por el control del periódico la inició abiertamente Luis Valls Taberner con su carta de 7 de agosto de 1.969, en la que venia a pedir la dimisión de Calvo aduciendo razones económicas y políticas. En este mo -mento se puede decir que comienza la última etapa del diario. A principios de febrero de 1.970 se corrió ol rumor de que -el Gobierno había acordado el cierre definitivo del periódi-
co en una de las reuniones anteriores al Consejo de Ministros a la que no habla asistido Sánchez Bella. Este le dijo a Carrero que el periódico no podía cerrarse si no era de acuerdo con la ley y abriendo un expediente. Por lo que se abrie ron varios expedientes pero ninguno daba motivo para sanción grave ni para el cierre. De ah! que se optase por la vía di recta de apremiar a la empresa, si bien en este caso tal ini ciativa resultaba más complicada, dada la lucha existente en el interior de la sociedad propietaria, FACES, entre el sector mayoritario y los dos minoritarios de los accionistas, -los falangistas y el grupo Valls, apoyado este por los tecnÓ cratas.
El acontecimiento que puso de manifiesto la honda discrepancia existente entre los partidarios de Rafael Calvo y Luis Valls. en la disputa por el control del 'Madrid' fue lo sucedido en relación con la fustrada reunión del Consejo de Administración de FACES, el 26 de mayo de 1.970. El acta levantada al efecto por el notario José Luis Martínez Gil re cogió unas palabras del banquero en las que en contra de las afirmaciones de los presentes, niega el hecho mismo de la -reunión del Consejo.
A través de una comunicación de Langreo, secretario de FACES, se convocó para el día 26 de mayo de 1970 reunión de Consejo, habiendo sido invitadO, según la citación. a un almuerzo previo a Luis Valls. Fracasados dos intentos de reu
nir el Consejo de Administración por falta de quorum desde -que Calvo, el 14 de abril de 1.970, había solicitado una jun ta general extraordinaria, este tercer intento iba a revestir una particular importancia. Por lo pronto, de los siete consejeros, tres -Silvestre Arana Recalde, Jesus Silva Porto y Rodolfo Bacharat Hessno reconocían a Calvo la titulandad de Is acciones, mientras que otros -Pedro Moreno, Gabriel Navarro Rincón, Nicoles Franco y Pascual de Pobilestaban -de acuero con su posición, quedando al margen el séptimo con sejero, Faustino García Moncó. Sabiendo que Luis Velero esta ba invitado, los consejeros favorables a Calvo decidieron in vitarle. A la hora marcada por la citación se encontraron -los cinco mencionados en la Case de Suecia, a donde no tarda ron en acudir Luis Valls y Silvestre Arana, cuyo disgusto an te el hecho de que, con cuatro consejeros había ya quorun. pa ra la reunión, no pudo pasar inadvertido.
Terminado el almuerzo, y en vista de la indiferencia con que Luis Valls recibió la invitación de abandonar el comedor, reiterada por Luis Cerame para que, saliendo tambié, con él Calvo, pudiesen quedar sólos los consejeros e iniciar la reunión convocada. Pedro Moreno, Gabriel Navarro y Nlcol~ Franco rogaron a Silvestre Arana que saliese en su compañía a fin de celebrar el Consejo en una sala contigua. tina hora después, hizo su aparición Pedro Moreno diciendo que acababa de suceder algo muy grave. Semejante impresión daban Franco y Navarro al entrar acompañados del notarlo Martínez Gil. qte
empezó por manifestar que comparecía allí en tal condición. Se dispuso a levantar acta, para lo que preguntó a los presentes si había estado almorzando con ellos Silvestre Arana, presidente de FACES, a lo que todos contestaron afirmativa -mente. Pasó el notario a formular una segunda pregunta: si el referido Silvestre Arana habla salido con los otros Consejeros a celebrar la reunión del Consejo de Administración de FACES. Llegada a Luis Valls respondió discrepando, que no. Recordando a los presentes que había acudido en el ejercicio de su función y que necesitaba una respuesta inequívoca, el notario pudo volver a contestar que no. Lo cierto es que la negativa de Valls, plasmada en el acta notarial, no se limitaba a ser un factor más.
Desaparecido Valls, los tres consejeros y los otr~ dos invitados continuaron comentando y reconstruyendo los he chos. Reunidos los consejeros, se comenzó a redactar el acta en la que se hizo constar que tanto Moreno como Navarro y -Franco opinaban que debía celebrarse la junta general extraordinaria para la que haMars sido requeridos notarialmente -los administradores de FACES con fecha de 17 de mayo de 1.970, despues de la mencionada petición del 14 de abril: Fijaron -entonces, la fecha del =9y 30 de junio para la celebración de las juntas generales ordinaria y extraordinaria, respecti vamente. Pasado este punto, el presidente. Silvestre Arana, abandonó la reunión. Amigos comunes del banquero y de Calvo propusieron un arbitraje que ambas partes aceptaron. A este
efecto en procedimiento de equidad, el 4 de junio de 1.970. convinieron la designación de árbitro único en Faustino Gar cia Moncó, el septimo consejero de FACES.
Calvo volvió a ver a Sánchez Bella en el mes de -noviembre, para decirle que no podía hacer nada por encon -trar una solución definitiva en tanto no se resolviera el -conflicto planteado con Luis Valls sobre la titularidad de dos tercios de las acciones de FACES, litigio que habían de someter a arbitraje (385).
Más tarde, dos hechos -el caso Matesa y el Conse.t de guerra de Burgos contra varios miembros de ETAvinieron a marcar un endurecimiento gubernamental. El 'Madrid> no tra tó ninguna de las dos noticias como quería el Gobierno. A -pesar de el lo, las querel las se promovieron, aunque no pros peraron. El presidente del 'Madrid' tuvo que visitar de nue yo al ministro de Información en febrero de 1.971. No había nada nuevo que comunicarle en cuanto al posible arbitraje mi su confí icto con Valls Taberner, ya que seguían las negocia ciones con el presidente de FACES. Sánchez Bella le comunicó a Calvo Serer que, aunque no habría cierre resultaba me vitable una fuerte sanción pecuniaria. Calvo despues de intentar sin conseguirlo, ser recibido por el vicepresidente, almirante Carrero, decidió escribirle para comunicarle que por fin, el 4 de marzo de ese mismo año se había firmado la escritura de arbitraje y que, una vez aclarado el asunto de
la propiedad del periódico, podría afrontar el asunto de las relaciones con el Gobierno.
El ministro de Información recibió de nuevo a Cal yo Serer el 14 de octubre, Sanchez Bella opiné que no debía continuar la serie de artículos en que se informaba sobre -las diversas fases de lucha por el cpntrol del 'Madrid', cu yos escenarios eran, paralelamente la sociedad FACES, el Ban co Popular y los Tribunales de Justicia. La solución para el ministro era que nombrara otro director del periódico que -controlase la redacción, sugiriendo entre otros nombres el de Jose Maria Alfaro (386). Al día siguiente, Calvo se reunió con el director general de prensa, Femnandez Sordo, que le dijo que con el texto del laudo en la mano podía cerrar el diario. Garcia-Trevijano lo aceptó y se pidió el consenti miento de Antonio Fontán, que tuvo tambien una reacción favo rable.
La misión del nuevo director seria la de tranquili zar al Gobierno respecto de los propósitos del periódico, y evitar cualquier hostilidad contra el régimen. La empresa -ademas podía solicitar un préstamo del Banco de Crédito Industrial. avalado por el Ministerio. Para el cambio de direc tor, el Gobierno exigía una premura que Calvo Serer no enten dió muy bien. El presidente del 'Madrid' quería asegurarse de que el periódico iba a estar en buenas manos. Y así, calyo prolongó las conversaciones con Alfaro. El 21 de octubre
de 1.971, Sánchez Bella telefoneé a Calvo Serer y le dió un ultimatum: si antes de las siete de la tarde de aquel jueves 21 de octubre no había salido el periódico con el nombre de Jose Maria Alfaro en la cabecera como director, o al menos unos ejemplares, en el Consejo de Ministros del día siguien te se procederia a la incautación del 'Madrid'. Desde ese -momento el 'staff' del periódico debidamente informado deci dió sacar del edificio entre otras cosas, los documentos per sonales de la alta dirección. La actitud del grupo de Calvo fue unánime: no aceptar el ultimátum. El rechazo se explica ha ya que no se veia por parte de este grupo en ese cambio una solución a los verdaderos problemas del diario, ya que no Se tenían en Cuenta los aspectos técnicos y económicos.
Al día siguiente, 2=de octubre, el consejo de Ni nistros no se decidió por la incautación. Aquel mismo día se acordÉ que Calvo Serer concediese plenos poderes a GarcíaTrevijano para intentar una negociación con el director general de prensa, Fernandez Sordo. En el Consejo de Ministr~ se habla acordado el cierre del periódico, de cuya ejecución debía encargarse el director general de prensa. Se procedió un cierre preventivo, eliminándose de este modo la posible defensa ante la opinión pública. Lo que se quería evitar era el escándalo que el cierre implicaba, imponiendo a la empre sa periodística un arrendamiento forzoso, solución que el -Ministerio de Información tenía prevista real izar con el 'Ma drid' y que permitió a García-Trevijano asegurar al jurado -
de empresa que los empleados, obreros y redactores no se que darían sin trabajo.
La última entrevista de Calvo Serer con el minis- tro de Información tuvo lugar el miercoles 2? de octubre. -Sánchez Bella hab¶a aceptado el aplazamiento del cierre, pe ro ahora le tocaba al periódico tomar las medidas adecuadas, bien entendido que ya no cabía la posibilidad de otro direc tor que no fuese Alfaro, pues así se lo habla comunicado al Jefe del Estado. Sanchez Bella no veía otra solución: si no se aceptaba, cerrarla el periódico y Calvo Serer se quedaría con una deuda de varios millones de pesetas y sin poder con tar con la perspectiva de una futura reaparición del 'Madrid' puesto que no eran previsibles cambios en el régimen. Calvo se despidió hasta el día siguiente, 28, en que debería dar su última palabra al director general de prensa. La respues ta fue la misma: no podía aceptar el nombramiento de Jose -Maria Alfaro como nuevo director del 'Madrid'.
Esta actitud política que calvo venía manteniendo desde hacia varios años, podía quedar liquidada en el plazo de unos días si se perdía la vista que debía celebrarse en la Audiencia de Madrid, el 11 de noviembre. Habla quince días para fijar abiertamente la posición.
El 3 de noviembre Calvo Serer lecidió irLe a París despues de informar al Conde de Barcelona y esperar el apIa-
zamiento o no de la vista del día II. El 8 de noviembre André Fontaine se dispuso a publicar en 'Le Monde' un articulo que Calvo le habla entregado. Se publicó el lO, con feci~ II de noviembre de 1.971 y esa misma noche comenzaron a cir cular ejemplares de 'Le Monde> en Madrid.
En realidad, Calvo no había hecho más que continuaen 'Le Monde' la serie comenzada el II de octubre con la -'Lucha por el poder en el diario Madrid'. Por eso tuvo que repetir parte de los hechos, aunque añadió tres consideracio nes que creyó capitales: se le quitaba el periódico para que no contase cosas del tipo deque el Gobierno se había indul tado a si mismo en el caso Matesa; se quería resolver un asunto político por vía judicial, que no era el procedimiento adecuado al no tratarse de un delito, y, por último, el quero pretendía quitarle la propiedad despues de haber desca pitalizado la empresa a base de créditos con intereses eleva bandisimos (387).
La visita se celebró el viernes día 12 de noviembre sin que compareciera el abogado Garcia-Trevijano. El abo gado de Valls Taberner, que actuó rompiendo el contrato de -arbitraje (388) argumentó en favor de la suspensión de los -derechos políticos del presidente del 'Madrid' con razones -muy técnicas. No así, Juan Calvén, abogado de los siete falangistas de Luis Valero, que atacó a Calvo Serer personalmente afirmando que habla acusado en el extranjero a los ti
bunales españoles de parcialidad.
A pesar de que la sentencia no se hizo pública has ta diez días más tarde, pronto se supo que, contra todo lo previsto. el resultado era favorable a Calvo Serer. A los tres días de la publicación de la sentencia se cursó la Orden del cierre definitivo del diario 'Madrid' (389). El ministro de Información no pudo fundamentar el cierre en el con tenido del periódico, cuya dirección actué siempre deforma legal, sino que tuvo que utilizar el pretexto de supuestas -irregularidades administrativas cometidas en la financiación del 'Madrid' y en la composición del accionariado.
3.6. Los directores
t6.1. Luis Gonzalez de Linares
El fundador y primer director del diario 'Madrid' fue Juan Pujol, del que nos hemos ocupado extensamente en el apartado 1.1.5. por lo que ahora lo haremos de los restantes, comenzando por el segundo. Luis C-onz¿lez de Linares Lamazou nace en la capital de España en 1.904, Su amplia carrera pro fesional abarca todos los campos del periodismo, iniciándose en 1.929 como secretario de redacción de 'Estampa', cargo -que ocuparía hasta 1.934. Durante parte del periodo comprendido entre 1.930 y 1.931, trabajarla además como redactor de Ahora'; ocupaciones ambas que dejaría al pasar a encargarse
de la dirección de 'Mundo Gráfico' entre 1.935 y 1.936.
Un nuevo cambio en su trayectoria profesional se producirá al acabar la guerra española, en abril de U939, cuando entra como redactor-jefe en el recien fundado 'Ma -drid' , periódico al que dedicarla casi veinte años de su vi da. Entre los años 1.945 y 1.955 desempeñÉ las funciones de corresponsal del diario en Paris. Sus crónicas alcanzaron -gran resonancia y Gonzalez de Linares se convirtió en uno -de losmejores especialistas en política internacional. Más adelante, fue nombrado agregado de Prensa de la Embajada de España en Francia y posteriormente fue ascendido a consejero de Información y Turismo. Estos diez años de función diplomática le proporcionaron un amplísimo conocimiento de las relaciones en el ámbito internacional, así como del proceso evolutivo seguido por la prensa europea (390)>
El 8 de octubre Gonzalez de Linares vuelve a Madrid para trabajar en el diario del mismo nombre, esta vez como director, sustituyendo en la cabecera de la publicación (3911 al que habla sido su fundador y hasta dos años antes -su propietario, Juan Pujol. Sin embargo, González de Linares se hizo cargo del 'Madrid' en unos momentos en que la situación del diario estaba marcada por las dificultades. A principios de 1,952 el periódico habla sido comprado por la rocien constituida sociedad FACES <Fomento de Actividades Cuí tunales, Económicas y Sociales> cuyo fin primordial era con
seguir la permanencia en la 'zona iluminada del poder', evi tando el desgaste que éste conlíeva, 'a través de las actividades universitarias, editoriales. peniódisticas o financieras' 1392).
soher-
Los dos primeros años de la regencia de FACES bre el 'Madrid' pueden calificarse como negativos. La socie dad, presidida por el banquero catalán tuis Valls Taberner, estaba controlada por el sector falangista y, tanto las dis putas de carácter económico-financiero en el seno de FACES, como el tono reaccionario que adopté el periódico, llevaron a este a una progresiva paralización, lo que le hizo descen der del primer puesto entre los vespertinos de la capital, al tercero en tirada (393). Durante este tiempo y dada la incapacidad física de Juan Pujol, aunque su nombre siguiera en la cabecera del rotativo, desempeñaba las funciones de -director Pedro Pujol, subdirector titular del diario y mano de su fundador <394).
Ante este estado de cosas, el presidente de FACES presti- opté por un cambio de rumbo del periódico y colocó en la vi cepresidencia del Consejo de Administración del periódico a José Nicolás Urgoiti, descenciente del fundador del gioso diario 'El Sol' y hombre de conocida significación Ii beral. En efecto, con Urgoiti en la vicepresidencia del Con sejo y con la nueva dirección del periódico en manos de Gon zalez de Linares, se aprecié en 'Madrid> un evidente cambio
de posiciones (395).
Pero esto no fue suficiente para la total reanima ción del periódico; Urgoiti consideraba que para que tal -reanimación pudiera realizarse, seria necesaria una inver -sión de unos =00millones de pesetas, debido a la fuerte com petencia sobre todo en el terreno técnico y económico que -ofrecían 'Pueblo' y 'El Alcázar' y el vicepresidente limite el JO de abril de 1.966, aconsejando la venta del diario. -Entra en escena entonces Rafael Calvo Serer, uno de los cole ponentes de FACES, quien desde 1.965 venia colaborando con Urgoiti y Gonzalez de Linares y que pasará a ocupar la presidencia del Consejo de Administración de 'Madrid', el 19 -de julio de 1.966, comenzando con él una nueva etapa del pe riódico. El cese de Gonzélez de Linares como director del -'Madrid' se produjo en septiembre de 1.966, siendo sustitui do por José Manuel Miner Otamendi <396>.
Desde ese momento y hasta 1979, González de Lina res será director de uno de los diarios deportivos de mayor tirada de España, 'As'. Durante parte de esos años dirige -también la publicación 'Semana> (1,969-L977) y la revista 'As Color' <VA7D-l.979); asimismo, entre 1.968 y 7.979 es director de la Agencia de Reportajes Internacionales.
tuis C-onalez de Linares, que cuenta en la actua-
,idad con ochenta y cinco años. ha pertenecido a la Asocla
ción de la Prensa de Madrid desde 1.931 <397>.
3.6.2. José Manuel Miner Otarnendi
Nace en l-lernani (Guipúzcoa) en 1.910 y da sus pri meros pasos de periodista en 1.929 como redactor de 'El Cas tellano', labor que desempeña hasta 1,930. MSs adelante será cronIsta de guerra para 'La Unión' y corresponsal de la agencia Faro, entre los anos 1.937 y 1.938, Una etapa impor tante en su vida profesional transcurrirá en las filas de -'El Alcázar', donde será redactor jefe (1.937) y subdirecto' <1.946-L952>. De este periódico pasará al diario 'Madrid'. ocupando los cargos de redactor de 1.95=a 1.964. redactorjefe de 1.964 a 1.966 y director del mismo desde el 27 de -septiembre de 1>966 hasta el 16 de abril de 1.967.
Coincide la presencia de Miner Otamendi a la cabe za del 'Madrid> con el inicio de una nueva etapa que sería trascendental en la historia del diario y que había sido di señada por Rafael Calvo Serer. Dicha etapa comienza el 5 de septiembre de 1 ,966 con un editorial que abordaba la situación política española con el titulo '¿Habrá Jefe de Gobier no?' y cuya publicación contó con la opinión favorable de -Miner Otamendi y de Silvestre Arana, consejero delegado del periódico (398>.
'En las esferas del poder y en amplios círculos de opinión el articulo de 'Madrid' alcanz6 bastante
resonancia. Quienes entonces lo leyeron con sensi bilidad política advirtieron que en la homogénea superficie de la prensa española emergia una nove dad. En unos promovió esperanzas y a otros produjo visible irritación. Era un estilo poco usual -de decir las cosas, sin ambigUedades, arrogancias ni celtiberismos, y sin el falso preciosismo lite raturizante de los escritores de pluma facil y es caso pensamiento. Era una invitación a abordar los problemas oolíticos de España en términos reales (399).
A partir de ese momento, la página 3 del >Madrid'
se convirtió en un paradigma desde el cual se pretendía encauzar a España por la vía del aperturismo y del plural Ismo político, de tal modo que se llevara al país, paulatinamente a alcanzar un régimen democrático de estilo occidental. Muchos periodistas, jóvenes y universitarios, se fueron incor porando desde entonces a las filas del diario 'Madrid', escribiendo o colaborando con Calvo Serer en la redacción de los editoriales y artículos de la página 3 deI periódico, -entre ellos se encontraban Luis Marañon, José Maria Desant~ Antonio Sánchez-Gijón, José Luis Abellán, Juan Ferrando, Aman do de Miguel. Miguel Angel Aguilar y otros muchos (400).
Calvo Serer creía contar con una baza importante Informa- en el momento de hacerse cargo del periódico y ésta era, la nueva ley de Prensa recientemente promulgada -marzo de 1966por Manuel Fraga Iribarne, a la sazón, ministro de ción. Tras la sorpresa que provocó el editorial mencionado
Je- anteriormente en la clase política española, el diario siguió funcionando durante el otoño de aquel año -al menos es to consideraba el ministroen el marco de la legalidad establecida por la Ley. A mediados de noviembre, Fraga citó -en su depacho a Calvo y a Miner, presidente y director del 'Madrid', respectivamente,al igual que lo haría con el res to de los órganos informativos de la capital, para comuni -caríes que Franco había decidido presentar a las Cortes -una Ley Orgánica del Estado, concebida para asegurar la con tinuidad del régimen; y para transmitirles el ruego del fe del Estado de que su periódico apoyara el proyecto.
'Madrid' lanza una campaña favorable a la interpre tación aperturista de la Ley; sin embargo. Miner Otamendi que llevaba tres meses colaborando con Calvo Seres, pone di ficultades a la publicación de algunos de los artículos pre parados, especialmente a uno elaborado por José María de -Areilza y otro de Amando de Miguel, en los cuales se criticaba la suspensión de 'facto' de la Ley de Prensa a la hora de informar sobre la Ley Orgánica y la veracidad del plebis cito. El director del periódico no consideraba conveniente la critica y la oposición a la ley de Fraga. ni tampoco al nivel critico al que se estaba llegando en las páginas del diario, 'muy superior al de otros órganos de información> -<401).
Ante la postura del director (402), Calvo optó por
que no se tocase más el tema del refer¿ndum en el periódico> convirtiéndose de este modo, en el único medio que no dio' el 'si' a dicho refer4ndum.
A finales de enero de U967 el interés informativo pasó a centrarse en los problemas sindicales y, sobre todo,en los universitarios, a raiz de los incidentes surgidos en la Universidad española. El 30 de enero se publicó el edito rial que darla lugar a la primera querella criminal contra el periódico: 'La protesta no es siempre moralmente condena ble' ; y que provocó una fuerte reacción de la derecha. Algu nos de los miembros del Consejo de Administración de 'Madrid' veían de un modo pesimista la situación del diario (403), ~! ro, de cualquier modo, las ventas hablan aumentado y el periódico se habla convertido en objeto general de conversación cerrando el ejercicio de 1.966 con cuatrocientas mil pesetas de beneficio:
'En este terreno, la experiencia de cinco meses -mostraba al presidente que habla acertado en la -fórmula, La habla discutido con viejos y experi -mentados y también noveles periodistas: se trataba de hacer un periódico diferente a los demás, -pues era inútil pretender competir con los diarios populares, que funcionaban sobre la base de un ver dadero despilfarro económico perdiendo anualmente millones, como sucedía con 'El Alcázar' y 'Pueblo' (404>. (
Se plantea entonces una cuestión trascendental pa ralas personas de las que dependía el periódico: dar al Jue de Orden Pdblico el nombre del responsable del editorial que provocó la querella criminal antes citada. Como director del 'J'iadrid', Miner Otamendi era el principal responsable de la publicación de dicho editorial. Miner, que había incluido -el editorial tras haber realizado algunas modificaciones y consultado con el presidente y Silvestre Arana. 'habla hecho constar que Calvo Serer le respetaba su libertad, limitAndo se a colaborar en la publicación como encargado de la página editorial' <405>.
Calvo, por su parte, decidió asumir Él mismo la
-responsabilidad por el articulo, postura que deseché ante -el aviso de varios de sus amigos y colaboradores de que tal decisión podría tener consecuencias aún mayores, arriesgAn dose a perder la línea independiente mantenida por el perió dico.
La tercera solución era que Miguel Angel Aguilar. colaborador del periódico en cuestiones universitarias y au tor del ditorial , asumiese voluntariamente la responsabi Iidad sobre el mismo y sufriese el consiguiente proceso judicial . Fue ésta última la decisión finalmente adoptada.
En la etapa que estamos tratando, podía haber si~ importante el papel de Miner como elemento conciliador entre
el ministerio y la línea independiente y aperturista que pre tendían imprimirle los propietarios del periddico, pero optó -quizás, como se decía más arriba, presionado por el miedo a las consecuencias legales que su actitud pudiera comportarpor no salirse de la línea oficial <406). Esta postura del entonces director quedó claramente definida el 27 de marzo -de 1,967. cuando ordenó retirar de la imprenta un editorial que habla sido redactado por Calvo bajo el titulo 'Una nueva cámara azul horizonte'. El art!culo y el momento eran crucia les para la historia de España: se trataba de la discusión -por parte de la opinión pública -encabezada, claro está, por la Prensadel proyecto de Ley del Movimiento; ley encaminada a consolidar el poder del partido único, cerrando toda -puerta a un intento de pluralismo.
Con la 'censura' de este articulo se rompía la tra dición que habla nacido con la nueva etapa del 'Madrid'. de insertar un editorial cada día. Sin embargo, Antonio Fontán ya habla sido nombrado consejero delegado encargado de los -asuntos de redacción, por lo que la actitud de Miner ya no -importaba mucho. Se le aconsejó la colaboración con el nuevo consejero, pero antes de finalizar el mes de produjo otro -grave indicente: la segunda querella criminal, por la publicación, el 3D de 'marzo, del editorial titulada 'Faltas de it' formación', escrito por José María Desantes. Aparte de las -innumerables reacciones que el nuevo editorial suscitó, Miner Otamendi, que preveía inminente el nombramiento de Antonio -
Fontán como director del diario, accedió a seguir publicando editoriales.
Sin embargo, la situación era cada vez peor; se -sabfa que Miner estaba al habla con la Dirección General de Prensa, de modo que Calvo le instó a mediados de abril, a que tomase una decisión; 'U..) o la empresa prescindía de sus servicios por negarse a dar editoriales o el Ministerio lo expulsaría por publicarlos' (407). Así, el presidente. -tras haber consultado a un abogado sobre las dificultades -morales, jurídicas y políticas que la destitución del direc tor planteaban, decidió en los últimos minutos hábiles del sábado 15 de abril cesar a 'liner Otamendi en las funciones de director del diario 'Madrid', lo que le permitió que el ministro no supiese la noticia hasta el lunes. Antonio Fontán. que no contaba precisamente con el beneplácito de Fraga. fue nombrado nuevo director. La noticia del cese de Miner apareció el 17 de abril, lunes, en el 'Madrid' en prime ra, mediante una escueta nota (408).
Gonzalo Dueñas recoge en su libro el acto de concil iación -que resulto fallido por falta de avenencia entre las partesproducido por la nueva demanda presentada por -Miner Otamendi al periódico por incumplimiento de contratoOicha demanda se basaba en el plazo de tres meses estableci do por la ley para comunicar y hacer efectivo el cese del -director, así como por considerar insuficiente la indemniza
ción fijada por el diario (409).
Antes de dirigir 'Madrid', Miner habla sido redac tor y fundador de la revista 'Diez Minutos' (1.960); y simultíneamente a su labor en el diario madrileño había sido subdirector del semanario 'El Europeo', entre 1.963 y 1.967. Al acabar su etapa en el periódico 'Madrid' · entró como re dactor-jefe en 'ABC' en donde estaría entre los años 1.967 y 1.975, También en el primero de estos dos años comenzó a trabajar como redactor de Televisión Española, medio en el que permanecería hasta 1A81. Año en el que se le concedió el Premio Rodriguez Santamaría <410).
3.6.3. Antonio Fontán Perez
Antonio Fontán nace en Sevilla el año 1.923. Dbtie ne, siendo aún muy joven la licenciatura y el doctorado en Filología Clásica y en 1.945 ya está dando clase como profe sor ayudante y adjunto de Filología Latina en la Universidad de Madrid. Algunos años más tarde, en 1.950 obtiene la cátedra de aquella asignatura en Granada, hecho este trasce, dental en su vida:
'lis ideas (. . .1 han evolucionado, ciertamente mucho, en los casi treinta años transcurridos desde que, justamente al cumplir los veintiseis <. . -1 -llegaba como catedrático a la inolvidable Facultad de Letras de la Universidad de Granada. A partir
de este momento estaba obligado a abandonar la có moda posición de 'joven promesa', para enfrentarme con las nuevas responsabilidades de aquellos -de quienes se esperan más respuestas que pregun -tas' (411>.
La universidad será pues uno de los tres frentes se trasdirec- entre los que Fontán reparta sus horas; de Granada lada a Navarra, en 1.950. y permanece en aquella ciudad has ta 1.967, fecha en la que pasa a hacerse cargo, como tor. del diario 'Madrid'.
Pero Sus primeros pasos en el campo del periodismo habían tenido también en él a un elemento precoz. En el año U952 funda y dirige 'La Actualidad Española', semanario gráfico de Madrid, del cual se llegó a decir que 'ha abierto nuevos horizontes en el periodismo español' y a cuyo tren te estarfa hasta 1.960 (412). En 1.954 funda e igualmente -dirige, la revista 'Nuestro Tiempo', hasta 1.962. Más impor tante, si cabe, es su participación en la fundación del lns tuto de Periodismo de la Universidad de Navarradel cual -serIa también director, cuna de alguno de los mejores peno distas de generaciones posteriores. Por Iltimo en este terreno, su nombre aparece también entre la lista de los fundadores de la Agencia Europa Press.
Junto con la Universidad y el Periodismo, la Poil tica será el tercer campo en el que Antonio Fontán desarro-
líe su vida, sin embargo, sus mayores éxitos en este terre no los obtendrá en un tiempo posterior a su paso por 'Ma -drid' , paso transitorio debido a las circunstancias que más tarde veremos. De cualquier nodo, basta indicar que Fontán perteneció al Consejo Privado del conde de Barcelona hasta su disolución en 1.975 y que trabajó en la politica monir- quica durante el régimen de Franco.
El propio Fontán dirá de esta triple faceta de su vida:
si quiero repetir una vez más que esas tres ecU vidades -Universidad, Pol itica. Prensaposeen un común rasgo sustancial: pertenecen las tres el campo de la comunicación humana, igual que la lec tura y la conversación, que son probablemente las ocupaciones en que yo he dedicado más horas de mi vida' (413). "(..)
Antonio Fontán se distingue también por su prolífera obra escrita, en todos los campos: ensayos, trabajos -cientificos e investigaciones literarias y lingoisticas, ar tlculos de carácter cultural, poí itico, histórico, etc. Tres libros suyos importantes en el ámbito de la filología clási ca son : 'Humanismo romano' (414>, 'Artes ad Humanit¿tem: -Ideales del hombre y de la cultura en tiempos de Ciceron' -(l,9571 y tos católicos en la Universidad espeñola actual' (1,961) cuya venta estuvo prohibida en su día, en nuestro -país.
co-
Con este ba~aje llegara Fontan a las piginas dvi 'Madrid'. aunque en un principio fuera de modo ocasional (415). Sin embargo, su cercanía a Rafael calvo Serer a su postura ideológica, así como sus propios planteamientos en el plano de lo político, hicieron que> a medida que iban surgiendo las dificultades en el seno del periódico presidi do por Calvo y dirigido por Miner, su nombre apareciera mo uno de los más firmes candidatos al cargo de director. -Esto parecía, a pesar de todo, impensable 'en tanto que Fon tán no dejara Pamplona' 1416).
La tensión crecía en torno al periódico y a sus -responsables, y el 15 de abril de 1.967, al producirse el cese de José Manuel Miner Dtamendi. Fontán era nombrado nue yo director de 'Madrid'. A modo de preparación, habla sido elegido quince días antes consejero encargado de los asuntos de redacción, en un momento en que la negativa de Miner como director del periódico a publicar los editoriales, se hizo insostenible.
El nuevo director no contaba con el 'plácet' del ministro de Información, pero Fraca tuvo que aceptar los he chos, debido a la maniobra que real izó Calvo Serer para ca nar tiempo, de modo que, si el nombramiento efective se ha-· Ma producido el sábado, día 15, aquel no supo la rqt;cla hasta el lunes, día 17 (417>.
'Su cese (el de Miner> y ni designación dieron lu gar a una situación de violencia entre el ministro Fraga y el presidente del periódico y. pocos mess después, a la primera escalada de expedientes administrativos que con desusado rigor, desataría -sobre el 'Madrid' la lluvia de sanciones de 1.967 y 1.968' (41$>.
La historia detallada y puntual de los problemas entre el ministerio de Información y el diario 'Madrid' apa recen ecpuestos en el libro de Rafael Calvo Serer ya citado. En él como es lógico, se plasma su postura personal y su vi sión de los acontecimientos; visión más tarde corregida por otro de los protagonistas del momento, el presidente de la sociedad FACES. Luis Valls Taberner (419).
Aparte de las dos querellas criminales que ya habian sido presentadas contra el periódico, la primera medida realmente drástica fue el cierre del periódico, por un -periódo de dos meses, a raiz de un editorial titulado 'No al General De Gaulle. Retirarse a tiempo'. Dicho articulo fue provocado por los sucesos que estaban ocurriendo en París, entre los jóvenes universitarios; la fecha: mayo de 1.968. La publicación del mismo coincidió con una estancia de Anto mio Fontán en Alemania en donde estaba enfrascado en el estudio de la palabra 'Tranquilitas' en el Thesaurus' <420),
La escalada de tensiones entre el ministerio y el periódico llegó a convertirse en una continua presión. Anto
nio Fontán narra así el momento:
'Desde el ministerio se recomendó a Calvo Serer
-que me sustituyera a mi como director por persona que seria seleccionada de acuerdo con el ministef rio <José Maria Alfaro fue el primer nombre apuntado por el ministro> y que nombrara consejero-de legado a otra persona que se eligiría por idéntico procedimiento. La empresa de 'Madrid', con mi conformidad explícita, se declaró en las primeras conversaciones dispuesta a aceptar los cambios -que fueran precisos para salvar el periódico. siem pre que se garantizaran suficientemente la indepen dencia del diario, la continuidad de su línea pro fesional y editorial y el mantenimiento de redactores y colaboradores en sus mismas funciones y condiciones de trabajo. Al no obtener estas garan t(as, Calvo Serer, en nombre de 'Madrid' rehuso -hacer los nombramientos que se le habían solicita do. Seguidamente, por el jefe del correspondiente centro directivo, se me advirtió a mi que se nos impondría una suspensión de un mes y se iniciaría el expediente de cancelación, sobre la base de presuntas irregularidades administrativas en la -titularidad de acciones de 'FACES' <4=1).
El periódico fue cerrado por orden ministerial el irregu- día 25 de noviembre de 1.971, ante 'presuntas laridades administrativas en la titularidad de acciones de FACES'>. Ese día, salió a la calle su último número, y en su portada, junto a la orden de cierre del periódico, aparecía un 'Adios ( ..J' de su entonces director (422).
Pocos años más tarde, la carrera de Fontán se Gen traria principalmente en la política. Fundador del Partido Demócrata junto con Joaquín Garrigues ldalkel y de la Federa ción de Partidos Demócratas y Liberales que se integraron -en u.C.D. en 1,977, fue elegido Presidente del Senado con -el primer gobierno provisional de este último partido, presi dido por Adolfo Suarez. y senador por Sevilla el 15 de junio de aquel año.
Más adelante, seria Ministro de Administración Te rritorial en el primer Gobierno constitucional de Suarez en 1.979, cargo del que seria sustituido por Perez Llorca tras la crisis que duró del lO de abril al 2 de mayo de 1,980 -<423).
Antonio Fontán es vicepresidente de la Sociedad
-Española de Radiodifusión. Ha dejado numerosos artículos en los que e refleja su concepto de la prensa y del periodismo, entre lo que podrí amos destacar 'Situación y perspectiva de la prensa actual' y ' Para una política de prensa' (4=4).
En los primeros años de la restaurada democracia y con las últimas y concluyentes resoluciones judiciales en torno a 'Madrid' se ha pretendido su reaparición en diferen tes ocasiones.
NOTAS
- <1) 'En el día de hoy, cautivo y desarmado el ejercito rojo, han alcanzado las tropas nacionales sus últimos objetivos militares. La guerra ha terminado. Parte del Cuartel General del Generalísimo. Burgos.
- Sin-
- (21 El primer gobierno de Franco quedo constituido el 1 de febrero de U938. en Burgos. Sus doce carteras se distri buyeron así: Interior. Ramón Serrano Suñer', Asuntos Exteriores, Conde de Jordana; Defensa Nacional, General Fi del Dávila Arrondo; Orden Público, General Martínez AMdo; Educación, Pedro Sainz Rodriguez; Obras Públicas. Al fonso Peña Boeuf; Industria y Comercio, José Antonio Suan ces; Agricultura <y Secretario General del Movimiento),Raimundo Fernandez Cuesta; Hacienda, Andrés Amado; Justi cia, Tomás Dominguez Arévalo; Organización y Acción dical, Pedro Gonzalez Bueno. En 'Mundo': 'Gobierno para el cambio 20 de diciembre de L975.
- (3> Desde abril de 1.937.
- (4) Se estableció que 'Correspondiendo al Jefe del Estado la suprema potestad de dictar normas jurídicas de carácter general, conforme al articulo 17 de la Ley de 30 de enero de 1.938 y radicando en él de modo permanente las fui, ciones de gobierno, sus disposiciones y resoluciones. --adopten la forma de Leyes o Decretos, podrán dictarse, -aunque no vayan precedidas de la:dá iberación del Consejo de Ministros, cuando razones de urgencia así lo aconsejen, si bien en tal caso el Jefe del Estado dará despues cono cimiento a aquel de tales disposiciones y resoluciones'.
- (5> Las leyes de prerrogativas promulgadas por Franco fueron:
- El Fuero del Trabajo, de 9 de marzo de 1.938; La Ley cons titutiva de la Cortes, de 17 de julio de L942; La ley de
Referéndum Nacional, de 22 de octubre de 1.945; La Ley de Principios de Movimiento Nacional, de Ii de mayo de 1.958; La Ley Orgánica del Estado, de ID de enero de -1,961: La ley 62/1.969. de 22 de julio, designando sucesor en la Jefatura del Estado a titulo de Rey a don Juan Carlos de Borb6n y Borbón. La Ley 26/1.971, de 15 de julio, sobre funciones del Príncipe de España en los casos de ausencia o enfermedad del Jefe del Estado; La Ley 27/1,972, de 14 de julio, sobre procedimiento y co ordinación de funciones de los altos organismos del Es tado; La Ley 28/1.91=, de 14 de julio. sobre normas de aplicación a las previsiones sucesorias; La Ley 14/1973 de 8 de junio, por la que se suspendió la vinculación -de la Presidencia del Gobierno a la Jefatura del Estado. Y como decreto -ley, un sólo caso en el ámbito estrictamente político, el de 13 de mayo de 1.965, sobre incompatibilidades de los cargos de ministro, subsecre tario, director general y asimilados.
(6> La primera seria el Decreto de 29 de septiembre del año 1.936, por el que se designaba a Franco como ¿efe del -Gobierno del Estado.
<7> Falangismo, tradicionalismo, monárquicos y católicos.
(8) Por Decreto de 31 de julio de 1.939.
<9) Ley de Protección y Fomento de la Industria Nacional, -de 24 de noviembre de 1.939. Ley ordenando la devolución a sus propietarios de las fincas ocupadas por el l,R.A. durante la Segunda República. Leyes regulando la Banca, Ley de Creación del Instituto Nacional de Industria, de =5de septiembre de I.94I.
(10> Ley de Protección y Fomento de la Industria Nacional, -'Boletín Oficial del Estado'. 15 de diciembre de 1.939.
III BOSQUE MAUREL, Joaquín: 'La industrialización de España
Granada, 1 ·95A.
<12) 'Convenio defensivo, de mutua defensa y ayuda económica entre Estados Unidos y España' · en 'ABC', 29 de septiem bre de 1.953.
(13> Los nuevos ministros de Comercio. Agricultura y Hacienda son: Manuel Arburúa, Rafael Cavestany y Francisco Go
mez del Llano.
<14) BARBANCHO, Alfonso G. : 'Las migraciones Interiores espa ñolas. Estudio cuantitativo desde 1.900'. Madrid, 1.967.
(15) 'Crónica de la jornada', en 'La Vanguardia Española'. 3 de marzo de 1.951.
(¶6) La de Comercio por Alberto Ullastres y la de Hacienda -por Mariano Navarro Rubio.
<17) Con fecha 30 de junio de 1.969.
(18) A través del Decreto-Ley 10/1.959 , De nueva Ordenación Económica.
<19) Según opinión de los servicos de bancos y de las misiones de la 0.EC.E. -
(20> Por la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgáni subsis-
ca del Estado: 'Las atribuciones concedidas al Jefe del Estado por las leyes de 30 de enero de 1.938 y de 8 de agosto de 1,939, así como las prerrogativas que le otor gan los artículos 6 y 13 de la Ley de Sucesión, tirian y mantendrán su vigencia hasta que se produzca -el supuesto a que se refiere el párrafo anterior',
(21) ESTEBAN, Jorge de.' Las constituciones de España'. Ma-drid, 1.982.
(22> Retribución de los trabajadores (Declaración III a VII, Magistratura como jurisdicción especial para los liti-gios laborales (VII), Organización de la empresa (VIII), Organización de la propiedad <XII), Seguridad Social --<X).
(23) Declaración XIII. 1. Los españoles, en cuanto participan
en el trabajo y la producción, constituyen la Organiza ción Sindical. 2. La Organización Sindical se constituye en un orden de Sindicatos industriales, agrarios y de servicios, por ramas de actividades a escala territo rial y nacional que comprenda a todos los factores de -la producción. 3. Los Sindicatos tendrán la condición -de corporaciones de derecho póblicode base representativa, que gozando de personalidad jurídica y plena capa cidad funcional en sus respectivos ámbitos de competencia. Dentro de el los y en la forma que legalmente se de termine, se constituirán las asociaciones respectivas -de empresarios, técnicos y trabajadores que se organicen para la defensa de sus intereses peculiares y como medio de participación, libre y representativa, en las activi dades sindicales y. a través de los sindicatos, en las tareas comunitarias de la vida política, económica y social. 4. Los Sindicatos son el cauce de los intereses profesionales y económicos para el cumplimiento de los fines de la comunidad nacional y tienen la representa-ción de aquéllos. 5. Los Sindicatos colaboraran en el -estudio de los problemas de la producción y podrán proponer soluciones e intervenir en la reglamentación, vi gilancia y cumplimiento de las condiciones de trabajo. 6. Los Sindicatos podrán crear y mantener organismos de investigación, formación moral · cultural y profesional, previsión, auxilio y demás de carácter social que interesen a los participes de la producción. 7. Establece-ran oficinas de colocación para proporcionar empleo al trabajador de acuerdo con su aptitup y mérito. 8. Corres ponde a los Sindicatos suministrar al Estado los datos precisos para elaborar las estadísticas de su producción. 9. La ley de Sindicación determinará la forma de incorporar a la nueva organización las actuales asociaciones económicas y profesionales.
(24) Ley constitutiva de las Cortes Españolas de 17 de julio
de I.942.'Bolet!n Oficial del Estado', 19 de julio de 1,942.
(25> ArtIculo 1' de la Ley Constitutiva de las Cortes Españolas, de 17 de julio de 1.942. 'Boletín Oficial del -Estado'. 19 de Julio de 1.942.
Agrupación constituida por Alemania, Italia y sus alia
<26) dos durante la Segunda Guerra Nundial.
Fuero de los Españoles, de 17 julio de 'Bole
(27) de 1.945. tin Oficial del Estado', 18 de julio de 1.945.
<28) Ibídem.
(=9) Ibídem.
La 'libertad de reunión asociación' se contemplaba
<30) y -en su articulo 16. Sin embargo, y a pesar de su desarro lío en 1 .964 por una ley especial, nunca fue posible la creación ni de partidos políticos ni de sindicatos libres hasta que se dió la Constitución de 1.978, la Ley 19/LS?? de 1 de abril, sobre la regulación del derecho de asociación sindical y la Ley 54/1.978, de 4 de di-ciembre, de Partidos Políticos.
(31> ArtIculo l~ de la Ley de Sucesión a la Jefatura del Es tado. de 26 de julio de 1.947. 'Boletín Oficial del Es tado', 27 de Julio de 1.947.
Celebrado el 6 de julio de 1.947. resultado fue de
(323 El 12.628.983 votos afirmativos y 643.501 negativos. Nulos 320.677. La Ley fue aprobada por el 93t de los votantes.
de Francisco Franco nombró como
<33) El 22 de julio L969, -su sucesor, a titulo de Rey, a Don Juan Carlos de Borbón y Borbón.
Articulo de la Ley Referendum. de octubre
(341 1~ de de 22 -de 1.945. 'Boletín Oficial del Estado>. =4de octubre -de 1.945.
(35) Declaración vIi. Ley de Principios del Movimiento Nado
nal, de Ii de mayo de 1.958. 'Boletín Oficial del Estado', IB de mayo de L958.
<36) ArtIculo ¶i de la Ley de Principios del Movimiento Nacional,de 17 de mayo de 1.958. 'Boletín Oficial del Es tado', IB de mayo de 1.958.
<37) IbÍdem,, articulo 3~,
España. la tecnocracia vinculada al Opus Dei,
<38) En dirigió la política económica del país entre 1.956 y 1.972, con un modelo de desarrollo económico basado en la in versión de capital extranjero, el mantenimiento de impuestos Indirectos muy altos, la emigración como fuente de divisas y el fomento de un turismo masivo.
(39)
El resultado fue de un 8550% de participación del cuer po electoral con un 85861 devotos afirmativos.
(AOl FERNANDEZ CARVAJAL, R. : 'La Constitución Española'. Madrid. 1.969.
Palabras pronunciadas por Francisco Franco el de no
(41> 22 viembre de 1.966, en el treinta aniversario de su exal tación a la Jefatura del Estado, tras su discurso conmemorativo, presentando en el Pleno de las Cortes, el -Proyecto de Ley Orgánica del Estado.
A excepción del ministro del Interior, Ramón Serrano Su
(4=1 ñer y el de Obras Públicas, Alfonso Peña Boeut.
<43) ~'. . epígrafe 3.1.2..
<44) lIinisterio del Ejercito, dirigido por el General Varela,
Ministerio de la Marina, dirigido por el Almirante More no y Ministerio del Aire, dirigido por el General Yagúe.
(45> Articulo le del Decreto de Creación del Alto Estado Ma-
yor. de 30 oe agosto de L939. 'Boletín Oficial del Estado', 31 de agosto de 1.939.
<46) Exactamente el 20 de mayo de 1.941, y permaneció en el
Ministerio de Trabajo hasta 1,957, convirtiéndose así.
en el brazo derecho de Franco.
(47) El reajuste se produjo el 3 de septiembre de 1,942 y Blas Perez Gonzalez permaneció en el Ministerio de la
Gobernación hasta febrero de l.957~ casi quince años.
<48) Por medio de un Decreto dado en Burgos el 23 de septiem bre de 1.939 se habían integrado en el S.E.U. todas las asociaciones estudiantiles. 'Boletín Oficial del Estado' 9 de octubre de 1.939.
(49>
'Boletín Oficial del Estado', ¶1 de febrero de 1.356.
<so>
concordato entre España y la Santa Sede, 27 de agosto de 1.953.
<SI) Convenio defensivo, de mutua defensa y económica
ayuda entre Estados Unidos Y España, 26 de septiembre de 1.953.
<5=)Alberto Ullastres, Ministro de Comercio y Mariano Nava rro Rubio, Ministro de Hacienda que eran apoyados por -López Rodó desde la Presidencia del Gobierno.
(53) El 15 de marzo de 1.966.
(54> Decreto 157/1.963, de 26 de enero.
(55> Ley del Primer Plan de Desarrollo. 'Boletín Oficial del Estado, 31 de enero de 1.964.
<56) Articulo 1~ de la Ley de Creación del Instituto Nacional de Industria, de 30 de septiembre de 1.941. Boletín Oficial del Estado, 7 de octubre de 1.941.
<57) Articulo IB de la Ley de Convenios Colectivos Sindicales, de =4de abril de 1.958. Boletín Oficial del Esta
do. 25 abril de 1.958.
<58) Preámbulo de la Ley de Bases de la Seguridad Social, de 28 de diciembre de 1.963. Boletín Oficial del Estado, -30 de diciembre de 1.963.
<59) Aprobada en referéndum el 14 de diciembre de 1.966. Bo letin Oficial del Estado, 11 de enero de Th967.
(60) Ley de Proclamación del Príncipe Juan Carlos sucesor -en la Jefatura del Estado, de 22 de julio de 1.969. Bo
- letin Oficial del Estado, =3de julio de 5.969.
- (611 Se suspendieron los artículos 12 (expresión de ideas). 14 (libre residencia), 15 <no registro de domicilio),16 <reunión> y 18 (setenta y dos horas de máxima deten ción sin procesamiento). Fuero de los Españoles, de 17 de julio de 1.945. Boletín Oficial del Estado, 18 de -julio de 1.945.
Tambien se restableció la censure previa de prensa. El
25 de marzo de 1.969 con un mes de antelación sobre el plazo máximo previsto se levantó el Estado de Excepción.
(6=)Once
sobre dieciocho.
(63> Exactamente el día 29 de junio de 1.970.
(64) Preámbulo de la Ley General de Educación y Financiamien to de la Reforma Educativa, de 4 de agosto de 1.970. BO letin Oficial del Estado, 16 de agosto de 1.970.
Ley Sindical, de febrero de Oficial
(65) de 17 1.971. Boletín del Estado. 19 de febrero de lAfl.
<66> El 21 de Julio de 1.970 la policia abrió fuego contra -unos 2.000 obreros de la construcción en Granada, matan
do a 3 e hiriendo a 6.
(67) Sobre todo en Asturias y en Madrid.
<68) 'Los obreros en marcha', en el número monográfico de -'Meridiano Oos Mil', junio de 1.975.
<69)
En Madrid, Barcelona, Bilbao, Oviedo, San Sebastia'n y Pamplona.
(70> A José María Dorronsoro, una pena de muerte por asesinato, A Juan Gorostiri, una pena de muerte por asesina to y otra por delitos continuados de bandidaje. A Fran cisco Javier zco, una de muerte por asesinato y otra por delitos continuados de bandidaje. A Francisco Ja--
vier Martinez. una por asesinato. A Mario Onaindia, una por asesinato. A Eduardo Uriarte, una por asesinato y otra por delito continuado de bandidaje.
(71) Articulo 13 de la Ley Sindical, de 1? de febrero de 1.971 Boletín Oficial del Estado, 19 de febrero de '.971>
(7=) TANAMES, Ramón: 'La República. la era de Franco'. Madrid, 1.973.
(73) V1~AS, Anqel:'La Alemania nazi y el 18 de julio'. Madrid. 1.974.
(74) Francia e Inglaterra.
<75) 'El Rey Emperador y el Fghrer felicitan al Generalísimo
En 'A~', 1 de abril de 1,939.
(76> Ibídem.
(77> Dinamarca. Groenlandia, Suecia, Finlandia. Moruega, República Dominicana, Haití, Colombia y Chile.
<78> Decreto de Neutralidad de España ante el conflicto euro
peo de 4 de septiembre de 1.939. Boletín Oficial del Es tado, 5 de septiembre de 1.939.
(19) 'Entrevista Franco-Hitler'. En 'La Vanguardia Española'. 24 de octubre de 1.940.
<80) Fragmento del discurso pronunciado por Franco en la sec
ción inagural de las Cortes del Reino. En 'La Vanguardia Española', 1 de abril de 1.948.
(SI> 'Declaración del Gobierno acerca de las relaciones fran-ET 1
co-españolas'. En 'La Vanguardia Española', 2 de marzo de 1.946.
<82> 'El Comité Político aprueba la retirada colectiva de
embajadores de Madrid', En 'ABC', lO de diciembre de -1.946.
<83> 'Tratado de amistad y no agresión' de IB de marzo de -1,939. 'protocolo de =9de junio de 1.940'. 'Acuerdos -económicos de 1.941'. Entrevista Salazar-Franco en febrero dc 1.942.
(84) Fragmento del discurso del Conde de Jordana al de Oliveira Salazar. en su visita a Lisboa. En 'La Vanguardia Española'. 22 de diciembre de ¶342.
- (85> ArtIculo 19 del Acuerdo Comercial Hispano-Argentino, de 30 de octubre de 1.946. En '¡a Vanguardia Española', 1 de -noviembre de 1.946.
- <85> ArtIculo 19 del Acuerdo Comercial Hispano-Argentino de 30 de octubre de 1.946. En 'La Vanguardia Española'. 1 de noviembre de 1.946.
- (86) 'La Asamblea General de la O.N.U., revoca los acuerdos de 1.946'. En 'la Vanguardia Española', 4 de noviembre de 1.950.
- (87> El ingreso de España en la UN.E.S,C.O. fue aprobado por la Conferencia General por cuarenta y cuatro votos a favor, cuatro en contra y siete abstenciones.
- (88> Concordato entre España y la Santa Sede de 27 de agosto de 1.953. En 'ABC', 28 de agosto de 1.953.
- <89) FraAmbulo del Convenio, de mutua defensa y de ayuda económica, entre Estados Unidos y España, de 26 de septiem bre de 1.953. En 'ABC', 29 de septiembre de 1.953.
- <90) Entre otros O.N.U., O.I.T, OE.C., B.I.R.D., y F.M.I..
- (91> En abril de 1.956 tuvieron lugar unas Jornadas HispanoMarroquies en Madrid, de las que salió una Declaración Conj unta.
- <9=>Como el proceso acelerado de descolonización, revolución cultural en China, tensiones en el bloque comunista, evo lución y resolución en America Latina, consolidación del Tercer Mundo.
- <93) En 'Arriba', día T de abril de 7.969.
- <94> Oecreto de Independencia de Guinea Ecuatorial de 9 de
- octubre de 1.968. 'Boletín Oficial del Estado', 11 de oc tubre de 1.968.
<95) Fecha de la promulgación de la nueva Constitución Espa
ñola tras la Restauración de la Monarquía de 1.874,
(96> Firmado por Fernando de los Rios, Manuel Azaña, Santia go Casares Quiroga, Miguel Maura, Alvaro de Albornoz y Francisco Largo Caballero.
(97) Decreto de 14 de abril de 1.931.
<9B) GOMEZ REINO Y CARNOTA, E,: 'Aproximación histórica al derecho de la imprenta y de la prensa en España <1.480 1.966)'. Madrid 1.977, pág. 178.
(99)
Ibídem.
<IDO) 'Gaceta de Madrid', 30 de julio de I,B83.
<101) IGLESIAS, Francisco: 'Historia de una empresa tica'. Madrid 1.976, pág. =57.
periodís-ET 1 w
(102) OSUNA, R .:' La prensa durante la II República'. En --
'Tiempo de Historia', número 40, marzo de 1.978.
(103) GOMEZ APARICIO, P.: 'La libertad de prensa en la Repó bí ica'. En 'Gaceta de la prensa española', número 147.
septiembre de 1.963.
<104) Catedrático de Derecho Administrativo, llegó a ser ministro de la República.
<lOS) En 'ABC' del 29 de enero de 1.932.
(106> IGLESIAS, F. : Op. cit. , pág. 259.
(107> El articulo 34 de la Constitución Española de 9 de diciembre de 1.931 dice: 'Toda persona tiene derecho a emitir libremente sus ideas y opiniones, valiéndose de cualquier medio de difusión, sin sujección a previa cen sura ( -
(108> GOMEZ APARICIO. P. : Op. cit. -
<¶09) GOMEZ APARICIO. P.: 'Historia del periodismo español.-ET 1
De la Dictadura a la Guerra Civil', Madrid, 1.981, pág. 269.
(110> ESTEBAN, Jorge de: 'Las Constituciones de España'. Ma
drid. 1.981, pág. 26.
(111> CASTRO FARIÑAS, J.A. Op. cit., pág. 84.
<112) CENDAN PAZOS, F. : 'Historia del derecho español de prensa e imprenta, l.502-1.966'. Madrid, 1.974, pág.
(113) CENDAN PAZOS. F. : Op. cit. , pág. 162.
<114) GOMEz REINO Y CARNOTA. E.: Op. cit. pág. 183.
<115) CASTRO FARIÑAS, J.A.: Op. Ci'., pág. 84.
(116) Citado en CASTRO FARIÑAS, J.A. , Op. cit., pág. 85.
<117> MOLINERO. Cesar: 'La intervención del Estado en la pren se'. Barcelona, 1.971, pág 90.
(¶18) Circular de 11 de octubre de 1.933.
<1191 MOLINERO, O.: Op. cit. , pág. 89.
<120> ArtIculo 2~ de la Ley de Orden Público de 28 de julio de 1.933.
(121) 'Gaceta de Madrid'. 30 de Julio de 1.933.
<¶22) Articulo =B.3de la Ley de Orden Público de 28 de Julio de 1.933.
<123) La Ley de l~883 establece la presentación de ejemplares a la autoridad de forma simultanea a la publicación.
(124> CENDAN PAZOS. F. Op. cit. , pág. 163.
<125) Ibídem.
<126> CENDAN PAZOS, F. Op. cit., pág. 177.
<127> CUIDAN PAZOS. F. : Op. cit. , pág.
76?.
La suspensión fue decretada por el ministro de la Gober
nación Casares Quiroga por las informaciones referentes al levantamiento del general Sanjurjo del lO de agos
to de 7.932.
(128> GOMEZ APARICIO, P .:' La libertad de prensa en la Repú-ET 1 blica'. En 'Gaceta de la prensa española', número 147,
septiembre 1.963.
<130) MOLINERO,
C. : Op. cit., pág. 88.
'Historia del periodismo español.-ET 1
(131> GOMEZ APARICIO, P. : De la dictadura a la Guerra Civil'. Madrid, 1.981, pág. 461.
(13=) Ibídem, pág.
<133) GOMEZ APARICIO, P. : 'La libertad de prensa en la Repú-ET 1 blica'. En 'Gaceta de la prensa española', número 147, septiembre 1.963.
F. : 'La libertad de prensa periodística'. Pam-
<$34) CONESA, plona. 1.918, pág. 477.
- Las catorce bases para una Ley de Prensa quedan recogidas y comentadas en FERNANDEZ AREAL, M. : 'La Ley de Prensa a debate'. Barcelona. 1.971.
<136) CONESA, F. : Op. cit. . pág. 479.
(¶37) Ibídem.
<138) ESTEBAN. Jorge de: Op. cat. , pág. 26.
(139) OSUNA, R.
Op. cit.
(1401 GOME! REINO Y CARNOTA. E.: Op. cit. , pág 181.
(141> CHIflAN PAZOS, F.: Op. ctt. , pág. ¶81.
(142) Ibídem.
<¶43) CONESA, F. :
Op. oit., pág. 479.
(144> CENDAII PAZOS, F. : Op. cit. , pág. ¶82.
<145> Ibídem.
(146) MOLINERO. C. : Op. cit., pág. 93.
(147) GOMEZ
REINO Y CARNOTA, E.: Op. oit., pág. 187,
<148> CONESA. F.: Op. oit., pág. 479.
(149> iGLESIAS, F. : Op. cit. · cuenta la historia del diario 'ABC'. En ella señala la época en la que el periódico fue 'convertido' al republicanIsmo. También cita a 'YA'
'EL Debate' y 'El Siglo Futuro' entre otros.
(150> SANCIIEZ AGESTA. L. : 'La legislación de prensa en Espa-ET 1 w 119 444 ña', En 'Boletín del Centro de Estudios Sociales', año
V, número 2, 1.965.
(lSl> GOMEZ REINO Y CARNOTA> E.: Op. cit.. págs. ¶87 y 188.
(152) .
iGLESIAS, F. : Op. cit. págs. 323 y 324.
(¶53> Ibídem, pág. 351.
<154> GONEZ REINO Y CARNOTA. E.: Op. cit. pág. ¶87.
(155) 'Boletín Oficial del Estado', 23 de abril de 1.938.
<156) FERNANDEZ AREAL, ti.: 'La ley de prensa a debate'. Barcelona. 1.971, pág. 106. Recoge la opinión de José Maria Desan tea, que habla de decreto y no de ley. El problema ter minológico se resuelve en la nota 154. págs. ¶90 y 191.
<¶51> CENDAN PAZOS.F. Op. cit. , pág. 282.
(158) CONESA. F. Op. cit., pág. 483.
<$59) FERNANDEZ AREAL, M. 'El derecho a la información'. Ma drid, 1.971, pág. 135.
(160> FERNANDEZ AREAL, M. : '40 años de censura en la España de Franco'. En 'Opinión', números 32-33. Madrid ='-3~ década de 1.977.
<161) IGLESIAS, F. : Op. cit., pág. 351.
<16=> Ibídem, pág. 354.
<¶63> MELLONI, A.; y PEÑA MARíN, C .:' El discurso político -en la prensa madrileña del franquismo'. Roma, 1.980, -pág. 14.
<~64l
SANCHEZ AGESTA, L. : Op. cit.
- FERNANDEZ AREAL, M.: '40 años de censura en la España
de Franco'. En 'Opinión', números 32-33. Madrid ='-3' década de 1.911.
<¶66) FERNANDEZ AREAL, M. : 'El derecho a la información'. Ma
drid. 1.971, pág. 142.
<161) FERNANDEZ AREAL, tI.: '40 años de censura en la España
de Franco', En 'Opinión', números 32-33. Madrid 2'-3' décadas de 1.977.
<168) SANTOS, F Cinco años de la ley de prensa (Notas pa-ET 1
.:' ra un diagnóstico)'.. En 'Cuardenos para el diálogo'. mero 90, marzo 1.971. nú
<¶69> SANCHEZ AGESTA, L. : Op. cit.
<170> Según su articulo primero.
(171) CONESA. F. : Op. cit. , pág. 483.
(172) FERNANDEZ AREAL, M.: '40 años de censura en la España
de Franco'. En 'Opinión', números 32-33. Madrid 2'-3' décadas de 1.911.
<173) Preámbulo de la Ley de Prensa de 22 de abril de 1.938.
<174> Ibídem.
<175) FERNANDEZ AREAL, M. : '40 años de censura en la España de Franco'. En 'Opinión', números 32-33. Madrid 2'-3~ décadas de 1.977.
<176) Como se afirma en el Preámbulo de la Ley de Prensa de 22 de abril de 1.938.
(¶77> FERtIANDEZ AREAL, 14.: '40 años -Op. cit. 2
(¶78) ,
MOLINERO, C. : Op. cit. pág 96.
(179) excepción era la agencia LOGOS, de la Editorial Ca
Una tó lic a -
<¶80> Establece reparación patrimonial, siempre que 'o haya producido 'provocación anterior' del lesionado, en 'la forma que se determina'.
<181> FERNANDEZ AREAL, M.:' La ley de prensa Op. cit. 2
pág. 32.
282> MOLINERO. C- : Op. cit. pág. 333.
(183> GOMEZ REINO Y CARNOTA, E.: Op. cit. , pág. ¶98.
(184) MOLINERO, C. : Op. cit. , pág.
<185) FERNANDEZ AREAL, M.:'4O años ..'. Op. tít..
(186) Ibídem.
(187> Ibídem.
[158) FERHANOEZ ARFAL,M.: '40 años -Op. cit..
(189) VIGIL, 14. citado en FERNANDEZ AREAL. 24.: 'La ley de -prensa . Op. cit. , pág. 206.
(190) Se recogen diversos ejemplos en GOMEZ REINO Y CARNOTA, E. Op. cit. , págs. 193 y $94, y en FERNANDEZ AREAL, 14. '40 años de censura .. Op. cit, que resultan muy significativos.
<191) IGLESIAS,
F. : Op. cit.. pág 353.
<¶92) Idem, pág
<193> Idem, pág. 354.
<194> Este mismo articulo establece la responsabilidad del
editor, en Su Caso.
<195) CONESA, F. : Op. cit. , pág
(196) SOMEZ REINO Y CARNOTA. E.: Op. cit. pág ¶92.
(197) BENEYTO, J. citado en CONESA, F. : Op. cit. , pág. 483.
(198> GOMEZ REINO Y CARNOTA. E.: Op. cit. , pág. 197.
<$99) FERNANDEZ AREAL. M .:' 40 años de censura . . . -Op. oit.
(200> GOMEZ REINO Y CARNOTA, E-: Op. df. pág. 197.
<201> Idem, pág. 192.
(2021 Decreto 138/1.936 de 29 septiembre; Ley de 30 de enero
de 1.938; Ley de 8 de agosto de 1.939, preceden a la -Leyes Fundamentales.
<203) El desarrollo de este punto ha seguido la exposición de CONESA,F. : Op. cit. , pág. 485.
(20~> MOLINERO,
C. : Op. cit. , pág. 302.
(=05>CENOAN PAZOS, F. : Op. cit. recoge diversas disposicio nes sobre la profesionalización del periodismo. Entre ellas: Orden de 29 de octubre dc 1.940; Orden dc 26 dc noviembre de 1.941; Orden de ¶7 de noviembre de 1.941; Orden de 20 de julio de 1,95$; Orden de 15 de febrero de 1.962; Orden de 20 de febrero de 1.95=;
<205) Esta es la primera de las bases para una ley de prensa que señala Herrera Oria
(207> En él se integraba el diario 'Madrid',
<=08)Señaladas en GOMEZ REINO Y CARNOTA, E.: Op. cit. . págs. 188 y 190.
(209> Desligándonos de la referencia textual del artIculo 12 hacia una praxis, señalar las criticas de MOLINERO, C. Op. cit. , págs ¶00 a 103: No existe relación de poder y deber si vemos la Ley del 38. 'La posibilidad de --obrar en un determinado sentido se corresponde con el deber que pesa sobre todo sujeto de soportar dicha situación. Se rompe la relación jurídica si la facultad de poder que tienen los españoles de espresar libremen te sus ideas no encuentra la situación de deber del Es tado de permitirla; y no lo permitirá . .. por 38'. 'El Estado, al hacer infiscalizable, a través de un sistema de recursos contencioso-administrativos hace inefectiyo el articulo ¶2 del Fuero de los Españoles'.
(2101 CONESA, F. : Op. cit., pág. 491.
<211) BENEYTO, 3.: 'El nuevo derecho de prensa en España'. -En 'Revista Española de la Opinión Pública', número 4, 1.966.
(212) CONESA, F. : Op. cit. pig 492.
(213] FERNANDEZ AREAL. 14.: 'La ley de prensa - . . . '. Op. cit.
pág. 56.
(=14) Idem. pág 62.
<235) MORCILLO. A.:'El anteproyecto de la ley de prensa e imprenta'. En 'Gaceta de la prensa española'. Número
153, 1.964.
<236) Ibídem.
(217) Ver epígrafe 3.2.5.3.
(218> CONESA. F. : Op. cit. , pág. 500.
<239] CASTRO FARIÑAS, J.A. : Op. cit. . pig. 198. cita el anA lisis anual de Associated Press de 3.966.
(220> liERNANDEZ GIL, A. prólogo a CRESPO DE LARA, P. : 'El articulo dos. La prensa ante el Tribunal Supremo'. Madrid 1.975.
<221) FERNANOEZ AREAL, 14.: 'La ley de prensa ..,'. Op. cit. pág. 104.
(222> Para lo que se deroga el apartado b> del articulo 40
-de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-ad ministrativa de 27 de diciembre de 3.956. La Ley de 18 de marzo de 1.944 reestableció el recurso, pero no en prensa -
<223> CONESA, F. Op. cit. , pág 535.
<224> MOLINERO. C. : Op. cit. , pág. 143.
<225> HERRERA PIQuE. A.: 'Reflexiones sobre la ley de prensa En 'Cuadernos para el diálogo'. Número 90, marzo de -1.971.
(2=6>TIMOTEO ALVAREZ, J
.:' Restauración y prensa de masas' Pamplona, 1AS1, pág. 29.
<2=71 idem. pág. 32. TIMOtEO ALVAREZ utiliza la relación --(y>! f (x). siendo respectivamente legislación es-crita y comportamiento del ejecutivo, como indicador -
del grado de libertad de expresión e independencia.
<=28) CONESA, F. : Op. cit. , pág. 499.
(229> Ibídem,
<230> IGLESIAS, F. : Op. cit. , pág. 423.
<23$> DE DIEGO, E.: 'Calvo Serer'. En 'YA'. 20 de abril de 1.988.
(232) FERNANDEZ AREAL, M. : '40 años de censura .,.'. Op. cit.
(=33) HERRERA PIQUE, A.: Op. cit.
(234) HERRERA RlQUE,
A.:' Reflexiones sobre la ley de prensa' En 'Cuadernos para el diálogo'. Número 90, marzo 1.971.
(235) FERNANDEZ AREAL, 14.: 'La ley de prensa . Op. cit.
págs 97 a ¶00.
(=36) Ibídem.
(=37> CONESA, F. : Op. cit. . pág 500.
<238) FERNANDEZ AREAL, 14. 'La ley de prensa . Op. cit. pág 9=.
<239) HERRERA PIQUE, A. Op. cit.
(240) VILLAR ARREGUI, M.:' Reforma de la ley de prensa'. En
'YA', II de junio de 1.968.
<241) CONESA, F: Op. cit,, pág 657.
<242) Preámbulo de la Ley de Prensa de 1.966.
<243> CONESA, F. : Op. cit. pág 497.
(244) SANCHEZ FERRIZ, R .:' El derecho a la información'. Valencia, 1.974, pág. 107.
(=45)Preámbulo de la Ley de Prensa de 1.966.
<246) MOLINERO. 11.: Op. cit. , pág. 143.
(247) Ibídem.
<248> SANTOS, F. : Op. cit. -
<=49) VILLAR ARREGUI, 14.: Op. cit.
<250> HERRERA PIQUE, A.: Op. cit.
<2511 FERNANDEZ AREAL, M.:' La ley de prensa . Op. cit. pág. 101.
<=52>Oesarrollado por MOLINERO, O. Op. cit, págs. 745 y -
<253) FERNANDEZ AREAL, 24.:' La ley de prensa . Op. cit. 2
pág. 32
<254> Hecho criticado por MORCILLO, A. Op. cit. 'Si esto se
ha de mantener (las sanciones), es necesario abrir la vta del recurso contencioso-administrativo. De lo con treno, esta podía ser una vi a de agua por donde nau-fragara el espíritu de la ley'.
<255) CONESA, F. Op. cit. . pág. 497.
<256) MOLINERO, C. : Op. cit. , pág 23=.
(257) SANTOS, F. : Op. cit>
-
<258) VILLAR ARREGUI, 24.: Op. cit.
<259) FERNANDEZ AREAL, M. : 'La ley de prensa : Op. Cit. pág 34. 2
im-ET 1 w 184 233 m 3
(=60)ALVAREZ DE VIGNIER, R.:' Infracciones de prensa e prenta en la Legislación y la jurisprudencia'. Madrid, 1.966, pág. 3.
(261) FERNANDEZ AREAL, 24. Op. cit.
<262) TOUS BARBERAN, J. 'Reflexiones sobre la ley de prensa Op. cit.
<263> CRESPO DE LARA, P. : Op. cit. . pág.
(264) VILLAR ARREGUI, 24.: Op. clt.
<265> HERNANDEZ GIL, A.: Op. cit. , plgs. 11 y 12.
(266) El articulo 63 establece responsabilidades penal, civil o admini strativa. Se desarrollan en el resto del capitulo X.
(267) GONEZ REINO 't CARNOTA, E.: 'Las infracciones . . ·''. Op. cit.
- (268> HERNANDEZ GIL, A.: Op. cit., págs. II y IP.
- (269) FERNANOEZ AREAL, 14. Op. Cit.
- <270) '~nte la nueva ley de prensa'. En el 'Boletín de la Co misión Nacional de la H.O.A.C.'. Número 301, 3' dece-
- na de marzo de 1.960.
- <271) HERNANDEZ GIL. A. Prólogo a C9ESPO DE LARA, P. Op. -cit. pág. 11.
- (272) GOMEZ REINO Y CARNOTA, E.: 'Las infracciones al artlcu lo dos de la ley de prensa'. En 'Revista de la Adminis tración Pública'. Número 69, Madrid, 1.972.
- (273> Son limitaciones: el respeto a la verdad y a la moral, elacatamiento a la ley . . . . el debido respeto a las -Instituciones,
- <274) HERNANOEZ GIL, A.: Op. cit.
- (275) FERNANDEZ AREAL, 14.: 'Lagunas en la Ley de Prensa de -Prensa de 1.966'. En 'Cuadernos para el diálogo'. Núme ro 42, marzo de 1.967.
- (2761 JARDON, F.F, Prólogo a ALVAREZ DE VIGNIER, Op. cit. , -págs 4 y 5.
- (277) CRESPO DE LARA, P. : Op. cit. , pág. ¶4.
- <278) El depósito previo tenía su antecedente en el articulo II de la Ley de '.883. MOLINERO. C. Op. cit. · contrariamente a la opinión que sigue de FERNANDEZ AREAL, --considera el depósito previo sin transcendencia.
- <=79)FERNANDEZ AREAL, M .:' lA ley de prensa ...'. Op. cit. pág. ¶00.
- <=80) Idem. pág. 94.
- (281) FERNANOEZ AREAL, M.:'Reflexiones ..' , Op. cit, considera la ley, al menos, innecesaria. El diario 'Madrid'
la denominó la 'ley del silencio'.
BENEYTO,J .:' El ciudadano y el lector en el cuadro de la ley de prensa'. En 'Revista de Estudios Políticos'. Número 448, 1.966. Considera que el derecho del lector en virtud de] acceso a la información esta, defendido, contrariamente al resto.
- <2821 CASTRO FARIÑAS, J,A. : Op. cit. , pág. 198, cita a Asso-
- ciated Press.
- (283> Ibídem.
- (284> BENEYTO, J. : 'El nuevo derecho ...'. Op. cit.
- (=85>Ver Disposición Final Cuarta de la Ley de Prensa de IB de marzo de 1.966.
- (286) CASTRO FARIÑAS. J,A. : Op. cit.
- , pág. ¶99.
- (287> MOLINERO. Cesar: Op. cit. pág. ¶44.
- <288> CONESA, F. : Op. cit., pág. 148
- <289) Idem. pág. 513.
- <290) MOLINERO, C. : Op. cit.
- , pág. 148.
- (291> CONESA, F.: Op. cit,. pág 650.
- <292> Idem. pág. 649.
- <293> Idem. pág. SOS.
- <=94) FERNANDEZ AREAL. M .:' La ley de prensa ..'¾ Op.cit. pág. 92.
- (2951 Según MOLINERO,C. Op. cit. pág. ¶44, con el director,
- , la nueva ley desarrolla la doctrina denominada potesta des, función para reglamentar la actividad de este sujeto administrativo, incluyéndole en los sometidos a obligaciones de empresas de interés público.
- <296) CONESA, F. : Op. cit. ,
- <297) Idem. pág. 498.
- (298> SOMEZ REINO Y CARNOTA, E.:' Las infracciones . Op.
- pág. 499.
cit.
<299) MOLINERO, C. : Op. cit. . plg. sión 'será' sancionada que no se admite 'la posibil idad de que 1...> pueda conceder perdón'' la Administra ción.
329, deduce de la expre -
(300) MOLINERO, C. : Op. cit. , pág. 336.
(301> FERNANDEZ AREAL, 24.: 'La ley de prensa Op. cit.
pág. 93.
(302) Idem. pág. 35.
<303) FERNANDEZ AREAL, 14.: 'La ley de prensa . Op. cit.
pág. 93.
(304) FERNANDEZ AREAL. 14.:'' Reflexiones - . . .'. Op. Cit.
(305) MOLINERO. C. : Op. cit. , págs. 317 y 318.
(306> FERNANDEZ AREAL, 14.: 'La ley de prensa -Op. cit.
pág. 93
(3D?> Como de hecho así sucedió en el caso del 'Madrid'.
(308) MOLINERO, C.: Op. cit. , plg 166.
(309> Litre otros los Decretos 7531 1.956, 76411.966 y 750/ 1.966 de 31 de marzo, sobre la libertad de prensa e -imprenta.
(310> Exactamente el 17 de julio de 1.936, a las cinco de la tarde.
(311) Ver epígrafe 3.2.3..
(312> Diez matutinos y ocho vespertinos.
<313) GO14EZ APARICIO, P. 'Historia del periodismo español'
Madrid. 1A67.
(314) HERBERT. R :' La destrucción del Guernica. Periodismo diplomacia, propaganda e historia'. Paris, 1.977.
<315) GOMEZ REINO Y CARNOTA. E.: 'Aproximación histórica al Derecho de la Imprenta y de la Prensa en España (1480
1.966)'. Madrid, 1.977
<316> DUENAS. Gonzalo: 'La Ley de Prensa de Manuel Fraga'
ParIs, 1.969,
(317> SALAUN. Serge: 'Prensa republicana en la Guerra Civil>' En 'Estudios de Historia Social'. Números 24 y =5.Madrid, enero-junio. 7.983.
(318> GAMPELAYO, Carlos: 'Los delitos 'legales' de la Dicta-ET 1 w 119 406 m 3 dura: el caso de la prensa repúblicana'. Madrid, 1.978.
(319) Lo extraño, lo 'antiespañol',
(320) Caso por ejemplo de la palabra 'faccioso' utilizada por los republicanos para designar a los seguidores franquistas, tras el fin de la guerra, la utilización de es te vocablo se invirtió.
<321] MELLONI. A. y PEÑA MARíN, C.: 'El discurso político en la prensa madrileña del franquismo». Roma, 1.980.
(3=2) TERRON MONTERO, Javier: 'La prensa española durante el periodo 1.936-1.975. Un intento deanálisis político' Granada. 1.960.
(323> MELLONI, A. y PEÑA MARíN, C. : Op. Clt.
<3241 Ibídem.
(325) Juan Pujol Martinez fue hasta enero de 1.937 Jefe de -Prensa del Movimiento, lo que indica la clara vinvulación de Pujol con el régimen de Franco. También colabo ró con el General Sanjurjo en la redacción del Nanifies to contra la República de lO de agosto de 1.93=.
(3261 Setrataba de una licencia administrativa.
(327) Periódico liberal fundado en '.890 durante la regencia
de la Reina Cristina.
(328> CARRíEDO ALONSO, Alejandro: 'Madrid. Diario de la nocbe o vida de un periodista'. Trabajo de Licenciatura. Madrid, 1.954.
(329) Ramón Serrano Suñer fue ministro del Interior desde el ¶ de febrero de 1.938 hasta el 20 de mayo de 1.941.
- <330> CARRIEDO ALONSO, A.: Op. ctt.
- <3311 Ver epígrafe 3.4.
- <332> Ver epígrafe 3.2.3.
- (333> Ver epígrafe
- 3.4.
- (334> 'tI Alcazar' y 'Pueblo' eran los organos oficiales de la Asociación Nacional de Ex-combatientes y de la Organización Sindical, respectivamente.
- (335) FONTAN, A.; BuRGuERA, F. y DE NIGUEL, A.: 'Madrid. PA gina 3'. Madrid, 1.972.
- <336) DUEÑAS, Gonzalo: 'La Ley de Prensa de Manuel Fraga'. -
- Paris. 1.969.
- <337) Téngase en cuenta su cabecera y su formato.
- <338) Ver epígrafe 1.3.2.
- <339> En 'Madrid'. día 16 de junio de 1.947.
- (340) En 'Madrid'. día 30 de junio de 1.947.
- <3~I> Ibídem.
- (342) Falangistas: Jiménez Millas. Agustín Aznar, Muñoz Cale ro. Luis Valero Bermejo, Alfonso Fierro y los generales Garcia Rebulí y Jiménez Ugarte.
Tecnócratas: Valls Taberner, García Noncó, Antonio Oriol, José Maria GAmazo y López Rodó.
Reformistas:Rafael Calvo Serer. Perez-Embid, Marqués de Valdeiglesias y José Maria Ramón de San Pedro.
(343> CALVO SERER, Rafael: 'La dictadura de los franquistas
El 'afraire' del 'Madrid' y el futuro político'. Paris, 1.973.
(344) No desembolsado íntegramente.
(345) Del sector falangista.
(346) El Banco Popular Español.
- <3~7l
- Del primer lugar de la prensa de la tarde, pasó a ser el tercero en tirada.
- <3481 José Nicolás de Urgoiti era vicepresidente del Banco Europeo de Negocios y gran colaborador de Jos4 Maria Arana. Ingeniero y hombre de negocios de significa -ción liberal. Su padre fue fundador de 'El Sol', en donde en su juventud se familiarizó con los problemas industriales.
- (349) CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- (350) Estos hablan sido acordados en unos términos muy adver sos para el prestamista, y desproporcionados al even tual riesgo de la entidad prestamista, sobradamente ga rantizados con la plusvalía del activo tangible de la empresa.
- <35?> ver Anexo 1.
- <352> Ver epígrafe 4.2. y anexo XII del capitulo 4.
- (353) Ver epígrafe 4.2. y anexo II,
- (354) Ver epígrafe
- (355)
- 4.2.
- Entonces Subsecretario de Hacienda.
- (356> CALVO SERER, Rafael.: Op. cit.
- (357> Ver epígrafe 4.2. y anexo II del capitulo 5.
- (358> CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- (359) Joven Licenciado en Derecho, de veintidós años.
- (360) Ver epígrafe 4.2. y anexo III del capitulo
- (361) Ver epígrafe t2.
- (362) Mantenida entre Calvo Serer y Fraga Iribarne el ¶5 de marzo de 1.966.
- (363) CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- <364) Ibídem.
<3651 A partir del 1 de mayo de 1.967, los artículos aparecieron firmados por sus autores.
<366> Franco había sufrido unas semanas antes un colapso en Cazorla, durante la caceria a la que acudía anualmente. Su estado no era el mejor.
(367) CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
(368) Se trataba de la inspección que Manuel Fraga hab!a~sus pendido anteriormente con motivo del pacto del 17 de abril de 1.967.
(369> Ver epígrafe 4.2.
(370) CALVO SERER, Rafael: Op. cit. -
<371> Ibídem.
<37=> Ya se había hecho anteriormente en febrero y marzo de 1.967, y desde la segunda quincena de abril hasta el mes de septiembre del mismo año.
(373) Que se encontraba en Munich, descansando.
(374) Ver epígrafe 4.2. y anexo IX del capitulo 4.
(375) José Solís. Diaz Arobrona. Sánchez Arjona y Nieto Antunez.
(376> CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
(377) Con ello se referían a su insistencia en los temas del desgaste del poder, discusión sobre los partidos políticos, derecho a la discrepancia, defensa del disentí1 miento . -.
<378) Según el articulo 36 de la Ley 141 1.966, de 18 de mar zo, de Prensa e Imprenta: 'No podrán ser directores los sancionados administrativamente tres o más veces por -infracción grave, según la presente ley, en el plazo de un año'. 1 4., epígrafe 5.2.
(379> Cuando se publicó el articulo de De Gaulle, Gozalo, de
sempeñaba por ausencia de Fontán las funciones de dírec
tor. Miguel Angel Gozalo fue acusado de no haber cumpíl do el plazo reglamentario marcado desde la presentación de ejemplares en el Ministerio a la distribución del Pc
riódico.
- (380) CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- (38$) El 2$ de julio estaba previsto que Franco designase como sucesor, a titulo de Rey a Don Juan Carlos de Borbdn y Borbón y y., epígrafe 4.2.
- <382> A Fraga Iribarne se le mostró el editorial el día 19 y dió su gonformidad para su publicación, pero no antes -del día 21.
- (383] Ministro sin cartera del séptimo Gobierno de Franco. del
- 7 de julio de 1.965 al 29 de octubre de 1.969.
- <384) CALVO SERER Rafael: Op. cit.
- <385) Ibídem.
- <386] Este habfa sido embajador de España en Colombia y Argen tina. Subsecretario de Prensa y Propaganda y Vicepresidente de las Cortes.
- (387> CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- (388> El contrato de arbitraje estipulaba retirarse de los
- -. pleitos en curso.
- (389> El 25 de noviembre se cursó la Orden acordada el 22 de octubre y y.. epígrafe 5.1.
- <390) V.. 'Madrid', 7 de octubre de 1.964.
- <391) Cabecera simbólica, ya que su nombre no aparecerá duran
- te todo el periodo en la primera página del rotativo.
- <392) V. CALVO SERER, R. Op. clt. . pág. 2. Sobre el origen de FACES, su composición y su historia ver esta misma obra, donde todos los detalles de la sociedad aparecen amplia mente expuestos.
Sobre la venta del periódico, véase también: DUEÑAS, Gon
zalo: ''La Ley de Prensa de Manuel Fraga'. Paris, 1.969 págs. ¶37 a ¶39. Los datos que se dan en esta obra son, sin embargo, con relativa frecuencia erróneos.
(393) V. CALVO SERER, R. : Op. cit. , pág. 5.
<394) '4. FONTAN, Antonio: 'Madrid, página 3'. Op. cit., pág. 15.
<395] 'En la escasa medida en que la censura permitía un per fil propio a los periódicos, el 'Madrid' pasó:de posi~ ciones de extrema derecha a otras más liberales, manitestadas en cierta sobriedad con relación a los mis usua les: tópicos ideológicos y personalistas del régimen, y en la incorporación de servicios de prensa franceses <'Le Figaro' y 'Le Monde', gestionados por Urgoiti y el nuevo direc tor. Gonzalez Linares, algunos de los cuales causaron -el escándalo de ciertos falangistas y ultraconservado res de la época anterior', en Antonio FONTAN, 'Madrid página 3'. op. cit. . pág. 16.
<396) V. CALVO SERER, R. : Op. cit. . págs. 5 a 8.
(397) Los datos cuyo origen bibliográfico no han sido citados están tomados de LOPEZ DE ZUAZO ALGAR, Antonio:'Catálogo de periodistas españoles del siglo XX', Madrid, Fa-cultad de Ciencias de la Información. Universidad Com-plutense, 1.981, 719 págs.
<398> '4. CALVO SERER, 11.: Op. cit. , pág. ¶4.
<3~9> '4. FONIAN, Antonio: 'Madrid, página 3'. Op. oit.. pág.
<400) Ibídem.
(401] V. CALVO SERER, R: Op. cit., pág. 22.
<402> 'La cerrada negativa del director del periódico a cual quier tipo de argumentación le valió el comentario de -Calvo de que no podía razonar porque estaba bajo el te rror, afirmación que Miner confesó ser cierta', en den', pág. 22.
lbi-
(403> ibídem, pág. 26.
(404> V. CALVO SERER, R: Op. cit. , pág. 26.
<405> Ibldea. pág. =7.
(406) '4. la recomendación que hace Fraga al respecto, al pre sidente del periódico, en Rafael CALVO SERER, op. cit. pág. 29.
(407) '4, CALVO SERER, R: Op. cit. . pág. 33.
(408> Dicha nota decía así:
'Ha cesado como director de Madrid don José Manuel Mi ner Otámendi. Antiguo redactor y redactor-jefe de nues tro diario, el señor Miner Dtamendi ha desempeñado la dirección desde el pasado 30 de septiembre.
La Empresa y el personal de la case agradecen al señor Miner la labor que ha realizado al frente de nuestro -periódico.
En cumplimiento de lo que preceptúa el articulo 41 de la vigente Ley de Prensa e Imprenta, ha sido designado para ejercer interinamente la dirección de Madrid -don Antonio Fontán% En 'Madrid', 17 de abril de 4.967.
- <409) '4. DUEÑAS, Gonzalo: Op. cit. , pág.
- (4101 LOPEZ DE ZUAZO ALGAR, Antonio: Op. C¡t.
- (411) FONTAN PEREZ, Antonio:'España, esa esperanza'. Madrid,
- 1.979. págs. 10 y 11.
- (41=) En la 'Nota bibliográfica' de: FONTAN PEREZ, Antonio: 405 tópicos y la opinión'. Madrid, 1.956, 39 págs.
- FONTAN PE=EZ; Antonio: 'España. esa esperanza». Op. -cli, págs. 10 y 11.
- (414) FONTAN PEREZ, Antonio: 'Humanismo romano <Clásicos-Me dievales-Modernos)', Barcelona, 1.974, 338 págs.
- (415> 'Yo, que entonces era profesor en la Universidad de Ma
- yerra, tuve la oportunidad de contarme entre estos co 1 abonadores de la página 3 desde el principio y prepa-
pági-ET 1
- re algunas cosas para ella en el mismo mes de septiembre de 1,966'. En Antonio FONTAN PEREZ, 'Madrid, na 3', op. cit., pág. 28.
- (416> V. CALVO SERER. R: Op. cit. , pág. 25.
- (417) Ibídem, págs. 33 y 34.
- (418> Sin duda el 'Madrid' fue el periódico más castigado
- -por el régimen de Franco.
- (419) '4. E.S.A .:' Los silencios de Valls Taberner', en 'Mun do', 10 de noviembre de 1.973, págs. 10 a 13.
- (420) V. CALVO SERER. R. : Op. cit. , págs. 66 y ss.
- <421) '4. FONTAN PEREZ; Antonio: 'Madrid. página 3'. Op. cit. pág 23,
- (422> 'Madrid' 25 de noviembre de 1.971; tambien un N 00
- '4. extraordinario, publicado por la Asociación de la Pren sa de Madrid, el 16 de diciembre de 1.984, especialmen te. la página 25.
- <423) La postura e ideología política de Antonio Fontán en esta época y en relación con U.C.D. está expuesta en el citado libro 'España. esa esperanza
- (424) FONTAN PEREZ, Antonio: 'Situación y perspectivas de la
- prensa actual'. En 'Nuestro Tiempo'. Pamplona, octubre -de 1,962.
FONTAN PEREZ; Antonio: 'Para una política de Prensa' En 'Opinión'. 14 de abril de 1.978, recogido en la --obra del mismo autor 'España, esa esperanza -Op. cit. págs. 285 y 55.
4. LA LIBERTAD DE EXPRESION DEL PENSAMIENTO
4 LA LIBERTAD DE EXPRESION DEL PENSAMIENTO
4,1, La ley como limite
Que no nos callen, diría-cualquier libre pensador como último deseo. Amada, llorada; por otros temida, la liber tad de expresión es el eje de una balanza inestable donde -se debate el hombre. Los pasos del prooreso caminan impacien tes cuando aún no se resuelve un conflicto fundamental: el precio de la palabra.
La libertad de prensa, casi hermana de la expre -sión. vehículo de esta, quisiera volar en un cielo azul interminable e inmenso. Abajo, las miradas escrutadoras de un miedo pragmático sujetan las cuerdas, como globos.
Ese pulso de titanes entre la libertad pública y el intervencionismo proteccionista del Estado debe encontrar un equilibrio. Sin embargo este punto es arduo y misterioso: ~la ley?. No es sino un reflejo más o menos deformado de la coyuntura politico-social-cuítural. La ley para el griego lo era todo. No hay orden concebible fuera de la ley, dina un gran pensador como Aristóteles <1>. Actualmente un ciudadano contemporáneo no ve en ella sino control, a veces caduco, a veces excesivamente precoz. Desde tiempo, se ve esta tensión: la libre comunicación de opiniones es uno de los derechos más preciosos en el hombre. Todo ciudadano podrá ha-
blar, imprimir, libremente, salvo lo que le responde por el abuso de esta libertad en el caso determinado por la ley' (2). La ley determinará cuando se abusa de la libertad. Nos encontramos que nuestra libertad de e~presión tiene un ltmi te obvio que es la ley y surge a continuación un problema -de esquema: la frontera entre los dos lados, poder-sociedad. es determinada desde uno de ellos, lo cual permite en hipóte sis y a veces incluso en la realidad, que la ley no responda a la demanda social y a sus necesidades.
Centrándonos en la realidad jurídica como limitado ra del ejercicio del derecho a la libre expresión, nos encon tramos con varios problemas, por ejemplo, el de su función. ¿Cual es la función de la radio y de la televisión en la actualidad?. Se enfrentan dos conceptos: servicio público fren te a libre empresa buscadora de beneficios. Otro problema es la responsabilidad. La prensa en nuestro siglo contrae una -responsabilidad social de la que no puede desatarse autónoma mente. No se ha de entender esto como un obstáculo sino como expresión misma de una libertad positiva. La prensa conserva rá su independencia si conserva su dignidad moral. Es la comunicación social, derecho de todos. 'Si la libertad ha crea do la Prensa no debe hacerse la Prensa maestra de la libertad' (3>.
Tanto para un asunto como para otro, se ha de tener en cuenta la siguiente reflexión: la información ya no se
justifica como derecho individual a comunicar sino como dere cho a recibir información, como se recoge en el articulo número =0. l.d. de nuestra Constitución de 1.978. Recogido ante riormente en el articulo 19 de la Declaración de Derechos de las Naciones Unidas, de lO de diciembve de 1.948. Así, contemplado desde esta perspectiva, la prensa asume una responsabilidad connatural a su existencia: la conformación de la -opiniOn pública. ¿Otras extensiones de esta responsabilidad son exigibles?, ¿se debe formar también y no sólo informar?.
En definitiva, es dentro de un marco histórico con creto, en unas circunstancias socio-polftico-culturales determinadas, donde habrá de ser analizada la ley de prensa y poder determinar el grado de libertad. Y esto es lo que vamos a intentar hacer nosotros, tomando como marco de referen cia el último quinquenio del diario 'Madrid', es decir, desde 1.967 a 1.971 y la última Ley de Prensa e lmprenta, la de IB de marzo de 1.966, y los decretos complementarios.
La Ley de Prensa e Imprenta, la ley 14/66 desarrolla una norma constitucional como es el articulo 12 del Fueno de los Españoles, donde se proclama la libertad de expresión. Sin embargo una primera observación nos indica que -más proclamadora y defensora de derechos es controladora de libertades. O dicho de otra manera, la ley 14/66 ha funcionado como 'norma sancionadora' <4>. En definitiva, se puede considerar como 'un reglamento de policía de prensa' (5).
El derecho a informar o el derecho a expresar ideE a través de impresos queda recogido en el articulo 1k No obs tante, ya en el articulo =ese establecen los lfmites, como derecho social. Unos limites extremadamente vagos, imprecisos y peligrosos por ello, como los siguientes: el respeto a la verdad, el respeto a la moral, el acatamiento a la Ley de -Principios del Movimiento Nacional y. demás Leyes Fundamentales, las exigencias de la seguridad del Estado, las del mantenimiento del orden público interior y la paz exterior, de la defensa nacional, el debido respeto a las instituciones y a las pesonas en la crítica de la acción política y administrativa, la independencia de los Tribunales, la salvaguardia de la intimidad y del honor personal y familiar.
No obstante, según el Tribunal Supremo. 'las limitaciones consignadas en el articulo 2~, por referirse a conceptos abstractos, tienen que ser necesariamente inconcretas, correspondiendo a la Administración garantizar el ejercicio de esa libertad ( <6>. Así pues, lo que se debe de rechazar no es la incogrección de los limites sino la arbitrariedad con que se pueden interpretar tales lindes. El articulo 50 concede facultades a la Administración para la interpretación de los limites de la ley, se introduce, en suma, 'la discrecionalidad interpretativa' (7>.
En primer lugar pensamos que las interpretaciones del Tribunal Supremo no han sido suficientemente clarificadoras y han abusado de la base legal y sus inconcrecciones criticadas. 'Es obvia la dificultad del periodista de poder expresar unas ideas, una preocupación o una inquietud por una determinada situación económica, política y social cuan do las limitaciones son inconcretas y referidas a conceptos abstractos como señala el Tribunal Supremo' <8).
En segundo lugar, la falta de división clara entre la responsabilidad penal y administrativa repercute negativamente en la tranquilidad de los medios informativos, en -cuanto que no queda suficientemente explicito el carácter no penal de la sanción administrativa que exige el derecho positivo. '<. .. > La no existencia de una lfnea divisoria obje tiva y la posible coincidencia de un mismo hecho en ambos -campos supone una imperfección normativa necesjtada de corre girse' <9) . El riesgo de que se quiebre el principio 'nom bis in idem', en cuanto que un mismo hecho pueda ser jul9ado dos veces, debería haber sido eliminado creando unos cri terios objetivos.
En tercer lugar la inmediata eje:utabilidad de
-las sanciones, en virtud del artIculo 101 de la Ley de Pro-
cedimiento Administrativo resta importancia al hecho de la posibilidad de recurso. El articulo 71.2. de la Ley 14/ 66 establece la vía contencioso-administrativa tras la final zación de la vía administrativa. El hecho en si es altamen te positivo, ya que además supone la derogación del articu lo 40 de la Ley Reguladora de la jurisdiccIón contenciosoadministrativa de 27 de diciem'we de 1.956, que declaraba -inadmisible el recurso contencioso por actos de policia de prensa. No obstante, esta salvaguardia legal queda oscurecí da por dos puntos: 1~. El articulo 101 de la Ley de Procedi miento Administrativo, ya citado y 2', el que no se señala en la Ley 14/66 plazo de prescripción de la acción punitiva, por lo que unas informaciones pueden ser motivo de multa mu cho tiempo después deque fueran publicadas. Estos dos puntos son, a nuestro juicio, perjudiciales para el sistema in formativo.
Al no determinarse un plazo de prescripción legal se crea un estado de inseguridad, por la intranquilidad que supone. La notificación de la incoacción de un expediente -puede resultar una medida depresión indirecta sobre la línea editorial de un periódico, una amenaza constante.
Al ser la sanción inmediatamente elecutiva y permitirse el recurso tanto vía judicial como administrativa -se crea un margen para que se produzca la siguiente paradoja: sanción; recurso (en sus distintas formas>; estimación
del mismo con la consiguiente nulidad de la sanción. El pro blema es evidente: ¿cómo se compensa el daño realizado por la sanción?. Si es una multa. el inconveniente se reduce a la devaluación de la moneda y a una reducción de liquidez -potencialmente activa. Pero no resulta excesivamente grave. La clave radica en el suspuesto de la suspensión. El perjui cio evidente que se causa es dificilmente evaluable. Nos en contramos ante el problema indemnizatorio. Curiosamente, es ta posibilidad se hace real en el caso del diario 'Madrid', no en lo referente a las suspensiones de tiempo parcial, si no en la suspensión definitiva acordada por resolución del Consejo de Ministros de =5de noviembre de 1.971, que fue declarada nula por sentencia del Tribunal Supremo el 25 de octubre de 1.976, con el problema subsiguiente de fijación de indemnizaciones.
Quedan por añadir dos apuntes para encuadrar el -marco de acción permitido a la actividad informativa. Al ar ticulo 2' de la Ley 14166 se le añade el apartado bis, b> -del articulo 165 del Código Pena) y la Ley de Secretos Oficiales de $ de abril de 1.968 en su articulo 13. con lo que la libertad de información queda aún más maniatada»
Otras notas reglamentarias, como el pie de impren ta, no hacen más que complicarlo. Mención especial por el caso que nos ocupa, merecen el deposito previo, recogido en el articulo 12 de la Ley 14166, y el secuestro, articulo 64.2..
La obligación administrativa del depósito previo no parece más que una formalidad. Es, no obstante, una medida policial de seguridad en prevención de posibles infracciones. Se establece un tiempo, que debe ser de media hora antes, mínimo de la difusión, entendida ésta ya desde el primer ejemplar.
El sucuestro es una de las sanciones cautelares -más graves de la ley. Corno única justificación se encuentra la posibilidad de ser constitutiva de delito. Algo inconcre to, pero que acuerda el juez. La finalidad es prevenir la difusión, por las consecuencias que ésta puede acarrear.'La prohibición de vender, o de distribuir <...] puede estar píe namente justificada por las necesidades de seguridad o tran quilidad públicas. Pero esta prohibición debe estar limitada en le tiempo y en el lugar' (10].
A nuestro juicio, son todas ellas deficiencias le gales que deberían ser subsanadas en aras de una equidad y justicia. En definitiva, desde nuestro punto de vista, la -ley que determinaba la actividad informativa del diario 'Ma drid' es imperfecta por su gran inconcrección. Por ello, es una ley que depende en gran medida de la aplicación que de ella se haga. Y es. precisamente, una muestra de esa aplica ción este trabajo. Como conclusión podríamos recoger las pa labras de Antonio Hernández Gil: 'Si situados en el 18 de -marzo de 1.966, fecha anterior a la de la Ley Orgánica del Estado, miramos hacia atrás, no cabe duda que la Ley de Pren
sa e Imprenta ha de reputarse como un estimable avance en la regulación de la materia, tanto por lo que elimina como por lo que positivamente introduce (.,). Años después, du rante los cuales el ordenamiento jurídico del país y la pro pia acción política han experimentado mutaciones en el sen tido de abrir zonas más amplias de participación y libertad facilmente se comprende que una ordenación legislativa, intrinsecamente cautelosa, aunque comparativamente progresisU, resulta en conjunto insuficiente' (II).
4.2. Los textos sancionados
De todos los expedientes incoados (12), sólo ocho llegaron al Tribunal Supremo. Estos eran referentes a diez textos publicados en ocho fechas diferentes. En concreto. -cuatro editoriales, cinco informaciones y la reproducción -de una carta al director de otro medio en la sección 'Revis ta de prensa», a saber:
- -'El país no está para arbitristas' <26-X-1.957)
-
- 'Agravio a la familia canaria' (3-XI-l,967>
- -'La ley del silencio'
- <30-1-1,968)
- 'El rectorado de la Universidad de Madrid, sor-
- -prendido por la actitud del doctor Lwoff» (I5-ll-I.968)
- -'La facultad de Económicas cerrada otra vez» (1 5-1 1-1 .968>
- -'El vacio político en el país y los limites
-
- al
pluralismo repercuten en la Universidad' (l5-ll-1.968>
- -'Nota sobre asistentes a una asamblea no autori zada' (=-V-?.968>
- -'Retirarse a tiempo. No al General De Gaulle' -(30-V-l .968>
- -'Manifestación en Barcelona' (26-X-i.970)
- -'Derecho y vida real. Nl Gobierno ni oposición' <8-11-1 .971>
Estos textos, según la interpretación de la Administración. Director Géneral de Prensa, Ministro de Informa ción y Turismo o Consejo de Ministros, constituian una infracción de la Ley 14/66 en su articulo 2'. Tras los recursos de alzada correspondientes, el Tribunal Supremo tenía -la última palabra,
En las siguientes páginas, se realiza un estudio de los textos sancionados. de acuerdo con el siguiente cri- ter lo:
- tura redaccional.
- Tipo de información. Determinación de la estruc
- Ubicación. Página.
- Tema. Análisis de contenido. Exposición de la idea fundamental.
- Resumen. Exposición sistemática de los contenidos.
- Comentarlo, Valoración personal.
'El país no está para arbitristas' (13)
- Editorial.
- Página 3,
- Necesidad de España de adaptarse al desarrollo europeo sin fórmulas arbitristas, con la colaboración de eco nomistas y técnicos.
- Introducción y tres ladillos: 'La crisis de pos
- guerra'. 'Estabilizacitn y arbitrismo' y 'España ante Europa'.
- a. El arbitrismo es una enfermedad histórica espa hola, recogida por su literatura. Es grave comprobar que to davia persiste.
- b. La situación crítica tras la guerra civil permitió soluciones arbitristas. Es el arbitrismo un desvario político, en relación con el subdesarrollo y la frustración»
- c. En la etapa posterior existe la amenaza de vol ver al arbitrismo. Exposición de las alternativas económica europeas: del neocapitalismo a los planteamientos socialistas y la inutilidad de apartarse de ellas. Se apoyan en ted ricos. ej. Raymond Aron.
- d. Es un peligro que España se aparte de Europa, ahora que hay crisis en las relaciones con el Mercado Común, no informada en toda su extensión. Se afirma que sectores -concretos de la vida pública abogan por un arbitrismo de cu ño tradicional; que nadie es libre de propias y absolutas -iniciativas, y menos una pequeña potencia desfasada. Crítica a las estadísticas descontextualizadas como fórmula de ocul
tar la verdad, y cita como ejemplo el Congo y su cifra de universitarios.
Como conclusión: adaptarse al desarrollo del res- to de los paises, teniendo como base la colaboración de eco nomistas y técnicos y no de fórmulas arbitristas.
- Evidentemente nos encontramos ante un editorial critico de alto grado de incisión. Es una exposición cons -tructiva. no obstante, ya que plantea soluciones y opciones alternativas. Sin embargo, las palabras y expresiones que -se exponen a continuación se pueden considerar graves en un contexto determinado:
-'El arbitrismo es una modalidad de desvario pol 1
tico que refleja una sociedad frustrada ( ... >. Es preciso -que a ello colabore un Estado de auténtico subdesarrollo político, ideológico y moral'.
amenazan, desde algunos sectores, en recon vertir la compleja situación presente al arbitrismo».
-'La crisis en una ausencia o encubrimiento
( ... ) de información».
-'1...) (...>''.
una pequeña potencia desfasada
Tales afirmaciones se encuadran en un contexto de tono critico. La palabra arbitrista, persona que resuelve crisis económicas o políticas de una nación con planes absur dos, en el mismo titulo, puede sugerir referencias despecti vas.
En definitiva, en otro marco coyuntural, el edito rial hubiese sido lerdo sin mayores estridencias, pero dentro de los parámetros establecidos por el Gobierno en su ley de Prensa es evidente que pudieron encontrarse motivos para ale gar extralimitaciones a una frontera tan vaga y arbitraria como la falta de respeto en la crítica a las personas e ms tituc iones.
Consideramos que la crítica es sana y constructiva y en ningún momento debió ser considerada ofensiva. Hay más suspicacias que referencias concretas» No se cita a nadic. Sólo se puede suponer sugerencias, pero no pruebas positivas. No hay sujeto pasivo en nigún momento sino la mis ma sociedad o 'sectores'. Ello no puede suponer sanción.
El único aspecto punible, pero no con multa, por su naturaleza, según nuestra estimación, y siempre basándose en sutilezas que no en ataques directos. se referirla al 'encubrimiento de información'' desde el punto de vista de -'falta a la verdad'. Pensamos que 'Los sectores concretos -de la vida pública' son tan vagos e imprecisos que no pueden generar en este caso derecho de réplica, que as lo que cree mos proporcional, en todo caso a la supuesta infracción.
Al plantear soluciones y alternativas. se deduce una pretensión positiva, buscar el bien nacional y no des -tructiva, criticar con malicia el sistema económico nacional.
Aunque esto es una opinión subjetiva. como todo lo que se
-refiere a intenciones.
La ambigiledad del titulo, sobre todo si se reíaciona con la palabra política del subtitulo: 'La política -ha de apoyarse en economistas y técnicos', se desvanece si se lee el contenido del editorial, donde queda claro que no se llama a los políticos actuales arbitristas, ya que sólo se habla de amenaza.
Nuestra opinión sobre las afirmaciones más graves segun- entresacadas y expuestas líneas atrás es la siguiente: primero, el arbitrismo no es deseable y denota inmadurez cultu ral (~..1 la definición, por tanto resulta acertada; do: afirmaciones inconcretas. no imputables directaiente; -tercero: la dureza de las afirmaciones no está reñida con su veracidad.
'Agravio a la familia canaria' (14>
- Reproducción de carta al director de la revis-
- ta 'Mundo' en la sección 'Revista de Prensa'.
- Página
- Protesta de un lector por el encarcelamiento de
- un estudiante que reprodujo un poema de un libro autorizado y por el posterior traslado a la prisión de Jaén.
- El estudiante Salvador Sagaseta, que habla sido
encarcelado por resolución del Consejo de Guerra en Canarias por la publicación del poema 'Consejo de Paz' del poeta P. -Lezcano, libro de éste autorizado por el Ministerio de Infor mación y Turismo, que ha sido trasladado a la prisión de Jaén. El lector. F.I.J., coisidera que: primero, la pena impuesta es extrema, segundo, que es injusta, puesto que el poeta está en libertad y tercero, que el cambio de prisión a la penin sula es un agravio a la familia canaria.
A nuestro parecer, lo más llamativo es la elección del titu agra- lo 'Agravio a la familia canaria', ya que para el lector y redactor de la carta no es más que un breve apunte, para el periódico se convierte en fundamental. El diario lo resalta, dando co mo principal la afirmación: el cambio de prisión es un vio a Canarias.
La crítica del lector, que recoge el diario, tanto a la sentencia del estudiante, como al cambio de prisión, es obvia. En nuestros días, la crítica a la justicia está permi tida, pero en el contexto del conflicto, podía suponer una -falta de respeto, El periodista siempre debe ser responsable de la información que selecciona. como mediador informativo, sobre todo si, como en el presente caso, las opiniones verti das se realizan sin ninguna argumentación jurídica.
[a selección de la carta debe ser, pues, motivo de comentario. El perid'dlco-periodista es libre de escoger qué
incluir en la sección 'Revista de Prensa'. Pero la pregunta que surge inmediatamente a continuación es: ¿por qué esa información?. Se supone que, de una o de otra forma, se considera el texto interesante para sus lectores y que, de una u otra forma se consideran válidas las argumentaciones, tanto una, la pena es excesiva, Como la otra. No es necesario que se compartan las opiniones, pero si que se acepten. Y son -opiniones que carecen de razonamientos y de conocimiento de causa puesto que se obvia el motivo del traslado.
Encontramos, pues, analizado en el contexto adecua do, una extralimitación en el respeto en la crítica de la ac ción administrativa y a la independencia de los tribunales. Con un criterio más amplio.
'La ley del silencio' <15>
- Editorial.
- Página
- Crítica al proyecto de ley de Secretos oficiales.
- Introducción y cuatro ladi líos: »EI régimen juridico actual', '¿Para qué más reservas?', 'El valor político de la información' y 'Los defectos del proyecto',
- a. La Ley de Secretos Oficiales ha pasado a estudio
- de la ponencia.
- b. La Ley 14/66, en sus artículos 2' y 7', y la re
- forma del Código Penal ya protegían las materias reservadas.
- c. Este dispositivo jurídico parece no ser suficien te y el gobierno pretende reforzarlo aún más y así invadir -el discreto margen de la libertad. Ningún país llegó más lejos en la protección de los secretos oficiales.
- d. Método de acentuar el control: inconcrección. -La no definición e indeterminación permite que todo, en teoría, pueda ser clasificado como secreto oficial. En cambio, sí están muy explicitas las sanciones. Se critica que las pe nas debían ser a los funcionarios, custodiadores del secreto y no a los informadores.
- e. Las trabas a la información se deben a su valor político. Hay dos posiciones: el inmovilismo del poder y el intervencionismo en la vida pública, que implica necesidad -de conocimiento.
Frase final: 'El totalitarismo se puede definir
-brevemente como la falta de información'.
- Es un editorial critico, sin reparos. El diario muestra su disconformidad absoluta con el proyecto de ley. -Tras hacer una exposición de la real idad jurídica explica los defectos del proyecto. La crítica general al sistema de coac ción de la libertad de expresión se cierra con un lazo final como es el sustantivo 'totalitarismo', situación proyectiva a donde desemboca la hipotética ley.
Evidentemente, se supone que un régimen político -que va a implantar una ley como la que 5e critica no permiti
rá un editorial así, aunque no es esto lo que debemos valo rar. El propósito, a nuestro entender, es constructivo, a través de la destrucción. Al criticar el proyecto de ley exponiendo con razonamiento los defectos, se permite una -posterior rectificación gubernamental o legislativa, con lo que la crítica tiene fines de utilidad pública.
La argumentación jurídica del periódico nos pare ce correcta y estimamos, como ellos, que los secretos ofidales ya estaban suficientemente protegidos por la ley. Lo que se precisaba, era precisamente una mayor clarificación. No conocemos el proyecto de ley sino ésta en su versión de finitiva, hasta octubre de 1.978. La inconcrección que se observa y el amplio margen clasificatorio son ciertos y de ser así, son, permiten una amplia discreccionalidad.
La opinión sobre los funcionarios, que estos son en última instancia responsables, es razonada y no puede -ser considerada maliciosa ni sancionable. La teoría sobre el valor de la información no es sino una opinión doctrinal corriente sobre las libertades púbí icas: lucha activa frente al poder inmovilista. Lo único que sobresale en el tono es la afirmación final de totalitarismo, aunque queda disculpada por su no-atribución. El editorial puede ser sugerente, pero como. además, la ley no es definitiva, no es imputable con precisión.
'El rectorado de la Universidad de Madrid. sorpren dido por la actitud del doctor Lwoff' <16>
- Noticia.
- Página 3.
- El doctor Lwoff renuncia al doctorado 'honoris
- causa'. Versión del interesado y del rectorado de la Jnlver sidad.
- Resumen:
- a. Nota del rectorado de la universidad de Madrid supo-
- donde expresa su sorpresa por la declaraciones del doctor -Lwoff a la prensa francesa en las que dice rechazar la in -vestidura de doctor 'honoris causa' y afirma que esto ne un cambio de opinión, ya que en principio el profesor Se había mostrado entusiasmado por la idea
- b. Transcripción de un comunicado del profesor An dré Lwotf publicado en el diario 'Le Monde' donde afirma -que, tras ser consultados sobre si quisieran ser distinguidos, él y su colega 3. Monod adujeron que deberían pensarlo. Y, ante el control policial de profesores y estudiantes que existe en nuestra Universidad, han decidido que no podían -aceptar el nombramiento,
- Exposición de las dos partes de un conflicto.
- Peniodlsticamente bien. Responde a los cánones de objetividad informativa, ya que ante un malentendido o confusión se buscan fuentes de ambos lados y no sólo una. Por ello no -puede sino aplaudirlo.
No es extraño sino común que dos versiones encon tradas de un hecho no coincidan e incluso se contradigan. -Es usual, que no sorprendente leer, la explicación de un in teresado y comprobar como al instante se niega por la otra parte. Por ello, que haya interés extremo o no por el nombramiento en el doctor Lwoff es aspecto secundario y en nada incide para la valoración de la expresión del diario.
Unicamente, como punto debatible, nos encontramos dos frases del doctor Lwoff donde sintetiza la actuación de la Universidad española y que precisamente es, lo que le im pide aceptar la distinciónt 'No hay universidad», resume. Y afirma que profesores son revocados y estudiantes detenidos bajo el control policial. Alude a una situación en términos extremos.
El periódico al recoger la información, se respon sabiliza de ella al socializarla. ¿Sobrepasa el limite de -la verdad?. Según afirman muchas personas que vivieron aque lía época, no. Otras aseguran que es exagerado. No vemos -que sea ese el límite sobrepasado. En una interpretación in teresada, corno obviamente es la del poder, y con la di screcionalidad que la ley le confiere, podemos adivinar una pro vocación al orden público aspecto que bajo la situación Coyuntural de tensión estudiantil -año 68puede suscitar San ción. Otros aspectos como deformación de la opinión o falta de respeto a las instituciones parecerían más arbitrarias -
por parte de laAdministracióny excesivamente celosas y no partidarias en absoluto de libertad de opinión. Aunque jus tificables legalmente siempre.
- 'La facultad de Económicas cerrada otra vez. Rea pertura y nuevo cierre de la facultad de Económicas' (17>
- índice en primera página con titular y noticia
- Primera y página 3,
- Informaciones sobre los conflictos universita nos.
- Resumen:
- a, El Ministerio va a reconsiderar las sanciones impuestas a estudiantes por la solicitud de la Junta de Ca Lednáticos, pero no ha levantado los expedientes.
- b. Ha habido clases normalmente en Ciencias Polí ticas y Económicas.
- c. Noticia fechada en Sevilla: celebración de una asamblea no autorizada de estudiantes.
- d. 'Los incidentes de esta mañana', ladillo a tres
- columnas. Esta mañana hubo 'cámara de facultad' para hablar sobre la nota referente a las sanciones. También hubo enfren tamientos entre estudiantes y policías que entraron en la -facultad y usaron porras. El vicedecano, informado de la si tuación por los estudiantes, ordenó la suspensión de la actividad académica y rogó el desalojamiento, que no efectua-
ron los estudiantes hasta que se les aseguró que la policia no realizaría detenciones.
- e. En Derecho, protesta al decano por la presen-
- cia de la policia.
- f. En el Clínico, asamblea.
- Exposición, a simple vista imparcial sobre los
- acontecimientos de la Universidad. Es una narración de hechos, sin opiniones ni comentarios del periódico. No firma ningún periodista por ello. De antemano, no se observa fin guna extralimitación, a no ser la verdad, alguna información no cierta, que a priori no adivinamos. No encontramos moti vos de sanción.
- 'El vacfo político en el país y los limites al -pluralismo repercuten en la Universidad' <Rector Balcelís) LIB>
- Entrevista.
- Página
- 6-
- Opiniones sobre el conflicto universitario de
- procuradores navaros y el rector de Salamanca.
- Resumen:
- a. El señor Balcel Is considera que los problemas universitarios son estructurales, docentes y materiales, no de gobierno. Respecto a los motivos del descontento estudian til piensa que primero son las causas escolares, más la uni formidad política y falta de pluralismo y asociacionismo, y
más profunda la masificación. Los comunistas son minoritanos y aprovechan la situación.
b. [os procuradores Soñi y Zubieur ven el proble ma así: la masificación y sus consecuencias <falta de me -dios, contacto, . .. 1 facilita la actuación de minorias activistas. Más eco de la sociedad, el anhelo de representatividad, más la catalanidad en Barcelona. Soluciones: control policial de los activistas, reducir e) descontento y autonomizar la Universidad.
- Crítica de la situación social, no por el periodista, sino por un personaje público. Nos encontramosante una cuestión difícil: ¿hasta qué punto llega la respon sabilidad del periodista? La afirmación es de un personaje público notorio. Hoy, el articulo =0de la Constitución de ¶.978, propugna un derecho social que justificaría la actitud del periodista. Entonces, las limitaciones estaban por encima del derecho. No obstante, creemos que la cualificación del protagonista exime de responsabilidad al peno dista.
Además, por otra parte, creemos que las opiniones del señor Balcel Is estaban fundamentadas y debían suponer -sanción. La elección del titular, que podía ser criticado, estimamos que es un criterio exclusivamente periodístico, y más en este caso, que se basa en unas declaraciones.
- 'Nota sobre los asistentes a una asamblea no aurizada' <19>
- Fragmento de una información; breve tras ladi lo.
- Página 6.
- Información sobre los actos del ¶ de mayo en Pamplona.
- Resumen:
- a. Detenidos en una manifestación.
- b. unos 2.000 militantes de la H.O.A.C. se
- '< ... > reunieron en asamblea no autorizada en el frontón <
- Es un breve que no parece tener en si ningún -aspecto comprometido. No es critico ni valorativo. De ante mano parece noticia pura.
'Retirarse a tiempo. No al general De Gaulle' <20>
- Articulo firmado por Rafael Calvo Serer.
- Página 3.
- Crítica al régimen de De Gaulle y la sugerencia de que abandone el poder.
- Texto único sin ladillos.
- a. Incompatibilidad de un régimen personal y auto
- ritario con la sociedad moderna. Varios ejemplos: desde Stalin a Hitler, pasando por Churchill. Crítica a la individua 1 ización del poder en De Gaulle. Reproches por no haber de-
terminado sucesor, por desoir las opiniones ajenas. No se pueden enmendar los problemas con soluciones de emergencia. Crítica a una serie de acciones del general. Referencia a la posibilidad de envejecer con el poder, y de envejecerle. Se dice que una retirada a tiempo es buena, y pone como -ejemplos a Leopoldo de Bélgica y a Johnson. Finalmente, enlaza los acontecimientos franceses con la situación española: política, problema de sucesión. Plantea interrogantes -finales sobre un futuro que parece que ven Cerca respecto -al gobierno y al Jefe del Estado.
- El editorial, a partir de los acontecimientos ocurridos en el país vecino, plantea una tesis reflexiva so bre los regímenes personales. En principio es una crítica a los sistemas autoritarios y a los problemas relacionados, -surgidos en ellos, como la vejez, la sucesión. Aunque en -primera instancia el plano de análisis se centra allende las fronteras, y no supondría más que imaginaciones excesivamen te tendenciosas suponer una referencia sibilina al régimen del general Franco. Al relacionar nuestro país tanto en su situación social como política con Francia, de forma explícita, con referencia textual, se produce una correlación de supuestos, una traslación de significados inevitables. Al -momento de señalar la semejanza de la situación política -coh Francia es indudable que se está comparando al general Franco con el general De Gaulle y que todas las afirmaciones vertidas sobre éste pueden ser de aplicación relacional con
aquel.
Aceptando que el mismo Jefe del Estado ha sido cri ticado de forma indirecta, pero innegable, podríamos buscaf disculpas o errores. Pero la continuación del editorial sugiere que la intención es la reseñada ya que se hacen afirmaciones criticas sobre la situación nacional española, sin animo de respuesta. Por último, el editorial contiene una afrente directa a las leyes del Estado que supone una extralimitación de lo dispuesto en el articulo 2' de la Ley 14/66 que prohibe la crítica de las Leyes Fundamentales. 1...) -los esparoles no hemos resuelto la plena participación demo crática cuando, según las leyes, se dan por terminado los -periodos totalitarios y autoritarios del Régimen'. De esta afirmación no se puede, cuando menos, sino extraer una conclusión: el régimen jurídico español es falso, un engaño. -una máscara. Y el Régimen, aún, autoritario.
En definitiva, vistas las limitaciones legales, -no nos debe extrañar la sanción. No se puede pretender que una crítica así quede escondida con un relacionante tan obvio. Y no podían pretender quedar inmunes en aquel las circunstancias, máxime cuando se sabe que, según el relato de Calvo Serer (21). estaban sometidos a vigilancia.
Este articulo de Rafael Calvo Serer tuvo mucha re sonancia y fue en su día ampliamente comentado.
'Manifestación en Barcelona' (2?)
- Noticia.
- Página 5.
- Información sobre dos manifestaciones acaeci-
- das en Barcelona.
- A. Resumen:
- a. Manifestación de unos t000 trabajadores de -SEAT a mediodía, Protesta que fue disuelta por la presencia de la policía. No hubo incidentes ni detenciones.
- b. Por la tarde, otra manifestación con incidentos, en la que se rompieron cristales de un banco.
- c. Ambas manifestaciones, al parecer, están rela-
- cionadas con una jornada nacional de protesta futura, promo vida por diferentes organizaciones extralegales.
- Es una información imparcial sobre las manifes coepor
- taciones. Se hace un relato de los acontecimientos sin entrar en comentarios sobre el asunto» Es una narración de he chos que ocurrieron en la vía pública. No critica el tamiento de la policía, pero tampoco el de las manifestacio nmes ilegales. Tiende hacia la objetividad periodística en la presentación de los sucesos.
El último párrafo es un excepción. Se hace una
-afirmación no confirmada sobre la relación de estos sucesos y actividades futuras de carácter ilegal. Podría contravenir la verdad, pero el giro al parecer, lima problemas. No se -
hace opinión ni información deformada de la realidad. Se na rran hechos ilegales, pero eso, consideramos, debe ser permitido.
- 'Derecho y vida real. Ni Gobierno ni Oposición' <23>
- Editorial.
- Página 3.
- Reflexión sobre el Gobierno y la oposición en
- España, con el resultado de la negación de ambos.
- Resumen: lead, introducción y tres ladillos:
-'No hay colores', 'La oposición», 'Vida real».
a. Cometido del editorial: Comentar sobre el Go-
bierno español, si es que podemos considerar que este existe.
b. Tesis: Sólo existe Gobierno donde existe res-
ponsabilidad política y unos órganos representativos de la población y donde esa responsabilidad pueda ser exigida a -su Jefe de Estado. Argumento: No hubo en España. a primeros del siglo XIX, ni actualmente en Estados Unidos <respecto -al poder ejecutivo>. En España, actualmente tampoco. El lefe de Estado detenta la la plenitud del poder ejecutivo y -legislativo. Los ministros son secretarios de este, ya que los acuerdos del Consejo son en definitiva de él.
c. Si no hay Gobierno, no se le puede adjetivar
-<en referencia a comentarios de otros periodistas y medios sobre el color del Gobierno>. Los ministros-secretarLOt no tienen color. Lo que importa son las decisiones del Caudi lío,
d. Lo señalado sobre el Gobierno es también apli cable a la oposición. Ejemplo: Estados unidos (Nixon no tie ne oposición a nivel ejecutivo>. En España no hay oposición ni a nivel de Gobierno-ejecutivo, ni a nivel legislativo: partidos políticos prohibidos, la cámara no goza de pleni -tud legislativa.
e. Incluye la 'reserva' del modelo de argumento
- -de Stephen Toulmin ('la contra-crítica'>. También es en la realidad. Ironía final: rudimientos jurídicos.
- Crítica al Gobierno en su máxima expresión. Co mentarios subjetivos enfrentados con la concepción del poder sobre si mismo. No hay aquí problemas de varias interpretacxiones,suti les, indirectas, -. . Multitud de afirmaciones -contra Franco y su discrecionalidad. Amparado en un contex Lo jurídico, que al lector profano puede sobresaturar, se -quiere explicar que el poder del Caudillo es indiscutible y único, que no hay Gobierno ni oposición. Además, por si le cabía duda a algún lector confundido, se reafirma la opinión no sólo es jurídicamente, sino en la práctica real.
Es un ataque frontal al régimen, cuya misma base se está criticando. Insistimos en lo ya argumentado introductoriamente: no estamos juzgando la realidad política <podriamos decir que las afirmaciones eran ciertas o que deben ser respetadas>, sino la realidad legal que condicionaba la actividad periodística del diario 'Madrid'. Y su vida pasada
por la convivencia con el régimen político vigente. Convi- vencia que tras este editorial nos parece imposible. En definitiva se había considerado al sistema político una dicta dura personal y parafraseando un comentario que le hicieron a Calvo Serer (24>, 'o el régimen terminaba con el diario -'Madrid', o 'Madrid' terminaba con el régimen».
Es evidente que sobrepasa los limites de la criti ca, de falta de respeto, de la seguridad del Estado-Gobier no. En este caso desde un punto de vista coyuntural y lega lista, estamos de acuerdo que el editorial debía generar -sanciones administrativas.
4.3. Repaso de algunos artículos y firmas representativos
En este apartado pretendemos hacer un anAl isis de los artículos de opinión aparecidos en el diario »Madrid' -durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de k970. Se ha elegido este periodo por estar relativamente próximo al cierre del periódico por ser una etapa de apogeo del -diario y porque al escoger un espacio de tiempo breve permi te una profundización mayor en los contenidos.
ha-
En otros apartados de este trabajo también se ce mención a personas y artfrulos que han significado mucho para el periódico (=5).
Los ejemplares analizados comprenden desde el nú ca- mero 10.077. de 1 de octubre de 1.970, al 10.154. de 31 de -diciembre de 1,970. Se trata de los meses en los que fallecio el general De Gaulle, cuyas memorias estaba publicando en pítulos el 'Madrid', y en los que se celebró el Consejo de -Guerra de Burgos, lo que da idea de la importancia de algunos acontecimientos políticos que se produjeron. Tambi4n se trató en las Cortes la Ley Sindical y del nuevo reglamento de la Cá mara
Los artículos de opinión del 'Madrid' aparecían fun damentalmente en la página 3. Incidentalmente, podía haber al guno, siempre de tema menor, en la página 2, y en la primera, donde al modo de 'Le Monde», se conservaba la columna de la izquierda para un género mixto de información-opinión. Se tra taha de unas columnas firmadas por autores muy característicos, tales como José Oneto, Miguel Angel Aguilar o Federico Ysart.
El grueso de los artículos analizados (ciento cin- cuenta y ocho) lo constituyen artículos de 'tercera'. Veintisiete son columnas de primera página y no se ha seleccionado ninguno de la segunda, en la que normalmente entre otras cosas se publicaban extractos de libros de próxima aparición.Se han eliminado los editoriales sin firma (tres> y los artículos firmados en secciones especificas del periódico, como -la de crítica de televisión donde frecuentemente aparecía la firma de Manuel Vicent, también habitual de la página 3.
El análisis de los artículos se ha realizado agru pándolos por las firmas de los autores:
ACLIRA, Ramón Luis. Este autor publica tres articu los, todos ellos relacionados con aspectos internacionales de la cultura. Son 'El ansia de asimilar» (6-U>, 'Una historia de amor y falda larga' que se refiere al fenómeno'¶ove Story' (10-II) y '¿Copia el Mercado Común la experiencia USA?' <1 l-XII
AGUILAR, Miguel Angel. Se trata del hoy todavía -conocido periodista. todos sus artículos aparecen en la columna de la página primera, nunca en la tercera. Son todos de tema nacional o internacional relacionado con España: -'Clima concialiador para el Sahara' <14-x>, 'Cae el telón -de corcho'. sobre las relaciones con Portugal ( 12-Xl ) , 'Vein ticuatro candidatos' sobre las elecciones de concejales del tercio familiar (l4-XI), 'Sobre la situación' columna dm ac tualidad sobre el Consejo de Guerra de Burgos (15-111) y -'El pleno y la excepción' <=1-ni),también de actualidad -política.
ALFONSO. Tiene una única colaboración de comenta- rio pol Itico: 'Los temores del año 70' (5-1)
BURGIJERA. Firma siempre así y tiene una sección
-fija bajo la rúbrica 'Tendido de Sol'. Se trata del político
liberal valenciano Francisco de Paula Burguera, que más ter detendría un relativo protagonismo durante la transición -en el País Valenciano. Tiene un total de doce colaboraciones, tantas como semanas, pues 'Tendido de Sol' era semanal. Siem pre toca la politice nacional, en tono crítico. Se ocupa de dcc laracio nes de políticos del régimen, que comenta, de las elecciones municipales, del entonces denominado »asocianlsmo polltico', de Madrid por oposición a las llamadas 'provincias», de la propia Valencia con motivo de un suplemento publicado por el periódico, etc. Burguera pertenece a la 'cuadra' de colabora dores valencianos del 'Madrid', que era muy nuemerosa. Esto hay que relacionarlo con el hecho de que Calvo Serer También era valenciano y fue durante muchos años catedrático de la Universidad de Valencia.
CABALEIRO, Ezequiel. Se trata de un colaborador -habitual cuya piste no nos ha sido posible seguir en periódicos poteriores. tal vez sea un seudónimo. Tiene un total de cinco artículos, todos ellos de tema religioso y conexos. Resulta interesante señalar que en dos de sus cinco colaboraciones toca el tema del divorcio-Matrimonio civil' (=1-X) 'Divorcio a la española' (l7-XI> yen la última las relacio nes entr Estado español y la Iglesia, 'Los obispos españoles y la política (15-fi) en estos meses se produjo un debate en Italia sobre el tema del divorcio, que el colaborador del 'Madrid' trasladó a España en la medida que lo permitían las circunstancias.
CARNICERO, Jesus. Era el encargado de temas socia les-sindicales. Tiene tres colaboraciones, una de las de pá gina primera, de acuerdo con la línea de resaltar el tema -más importante de la jornada con un pequeño comentario. Los títulos de sus artículos son: 'La ley sindical y el contrato social' (20-11>, 'En línea social con Europa» (23-111> y -'La titularidad sindical' (31-1) este último es el de prime ra, publicado con motivo del inicio de los debates sobre el Proyecto de Ley Sindical.
CARRERA, Antonio» Tiene una única colaboración de primera página, bajo el titulo 'Deficiencias enmascara -das' (=3-X). Es de tema eco-nómico, sección en la que posiblemente trabajaba.
CASTAN, Fernando. autor de una sóla colaboración, también en la primera. Se trata del articulo 'El tráfico ma drileño: Medidas para un caos' <16-11. Era jefe de la sec ción de información municipal del periódico.
DOVAL, Manuel. Tiene una colaboración en la terce ra página, con motivo de la muerte del General De Gaulle. -Es un comentario sobre sus caricaturas, titulado 'Un hombre gigantesCO, lento, tranquilo: la caray la caricatura»<21-Xll>.
FERRANDO, Juan. Se trata del catedrático de le Facul tad de Derecho de la Universidad de Valencia, enton
ces situado en posiciones contrarias al régimen. Tiene cm co colaboracíones, cuatro de tema Internacional y una de -carácter sociológico. Pertenece también al grupo de colabo radores valencianos del periódico. Los títulos de sus artí culos son 'Europa camina hacia la socialden,ocracia' <13-U, 'Un análisis del régimen político de Italia: el poder legí timo' <23-II, 'El problema racial en Estados Unidos' <28-x) 'La justificación sociológica del poder' (4-Xl), 'Integración juridico-social de los negros' (1O-XJ). Resulta curio so constatar la existencia dedos artículos sobre la discri minación racial en U.S.A..
FORNARI. Paolo. Tres colaboraciones de tema ita- liano, centradas en el divorcio y el control de la natalidad.
GOMEZ-HERNAN, Carlos Alfonso. Tiene cuatro colabo raciones. Tres de ellas de filosofía política y social y -una dedicada al arquitecto y urbanista Arturo Soria: »Cin -cuentenario de Arturo Soria' (6-Xl).
GOSALVEZ, Alfredo. Dos colaboraciones de tema mi litar (27-1) 9 <25-Xl).
GOZALO, Miguel Angel. Periodista. Era subdirector del periódico. Publicó en el periodo anal izado una columna en la primera página titulada 'Echeverria, Mexico y España'
(2-Kl 1).
ICARDO, Juan Antonio. Autor dedos colaboraciones de tema cultural: 'La mistificación de la cultura popular» <2-XII), 'Cultura y 'bluff'' (18-111>.
JUAN, Jose Vicente de. Redactor del periódico, en cargado de educación. Autor de dos columnas en la primera página relacionadas con su especialidad y con la actualidad del momento: 'Control de precios en la enseñanza» (=0-1)y 'Soluciones para el precio de la enseñanza» <22-1).
LLORENS, Joan. Colaborador habitual del grupo va ex- lenciano. Autor de seis artículos en el periodo estudiado, cinco relacionados con la pol Itica europea y uno con las portaciones: 'La naranja, fuente de divisas' <=0-Kl.
N.A.. Autor de dos articulos:'La crisis de las
-artes gráficas' (4-XII> y %a contaminación de los nos es pañoles' <30-111> precedidos del antetitulo 'Crítica y con sumo'. ¿Se trata del colaborador Alberto Miguez?.
MAZARREDO, José de. Autor de una colaboración de tema internacional. 'Europa en su marasmo' (2=-Kl.
MIGUEL, Amando de. Es el 'gran colaborador' del
-periódico en la Época estudiada, con un total de veinte co
laboraciones. Sociólogo, Hoy en día muy activo colaborador de prensa y radio y autor de numerosos libros de éxito, entre los cuales se encuentra 'La ambición del Cesar en -colaboración con Jose Luis Sutié'rrez. De todas sus colabo raciones, siete son crónicas de un viaje por el este de Eu ropa, parte de una serie más larga y el resto su habitual colaboración semanal centrada fundamentalmente en temas so ciológicos. En muchos de los artículos dialoga con los lec tores que le remiten cartas, algo original entonces y ahora. Toca asuntos sociales: el acceso de los mayores de veinticinco años a la Universidad <7-XU , las medallas al mérito en el trabajo ( 14-Kl 1, la construcción del entonces nuevo barrio de Moratalaz. etc. Por aquellas fechas se publicó -también el primer informe FOESA, lo que hizo que De Miguel fuera entrevistado en las páginas de cultura del periódico y dedicara una colaboración al informe. Las colaboraciones de Amando De Miguel son muy similares a las que hace actual mente en la prensa, dominadas por una crítica social iróni ca y suave.
MIGIJEZ, Alberto. Autor de nueve colaboraciones
-centradas en la política internacional» Actualmenmte colabo rador del diario 'ABC'. TambiÉn toca temas de interés socio lógico, entonces de moda. Así 'El caos de cada día' <8-fl sobre el transporte urbano. 'El retorno de los emigrantes' (IB-U) y 'E) precio de los libros' (=6-U>. Muchos de sus trabajos van precedidos del antetitulo 'Crítica y consumo' -
lo que nos hace pensar que en ocasiones firmaba con iniciales sus colaboraciones, que tenían una periodicidad semanal.
MIRAVILLES, Jaume. Antiguo dirigente izquierdista catalán, autor de colaboraciones en prensa hasta su muerte. Tras el cierre del 'Madrid' continué publicando en 'Informacbones también cerrado. Tiene dieciseis art('culos en el periódo estudiado, todos ellos de política internacional.
Pedro. Enviado especial a Polonia con moti
MUÑOZ, yo de la caida de Gomulka. Publicó en primera página una co lumna titula 'El pueblo polaco quiere libertad y democracia' <23-X II) -
NEIRA, Hugo. Se trata de un periodista peruano, colaborador del 'Madrid' y luego de otras publicaciones es parolas, como 'Cuadernos para el dialogo'. Tiene una colum na en primera página titulada 'Amnistía política en el Perú» -
NINYDLES, Rafael Luis. Es el socio lingoista valen ciano, todavía colaborador habitual de prensa. En el 'l'~adrid' abordó temas internacionales: 'La nueva izquierda norteame ricana' (27-Xl> y de cultura popular. 'La Alite y el televisor' (l-XIl>.
ONETO, José. Tiene seis colaboraciones, todas ellas columnas en la primera página. Trabajaba en el periódico y
escribía también para la prensa regional» Todos los temas que trata son de actualidad: 'Posible nombramiento del Pre sidente del Gobierno' (12-1), 'Elecciones municipales' (19 -1>, 'Referendum en el Sahara' <30-1>, 'Nuevo Diario cambia de empresa' <IB-II), 'Ley MilIs: consecuencias para España' (=1-II),'El papel de la prensa' <1-111>.
PANIKER, Salvador. Tiene una sección de aparición irregular antetitulada 'Los signos y las cosas». Publicó -cuatro colaboraciones de comentario político general, Dos de ellas estaban dedicadas al Presidente Nixon que visitó -Madrid entonces.
PORCEL, Baltasar. Todavía hoy, como el anterior, colaborador habitual de prensa. Dos colaboraciones bajo el epígrafe 'Los trabajos y los días'. Una de ellas esta dedi cada al critico catalán Josep Maria Castellet.
RUBiALES MORENO; Francisco. Colaborador habitual. Tiene cinco artículos de tema internacional centrados en la
Europa del Este y en Asia.
RUIZ, Juan. Se trata de un seudónimo, nombre del llamado 'Arcipreste de Hita'. Colaborador importantísimo -del periódico, que contaba con una página entera semanal en la que escribía dos o tres artículos. Expresa opiniones edi tonales. Seria interesante conocer la personalidad de los
que escribian bajo este nombre. Tiene veintidós colaborado nes, todas ellas sobre temas de actualidad política nacional y muchas de carácter critico. Es, con poca diferencia -sobre Amando de Miguel, el máximo colaborador, toca la Admi nistración Local, la política agrícola, la enseñanza, la -'fuga de cerebros', la emigración, los sindicatos verticales, etc. No entra mucho en los 'Grandes temas» de la pol! tica nacional, que tocan con más frecuencia los columnistas de primera página.
SANCHEZ 013DM, Antonio. Era el jefe de la sección de internacional del periódico. Publico en el periodo analiza do una serie de artículos con el antetitulo de 'Europa -1.970-l.980'. Son en total once columnas, una por semana, -que tratan temas relativos a la unidad y evolución europeas.
SAENZ-DIEZ, Juan Ignacio. Colaborador esporádico, autor de dos de los artículos publicados: 'Intelectuales -del Este y del Oeste dialogaron en Yugoslavia' (9-X> y 'Necesidad de un programa de futuro imaginativo' (5-Xl).
VICENT, Manuel. Todavía hoy activo escritor y co- laborador de prensa y miembro del citado grupo valenciano, de articulistas del 'Madrid». Autor de seis colaboraciones de tema sociológico-cultural, criticas, muy similares a las que actualmente escribe.
VIDAL IBaRRA, José. Periodista también valenciano colaborador habitual. Trata sobre todo temas internacionales.
VILARO GIRALT, R. Colaborador de temas internacio nales, relacionados cori la construcción europea y la politi ca exterior española. Autor de tres artículos.
YSART, Federico. Autor de diez colaboraciones, -ocho de ellas de primera página, lo que le convierte en el autor del mayor número de columnas de este tipo. Sus artículos abordan principalmente el debate sindical que sedesarrollaba en las Cortes españolas. también trata el tema de Gibraltar y el acuerdo preferencial con la C,E.EÁ Ysart desarrolló tras el cierre del 'Madrid' una larga carrera como periodista. Se da la circunstancia de que actualmente es eurodiputado por el Centro Democrático y Social (C.D.SA y entonces hace diecisiete años era cronista parlamentario del 'Madrid',
A continuación vamos a analizar tres artículos de los muchos aparecidqs en las páginas del diario 'Madrid'. Se trata de:
-~Habrá Jefe de Gobierno?»
-'Retirarse a tiempo. No al General De Gaulle'
-'Adios ..
'Habrá Jefe de Gobierno' (26>
Fecha:
5 de septiembre de 1.966.
Página:
Impar, tercera.
Lugar:
Entrada.
¿Está anunciado en primera?: Sí
Número de columnas:
Tres.
Altura:
Toda la página.
Tipo de letra:
Redonda.
¿Tiene ilustraciones?: No.
Autor:
No figura.
El editorial está dividido en cuatro partes. La pri mera, enmarcada por un rectángulo de serpentina abierto, intro duce la información sobre la 'inminente' Ley Orgánica, escrito en cursiva. La segunda, atendiendo a su titulo: 'Pequeña -historia: el proyecto Arrese', hace referencia a los antecedentes. Tiene un ladillo, 'La ley aplazada' y está escrito en negrita redonda a tres columnas. La tercera reproduce en parte el esquema del anterior, con titulo, 'Separación de poderes', ladillo, '¿Institucionalización del l'lovimiento'y letra redonda a dos columnas. La cuarta y Oltima es como un pequeño editorial, 'Unidad deseable y pluralidad existente' que no -tiene ladillos y está escrito en cursiva,
Se puede decir que la Época independiente del dia- rio 'Madrid' se inició con la aparición de este editorial, -
por lo que ha sido escogido para su estudio» En él se enfoca el tema del proyecto de Ley Orgánica elaborado por el Con sejo de Ministros. Existfan proyectos similares que habían si do aplazados; así que el »Madrid' refería sumariamente la historia y apuntaba hacia las dos cuestiones fundamentales de orden práctico que, al parecer, se abordarían en esa ley: la separación de la Jefatura de Estado y la Jefatura de Gobierno, y la institucionalización del Movimiento como única estructura política de la vida nacional.
Este primer editorial marcaría ya una línea a se guir. Sin perderse en laberintos doctrinarios, y sin concesiones a los tópicos habituales de la literatura política, -'Madrid' llamaba a atención sobre los escollos que habían de evitarse en una reelaboración constitucional: la precipi tación, y el inmovilismo. Este sintetizaba las ideas del pe niódico: 9. Reconocimiento del pluralismo político. 2'. Ne cesidad de que España se preparase para acceder al Mercado Común. 3l~ Nombramiento de un Jefe de Gobierno y 4·, Oposición a institucionalizar el Movimiento que no correspondía a las necesidades de entonces.
Señalaba la conveniencia nacional ·de hacer compati ble la organización política española con el tratado de Roma de forma que se abrieran las puertas del Mercado Común. La Jefatura de Gobierno separada de la de Estado podía ser un Pa so positivo en la diversificación política; sin embargo, una
institucionalización del Movimiento representar<a bien poco a la realidad española del pluralismo político ya operante, y a la integración a que estaba llamada la peninsula.
El articulo del 'Madrid' tuvo mucha resonancia en el circulo del poder, y en amplias esferas de opinión pues fue distribuido por Cifra, y Europa Press y produjo una gran irritación por su significación política y porque se adelan taba a un proyecto 'secreto' de Ley Orgánica, que no Se babia podido promulgar debido a que tanto los partidarios del ministro Solís como los de López Rodó hablan bloqueado sus respectivas enmiedas de su oponente. Sin embargo, en esta -ocasión, el proyecto estaba ideado por el Caudillo y éste -se irrité por la publicidad anticipada que estaba dando al mismo el 'Madrid'.
Además de Franco, tanto López Rodó, como Carrero Blanco, entonces ministro subsecretario de la Presidencia, y Fraga se mostraron molestos por el editorial y tomaron las medidas oportunas. El ministro de Información se entrevistó con Calvo Serer haciéndole ver la conveniencia de no abordar nuevamente el tema del proyecto de Ley Orgánica, mientras sugería a Luis Valero, subsecretario de Hacienda, y accionis ta influyente dentro del grupo falangista de FACES, la nece sidad de entorpecer la labor de Calvo Serer.
Por otra parte, el ministro de Falange y los Sin-
dicatos, José Solís. se encargó de orquestar una campaña di famatoria contra el 'Madrid' que partió Drincipalmente de 'El Alcázar' y 'Pueblo' -Así pues, el periódico empezó a -sentir la presión del Movimiento, a pesar de lo cual la Ii nea editorial siguió siendo crítica con el régimen, lo que provocó el inicio del largo acoso al diario»
'Retirarse a tiempo. No al General De Gaulle' <27>
Fecha:
30 de mayo de 1.968.
Página:
Impar, tercera.
Lugar:
Cabeza.
¿Está anunciado en primera?: Si.
Número de columnas:
Cuatro.
Altura:
Un tercio del total.
Tipo de letra:
Redonda.
¿Tiene ilustraciones?: No.
Autor:
Rafael Calvo Serer.
Este es quizás el articulo más conocido de la his toria del 'Madrid'. El paralelismo entre las situaciones es pañola y francesa es clara, tanto más cuando es esto lo que se trata de destacar. El viejo truco de utilizar otras épocas y otros lugares para denunciar algo mucho más Cercano,que tan buen resultado dió a fabulistas y escritores en tiem pos de escasa libertad, es destacado por Calvo Serer con bue nos resultados, pues nadie dudó por un instante quién era el
verdadero destinatario del articulo.
'El mes de mayo termina con improvisadas barrica da estudiantiles que llegan hasta la madrileña calle de la Princesa y con un articulo de Calvo Serer <que parece cambiar de rumbo político> titulado »Retirarse a tiempo' y pu blicado en el diario 'Madrid' que él mismo dirige; con pretexto de criticar a De Gaulle. se trata de criticar a FranCo veladamente. El gobierno reaccionó suspendiendo el diario por dos meses y multándolo con cerca de medio millón de pesetas. Pué el comienzo de una persecución, dirigida por Carrero Blanco, que se remataría con la prohibición total -del diario, la voladura legal de su edificio y el exilio de Rafael Calvo Serer' (=8).
En su contenido, la primera crítica aparece tras el primer punto y Seguido. cuando se afirma que 'lo que ha -quedado claro es la incompatibilidad deun Gobierno personal y autoritario con las estructuras de la sociedad industrial y con la mentalidad democrática de una época en el contexto del mundo libre'.
Nombrar a Hitler y Mussolini deja patente que el articulo se refiere. ta,nbién al menos, a España. pues más relación tienen estos dos personajes con el general español que con el general francés, y si aquellos dos no han conseguido revestirse de la leyenda napoleónica, parece que este
tampoco lo conseguirá.
Aparecen despues unas frases que quizás puedan in terpretarse como una referencia personal: »En los regímenes democráticos incluso, grandes personalidades (...) fueron -objeto de duras criticas y se vieron obligados a abandonar el poder por los electores que en otros momentos les manifes taron entusiasta adhesión < . Recordemos que Calvo Serer había escrito años atras 'España sin problema' en el que ma nifestaba su apoyo al régimen. Tuñon de Lara, al referirse -al quinquenio que va del 1.946 a 1.951, refiriéndOse al -Opus Dei · comenta: '(el Opus Dei> refuerza sus posiciones -en el poder, a este periodo <. . -) pertenecen las obras de -Calvo Serer ('España sin problema' y 'Teoría de la Restaura ción') ' <=9>. Como decíamos, la referencia personal podría encontrarse en que Calvo Serer ya no presta Su apoyo como -lo hizo en el pasado, ahora su antigua adhesión se ha con -vertido en crítica cotidiana.
El segundo párrafo profundiza en la crítica del
-sistema autoritario, apenas considerado hasta ahora: 'ha acurulado todas las desventajas y los inconvenientes de los au tócratas y estadistas citados', 'exagerada personalización del poder', 'prescindiendo de la opinión y consejo de casi todos los políticos', 'Ha menospreciado a los partidos, los sindi catos y la prensa', son paradigmas de lo expuesto, pero no es lo más destacable del texto. El final, sin embargo, es
más atractivo, De Gaulle se ha encontrado anciano sin haber comenta- abordado 'la preparación adecuada del posible sucesor». En este caso el paralelismo es tal, que no necesita rio. Por si fuera poco, como se verá más adelante, Serer no se calla y nombra el caso español sin ninguna reticencia.
El tercer párrafo, de transición, tiene escaso in terés en este análisis, se refiere exclusivamente al proble ma francés y sirve para la introducción, en el siguiente de dos ideas destacadas: A) 'Lograr de nuevo el apoyo del pueblo para sus decisiones personales' y B) '¿Podrá seguir adelan te el anciano general cuando ya no es capaz de escuchar ni de rectificar?'. Es decir, abunda en las mismas ideas de an tes, la edad y el personalismo.
De nuevo podemos encontrar aquí, buscando como an- tes, quizás en exceso, algo que explicaría el cambio de tra yectcJrid del autor, o por lo menos , justificarla su rumbo: habla de los gobernantes que se hacen viejos en el poder y 'son sus mismos éxitos los que les traicionan porque se afe rran a lo que en otras ocasiones les fue favorable ( Pero al cambiar las circunstancias ese inmovil ismo resulta molesto. Es decir, el apoyo de Calvo al régimen fue conse>i cuente en su principio; ahora, parece decir, lo consecuente es la crítica, como Bismarck, Carlos'X, De Gaulle y. por aso ciación, Franco pudiera actuar con éxito en un pasado, pero el presente obliga a considerar la continuidad, Recordemos
que De Gaulle habla supuesto un impulso para Francia de for ma que 'el 21 de diciembre de 1.958 De Gaulle fue elegido -Presidente de Francia y de la Comunidad francesa de ultra -mar. Finalmente. dimitio en 1.969 tras una derrota electoral' (301 al año siguiente de este articulo;
El bloque siguiente, los párrafos sexto y séptimo suponen, primero, un relato de antecedentes que desfilan -sin comentario entre ellos y, segundo, una característica -propia de) estilo Calvo: la extrapolación al resto del mundo, la confrontación con situaciones de cualquier época y -lugar. Se podría, sin embargo, hacer una crítica menor, --¿por qué escribir 'force de frappe' en vez de un sinónimo -castellano?, quizá no todos los lectores conozcan los giros del idiomavecino.
Los, tres últimos párrafos casi conforman un articulo aparte. Hasta ahora, el general De Gaulle había sido objeto de las criti cas y reflexiones y, quién quisiera, podía entender que tam bién se hablaba de España. Pero ya no quedan dudas; en este último bloque se citan los dos casos aproximadamente igual. La frase más significativa, por patente y ser la primera vez que se cita el caso español, surge en la tercera línea: 'España mantiene una semejanza de situaciones sociales y poíiticas con el vecino país. Si a Francia se le presenta el pro bloca de la sucesión de De Gaulle, del régimen de la 1 RepO bí Ica. tambi4n con especiales características está planteado en España».
''Adios . (31)
Fecha:
=5de noviembre de 1,971.
Página:
Primera.
Lugar:
Entrada,
¿Estí anunciado en primera?
Número de columnas:
Dos, en medida falsa.
Altura:
Toda la página.
Tipo de letra:
Cursiva,
¿Tiene
ilustraciones?:
No.
Autor:
Antonio Fontán.
Este articulo apareció el último día de la existen momen- cia del 'Madrid' y fue escrito por el director en ese to Antonio Fontán, una vez conocida la orden de cierre.
Como es sabido, 'Madrid' tenía una tirada escasa en comparación con periódicos como 'ABC'. 'YA', 'Pueblo', -por lo que no había razón para pensar que pudiese ser un arma muy poderosa contra el Gobierno. El peligro no estaba, sin embargo, en el número de lectores descontentos Con el Gobierno que podían surgir sino el carácter propio de las informaciones y los escritores, Las firmas de Calvo. Fontán, 'Juan Ruiz' por citar algunas, sol lan aparecer bajo una senc de párrafos siempre críticos que no eran bien recibidos en las esferas del poder.
Según Antonio Alférez nada en el 'Madrid» era ca sual : 'En aquel 'Madrid» no había género o secciones menores. Todo tenía su intencionalidad. El inefable 'Cuco» Ce recedo que durante una etapa escribió en deportes, gustaba de esta clase de titulares.~ ' Franco como siempre estuvo au toritario'. refiriéndose al árbitro de futbol de ese nombre, o El gallego y su cuadrilla', y escribía sobre el gallego Amancio y sus compañeros del Real Madrid' (32)
'Adios ... es un articulo en el que no se aprecia el resentimiento en niguno de sus párrafos. Casi en su totalidad se dedica a dar las gracias a todos los que han tenido alguna relación con el periódico. La nota de orgullo aparece con el 'gracias a más de doscientos universitarios, intelectuales, escritores y expertos» es decir, la identifi cación con la minoría culta que se daba por hecho colabora ba con su pluma al servico del lector, nombres como los que hemos visto anteriormente.
Se podría decir que el primer párrafo es el más sabroso, en él se resumen los últimos días y anuncia el fu turo, 'pueden interponerse contra ella los recursos de alzada y contencioso previstos en la Leyes', lo que así se -hizo. Pero hay dos claves que determinaron los acontecimien tos: primero, la desestimación el 7 de enero de 1.972 del recurso de alzada presentado por la editora del diario y se gundo, el recurso contencioso administrativo contra la can
celación de la inscripción en el registro,
En otro de los párrafos se cuenta la historia in mediata, los años del binomio Calvo Serer-Fontán que, al -igual que los restantes, no esconde pretensiones estil!sti cas o pedanteria. De nuevo, la nostalgia y la pena surgen sin necesidad de leer entre lineas: 'experiencia estimulan te». »generoso empeño», 'inolvidable recuerdo', son pala -bras y frases que resumen el sentimiento del =5de noviembre dc 1.971.
También hay un espacio para hacer un simple comen -Turis tario a la noticia del día, 'Orden de cierre al diario 'Ma drid». La objetividad con que se expone es quizá el mejor comentario a esa noticia. La única crítica aparece al prin cipio: 'La resolución del ministerio de Información y mo pone de relieve por si misma un problema de carácter na cional
En el articulo se hace mención por dos veces de proin la Ley de Prensa, en una se dice 'la entonces joven y metedora ley de prensa', en la otra, 'algo incompleto e suficiente que requiere urgente consideración',
El final parece obligado y es lo que más responde al titulo. En este tipo de artículos, la clásica estructura de la pirámide invertida no debe someter al cotenido. En es
te caso las 'gracias' hubieran ido al final. Pero la oca sión requiere un fin contundente.
El conjunto muestra una forma pseudoepistolar con fecha, cuerpo, despedida y firma. Quizás la única crítica que se le pude hacer al articulo sea el tipo de letra uti lizado, pues la cursiva es menos legible quela redonda, -aunque de lo que se trataba era de destacar del resto de in formaciones de la página.
4.4. El último número del diario 'Madrid
En el presente apartado, vamos a proceder al anáMinis lisis del último número del 'Madrid', correspondiente al 25 de noviembre de 1.971 fecha en que una resolución del teno de Información y Turismo canceló su inscripción en el Registro de Empresas Periodísticas.
Esta resolución no era firme, porque podían inter ponerse ante ella los recursos de alzada y contenciosos pre vistos en las leyes del momento, como veremos que hizo la empresa editora del 'Madrid» en el capitulo siguiente, pero fue ejecutiva a partir del día siguiente y el diario ya no volvió a encontrarse más con su púbí ico. Sin embargo, parece que dieciocho años despue's va a poder producirse ese año nado encuentro y que todo está preparado para que el'Madrid'
vuelva a los quioscos.
Ficha técnica del último número del 'Madrid»
- A. Encabezamiento y configuración.
- Titulo: 'Madrid'.
- Súbtitulo: »Dianio de la Noche. S.A.'
- Fundador: Juan Pujol,
- Director: Antonio Fontán.
- Órgano de partido político. No.
- Lugar de salida: Madrid.
- Año de iniciación: 1.939, 8 de abril.
- Periodicidad: Diaria, excepto lunes.
- Formato: 47,5 x 32,5 cms.
- lO. Número de páginas: 36 (16 del Suplemento>.
- II. Columnas por página: Seis.
- Distribución de espacios:
Sin
Con suplemento:
suplemento:
- -Titulares y Grabados, 23,3%
- -Texto, 48%
- -Publicidad, 28,7%
- -Titulares y Grabados 30,5%
- -Texto 49,5%
- -Publicidad 20%
- Técnica de impresión: Linotipia.
- Difusión: 47.000 ejemplares.
- B. Estructura jurídica y financiera
- Naturaleza jurídica:
Sociedad Anónima.
=. Bases económicas:
Venta de ejemplares
Publicidad
- Precio por elemplar:
5 pesetas.
- Secciones fundamentales:
Acti vi dad oficial/Educación
Religión 1 Laboral
Africa/Hispanoamérica
Asia / Oriente Medio
Europa / Sección financiera
Cine / Hombre 72
Agenda del madrileño Antena TV
Deportes / Sucesos
Humor ¡ Pasatiempos
Los jueves, suplemento especial de 'Educación,
Profesión y Ciencia'
- O, Localización de colecciones
- Hemeroteca Nacional en Madrid.
- 2, Hemeroteca Municipal de Madrid.
Primera Página. Análisis de contenido
En la portada aparece con grandes titulares la noticia del cierre del periódico: 'Orden de dierre al diario
'Madrid». En el 'lead» aparecen desarrollados los motivos que se dan:
'El Ministerio de Información cancela la inscnip ción de nuestro periódico. La nesoloción no es -firme pero es ejecutiva a partir de mañana. Se basa en irregularidades de F.A.C.E.S. en cuanto a financiación y titulanidad de acciones bajo fi duciarios. La empresa periodística 'Madrid, Diario de la Noche, S.A. ' , ajena a esta cuestión, in terpondré los recursos y las acciones judiciales pertinentes'.
El periódico divide esta primera página en tres
-partes diferenciadas: En primer lugar desarrolla la informa ción del cierre, dá las causas que lo provoca y añade los -recursos que interpondrá.
En segundo lugar aparece la nota de la Dirección Ge nenal de Prensa: 'Los servicios informativos de la Dirección General de Prensa han facilitado la siguiente nota informativa con fecha 25 de noviembre de 1.911'. En la misma se argumentan una se rie de puntos, por los que a juicio de la Administración, es necesario cancelar la inscripción en el Registro:
-~ CI 'luí Li 'U lIC IL'~ formación y Turismo tenía conocimiento de la existencia de las tensiones internas y aún de cuestiones litigiosas en el seno de la empresa del diario Madrid, cuestiones, que naturalmente, sólo pueden afectar a las funciones de la Adminis Desde
tración en cuanto repercuten en la exactitud y autenticidad de los datos declarados por la Empresa en el Registro de Em presas Periodfsticas'. En este primer punto se trata de demostrar que la cancelación se produce por cuestiones referen tes al campo empresarial, como si dichas cuestiones, no tu- viesen que ver en la vida del periódico.
En el segundo punto advierte que sabiendo la axis tencla de estas tensiones y de un mediador que intentaba so lucionarlas, esperó en vano que esto ocurriera.
El tercer punto recalca la gran notoriedad de acon tecicientos debido a 3os procedimientos judiciales que tuvie ron lugar y a la difusión pública en los medios informativos
En el cuarto se afirma que le vigente Ley de Pren Sa reconoce la libertad de empresa periodística y cumpliéndo se los requisitos la Administración no puede limitar la actividad empresarial.
El quinto dice: 'La Administración se reserva uni liberta- camente el deber de garantizar el ejercicio de las des y derechos que se regulan en la ley, y uno de tales derectos es el del Público a conocer realmente quién edita un periódico, cuales son sus órganos rectores y quienes son sus accionistas mis importantes'. Según el articulo 29,2 de la Ley de Prensa: 'Las causas denegatorias y de cancelación de
las inscripciones, será cuando no se proporcionen los datos que hayan de ser objeto de la inscnipcióri o estos no sean -exactos. A este finía Administración podrá exigir o practi car las comprobaciones que sean pertinentes'. Cifle'ndonos a esto, la empresa periodística 'Madrid, Otario de la Noche, S.A.' habla violado la ley de prensa, y el derecho del públi co a estar informado sobre quienes son los órganos rectores del diario, sus mayores accionistas, etc. Se sigue, pues, -argumentando en torno a la cancelación del registro los mo tivos de poca claridad en el carácter empresarial del diario.
Todo lo dicho, explica según el sexto punto, que el Ministerio de Información y Turismo iniciarfa una investi gación sobre el asunto y sólo en 'defensa' del derecho de -los lectores.
Uno de los puntos más importantes de la nota de la Dirección General de Prensa era el séptimo: 'No cabe coufunt dir tales medidas con las que la Ley de Prensa prevé para co rregir las posibles infracciones cometidas contra su artlcta lo segundo, y en consecuencia ninguna relación cabe entre -aquellas y texto alguno aparecido en el 'Madrid''. El diario habla, dentro de las posibilidades escasa que facilitaba el régimen, ido en creciente aumento de independencia informati va. Las noticies llegaban de distintas partes del mundo y -firmadas no sólo por la agencia nacional CEE -que era la que tenfa la representación de las Entidades Públicas, según el
articulo 49 -,sino por distintas agencias y otros medios -informativos de distintos pafses. Pero en este punto, se ha bla de no confundir las medidas aplicadas con las que la ley pretende corregir en su articulo segundo> que son una serie de limites a la libertad de expresión. Ej hecho de que se -. especifique esto tace pensar que en cierto Podo si que es -una sanción por extralimitarse a esos 'limites' impuestos en el articulo segundo de la Ley de Prensa.
El punto octavo resume las causas por las que se decide cancelar las inscripción del periódico:
- La empresa del diario no presentó los documentos
- -que se le pidieron.
- -La existencia de accionistas simulados en la so ciedad F.A.C.E.S., única propietaria del diario.
- No aparece referencia alguna entre la documenta
- -ción presentada en el Registro de Empresas Periodísticas de las entidades que financian el periódico.
El punto noveno de la nota tiene una relevancia es pecial. Argumenta cómo el Ministerio de Información y Turis mo no puede hacer otra cosa sino cancelar la inscripción re gistral del 'Madrid' pero resalta el último párrafo en donde se dice: ' (... ) no obstante lo cual, el Ministerio declara expresamente su preocupación por los problemas laborales que puedan derivarse de tal resolución, asf como su decidido áni mo de coadyudar a la más justa resolución de los mismos'. Si
se une esto al último punto parece que el Ministerio de Información y Turismo, hace una 'petición de perdón' por el cierre, los problemas laborales y las molestias a los lecto res,
El punto décimo dice: 'El Ministerio de Informa -ción y Turismo, consciente también de que un diario es una institución cultural necesaria para la sociedad, quiere hacer constar su postura favorable a cualquier fórmula que, -respetando la ley, permita mantener la edición del 'Madrid''. Esa fórmula no se llegó a conseguir. La premisa de este puntoes clara, cuando argulle, cualquier fórmula 'que respetan do la ley', permita la edición del periódico. Pespetar la ley suponía una serie de cribas dificilmente superables para este periódico que nacido en el origen de un regijnen y a su fa vor, fue ¿dando sus últimos coletazos cuando se predispuso -contra él.
Por último, en tercer lugar, al lado de esta nota oficial aparece un editorial dm1 director del diario, Antonio Fontán, titulado 'Adios . -.' (33>. Entre otras cosas, el director recuerda como la Audiencia Territorial devolvió los derechos politicos a las acciones del profesor Calvo Serer -en la entidad propietaria del periódico y que esto confirmaba la mayoría del actual presidente del Consejo de Administración del periódico. También explica a sus lectores como la resolu ción del Ministerio de Información y Turismo no es firme ya
que la empresa podía interponer contra ellos los recursos de alzada y contencioso, pero que si era ejecutiva y por lo tan tono se podía publicar el diario al día siguiente.
En el segundo párrafo hace un pequeño resumen de la historia más reciente del periódico: 'Desde septiembre de 1.966, al amparo de la entonces joven y prometedora ley de -prensa, 'Madrid', bajo la presidencia de Rafael Calvo Serer, ha tratado de realizar la esforzada tarea profesional de dotar al pa¶s de un diario independiente, en la información y en la opinión dentro de sus posibilidades técnicas y de las que ha permitido la coyuntura nacional'.
Antonio Fontán posteriormente agradece el trabajo realizado por los redactores, intelectuales, trabajadores de talleres y los propios lectores y recuerda que en el mes de octubre se intentaron explicar los problemas del periódico. Se refiere, sin duda, a un articulo aparecido el U de octubre de 1.971 firmado por Rafael Calvo Serer y Antonio SarciaTrevijano en el que se da una definición de empresa periodis tice: 'Teóricamente, sólo una empresa periodística autofinan ciada por sus lectores, autocestionada por la representación de todos los elementos integrantes de la empresa y autodirigida por la propia estructura empresarial, puede concebirse como una verdadera institución informativa independiente, ca paz de promover en la opinión lo que puede llamarse con cier to fundamento una ' ideología de la objetividad'
En este mismo articulo Calvo Serer y Garcla-TreviJano hablan de la existencia de una presión y de las acciones del grupo reaccionario y aclaran que existe una batalla por -el control del diario a cargo de la Subsecretaria de Hacienda, los Tribunales de Justicia y el Sanco Popular. Y se expresa -la idea de dejar un espacio para todas las personas que preten dan explicar este mismo tema diciendo que aparecerán más art! culos aclaratorios de la situación o, cuando menos, informati vos para los lectores. Pero en realidad no volvieron a aparecer Jamas.
En el editorial el director, explica cutíes son las
· causas de la despedida, manifiesta la convicción de que el cie rre será momentaneo y reconoce la importancia que el periódico ha tenido sobre todo en los últimos cinco años.
Segunda Página.
Se trata sólo en esta de tres temas que no tienen re lación con la noticia del cierre y que son, las relaciones Ms pano-comunitarias: 'Francia, abogado de España para la integra ción europea', la crisis indo-pakistan!: 'La guerra de las naciones proletarias' y la salud del Prlncipe C1 Principe no podrá recibir a Schumann ni viajar a Etiopia'.
En el primer articulo destaca el periódico a Francia país que parece iba a interceder por España en la Comunidad Eu
ropea. Resalta los puntos de las conversaciones de Maurice -Schumann con Franco, Carrero Blanco y López Bravo. Los temas de este encuentro son las relaciones hispano-comunitarias, -Mediterr¿neo y la Conferencia de Seguridad y Cooperación Europea Su extensión es amplia.
En el segundo articulo se da idea del esfuerzo del diario para romper una lanza en favor de la apertura progresista de la prensa española, así como de la independencia de la misma con respecto a la Administración por la que el dia rio 'Madrid' estuvo abogando durante sus Oltimos cinco años de existencia y que al fin y a la postre fue el motivo de su cierre amparándose en una legislación ambigua respecto a la empresa periodística. El titulo del articulo es 'La guerra -de las naciones proletarias' y en el mismo se hace una diferen cia entre la 'guerra de ricos' (Vietnam) y la 'guerra de los pobres' (India-Pakistán). Se afirma que una guerra entre estos dos paises era más barata que mantener la situación existente y se hace una disquisición sobre la política del 'divide y vencerás' propia del colonialismo, Las acusaciones de este -articulo eran duras y fuertes para la época y el país en don de se estaban escribiendo y muestra de ello son estas lineas: 'La explotación de los paises subdesarrollados se efectúa a todos los niveles. Ahora se les venden armas'. Su extensión era muy amplia.
Más breve es la noticia: 'El Príncipe no podrá re-
cibir a Schumann ni viajar a Etiopía'. en la que se da cuen ta de la convalescencia en cama del Príncipe Juan Carlos. de una fuerte afección gripal.
No fatta el humor, que cierra esta página, con un chiste de Chumy Chumez aludiendo a la política activa de los Estados Unidos.
Página Tercera
Aparece como único tema de esta la 'Orden de cierre al Diario 'Madrid' -Bajo la cabecera de 'Causas en que se funda la orden ministerial', se citan los recursos que le quedan al periódico: el recurso de alzada ante el Consejo de Ministros en el plazo de quince dias y el recurso contencio, so-administrativo ante las supremas instancias judiciales y se resume la comunicación recibida en el diario, de la Direc ción General de Prensa, que consta de 24 artículos y 29 puntos.
También hay un articulo titulado: 'Se cancela la inscripción de 'Madrid' acordada con carácter definitivo en en este, José Luis Souto expone su critica a la resolución del Ministerio de Información y Turismo y a las causas alegadas en ella para el cierre del 'Madrid'.
Asi . destaca 'la rara circunstancia de que, siendo
tan relevantes y notorios como dice la resolución de la Dirección General de Prensa las irregularidades cometidas por las sociedades del Banco Popular, se haya esperado precisamente a este momento para revertir todas las graves Conse -cuencias que de ella se derivan sobre una empresa, el diario 'Madrid', que no solamente es irresponsable de las ocultacio oes de las empresas matrices, sino que, por otra parte, nada ha podido ni hubiera podido hacer para subsanarías, habida cuenta de que escapaban absolutamente a su radio control'.
Además, acusa a la actual directiva de ÑA.C.E.S. como absoluta responsable de la situación a la que fue condu cido el diario 'Madrid' y añade que dicha directiva es la -única que puede esclarecer las circunstancias presentes en -aquel momento. En la argumentación de esta aclaración. Souto expone que la resolución de la Directiva General de Prensa -especifica que F.A.C.E.S. se encuentra obligada a facilitar la necesaria aportación documental, como accionista único de 'Madrid', en Orden a la inscripción de está en el Registro -de Empresas Periodísticas.
José Luis Seuto pone fin a su articulo diciendo de forma categórica: 'Cuando esta grave medida adopta la forma de un pretexto, saltando por encima de las causas reales, que no pueden ser más que pol Iticas; cuando se sabe que esta can celación estaba acordada ya en 1.969 y que no se ha hecho aho ra más que llevar a cabo una operación que, de haberse consi
derado desde un principio como acorde ala equidad, hubiera sido aplicada en su momento, surge una serie inacabable de -flnterrogantes a la busqueda de hipóteticas respuestas. Por -lo pronto, la responsabilidad, de F.A.C.E.S. y con ella, del grupo financiero del Sanco Popular, ha quedado planteada cfi cialmente. La opinión pública, la empresa periodística 'Ma -drid' y el porvmnir de tantas facilias que de ella dependen tienen derecho a exigir ahora todas las responsabilidades'.
Todo lo escrito en la resolución hace referencias numerosas al tema financiero, siendo así que podría afirmar se que unas de las causas para la orden de cierre era la exis tencia de un pacto secreto de financiación entre SA.F. , del Banco Popular, y la sociedad propietaria de todas las acciones del rMadrid' <FACES), ya que entre estas dos sociedades hubo un convenio de financiación con fecha de 29 de septiembre de 1.964 por un importe de diecinueve millones de pesetas convenio que se mantuvo oculto y del cual el diario 'Madrid' 'he tuvo conocimiento hasta la aparición del laudo de equidad de fecha 2 de Julio de 1.971'.
De los 32,018,701 pesetas que el diario entregó a FACES en el periodo comprendido entre U962-i.970 (además de los ID millones de pesetas entregados directamente al vende, dor d~ ~riódico, señor Pujol), éste entregó a SAE la cantidad de 9.967,586 pesetas (mIs 24 millones de capital social), y. por tanto al grupo del Banco Popular,
Esta descapitalización que sufre la empresa peno dística 'Madrid. Diario de la Noche. SA.' se hace a cargo de una sóla entidad, es decir, del Banco Popular por estar las dos sociedades bajo su control, con el agravante de que tanto SAF como al Banco Popular aparecen jamas en ningún do cumento del Registro de Empresas Periodísticas.
La resolución resalta, no obstante, que Rafael Cal yo Serer -presidente del 'Madrid'no formó nunca parte de los consejos de administración ni de FACES ni del diario 'Ma dnid' en la época en que se realizó dicho convenio. 'Es evi dante que la cancelación de un periódico que en su actividad periodística venia realizando una labor independiente, es mo tivada como consecuencia de una maquinación entre dos socie dades, FACES y SAE'.
Fue entonces la postura de la Administración de
-. exigir las puntualizaciones y respuestas sobre este asunto para aclarar las circunstancias del mismo. lo que llevó a la crisis del cierre del diario 'Madrid'. 'La legislación de -prensa, al no considerar el supuesto de una empresa periodis tica con propiedad en la totalidad de las acciones en una orn presa matriz con la que se encuentre en una situación de ti rantez, ha llevado (. . . ) a que se cancele la inscripción de un diario por faltas imputables a una sociedad matriz comple tamente independendiente de ella (...) en todo aquello que se referia a la actividad periodística'.'.
Página Cuarta
La página de actividad oficial, está integramente dedicada a una sóla información: 'Mediterráneo, seguridad -europea y relaciones con la C.E.E. ampliada' que es la continuación del articulo de Miguel Aslain 'Francia, 'abogado' de España para la integración europea' de la página dos.
Empieza la información con las declaraciones del ministro francés de Asuntos Exteriores, Maurice Schumann, en el aeropuerto de Barajas y la entrevista con López Bravo. -'Europa~,punto de referencia de las relaciones hispano-fran cesas' es el titulo de la información que contiene palabras de bienvenida, como las pronunciadas por López Bravo en la cena servida en honor del visitante. También se hace eco el periódico en esta página de las palabras pronunciadas en el brindis, por el ministro francés. Este se refirió entre otros temas a los siguientes: a las relaciones hispano-comunitarias al problema de la ampliación de la C.E.E. , a la renovación de la cooperación franco-española y a los problemas de los -paises de la cuenca del mediterráneo.
Página Quinta
Esta está dedicada a la Educación y en ella apare ce un articulo muy interesante sobre la Ley General de Educa ción del 4 de agosto de 1.970, de I9octiteiner y Mayor Zarago-
za, que determina los distintos niveles educativos hasta el año 2.003. El articulo lleva por titulo 'Juicio sobre la re forma educativa española' yen él se habla del interés que la Ley General de Educación despertó en la UNESCO y en algu nos paises de Europa y América. Con este motivo recoge las declaraciones del presidente de la Conferencia General de -la UNESCO.
Con motivo de esta ley se construyeron tres nuevas universidades, diecisiete colegios universitarios y Cincuen ta y seis escuelas universitarias.
Otro articulo recoge la recepción que el lete del
Estado otorgó a la Junta Nacional de Universidades para po nerle al corriente sobre este proyecto. En otra información se habla del problema de los Profesores No Numerarios de ¡rs tituto, de su inseguridad profesional y del retraso en el -cobro de sus sueldos. Este problema laboral lo aborda el pe riódico de forma muy seria.
Hay que mencionar que el diario otorga una mayor importancia a la noticia que hace referencia al presidente de la conferencia General de la UNESCO que a la recepción -del Jefe del Estado, viéndose en este caso una proyección -internacionalista, es decir, se da mayor importancia a las noticias que reflejan las opiniones que sobre España se tienen en el extranjero.
Fuera del tema de la educación, aparece una infor aruse- mación titulada 'El ministro de Industria regresó de las', y otra 'Estancia en Alemania del teniente general don Manuel Diez-Alegria' que son dos notas muy breves de las -agencias Europa Press y EFE respectivamente.
Página Sexta
Inserte como noticia más importante una crónica
-del corresponsal en Las Palmas de Gran Canaria, Alfredo An guita, titulada 'La exportación del plátano al Reino Unido podrá continuar' en la que se hace eco de los acuerdos de principio, conseguidos por los interlocutores válidos canarios en Londres, de la insatisfacción de los compradores de la calidad de nuestra fruta y de la competencia que se habla desencadenado en el mercado marroquí entre nuestras bananas y las de Ecuador.
En otra información 'Pide la rehabilitación de tun cionarios depurados' se recoge una instancia del Procurador Familiar por Salamanca, Jesús Esperabe de Arteaga, en la que se pide la inmediata rehabilitación de unos funcionarios, -acordindose el reingreso de los que estén en condiciones de volver al servicio activo yjubilara los que hayan cumplido la edad reglamentaria una vez se haya computado como servidos los años de periodo de cesantía. Esta es sin duda una -extraña noticia para la España de 1.971.
Por el mismo motivo, la noticia de José Manuel Sie rra Haya sobre la desaparición de los topes salariales, dejan do libertad a los trabajadores de pactar los salarios sin U mitaciones de ninguna clase para que no se produzca ningún -desfase de precios y salarios de una manera continuada, nos da idea de que en España iban bien las cosas pues todavia no habla hecho cena la crisis que asolaba a gran parte de los paises desarrollados. Era una forma de decir que todo iba -perfectamente y que no habla por qué cambiar la situación po lítica.
Otras informaciones de esta página eran: 'Audiencia civil del Jefe del Estado' en la que se da una larga lis ta de personalidades que hablan sido recibidas por el Jefe del Estado el día anterior en el Palacio de El Pardo. Se in serta une fotografía de pequeñas medidas con el siguiente -pie: 'La Junta ejecutiva de la cooperativa Comité Internacional Textil con el Jefe del Estado'. La nota de Europa -Press BO.E. Doble circuito en las Aduanes' se hace eco de una orden del Ministerio de Hacienda que publicaba el mismo día el Boletín Oficial del Estado, según la cual se implantaba e) sistema de doble circuito para el control aduanero de los viajeros, y sus equipajes en los aeropuertos nacionales.
Pigina
Séptima
Es la dedicada a la Religión. Recoge las siguientes
informaciones: 'No es temporalismo mirar con toda solicitud -la actividad humana' que es un comentario de una pastoral -del obispo de Canarias. 'Autonomía de lo temporal y desacra lización', breve información sobre la festividad de Cristo Rey según el obispo de Orense. 'Relaciones Iglesia-Estado en Bolivia', también una información muy breve sobre el acerca miento entre Iglesia y Estado bolivianos, 'La crisis de la Iglesia, vista por el cardenal Suenens' que verse sobre la presentación de la última obra del cardenal en la capital de Italia. 'Próxima publicación del texto sinodal sobre el ministerio sacerdotal' es la información a la que concede mayor importancia y habla del anuncio hecho por el Papa Pablo VI en el sentido de que en breve se publicaría el documento sinodal.
Página Octava
Parte de la misma la ocupa la sección de laboral.
Las dos noticias más importantes están referidas a huelgas producidas en varias fábricas y a la represtónspolicial y -posteriores sanciones recibidas por algunos de los trabajadores implicados. Una de ellas. 'Más sanciones en Hunosa' -se refiere a las sanciones impuestas a los trabajadores, a los que denomina productores, por faltar un día al trabajo. La segunda noticia. Cispalsa: suspendidos de empleo y sueldo' está referida a la semana de plantes y asambleas producidos en la factoría metalúrgica. que motivó la detención de Gua-
tro miembros del Jurado de Empresa. Esta detención originó un día de paro total durante el cual la fuerza pública desa lojó la factoría y detuvo a nueve personas que posteriormen te fueron sancionadas con la suspensión de empleo y sueldo durante una semana. El paro demandaba mejoras salariales en el convenio
Otras noticias laborales insertadas en esta pági- na eran.'' Los despidos de Altamira' en la que el consejerodirector general de Altaumira-Rotopress SA. hacia una recti ficación sobre el número de despidos que se hablan producido en la empresa y que habla sido de 14 y no 18 como el periódico había informado el día anterior. 'Guipuzcoa: Convenio colectivo siderometalurgico sobre la firma y mejoras -conseguidas en el nuevo convenio colectivo de esta Industria que afectaba a unos BOACO trabajadores. 'Aval sindical para préstamos agrtcolas' . sobre los avales autorizados en favor de labradores y ganaderos de varias provincias.
Otras informaciones de la página son: 'Los médicos del Psiquiatrico de Oviedo no se oponen al nombramiento de un nuevo director' que es una nota del cuerpo médico sanita rio del Hospital Psquiátrico Provincial de Asturias, en el que abogan porque el mismo sea representativo.
'Mortes, en el Batimat' es una crónica del corres ponsal en Paris, en la que informa de la presencia del minis
tro de la Vivienda, Vicente Mortes, en el VITI Salón Internacional de la construcción, con motivo de la celebración -del día de España en el aatimat.
La última información 'Ex-candidatos a las Cortes procesados', se refiere a la libertad provisional bajo fian za de 30,000 pesetas que les fue impuesta como sanción a dos candidatos por delito de propaganda ilegal contra los Principios del Movimiento Nacional.
Página Novena
Esta dedicada por completo a Africa. Gran parte de ella está ocupada por una información titulada 'Douglas Home, de Munich a Salisbury' en la que se habla del acuerdo entre el gobierno de Londres y el de Rhodesia, despu6s de la expulsión sufrida por el gobierno de lan Smith de la Commonwe alth y el posterior boicot económico al que le tuvo sometido Londres. lan Smith se comprometía con Douglas lome a una progresión hacia un gobierno de la mayoría, mejorar la condición política de la población africana, finalizar la discriminación racial, no aplicar enmiendas retractivas a la -Constitución y a que la independencia fuese aceptada por to da Rhodesia.
Otra información, 'El Consejo de Seguridad estudia rl el caso Rhodesia' se refiere al acuerdo entre los dos prí
meros ministros de Gran Bretaña y Rhodesia para hacer una -declaración sobre el nuevo giro que habla tomado la crisis rhodesiana.
'Aumenta la oposición de las iglesias al racismo> es una información insertada en el 'Madrid' facilitada por >The Times', en la que se hace eco del conflicto entre la -cristiandad y el racismo en Rhodesia y Sudáfica que aumenta por días ya que las principales iglesias hablan endurecido su resistencia a la discriminación.
Página Décima
Esta dedicada a la información internacional. Las noticias más importantes son: >La mediación de la O.U.A., -otra esperanza de paz frustrada>', se refiere a los emisarios de paz de la Organización de Unidad Africana, presidentes Sen goha (Senegal) y Gowan (Nigeria), y los das representantes del Zaire y Camerúm que hablan mantenido una conversación -con Golda Mair y el ministro de Asuntos Exteriores Abba Eban de Israel.
Respecto a >Las tropas autorizadas a cruzar la -frontera', se refiere al permiso hecho por Indira Gandhi pa ra que las tropas cruzasen la frontera del Pakistán en caso de defensa propia y en acciones locales.
Página Undécima
continua la información internacional. La noticia más destacada de esta página es la que se refiere a la deci sión de Hugo Banzer, presidente de Bolivia, de canjear presos pol!ticos comunistas por detenidos cubanos con condenas de treinta años, así como el canje de los restos del 'Ché' por un número no inferior al de quinientos presos cubanos: 'Banzer se presta a un mercado de presos políticos'.
Otra noticia tiene que ver con Chile, en donde la oposición conservadora a través del senador José Nuralen, -atacó al 6obierno provocando que el ministro de Economía, Pm dro Vasconic, y el de Hacienda, Américo Zorrilla, abandonasen la Comisión Mixta del Presupuesto de la Cámara Alta debi do a las injurias y expresiones groseras emitidas por dicho senador: 'Virulento ataque de la oposición que insulta al Gobierno' -
Sin embargo, la noticia mejor colocada en la págí na y de mayor extensión se refiere a Urugay: 'Difíciles elec ciones el domingo' titula, y hace un repaso a la ley electo ral · a los cuatro partidos y diez candidatos que compiten en las elecciones para la presidencia del Gobierno.
Página Duod4cima
Encabeza la página una foto de buenas dimensiones de Fidel Castro con casco de minero dirigiendo unas palabras a los obreros de 'El Teniente' . Debajo el titular 'Fidel ata ca al imperialismo' y la información en la que se recogen las declaraciones del primer ministro cubano, 'no habrá ni un rin cón de este continente que le sirva de pedestal al imperialis mo'. Defendiendo a Puerto Rico pues piensa que esta sometida 'al iris grande intento imperialista para destruir losvalores patrioticos, culturales y morales de un pueblo'. Asegura al final de las mismas que los Estados Unidos son 'la potencia imperialista más poderosa y agresiva de la historia'.
Otra noticia es la referida a las declaraciones del Presidente del Instituto Internacional de Estudios sobre la Paz, Gunnar ~!yrdal, en la presentación del libro 'El comercio de las armas en el Tercer Mundo'. El señor 4yrdal aseguraba que 'todas las guerras que se han producido en los últimos -veinte anos, se han librado en las regiones mas pobres del -mundo con armas suministradas por las naciones ricas'. Es la misma tesis prácticamente, que se apuntaba en la página dos en el articulo firmado por Enrique Ruiz García. Por lo tanto se puede afirmar que esta idea de la 'guerra de ricos-guerra de los pobres' y el problema laboral son dos temas que destacan en el último número del 'Madrid'.
No podemos, no obstante, olvidar la noticia 'Entre vista Pompidou-Nixon en las Azores' para tratar los problemas
derivados de la crisis monetaria. Aunque el diario no da mu cha importancia en su tratamiento.
Pagine Bécimotercera
Está integramente ocupada por un reportaje firma- do por Juby Bustamante titulado 'Una costa sin rascacielos. Granada en defensa de lo andaluz' que se completa con tres fotografías.
Páginas Décimocuarta y Décimoquinta
Están ocupadas por la sección financiera, en la -primera aparece la información de Bolsa las cotizaciones -del 25 de noviembre, y la sección anuncios por palabras que recoge algunas ofertas y demandas. En la segunda, se insertan varias noticias empresariales.
Páginas Décimosexta, Décimoséptima. Decimoctava y Décilmonovena
Estas cuatro páginas tratan un mismo tema:el cine.
Aunque de forma diferente. La página décimosexta contiene -la sección. 'La Pantalla' que naciera con el primer número del periódico. 'Criticas de Cine' y la información sobre el séptimo arte. La página décimoseptima se dedica exclusivamen te a informar sobre pel Iculas próximas a estrenar, bojo el -
titulo 'Lo que varemos' . La página décirnoctava recoge tres grandes anuncios de filmes y la déciímonovena bajo 'Cartelera da la información necesaria para poder divertirse, cines teatros, salas de fiestas, etc.
Página Vigésima
En la última página se recogen dos informaciones bajo los títulos 'Nuevas propuestas de la Sociedad de Redac tores de 'Madrid' ' y 'Gestiones de los redactores'. En la primera, se informa de que el presidente de la Sociedad civil de Redactores del diario 'Madrid' habla dirigido escritos al presidente de FACES, Silvestre Arana y a Faustino Gar cla-Moncó, árbitro designado en el compromiso entre los señores Calvo Serer y Valls Taberner y las sociedades SAF, -FACES y 'Madrid. Diario de la Noche, SA.'.
La Sociedad Civil de Redactores se ofrece en el -primero de los escritos citados a la suscripción de las acciones de FACES que figuran a nombre de personas interpues~ tas, y de cualquier otra que se enajene de FACES o en su ca so de 'Madrid. Olario de la Noche, S.A.'. Esto lo hacen sabiendo que aunque carece de base legal, no hay ninguna disposición legal Que se le oponga, estando de acuerdo con el concepto de empresa de las Leyes Fundamentales. Esta Seria la primera experiencia de este tipo en la prensa española. -En el escrito a Garcia-Moncó, añade a las anteriores propues
tas la petición formal para que sea considerada preferente en la suscripción de las acciones que, por otra parte de -Calvo Serer, han de ofrecerse a terceras personas.
En la información titulada 'Gestiones de los Re, dactores', se expone que además de la petición de suscribir las acciones que por estar actualmente a nombre de personas interpuestas han dado origen a la iniciación de un expedien te administrativo, la Sociedad de Redactores habla mantenido conversaciones con Alejandro Fernández Sordo, director -general de prensa y Lucio del Alamo Urrutia, presidente de la federación Nacional de Asociaciones de la Prensa y de la Asociación de la Prensa de Madrid. Esta información la finta MMA. que parece corresponder a Miguel Angel Aguilar, redac tor del periódico.
Siguiendo con el tema de la actuación de la Socie dad de Redactores de 'Madrid', es preciso mencionar que el IB de noviembre de 1.971 se publicaba en el diario una nota de dichasociedad por la que se comunicaba públicamente la -solicitud de su inscripción en el Registro de Empresas Peno disticas y en el Registro Oficial de Periodistas y su inclu sión como Agrupación filial para fines profesionales en el seno de la Asociación de la Prensa de Madrid. En la misma no ta, la Sociedad de Redactores de 'Madrid' manifestaba su apo yo al director, Antonio Fontán. En esta misma página destaca la tira cómica protagonizada por Mafalda y creada por el en
gentino Quino.
El Suplemento
En el último número se dedica un suplemento a 'Edu cación, Profesión y Ciencia' que como todos los jueves abar' ca el tratamiento de los acontecimientos de la actualidad en esos tres campos.
Las cuatro primeras páginas están dedicadas a la información de Educación y entre las más interesantes se pue den destacar un estudio en el que se analiza el Instituto de Informática, una encuesta realizada por el diario sobre el futuro de las ingenierías técnicas, la incorporación del plan de estudios de Sociología en la Facultad de Ciencias -Políticas, las peticiones de los alumnos de Psicología en el sentido del reconocimiento del titulo y, por último, una ex posición infantil en homenaje a Picasso.
El apartado dedicado a Ciencia consta de tres páginas en las que se abordan el problema de la vacunación an tigripal , el proyecto 'Mariner 9'. 'La mecánica celeste de las sondas planetarias', el proyecto 'l4ikingo' oara la expío ración de Marte y un articulo de Isaac Asimov sobre la medi ción del espacio: 'Medir el espacio: primer progreso técnico del hombre'. La página séptima la dedica por completo a la -oceanooraf¶a española y da la última entrega de una serie de
reportajes sobre este tema en el que se recogen las increibIes condiciones naturales para esta ciencia en nuestro país: 'El programa oceanográfico coordinado, esperanza para el fu turo'. La página octava tiene el encabezamiento 'Hombre 72' y en ella sólo hay un reportaje titulado 'Informática y Psi copedagogla' firmado por Salvador 3. MartIn Fuertes. La página novena recoge varias secciones fijas como 'H de humor' de Manolo Goicoechea con 'Un lenguaje de película', 'Esta -hora' de Francisco Umbral con 'Amigos de los castillos --en el aire' y 'Aquí, Madrid' de José Montero Alonso, además de 'Música' y otras informaciones.
La página décima del suplemento la integra una sec ción habitual 'Agenda del Madrileño' que recoge informaciones como el número premiado en el sorteo de la ONCE, las far nacias de guardia, el santoral, peticiones de mano, actos -culturales, etc. La página undócima se ocupa de los programas de televisión española: 'Antena TV'. Los deportes llenan las páginas siguientes, con información completa del partido disputado en Granada entre las selecciones nacionales de Chi pre y España que titula 'En Granada, un paseo' por la abulta da derrota que encagó el equipo chipriota. 7 a O. La página quince se reserva al horóscopo, tiras cómicas de 'El guerre ro del antifaz', 'Pepita' y 'El gran jefe', un chiste, un -crucigrama y la programación de televisión. La contraportada se hace eco de los sucesos.
Haciendo un análisis de contenido de la última fe cna del diario, hay que tener en cuenta que el mismo contaba con dos partes: el bloque principal de información y el suplemento; ambas se han estudiado por separado obteniéndose ¡os siguientes resultados en base al análisis de los distin tos apartados que pueden ser significativos para obtener con clusiones lo más completas posibles:
- A> Género de la Información
- 8> Fuentes de la Información
- Ci Tipo de noticia
- Dl Ubicación goegráfica de la noticia
- E) Protagonista de la noticia
- F) Tema de la noticia
- GI Referencias que recoge la información
- H) Tópicos de la información o secciones
- 1> Información gráfica
1.Estudio del bloque principal
En lo que se refiere al análisis del cuerpo central del periódico, este consta de veinte páginas en las que tigo ron un total de cuarenta y cuatro informaciones. Los resulta des obtenidos por capitulo son:
A) Género. De las cuarenta y cuatro informaciones, veintidós pertenecen al género de la información, once al de la noticia, dos eran artículos> uno reportaje, uno editorial y una nota informativa de un organismo de la Administración.
- Fuentes de la información. La mayoría de las -informaciones proceden de agencias de noticias, mientras que también tienen un importante papel las fuentes propias del periódico. Así, un total de trece informaciones tienen su fuente en notas de agencias informativas nacionales, mien -tras que no se ha encontrado ninguna cuya fuente fuera una agencia internacional. Son doce las informaciones que provie nen de fuentes propias del periódico y un total de diez oque lías cuya fuente es el propio suceso. Sólo tres proceden de declaraciones de personajes y sólo una de una entrevista.
- Cl Tipo de noticias, existe una gran preponderancia de las de carácter nacional que suman diecinueve, lo que indica un interés fundamental del diario hacia los temas de nuestro país. Muy por debajo de esta cifra se sitúa las referentes a la actualidad del extranjero, cinco. Por último, se han encontrado también noticias de otro tipo, así hay cuatro noticias del extranjero relacionadas con nuestro país y dos noticias de nacional relacionadas con el extranjero.
- O) Ubicación geogrifica de la noticia. Recoge noticias fundamentalmente provenientes de los paises de Europa Occidental y América del Norte. La ubicación geógráfica de las noticias incluidas en este número son las siguientes:
-Un total de veinte informaciones que hacen referencia a asuntos de Europa. fundamentalmente de los paises -de Europa Occidental.
-En una proporción numérica claramente menor están las informaciones provinientes de otros ámbitos geográficos que se reparten de la siguiente forma: siete del continente asiático, cinco t;enen su origen en acontecimientos sucedides en América del Sur y unicamente una información que recoge un hecho sucedido en Africa.
- E) Protagonista de la noticia. Predominan los protagonistas relacionados de alguna manera con el ámbito poli tico-admmnistrativo que es la esfera informativa que más Pa rece interesar al periódico. En este sentido ocho infúrmacio nes tienen un protagonista que se centra en torno a la poli tica:
-En una información aparece como protagonista un jefe de estado
- -Otra, un presidente de gobierno.
- -Tres se refieren a ministros gubernamentales.
- -Igualmente Otf~ tiene como protagonistas a la le gislatura, a personajes políticos y al gobierno considerado en su conjunto, respectivamente.
En segundo lugar se refieren a la Iglesia Católica o a al- puno de mus miembros> Totalizando en este apartado cinco in formaciones: en tres de ellas el protagonista es un obispo y en una, repectivanente, el Papa y la Iglesia.
Los agentes de la actividad económica -bancos y empresasson protagonistas de dos Informaciones. Los asuntos laborales por su parte, de tres> mientras que los de ca-
rácter social se encuentran en dos ocasiones y los artistas aparecen en una sóla. es significativo el hecho de que la -actualidad de los propios medios informativos sea protagonis ta de cinco noticias.
- Tema de la noticia. Se distribuyen de la siguien
-Siete informaciones aluden a acuerdos y pactos de
índole político-laboral.
- -Seis se refieren a temas religiosos.
- -Cinco al cierre del propio periódico.
- -Cuatro tienen al Jete del Estado como tema central.
- -Tres se refieren a las relaciones de España con la Comunidad turopea y el mismo número a cuestiones relativas a las relaciones laborales.
-Dos corresponden independientemente a conflictos bélicos, asuntos económicos y a políticos.
-Los temas a los que este número dedica una sóla información son: política imperialista, elecciones, Drganizacion de las Naciones Unidas, mediación en conflictos. Via jes, Tiempo, Aduanas, procesamientos judiciales, ecología y educación.
Al margen de estos contenidos informativos el dia rio recoge noticias sobre las cotizaciones en bolsa, información gráfica sobre la cartelera y un pequeño apartado SO- bre publicidad.
- G'¡ Referencias que recoge la información. En este número del 'Madrid' se refiere en un significativo púrcenta je de informaciones a la libertad de expresión: En orden de importancia decreciente se sitúan las relaciones político -económicas, discriminación social y por debajo de estas al medio ambiente, a la tecnología, acuerdos comerciales y otros asuntos de menor importancia.
- Hl Tópicos o secciones de la información. La mayo ría de informaciones están incluidas en la sección de socie dad, entendiendo por tal la que incide en el campo de los -problemas y servicios sociales, en total ocho informaciones. También hay una cantidad importante en torno a la política nacional e internacional. A ambas corresponden un total de seis informaciones. La sección de noticias referentes a pro cesos jurídicos suman dos, al igual que las de educación y más concretamente las de Universidad. Finalmente, destacar otras secciones: Medicina. Asuntos Laborales y Ciencia que sólo tienen una información.
- Información Gráfica, Esta es muy escasa y de -poca calidad, únicamente siete noticias llevan un acompañamiento gráfico que son fotografias de formato muy reducido en su mayoría. No hay grabados ni dibujos que sirvan de apo yO u texto.
2. El Suplemento
El mismo consta de diecisiete páginas. Su conteni do destaca fundamentalmente porque presenta rasgos del peno dismo de investigación como son la especialización de los -contenidos o temas, el rigor incluso científico con que son tratados y la profundidad que se les da. El suplemento está centrado en tres temas fundamentales: Educación, Informa ción Profesional e Información Científica y Deportiva. Para su estudio procederemos de igual menera que en el caso ante rl oit
- A) Género de la información. Se observa una clara primacía de la información. del que se encuentran dieciocho ejemplos, Por su parte la cantidad de noticias es sustancial mente más escasa sumando un total de cinco. Igualmente se encuentran artículos centrados en los temas anteriormente re señados, su número es de cinco. Por último hay dos crónicas y un número similar de entrevistas, más una encuesta.
- Fuentes de la información. Las informaciones -del suplemento son en su mayoría nacidas en el propio perió dico, ya que unos contenidos informativos especializados. -sólo admiten una elaboración profunda por parte de los proresionales del medio; en total son veintinueve las informaciones procedentes de esta fuente. Unicamente una información procede respectivamente de cada una de estas fuentes: entre
vista, declaraciones, agencia nacional y otros medios.
- W Tipo de noticia. Al igual que ocurre con el bloque central del periódico las noticias e informaciones recogidas en este suplemento son en su mayoría de tipo nacio nal, veintidós. Sólo tres de ellas están relacionadas con -paises extranjeros. Por último, tres son de un tipo indefinido. En definitiva, se vuelve a observar nuevamente un interés fundamental hacia los temas relacionados con la actua lidad latente de nuestro país.
- O) Ubicación geográfica de la noticia. La mayor -parte de las noticias se sitúan en el continente europeo y sólo dos se refieren a hechos acaecidos en América. No hay ninguna noticia proviniente de otros continentes como Asia o Africa, lo cual es comprensible puesto que en estas zonas -se produce mucho menos volumen de información de carácter -científico, educativo, profesional y de Investigación.
- E) Protagonistas de la noticia. Hay que decir que en su mayoría, las informaciones no tienen un protagonista humano. Se refieren a temas abstractos y puntuales y no a gobiernos, instituciones o personas concretas. Por su parte, dentro de las informaciones cuyo protagonista es humano, en la mayoría se trata de un deportista o un equipo deportivo y también se encuentran algunas informaciones protagonizadas -por artistas o gentes relacionadas con el mundo del arte, un
total de tres. De aspectos humanos se ocupan tres informaciones.
- F) Tema de la noticia. Se distribuyen de la siguiente forma:
- -Ocho son informaciones de carácter deportivo.
- -Cuatro se refieren a asuntos universitarios,
- -Tres son relativas a oceanografía.
- -Tres se refieren a sucesos.
- -Dos aluden a la educación considerada globalmente.
- -Por último hay distintos temas a los que corres-
- ponde una sóla información, a saber; música, sociedad, pin* tura, viajes, investigación en general, informática, asocia ciones culturales, temas de técnica espacial y desempleo.
Al margen de estos temas claramente informativos.
el suplemento recoge noticias sobre la programación de tele visión, horóscopo y humor.
- G) Tópicos o secciones de la información. El suple mento se centra en los temas señalados al principio y por lo tanto muchas de las secciones características de un periódico no aparecen en él. La sección que cuenta con mayor número de informaciones es la deportiva, de la que se incluyen nue ve. En segundo lugar, la sección de educación que engloba un número de cuatro informaciones. Tres se insertan respectivamente en cada una de las siguientes secciones: cultura, econo mía, sucesos y asuntos pesqueros. Dos informaciones se encuen tran en la sección de música y salud. Finalmente las secciones que cuentan con una sóla información son: medios de comu
macación, información sobre congresos, judicial y sociedad.
- Ii> Información gráfica. En contra de lo que compro bamos e, el bloque central del periódico, el suplemento otor ga mayor impcrtancia a la información gráfica. Diez informaclones se ven acompañadas del apoyo de las imágenes fotográficas, así como de gráficos y diagramas explicativos de los contenidos que recogen los textos. Este rasgo se puede enten der dentro del afán del suplemento por ahondar con mayor pro fundidad en la información.
En cuanto al análisis de forma, el formato de este último número es igual al de los números anteriores-
NOTAS
fi) Aristóteles: 'política'. (VII, 21. 3).
(2) ArtIculo 2~ de la 'Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano'. Francia, 26 de Agosto de 1.789.
(3) MOLINERO, César:' La intervención del Estado en la prensa'. Barcelona, 1.97), pá~. 122.
(4) CRESPO DE LARA, Pedro.'El articulo dos. La prensa an-ET 1 te el Tribunal Supremo'. Madrid, 1.975, pág. 13.
<5) MOLINERO, C. : Op. cit. , pág. 143.
(6) Sentencia del Tribunal Supremo de =9-V-1.969.
(7) MOLINERO, César: Op. cit. pág.
. 143.
(8) MOLINERO, César: Op. cit. . pág. 175.
(9) HERNANDEZ GIL, A.: Op. cit., plgs. Ii y 1=.
(¶0) MOLINERO, césar; Op. ctt. pág. 324.
(VI>
HERNANDEZ GIL, A.; Op. cit. pág. 10.
(12) Al diario 'Madrid' se le abrieron numerosos expedientes que no terminaron en sanción, a pesar de la ambigua determinación que se establece en el articulo de la Ley de Prensa e Imprenta de IB de Marzo dc 1.966.
(13) V. · Anexo 1.
<¶4) V. , Anexo II.
(15> V., Anexo III.
(¶6) V., Anexo IV.
(17) Y., Anexos Y y VI.
(IB) Y., Anexo VII.
(19) V. , Anexo VIII.
(20> Y.,
Anexo IX.
(21) Y., 'Madrid', número O de fecha 16 de diciembre oe 1.984.
(=2) Y., Anexo X.
(23> Y., Anexo Xl.
(24) CALVO SERER, Rafael: 'La dictadura de El >affaire' del 'Madrid' y el futuro 1.973, pág. El. los franquistas. político>. París>
(25) Ver coigrafe 2.2.> 3.5., 3.6. y 5.2. éntre otros.
(=5)Y.. Anexo XII.
(27> Y., Anexo
IX.
(28> La voladura del 'Madrid> se produjo el =3de abril de 1.973.
<29) TUPON DE LAPA. Manuel: 'Historia de España> (Tomox).
Barcelona 1.980, pág. 355.
Editorial Planeta: '500 Biografias célebres'. Barce-
(20) lona 1.983. pág. 93.
(31> Y., Anexo XIV.
(32) ALFEREZ, Antonio: 'Cuarto poder en España'. Barcelona. 1.95?. págs. 97 y 98.
(33) Y., Anexo XIII y epígrafe 4.3.
- DESAPARICION DEL PERIODICO MADRILEÑO.
5. DESAPARICION DEL PERIODICO MADRILEÑO
5. . Justificación del Gobierno para su cierre
Comenzaremos este epígrafe transcribiendo la Orden de cierre al diario 'Madrid' que fue publicada en el mismo -periódico el d!a 25 de noviembre de 1>971.
'Nota de la Dirección General de Prensa. Los servi dos de la Dirección General de Prensa han facil itado la siguiente nota informativa con fecha 25 de noviembre de 1.971:
- Desde hace algún tiempo el Ministerio de Información y Turismo tenfa conocimiento de la existencia de tensiones internas y aún de cuestiones litigiosas en el seno de la empresa del diario 'Madrid'; cuestiones que, naturalmente, sólo pueden afectar a las funciones de la Administración en -cuanto reprecutan en la exactitud y autenticidad -de los datos declarados por la empresa en el Regis tro de Empresas Periodísticas.
- La Administración tuvo también conoci miento de la existencia de un laudo o arbitraje que mediando en el conflicto interno en el seno de la empresa trataba de resolverlo. La Administración -esperó en vano que este laudo solucionara tal conflicto> clarificando la situación real de la empre La.
- Tales tensiones y su trascendencia en ~uanto a la realidad y autenticidad de datos regis
- trales han alcanzado gran notoriedad no sólo por la existencia de procedimientos judiciales, que -afectan a las mismas, sino también por su púbí ica difusión en la Prensa nacional>
- La vigente ley de Prensa reconoce am pliamente el ejercicio de la libertad de empresa periodística; de tal forma que la Administración, si se cumplen determinados requisitos, no puede Ii mitar la actividad empresarial a tal fin.
- La Administración se reserva Onicamen te el deber de garantizar el ejercicio de las libertades y derechos que se regulan en la ley, y uno de los derechos (artículos 24 y 26 de la ley) es -el del público a conocer realmente quién edita un periódico, cuales son sus órganos rectores y quieoes Sus accionistas más importantes.
- 6> Ante tal estado de cosas. el elinisterio de Información y Turismo tuvo el inexcusable -deber de abrir una investigación en aplicación es tricta de lo preceptuado en el artIculo 29 de la -ley de Prensa y en defensa del aludido derecho de los lectores.
- 7, No cabe confundir tales medidas con las que la ley de Prensa preve para corregir las -posibles infracciones cometidas contra su articulo segundo, y por consecuencia ninguna relación cabe entre aquellas y testo alguno aparecido en el diario 'Madrid>
- El resultado de esta investigación ha sido una evidencia exhaustiva de que se daban las causas previstas por la ley para la cancelación de
una inscripción registral. y muy especialmente las siguientes:
A) La empresa MADRID. Diario de la Noche, S.A. , no ha aportado la información y documentos -requeridos por la legislación vigente.
E) La existencia de accionistas simulados en la Sociedad F.A.C.E.S. , Onica propietaria de MA ORlO, Diario de la Noche, S.L , extremo incluso pO blicamente puesto de manifiesto en el propio diario y por sus redactores.
- C> La intervención y proyección financie ra en periodo posterior a la primera iriscripción -registral y su vigencia permanente por parte de en tidades dm las que no aparece referencia alguna en la documentación existente en el Registro de Empre sas Periodísticas.
- Ante tales hechos el Ministerio de In formación y Turismo no puede menos de proceder por Imperativo de la ley, a declarar la cancelación de la inscripción registral de MADRID, Diario de la -Noche. S.A., no obstante lo cual el Ministerio de clara expresamente su preocupación por los problemas laborales y profesionales que pueden derivarse de tal resolución, as! como su decidido ánimo de coadyuvar a la irás justa resolución de los mismos.
- El Ministerio de Información y Turis mo. consciente también de que un diario es una ms titución cultural necesaria para la sociedad, qule re hacer constar su postura favorable a cualquier fórmula que, respetando la ley, permita mantener la edición de MADRID.'
Hasta aquí a nuta de los Servicios informativos de la Dirección General de Prensa. A continuación, transcri bimos también el art!culo 29 de la ley de Prensa de 18 de marzo de 1.966, citada en el punto 6 de la misma por considerar que se encuentra en el origen del cierre del 'Madrid':
- Causas denegatorias y de cancelación de las -inscripciones. 1. Mo procederá la primera y sucesiva inscripción:
- 1~. Cuando en la constitución de la empresa no se haya dado cumplimiento a normas o requisitos lega les.
- 2~. Cuando no se proporcionen todos los datos que hayan de ser objeto de la inscripción o estos no sean ekactos. A. este fin la Administración podrá exigir o prácticar las comprobaciones que estime pertinentes.
- 39, Cuando no concurran los requisitos legales de capacidad en la persona titular de la empresa o en cualquiera de las que ejerzan o hayan ejercido car gos directivos.
- 49, Cuando, oido el consejo Nacional de Prensa y el Sindicato Nacional de Prensa, pueda racionalmen te deducirse que la publicación será utilizada pa ra producir los resultados que trata de evitar el articulo 59,
- 59 Cuanquiera de los supuestos expresados determinará la cancelación, de oficio o a instancia de parte, de la inscripción vigente.
El articulo 30 establecía el régimen de recursos
-en caso de denegación o cancelación:
- Recurso en caso de cancelación o denegación. Contra la resolución ministerial que deniegue o cancele cualquier inscripción en el Registro de Publicaciones Periódicas podrá interponerse recur so ante el Consejo de Ministros, y el ulterior re curso contencioso-administrativo.'
El punto 79 de la nota informativa intenta desmar car ai Ministerio de información y Turismo de cualquier sen ción de tipo polituco y señala que no cabe confundir tales medidas con las que la ley de Prensa preve para corregir las posibles infracciones cometidas contra el articulo segun do'.
El punto B~ quiza sea el más importante, ya que en él se recogen las causas concretas de la cancelación. En el 9~ y ¶Qf el Ministerio declara su preocupación por los proble mas laborales y profesionales que podían surgir y hace constar su postura favorable a que se permita mantener la edición del 'Madrid>.
Así pues, el Ministerio intentó separar desde el -primer momento la cancelación de la inscripción en el Registro de Empresas Periodísticas de 'Madrid, Diario de la Noche, 5.A. del temido articulo 2~ de la Ley de Prensa e Imprenta,que señalaba que 'la libertad de expresión y el derecho a la difusión de informaciones, reconocidos en el articulo 70, no tendrán más limitaciones que las impuestas por las leyes. Son
limitaciones: el respeto a la verdad y a la moral; el acata miento a la Ley de Principios del Movimiento Nacional y demás Leyes Fundamentales; las exigencias de la defensa necio nal, de la seguridad del Estado y del mantenimiento del or den público interior y a paz exterior; el debido respeto a las Instituciones y a las personas en la crítica de la ac~ción política y administrativa; la independencia de los Tri bunales, y la salvaguardia de la intimidad y del honor personal y familiar'. Los márgenes de este derecho a la liberUd de expresión nunca fueron bien definidos, lo que dió lu gar a interpretaciones muy amplias y diversas por parte de la Administración.
Según la Dirección Beneral de Prensa, dicho expe- diente de comprobación debía ser calificado como expediente de cancelación, ateniéndose a lo establecido en el articulo 29 de la Ley de Prensa e Imprenta sobre temas de cancelación. Como consecuencia de este expediente se dictó la resolución ministerial de 25 de noviembre de l.971 y que declaraba la cancelación de la inscripción de la empresa periodística 'Ma drid, Diario de la Noche, S.A. ' por no haber aportado los si guientes documentos:
La información y documentos requeridos por la -legislación vigente.
La existencia de una escritura púbí ica sobre ms cripción y desembolso de acciones de F.A.C.C.S. número 444 de 31 de enero de 1.967, que no se ha aportado al Registro.
La existencia de accionistas simulados en la So cuedad .AC.E.S. única propietaria del periódico 'Madrid'.
La intervención y proyección financiera, en pe nodo posterior a la primera inscripción registral, y su vi gencia permanente. del Banco Popular Español y de la entidad denominada S.A.F. · de ninguna de las cuales aparece referencia en el Registro.
Esta resolución fue recurrida en alzada ante el Con sejo de Ministros por:
- A. La representación de 'Madrid, Diario de la Noche S.A.'.
- La representación de F.A.C.E.S.
- C. Y por Salvador Serrats Urquiza.
El Consejo de Ministros dictó la resolución el día 7 de enero de 1.972, desestimando el recurso de alzada al con siderar que no hab!a aportado al Registro de Empresas Peridís ticas le escritura pública número 444 de 31 de enero de 1.967 y al creer en la existencia de accionistas simulados e inter puestos en la sociedad F.A.C.E.S. -
El 25 de enero de 1.973 los tres recurrentes ante- riores presentaban un recurso contencioso-administrativo an te el Tribunal Supremo, contra la cancelac ión de la inscrip ción registral del diario 'Madrid'. La Audiencia Territorial de Madrid, el 16 de octubre de 1.973 declaró válida la sus
cripcióny titularidad de las acciones de F.A.C.E.S., pro pietaria del diario, por Rafael Calvo Serer, accionista mayo ritario y presidente de la empresa editora. Desestima igual mente la pretensión de un grupo de accionistas minoritario.
El 25 de octubre de 1.976, el Tribunal Supremo publicó la sentencia del recurso contencioso-administrativo in terpuesto por los recurrentes: la empresa period!stica 'Na -drid. Diario de la Noche, S.A. ', la sociedad Fomeñto deActi vidades Culturales, Económicas y Sociales, S.A. y por Salvador Serrats Urquiza, en el año de l.973. La sentencia estable cia:
El Tribunal Supremo rechazó la inadmisibilidad
- de los recurrentes> alegadas por el abogado del Estado.
El abogado del Estado apoyó su alegación de inad- misibilidad al estimar que sólo estaba legitimado para presen tar recurso el titular del derecho que se considera infringido, en este caso el titular de la inscripción, que únicamente lo ostenta la empresa 'Madrid. Diario de la Noche, SA.'. Tesim que fue rechazada por el Tribunal al tener en cuenta que la Ley de Procedimiento Administrativo establece que están le gitimados para personarse y ser parte en los expedientes y pa ra recurrir contra las resoluciones administrativas, no sólo quienes sean titulares de un derecho, sino también los que ten gan interés directo en algo de lo que pueda verse afectado por las resoluciones que en el expediente se adopten. Así se reco noce legitimación para ejercitar la acción contencioso-adminis
trative contra actos administrativos a LA.CE.S., propieta ría de 'Madrid. Diario de la Noche>, puesto que le pertefleGen todas las acciones de esta empresa periodística, y. res pecto al recurrente Salvador Serrats Urquiza consta en el -expediente que es un accionista de F.A.CE,S, puesto que cía ramente resulta perjudicado por el acuerdo de cancelación siendo su interés directo, propio y legitimo.
2~. En lo referente al recurrente Salvador Serrats Urquiza. interesado en la nulidad formal de la actuación prac tícada en el expediente administrativo de comprobación de -documentos y de las resoluciones que resolviendo el mismo -fueron dictadas en fecha de 25 de noviembre de 1.971, por el Ministerio de Información y Turismo y el 7 de enero de 1.97= por el Consejo de Ministros, resolviendo recurso de alzada interpuesto por el recurrente, se establece:
Que Salvador Serrats se personó en la Dirección -General de Prensa y ésta le comunicó, el 9 de noviembre de 1.971, que podía formular cuantas alegaciones estimase convenientes, así como consultar los datos que precisara en el Registro de Empresas Periodísticas, con tal que lo hiciera antes de que se dictase la resolución. Si no llegó a formular alegaciones, no fue por haberse omitido el trámite de audiencia por la Administración. Por lo tanto, queda desestimado el recurso interpuesto por dicha persona.
30, El Tribunal estimó oportuna la alegación del diario 'Madrid' por la cual se dice que se acordó la cancelación, que en todo caso se debió de incoar a la vista del
resultado. Falta normal, que a juicio del recurrente, impí i ca un grave error.
Según la sentencia: 'La Administración debe desarrollar su actividad y acordar sus resoluciones dentro del expresado expediente adecuado y no en otro distinto'.
La empresa periodística 'Madrid. Diario de la noche' estimó que al haber la Dirección General de Prensa con fundido y utilizado el expediente de comprobación de datos con el de cancelación, realmente se acordó la cancelación -con ausencia absoluta del procedimiento, por cuya infracción unido a la falta de audiencia solicita que sea declara da la nulidad de pleno derecho de lo actuado de acuerdo con lo establecido en los artículos 47.1 ,C o 48.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en orden a las anulabilidades de los actos administrativos por vicios procesales causantes de a dicha parte.
Con respecto a la audiencia administrativa, la sen co- tencia establece que del expediente administrativo se deduce que la empresa periodística 'Madrid. Diario de la Noche' estaba enterada de todas las actuaciones del mismo y era nocedora de las cuestiones planteadas en dicho expediente. Pues, aparece acreditado en el documento 33 que por oficio de la Dirección General de Prensa fue requerida la citada em presa periodística para que formulase alegaciones, por lo -que no se puede decir que no haya sido ofda.
49, Es incuestionable el hecho de que la presenta ción al Registro de la escritura notarial número 444 de 31 de enero de 1.961, que es uno de los motivos en que se basa el acuerdo de cancelación, carece de transcendencia jurídica.
El contenido de dicha escritura no altera ni modi fica los datos que ya hablan sido aportados al Registro en el expediente de inscripción sobre el capital social de la empresa F.A.C.E.S. y la titulación de acciones. Lo único que por esa escritura se pone de manifiesto, como así se recoge en la propia Resolución de la Dirección General de Prensa -de =5de octubre de 1.911, es la existencia de 402 acciones de r.A.C.E.S. , cuya titularidad no constaba pero que se jus tífica al estar acreditado que en aquella fecha continuaban sin suscribir, por estar sometidas a la medida cautelar acor dada por el juzgado de la suspensión de los derechos polfti cos de las acciones de F,A.C.E.S..
Aparte que la falta de determinar en el Registro
402 accIones sobre un total de 48,000, que representaban el capital social de F.A.C.E.S., ningún cambio sustancial podía determinar en los datos. Además que, la escritura notarial número 443 de 31 de enero de 1.967 (documento número ¶8 del expediente de inscripción) con la certificación de accionis tas cumplía las exigencias previstas por la Ley de Prensa e Imprenta y el Decreto 749/ 1.966 de 31 de marzo, sobre el ca pital social suscrito y desembolsado, y el carácter nominati
yo e intransferible a extranjeros de las acciones en que aquel está representado en las sociedades anónimas.
El citado decreto que regula la inscripción en el Registro de Empresas Periodísticas, sólo alude a la necesidad de aportar las escrituras públicas y la correlativa Cer tificación del Registro Mercantil, cuando se trata de la -constitución de la sociedad que sea titular de acciones de la sociedad cuya inscripción se solicita a los efectos señalados en el número 2 del apartado d) del articulo 50, pero no hace falta en los demás supuestos.
50~ En cuanto a la existencia de accionistas simu lados en la Sociedad F.A.C.E.S. , que es un motivo en que se funda el acuerdo de cancelación. Se ha de puntualizar, que tanto la resolución ministerial de 25 de noviembre de 1.971 que acordó la cancelación, como la del Consejo de Ministros desestimatoria de las alzadas, basan la existencia de perso nas interpuestas en los accionistas de F.A.C.E.S. por haber quedado demostrado en el texto del laudo arbitral de equidad emitido el 2 de julio de 1.971 por el arbitrIo designado por las tres sociedades recurrentes para resolver en equidad la controversia existente entre las mismas, la existencia de -socios fiduciarios. Siendo valorado por las resoluciones co mo una causa que incide en el número 2 del apartado d) del articulo 50 del Decreto 749/1.966, originando la consiguien te causa denegatoria de la inscnipción o de cancelación.
De la actuaciones administrativas y de la prueba practicada en los autos, resulta acreditado por la sentencia dictada por la Sala 1~ del Tribunal Supremo, en fecha de febrero de LS??, en recurso de nulidad interpuesto por Rafael Calvo Serer y por la entidad Madrid. Diario de la -noche> contra el mencionado laudo de equidad, se declara que los 16 millones de pesetas que Rafael Calvo recibió del Ban co Europeo de Negocios, con los que suscribió y abonó las 32.000 acciones de F.A.C.E.S. , fue una operación que realizó con la ayuda de S.A.F <Sociedadad Anónima de Fomento), -que asumió posteriormente el crédito y, consiguientemente -los dirigentes del Banco Popular Español que pertenecían a F.A.C.E.S.. Pero la llevó a cabo con la sola obligación de devolver el dinero a S>A.F. · de lo que se deduce que habien do sido suscritas esas 3=.OOOacciones a su nombre se cumple la condición de ser nominativas del articulo 20 de la Ley de Prensa e Imprenta. 5
Como esas acciones continuaban a su nombre, no t! nia la obligación de participar en el Registro de Empresas Periodisticas las transmisiones de propiedad de las mismas, pues no tuvieron lugar.
Aunque, se estimase la existencia de una fiducia, es decir que Rafael Calvo Serer hubiese efectuado la suscrip ción de tales acciones con instrucciones de Luis Valls Tabener de ceder posteriormente los títulos a los demás accionistas de FACES. y las que estos no quisieran suscribir, a terceras personas.
tampoco acarreaba la cancelación. Pues, el derecho privado re conoce el negocio fiduciario que se realiza para alcanzar un resultado jurídico propio y un fin económico 'atipico'. pero que responde a una necesidad o fin económico-social digna -de protección y está reconocida por la jurisprudencia al no existir en el Código civil un 'numerus clausus' de las causas justificativas de los negqcios Jur!dicos. De lo que se deduce que, no es válido que la Administración confunda a los efectos registrales de una suscripción de acciones de la sociedad anónima titular de la empresa periodística 'Madrid' la existencia de socios simulados con la existencia de socios fiduciarios.
Lo único que resulta del Laudo de Arbitraje es que en efecto S.A,F., en el año 1.965, osea, antes de la entrada en vigor y de existir la Ley de Prensa e Imprenta, suscribió 450 acciones a través de cinco personas interpuestas, pero, tras la publicación de esta Ley, vendió todas sus acciones de F.AC.E.S. a accionistas individuales según acuerdo de 23 de mayo de 1.966, constando así en el laudo. Por lo que si los titulares de estas acciones sostienen su cualidad de ac cionistas por su propio nombre y derecho: a la vez, la Socie dad S.A.F.confiesa haber recibido el precio de todas las ac ciones que tenía de F.A.C.E.S., de los accionistas jndividua les a los que se las transmitió, antes de la Ley de Prensa e Imprenta, es imposible poder sostener la discordia entre el Registro y la realidad extrarregistral en este punto, por fal
ta de prueba. Pues, sólo ante una causa de discordancia -acreditada estaría justificada la denegación de la inscripción máxime por hechos acaecidos antes de publicarse la Ley de Prensa e imprenta.
6'. Otro motivo de los acuerdos de cancelación fue la intervención y proyección financiera, en periodo posterior a la inscripción registral, del Banco Popular Español y de la Entidad S.A.E, en la Sociedad F.A.C.E.S. única propietaria de 'Madrid. Diario de la noche'. Los acuerdos manifiestan que no parecía referencia alguna en el Registro de Emprt sas Periodísticas.
Nl el articulo 27 de la Ley de Prensa ni el artículo 5' del Decreto 749/1.966 obligan a las Empresas Periodisticas a inscribir los convenios particulares o créditos de financiación. Pues, el artIculo 27 de la Ley de Prensa -sólo exige en su apartado E) del número 9, la expresión de las 'lineas generales del plan financiero y medios para su realización'>, exigencia que ha sido cumplida por la Empresa Periodística 'Madrid', haciendo constar en tiempo y forma en el Registro que 'los recursos financieros serán el propio -capital social, créditos bancarios, créditos hipotecarios e ingresos por publicidad y venta del periódico, así como la compensación del papel'.
Esta declaración de las líneas generales del plan financiero fueron consideradas en su día bastante por la Ad
ministración, que no pidió que se especificaran y acordó la inscripción. Careciendo, por tanto, de facultades para exigir posteriormente cada operación de crédito con advertencia de cancelación.
Antes de la fecha en que se produjo la inscripción era un hecho notorio, por haber sido publicado en la prensa nacional, que la adquisición del diário Madrid se efectuó a base de un importante crédito otorgado a F.A.C.E.S. por una financiera del 8anco Popular, asumiendo el control de dicho periódico el vicepresidente del banco.
La validez de la suscripción de las acciones efec tuada por Rafael Calvo Serer, de naturaleza civil esta cues tión, fue planteada ante los Tribunales civiles, dictándose por la Sala 1' de la Civil de la Audiencia Territorial de -Madrid, el 8 de octubre de ¶913. sentencia absolutoria para los demandados F.A.C.E.S. y Rafael Calvo. Declarando vilida y eficaz la suscripción realizada por este último.
Son conflictos privados a resolver, colmo lo han si do, por los tribunales ordinarios, que para nada afectaban al interés púbí ico las discrepancias existentes entre los so cios de F.A.C.E.S., como también las surgidas entre Rafael Calvo y Luis Valls, resuelta por el laudo del 2 de Julio de 1.971 y, definitivamente por la sentencia de la Sala 7' del Tribunal Supremo el 5 de febrero de 1.972,
A la vista de las resoluciones judiciales de la prueba practicada en estos autos y de todo lo razonado queda escrito en la sentencia el que no son conformes a Derecho por infringir el ordenamiento legal de la Ley de Prensa las resoluciones impugnadas del Consejo de Ministros de 1.972 y la del Ministerio de Información y Turismo de 1.921, por in debida aplicación de los preceptos legales reguladores de -la cancelación de la iriscrapción en el Registro de Empresas Periodísticas.
Pero, se ha de tener en cuenta que en el expedien te de comprobación de datos, que dió origen a la cancelación, la Administración valoró erróneamente los datos aportados a causa de las disensiones internas de naturaleza privada de determinados grupos socios de F.AC.ES.. que motivaron actuaciones judiciales en Juzgados de 70 Instancia, Audiencia Territorial y Sala 1, del Tribunal Supremo impugnando la -transferencia de acciones, nulidad de juntas e instando medidas cautelares y ptocedimientos ejecutivos en base a la -real titularidad de las acciones de F.A.C.E.S, por lo que la sentencia no estima la desviación de poder.
~.2. E( 'Madrid' ante los Tribunales de Justicia
A continuación haremos un análisis de los hechos jurídicos más sobresalientes relacionados con el 'Madrid>.
Entre 1.956 y 1.971 el 'Madrid>' sufrió por razones politicas cerca de veinte expedientes administrativos, con un total de multas que ascendieron a más de un millón de pesetas. Fue objeto de dos secuestros y de dos suspensiones su cesivas, acordadas por el Gobierno, de cuatro meses en total. Todo esto supuso unas pérdidas aproximadas para el periódico de más de veinte millones de pesetas.
No es ociosa la detención en los problemas legales del diario, surgidos principalmente en la etapa de influencia de Calvo Serer, ya que significan una pieza clave para enten der las circunstancias ~ue condujeron a la cancelación de su inscripción en el Registro de Empresas Periodisticas, yensuma, la desaparición de la publicación,
Fueron principalmente los editoriales de la página 3, unas veces con firma, otras sin ella, los que Se encargaron de hacer sentir a la opinión pública una nueva forma de hacer periodismo; el periodismo critico. Desde allí Calvo Se rer junto a un grupo de colaboradores como Miguel Angel Goza lo, Juan Ferrando, Jose María Elesantes, Joaquín Bardavio, Jo se Luis Souto y un largo etcétera de intelectuales, convirtió el >Madrid> en una tribuna de opinión desde la que se atacaron los males del sistema dictatorial, y desde la que se chocó -en numerosas ocasiones con el articulo segundo de la Ley de Prensa e Imprenta de 1A66 (¶3:
'La libertad de expresión y el derecho a la difusión de informaciones reconocidos en el articulo 9, no tendrán más limitaciones que las impuestas por las leyes. Son limitaciones: el respeto a la verdad y a la moral; el acatamiento a la Ley de Principios del Movimiento Maclonal y demás leyes fundamentales, las exigencias de la defensa necio nal , de la seguridad del Estado y del mantenimien to del orden público interior y la paz exterior; el debido respeto a las instituciones y a las per sonas en la crítica de la acción política y administrativa; la independencia de los Tribunales, y la salvaguardia de la intimidad y del honor perso nal y familiar'.
Una vez visto el articulo segundo y antes de entrar en el análisis de los editoriales y artículos sancionados ve remos el procedimiento de incoacción de expedientes:
El articulo 66 de la Ley de Prensa e Imprenta seña la: 'La infracción de los preceptos legales y reglamentarios en materia de Prensa e Imprenta será sancionable en vía admí nistrativa, independientemente de que sea o no constitutiva de delito'. Se puede constatar que existen tres jurisdicciooes; penal, civil y administrativa.
De acuerdo con el articulo 69 las sanciones podian
Imponerse eran;
a) Para el autor o director, Dependiendo de la gra vedad, multas de mil a doscientas mil o suspensión en el ejer
cicio de las actividades profesionales de quince días a seis meses -
- -multas de mil a cien mil pesetas o suspensión de des meses en los diarios, cuatro meses en semanarios y publicaciones quincenales y seis meses en las de menos frecuencia.
- b) Para la empresa. Dependiendo de la gravedad,
El articulo 70 señala el trámite a seguir: incoar expediente corresponde al Director General de Prensa o al -de Información, al ministro de Información y Turismo, y al Consejo de Ministros según sea el carácter leve, grave o muy grave.
Los recursos contra los acuerdos que imponían san ciones se recurrían, en via administrativa, ante:
- 'a) El Ministro de Información y Turismo, de los adoptados por la Dirección General de Prensa o de Información en Su caso.
- b) El Consejo de Ministros, de los adoptados por el Ministro de Información y Turismo.
- c) El mismo Consejo, en súplica, por los que éste hubiera acordado.' (2)
Existía el recurso contencioso-administrativo con tra las decisiones del Consejo de Ministros. Una de las dis posiciones derogatorias de la ley de IB de marzo de 1.966 se refería al apartado b) del articulo 40 de la Ley Reguladora
de la jurisdicción contencioso-administrativa de 27 de diciem bre de 1.956 que declaraba inadmisible el recurso contencio sc-administrativo en actos dictados en ejercicio de la fun ción de policia de prensa, radio> cine y teatro.
Esto muestra que era impracticable en este caso
-el recurso por la vía contencioso-administrativa, así como el ilimitado poder de la Administración en el control de una serie de libertades públicas, proclamadas en el artIculo 10 de la Ley de Prensa e Imprenta, y en el articulo 12 del Fue ro de los Españoles.
El plazo de Incoación del expediente era sumamente indeterminado, ya que no se establece de forma clara una fecha tope para la tramitación del expediente, y menos para su resolución, ya sea sancionadora o absolutoria.
15 de octubre de 1.966
El diario publica dos artículos titulados 'Irregularidades en Correos' bajo la firma no identificada de Juan Ruiz. Estos le suponen el procesamiento al director, Miner -Otamendi, por delito de desacato. El ministerio fiscal estimd la concurrencia de la circunstancia agravante de la publi cidad y solicitaba para el procesado la pena de arresto mayor y una multa de 40000 pesetas.
tino de dichos escritos era una copia de la carta que el comunicante habla dirigido al Jefe del Servicio de In formación del Ministerio de Hacienda sobre las irregularida des que, a su juicio se cometen con el personal de Correos, con la petición de que el ministro de Hacienda hiciese una inspección en la Dirección General de Correos acerca de como se invertían los créditos.
El 14 de junio de 1,967 la Sección Primera de la
Audiencia Provincial dictó sentencia absolutoria del delito de desacato que se le imputaba a Miner Otamendi. Consideraba la sentencia que no sólo no existió agravio en las frases vertidas, -sino que, por el contrario resultaba evidante, junto a la aspiración legítima de protección a deter minados elementos del cuerpo que se defendía, el deseo de un control en los medios económicos con que contaba, sin propó sito de afrenda al crédito u honor de la persona contra quien el texto iba dirigido, sin 'animus injuriandi>, que, por el carácter de la autoridad de la persona contra quien van dirígidas se convirtió en la figura de desacato, delito del -que se acusó a Miner Otamendi. (3)
30 de enero de_1.967
Aparece un editorial de folio y medio titulado 'La protesta no es siempre moralmente condenable> (4). con moti yo de unas manifestaciones estudiantiles, ya que, debido a
las protestas promovidas por los universitarios, se habían suspendido por tres días las actividades académicas.
Este editorial motivó la reacción inmediata del
-Gobierno que sufrió la primera querella criminal ante el -Tribunal de Orden POblico. El periódico, alineado junto a -los estudiantes fue secuestrado. 'Hacia las once y media de la mañana, la dirección del diario vespertino 'Madrid' ha -recibido la notificación oficial de la iniciación de un sumarlo por parte del Juzgado de Orden Público para determinar la responsabilidad por el editorial publicado por dicho pe riódico, titulado 'La protesta no es siempre moralmente con denabí e'>.
Se trata en primer lugar, de fijar quién ha sido el autor material del editorial. El director del diario ha sido citado por el juez para el próximo día 4. Al mismo tiem po, ha sido ordenado el secuestro (5) de todos los ejemplares del diario 'Madrid' de ese día. Los agentes no pudieron retirar ninguno porque toda la tirada se habla vendido al público y el número estaba agotado' (6).
El titular de la cartera de Información, Manuel
-Fraga, estaba de viaje por Oriente Medio y fue sustituido -por el ministro de Educación, Lora Tamayo, quién adoptó las medidas, que por su lentitud en la reacción, no consiguieron secuestrar la tirada del 'Madrid' correspondiente al 30 de
enero, sino sólo una mínima parte de ella> correspondiente a los números distribuidos por las diferentes bibliotecas y hemerotecas.
Como el articulo incriminado habla sido editorial el responsable ante la ley era, en primer lugar , el direc tor <7). Pero Calvo Serer, presidente del Consejo de Administración quiso asumir la responsabilidad del mismo, 'pues estaba convencido de que reflejaba la realidad de la situación universitaria y porque legalmente no ofrecía problema. Pero entonces llegaron hasta él diversas opiniones en el sen tido de que no se responsabilizara porque de lo contrario -el Gobierno podría acabar con la línea independiente adopta da' (8). Por lo que finalmente se hizo responsable su autor, Miguel Angel Aguilar, colaborador del periódico en cuestiones universitarias, quién aceptó estar dispuesto a sufrir el proceso.
in el editorial se propugnaba el derecho que los estudiantes tenían a verse representados para la defensa de sus propios asuntos dentro de la universidad, y también a la paticipación en la vida púbí ica, a través de los cauces ade cuados, fuera de las aulas, Se pedía libertad de asociaciones estudiantiles. Al día siguiente algunos periódicos se ocupaban del editorial: 'Nos ha causado profunda extrañeza la forma en que nuestro colega 'Madrid'> plantea y enfoca los lamentables incidentes que estos días se están produciendo>
(9). La semejanza de actitudes, que se establecía en el articulo, entre quienes plantean problemas de orden pdblico y la actitud de los grupos que estuvieron con las protestas -de L936, es calificada como 'torpe e injusta'. 'Si se esti ma que lo de ahora es subversión y rebelión, no puede calificar de la misma manera a lo de entonces. No entendemos la semejeanza que se ve entre el Alzamiento del 18 de julio de 1.936, que fue el alzamiento de un país, y los incidentes -actuales, provocados por una mmnorlat (10)
Cuando se niega que los estudiantes y obreros es- tén movidos exclusivamente por agitadores comunistas a las órdenes del extranjero, 'Informaciones' contesta: 'Es cierto que no se puede afirmar que sean exclusivamente comunistas, la inspiración y la dirección de las actuales alteracio nes del orden, pero si el colega se fija en su propio perió dico y despues de leer su propio editorial lee la información que incluye debajo de él, verá que en ella se afirma que de los trece detenidos en Asturias por actividades comunistas, ocho son cargos sindicales. Tiene esto un doble aspecto: uno el de la filiación política de los detenidos: otro, el de -las posibilidades que tenían de actuar a través de cauces -legales'. (11)
Y continua diciendo 'En este aspecto de las vias de representación, el diario 'Madrid' se contradice de una manera clarisima. Así en un párrafo de su editorial dice: -
'Estas protestas son moralmente condenables cuando son sub versivas 'te un estado de derecho que ofrece otras vías para efectuaría. Pero no lo son tanto si la protesta no encuen tra otro cauce que el aparentemente subversivo'. Y en otro: 'Tal manera de reaccionar fue una de las manifestaciones de la sensibilidad política del Jefe del Estado, que de este -modo pudo ir encauzando la protesta para evitar que degenera se en rebelión subversiva el orden imperante. O hay cauces o no los hay, O ha habido sensibilidad o no la ha habido. Conviene que el colega aclare y fije posiciones. Por otra parte el colega debiera recordar que sólo hace muy pocos días que la Ley Orgánica del Estado ha sido promulgada y que su desarrollo necesita tiempo. Aportar fórmulas para ello es útil y conveniente. Dejarse llevar por la impaciencia no. Le conviene al colega releer para refrescar el recuerdo el mensaje del Jefe del Estado a las Cortes Españolas en diciembre del pasado año'. (12)
Mientras un periódico francés decía: 'El diario
-'Madrid'>, cuyos comentarios hemos citado hace poco, es objeto de una acción judicial a causa del editorial titulado 'La protesta no es siempre moralmente condenable', favorable a los estudiantes, que publicó en su edición del lunes>. <13)
El día 1 de marzo. Perez-Embid vió a Fraga e inme- diatamente llamó a Calvo Serer para transmitirle el ultimatum del ministro: Si Calvo continuaba manteniendo aquella ac
titud en el periódico no se detendría hasta acabar con él, El propio ministro confesó a Serer, en una reunión celebra da en el ministerio, el ¶5 de marzo. que si hubiera estado en Madrid habría secuestrado el periódico y si 'Madrid' con tinuaba tratando temas que afectaban al. orden pOblico, esen cial para la vida del régimen por cuanto que su justificacián era el mantenimiento de la autoridad, su deber como mi nistro le llevarla a utilizar toda clase de medios para impedir toda la:cr!tica. <14) Para evitar nuevos enfrentamien tos, el periódico decidió abordar por un tiempo temas que -no ocasionasen dificultades con el Gobierno.
En junio se celebró la vista del proceso contra -Miguel Angel Aguilar que terminó con la absolución: 'El Tri bunal de Orden Público ha dictado sentencia en la causa seguida contra don Miguel Angel Aguilar Tremoya, procesado en virtud de querella del ministerio fiscal por un delito de -apología de desordenes públicos> (IB). Según se reconoce en uno de los considerandos, 'se contienen párrafos poco afortunados que facilmente se prestan a equivoco'. El fallo absuelve al encausado, disponiendo que la resolución sea re mitida al Ministerio de Información y Turismo a los efectos de posible corrección en la vía administrativa,
Pero el ministerio fiscal recurrió contra la sentencia absolutoria que habla dictado el Tribunal de Orden -Público. El ministerio fiscal estimaba que el editorial 'La
protesta no es siempre moralmente condenable> contenta con- ceptos delictivos, comprendidos en el artIculo 268, en reía ción con el 246 del Código Penal. 'El Tribunal juzgador entendió que en el articulo que dió origen al proceso se con4 tienen párrafos pocos afortunados, C...) los cuales debieran haber sido objeto de cuidadosa meditación antes de escribir se, dada la naturaleza de la cuestión tratada>, pero no con sideró delictivo el comentario, por lo que absorvió al procesado. El ministerio fiscal entiende que existió el delito por el que promovió la querella y ha recurrido contra el fa lío absolutorio. <16)
¶5 de abril de 1.967
Este día fue destituido de su puesto de director,
Jose Manuel Miner útacaendi y nombrado nuevo responsable del periódico Antonio Fontán. FI despedido llevó a los tribunales a la empresa del >Madrid'. En junio se celebró el juicio de conciliación, sin avenencia, por la demanda que, por incumplimiento de contrato, 'ya que en él se consigna que pue de rescindirse a petición de cualquiera de las partes, siem pre que se avise por escrito y con tres meses de antelación. La empresa del 'Madrid', según el demandante. dió el cese -al Miner Otamendi de manera fulminante, sin previo aviso, y todaúia no se lo había comunicado por escrito'. (17) En el acto de conciliación asistieron por el demandante, su aboga do Mario Salazar Soto. y por la sociedad demandada su conse
jero delegado, Silvestre Arana y el letrado de la entidad.
30 de marzo de 1.967
Se publica en el diario el editorial 'Faltas de in formación> (IB) relativo a la reforma de algunos artículos del Código Penal, que venia a reforzar y endurecer el rigor de la legislación referida a la prensa, particularmente a la Ley de Prense e Imprenta~ toda vez que se suprimir la ti picidad del delito suponía dejar a los periodistas en manos de un fiscalia politizada.
Se promovió la segunda querella criminal, procedi miento utilizado habitualmente en estas primeras ocasiones -que luego daría paso a un procedimiento administrativo <in+ coación de expedientes informativos y expedientes administra tivos) -
Varios periódicos criticaron la reforma proyecta- da. El 'Madrid' había silenciado el tema porque atravesaba un periodo de mutismo por razones forzosas. El 30 de marzo, fecha de la votación en las Cortes de la reforma del Código Penal, los diarios trataron el tema mostrando su repulsa. -que estaba respaldada por la actitud de algunas Asociaciones de la Prensa. >A la vista del tono dominante. Calvo le pidió a Jose Maria Desantes que escribiese sobre el tema. Aunque -este anteriormente se habla negado a hacerlo por eflstir un
editorial sub judice (191 y no parecer razonable una referen cia al modo de actuar de la justicia, aceptó en el último mo mento, el mismo día en que iba a aprobarse la modificación, pues le pareció conveniente que el 'Madrid' emitiera tambien su opinión sobre la misma>. (20)
Este editorial le supuso la segunda querella cri- minal al 'Madrid'>: 'Con motivo de un articulo publicado en el diario 'Madrid>, el ministerio fiscal ha presentado una querella criminal contra el que resultare responsable de di cho editorial. Según se nos informa, el motivo de la querelía ra probablemente se halle en el comentario titulado 'Las faltas de información' publicado en la tercera página el día 4 y que el citado ministerio considera que pudiera ser inju rioso para los procuradores en Cortes>. (21)
Se planted una situación parecida a la de enero:
o bien Calvo se declaraba autor del mismo con lo que queda ría inutilizado> o bien daba el nombre del colaborador que lo habla escrito,
La Comisión de Justicia de las Cortes aprobó, en- tre otros, el nuevo articulo 165 del Código Penal en que se establecían 'penas de prisión menor para los que impidiesen el libre ejercicio de la libertad de expresión 1...>, pena de arresto mayor y multa de 5,000 a 50,000, a los que infrin gieren por medio de impresos las limitaciones impuestas por
las leyes a la libertad de expresión y el derecho a la difu sión de información mediante la publicación de noticias fal sas o informaciones pel'igrosas para la moral o las buenas -costumbres, contrarias a las exigencias de la defensa nacio nal , de la seguridad del Estado y de la paz exterior, o que ataquen los principiós del Movimiento Nacional o las Leyes Fundamentales, falten al respecto debido a las instituciones y a las personas en la crítica de la acción política y administrativa o atenten contra la independencia de los tri bunales. Cuando los hechos revistieren a juicio del tribunal gravedad manifiesta, la pena aplicable será la de prisión -menor y multa de 10.000 a ¶00.000 pesetas -
A esta nueva disposición se añadió en mayo de 1.967
el refuerzo de la Ley de Secretos Oficiales con lo que la -libertad de expresión recibió un nuevo recorte, En mayo fue sobreseida por el juez Garralda la querella promovida contra el editorial 'Faltas de información' de Jose Maria Desantes y absuelto por su responsabilidad en el mismo,
26_de_octubre de L967
Ve la luz el editorial 'El país no está para arbi tristas', en el que se recordaba como años atras se habla -pretendido, gozando de los máximos apoyos, obtener gasolina con agua del Jarama, y como una alta autoridad del régimen consideró resuelto el problema económico porque se habla en
contrado oro en Cáceres, El desprestigio de que gozaban muchos responsables de las medidas del Gobierno quedó refleja do en el editorial que supuso la incoación por parte del Mi nisterio de Información y Turismo de un expediente administrativo al director del 'Madrid', Antonio Fontán por haber incurrido en una infracción grave del articulo =~de la Ley de Prensa e Imprenta. 'En consecuencia> el ministro de Infor mación y Turismo ha impuesto al director de 'Madrid' Antonio Fontán, una multa de cincuenta mil pesetas. Esta resolución ministerial es la primera que recae sobre un expediente incoado al director de 'Madrid'. (22>
Esta sanción (23) coincidía con el trámite de otros cuatro expedientes incoados . En casi todos el motivo de in coación o apertura de expediente es la presumible violación del articulo 2~ de la Ley de Prensa e Imprenta, En dicho ar ticulo se limita de una forma importante, y a la vez indeter minada la libertad de expresión.
Se inculpó al referido editorial de no guardar el debido respeto a las instituciones y a las personas en la -crítica de la acción política y administrativa: '¼..) estas y otras ambigliedades con que se plantean ciertas palabras y las metáforas contenidas en el articulo, aún expuestas con -la habilidad propia de un científico y culto periodista espe cializado en temas políticos, están poniendo de manifiesto -la maliciosa intención de deformar la opinión pública. falten
do al respeto debido a las instituciones y a las personas en la crítica de la acción política y administrativa'. <24)
En este sentido, y en lo referente a este texto y al limite transgredido, cabe señalar que consideramos impre cisos e interpretables los términos 'debido respeto>, 'criti ca> y 'acción política y administrativa'. 'Debido respeto' -es un limite inconcreto en cuanto que su falta es una acción subjetivva considerada sobre todo desde una perspectiva pasin de receptor. Es análogo al problema del limite que actualmente polemiza en nuestro estado constitucional y recogido en el artIculo 20.4 referente al honor. Así como el honor es difícil de juzgar para nuestros tribunales, lo es 'el debido respeto', que, en este caso, se agrava al ser sujeto pasivo quien juzga esta infracción.
La jurisprudencia entiende por falta al respeto de bido las 'afirmaciones falsas o insidiosas y con atentado a su crédito, fama o interés' (25). Diremos que la falsedad ha ce referncia a otro limite y el interés no parece justificar una sanción. Insidioso y crédito son las palabras claves, que de nuevo nos relacionan con el tema actual del articulo 20Á de la Constitución de L978. El debido respeto, creemos es un limite subjetivo que hace referencia a escala de valores morales individuales, que es dificilmente objetivable y que en la coyuntura analizada se agrava, al ser el sujeto pa sivo quién juzga como parte interesada. Un ejemplo sobre la
subjetividad del 1 Imite es la contradicción interpretativa entre la Administración y el Tribunal Supremo en casos cono el del articulo >EI caso Sagasta', publicado por la revista 'Mundo' el 28 de octubre de 1.967. Sancionado con una multa de 5,000 pesetas por falta de respeto leve, el Tribu nal Supremo, en sentencia de 7 de noviembre de 1.969 consi deró que no había motivos de delito..
'Crítica': la jurisprudencia establece que la cri tica >ha de ser constructiva, exacta y objetiva, y nunca -demoledora, capciosa e inversa>. (26) Se obí iga a que 'se respete debidamente la autoridad legítima y se dejen a sal yo, en todo caso, a las personas que desarrollan una labor de gobierno, y las exigencias de la justicia y de la verdad' (27). Siempre que no haya menosprecio, se acepta la crítica que 'permita comprobar O corregir, si existen, deficien cias en las funciones poblicas',(=S)
En general, en la coyuntura analizada. son crite nos razonables y en cierta medida justos. Lo que ocurre -es quede nuevo 'objetividad>, 'exactitud', dificilmente -determinables, confunden el análisis. Es bueno que la crítica sea constructiva> Y deseable, también. Pero, un régimen seguro de si, con madurez> debe permitir criticas destructivas, ya que su solidez debe ser superior a ella.
Hay un punto discutible en la jurisprudencia: 'de
jar a salvo .,,' . No es agradable esta expresión ni su contenido. La crítica no debe tener limites personales siempre que sea constructiva. La exigencia de verdad será analizada en otro apartado.
La crítica es de todo punto permisible en coyuntoras de estabilidad. En situaciones más inseguras se puede limitar a exigencias de fines creativos y positivos.
'La acción política y administrativa', la Adminis tración sanciona la crítica a la Administración. Es eviden te que la frase, expresión de una situación, es suficiente mente explicativa. No obstante, la jurisprudencia hizo un inciso interesante (no es posible 'entender el precepto a la crítica de la actuación de los funcionarios en el cumpli miento de los deberes especificos de su cargo. <29) Lo cual es interesante al rebajar el limite y ampliar el campo de la crítica, contradiciendo así, en sentencia de 24 de abril de E969, a los intereses de la Administración a 'La Provin cia' con 50.000 pesetas.
Respecto a la infracción y la sanción, según el articulo 68 b constituyen infracción grave aquellas inforraciones en las que se observe 'intención manifiesta de de formar la opinión pública, se produzca con reiteración o -cause una perturbación grave y actual'. Según el articulo 692.a.2, se aplica la máxima sanción por infracción grave.
Mostramos nuestra disconformidad con la aplicaci6n de la misma, Consideramos que el editorial expedientado no supone una infracción de dicho precepto, ya que la crítica que contiene nos parece constructiva. Sus fines son positi vos y ni es tendenciosa no demoledora. Sólo puede resultar discutible la afirmación sobre el encubrimiento de informa ción, pero no se atribuye a nadie, por lo que no es aplica ble.
Por otra parte, la calificación de grave en cuan con to deformadora de la opinión pública es a nuestro juicio -también excesiva, ya que, además de no estar de acuerdo tal término, creemos que la crítica constructiva no puede ser negativa para la opinión pública.
Pero los tribunales hallaron intención manifiesta de deformar la opinión pública, por comparar el país con al gún otro africano. Se le impuso una sanción de 50.000 pese tas que la empresa recurriría ante la Sala Tercera del Tri bunal Supremo que desestimarla el recurso en sentencia fechada el 18 de abril de 1.969.
El Boletín Oficial del Estado (30) publicó una ur den del Ministerio de Información y Turismo de fecha 7 de julio por la que se disponía que se cumpliera la sentencia del Tribunal Supremo en recurso contencioso-administrativo interpuesto por el director de 'Madrid', Antonio Fontán. -
contra la resolución de dicho ministerio.
Esta orden ministerial recogió el fallo de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que conflr¿mó una multe de 50.000 pesetas por 'infracción de la Ley de Prensa de carác ter grave que fue Impuesta por el Ministerio de Informa ción y Turismo al director del diario 'Madrid' por el artí culo editorial 'El país no está para arbitristas', publica do el 26 de octubre de L967.
5 de octubre_de 1.967
Apareció un articulo publicado en la página tres de Santiago Roldán y Jose Luis García Delgado, titulado -'La devaluación, epilogo al desarrollo' que indignó al ministro del Plan (31). Realmente, el Gobierno no pudo ofrecer mayor contradicción en plazo más breve, Dos días antes, en el discurso de Franco, el triunfalismo dominaba la expo sición de la política económica: la devaluación, cuarenta y ocho horas despues de tal euforia, era el reconocimiento de graves errores y de una situación delicada. (32)
Este editorial supusouna multa de 50.000 pesetas por falta grave del director, Antonio Fontán. 'En medios -bien informados se supo que el ministro de Comercio aprove chó el momento psicológico de la devaluación de la libra, no porque fuese urgente proceder del mismo modo con la pese
ta, sino para adoptar medidas de austeridad que impidiesen que continuara su erosión y hubiera que devaluaría en conciones más difíciles y peligrosas'. (33)
3 de noviembre de 1.967
Se publica en 'Madrid> una carta en la página d~
titulada 'Agravio a la familia canaria', Por esta, se acusaría al diario de informar capciosamente contra la unidad -nacional, de desprestigiar a la justicia militar y de falta de objetividad. El abogado del Estado decía que en ella 'se resalta la idea de deformar a la opinión pública adoctrinen dola inverazmente en contra de la unidad nacIonal'. (34)
Fue calificada de falta de carácter leve en lo -que se refiere al debido respeto a las instituciones y a las persnas en la crítica de la acción política y adcministrativa, y el día 16 de noviembre de 1.967, se le impuso -una multa de 5000 pesetas.
Según el articulo 59, la sanción en forma de muí ta escila entre las 1.000 y ?5.0úú pesetas. Mo se establecen criterios firmes y se remite a la discrecionalidad del Director General de Prensa o de Información (35) la cuantia definitiva.
En el comentario del editorial apreciamos que la
inclusión de la carta podía significar una crítica no objetl va a las instituciones con la consiguiente falta de respeto a las mismas, según lo establecido por la ley. Por lo tanto> a pesar de no coincidir con las argumentaciones de la resolu ción sancionadora, luego, su calificación puede ser aceptada como tal y la cuantía también, al resultar baja (36>. Creemos que la reproducción de la carta es susceptible de sanción -por infracción leve en cuanto recoge criticas que muestran falta de respeto, al realizarse sin una base de argumentos -objetivos. No espíritu constructivo>
El >Madrid' recurriría de nuevo ante la Sala Terce ra del Tribunal Supremo que desestimaría igualmente este recurso con fecha de 9 de abril de 1.969. Fontán alegó que el trabajo objeto de sanción no contenía calificativo para las personas y que se limitaba a referir un hecho, con su corres pondiente comentario, que no pasaba de ser una opinión respe tuosa, por lo que el periódico no cometía infracción, ni si quiera leve,
El Boletín Oficial del EStado <37) publicó una or den del Ministerio de Información y Turismo de fecha 16 de -julio de 1.969 por la que se disponía que se cumpliese la sen tencia del Tribunal Supremo en recurso contencioso-administra tivo interpuesto por el director de 'Madrid', Antonio Fontán, contra la resolución de dicho ministerio. La orden ministerial confirmaba la culta de 5.000 pesetas que impuso al director -
del 'Madrid' el Director General de Prensa por la reproducsema- ción de una carta titulada 'Agravio a la familia canaria' el 3 de noviembre de 1,969, anteriormente publicada en el nario 'Mundo'.
Esta era la segunda vez que desde el Ministerio de
Información y Turismo se sancionaba, por via administrativa a Antonio Fontán. La sanción anterior había sido impuesta el 1 de febrero, y recurrida en alzada ante el Consejo de Minis trosd, que la desestimó. El editorial 'El país no está para arbitristas'.
1 de diciembre de I.967
En la página tres apareció un articulo de Juan Jo*
se Forns. funcionario de estadística, titulado 'Cuota sindical y salario mínimo' (28), En él se planteaban tres cuestio nes: el sistema de ingresos de la Organización Sindical, que aumentan como consecuencia del incremento de los salarios; el régimen de control de la administración sindical, que escapa a los propios sindicatos; y la tendencia hacia gastos en ac tividades extrasindicales producida por el automatismo del sistema de ingresos. Todo ello a propósito de las medidas de austeridad acordadas por el Gobierno y la ausencia de una de cisión paralela de la Organización Sindical.
El mencionado articulo fue objeto de querella cal-
minal promovida por José Solís, Ministro del Movimiento: La
Organización Sindical por considerar que el articulo publicado hoy en el diario 'Madrid>', sobre la cuota sindical es injurioso, falta gravemente a la verdad y puede desorientar a la opinión pública, ha decidido ejercitar las acciones le gales pertinentes contra el citado diario para exigir las -responsabilidades a que hubiere lugar, según el articulo 7Q de la Ley de Prensa e Imprenta,
Todo ello sin perjuicio de que la Organización Sin dical ejerza oportunamente el derecho de réplica que autori za la citada ley. Las referidas acciones han sido presentadas en la noche del mismo viernes, día 1 de diciembre, ante los organismos administrativos y judiciales competentes en la materia'. (39)
Como ampliación a la anterior noticia, el Servicio de Información Sindical informaba en una Nota de Redacción -que, según el articulo del diario 'Madrid', los impresos anua les de la Organización Sindical eran 10.000 millones de pese tas: cuando lo cierto es que tales ingresos por cuota sindical eran 3.185 millones, 'O sea menos de una tercera parte -de lo dicho por el citado diario, de los cuales corresponden 2.655 millones de pesetas a la participación empresarial y 530 millones de pesetas son pagados por los trabajadores. Co mo estos últimos reciben en acción asistencial unos 2.500 mi llones anuales, en el sistema español los trabajadores perci
ben cinco veces la suma que abonan a los Sindicatos. Según las estadísticas, la cuota sindical es para el trabajador -de algo menos de 18 pesetas por año, debido a que dicha cuo ta no se percibe sobre la base de cotización para la Seguri dad Social. Se trata de la cuota más baja en todos los sindicatos europeos y unas veces inferior a la del sindicalismo norteamericano'. (40)
El asunto provocó una fuerte polémica, hasta el
-punto deque Manuel Fraga, Ministro de Información y Turismo se enemistó con Juan José Espinosa, Ministro de Hacienda, -al que acusó de no presionar suficientemente a Valls Taberner para que reiterare su apoyo a Serer. En los días sucesi vos se publicaron réplicas y contraréplicas al articulo de Juan José Forns.
El escrito de réplica remitido a varios periódicos por José Ramón Alonso, director del Servicio Nacional de In formación y Publicaciones Sindicales decía entre otras cosas;
'El periódico Madrid>' ha introducido en su nue va línea política una atención preferente a la Organización Sindical, con evidente actitud deformadora y con tal escasa fortuna como en el articulo de Juan Forns, publicado el pasado día 1 con el ti tulo de 'Cuota sindical y salario mínimo' y dentro de la serie 'Ante la futura Ley Sindical'>, articulo que nos vemos obligados a replicar. <..~) Nos sorprende la
la falta de información y de documentación en matena tan al alcance de cualquiera> y la facilidad con que un periódico puede dar acogida a textos -que van a ser replicados con facilidad y contunden cia. Pensamos que con ello no solamente padece el autor, sino el crédito del periódico> (. . . ) Contra lo que el articulista cree> o da por sabido, la -couta sindical no es directamente proporcional al sueldo o salario, y tiene ademas las limitaciones de nivel que le marcan las disposiciones vigentes, que, por lo visto, el se?lor Forns no se ha tomado la molestia demanejar.
Muy sucintamente, y para ilustrarle, diremos que la cuota sindical -rebajada a partir de 1.956 de 2 por 100 al VBD por lOO (1,50 por 100 a cargo del trabajador), lo que supone una animación -sensible de cotización, ya que la couta total se disminuyó en un 10 por 100 y la del trabajador en un 40 por 100no gira en modo alguno sobre 'el -totaltotal del ingreso sin limitación del nivel', sino que se calcula sobre las bases tarifadas establecidas para la financiación de la Seguridad So cial, sin que los incrementos salariales que quedan pactarse en convenios tengan incidencia ni re percusión alguna en la cuantía de la cuota sindical.
(...) Al fallarle la base legislativa impres cindible, caen por tierra todos los cálculos del articulista, que se convierten en una pura construc ción gratuita, ejemplo de lo que no debe hacerse -cuando se manejan cifras. Conforme a las disposicio nes vigentes en cada momento, la recaudación de la cuota sindical en el año de 1,965 fue de pesetas -2.581.694.122,27, y la del ejercicio de 1.966, de
pesetas 2,7l4985,729,33. No se obtuvieron, por -tanto, ni mucho menos, los 8.000 millones ni los 10,000 millones de pesetas que para esos años 'es tima' el articulista, Y ademas el incremento de -1.965 a ¶966 no fue de 2.000 millones de pesetas, como afirma aquél, sino solamente de 133 millones de pesetas. Puede observarse, pues, que las canti dades realmente recaudadas en concepto de cuota -sindical en ambas anualidades representan poco más que la cuarta parte de las cifras que 'gratuitamen te', y a tenor de su estimación' consigna Forns' (41)
Muchos periódicos en los días sucesivos hicieron comentarios sobre el referido articulo: 'Convendrá puntuali zar algo en torno al tema. 'cuota sindical', que ha origina do la ficción entre un órgano de Prensa y los Sindicatos: -Aunque la Ley de Prensa ha provocado una sensible permeabilidad de la Administración y organismos oficiales con respec to a la Prensa y ha facilitado, en muchas ocasiones, el acce so de los periodistas a cuestiones que eran consideradas 'ta · es cierto, asimismo, que en algunas materias de eviden te interés general, la información es tan pobre como antaño. Es lógico que los trabajadores y empresarios españoles aspi ren a saber con detalle la cuantía y aplicación de los fon dos constituidos por la cuota sindical. El propio Estado ha facilitado al país el detalle minucioso de sus cuentas y la clara distribución de sus presupuestos. Recordemos por ejem pío que en los presupuestos del Estado figura, nada menos -que en el epígrafe correspondiente a la jefatura del Estado,
el sueldo del médico de su Excelencia. Si el primer ciudada no español da este ejemplo ¿acaso resulta desmesurado cer al detalle los presupuestos de un organismo con rango - conoadministrativo mucho menor?'. (42)
Por su parte el 'Madrid' contrarreplicaba con un editorial en primera página titulado 'El diario 'Madrid' ba jo acusación': '( . -. ) En estas acusaciones se emplea un len guaje que parece destinado a impedir cualquier serena discu sión o el simple esclarecimiento de los hechos, precisamente en el momento en que por exigencia de la reforma de la -Declaración XIII del Fuero del Trabajo ha de elaborarse una nueva Ley Sindical. ¿De qué se escandalizan?,
Es un hecho, que deberá ser corregido por la futu presu- ra ley, la falta de una suficiente publicidad de los puestos sindicales.
Hasta tal punto es eso cierto, que el propiO Ser- vicio de Información Sindical, en el plazo de una semana, ha dado cifras sorprendentemente diferentes:
En 'Arriba>' del día 2 decía que el volumen de la se- cuota sindical para L966 había sido de 3.185 millones; en su escrito de réplica daba para eso mismo Vio la cifra de 2.714.985.729,33 pesetas y el día 8, en 'La Voz Social', ñalaba la cifra 'del orden de 3AOO millones' para el año de
1.967.
Con análoga sorpresa puede verse otra contraindi- cación del S.l,S.: en 'Arriba' del día 2 decía que los trabajadores españoles pagan por cuota sindical dieciocho pese tas al año; y el día 8, en 'La Voz Social', afirmaba que el mínimo de cotización por cuota sindical de un trabajador es pañol, con la calificación laboral de peón, era de ocho pesetas mensuales: es decir, noventa y seis al año. ¿En que -quedamos?.
En la hipótesis de que todos los trabajadores es- pañoles cotizasen ese mínimo de noventa y seis pesetas anua les, de que en 1.96? el total de sus cuotas haya alcanzado los 530 millones que dice el 5.1.5., el censo integrado en la Organización Sindical no llegaría a seis millones de per sonas. ¿Y los restantes? Porque el escrito de réplica del S,I.S. habla de más de once millones de trabajadores. -solamente para los acogidos a los convenios colectivos.
¿cómo se puede, entonces, acusar de injuriosa y -falta de verdad una estimación particular realizada en estas condiciones de insuficiente información, cuando las propias fuentes oficiales incurren en tales contradicciones?'. (43~
A este editorial replicó de nuevo el director del Servicio Nacional de Información y Publicaciones Sindicales
diciendo que no existía contradicción alguna nl habla cifras 'sorpendentemente diferentes en las diversas informaciones -sindicales facilitadas 'en el plazo de una semana' sobre los ingresos por cuota sindical>. (44) Invitaban al diario 'Ma -drid'> y a 'sus expertos en errores propios a que comprueben estos datos en el Instituto Nacional de Previsión y en las -Mutualidades Laborales de Trabajadores Autónomos. únicos órganos recaudadores de la cuota sindical', (45) y acusaban al 'Madrid' de faltar 'otra vez manifiestamente a la verdad'(46),
Forns finalmente reconoció su error en un articulo pubí icado en el periódico (47), y mostró su 'arrepentimiento' en una carta elogiando a la Organización Sindical.
La acción que se había promovido ante el Juzgado de Orden Público y el expediente administrativo incoado al direc tor del >Madrid> abierto el 2 de diciembre de 1.967, fue sobreseido el 21 de marzo de 1.968 por acuerdo del Ministerio de Información y Turismo.
19 de enero de 1.968
Una noticia de agencia publicada en primera página con el titulo: '¿Se prepara un aumento de la gasolina?' hace -que se habra un nuevo procedimiento contra el diario >Madrid> que seria sobreseido por acuerdo del Ministerio de Información y Turismo el II de julio de L958.
30_de enero de _ 1.968
En la página tres se publica un articulo titulado
'La Ley del Si lencio' .(48) Con un titular más que adecuado. el texto era una queja ante el proyecto de Ley de Secretos -Oficiales. Se planteaba una sóla cuestión '¿Para qué?'. Se -hacia un comentario a la Ley de Secretos Oficiales considerAn dola innecesaria al existir tantas restricciones ya, a la Ii bertad de información y a la de expresión del pensamiento en el Código Penal y, sobre todo en la Ley de Prensa e Imprenta> 'Lo que en un régimen liberal podía ser una necesidad para -defender determinados secretos de Estado, en el caso español actual equivaldría a dejar en suspenso la raquítica Ley de -Prensa' .(49)
'La Ley del Silencio' motivo diez días despues, la incoación de un expediente adminsitrativo al director del día rio, Antonio Fontán, por considerarlo responsable de una in fracción grave del articulo 2~ de la Ley de Prensa e Imprenta, en lo que se refiere al debido respeto a las personas e instí tuciones en la crítica de la acción política y administrativa de acuerdo con el articulo 68, apartado 1~, párrafo b), de la mencionada Ley de Prensa y fue multado con 50.000 pesetas.
En el texto de la resolución administrativa se de- cia que el artículo 'afirmaba, entre otras cosas, lo siguien te: 'Aquí, como on todo. se oponen dos posiciones. La inmovi
lista, la del poder a la que preocupa la conservación del -mando y de los privilegios que consigo lleva, Y la que pretende realizar lo que es compendio, resumen y coronación de las libertades públicas. <.) Y la conveniencia de este conocimiento -salvo en cosas muy concretas<se refiere al -conocimiento de la actividad del Gobierno y de la Administra ción) es superior y más general que las conveniencias que su ponga a los que, de manera transitoria y como representantes del pueblo, mandan la cosa pública. Con razón se ha:dicho -que el totalitarismo se puede definir brevemente como la falta de información'>. El articulo antes citado, juzgado en su contexto general, siendo las frases transcritas un ejemplo, puede suponer infracción al articulo 2 de la Ley de Prensa e Imprenta'. (50)
Entre sus considerandos se dice: 'Que la licitud de la crítica y de los comentarios sobre hechos, actos o acon tecimientos que reflejan los problemas sociales, se manifies tan atribuyéndole todos sus valores y dimensiones; determinan do sus causas; preveniendo sus consecuencias y proponiendo -las posibles soluciones de cada problema; pero todo ello ha de llevarme a efecto con la conciencia de lo que se hace y el sentido de responsabilidad a que da lugar dentro de los limi tes establecidos por la legislación vigente a fin de no expo ner a las instituciones y a las personas al desprecio de la opinión pública.
-Que los conceptos que se vierten y las alusiones que se hacen en el articulo >La Ley del Silencio', respecto a las personas e instituciones en las que se encarna el Poder de la Nación son falsas e insidiosas y, por tanto. atentato Ñas a su crédito, fama o interés, induciendo a confusión en la opinión pública de la amplia gama de lectores indiscrimi nados de la publicación de que se trata.
Que como consecuencia de todo lo anteriormente ex puesto, los hechos origen de las presentes actuaciones, tan to por su entidad como por la intención manifiesta que ha -existido de deformar la opinión pública, han de estimarse -como infracción grave'. (51)
Contra esta resolución dictada el 27 de abril de 1.966 se podía interponer recurso de reposición ante el ministro de Información y Turismo (52) o directamente un recur so de alzada ante el Consejo de Ministros. (53) El periódico se inclin4 por este último, pero no le fue admitido al consi derarsele extemporáneo, según resolución dictada por el Con sejo de Ministros el 24 de septiembre de 1.968.
Entonces se recurrió ante la Sala Tercera del Tri bunal Supremo, su fallo el 24 de noviembre de 1.969 estimó -el recurso contencioso que se promovió contra la resolución del consejo de Ministros de 24 de septiembre de 1.968, y que impuso a Antonio Fontán la sanción de 50.000 pesetas por in
fracción grave de la Ley de Prensa e Imprenta. Declaró nulas las actuaciones, con retroacción de las mismas al momento en quese había declarado que no era admisible el recurso de al zada -
Consideró el Tribunal Supremo que el Consejo de Mi nistros se limitó a mostrar su conformidad con la propuesta de Información y Turismo, al declarar inadmisible la alzada porque al notificarse al señor Fontán la resolución el 14 de mayo de L968 y no recurrir hasta el 3 de junio, entendía -que el recurso fue Interpuesto fuera del plazo legal de quince días. Pero -estima la Sala Tercerarestando de los diecinueve días transcurridos entre notificación y recurso las fe chas festivas -cincoes indudable que se presentó el recur so a los catorce días. Sigue el Alto Tribunal: 'La resolución del Consejo de Ministros no se ajustó al ordenamiento juridí co cuando aceptó la propuesta de Información y Turismo al re solver la inadmisión del recurso de alzada, por extemporáner.
El Consejo de Ministros dictó de nuevo resolución el 24
de abril de L970 desestimando el recurso de alzada y confir mando la resolución recurrida que dictó en su día el Ministe rio de Información y Turismo.
Contra dicha resolución recurrió en nombre de Anto nio Fontán, Jose Maria Desantes. quien suplicó que se dictará sentencia por la que se declarase que la resolución de 24 de
abril de 1.970 no es conforme a derecho y en consecuencia su anulación y declaración de improcedencia de la sanción.
El 14 de junio de 1.971 el Tribunal Supremo estimó esta última resolución y revocó la sanción impuesta de multa de 50.000 pesetas. Consideró la Sala Tercera que la resolu -ción recurrida fundaba sus razonamientos en que el citado ar tfculo hacia afirmaciones falsas e insidiosas y atenta al -crédito, fama e interés de aquellas personas o instituciones aludidas en la Ley de Prensa e Imprenta.
La sentencia del Supremo consideró, entre otros ex tremos. que al publicarse el citado articulo period(stico la Ley de Secretos Oficiales se hallaba en situación de pase a las Cortes. Afirmando que en astas se le opusieron al proyec to de ley 56 enmiendas, algunas a la totalidad. Cuando él se convirtió en ley había sido modificado sustancialmente, y a esas modificaciones, consideró no fueron ajenas las campañas de publicidad escritas y verbales, desarrolladas en el tiem Po de la elaboración de la ley y que configuraron un estado de opinión.
Se consideró asimismo que en el articulo periodístico faltaba el sujeto pasivo determinado como persona física y como insitución jurídica y política, presupuestos ambos ma ludibles, para la apreciación de la realidad de una crítica de su acción política y administrativa, ni de manera general
podlK haberse deformado la opinión pública al proyectarse al articulo a una mera actividad prelegislativa, ni la misma -contenía en la esencia ni en la forma, elemento alguno de -extralimitación de la libertad de expresión.
Se afirmaba en la sentencia que era doctrina de la Sala Tercera que 'es un signo de mejor salud política en el país que la sociedad esté incorporada a la cosa pública que no es lo mismo que al marasmo de ideas, y que la exposición y crítica discrepante, no sólo no producen quebranto al Régimen, cuando se manifiesta de forma ordenada, y responsab~ con fines constructivos para la comunidad, puesto que el medio de comunicación social que supone la prensa, no debe que dar reducido a ser un instrumento portavoz únicamente de la opinión oficial, si bien lo que ha impedirse ha de ser su -utilización como medio de transformar el sistema legal vigen te, fuera de los cauces lícitos y en forma subversiva, fondo y forma como queda expuesto que no ha sido alterado por el -contenido de la publicación que ha dado origen a la sanción impuesta'>. (54)
La infracción fue calificada de grave y aunque se reiteren en argumentos de deformación de la opinión pública que no compartimos, está vez existe la justificación legal de la reincidencia. La sanción, de nuevo es la máxima permi tida. Y no la compartimos pues creemos que la crítica constructiva debe ser permitida y más en este caso que no se cri
tica nada en concreto sino un proyecto de ley aún no defini tivo. Mos parece incorrecta por todo ello tanto la infracción como la sanción.
15_de febrero de 1.968
Aparece en la página tres un artfculo titulado 'El rectorado de la Universidad de Madrid, sorprendido por la ac titud del doctor Lwoff'. <SS> En él, se reproducía una nota del rectorado de la Universidad de Madrid en la que se infor maba de unas declaraciones hechas por el profesor André Lwoff a la prensa francesa, en el sentido de renunciar al grado de >doctor honoris causa' por la Universidad madrileña. Asimis mo, el artléulo reproducía el comunicado del profesor al dia rio parisiense 'Le Monde>, en su edición del día 8 de febre ro de UQES, al que se refería la anterior nota del rectora do. En este, el profesor explicaba las razones por las cuales no aceptaba el doctorado 'honoris causa':' <~.) Compro bamos que el conflicto entre el Gobierno y la Universidad ha entrado en una fase aguda. Profesores y estudiantes continuan el combate por las libertades elementales sin las cuales no existe la Universidad. Los profesores son revocados o dimitl dos, los estudiantes son detenidos o encarcelados. La Univer sidad está bajo el control de la Policia. En otros términos no hay Universidad.
Es por esto que el 2 de febrero antes de la partí
da de Jacques Monod (56) para los Estados Unidos hemos considerad de nuevo la situación y nos ha parecido que se había he cho imposible aceptar un doctorado 'honoris causa' en las cir cunstanclas actuales'. (57)
Esta información fue considerada como muy grave,
-por dos conceptos. La sentencia se encargaba de señalar que dicho articulo reproducía un comunicado del diario francés -'Le Monde', a propósito de la renuncia al doctorado 'honoris causa> del profesor André Lwoff, cuya difusión no había sido autorizada por el Gobierno. El 'Madrid' fue acusado de faltar al respeto a la verdad con apreciaciones tendenciosas, ade más de hacer cr!tica destructiva respecto a las instituciones y personas de la vida política y administrativa del país.
El Consejo de Ministros, en resolución de 31 de ma- yo de 1.968, que fue notificada antes de que treminara el con sejo, determiné que se suspendiera la publicación por dos meses. Recurrieron en súplica tanto el director como la empresa. Y el 12 de julio de 1,968, el consejo de Ministros desestimé el recurso. Silvestre Arana, consejero-delegado de 'Madrid' y Antonio Fontán. director, interpusieron entonces el correspondi ente recurso contencioso,admini strati yo.
El recurso contra la resolución del Consejo de Minis tros se basaba principalmente en determinados defectos de for ma y en la alegación de 'desviación de poder'. Y solicitaba la
anulación de la sanción y la reparación por daños y perjui- cios causados.
Los defectos formales que alegaban los recurrentes eran principalmente: notificación defectuosa; tramitación del expediente conforme a disposiciones que estaban derogadas, e indefensión, porque en ningún momento del expediente habían -sido oidos los sancionados. El Supremo analizó cada una de estas alegaciones: No hubo defecto de notificación que pueda producir la nulidad de la resolución, porque las pmrtes tuvieron perfecto conocimiento de la misma y ejercitaron los correspondientes recursos contra ella. La notificación cumplió, pues su cometido, y los demás requisitos (por ejemplo que se notificase antes de finalizar el Consejo de Ministros. y, por tanto, antes de firmarse el acta del mismo no son re quisitos esenciales.)
En cuanto a los trámites seguidos en el expediente el Supremo afirmó que las disposiciones que se aplicaron es taban todas vigentes. Y respecto a la indefensión, aclaré -Que el drector de la publicación presentó el correspondiente pliego de descargo; luego fue oido en el expediente.
Sobre el motivo alegado por los recurrentes de que sólo Supre no podían deducirse dos responsables principales por un hecho, los magistrados de la Sala Tercera del Tribunal mo recordaron que la Ley de Prensa e Imprenta, artículos 39
y 69, 'admite la responsabliidad compartida, que tiene su -razón de ser en las singulares características y moderna con figuración de las empresas periodísticas, que obligan a sus órganos rectores a un constante control de la línea ideológica a que haya de responder para captar al público lector, al que, como sujeto pasivo, van dirigidas las publicaciones, de cuyo propósito ideológico o de pensamiento el director no es más que un instrumento dócil que voluntariamente comparte con la empresa sus fines ideológicos fundamentales>. A la luz de lo establecido en los ya citados artículos de la Ley de Prensa e Imprenta, siguieron afirmando los magistrados de la Sala Tercera, 'la responsabilidad del director no cubre ni evita la que pueda recaer sobre la empresa> -
En cuanto al fondo del problema planteado> el Tri bunal Supremo afirmó que la libertad de prensa tiene unos -limites bien marcadas en el articulo segundo de la Ley de Prensa e Imprenta, que 'ni ética, ni jurídicamente pueden -ser rebasados si no se quiere provocar crisis de esta recien conquistada libertad'. En consecuencia, 'los periódicos deben respetar la ley, el orden público y a las personas; no pueden valorar el desorden ni la incisciplina, ni hacer la apología de otros sistemas políticos opuestos al instaurado en nuestras Leyes Fundamentales, de forma que patentice una oposición a contribuir a consolidar la conciencia política y la unidad nacional · pues a el lo les obliga la función social que la prensa ejerce'. A continuación la Sala explicó que las
funciones de la prensa eran dos: información y educación. La primera debe ser veraz e íntegra, con el debido respeto a la dignidad del hombre, a la seguridad del Estado y a los de rechos de la sociedad.
Estos principios, según el Supremo, no fueron te- nidos en cuenta en la redacción de la nota aparecida en la página tercera del diario 'Madrid>' de 15 de febrero de 1.968 'pues en ella se vierten opiniones que exteriorizan una apre ciación sectaria y tendenciosa de la realidad del conflicto estudiantil en España. En cuanto a la información aparecida en la página cinco, se falta asimismo al respeto a la verdad y atenta a las exigencias del orden público interior. Decía el Supremo que 'donde más puede deformarse a la opinión púplica es precisamente en la redacción de los titulares equl vocos puestos en las portadas o primeras páginas de los periódicos, con lo que se tergiversa la verdad al dar una ver sión desfigurada de la realidad, faltando con ello al primer deber del periodista, que es el de respetar la verdad y ser ponderado en la descripción y enjuiciamiento de los hechos>, De ello se desprende que si la ersión que se dé en los titulares va unívocamente dirigida a mantener un estado de agi tación, se incurre 'en una falta muy grave al deber que tie ne la prensa de colaborar con el úobierno en la consecución del bien común',
Tampoco se podía estimar la alegación de 'desvia-
ción de poder' que los recurrentes intentaron articular so- bre el hecho de haberse realizado la notificación del acuer do del Consejo de Ministros de 31 de mayo de 1.968 antes de que se aprobase el acta de aquel, lo que les hizo suponer -que la finalidad perseguida podía estar en relación con el secuestro ocurrido el día anterior por otro articulo que dffi pues fue objeto de sanción. Se referia el T. Supremo al 'Retirarse a tiempo. No al general De Gaulle', que ocasionó otra suspensión de dos meses al periódico. Esta circunstancia, concluyeron los magistrados de la Sala Tercera del Tri bunal Supremo. 'lo único cierto que refleja es la reiteración de este periódico a transgredir las limitaciones establecidas en el articulo 2~ de la Ley de Prensa e Imprenta, pero no revela que la Administración, al instruir el expedien te por los artfculos publicados ¼. -1, persiguiera una fina lidad distinta a la querida por la Ley de Prensa>. <58)
La sentencia definitiva de la Sala Tercera del Tri bunal Supremo, del día 25 de septiembre de 1.970, calificando la infracción cometida con este articulo como muy grave -al respeto a la verdad, orden público e instituciones, llegó acompañada de una multa de 250.000 pesetas, además de dos me ses de suspesión para el periodista.
Como consecuencia de este articulo 'El rectorado deE
la Universidad de Madrid, sorprendido por la actitud del doc tor Lwoff', el día 31 de mayo de 1,968 en consejo de Minis -
tros y con la presencia de Francisco Franco, se comunicó al director ni funciones del 'Madrid', Miguel Angel Gozalo, el acuerdo del consejo imponiendo la citada sanción, la más gra ve de las previstas en la Ley de Prensa e Imprenta de 1.966. (59)
Las consideraciones del texto eran analizadas de la siguiente Canora: '<...) son opiniones <...) en nuestra Patria para deformar la opinión pública, faltando al respeto que a la verdad se le debe y cuya gravedad se patentima si se tiene en cuenta que el Gobierno de nuestra nación no habla autorizado, como documentalmente se acreditó en el ex pediente, la difusión en España del número de 'Le Monde' en que se publicaba el citado texto o carta del profesor André Lwoff'. (60)
Recordemos que el articulo 67 de la Ley de Prensa e Imprenta, apartado l,b decla que la difusión, circulación o reproducción en España de impresos editados en el extranjero cuando no se hubieran cumplido los requisitos necesarios era motivo de infracción muy grave. Esto unido al consideran do de que el articulo periodístico suponía una falta respecto a la verdad con apreciaciones tendenciosas y una crítica destructiva en contra de las instituciones y faltando a la verdad supuso que el diario 'Madrid' estrenara la sanción -más grave tipificada en la ley: '(...) convirtiéndose por -el lo la citada infracción en una crítica destructiva en con
tra de las intituciones y faltando al respeto a la verdad, -por lo que la infracción está bien calificada por la resolu ción recurrida como falta administrativa muy grave, por cons tituir su difusión en el periódico una ofensa a las exigencias del mantenimiento del orden público interior y del res peto a la verdad y a las instituciones, a las que la citada información se refiere, aparte de hacerse la publicación, A quebrantando lo prohibido por los servicios correspondientes de la Dirección General de Prensa, infringiéndose por ello también lo dispuesto en el decreto 7471.66 de 31 de marzo, -que no permite reproducir en España impresos editados en el extranjero cuando no hubiesen cumplido los requisitos establecidos en dicho decreto'. <61)
En otra parte de la sentencia reitera: >' (~.) son opiniones que al ser recogidas y publicadas porun diario -español exteriorizan con apreciación notoria y tendenciosa la realidad del conflicto estudiantil en nuestra Patria, pa ra deformar a la opinión pública> faltando al respeto que a la verdad se debe y cuya gravedad se patentiza si se tiene en cuenta que el Gobierno de nuestra nación no había autorizado, como documentalmente se acreditó en el expediente, la difusión en España del número de 'Le Monde' en que se publi caba el citado texto o carta del profesor André Lwoff' . (6=) En este caso son tres los limites que según la sentencia han sido transgredidos: la verdad, el orden público y el debido respeto. Este último ya fue comentado a la hora de analizar
la sentencia que condenaba el editorial 'El pats no está pa ra arbitristas'. Ahora examinaremos los otros dos conceptos:
'El respeto a la verdad>, si deciarfios que los 11mites señalados por el articulo 2' de la ley 14/66 eran inconcretos y abstractos, ¿que decir de éste? ¿quién tiene una visión correcta de la realidad? ¿quien es el poseedor de la verdad última?, nos preguntamos a menudo. Creemos que la ver dad es dificilmente definible y determinable, y más cuando -ajuicio, opiniones, valores o ciencias sociales se refiere. Sólo en cuanto a ciencias exactas, basadas en datos y empiris mos, parece sustentarse. Y aún, es arreciada por las amenazas del relativismo e incertidumbre cientificas que acabarán por desmoronar uno de los conceptos más arcaicos e inestables -del hombre. ¿Que es verdad?. Aceptamos el concepto de cOinci dencia como el más similar. Coincidencia entre lo que se expresa y la idea que de ello se tiene, es una definición que nos parece adecuada. La verdad es la realidad, pero la reali dad no es única, sino que depende de la perspectiva del receptor y sus condicionantes diversos (físicos, psiquicos, so ciales
Dejemoslo en 'la idea que de algo se tiene> como -lo más aproximado. Ello nos conduce a una conclusión apresurada. Mo existe la verdad como ente único, Sólo podremos ha blar de verdades> como perspectivas particulares, unas más -comunes que otras. Cada uno tiene su verdad y existen verda-
des más universales que otras. Finalmente, la verdad empírica es más comprobable y más aceptable, más universal, que la ver dad argumental o social.
Veamos la postura de la jurisprudencia del Tribunal Supremo: la sentencia de 17 de marzo de 1.969 nos quita toda la razón: 'No es <la verdad) la conformidad de las cosas con el concepto que de ellas forma la mente del que se expresa, -sino con el concepto objetivo y general y no en forma alguna de grupo o parcial, ni mucho menos con el individual'. Nuestra postura es absolutamente opuesta a la del Tribunal Supremo. -¿Quién tiene la verdad?. Para nosotros cada uno la suya. Para el Tribunal Supremo su concepto es el verdadero, como objetivo y general. Dicha postura está en relación con concepciones so dales de primacia de la comunidad, perspectiva que se observa desde en el comunismo hasta en el facismo en distintas posicio nes vitales e ideológicas. La colectividad prima hasta imponer sea la individualidad.
Es interesante reseñar que el Tribunal Supremo reco ge para su doctrina fuentes como la filosofía aristotélica y tomista y las establece como criterio definitivo, cuando las filosofías basadas en el concepto de substancia han sido supe radas polémicamente desde el positivismo de Comte y teorías -actualistas inglesas, ya latentes en empiristas como Hume. El relativismo cultural fue defendido por autores como M. Sctieler desde el cual, teorías substancial istas quedan anticuadas.
El Tribunal Supremo habla de dos verdades en su -sentencia de 10 de febrero de 1.972: la sensible y la real; la primera relacionada con los sentidos y la segunda con el conocimiento. Esta diferenciación, bastante acertada, hace -referencia a lo ya comentado. Afirmamos que la segunda es muy discutible. La verdad sensible, según nuestros presupuestos, es también discutible, pero en el contexto de este trabajo. vamos a aceptarla y entendemos como tal, en palabras del Tri buna 1 Supremo en su sentencia de 22 de enero de 1,970 'la -concordancia entre el hecho acaecido y su narración'.
El Tribunal Supremo matiza sus concepciones en la sentencia del SI de enero de L970 al afirmar que 'la verdad es la adecuación de la cosa al entendimiento (..) pues los sentidos no conocen exactamente la verdad, sino lo sensible, lo externo> y la reflexión que ha de venir en forma de juicio ha de hacerse a travjs de las fuentes normales, adecuadas y rectas'. Estamos en desacuerdo con esta postura y su última afirmación. La reflexión es individual, y puede llegar a con clusiones diferentes.
Al relacionar la verdad con la deformación de la -opinión pública, como de techo se hace numerosas veces tanto por la Administración como por el Tribunal Supremo, se obser va un aspecto que, negado formalmente, subyace en las doctri nas expuestas. La verdad es única, la conoce el poder y la -opinión pública debe aceptarla como visión real del mundo, No
hay otras verdades. Entre los modos de deformación de la ver dad la jurisprudencia señala: titulares equívocos, exageraclones, verdad a media, versión mutilada, apresto publicita rio.
La intencionalidad de la falsedad es objetivamente imposible como prueba y sólo puede ser presumida. Así lo reconoce el Tribunal Supremo en su sentencia del 22 de enero -de 1.970> Estamos de acuerdo en que la intención es sólo pre sumible; pero tanto la intención manifiesta de deformar la -opinión pública como la intención de faltar a la verdad que recoge el articulo 68.1.b de la Ley 14/66. Consideramos que si una presunción no puede servir para exculpar como se dice en la setencia, tampoco debe de servir como argumento sancio nador.
Es evidente que un criterio como la verdad, en for ma de limite, es abstracto y ambiguO. Y aún más, el desarrolío de la jurisprudencia hace que esta frontera se estreche y se favorezca la interpretación arbitraria de la Administra ción al fortalecer el punto de vista de esta, detentadora de la verdad'mAs objetiva y general'. No obstante, nuestro criteno coyuntural sobre el tema es el siguiente: en lo referente a hechos concretos, empíricos, la verdad es aceptable como argumento. La verdad en relación a juicios e interpreta ciones nos parece relativa y por tanto no penable juridicamen te.
Respecto a 'el mantenimiento del orden público in- tenor'. Se dice que la violencia y el desorden publicos son los precios de la democracia. La libertad sin control degene ra en libertinismo. La situación de orden exige siempre una vigilancia que puede confundirse con coacción y represión. -El Tribunal Supremo resalta en su sentencia de 26 de mayo de 1,973 que orden público interior no se identifica con orden policfaco
No obstante, es evidente que el mantenimiento del orden público exige un control policial, Pero no es este el punto que nos Ocupa, Sino su contrario: el no mantenimiento del orden público ¿como puede una información o juicio alte rar el orden público?. Evidentemente, no puede, en si mismo, un texto contravenir el orden interior. Nos queda, pues la incitación al desorden. Esta incitación puede ser manifiesta, directa o incidental e indirecta. El primer supuesto es obvio y detectable: sugerir o pedir actos que atenten contra el or den público. El segundo es rAs matizable. Una información o juicio que directamente no solicite incidentes, pero que de manera circunstancial pueda producir desordenes públicos ¿es infracción?.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo toma ese II mite abstracto y lo estrecha, concreta aún más. ~o es necesa rio alterar el orden público sino la simple incitación o pre disposición a que se altere es suficiente.
Nosotros creemos que la información no debe ser -coaccionada legalmente de forma previa por sus supuestas con secuencias, sino, en todo caso, y aúnes discutible, ser penada, nn administrativamente, tras la consecuencia ya ocurri da, y denunciada, e imputada directamente al autor de la Información. Esta imputación 'directa', que debe ser determina da, nos parecería siempre subjetiva. La clave radica en el -nexo causal, difícilmente, objetivable.
No obstante. el régimen jurídico como reflejo de -un momento socio-político-cultural, y la ley recoge como limite a la libertad de información el mantenimiento del orden público, exigencia consonante al resto de la doctrina del pe nodo franquista debe aceptarse que se considere, aún vista como extremadamente limitadora. una visión amplia y exigente del concepto.
El orden público como situación social deseable es en última instancia determinado por el Estado, quien responsable de ello ; y como responsable es finalmente de directri ces en cuanto al poder policial que lleva consigo la obligación contraida. Porque es indiscutible el pacto teórico que realizan los ciudadanos y ci Estado para que este les protega.
Respecto a la infracción y a la sanción, los motivos de fondo nos parecen casi por completo improcedentes, ex cepto en lo que se refiere al mantenimiento del orden público.
Pero, la razón que esgrimimos como fundamental para mostrar nuestro acuerdo con la actividad sancionadora administrativa es el articulo 67.b. Un argumento legal, fieles a los critenos establecidos nos permite decidir que la infracción fue formalmente determinada de manera correcta. Se exige autorización previa para difundir información extranjera. Al parecer no se cumplieron los requisitos. Según el articulo 67.b. el acto constituye una infracción muy grave>
El articulo G8.1.a. establece un baremo económico para las multas en el caso de infracciones muy graves: 50.000 a 250000 pesetas. Se aplicó la máxima sanción. No estamos de acuerdo pues no creemos que esta sea la máxima infracción que se pudiese cometer. Ademas se estableció la responsabilidad de la empresa y se aplicó arbitrariamente la máxima sanción.
El día 15 de febrero de 1.967, en la página cinco, -Eco- se publica tambié'n otro articulo motivo de sanción, se trata ba del titulado 'Reapertura y nuevo cierre de la facultad de económicas' (63). En este, se relataban los incidentes que habían tenido lugar, en la mañana, en las facultades de nómicas. Políticas y Derecho.
Fue sancionado por supuesta Infracción 'muy grave' por haber usado términos sensacionalistas' y desorbitar en los titulares lo realmente ocurrido para un tema, que a juicio de la Administración, había sido de minúscula entidad y
no merecia especial resonancia.
En la sentencia se decía: 'U..) se da a conocer al lector de que hubo un nuevo cierre o clausura, con las consecuencias que tal medida lleva consigo en orden a la pertubación que produce en los ánimos y afecta al mantenimiento -del orden público interior, (.,. ) desvirtuando en los titula res con una interpretación inexacta y tendenciosa, lo realmen te ocurrido, que fue de minúscula entidad y por eso la ver -sión que ofrece de los incidentes falta al debido respeto a la verdád y atenta a las exigencias del orden poblico inte -rior' . (64)
Además este mismo día, en la página seis, 'Madrid'
publica otro articulo comprometido: 'El vacio político en el país y los limites del pluralismo repercuten en la Universidad' del profesor Salcelís.
2 de mayo de 1.968
La publicación de una información sobre la asisten cia a una asamblea no autorizada de militantes de la H.0.A.C. celebrada el día 1 de mayo en el frontón Labrit de Pamplona, hara que se incoe un nuevo expediente a Antonio Fontán en vir tud de la demanda formulada por el gobernador civil de Navarra, por el que es acusado de aumentar en más del doble el nú mero de asistentes.
El 5 de septiembre de 1.968, el director general
-de prensa dictó una resolución por la que se imponía a Antonio Fontán, director del 'Madrid' una nueva sanción administrativa. La razón del expediente fue la publicación de una -noticia que hacia referencia a los asistentes a una concentración en Pamplona. con motivo del 1 dc mayo, asistentes que según el gobernador civil, no 1 legaron a 1,000.
El pliego de descargo presentado por Antonio Fontán Prensa, no se tuvo en consideración y se estimó que se habla cometido una infracción leve 'en lo que al debido respeto a la verdad se refiere>, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley de imponiendosele una sanción de 7.500 pesetas, prevista en el artIculo 69 de dicha ley. Contra esta resolución interpuso el director del 'Madrid' recurso de alzada ante el ministro de Información y Turismo, que fue desestimado, confirmando la re solución impugnada.
La sentencia, dictada el 22 de enero del año 1.970, obligaba al diario a abonar la multa y decia: 'El articulista haciendo gala de una ligereza incompatible con la trascendencia social del tema tratado, aumenta el nómero de asistentes a esta reunión en más del doble de los que realmente asistieron, y sin comprobación alguna afirma que la reunión no estaba autorizada, cuando según asegura la autoridad gubernativa, si lo estaba, por lo cual estas inexactitudes entre la real dad del hecho y su publicación constituye la esencia de la -
limitación expuesta por la ley para que se respete debidamente la verdad>. <65)
Respecto a la sanción, decir que la misma es leve ya que no se podía imputar ninguna de las características de las otras infracciones. Son dos datos equivocados, y, en es te caso, como no se hacen referencias a interpretaciones, si no, en un caso, a un número y en otro, a la existencia de un papel (la autorización], no es aplicable la reflexión sobre la relatividad cultural de las opiniones. Olvidándonos de dis gresiones profundas, hay un hecho empírico que puede ser cons tatado positivamente. Veamos:
1'. El número de asistentes. Hay dos datos. Sólo
-uno puede ajustarse a la realidad y más cuando la diferencia es el doble. La competencia y arbitrariedad de la Administra ción le permiten creer a su representante, el gobernador de Navarra, más que el informador. Lógico pero no exacto 'per se'. El problema de esta cuestión es la fugacidad del hecho que lo hace desaparecer y no quedan más que estimaciones individuales. El caracter empírico del dato queda devaluado.
2U La autorización. En este caso, la constatación es mas sencilla pues el hecho permanece al quedar en soporte fijo, SI existe la autorización la falsedad es evidente. A -pesar de aceptar que pueda existir falta a la verdad, no podemos creer que sea deducible una falta de respeto a la misma.
El «nico argumento <la falta de preocupación del periodista) nos parece insuficiente.
Seria imprescindible real izar un paréntesis: Si con sideramos la prensa servicio público, debemos estimar que -la verdad como dato empírico es una obligación para el peno dista. SI creemos que la prensa no es un servicio público -sino únicamente estatal, y no tiene por primera misión un -fin social, la verdad no es legalmente exigible mientras no contravenga otros derechos.
Pensamos que como contrapartida a falta de la ver- dad existe el derecho de rectificación y de réplica y no se debe llegar a extremos sancionadores.
La sanción lo que pretende castigar es un espíritu de falsedad y distorsión, intención que según el propio Tri bunal Supremo es sólo presumible. Por lo tanto creemos que la verdad no debe ser un limite Que devenga sanciones, sino sólo rectificación o réplica, y siempre en lo referente a -la verdad empírica que no a la cultural o interpretativa.
30_de mayo de 1.968
Sólo faltaban dos días para que expirase el plazo de suspensión por el articulo del 15 de febrero. 'El rectorado de la Universidad de Madrid, sorprendido por la actitud
del doctor Lwoff', El diario 'Madrid' habfa permanecido en suspenso dos meses cuando publicó el editorial: Retirarse a tiempo: no al General De Gaulle' (66).
Las protestas estudiantiles de mayo de 1,968 contra el gabinete De Gaulle en Francia fueron las inspiradoras para los editorialistas del 'Madrid' del articulo, en el que se analizaba la situación francesa proponiendo la retirada del general francés. En España, el articulo fue -acertadamente leído como una invitación a que Franco procediera según esas recomendaciones nominalmente dirigidas a su colega de armas instalado en Paris. Se establecían para lelismos perceptibles y evidentes entre la situación españo la y francesa, especialmente en lo que se refería al proble ma de la sucesión del régimen y la contestación al sistema. Era un editorial satírico y cargado de doble significación, con un contenido altamente clarificador de su Intención: -así como arriesgado, teniendo en cuenta el nivel de censura existente.
Contenía frases como las siguientes: 'gobierno per sonal o autoritario'. 'culto a la personalidad'. 'exagerada personalización del poder', 'son demasiados actos personales' 'triste sino de los gobernantes que se hacen viejos en el PO der>, 'ese inmovilismo resulta funesto', que podían ser per fectamente aplicables al general Franco.
En este articulo Calvo Serer basó su crítica funda mentalmente en cuatro puntos:
~ Gobierno personal-autoritario. La exagerada per sonificación del poder, había llevado al general a gobernar de una forma autoritaria sin tener en cuenta la opinión y el consejo de otras personalidades políticas, menospreciando a partidos, sindicatos y prensa.
2~ La vejez del general. El mantenimiento del gene ral en el poder comenzaba a ser absurdo puesto que su edad no le permitía adaptarse a los nuevos tiempos y se aferraba a sus anteriores épocas de esplendor, pero que ya no podían ser aplicables. ceando un inmovilismo que iba endetrimento del propio desarrollo y avance de la nación.
3~ Alusión a una nueva realidad. Esta claro el afir mar que la realidad de la época era el de una sociedad indus nial, con mentalidad democrática, dentro del contexto de -un mundo libre, donde el culto a la personalidad habla desa parecido hasta en los regímenes del Este. Hac=areferencia a todos los movimientos que, a favor de la libertad, se pro ducían en el mundo, sobre todo por estudiantes y obreros.
4' Imposibilidad de rectificar. El general Franco estaba acostumbrado a imponer su voluntad, despreciando la opinión de todos y no asimilaba que la sociedad ansiaba cam bios, reformas y, sobre todo, participación, por lo que en poco tiempo no podía implantar medidas de emergencia. Calvo Serer hace una pregunta que es una clara alusión a la retirada a tiempo: 'Pero ¿podrá seguir adelante el anciano gene
ral cuando ya no es capaz de escuchar ni de rectificar?'
Con este articulo no sólo se enjuició el régimen del general Franco y su dictadura personal, sino que calvo Serer se atrevió a decir claramente que España se encontra ba en deficientes condiciones socio-económicas y políticas y que era necesaria una reforma en sus estructuras. Para -ello utiliza los tres últimos párrafos, comenzando por com parar nuestro país con el francés asegurando que España tarn bién se planteaba el problema de la sucesión de Franco; en cuanto a la política exterior gala la califica de Izquierdista mientras que a la española.al decir que es de otro -signo, la considera conservadora y en relación dice que 'es tá por hacer la reforma de las estructuras económicas y so cia les' -
Continua con la idea de que en España no existe
-participación de los ciudadanos en los niveles económico, social y político aunque la legislación vigente había reco nocido el término del autoritarismo. Ante una realidad gubernamental que chocaba con las demandas de una nueva socie dad, era normal que Calvo Serer decidiera finalizar su articulo con una serie de preguntas sobre el futuro, plantean do tres cuestiones básicas: ¿como enfrentarme a la nueva rea lidad?, ¿qué organización política facilita, en mayor grado la participación individual o asociativa? y ¿quién será el posible nuevo jefe de Estado que cuente con la mayor adhesión
popular?.
calvo Serer, con su cdi 1.968, lanzó el primer ataque de nombrarle, en la prensa española pio, y según se puede comprobar había titulado 'No al general', tan un impacto más contundente tonal dcl 30 de mayo de -fondo contra Franco, sin desde 1.939. En un princi en el original, Calvo Serer pero fue corregido para evi todavi a.
La reacción del gobierno no se hizo esperar y ale gando que el periódico se habla distribuido antes del plamo fijado por la ley se decretó su secuestro. Al día siguien te 31 de mayo el Consejo de Ministros decidió suspender la publicación por dos meses al estimar que existía un 'abuso en la libertad de prensa'. El acta aprobada por el Consejo de Ministros especificaba que el articulo del 30 de mayo -debía leerse poniendo 'Franco' donde se decía 'De Gaulle' y 'España' donde se mencionaba 'Francia>. 'Con esta artificio sa transposición de los términos, el articulo resultaba injurioso para el jefe del Estado y atentaba contra las Ley~ Fundamentales, por lo que se debían aplicar al periódico y a Calvo Serer las máximas sanciones. La resolución ministerial conculcaba ciertos principios jurídicos básicos, tales como que no se puede condenar a nadie sin ser oido y que na die puede ser juez y parte' (67).
El castigo no pudo llegar en peor momento para el
periódico pues tenía previsto imprimir 100,000 ejemplares el 31 de mayo; y aunque contaba con medios materiales infe riores a los de la competencia estaba ganando público y pu bí icidad. su influencia creci'a y su porvenir estaba asegurado economicamente. Por lo que el cierre vino a truncar - sus optimistas expectativas,
El primer problema que se planteó tras el cierre
Calvo Serer fue pagar las nóminas. Cúal fue su sorpresa al descubrir que Silvestre Arana, consejero-delegado, había -estado desviando beneficios sociales al grupo financiero -del Sanco Popular a través de F.A.C.E,S. , y ocultaba que -el 'Madrid> habla obtenido alrededor de siete millones de pesetas de ganancias en los dos últimos años y tenía diez millones en créditos sin utilizar.
Solucionado el pago a la plantilla. Calvo Serer
-se dispuso a luchar por la pronta apertura del periódico. Escribió a Franco y a Carrero adjuntándoles una nota sobre el comportamiento del minsitro de Información con la prensa, donde se hacía constar que> en vez de garantizar la libartad, lo que hacia era coartarla, violando su propia ley. Des pues se dirigió por carta a todos los ministros con excepción dv los falanguistas (681 exponiéndoles claramente el -fondo de la situación y 'por último al propio Fraga'. (69).
Paralelamente empezó la lucha ante los tribunales,
61 5 de junio Calvo Serer se presentó a declarar ante el Tribunal de Orden Público presidido por el juez Mariscal -de Gante. La declaración de Calvo fue una exposición de las motivaciones y fundamentos del articulo sobre De Gaulle. -Cuando se incoó el sumario, el juez tenía en el expediente un ejemplar completo del periódico del 3D de mayo. Su pregunta inicial se dirigió a comprobar la relación entre el anuncio del articulo en primera página, un gran titular -'Francia, es el final>, ilustrado con una fotografía a toda plana de los manifestantes llevando en una pica la efigie -del general francés y la página tres, donde figuraba el tra bajo incriminado.
Calvo manifestó que 'él escribía los artículos Pa ra luego reunirlos en libros y que trabajaba con criterio de historiador profesional'> (70). Por otra parte, sobre De Gaulle ya habla escrito en julio da 1.963, en el 'ABC>. pre viendo que iba a quedar aislado y eliminado por el poder(71) 'Afirmó Que había redactado el articulo porque, cuando se -trabaja en un periódico, hay que hablar sobre los acontecimientos de mayor interés y en el momento mismo en que se -producen >( 72 1.
En cuanto a las alusiones a España vertidas dijo
-'que estaban en la línea de lo escrito por él desde hacia -años, especialmente en el 'Madrid' '(73). A primeros de julio de L968 se procesj a Calvo Serer y a Miguel Angel Go zalo.'' El juez de Orden Público, Mariscal de Gante ha noti
ficado, a finales de la pasada semana, el correspondiente auto de procesamiento contra el presidente del diario 'Madrid' , Rafael Calvo Serer, y el subdirector del mismo, Miguel Angel Gozalo. Como se recordará, la edición del 30 de mayo del periódico, que actualmente está suspendido por dis posición gubernativa, fue secuestrado por la policia. sancionándose al diario 'Madrid', al día siguiente> a causa -de unas informaciones publicadas en el número del 15 de fe brero, con la suspensión de dos neses' (74).
En el auto de procesamiento, se declaró procesado en primer lugar, a Rafael calvo Serer, autor del artículo '1~e tirarse a tiempo: No al general De Gaulle', que apareció en el número del 30 de mayo, y que, según el juez'en un mo monto de plena subversión en el país vecino, puede constituir una información peligrosa por contraria a la seguridad del Estado y aún del mantenimiento del orden público interior y aparecer incurso en las previsiones legales del artlculo 165 bis b) del vigente código Penal, como conducta infractora de la limitación de la libertad de expresión que las leyes sancionan'. También se procesó a Miguel Angel Go zalo, subdirector del periódico, que ocupaba la dirección en funciones del diario el día de la publicación del edito rial> por entenderse su procesamiento incurso en un delito de los establecidos en el articulo lES del Código Penal en relación con los artículos 12, 13 y 14 de la Ley de Prensa e Imprenta, y se le impuso una multa de 250.000 pesetas.
Por lo tanto esta sanción, de suspensión por dos meses y multa de 250fl00 pesetas se convirtió en la más -grave impuesta a un diario despues de la guerra civil y -tras la promulgación de la Ley de Prensa e Imprenta de -1.965. El limite transgredido era la seguridad del Estado. Este parece, en principio, coherente e ineludible. Un Esta do que debe prestar contrapartidas a los ciudadanos como respuesta a su legitimación debe, obviamente, salvaguardar su propia existencia.
Ello no supone que sea desterrable desde el prin cipio la crítica al Estado, aunque también se supone que una aplicación rigurosa del limite <consecuencia de la abs tracción) desterra inmediatamente la simple oposición al -mismo, ya que una crítica encierra potencialmente oposición. y la oposición, inseguridad. Así, con esta frontera se eh mina a priori, o se censura, la crítica al Estado. ¿El Esta do o su representante supremo?. Es indudable que una aplica ción extensiva podía ser rechazada, pero, teniendo en cuenta el espíritu del régimen político y artículos como el sex to de la Ley Orgénica del Estado de 1 de enero de 1.967. la simbiosis entre uno y otro es tal que podemos averiguar que también quedaba prohibida la crítica del jete del Estado(75>.
Al jefe del Estado, que en este caso, aunque accidentalmente, como se apresuraban en argumentar, coincidía con el jefe de gobierno. ¿Tampoco se puede criticar al Caudillo en -
cuanto jefe de gobierno?. Se supone que no, pues al despres tigiatIe como jefe de gobierno se le desprestigiaba como -jefe de Estado y en consecuencia al Estado mismo.
¿Y al gobierno? ¿No se criticaria, al criticar al gobierno, a su jefe, que es el jefe del Estado, y al Estado mismo?. La impresión como se ve es extrema y la cadena se extiende como un tentáculo que apresa la libertad de expre sión hasta casi ahogaría. Con estos términos, es deducible que era muy dificil , por no decir imposible, realizar crítica política (sobre todo de alto nivel), y más aún, si re cordamos que la competencia de actuación es administrativa. Por lo tanto, la sanción era inevitable. La potestad entre gada a la Administración. así como la inconcreción de la -ley eran suficientes condicionantes para adivinar la calicación de la infracción. La alusión indirecta al jefe del Estado, que algunos periodistas habían utilizado <relacionándolo con el régimen del general De Gaulle)> en este caso, ya no era tan indirecta como quizá se pretendió. Lo que resulta indudable es que existe crítica al jefe del Estado. que como argumentibamos en el comentario precedente, queda be prohibida por la ley. Otras frases sobre la situación es pafiola eran criticas demasiado frontales a un régimen que, basado en una confusión practica, que no legal, se mostraba inexpugnable. A pesar de todo ello, consideramos que laapl¶ cación de la máxima sanción es excesiva, ya que supone que es imposible mayor gravedad en la infracción, ya que creemos
que habla agravios peores.
Que el Consejo de Ministros fallese sobre un he- cho ocurrido tres meses antes, precisamente el día en que se había publicado un articulo cuyos últimos párrafos contenían alusiones a la situación política española, extrañó mucho. La prensa del Movimiento y el diario 'Pueblo', de la organización sindical, atacaron violentamente a 'Madrid' y a Calvo Serer, lo Que provocó una polémica de Prensa entre diversos periódicos, especialmente entre 'Pueblo' y 'ABC', a quién el diario sindical ista achacaba vinculaciones con la empresa y la ideología de 'Madrid>.
Salvo la prensa independiente de organismos ofi- ciales o del Movimiento -para 'Arriba, simplemente ha fuc~ cionado la ley, eso es todo-, los colegas del diario sancio nado se expresaron en términos que denotaban el temor entre una medida que se consideraba demasiado dura, en atención a la infracción cometida. Algún periódico incluso hizo notar que el asunto no podía considerse cerrado, por cuanto cabía la posibilidad de recurrir ante el propio gobierno y. posteriormente, acudir a la vía contencioso-administrativa. por lo que las palabras del ministro de Información al dirigirse a los informadores, terminado el consejo de Ministros, en las que aludía a 'abuso de la libertad de Prensa' por parte del diario 'Madrid' parecían prematuras. Algunos diarios y revi stas comenzaron a especular con la convenien
cia de plantear seriamente una reforma de la Ley de Prensa, especialmente por cuanto se refiere a los conceptos demasia do amplios del articulo segundo <limitaciones a la libertad de informar)> y no pocos profesionales abundaron en el criteno expuesto por 'El Noticiero universal» de Barcelona, -llegando a pensar seriamente en proponer a la Administración la vuelta al cómodo sistema del lápiz rojo, que elimina toda posubilidad de error.
'La Asociación de la Prensa de Madrid ha convoca do una asamblea que ha decidido pedir a Lucio del Alamo, -prsidente de la asociación, intervenir en favor de todos los periodistas afectados por la suspensión del cotidiano. La -asamblea ha expresado también la profunda preocupación de -los periodistas madrileños', 'por el hecho del número creciente de sanciones' (76).
Unos desconocidos rompieron por la noche los cris tales del periódico. 'Los observadores de la capital españo la notan que es la primera vez despues de la guerra civil -que la violencia es util izada contra un órgano de prensa' (771 La sanción que expiraba el día 1 de agosto fue prorrogada por una reso lución del Consejo de Ministros, fechada el 12 de julio, y que se le comunicó oficialmente a la empresa el día 27, en cuya virtud se imponían sanciones idénticas a las anteriores, es decir, suspensión de dos meses y multa de 250.000 -pesetas:
'RESULTANDO: Que por orden de la Dirección Ge neral de Prensa, de fecha 31 de mayo de L968. se procedió a la incoación del expediente administra tivo al director del diario 'l4adrid', por presunta infracción de la vigente Ley de Prensa e Impren ta en el número correspondiente al 30 de mayo de 1.968, nombrándose instructor y secretario a funcionarios de la Dirección General de Prensa.
RESULTANDO: Que en cumplimiento de lo estable cido en el arte 4 de la Orden Ministerial, de 22 de octubre de 1,952, se formuló y remitió el pertinente pliego de cargos a D. Miguel Angel Gozalo director en funciones con el siguiente hecho impu tado: publicar en el n' 9054 del jueves 30 de mayo de 1.968, en página tres, el articulo titulado: 'Retirarse a tiempo: No al general De Gaulle' (.4 que infringe el articulo 2 de la Ley de Prensa e Imprenta de 18 de marzo de U966 (,..) en cuanto al debido respeto a las personas e instituciones en la crítica de la acción política y adreinistra tiva, dados los términos, alusiones, y conceptos despreciativos que se el citado trabajo se despren den para la suprema jerarquía de nuestra Nación y la institución que encarna en él, aludida de mane ra clara y directa.
Asimismo, y por causas citadas, del contexto general se deduce una falta de acatamiento del ar ticulo mencionado a la Ley de Principios del Moví miento Nacional y demas leyes fundamentales por -cuanto que en ellas se contiene el orden constitu cional vigente en nuestro país. ( , .
El 29 de mayo se contestó al pliego de cargos ale gando:
- Por aplicación de textos derogados, al estarlo la Orden Ministerial de 22 de octubre de -1.952 y 29 de noviembre de 1.956. ~a Ley de Procedimiento Administrativo establece el procedimiento general sancionado que habrá de seguirse por -la Administración en defecto de normas especiales; el Decreto de 10 de octubre de 1.958 señala los -procedimientos especiales. no figurando el emplea do por la Administración.
- Por inadecuación de procedimiento, las ordenes ministeriales sólo pueden imponer multas, y y si se tiene en cuenta que las sanciones que pue den recaer sobre el expediente no pueden consistir unicamente en estos, sino que pueden consistir -también en la suspensión de actividades profesionales al emplear un procedimiento que sólo se refiere a multas se predetermina el fallo, y se -ampífa el ámbito de las referidas ordenes ministe riales, con grave quebranto del principio de lega lidad 1...)
- Por falta de aplicación de la Ley de Proce dimiento Administrativo, al no haberse utilizado a esta vía procesal ('.2
- No infringir el articulo 2 no existiendo -referida a España, una crítica a la acción poliica del jefe del Estado (.~).
A raiz de la nueva suspensíón, la mayoría de los redactores y colaboradores del periódico escribieron una -carta a su director, Antonio Fontán, en la que señalaban -que 'a los periodistas compete en lugar muy destacado la -defensa de las libertades fundamentales de la persona huma na, y para ello hay que tender a la máxima colaboración en tre todos los que formamos parte de un periódico' (78).
Los firmantes expresaban su disposición a renun -ciar a una parte de sus honorarios durante los dos nuevos meses de suspensión, y con arreglo a las posibilidades de cada uno de ellos, 'como pequeña aportación y gesto simbóli co en la defensa del periódico en que trabajamos' (79). Encabezaban la lista de firmantes el subdirector y el redactor jefe y figuraban, además la mayoría de la plantilla de redacción, los corresponsales en el extranjero y los colabora dores habituales.
En septiembre cuando todavía estaba en marcha la querella contra Calvo Serer por su articulo. se le incoó un nuevo proceso a raiz de una carta amistosa que había escrito a Fraga el día 6. Por lo que el 19 compareció enel Juzgado Municipal para declarar. 'El juez extremó una recepción amistosa, por lo que la declaración se convirtió en un verdadero diálogo. Calvo explicó que había escrito la carta pa ra conseguir que le recibiera al amigo y encontrar de este modo una solución al cierre del 'Madrid>. El juez contestó
que en este caso el amigo era un ministrO y que no se podía hacer la distinción entre el cargo y la persona; como sucede, por ejemplo, entre el catedrático que examina y el amigo al que se le hace la recomendación. Calvo replicó que si eso fuera posible> la vida se haría insoportable. 'Me ha con vencido ', dijo el juez, y a continuación pasó a preguntarle qué quería decir cuando escribió que agotados los procediimien tos legales y antes de seguir adelante, quería ver al ministro. El pre sidente explicó que ese párrafo había que entenderlo en el contex to de la carta; en el anterior se decía que su posición po lítica era la de actuar dentro de la ley y en consecuencia, los nuevos procedimientos a que aludía consistían, de un -lado, en acogerse al derecho de petición y de otro, en informar a los procuradores y a cuantos pudiesen ayudarle en la vida pública (80).
A finales de septiembre había cierta expectación -ante la reaparición del 'Madrid': 'Ya se comenta la próxima aparición -si no hay nada nuevo en contradel diario 'Ma drid', cdllado forzosamente desde hace cuatro meses y que -posiblemente salga a la calle el día 30 de este mes o el 1 de octubre. Al menos esto piensa 'Nuevo Diario', que en la primera página publica hoy una foto en la que se ve un camión cargado de bobinas de papel para las rotativas del 'Ma drid' siGno evidente de que en los talleres del vespertino madrilefio se espera la reanudación del trabajo, paralizado cuando se anunciaba firme el verano y que va a ver de nuevo
la luz en el otoño madrileño> (81).
Y efectivamente, el 30 de septiembre renaudó su pu blicación el 'Madrid' con un número de 48 páginas en el que se dejaba testimonio de los más sobresalientes acontecimien tos registrados en los cuatro últimos meses, y con una copio sa tirada, que obtuvo una gran acogida del público. Aparecía en el número un ponderado art!culo del director, Antonio -Fontán en el que declaraba:
'Nos esforzamos por cumplir todas las funciones tra dicionales de la prensa: informar, opinar, distraer. Por eso nos ocupamos de los hechos, de las ideas y de la vida. la belleza y la fantasía. Pero hemos que rido ser también concretamente un periódico de opi nión. Nos hemos definido como diario nacional mdc pendiente. Y hemos repetido muchas veces los princi pios y propósitos que encuadran la variada gama de opiniones que se recoge en el periódico. A ello se ha servido, a mi entender, desde las páginas de 'Ma drid' con lealtad y con el espíritu critico propio del ejercicio de la inteligencia' <az>.
A primeros de octubre fue procesado por segunda vez Calvo Serer por la carta a Fraga. El 8 de noviembre se presentó en el juzgado donde se le dijo que debía notificar sus salidas al extranjero. 'El fiscal a quién le había correspon didoel sumario pidió que se le dispensase de actuar por su amistad con una persona notoriamente relacionada con el acusado. Nombrado nuevo fiscal, debió pensarse en algún momento que podía aplicarse la ley con la máxima dureza, teniendo en
cuenta que el procesado -por su condición de catedráticoera funcionario. Pero al fin, cambió el criterio, y el fiscal modificó su calificación en el sentido de que se habla cometido desacato no grave; es decir, que a Calvo se le 'de gradó' y de procesado se convirtió en acusado. Era tan sólo a un juicio de faltas al que se le debía someter, al igual que se hace con quién levanta la voz a un guardia en la exci tación de los atascos de tráfico' (83).
En abril de 1.970 fue suspendido por tercera vez la vista del juicio oral que debía celebrarse en el Tribunal de Orden Público contra Calvo Serer y Miguel Angel Gozalo. Como en las dos anteriores el motivo había sido la enfermedad de Calvo Serer, según certificado médico. El articulo de Calvo 'Retirarse a tiempo: No al general De Gaulle'> habla motivado el secuestro del diario por orden del Ministerio de Informa ción y Turismo, medida que fue ratificada por la autoridad judicial. Sin embargo, el citado ministerio estimó que no se había esperado el plazo reglamentario de media hora entre el depósito previo de ejemplares y la difusión del periódico, por lo que el secuestro del número no pudo llevarse a efecto total mente.
El ministerio fiscal, en conclusiones provisionales acusaba Calvo Serer de un delito de difusión de información peligrosa y a Miguel Angel Gozalo, director en funciones entonces, de impreso clandestino al no haberse esperado a cum
plir el plazo para la difusión. Solicitaba una pena de cuatro meses de arresto mayor y 15.000 pesetas de multa para el primero, y cuatro meses de arresto para el segundo. Por su parte los defensores, Fanjul y Peces-Barba, solicitaron la absolución para sus defendidos.
En julio de 1.970, la Dirección General de Prensa acordó instruir expediente administrativo contra Gozalo por pubí icar el diario 'Madrid', en su número del 30 de mayo de 1.968 y en. su página tercera, el referido articulo. En el -expediente se indicaba que 'juzgado el articulo en su contex to general y en especial por los tres últimos párrafos, suponía una infracción muy grave del articulo segundo de la -Ley de Prensa e Imprenta, relativo al respeto debido a las personas e instituciones en la crítica de la acción política y administrativa, dados los términos alusiones y conceptos menospreciativos que se desprendían para la suprema jerarqula de la nación y la institución que en él se encarna' Se decía asimismo que existía una falta de acatamiento a la Ley de Principios del Movimiento Nacional.
A la vista de las actuaciones practicadas en el ex pediente y previa su elevación al Consejo de Ministros, se dictó resolución con fecha 12 de julio de 1.968 imponiendo a Miguel Angel Gozalo, en su calidad de director en fundo nes la culta de 250.000 pesetas, y a la empresa 'Madrid. Di.a rio de la Noche. S.A.', editora del periódico, la suspensión
por espacio de dos meses.
Fueron recurridas estas sanciones ante el Consejo de Ministros, que con fecha 9 de octubre de 1.968 desestimó los recursos y confirmó dichas decisiones. Se presentaron -entonces recursos contencioso-administrativos ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que son los que ahora desesti ma, siendo confirmado, por lo tanto, la suspensión de dos -meses y la multa de 250.000 pesetas.
Sobre el contenido del articulo, decía el Supremo que 'es indudable que la publicación sancionada supone una falta de respeto a la verdadera historia de España, engendra dora de la verdad política actual, en proceso constituyente, constituido, restaurador y en plena evolución e instituciona lizador de un régimen monárquico'. Se añadía asimismo que -'dicha publicación altera las naturales exigencias de la se guridad del Estado, en trance de perfeccionarse; del manteni miento del orden público interior, necesario para aquella -continuidad político-social y atenta al debido respeto a las instituciones ya establecidas'.
La sanción a que se refiere esta sentencia es la se gunda suspensión del 'Madrid' ocurrida entre finales de juho y septiembre de 1.968. En la sentencia del 18 de junio -de 1.970 se decía: '( ... ) de todo lo cual es forzoso derivar que las afirmaciones del articulo del diario 'Madrid' en la
época en que se publicó, respecto a no estar hecha la retor made sus estructuras económicas y sociales, de no haberse en fin previ sto la vacante respecto a la sucesión al jefe del Estado, estaban superadas en aquella fecha con la enumeración y un estudio más prolijo de las disposiciones citadas anteriormente, por lo que es indudable que la publicación menciO nada supone no solamente una falta de respeto a la verdadera historia de Espa~a' (84).
Tras la reapertura, el 'Madrid' no volvió a alcanzar por razones obvias el grado de crítica que antecedió al cierre. Calvo Serer optó por dejar de escribir por un tiempo y Fontán, sobre el que pesaban tres expedientes graves, peo dientes de recurso, no podía arriesgarse a ser expulsado si se cometía una nueva infracción administrativa. Además Calyo Serer se encontró con una desagradable sorpresa. VallsTaberner dejó de apoyarle y le manifestó que quería deshacer se del periódico. Valls nombró a Auger consejero-delegado, y Silvestre Arana ocupó la presidencia de F.A.C.E.S. . dejaba -vacante por Valls, que se ceta afectado por la nueva Ley de incompatibilidades bancarias. A tales dificultades se vino a sumar en enero de 1.969 la proclamación del estado de excepción, debido a los graves disturbios estudiantiles y las protestas obreras, Que agravaron las dificultades económicas de muchos periódicos. Se produjo, entonces, una falta de información que coincidió con un vacio de poder en el gobierno resuelto con la progresiva inclusión de tecnócratas y el des
plazan,iento de los falanguistas. Ante esto, el Madrid' ex- tremó la congelación del periódico, es decir, no se tocarian tesas vivos que pudieran nolestar a la Administración.
Mientras la situación empeoraba en el seno de --LA.C.E.S. . el =4de octubre de 1.970, Calvo Serer y Gozalo fueron absueltos por el Tribunal de Orden Público en relación con el repetido articulo. En la sentencia se reconocía la -buena 14 con la que habla obrado el subdirector y la recta intención del art!culo del presidente del Madrid'. Lo que no se reconoció fue la injusta decisión administrativa de la Sala de lo Contencioso del Supremo que motivó la suspensión del periódico.
7 de febrero de 1.970
El periódico publica la reseña de la conferencia del profesor Amando de Miguel en el Colegio Mayor Chaminade, de Madrid. Esto le supone la incoación por parte del director general de prensa de un nuevo expediente administrativo a Antonio Fontán, director del 'Madrid' por presuntas infrac ciones de la Ley de Prensa e Imprenta.
El nuevo expediente estaba registrado con el núme- ro II del año 1.970 y fechado el 18 de febrero.En él se haclan al director del 'Madrid' dos careos:
Primero: Según el instructor designado por el di rector general de prensa para tramitar este expediente, en el resumen de la conferencia se contendrían conceptos, afir maciones y alusiones que podrían suponer infracción del ar ticulo segundo de la Ley de Prensa e Imprenta en lo que se refiere al debido respeto a las instituciones en la crítica de la acción poiftica y administrativa.
Segundo: La publicación en la página tres del dia rio 'Madrid' correspondiente al jueves 32 de febrero de 3.970 de un ensayo del procurador en Cortes por Salamanca Jesus -Esperab4 de Arteaga, titulado 'La democracia orgánica y sus problemas'. Según la Dirección General de Prensa, el traba jo de Esperabé podría suponer una infracción del repetido -artículo segundo de la Ley de Prensa e Imprenta en lo que se refiere al debido acatamiento a la Ley de Principios del Movimiento -Principios u y VIIIy al articulo décimo dd Fuero de los gspañoles. Igualmente consideraba el instructor del expediente que el articulo de Esperabá podría estar inso en otras faltas al debido respeto a las instituciones y personas en la crítica de la acción política y administrativa, por los conceptos que en él se vierten y las afirmaciones que se hacen respecto al sistema y modos de elección de los procuradores en cortes, representantes de la Administración Local y de la Familia,
9 de febrero de 1,970
Publica en su página 12 una información sobre la firma del convenio colectivo de Ensidesa. El director gene ral de prensa abrió expediente administrativo a Antonio Fon tin, director del 'Madrid' por presunta infracción de la Ley de Prensa e Imprenta. En la información, según la Dirección General de Prensa, se hablan mantenido tesis y expresado -apreciaciones que podrían suponer infracción del articulo segundo de la Ley de Prensa e Imprenta de 1.966, en lo que se refiere al acatamiento debido al articulo 33 del Fuero -de los Españoles. 'Todo lo cual -dijo el instructor designadorevestiria especial trascendencia por ser habitual en estas fechas la renovación y tramitación de convenios colec tivos' (SS>. Este expediente administrativo era el primero -que se le abría al director de Madrid' desde la primavera del año 1.968. Estaba registrado con el número 4 del año de 1.970 y recibido en la redacción de 'Madrid' el miércoles -
IB de febrero.
8 de febrero de 1.971
Se publicó en el diario un articulo firmado por -Juan Ruiz' titulado 'Ni gobierno ni oposición'(86>,Este ñi zo Que Carrero Blanco se enfureciera. 'Se amenazó con el cia me y Antonio Fontán tuvo que visitar a varios ministros para explicarle lo sucedido. No habla existido intención alqu-
na de traicionar al Estado en el articulo de 'Juan Ruiz', seudónimo de un grupo de jóvenes universitarios -abogados. economistas, diplomáticosentre los que figuraban Miguel ~4errero, Andrés Amorós y Manuel Diez Alegria y Frax, hijo -del teniente general jefe del Alto Estado Mayor' (E?).
A principios de abril se rumoreaba la nueva san- ción del 'Madrid': 'EL Consejo de Ministros del viernes acor dó diversos expedientes en materia de prensa. Se habla de -diversas sanciones leves y de otras de mayor importancia. -Esta dítima, por supuesto sin confirmar, apunta al vesperti no 'Madrid', por un articulo titulado 'Ni gobierno ni oposi ción' firmado por Juan Ruiz. Se habla de 250.000 pesetas de multa. Habra que esperar unos quince días' (88).
Y así fue, el 16 de abril de 1.971 a la una en -punto de la tarde, se recibió en la redacción de 'Madrid' -una notificación del Ministerio de Información y Turismo -que contenía la resolución del consejo de Ministros en su -reunión del día 2 de abril, según la cual se imponía al director, Antonio Fontán, la sanción de una culta de 250.000 pesetas, previ sta para la infracción de carácter muy grave de la Ley de Prensa e Imprenta.
El articulo 'Ni cobierno ni oposición', en su día fue reproducido y glosado por muchos periódicos del país. -Especial resonancia en medios pol iticos y profesionales tuvo
tambiÉn en su día la crítica que hizo de dicho articulo, el domingo 14 de febrero, Emilio Romero. entonces comentarista político de Televisión Española y director de 'Pueblo'.
La tesis de 'Madrid' era que sólo puede haber opo sición cuando hay gobierno, y como ni en España ni en Estados Unidos habla gobierno, tampoco podía haber oposición. -Emilio Pomero combatió esta tesis. Los tribunales acusaron al articulo de infracciones muy graves contra el respeto a la verdad, la seguridad del Estado y los Principios del Movimiento Nacional y demas Leyes Fundamentales. Encontraron en él una visión totalmente inesacta e inadecuada de la rea lidad institucional política española que violaba uno de los cometidos más específicos de la prensa, ademas de ser acusa do de ignorar el sistema de leyes fundamentales del Movimien to y, por tanto. de no acatarlo por menosprecio. Por todo -ello, el 'Madrid' fue muLtado, una vez más, con =50.000pesetas
El contenido del articulo está intimamente ligado con el de Calvo Serer 'Retirarse a tiempo:No al general De Caulle' . Los juicios eran simi lares. La teoría sostenida en el presente texto es evidentemente crítica. Venia a exponer y describir el régimen autoritario del general Franco. En -este caso, ademas no sólo se afrente al jefe del Estado, sino a los ministros y en definitiva al conjunto del sistema político y jurídico.
No creemos que constituyan una falta de respeto a la verdad, ya que es una interpretación extendida del régimen franquista la que se recoge en el editorial. Aunque rae cordemos que el concepto de verdad que utilizaba tanto la Administración como la justicia, les permitía ahogar por la verdad, su verdad.
Toda la crítica referida a la inexistencia de gobierno se entrelaza con una crítica al jefe de Estado como detentador de un poder absoluto. El razonamiento es similar al de Calvo y deviene, como entonces, en una extralimitación de la frontera de la seguridad del Estado. Pensemos que la crítica, tan radical, al sistema jurídico, como encubridor de una realidad no señalada por las leyes, es una falta de acatamiento a éstas. Aón más, creemos que expresiones como 'los ministros son secretarios .~.' pueden ser una falta de respeto a las personas en la crítica política, aspecto que no fue recogido can infracción. Así pues, estamos de acuer do en que el editorial, vistos los estrechos márgenes de Ii hartad de expresión que la ley permitía, sobrepasa éstos. -Deciamos que la sanción nos parecía pequeña. La razón es la siguiente: la sanción no debe ser menor a la del caso anterior, puesto que las acciones Son más, más graves y más cía ras. Por lo que, estimamos que vistos los antecedentes, y en comparación, la sanción quiza debía haber llevado consigo la suspensión del diario por des meses. Ante la ausencia ab soluta de castigo a la empresa, sólo nos queda hacernos una
pregunta. Amenos de ocho meses, ¿no tendrían ya decidida la suspensión definitiva, resuelta el 25 dc noviembre de 1.971?
Hasta el momento, las multas que habla recibido
-el 'Madrid' ascendían a 612.500 pesetas durante el mandato ministerial de Fraga Iribarne y a 356.000 con el nuevo equi PO ministerial de Alfredo Sánchez Bella.
Antonio Fontán, interpuso un recurso por la sanción impuesta por el Consejo de Ministros de 250.000 pesetas. A principios de julio de 1.973 el Tribunal Supremo dictó sen tencia. La autoridad consideró que el contenido del articu'o 'Ni gobierno ni oposición' podría revestir materia sancionable, y remitió pliego de cargos e Antonio Fontán, en -el que se hadan dos imputaciones:
'1' El artículo mantiene la tesis de que en la Es peña actual no existe Gobierno. Esta afirmación -decía el pliegopuede suponer ura infracción del articulo segundo de la Ley de Prensa e Imprenta en lo referente a los limites a la libertad de expresión y al derecho a la difusión de in formación por acatamiento a la Ley de Principios del Movimien to y demás Leyes Fundamentales, ya que las afirmaciones con tenidas están en contradicción con las instituciones estable cidas en las citadas leyes.
¿4 La segunda imputación se razona en el sentido de que también se atenta contra el articulo segundo de a -Ley de Prensa, ya que las exigencias de la seguridad del Es
tado puede verse afectada por las expresiones del articulo en cuestión al menoscabar el fundamento del Gobierno por me dio de las ideas difundidas, intentando mostrar la falta de virtualidad y realización práctica de lo dispuesto en las -Leyes Fundamentales sobre el Gobierno' (89).
Fontán presentó pliego de descargos, pero los hechos se probaron como constitutivos de una infracción muy -graveen materia de prensa y las actuaciones fueron elevadas al Consejo de Ministros, quién acordó imponer al director -del diario 'Madrid' la multa. A lo que interpuso los recursos reglamentarios y, agotada la via gubernativa, el asunto pasó a la contencioso-administrativa.
La sentencia razona el fallo del Alto Tribunal ma nifestando que la tesis sostenida en el articulo períodísti co sancionado de que en España no existe Gobierno en sentido orgánico, sino en sentido técnico, no puede ser aceptada. 'No sólo por ofrecer una interpretación errónea -dice la sentencia-, sino porque incluso introduce en el concepto or gánico de Gobierno una nota que, científicamente, no resulta esencial, ya que lo importanta es que el Gobierno aparezca reconocido por el ordenamiento jurídica como órgano superior e independiente, dotado de poderes de decisión que le situen al frente de la Administración. En al Derecho español, desde la entrada en vigor de la Ley de 30 de enero de 1.938, exis te un órgano del Estado 1 lacado Gobierno, que como tal, es
independiente de la Jefatura del Estado, y aunque el jefe del Estado sea su presidente, se le atribuyen cometidos pro pies que la práctica constitucional y leyes posteriores han delimitado con precisión, como lo demuestra un superficial recorrido de nuestra legislación fundamental y ordinaria -dictada a través de los años y que viene a patentizar la -consagración en el Derecho español de la figura del Gobierno o Consejo de Ministros como órgano de la estructura orgá nica del Estado, al que le están atribuidas facultades o co metidos constitucionales, políticos y administrativos. Hecho este razonamiento, la sentencia declara que 'es notoria la inexactitud de las afirmaciones contenidas en el texto examinado, unido a que su intención queda suficientemente escla recida por el inciso último del trabajo logrando presentar ante la opinión pública una visión totalmente inexacta e -inadecuada de la realidad institucional política española, violando con ello uno de los cometidos más específicos de la prensa, como servicio público, cual es la canalización -de los principios que han de educar la opinión pdblica en el respeto a la dignidad del hombre, los derechos de la sociedad y de la seguridad del Estado .. 2 por ello las indudables inexactitudes de las afirmaciones contenidas en la colaboración periodística enjuiciada rompen la limitación que a la libertad de expresión y el derecho a la libertad de ex presión y el derecho a la difusión de información impone el articulo segundo de la Ley de Prensa e Imprenta, al faltar al debido respeto a la libertad' (901.
Pero el punto fundamental de esta infracción lo -veia el Tribunal en el desprecio que, supuestamente. se hacia contra las Leyes Fundamentales: '( ... 1 además de prcnuns ciarse en términos no respetuosos para las Leyes Fundamenta les al ignorar expresa y conscientemente, sacando consecuen cias contrarias a Su espíritu y normativa, el sistema constitucional por ellas instaurado, lo que en realidad supone. tal como sostiene la resolución recurrida, un no acatamiento, por menosprecio, de dichas Leyes Fundamentales como cuí minación de un proceso constitucional de institucionalización del Estado que el articulo se esfuerza en ignorar al pretender ofrecer al lector la imagen de las Leyes Fundamen tales como una simple máscara jurídica, encubridora de una situación de Poder absoluto que no se corresponde con el ré gimen jurídico instaurado por las citadas leyes' (91).
En otro párrafo dice la sentencia que ''Rompe también el lXmite de la seguridad del Estado prevista como limite del derecho de información en el artículo 2 de la Ley por excederse en la exposición o estudio critico de la mstitución (Gobierno) en la España actual, al omitir conceptos o expresiones que afectan al prestigio, crédito o autoridad del tstado con olvido de las funciones que a la prensa le atribuye la jurisprudencia como conformadora de la opinión pública (..fl ofrece, el trabajo sancionado, un planteamien to equivoco y demoledor de la realidad política del país (..> contraria a las limitaciones impuestas por el articulo 2 de
la Ley al haber desbordado la publicación de una manera cío ra, patente y notoria el respeto a la verdad, el acatamiento a los Derechos Fundamentales y las exigencias de la seguridad del Estado, la cunsecuencia no puede ser otra que la de estimar que la infracción está bien calificada como falta grave' <92).
5.3. Los medios de comunicación ante el cierre del 'Madrid
Tal y como Lorenzo Contreras describía acertadamen te en las páginas de 'Mundo Internacional', la reacción de la prensa ante el repentino cierre del diario 'Madrid' el -día 28 de rLovienibre de 1.971, se concentró en tres frentes. Los aspectos más tratados fueron el socio-laboral, el jur!dico-profesional y el político, correspondiendo cada uno de ellos a una visión más o menos progresista ( y en consecuen Aa arriesgada 1 del problema de fondo; la existencia de -una censura, legitimada y a la vez disfrazada por la Ley de prensa de 1.966, que impedía el ejercicio de la libertad de expresión, y por lo tanto la crítica al poder establecido.
El tema socio-laboral fue el más socorrido para
-aquellos periódicos que, o bien no querían profundizar en el problema político, o bien no podían hacerlo <prensa del Movimiento); hubo algunos como el diario 'Pueblo' que concentraron su interés en este aspecto, apoyandt al Gobierno en el motivo del cierre. En su opinión el único perjuicio cau-
sado con la medida era la situación de paro en que quedaban unas cuantas familias, 'drama' en el que insistieron hasta la saciedad.
La inmensa mayoría de los periódicos se apuntó a la crítica del procedimiento jurídico seguido en la cancela ción registral del 'Madrid'; era este, un tema en el que se podía profundizar sin tener que mezcíarse en conjeturas po líticas, e incluso algunos, los más arriesgados solicitaron reformas o correcciones de la legalidad vigente (sobre todo de la Ley de Prensa).
Muy pocos fueron los que decidieron insinuar el -transfondo político de la cuestió, refiriéndose a los verda deros motivos del cierre, como el persistente tono critico del vespertino 'Madrid'. el polémico artículo de Calvo Serer sobre la retirada de la política del general De Gaulle y la actitud democrática de una Redacción que ya intentaba en -aquellos momentos hacer valer sus derechos (claúsula de con ciencia, secreto profesional o asociación de redactores~.
cabria preguntarse, tal como lo hacia Luis Apóstua en las páginas del madrileño 'Ya'. ¿Cúal es el verdadero pro blema del diario 'Madrid'?. A lo que él mismo se respondía -que 'si fuésemos mal pensados dlri'amos que por debajo del pleito principal contra los accionistas existía un problema de fondo político respecto a la línea editorial del periódi
co. Quizá me equivoque'.
5.3.1. 'ABc'
Fundado en 1.906 por Torcuato Luca de Tena.
Editado por 'Prensa Española S.A. ' Madrid.
Redacción, Administración y Talleres: Serrano, 61.
Director; Torcuato Luca de Tena;
Director-adjunto;
Pedro de Lorenzo; Subdirectores: Jesus Revuelta y Luis M' Ansón,
Formato: 215 x 30'3 cm.
Precio: 5 pesetas. Domingos 6 pta5. no sale los> lun85~
Su composición es personal e instranferible: tabloi de, con 24 a 34 páginas, ilustraciones separadas de los textos escritos (contenidas entre las seis páginas iniciales y finales en huecograbado), portada fotográfica con pie de foto aspecto de revista ilustrada con recurso de fotomontaje. Con tiene varios artículos de opinión firmados por plumas recono cidas, Sus secciones son amplias en temas de nacional, opinión, información gráfica. Dedica gran importancia al suplemento dominical. Se deduce fácilmente la preocupación por el orden en la composición: titulos uniformes, secciones muy -bien marcadas, sin casi alteraciones de orden con el paso del tiempo. Politicamente pasa de una etapa primera más adepto al régimen a una segunda de carácter conformista, discurso culto pero no recargado, estabilidad personalista que se define en
su propia solera y su estilo inalterable, En la actualidad es critico con el Gobierno.
26_de noviembre de_ 1.971
'Hoy no saldrá el diario 'Madrid'''.
Dedica integramente su portada a la publicación de una fotografía de enorme expresividad, donde, donde un grupo de trabajadores del diario 'Madrid', Que se encuentran en los talleres, tienen en sus manos el último número de este perló dice donde se lee; 'Orden de cierre del diario 'Madrid''. A pie de foto y bajo el titular hace una reseña de la noticia en la que destaca la 'disponibilidad' del Ministerio para sd luclonar los problemas del 'Madrid': 'El Ministerio expresa su preocupación por los problemas laborales y profesionales que puedan derivarse de tal resolución y hace constar su pos tura favorable a cualquier fórmula que respetando la ley, per mita mantener la edición de 'Madrid''.
'Ante la cancelación de 'Madrid''.
Este mismo día en la página 30 le dedica un editorial en el que empieza afirmando su 'sincera y enorme consternación ante la cancelación de la inscripción registral del 'Madrid'~ para inmediatamente despu4s hacer una breve historia de las distintas sanciones y pericias por las que ha atravesado el diario en los últimos tiempos, que parece eclipsar su primera preocupación, Reconocen las diferencias de opinión que sepa-
ran a 'ABC' y 'Madrid' y reitera 'nos lamentamos del daño que siempre significa la desaparición, aún temporal, de un perió dico. daño para la formación en licito contraste de pareceres de la opinión pública',
En otro párrafo continua el editorial: 'Aunque no nos corresponde entrar en el análisis de las disposiciones legales (. . j no podemos evitar plantearnos interrogantes con siderables acerca de la cointidencia en el tiempo -sólo dos días despuescon la publicación de un fallo de la Audiencia Territorial que devolOló ciertos derechos a las acciones del presidente del Consejo de Administración del diario 'Madrid', También habla de la 'alarma profesional' ante la demostración de fuerza ejercida por el Gobierno en el cierre, pera terminar con 'condolidos, consternados, siñtiéndonos como profesto nales 1~..) escribimos este apresurado comentario. Con la in quietud despierta por vulnerabilidades que siempre creímos -superadas. Y deplorando absolutamente toda ocasión, todo acon tecer, donde se revela que el rigor no acepta matices y pres cinde de muy naturales y lógicas templanzas'.
Pensamos que el editorial de 'ABC' no se detiene en los problemas más importantes como la situación de los traba jadores y las disposiciones vigentes,
'El Ministerio de Información ha cancelado la in~rip ción registral del diario 'Madrid''.
Por bitinio, en la página 41. reproducen íntegramente la nota de los servicios informativos de la Dirección General de Prensa en la que se declara preocupación por los pro blemas laborales y profesionales que pueda acarrear la resolución oficial.
27_de noviembre de 1,971
'Reunión en el sindicato provincial sobre el asunto
'Madrid'
Se trata de Ña publicación íntegra de la nota difun dida por luDelegación Provincial de Sindicatos. El objeto de esta convocatoria había sido 'el establecer una comunicación informativa entre los dirigentes sindicales y ese jurado de empresa'. Apareció en la página 57
1 de diciembre de 1.971
'SIn confirmación oficial. Es muy probable la reaper tura del diario 'Madrid'
En esta noticia de la agencia Cifra, aparecida en la página 43 la Unión Nacional de Empresarios pide la continuidad del 'Madrid'.
2 de diciembre de 1.971
'Los acuerdos básicos para la reapertura del diario
'Madrid'
La noticia de la página 43 facilItada por la agencia 'Europa-Press' recoge el texto integro del memorándum que -consta de nueve puntos, por el cual aparecería de nuevo 'Ma' drid' . 'La fórmula jurídica será la de un arrendamiento de la industria que la empresa propietaria 'Madrid . Diario de la Noche. S.A.' . otorgará como arrendadora, medIante un precontrato, a favor de la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa y del Sindicato Nacional de Prensa, conjunta y so lidariamente'.
A ~e diciembre de ¶.97I
'El problema del diario 'Madrid' dista mucho de tener fácil solución'.
so-
En la página 43 se da conocimiento del escrito remi tido por Antonio Castro Vlllacahas. presidente del Sindicato Nacional de Prensa,Radio, Televisión y Publicidad, habla de lo desorbitado del memorándúm, ya que en una parte omitida -figura la cantidad anual de siete millones doscientas mil pe setas, en concepto de arrendamiento. lo que supondría a la empresa cancelada una rentabilidad del 50% de su capital cial. Castro Villacañas afirma que mientras la Comisión Persa nente estudia los problemas de los trabajadores,. el sindicato tiene como objetivo fundamental garantizar el salario de los trabaj adores.
7 de diciembre de 1.921
'Trece procuradores familiares enjuician la suspen- sión del diario 'Madrid''.
En la página 45 reproduce integramente un escrito
-de los procuradores familiares que le había sido facilitado por la agencia 'Europa-Press'. En el mismo que consta de sie te conclusiones dicen que 'la seguridad jurídica, reconocida en el Fuero de los Españoles, es incompatible con lalegislación de Prensa'. También consideran que, 'paralelamente al problema humano y sensible -que lamentande los trabajado res de 'Madrid' que quedan en situación de desempleo está el problema no menos humano y no de menor interés público que se plantea a los habituales lectores de 'Madrid' a quienes, con la cancelación de la inscripción, se les priva del medio informativo que ellos han elegido libremente'.
Encima de esta información 'ABC' publica un chiste 'Pue- del humorista Mingote, en el que se observa un quiosco de -prensa con montones de periódicos de 'Informaciones'. blo' y 'El Alcazar' , y el regente le dice a un ciudadano: -~El 'Madrid'? Dicen que Se ha perdido.
10 de diciembre de 1.971
'La prensa ante un grave problema'.
En el editorial de la página 22, 'ABC' describe el procedimiento de inscripción, 'la partida de nacimiento de -las Empresas Periodísticas' y el problema del 'plazo de un -mes', base y raiz de muy distintos entendimientos del precep to -
II de diciembre de 1,971
%e espera una solución para el 'Madrid' la próxima semana'
En la página 50 publIca la noticia de la próxima rea pertura del diario,
15 de diciembre de 1.971
_
'Carta del ministro de Información y Turismo sobre el diario 'Madrid' a un grupo de procuradores'.
En esta información facilitada a 'ABC' por la agencia 'Cifra' se reproduce el escrito que el titular del Ninis teno de Información dirige a los trece procuradores que pro pugnaban la declaración de una proposición de ley para actua lizar la legislación de prensa. comienza el ministro diciendo: 'Dado el fundamento jurídico que tiene la resolución adminis trativa, parece lógico que no la entiendan quienes pretendan ver en la misma una medida de carácter político. En consecuen cia rechazo enérgicamente que la Administración haya tomado partido frente a nadie, y afirmo, por el contrario, que lo -
que la Administración ha hecho es obedecer lo preceptuado -por la ley'. Y constaba de seis puntos.
16_de diciembre de 1.971
'Auto de procesamiento contra Don Rafael Calvo Serer'.
Se trata de una pequeña reseña sobre el auto de pro, cesamiento y la prisión menor provisional decretada por el -Juzgado de Orden Público. Se estimaba que la conducta de Cal yo Serer podía ser constitutiva de delito de los prevenidos en el articulo 132 del Código Penal,
13_de diciembre de 1,971
'El Director General de Trabajo recibe al jurado del diario 'Madrid''.
La noticia da cuenta de la entrevista mantenida POE el jurado del 'Madrid' con el Director General de trabajo, al que expuso la preocupante situación en que se encontraban los trabajadores del periódico. Página 53.
'Declaración sobre el diario 'Madrid'
En la página 33 aparece este articulo que aborda el problema del cierre del 'Madrid'. En la página 34 hay otro ar ticulo sobre el recurso de alzada presentado por 'Madrid. Dia rio de la Noche. SA.'.
22 de diciembre de 1.911 _
'García Ramal se refirió al caso 'Madrid' ante la Comisión Permanente del Congreso Sindical',
En esta información de la página 49 se da cuenta de la intervención del ministro de Relaciones Sindicales, que -calificó el asunto del diario 'Madrid' de 'delicado'. Y dijo entre otras cosas; 'La Organización Sindical está decidida a hacer todo lo que esté en su mano en defensa de los derechos profesionales de los hombres de la pluma y de la linotipia. Pero, cuidado, que no se nos confundan ni se nos quiera utí1 izar'.
'Carta de un grupo de redactores del 'Madrid'.
Hacen una serie de consideraciones los redactores
-que ingresaron en el periódico cuando era dirigido por su fun dador Juan Pujol manifestando su identidad con la línea seguí da por este, 'y no así con la seguida por la nueva empresa, aunque poniendo de relieve la lealtad a que les obliga su -contrato de trabajo'. Ponen de relieve que 'los verdaderos -perjudicados y victimas de esta situación es el personal, que no ha tenido arte ni parte en las fluctuaciones ideológicas -dei periódico ni en actuación política o administrativa de la empresa propietaria', y se dirigen a la Asociación de la Pren Sa y a la Organización Sindical propugnando la reaparición de un 'Madrid' 'similar al que don Juan Pujol hizo popular y prestigioso'.
24_de diciembre de IA7I
'Aviso del diario 'Madrid' a sus lectores'.
Se notifica en la página 43 la suspensión de la ce lebraciónrde la Nochebuena en el local social de la empresa del vespertino diario por la gran cantidad de personas que habían confirmado su existencia. Según parece podrían origínarse problemas,
28_de diciembre de 1.971
'Contactos entre la propiedad del diario 'Madrid' y la Asociación de la Prensa
Las negociaciones para la reapertura del periodico que se habían iniciado por medio de cartas cruzadas entre el apoderado de 'Madrid', García Trevijano, y el presidente de la Asociación de la Prensa, Del Alamo Urrutia es la base de esta información. Más adelante da noticia de los telegramas de felicitación con motivo de las fiestas de Navidad, que es tá recibiendo el diario 'Madrid', entre ellos de 'Le Monde'. 'New York Times' y 'Le Soir' y uno de la nieta del fundador del antiguo 'Heraldo de Madrid', Rosa Moya, deseando 'el res tablecimiento de tan importante órgano de opinión',
29 de diciembre de 1.971
'Dimisión del director del 'Madrid'.
Antonio Fontán en carta dirigida al presidente del Consejo de Administración de) periódico, Rafael Calvo Serer. estima que con la inscripción en el Registro de Empresas Pm riodisticas cancelada lo oportuno es dimitir.
5,3.2. 'El Alc¿zar'
Edita:
Diarios y Revistas, S.A. (DYRSA>
Redacción y Administración: Padre Damian, 19. Madrid
Imprime;
Altami ra-Rotopress.
Director:
Antonio Gibello García.
Formato:
295 x 41 cm.
Precio:
5 pesetas. Lunes 6 ptas. Domingos no sale.
'El AIC¿zar anuncia en su cabecera 'Antiguo diario del Frente de Madrid . Fundado en el asedio del Alcazar'. Ha mantenido hasta su desaparición como diario su originario -arraigo al Movimiento. Anteriormente el modo de Informar de 'El Alcd'zar' correspondía plenamente a la demanda Informativa de los diarios madrileños, Más tarde, el bajón sucesivo en -las ventas hasta su desaparición de los quioscos demostró su total alejamiento del público, aunque sus editores achacaran el cierre a los pocos ingresos que tenían por la publicidad institucional. Este periódico, órgano de la Confederación Ma cloral de Combatientes se asemejaba más a un boletín de circulación interna que a un medio de comunicación de masas. De formato tabloide, 32 páginas, aproximadamente, dedica gran
espacio al comentario político editorial, artículos y colum nas. Llama la atención el notable espacio que cede a los deportes y espectáculos. No tiene corresponsales en el ex -tranjero, dejando el comentario de los hechos internacionales al columnista o editorial. La inflacción de titulares hace -poco impactante y confusa la primera página. Parece que quie re suplir la carencia y falta de viveza en la Información -con el uso abundante de titulares de pretendido efectismo, -cuya tipología se reduce a unos pocos rasgos que redundan a lo largo de todo el periódico. Se sirve mucho de las agencias de información.
=6de noviembre de 1.971
'Hoy no sale 'Madrid' 'Y.
Anuncia en portada, en recuadro, 'Hoy no sale 'Ma
-drid' ' , con el antetitulo 'Cancelada la inscripclón en el Re gistro de Empresas Periodísticas'. Remite a la página lO don de con grandes titulares, encuadra la noticia dentro de una orIa en la sección de nacional, publica la nota oficial en la que se reproducen las diez razones administrativas del cie rre.
'El Alc¿zar' da la noticia limitándose a reproducir la nota de la Dirección General de Prensa. No dedica ningún editorial ni entra a hacer valoraciones sobre el tema.
'Madrid'.
En la página dos, en la sección de 'Nombres, fechas ideas', firmada por Ariel, aparece un breve así titulado, en el que se lamenta de 'la momentanea desaparición del colega y expresa el deseo de su pronta reedición. Desean la apari -ción del 'Madrid' de siempre, el 'Madrid' de su más noble y limpia tradición y ejecutoría', como contrapunto al deseo ex preso que el director del 'Madrid'' hizo en la primera página de su diario el día anterior en donde deseaba la pronta rición del 'Madrid' de 'estos últimos cinco años'.
apa-
En esta opinión destaca, primero, el deseo de no en trar en juzgar sobre los motivos del cierre: 'No seremos nosotros quienes caigamos en la tentación de juzgar'; segundo, la exaltación del tradicionalismo del diario 'Madrid' y tercero el sentir de la desesperación y la esperanza por la reapari' ción. No se refiere en ningún lugar de la situación de los -trabajadores que quedan sin empleo. Casi doscientos,
1 de diciembre de 7.971
'La Unión de Empresarios analiza la coyuntura'.
En la página 4 da una noticia servida por 'Pyresa'. Bajo la presidencia de Ignacio Acha, se reunieron los empresarios en sesión ordinaria. Destacan los siguientes puntos;
l~. 'Se hizo un análisis de la coyuntura actual de la empresa periodística española en el que se examinaron las
circunstancias de diversa índole que condicionan su desarro-
1 lo',
2~, 'Se acordó solicitar de los poderes públicos -que las sanciones que impliquen supresión o interrupción de la publicación de un periódico no sean ejecutivas hasta que hayan sido resueltas con carácter firme los recursos, que en su caso, se interpongan, y también que las infracciones de las normas que regulan la inscripción de las empresas periodísticas, en el registro del Ministerio de Información, sean graduadas conforme a su gravedad, de modo que no sólo las muy graves puedan ser sancionadas con la cancelación de la inscrlp ción, En cualquier caso, se deben arbitrar acciones previas a la sanción',
30, 'Por último, la junta lamentó la cancelación de la inscripción del periódico 'Madrid', en el ~egistrode Empresas Periodísticas y reiteró el ofrecimiento hecho a la em presa editora pára colaborar en la adopción de una fórmula -que asegure la continuidad de la publicación de dicho periódico con respeto de si, independencia informativa y de opinión, y la pernanencia de todos los trabajadores'.
'Posible reaparición del diario 'Madrid'
El mismo día aparece en la página Y otra noticia en la que se da cuenta que ha sido sometido al visto bueno del presidente de la Federación de Asociaciones de Prensa, Lucio del Alamo; y del Presidente Nacional del Sindicato de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad, Antonio Castro Villacañas,el memorándum de acuerdos básicos sobre la reapertura del diario
'Madrid'. Afirma el diario la gran 'sensación de alivio y espe tanza entre e) personal de talleres, administración y redacción en la creencia de que el periódico reaparecerá en cuestión de días'. Y continua 'la gran reserva con la que se líe van hasta ahora estas negociaciones ha hecho imposible que -se pueda confirmar en fuentes autorizadas esta noticia'.
'Exterior y ultras',
También el día 1 de diciembre, Ariel en su 'instantanea' vuelve a tratar la problemática del 'Madrid' bajo el titular 'Exterior y ultras' y lo hace por una alusión directa del corresponsal de 'Tele-Express' Ramón Pi. que tras leer su comentario del día =6pasado lo calificó de falanguista y ultra. Ariel le contesta '(. .. Ramón PI, que tiene largas -las intenciones más que su apellido no ha leido un articulo mio de hace días (.1 le recomiendo que relea -que leael articulo mio. Naturalmente dejaba claro ml sentimiento por -la desaparición del colega y deseaba su reaparición'. Esta -cita del 'Madrid' quizá no habría aparecido si no hubiera si do por los calificativos de Pi a Ariel, motivados por la diferencia de análisis ante el cierre de este diario.
2 de diciembre de 1.971
'El consejo directivo hace suyas las peticiones para renaudar a publicación del diario 'Hadrld'
Destaca en asta noticia de la página 8 su extenso titular en negrita que impacte más por sus dimendiones que -por lo que desarrolla en el cuerpo de la información. En esta' se hace una petición de nueva redacción del articulo segundo de la Ley de Prensa e Imprenta. Además se informa de la reunión man tenida por la comisión Permanente del Sindicato Nacional de Prensa: '( ... ) para estudiar la viabilidad de una empresa con represenación sindical, que se hiciese cargo de la edición -de 'Madrid'
3 de diciembre de USY1
'Informe sindical sobre el caso del diario 'Madrid'.
Diticil solución'.
En esta noticia se indica que el memorándum del apo derado de la empresa tergiversa y omite algunos hechos. Que la rentabilidad del arrendamiento que pretenda asciende al treinta por ciento del capital y que aún no existen acuerdos vinculantes. Informa de la reunión de la Comisión Permanente de la Junta General del Sindicato de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad para 'estudiar los problemas que, en el ámbito sindical plantea la resolución del Ministerio de Información y Turismo, por la que se cancele la inscripción en el Registro de Empresas Periodísticas de 'Madrid' 'Y. Destaca el lamen to por los problemas, especialmente de índole laboral; la sor presa por la nota de prensa del apoderado de 'Madrid', García -Trevíjano. donde se hace público un memorándum de supuestos
acuerdos básicos 'cuyo contenido resulta claramente desorbi tado en sus exigencias'. 'Así por ejemplo, entre lo emitido figura la pretensión de que la empresa del 'Madrid' percibie ra anticipadamente y al contado la cantidad anual de siete -millones doscientas mil pesetas en concepto de arrendamiento, lo que supondría anualmente a la empresa cancelada una renta bilidad del treinta por ciento de su capital social',
También se dice que 'en ningdn caso, las conversacio nes mantenidas por los presidentes del Sindicato Nacional y la Federación Nacional de asociaciones de la Prensa, pretendian vincular a sus entidades representadas, simplemente se tartaba de establecer un contacto informativo. Y que 'el sin dicato exige que la totalidad de la plantilla del 'Madrid' -siga gozando de todos sus derechos laborales, especialmente de sus remuneraciones'.
4 de_diciembre de L971
'Reunión de los representantes del 'Madrid' 'Y.
'Cifra' facilita esta noticia que 'El Alcazar' iii serta en su página 7 y en la que insta a los trabajadores a seguir los procedimientos jurídicos. Informa de la reunión de jurados de empresa y enlaces sindicales del 'Madrid', con Antonio Castro Villacaflas: 'Los miembros del jurado expresaron que el memorándum fIrmado por el presidente del Sindicato y el presidente de la Federación de Asociaciones de la
Prensa no hace exigible el cargo de cantidades anticipadas que habitualmente efectúa la empresa todos los viernes, ni ninguna otra cantidad'. El presidente del Sindicato aconsejó a los jurados acudir a los procedimientos jurídicos que exis ten para cuando una empresa no paga.
7 de diciembre de 1.971 _
'La Falange no será entusiasmo sino estrategia'
En la página dos, y en la sección 'Hemos leído'
-que selecciona informaciones de otros diarios, recoge la en trevista de Miguel Veyrat a Emilio Romero en 'Nuevo Diario', donde éste hace referencia al caso 'Madrid':' (,.) Podría -tener reflejo en una reforma de ley en el sentido de que los periódicos no pueden ser utilizados por fuerzas ajenas a los móviles mismos de existencia de los periódicos. El fundador de 'Madrid'. don Juan Pujol, se propuso hacer un periódico. Y lo hizo. Y fue muy brillante. Don Rafael Calvo Serer lo -convirtió en una plataforma pollitca de su grupo político. Y lo ha puesto dos veces en peligro de desaparición. Los pe riódicos llamados independientes, deben ser, exclusivamente, para las empresas periodísticas'.
'Aún quedan muchos problemas jurídicos y económicos'
El mismo día, en la página 6 informa del jurado de empresa del diario y dice; 'Todavia no se puede hablar de -fecha aproximada de reaparición: hay todavía demasiados pro
blemas jurídicos y económicos', dijo Castro Villacañas, pre sidente del Sindicato Nacional de Prensa. Radio, Televisión y Publicidad',
E de diciembre de IAY1
'¿Prensa independiente?'
Se trata de un articulo de opinión firmado por Eu logio Ramirez que pone de manifiesto la reacción de 'El Alcazar' anteel cierre del 'Madrid'.
Todo periódico, por depronto, no es indepen diente frente a la ley civil (y debiera no ser in dependiente frente e la ley moral). Todo periódico en los términos marcados por la ley, es independien te; está sumidso a las autoridades civiles, ora le gislativas, Dra administrativas. Dra judiciales, -las cuales en cualquier forma de Estado o de Gobier no definen en último término la norma, que no coin cide necesariamente con la justicia objetiva, a me nos que fuesemos el positivismo juridico.
Por supuesto en modo alguno puede calificar se de independiente aquel periódico que discrimina a la hora de admitir a sus profesionales, o que re husa el concurso de ciertos colaboradores, o que nie ge admitir que sus redactores y sus colaboradores escriban en él con independencia y conforme a su conciencia incluso:cuando están en discrepancia con la conciencia del director o de los propietarios -del periódico,
Como tampoco deberla denominarse pluralista y democrático a aquel periódico que no distribuye
la propiedad de sus acciones <de su capital) de mo do pluralista y conforme a sufragio universal, 1...) Conviene, pues enjuiciar a un periódico cono ciendo y analizando no sólo el género de sus inde pendencias, sino el de sus dependencias. Para ello evidentemente, el lector tiene derecho a saber cl! ramente de qué persona, de qué ideologias y de qué familias económicas privadas es dependiente cada -periódico, <. ..
Este articulo que aparece con el antetitulo de -'Politizando' plantea la independencia de los periódicos.
ID de diciembre de 1.971
'De la mermelada a la prensa'.
Ricardo de la Cierva en su columna fija 'La quinde ta ventana', comenta la actitud, en una página completa, Calvo Serer al escribir para 'Ruedo Ibérico'. De la Cierva considera a Serer como 'hombre de honor'.
15 de diciembre de 1.971
'Sanchez Bella, sobre 'Madrid': Ninguna inseguri-
dad puede resultar del cumplimiento de la ley' La noticia informa sobre la contestación por parte del ministro de Información y Turismo a un escrito firmado por trece procuradores en Cortes, en el cual se comentaba la cancelación del diario 'Madrid'. así como se anunciaba la -
elaboración de una proposición de ley para actualizar la legislación de Prensa: '(...) rechazo enérgicamente que la Administración, haya tomado parte frente a nadie, y afirmo, por el contrario, que le que la Administración, ha hecho es obedecer lo preceptuado por la Ley',
En la carta del titular del departamento se precí san seis puntos de los que son destacables el segundo y el tercero:
- 2'. 'tas causas de cancelación que prevé la ley, se han dado con reiteraclón. con notoria publicidad y desa~ tendiendo las repetidas llamadas del Departamento para conseguir que aquellas fueran subsanadas:
- ~ 'Estas causas de cancelación están estableci das por la ley, como una defensa del derecho del lector a co nocer quién edita un periódico. Es obvio que cuando existen accionistas simulados y otras irregularidades de parecida en vergadura la Ley es vulnerada en su letra y en su espíritu'.
16 de diciembre de 1.971
'Procesamiento de Calvo Serer'
En la página 4 inserta una información facilitada por la agencia informativa 'Cifra' en la que da conocimiento del auto de procesamiento dictado por el Juzgado de Orden ?ú blico y la prisión provisional decretada contra Rafael calvo Serer por estimar que su conducta podía constituir delito de
los prevenidos en el articulo 132 del Código Penal.
'García-Ramal con la Comisión del diario 'Madrid'
· Justo debajo de la anterior información 'El Alcazar' del día lO de diciembre publica otra, esta vez facilitada por 'Pyresa' en la que da cuenta de la reunión del mi nistro de Relaciones Sindicales con el jurado de empresa, al gunos redactores y el subdirector del 'Madrid'. en la que -le expusieron 'la dificil situación en la que se encuentran'.
La Organización Sindical y el propio ministro se comprometieron a hacer 'cuanto estuviera de su parte para te solver las consecuencias de un problema ajeno a la voluntad de los trabajadores y de la Oraganización Sindical'.
18 de_diciembre de 1971
'El ministerio acepta cualquier solución dentro de la ley' -
En la página 5 reoge unas declaraciones del minis tro de Información y Turismo, Alfredo Sanchez Bella en las que se hace eco de la situación del diario 'Madrid'.
23 de diciembre de 1.971
'De la mermelada a la prensa'
Se trata de un articulo de Rafael García Serrano,
en el que dice que no ha conocido ningún gobierno derrocado por un articulo de prensa y que un periodista sólo puede -ser libre si está dispuesto a jugarse su puesto cada cinco minutos. 'Pienso en mis colegas de 'Madrid'. 'Madrid' cualquiera lo sabe no es el periódico de mis preferencias políticas, pero sus redactores son mis hermanos', Conf <a que la Nochebuena traiga a todos como regalo la nueva salida de 'Ma drid' y afirma que 'el periodista no puede estar a merced de la bolsa de las ideologías, de los golpes de mano de los ac cionistas, ni de la catastrófica administración de sus empre sas por muchos ignorantes'.
28_de diciembre de 1.971
'Un plan y un deseo'
En la página 3, Ariel aboga por la reapación de un
'Madrid' de más años: 'Resulta que uno reitera lo dicho: que salga el 'Madrid' un diario de larga historia, que no se po litice el caso, que Se tengan en cuenta las situaciones laborales, que se respeten todas las opiniones de todos los -sectores de su plantilla, que el caso no sirva de cortina de humo para encubrir manejos extraños',
'Va de inocentadas'.
El columnista Rafael Sarcia Serrano con tono iróni co y sarcástico afirma que 'el señor Sarcia-trevijano ha di cho un dulce sí al Sindicato de Prensa, Radio, Televisión y
Publicidad y a la Asociación de la Prensa de Madrid. a la -Federación de Asociaciones de la Prensa y al Ministerio de Información 1' Turismo a fin de facilitar la nueva salida de 'Madrid''. Según la opinión de García Serrano es Trevijano y la propia empresa del 'Madrid'' los que ponen impedimentos -para la reaparición del vespertino al no transigir en las condiciones ofrecidas.
29 de diciembre de 1.971
_
'Dimite el director del diario 'Madrid'
Se trata de una pequeña información en la que se da cuenta de la carta dirigida por Antonio Fontán, a Rafael Calvo Serer, indicandole su dimisión.
30 de diciembre de U97¶
'La directiva examinó el problerr~ del diario 'Madrid'
La noticia publicada en la página 7 informa sobre la reunión de la Junta Directiva de la Asociación de la Pren Sa de Madrid para estudiar el problema del 'Madrid' y de las negociaciones habidas para facilitar la reaparición del perió dico.
31 de diciembre de 1.971
'Para la reapertura del 'Madrid'; ofrecimiento de
la Asociación de la Prensa'.
Esta es la última noticia que da 'El Alcazar' sobre el diario 'madrid' en el año 1971. y se refiere a un -ofrecimiento hecho por Lucio del Alamo Urrutia, presidente de la Asociación de la Prensa de Madrid con el objeto de intentar la reaparición del vespertino madrileño.
5,3.3, 'Informaciones'
Decano de la prensa de la tarde.
Editado por 'Prensa Castellana. S.A.
Redacción, Administración y Talleres: C/ San Roque n 9 7 de Madrid.
DIrector:
Jesus de la Serna.
Formato:
265 x 38 cm.
Precio:
5 pesetas. Domingos no sale.
'Informaciones' de formato mediano, contiene nume- rosas secciones de eleboracióndel periódico y cantidad de fotografías que da idea de la importancia que concede a los espectáculos. Comparado con el 'l'ladrid', resulta más elebora do, más decantado hacia el léxico más denso y de impacto. Es considerado por algunos madrileños su vespertino, pero no -puede competir en ventas con el 'Pueblo'. De veinte a cuaren ta páginas, con un promedio de veintiocho, es tipograficamente austero, con una gran organización funcional. Dedica gran espacio a la información laboral, la cultura y la publicidad,
Durante los últimos años del régimen de Franco es considera do como el diario mas elitista y de mayor calidad, incluso por su aparente asepsia bajo diferentes perspectivas y por su lenguaje sobrio, falto de emotividad. Todo ello, hace de 'Informaciones', sin duda alguna, el que sea un di ario dife rente dentro del panorama informativo, sobre todo por su -alarde de progresismo a nivel soacial y político y su línea entre el aperturismo y la mayor protección de la democracia de corte europeo.
26
de_noviembre de 1.971
'Desde esta tarde ya no saldrá el diario 'Hadrid'
En portada dentro del sumario titula 'Cerrado el 'Madridfl' y remite a la página 9, en donde publica Integramen te los diez puntos de la nota de los Servicios Informativos de la Dirección General de Prensa, de los que destaca los si guientes:
'50 La Administración se reserva únicamente el de- ber de garantizar el ejercicio de las libertades y derechos que se regulan en la ley, y uno de tales derechos <articulo 24 y 26 de la ley), es el del -público a conocer realmente quién edita un periódi co, cuáles son sus órganos rectores y quienes sus accionistas más importantes,
6~. Abrir una investigación por parte del Ministerio de Información y Turismo,
70, No confundir las medidas con las que la Ley de Prensa prevé corregir posibles infracciones cometí das contra su articulo 2~.
- 8'. (...) Las causas previstas por la ley para la cancelación de una inscripción registral (..4.
- A) 'Madrld~, no ha aportado la información y documentos requeridos por la legislación
- vigente-
- E) La existencia de accionistas simulados -(. ..) incluso públicamente puesto de manifiesto en el propio diario y por sus redactores.
- CILa intervención y proyección financiera en el periodo posterior a la primera inscripción regis tral <..¿.'
Despues hace un recorrido por los problemas que tu yo en sus últimos años la publicación (secuestro en mayo de 1.968, suspensión en Julio de 1A68, etc). En un ladillo, re coge el acuerdo entre el presidente de la Asociación de la Prensa y los redactores del 'Madrid', con estos puntos:
- ~ 'Garantizar dos años de cobertura económica pa ra el periódico, hasta que los tribunales de Justicia decidan en última instancia de quien es el periódico y quién tiene -razón enstodo este pleito',
- 2'.' Un contrato provisional con la empresa prople
- tana. (. -1 hasta el fallo de los Tribunales -
- 3'. Garantía de continuidad de toda la plantilla,
- 4Q. 'Participación por parte de la Sociedad de Re-
- dactores en. la empresa que se constituya para editar el perió di co'.
- 50 Continuidad para todos, incluso para el actual director.
- 6'. Los redactores consideran que la línea edito-
rial e informativa del futuro 'Madrid' la deben tener ellos y nadie más,
En una noticia aparte, con el titular 'Gestiones para la reaparición del periódico' informa de corno el Slndi cato Nacional de Prensa ha iniciado las gestiones pertinen- tes para la urgente reaparición del diario,
Por dítimo, en un ladillo titulado 'Las reuniones de esta ma!iana'. recoge la noticia facilitada por 'EuropaPress' , de la convocatoria del Jurado de Empresa del diario para poner en conocimiento de todos 'la gravedad de la situa ción y las posibles soluciones a la misma'. Tambdn en otro ladillo titulado 'Todo el personal ha cobrado esta maftana' informa de que la empresa ha pagado los haberes correspondien tes al mes de noviembre.
'El cierre de 'Madrid' 'Y.
Le dedica un editorial en la página 2. Habla de co mo en fechas anteriores, el diario 'Informaciones' se había alegrado de la resolución de los problemas financieros de -'El Alcazar' y como ahora muestra preocupación por la cancelación del 'Madrid', ya que 'el cierre de un periódico afecta siempre desfavorablemente a los derechos del lector y a la prensa en si'. Recuerda lo que escribió con motivo de las sanciones al 'Madrid' en 1.968: 'un periódico es un organismo de gran sensibilidad, cuyos avatares repercuten inmediata
mente sobre la conciencia de la opinión pública -
Sin embargo no entra en el fondo de la cuestión -que motivó la cancelación: 'Ni podemos, ni debemos entrar -en el fondo de la cuestión que ha motivado la cancelación -de 'Madrid' en el Registro de Empresas Periodísticas, ya que todo permanece 'sub judice''. Se ocupan de otros dos aspectos: el problema profesional y el procedimiento administrativo. -Cierra el editorial manifestado su esperanza por la pronta -reaparición del diario, e insisten en algo que ya había tratado con anterioridad 'Informaciones': 'El actual régimen de prensa del país exige sin duda alguna la existencia de controles estatales firmes y adecuados pero estos controles, le jos de limitarse a ser simples mecanismos sancionadores, deben, como en la circulación rodada, ordenar el trAfico, evitando en lo posible las multas (...) " .
27_de noviembre de 1.971
_
'No se celebró la reunión del Consejo de Administra ción de la empresa matriz del periódico'.
En la página 11, inserta una noticia facilitada por encon-
'Europa-Press' en la que el presidente de la Asociación de la Prensa de Madrid, Lucio del Alamo, hace constar a un grupo de redactores de 'Madrid' que 'estA dispuesto a realizar en tas próximas semanas todo cuanto esté en su mano para trar una solución al problema del periódico' y 'en caso de
que llegara tal solución convocar una Junta extraordinaria de la Asociación de la Prensa con el objeto exclusivo de de' batir el caso',
Los consejeros de F.A·C,LS. declaran que 'no llegó a celebrarse la reunión del Consejo de Administración de F.A.C,E.S. por falta de quorúm', anunciando una inspección -de las acciones de la sociedad editora del 'Madrid'. 'que -puedan estar en posesión de la sociedad S.A.F.'. En un ladillo, se recoge la reunión del Jurado de Empresa en el Sindicato Provincial de Prensa, con el objeto de establecer una -comunicación informativa entre los dirigentes sindicales y el Jurado de Empresa, estudiar la situación de los trabajado res y comentar las gestiones realizadas en defensa de sus in tereses laborales.
En otro ladillo, informa del escrito remitido por los alumnos de 49 de Periodismo, donde manifiestan el 'rigor con que se ha aplicado determinada disposición vigente de -Prensa', para, finalmente, 'solicitar de la Federación de -las Asociaciones de la Prensa que gestione la reapertura del diario'.
En el último ladillo, recoge la 'Reunión con el di rector general de Prensa', Alejandro Fernández Sordo, con re presentantes del Jurado de Empresa y enlaces sindicales de 'Madrid', sai como con algunos redactores.
A pie de página, separado, existe una información recuadrada:' La resolución del cierre estaba elaborada desde el día 19'. facilitada por el Jurado de Empresa, donde se -dan cuatro puntos de especial importancia:
'1w, La resolución del cierre estaba elaborada seis días antes de su notificación.
- Por razones políticas se anticipó la notificación de la cancelación el jueves 25,
39, El Director General de Prensa sel¶aló que corres
- ponde a los miembros del Jurado de Empresa, en relación con sus representantes sindicales, la posibilidad de negociar con la actual empresa la posible reapertura.
4'. El Ministerio está dispuesto a facilitar la rea parición deldiario dentro de la ley. La Administración no -desea intervenir en la fórmula que posibilite la reaparición del diario'.
29_dc noviembre de 1.971
_
'La empresa: El periódico debe salir como era hasta ahora'.
En la página lo informa de la reunión del Juarado de Empresa con el presidente del Sibdicato, tras el cierre. Este declaró que quienes 'no tienen la culpa son los trabaja dores'. En un ladillo da noticia de las bases de la posible negociación: garantia económica de no hundimiento empresarial. continuidad de todos los puestos de trabajo, y el periódico
debe seguir saliendo como era hasta ahora.
En el siguiente ladillo, 'Una empresa sindical'. -el Sindicato propone una fórmula en caso de acuerdo: creación de una empresa sindical con capital unificado para afrontar la edición, con todos y cada uno de los actuales trabajadores, sin que el Sindicato vaya a dirigir el periódico, En el último de los ladillos: 'Condiciones con el sindicato' enume ra las condiciones o requisitos: a) negociar con la empresa 'en nombre de trabajadores, para garantizar su presencia en sus puestos de trabajo», b) 'informará a los trabajadores de las decisiones que se adopten' o) 'se compromete a no fir mar ningún acuerdo que pueda suponer una serma de la digni- dad de los trabajadores'.
30 de noviembre de 1.971
_
En la página 9 informa de las continuas reuniones para tratar el problema de 'Madrid', reuniones de la Junta -directiva de la Asociación de la Prensa de Madrid y el Conse jo directivo de la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa, con el fin de tomar una postura; Asamblea de todo el personal de 'Madrid' con el representante de la empresa, Gar cia-Trevijano, centrándose en el paro de las 200 personas -tras el cierre y dando un comunicado donde se especifica que la solución para una inmediata apertura seria 'una gestión -de arrendamiento'.
1 de diciembre de 1AZI
'El 'Madrid' puede reaparecer esta misma semana'.
En primera da esta noticia y remite a Oltima en -donde se dice que la empresa, el Sindicato de Prensa y la Fe deración Nacional de la Asociación de la Prensa llegaron a -un acuerdo para el arrendamiento de la cabecera en tanto se ve el pleito en litigio sobre las acciones de la empresa edi tora del 'Madrid'. Se informa del desconocimiento de la elupre Sa sobre si el actual director. Antonio Fontán, 'lo segirá -siendo en el futuro', anunciándose de que en caso de 'renun ciar se haría cargo de la dirección el actual subdirector,Miguel Angel Gozalo', Sarcfa-Trevijano. letrado y apoderado general de 'Madrid'. da el texto del acuerdo o 'memorándum', siendo la fórmula jurídica adoptada 'un arrendamiento de In dustria, con un precontrato a favor de la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa y el Sindicato Nacional de Pren sa, conjunta y solidariamente como arrendatarios', De momento, se abrirá con una inscripción provisional, siendo el tiem po de duración del precontrato de 'un año' prorrogable por -plazos anuales, encargándose la empresa arrendataria de todo el personal de la empresa, incorporando en su consejo de administración dos representantes del personal, uno por los redactores y otro por los demas empleados y obreros 'elegidos libremente por cada grupo'. La empresa arrendataria conserva rá 'la independencia informativa y la dignidad~± profesional del diario 'Madrid'. sin ruptura editorial'.
'Que las sanciones no sean ejecutivas hasta que se resuelvan los recursos'.
Informa de la Junta general de la Unión de Empresa nos de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad, que habla -acordado 'lamentar el cierre del diario 'Madrid'.
En un ladillo titulado 'El carácter ejecutivo de -las sancones' solicitaban que 'las sanciones Que Impliquen -supresión o interrupción en la publicación de un periódico -no sean ejecutivas hasta que hayan sido resueltos con carácter firme los recursos que, en su caso, se enterpongan, y tam bién que las Infracciones de las normas que regulan la mscripción de las empresas periodísticas en el Registro del Mi nistenio de Información y Turismo sean graduadas conforme a ji gravedad, de modo que sólo las muy graves puedan ser sancionadas con la cancelación de la inscripción'.
En otro ladillo: 'Diario 'Madrid'', la Junta relcolabo- teró el ofrecimiento hecho a la empresa editora para rar en la adopción de una fórmula que asegure la continuidad de la pubí icación.
2 de diciembre de 1.971
'La Federación de Asociaciones de la Prensa acepta intervenir en la reanudación del periódico'.
Se trata de una petición para que se proceda a una nueva redacción del articulo Z~ de la Ley de Prensa. Se reproduce a una notasoficial de la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa; 'en lo que se refiere a la tipificación de las limitaciones contenidas en el mismo. así como la sustitución del sistema de sanciones que elimina las posibilidades de que las mismas afecten en parte considerable a los trabajadores de los periódicos, como ocurre en los casos de interrupción de la publicación, mediante el establecimiento por via judicial de penalizaciones pecUniarias'.
En un ladillo titulado 'Reunión de la Comisión Per manente del Sindicato NAcional de Prensa, Radio. Televisión y Publicidad' en donde se informaba de que 'serán examinados todos los antecedentes relativos a la situación creada como consecuencia de la cancelación del diario 'Madrid'
3 de diciembre de 1.971
En portada y en página ti informa del regreso de
-Paris de Garcia-Trevijano que se habla entrevistado con Ra -fael Calvo Serer y declaró que 'el 'memorándum' es juridicamente vinculante y obligatorio'. Ademas, Calvo Serer 'le ha pedido que haga todo lo legalmente posible para que el perió dico salga el lunes', ratificando en su totalidad el memorán dum con los acuerdos básicos para la reaparición de 'Madrid'.
'El memorándum es juridicamente vinculante y obí igatorio'.
En esta noticia 'lnformaciones' dice que la nota -facilitada tras la reunión de la Comisión permanente del Sin dicato Nacional de Prensa, corta de raiz el optimismo con que se venian tratando las conversaciones para una inminente rea parición del 'Madrid'. Tal reaparición, no parece ni tan cía ra ni tan próxima como se suponía según los comunicados y las reuniones mantenidas. Estas dos noticias ocupan casi la tota lidad de la página 11 del diario,
4 de diciembre de 1.971
'La empresa pagó a los trabajadores, ante la negati s:sva~de hacerlo el sindicato'.
Se informa de la entrevista entre el Jurado de Empresa del 'Madrid' y el presidente del Sindicato Nacional de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad, con objeto de plantear el problema del pago de los haberes semanales del perso nal de talleres, el sindicato se negó 'por considerar que ha cerio supondría relevar a la empresa de una obligación, <,.j cuando una empresa no paga, hay unos procedimientos jurídicos y que son los que aconsejaba a los trabajadores. Si bien en el caso de que en un posible futuro no se pudiesen efectuar los cobros, el Sindicato garantizarla la fórmula para ellos'. En un ladillo 'La empresa pagó a los trabajadores' da cuenta del cobro de los anticipos por parte de los operarios del 'Ma
drid'. En otro, 'Señor Garcta-Trevijano: 'se ha infringido el articulo 29 de la Ley Sindical' '' , el apoderado del periódico, hace esta afirmación. El articulo citado dice: 'Al presidente (del Sindicato Nacional> le corresponderán las funciones de alta dirección, presidencia de los órganos de go bierno. así como la ejecución de sus acuerdos y la represen tación legal del Sindicato. Asumirá también las funciones de coordinación y composición cuando fuere necesario
6 de diciembre de 1.971
'Trece procuradores familiares condenan al cierre del 'Madrid'' 'Y.,
Reproduce el escrito redactado por los procurado- res, que consta de siete conclusiones. En la primera de estas se dice: ~Entienden que la diversidad informativa es fundamel tal. Y no comprenden que la Administración pueda tomar parti do frente a periódicos que hayan adoptado cualquier línea de enjuiciamiento sobre la actuación del Gobierno'. En la segun da consideran que el gobierno dispone para la presentación -de sus atos ante la opinión pública de los periódicos de la cadena del Movimiento.
7 de diciembre_de_1.971
'La reaparición del periódico plantea grandes difi c u 1 t a des' -
En esta noticia facilitada por diversas agencias informativas, 'Informaciones' recoge las declaraciones de Castro Villacañas, presidente del Sindicato Nacional de Pre,i sa. Radio, Televisión y Publicidad, en las que Se analizan los diferentes problemas que plantea el 'Madrid' para Su rea pertu r a
8 de diciembre de 1.971
'El Jurado de Empresa sol Icita aclaración del Mi- nisterio de Información y Turismo',
Se trata de la reproducción de la carta enviada -por los miembros del Jurado de Empresa a Sánchez Bella en la que se dice.'' El Jurado de Empresa del diario 'Madrid' ha lei do con sorpresa en el número 20.499 de 'ABC', sábado 4 de di ciembre , página 25, dentro de la referencia por usted dada del Consejo de Ministros, que 'no se ha pretendido imponer -ni director ni empresa, y que fue oportanamente ofrecida en beneficio del personal una fórmula no aceptada
Para conocimiento nuestro y de nuestros representan tos, quisieramos saber si tal fórmula, puesta en su boca. co rresponde exactamente a la realidad.
En caso afirmativo. ¿a qué tipo de fórmula se refie re?, ¿cuando fue sugerida, antes o despue's de la cancelación? En espera de tener contestación por su parte, aprovechamos la
ocasión para saludarle atentamente'.
ID_ de diciembre de 1,911
'Esta ultimada la contra-propuesta del Sindicato'.
Enla página 9, se da cuenta de la contrapuesta -del Sindicato Nacional de Prensa. Radio. Televisión y Publi cidad. También se dice que Antonio Fontán dimitirá como rector del diario 'Madrid'.
II _de diciembre de
1.911
'El 'affaire' 'Madrid'
En esta breve noticia de la página 2 se hablaba de las negociaciones para la reaparición del vespertino, del es crito de los trece procuradores, de la tensión entre GarcíaTrevijano y los representantes del Sindicato y de probables delitos cometidos por Rafael Calvo Serer en un articulo pubí icado en 'Le Monde'.
13_de diciembre de 1.911
'El periodismo como mito'.
En el articulo publicado en la página 3, 'Informaciones' muestra su preocupación por el cierre y por la tardan za en encontrar una fórmula para su reaparición, Consideran importante la amenaza del paro que Se cierne sobre las cerca di-
de doscientas personas que hacian el diario, así come la tras cendencia de la desaparición de un órgano de opinión e infor mación.
'Desánimo en los trabajadores y preces en algunas iglesias'.
Este mismo día, 13 de diciembre. en la página 9, informa de la visita de un grupo de redactores de 'Madrid' al secretario general de la Organización Sindical, Rodolfo Martin Villa, a quien expusieron su situación. A su término los trabajadores expresaron su pesimismo sobre la pronta rea parición del diario.
14 de diciembre de 'L971
_
'Presidente del Sindicato de Prensa.'' El caso se ha complicado~!
En esta noticia se da cuenta de que prosigu~t las gestiones del Jurado de Empresa del diario 'Madrid' ante dis tintas autoridades para procurar una rápida reapertura del -vespertino madrileño, En un ladillo se Inserta la declaración de Antonio castro Villacañas, presidente del Sindicato Nacio nal de Prensa, 'El caso se ha complicado' y que no cabria con trapropuesta sindical hasta que el Consejo de Ministros no aceptase o desestimase el recurso de alzada interpuesto por la empresa propietaria de 'Madrid' contra su cierre. También informa de la entrevista mantenida por el Jurado de Empresa
con Licinio de la Puente, ministro de Trabajo quien dijo que 'no hay nada en contra del director o de la línea editorial'-
'Recurso de alzada ante el Consejo de Ministros'.
Ese mismo día, en la página 32, 'Informaciones' -da la noticia del recurso de alzada interpuesto por la empre sa propietaria del diario 'Madrid' contra la orden de cierre del Ministerio de Información y Turismo.
15_de diciembre de 1.911
'Muchas gestiones y ninguna solución'.
Cuenta que el Jurado de Empresa y una representación de redactores del diario 'Madrid' fueron recibidos por el director general de Prensa, Fernández Sordo, quién se com prometió a los siguientes puntos:
'1', Urgir a las partes para que lleguen a un acuer do. 2'. Hacer todo lo posible para que el recurso de alzada presentado ayer por la empresa ante el Consejo de Ministros sea estudiado en la próxima reunión del día 17' 3~» Asimismo gestionar una entrevista de los representantes de 'Madrid' -con el ministro de Información y Turismo, señor Sánchez Bella'.
'Rechazo energicamente que la Administración haya tomado partido frente a nadie',
En la misma página 9, y bajo la información anterior, aparece esta que es la contestación del ministro de In
formación y Turismo. Sánchez Bella al escrito remitido por un grupo de trece procuradores familiares. Consta de seis puntos y en el orimero se dice.'' La Ley de Prensa es un tex to legal aprobado por las Cortes Espallolas, cuya aplicación compete al Ministerio de Información y Turismo
'El día 22. suspensión de pagos de la empresa cdl tora de 'Madrid' 'Y.
En esta breve noticia se da la fecha del 22 de di ciembre como límite para encontrar una solución para la tea parición del diario 'Madrid'. de lo contrario la empresa edi tora comenzarla a gestionar la suspensión de pagos. Cuando los trabajadores conocieron este 'ultimatum' cundió en ellos el pesimismé y la desolación,
17 de diciembre de 1.971
'El arzobispo de Madrid mediará para la reapari- ción del periódico'.
En la página 9 se recoge esta información en la -que se dce que el arzobispo de Madrid se ha unido a un nútri do grupo de personas que están gestionando la reaparición del vespertino madrileño. Enrique y Tarancón manifestó en una en trevista con una comisión de redactores y el Jurado de Empre La que 'recngeria las legitimas inquietudes planteadas para hacerlas llegar a las instancias en que se encuentra la clave para la solución del problema'.
18 _de diciembre de 1,971
'El conflicto del 'Madrid' no puede asinilarse a un expediente de crisis cualquiera'.
En la página 12 recoge las declaraciones del pre- sidente del Sindicato Nacional de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad. Antonio Castro Villacañas. en las que hace dis tinción entre el diario 'Madrid' y cualquier otra empresa, a la hora de abrir un expediente de crisis.
20_de diciembre de 1.971
'Requerimiento. notarial de la empresa ante el Sin dicato Nacional de Prensa
En la página 8 reproduce integramente el texto del requerimiento notarial. En el mismo Antonio Garcia-Trevijano manifiesta 'que el pasado dfa veintinueve de noviembre de mil novecientos setenta y uno se firmó un contrato de acuerdos básicos entre don Lucio del Alamo Urrutia, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa, y don Antonio Castro Vil lacañas, presidente del Sindicato Nacional de Prensa, nadio, Televisión y Publicidad, de una parte, y el requirente, en el mismo concepto en el que ahora intervienen, de otra parte',
21 de diciembre de ¾921
reunión.
'Ayer, reunión del Comité Ejecutivo SindIcal' En la página 9 se da una breve información de esta
'Los trabajadores de 'Madrid' estudian una rativa', coope-
En esta, se da cuenta de que los trabajadores de la empresa de 'Madrid' han llevado a cabo un estudio para la formación de una cooperativa laboral a fin de hacerse cargo del periódico. 'Esta fórmula fue aludida como posible solt¡ción por diversos interlocutores oficiales, entre otros, el ministro de Relaciones Sindicales, durante las recientes ges tiones de alto nivel llevadas a cabo por una comisión de re dactores y el Jurado de Empresa del 'Madrid'
El personal del vespertino piensa que el rondo Na In- cional de Protección al Trabajador, el Banco de Crédito dustrial y las cajas de ahorro le harán llegar las facilida des y créditos necesarios.
22 de diciembre de 1.971
'La Asociación de la Prensa pide la urgente reapa rición de 'Madrid'
La Asociación de Prensa se ofreció a colaborar, en la solución aprobada en su seno por unanimidad 'creación de una Sociedad Anónima Laboral o de cualquier tipo mercantil -
dentro de los términos de la Ley de Prensa con la participa- ción y presencia directa del personal en la gestión económi ca:'.
'La prensa y sus profesionales'.
En el articulo se vuelve a reiterar 'que el diario 'Madrid' debe reaparecer con la máxima urgencia, recabar de la Administración y la empresa editora del diario una fórmu la legal que permita esa inmediata reaparición en tanto falía el Tribunal Supremo de Justicia, presentación de una pro posición de ley por los periodistas procuradores y otros representantes de la Cámara que recoja la posibilidad de reformar el articulado de la Ley de Prensa, de cara a que las acciones administrativas o judiciales no repercutan en la seguridad profesional de quienes hacen los periódicos
23 de diciembre de 1.971
'El sector sindical de pubí icidad ante el cierre de 'Madrid''.
En la página 7 informa del malestar creado en el seno sindical de publicidad ante el cierre del vespertino -madri leño.
24 de diciembre de lA7~
'El Príncipe de España recibió ayer a los represen
tantes del diario 'Madrid'
Refleja la visita realizada por un grupo de traba dores del periódico al Príncipe de España, Juan Carlos de Borbón quién dió ánimos a los mismos,
28_de diciembre de 1.971
'Telegramas de adhesión a 'Madrid' 'Y.
La noticia de la página 8 recoge los numerosos te legramas enviados por colegas extranjeros como 'Le Monde', 'New York Times' y 'Le Soir' que se interesan por el futuro del vespertino de la capital de España.
'Reunión de la junta directiva de la Asociación de la Prensa para tratar del 'Madrid''.
En la página 28 se informa de las negociaciones -para la reapertura del periódico entre el apoderado, García Trevijano y el presidente de la Asociación de la Prensa, Del Alamo Urrutia.
29 de diciembre de 1.971
'Do;, Antonio Fontln, director de 'Madrid' ha dimi ti do
En una carta oue dirige al presidente del Consejo 'de Admini otración del periódico. . Rafael Calvo Serer, Antonio Fontán, estima que con la inscripción en el Registro de
Empresas Periodísticas cancelada lo más oportuno por su par te es presentar la dimisión. Y piensa 'contribuir con esta medida a la reaparición del diario'. Sin embargo continua -vinculado a la empresa como miembro del Consejo de Adminis- tración del 'Madrid'.
30 de diciembre de 1.971
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'La Junta Directiva de la Asociación de la Prensa estudia la reaparición del periódico'.
El personal de la redacción tiene una cierta espe ranza en una rápida salida al problema ante la posible viabilidad para la reaparición del diario de la colaboración - con la Asociación de la Prensa;
3i de diciembre de U97I
'Oferta de la Asociación de la Prensa para la rea parición del periódico'.
El último día del año, 'Informaciones', en su página ID inserta la noticia del ofrecimiento hecho por Lucio del Alamo, presidente de la Asociación de la Prensa de Madrid, a fin de gestionar la rápida reapertura del vespertino madrileño, desaparecido cl 25 de noviembre,
5.3.4. 'Pueblo'.
Edita:
Ediciones y Publicaciones Populares,
Redacción, oficinas y talleres:
C/ Huertas, 73
Director:
Emilio Romero.
Formato;
315 x 4515 cm.
Precio:
5 pesetas. Los domingos no sale.
'Pueblo' difiere de los demás diarios por similitu des con los periódicos anglosajones: la gran abundancia de fotos da un carácter de diario 'de masas' y su dimensión es bastante más grande que la de otros de tipo tablolde. Dedica más espacio que otros a problemas laborales, pero no se percibe el fermento del mundo del trabajo ni de los procesos reales del movimiento obrero a través de sus organizacio nes clandestinas. Pretende satisfacer las exigencias de un público menos diferenciado, pero siembra el desinterés en -los temas más candentes para redundar en temas muy lejanos de la crónica española.
26 de noviembre de 1,971
'No saldrá el 'Madrid'
En la página 19 anuncia que a partir de este día no saldrá el periódico, Publica íntegramente los diez puntos de la nota sobre la cancelación del diario 'Madrid' en el -Registro de Empresas Periodísticas.
En la Nota de Redacción expone la preocupación por la situación delos cotupafleros; el deseo de reaparición del diario y un ofrecimiento de colaboración para encontrar la solución del problema. Además denuncian el riesgo de algunos periódicos de Infiltraciones específicamente políticas. En resumen, solidaridad con los compañeros del 'Madrid'. En un párrafo dice: 'Tampoco nuestra información seria completa si no lamentáramos el riesgo que pueden padecer algunos periódicos españoles, de infiltraciones específicamente políticas. Que poco tienen que ver con la empresa industrial, informativa y de opinión, y que con sus aventuras fuera de la legalidad pueden poner en peligro el pan y la estabilidad da em pleo de una comunidad de trabajadores (--4'-
27 de noviembre de 1.971
_
'El Jurado de Empresa informó al Sindicato'~
Es una pequeña información que aparece en la pági- na II sobre las gestiones llevadas a cabo por el Jurado de empresa y el Sindicato Provincial de PrensaEl presidente del Sindicato y el de la Unión de trabajadores y Técnicos, 'reiteraron a los representantes del diario 'Madrid' su decisión de intervenir en defensa de los intereses laborales de los trabajadores de la empresa, dentro del marco de la legalidad vigente, sin distinción de categorias o cargos'.
'El jueves día 25, el diario 'Madrid' publicaba... 'Adios' 'Y.
En la sección 'Lo que destacé esta semana' de la página 14, recoge los párrafos más significativos del articulo publicado por Antonio Fontán, director del vespertino, en la portada de su propio periódico el día del cierre del mismo:
'Madrid, bajo la presidencia de Rafael Calvo Serer ha tratado de realizar la esforzada tarea profesio nal de dotar al país de un diario independiente, -en información y en opinión (.. .). Reproducimos -agradecimientos dirigidos a los periodistas tanto veteranos como jóvenes, que colaboraron con el periódico; a los universitarios, intelectuales, escritores y expertos; a los trabajadores de la casa a los lectores, razón de ser de un periódlco.<,..) Hay en el actual ordenamiento de la Prensa y en la misma ley y en su desarrollo algo incompleto o deficiente que requiere urgente consideración por par te de los altos órganos ejecutivos y de representa ción del pals.(..4 Esperanza de que en su día, -'Madrid' -el de estos cinco añospodría volver al encuentro de su público'.
1 de diciembre de 1.971
'Posible reaparición del 'Madrid'
' -
Nuestra las esperanzas de una pronta reaparición del periódico. habla sobre el memorándum de acuerdos básicos, en la página 6.
3 de diciembre de 1.971
'El Sindicato no acepta el memorándum'.
Con el sumario: 'La empresa pretendía percibir, -anticipadamente y al contado más de 7 mIllones ', en la página 20 Informa sobre la nota facilitada tras la reunión de la Comisión Permanente del Sindicato Nacional de Prensa, en la que se da a entender que la posible reaparición del 'Madrid' está más lejos de lo que se pensaba.
'Garcia-Trevijano lo considera vinculante''
En una noticia aparte facilItada por 'Europa-Press' el apoderado del vespertino madrileño hace unas declaraciones despues de entrevistarse en Par¶s con Calvo Serer.
II de diciembre de 1.971
'Compareció Garcia-Trevijano'
En la página VI, inserta una noticia facilitada
-por 'Europa-Press' en la que da cuenta de que el día anterior Garcia-Trevijano habla comparecido ante el Tribunal Orden -Público por posibles indicios de culpabilidad en actuaciones de Calvo Serer.
14 de diciembre de 1.971
'Diario 'Madrid' siguen las gestiones para su rea
parición' -
En la página 7 informa sobre las gestiones llevadas a cabo. Comenta la entrevista del Jurado de Empresa con el Ministro de Trabajo, Licinio de la Fuente, y con el Secretario General de la Organización Sindical, Podolfo Martfn Villa. Este 'Cítimo trató con el jurado aspectos políticos -de la repertura del diario como la continuidad del director y de la línea editorial de 'Madrid'. El Jurado de Empresa -manifestó 'quela empresa a constituir seria libre de asignar director a su gusto aunque no descartó la consulta a -los trabajadores'.
'La empresa sindical podría cambiar el director'. Vi-
Informa de la reunión del durado de Empresa con el Presidente del Sindicato Nacional de Prensa, Antonio llacañas y comenta; 'el caso se ha complicado, no habrá con trapropuesta sindical hasta que el Consejo de Ministros no acepte o desestime el recurso interpuesto por la empresa oro pietaria de 'Madrid''. Aborda el tema del Cambio en la dirección del vespertino, asimismo.
¡6 de diciembre de 1.971
~'El Jurado de Empresa con García qamal
BaJo el subti tulo 'El miercoles día clave', 'Pueblo' da la noticia de la petición de suspensión de pagos 'el pró ximo día 22 si en esa fecha no se han cumplido los acuerdos
para la reaparición del ~riódicofirmados por el presidente del Sindicato Nacional de Prensa' o si la empresa no recibe 'una respuesta a los mismos'. El apoderado de 'Madrid', An tonio Garcia-Trevijano. pidió el cumplimiento judicial del memorándum. 'Pueblo' estima 'que el cierre del periódico -cuesta a la empresa alrededor de medio millón de pesetas día ri amente',
'Por el Tribunal de Orden Público, Calvo Serer pro cesado'.
Informa 'Pueblo' que ha sido decretada la prisión provisional a Rafael Calvo Serer como resultado de la publi cación de un articulo del mismo en el periódico francés 'Le Monde', según dicta el Código Penal en su artIculo 132.
IB de diciembre de 1.971
'Sánchez Bella: 'Cualquier solución dentro de la
Ley' 'Y.
El ministro de Información y Turismo. Alfredo SAn se chez Bella hace unas declaraciones que recogen casi todos -los diarios en las que muestra su preocupación por la situa ción de los redactores y todo el personal laboral pero reafirma en buscar 'cualquier solución de la ley'.
22 de diciembre de 1.971
'una carta reveladora'.
En la página 3 aborda ampliamente la carta dlrigi da por los redactores del diario al presidente de la Asocie ción de la Prensa de Madrid, Lucio del Alamo Urrutia donde se plasma claramente la opinión de los antiguos redactores de 'Madrid' respecto alactual problema. Manifiestan no ester de acuerdo con haber sido transferidos sin consulta a la nueva empresa (la de los últimos cinco años> ya que ha -variado la línea editorial respecto a la del fundador Juan Pujol que es la que ellos apoyan. Afirman que aunque para el cierre del periódico no se han aducido motivos políticos, en los anteriores cierres que tuvo sí se manifestaron estos mo VIvos por parte de la Administración.
Si se aceptara la tesis de mantener la línea edi- tonal continuarla la amenaza de nuevas sanciones y cierres, habría que buscar una nueva fórmula que de al periódico pers pectiva de vida'' seria una burla financiar una continuidad idelógica que ha llevado al diario 'Madrid' al enfrentamien to con la Administración y a la castástrofe económica',
Como solución los redactores proponen que el Sindi cato y la Asociación de la Prensa promuevan la reaparición de un periódico 'Madrid' similar al de Juan Pujol.
'Alta Tensión'
'Se echo abajo una moción de un grupo reducido de
'Madrid', partidario de situaciones conflictivas permanentes'.
Este diario, 'Pueblo', es el único que da con de- talles la información relativa a la reunión que habla tenido lugar el día anterior en la Asociación de la Prensa de Ma4 drid. En la misma intervino Emilio Romero, que adoptó una -táctica de obstrución contra los periodistas del diario 'Ma drid' que intentaban una solución urgente. Romero se opuso a la intervención de la Asociación de la Prensa en el asunto del 'Madrid' diclendo¿que 'hay que librar a la Asociación de la Prensa de Madrid de cualquier tipo de compromiso en los asuntos políticos y económicos de diario 'Madrid', ya que la Asociación de la Prensa es una entidad representativade todos los periodistas'. 7 , =
En el articulo se decía; la situación del
'1.~. 'Madrid', concentré la más alta tensión de la tarde. Un gru po reducido de redactores del periódico 'Madrid' elevó en los comienzos de la reunión un escrito-moción (...?l. Emilio Romero se levantó para decir que en este escrito se elimina ra el desapasionamiento y el realismo, porque el objetivo -de todos era la reaparición del periódico 'Madrid' (..4. El periodista Joaquín Aguirre Beliver que ofreció testimonios irrefutables sobre la conf iguración política del periódico en estos últimos meses, fue continuamente interferido por el reducido grupo de 'Madrid' para evitar que dejara el ver dadero fondo y naturaleza de la empresa propietaria que ha
sido cancelada Lo que sorprende de ésta reunión es
(,..). -que se dio la sensación de que el bloque de periodistas de 'Madrid' <con más disposición política que profesional) ofre cia un cuerpo compacto y no era así. El presidente de la -Asociación de la Prensa no leyó la carta del 70% de la plan tille del periódico y que hubiera clarificado el problema. Una treintena de redactores de 'Pueblo' y otros periodistas de distintas redacciones defienden calurosamente la reapari ción de nuestro querido colega'.
23 de diciembre de 1.971
'Tirando de la manta'.
Este articulo de opinión ocupa toda la página y asus- en él se refiere 'Pueblo' a los hombres del diario 'Madrid' previamente amordazados como 'irresponsables políticos a -quienes, al parecer no les satisfacen los seiscientos mil -muertos de la guerra civil; totalitarios de grupo con tado dinero bancario para meter en un pufo a un país que -quiere paz y progreso, y no violencia y guerra, y revolucio narios de salón con dogmas chinos y vida confortable burgue Sa''
'El 'Madrid', ¿Solar o periódico?'
En la página 20. se plantea esta pregunta y una
Nota de Redacción dice: 'Como es sabido estos días había dr culado profusamente el rumor de que todo lo inexplicable en
el caso del diario 'Madrid' quedaba claro si se tenía en cuen ta que podría ser más rentable la venta del solar del periódico magníficamente situado en pleno barrio de Salamanca, que la continuidad de la publicación.
A éste respecto debemos decir que tal tentación de tipo económico era ya clara en tiempos del fundador Juan Pu jol que en ningún caso presté oidos a semejante posibilidad dada su vocación periodística, afirmando que la maquinaria -jamás seria vendida.
24 de diciembre de 1,971
'?4entis a Trevijano'.
Se trata de una nota facilitada por Eugenio ilazón, jefe de los servicios jurídicos de:la Organización Siodical que empieza diciendo; 'La nota que pubí ica el periódico 'YA' en la que se explica la entrevista que sostuve con el -señor Garcia-Trevijano en los locales del diario 'Madrid' -contiene la 'verdad a medias' sobre lo tratado'. A continuación, Eugenio Mazón hace varias puntualizaciones como que la Comisión Permanente del Sindicato Nacional de Prensa, Radio. Televisión y Publicidad comunicó a la Organización Sindical las dificultades de tipo jurídico, económico; financiero y orgánico para constituir una empresa que, en el ámbito del Sindicato, pudiera responsabilizarse de la edición del diario 'Madrid'. en el supuesto de llegar a un acuerdo con los pro'
pietarios del periódico.
También escribe que su intervención en el Comité Ejecutivo Sindical que estudió el asunto se limitó a recor dar que en la cancelación registral del periódico no había intervenido la Organización Sindical. Que pensando en las familias de los trabajadores intentaba su reaparición sí el 'Madrid' cedía con carácter provisional y temporal, el uso de la cabecera del periódico y los elementos patrimoniales necesarios para la publicación. 'Resulta por tanto, inaudita la referencia de lo dicho por el señor Garcia-Trevijano en la asamblea celebrada en el periódico 'Madrid', y no puedo -comprender como puede decirse que antes de entregar el perió dice a la Organización Sindical 'se hundirá esta casa'. La Organización Sindical, a través de mi, no pretendía, ni pre tende, la entrega del 'Madrid', sino proteger los derechos de los trabajadores y redactores del periódico, procediendo a su publicación, aunque le consta que ésta es deficitaria. Espero que el cambio de actitud del senor Garcia-Trevijano -sea exponente seguro de que han encontrado una fórmula finan ciera que les permita satisfacer íntegramente a estos trabajadores, a los que, por cierto, si quiero decir desde aquí -que cuanto les sean vulnerados sus derechos tienen a su dis posición los servicios jurídicos sindicales que me honro en dirigir'.
5.3.5. 'YA'
Edita;
Editorial Católica, S.A.
Redacción y talleres;
C/ Mateo Inurrla, 16.
Director:
Aquilino Morcillo Herrera.
Formato:
28'5 x 43
Precio:
5 pesetas. No sale los lunes.
'YA' creado por el Cardenal Herrera Oria. promotor de la prensa católica en España y fundador del desaparecido 'El Debate', pertenece a la editorial católica. Su formato es tabloide. cuenta con unas 56 plginas de las que aproximadamente lE son en huecograbado (cuatro al principio y al final, y ocho en el centro>. Abundante espacio publicitario. -que ocupa casi la mitad del periódico. Con el tiempo, 'YA' -adquiere la capacidad de plantear una crítica a las Instituciones frañquistas y al gobierno de manera asombrosa, manteniéndose dentro de lo aceptable. Ofrece a sus lectores un pa norama amplio y variado de noticias, diversificando las fuen tes de información y sin imponer acriticamente sus opiniones.
26 de noviembre de 1.971
_
'Don Antonio Fontán: 'Adios
En la página 17, dentro de la sección de opinión -titulada 'Ver, oir y . .. contarlo' se reproduce el articulo del 'Madrid' del día 25, y sobre éste dice: 'Incompleto y
deficiente aspectos del ordenamiento de la Prensa y en la
-misma Ley. me requiere urgente consideración por parte de -los altos órganos ejecutivos y de representación del país. El carácter ejecutivo de resoluciones que pueden legalmente revisarse conforme a nuestro ordenamiento jurídico puede ge nerar perjuicios de dificil reparación no sólo a intereses legítimos de personas concretas -trabajadores, periodistas, etcsino a la de la opinión pública general, que pierde ór ganos de información y opinión'.
'Hoy no aparecerá el diario 'Madrid'
Este titulo aparece en el sumario de portada. Es -una O amada en la que destaca que la Dirección General de Prensa expone las razones de la cancelación de la inscripción del pe riódico.
La página TE la dedica por completo al 'Madrid', -reproduciendo integramente la nota oficial de los Servicios Informativos de la Dirección General de Prensa y con otras -dos Informaciones: 'El Sindicato Nacional de Prensa gestione la reaparición de 'Madrid', en la que se da noticia de las conversaciones entabladas entre el presidente del Sindicato Nacional de Prensa, Antonio Castro y el ministro de Información y Turismo, Sánchez Bella. Y que a las doce se reuniría el Consejo de F.A.C.ES. que iba a estudiar las posibles medidas ante la cancelación de la inscripción del vespertino,
27 de noviembre de 1,971
'Condiciones previas para la reapertura del diario 'Madrid'
En la página ¶7, dentro de la sección de Información Nacional, se informa de las déstiofles seguidas a todos los niveles durante el día anterior. Da cuenta de los puntoi acordados por parte de los redactores del 'Madrid' para su negociación por parte del Sindicato: garantizar la cobertura económica, el mantenimiento de toda la plantilla incluso de su director Antonio Fontán. y su participación en la em presa de forma interina hasta que los tribunales den la solución definitiva.
En un ladillo titulado 'Punto de vista empresarial'
cuenta una conversación mantenida entre el Jurado de Empresa y García-Trevijano, apoderado de la empresa que destaca que 'la empresa no tiene culpa de una decisión ministerial. Las garantias para la apertura del diario son:
- a) 'que la persona o entidad que se hicieron cargo. con carácter interino, de la explotación del periódico, aseguraran la evidencia de que éste no se iba a hundir económicamente'
- bí 'el señor Garcia-Trevijano entiende que esta ga rantia económica es fundamental para la conversación de todos los puestos de trabajo',
28_de noviembre de_ 1.971
_
'El Sindicato apoya a los trabajadores de 'Madrid'.
En la página 15, y teniendo como subtítulos: 'El -Jurado del periódico negociará con la Empresa' y 'Se preten~ de crear una empresa sindical con capital unificado' informa de la entrevista entre el Jurado de Empresa del diario 'Madrid' y el presidente del Sindicato Nacional de Prensa. Este último, manifestó que si Interviene el Sindicato es para man tener a 'Madrid' como estaba,no para transformarlo. Tamblen dijo que ya existe una fórmula para el caso de que se llegara a un acuerdo, y que consistiria en crear una empresa sindical con capital unificado para afrontar la edición. 'Nuestra intención es publicar 'Madrid' con todos y cada uno de -sus actuales trabajadores. El Sindicato no va a dirigir el -periódico, En la elección del director se estará de acuerdo con la empresa actual. U -. ) El actual director es uno de -los nombres a considerar, ya que no existe para su persona -veto alguno -
30 de noviembre de _ 1.971
'La empresa de 'Madrid' propone una fórmula de -arrendamiento' -
Recoge la noticia de la reunión que sostuvieron las
200 personas que componen la plantilla de redacción y talleres con un apoderado de la empresa.
En un ladillo, se facilita la contestación de Bar cla-Moncó en carta dirigida a De Juan. presidente de la Sociedad de ~edactores de 'Madrid'; 'lo tendré presente oportunamente -la petición de considerar preferente en la suscripción de las acciones a la Sociedad de Redactores-, al tiempo de ejecución del mencionado laudo'.
En otro ladillo. 'Reunión de la Junta Directiva de la Asociación de la Prensa', informa de como el presidente de la Asociación, Lucio del Alamo 'recaba el parecer de la -Junta Directiva con vista a la reunión que mañana celebrará la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa de España'. Esta información aparece en la portada dentro del sumario y en la página ¶4, en la sección Nacional y la fuente era la agencia 'Cifra'.
1 de diciembre de 1,971
'El caso 'Madrid'
Se trata de un editorial que aparece en las pági- nas 7 y 8, dentro de la sección 'Editoriales y Colaboradores' en el que se pone de relieve que 'deliberadamente hemos querido esperar a que el problema del diario 'Madrid' quedase -planteado en sus términos definitivos para comentar -por aho rauno de los aspectos, muy grave a juicio nuestro, en vir tud de las circunstancias que se dan en el caso. Nos referimos a la situación laboral'. Este es uno de los temas primor
diales que le preocupa y resulta la falta de empleo en el te rreno periodístico y las dificultades, pues, que el caso pre senta.
El editorial prosigue, analizando, 'el problema ge neral del diario 'Madrid' es muy complejo. Tiene un aspecto legal, un aspecto político, un aspecto económico que cuesta trabajo convencerse de que sólo con la desaparición del periódico pueda zanjarse . ¼..> Pero a ninguno de ellos queremos aludir ahora. Nos intersa tan sólo el persona)'. Personal y lectores son los dos aspectos que ponen de relieve -la preocupación de 'YA' con respecto al cierre, pero finalíza el editorial con una visión muy optimista, 'por encima -de todas las dificultades aparecerá, sin duda, estamos segu ros de ello, la solución m~s equitativa'. Aunque ya despues 'Madrid' no saliera a la calle.
'La empresa del diario 'Madrid' firma sus condicio nes -
En la página 13, dentro de la sección Nacional, es tá una noticia que habla del acuerdo de no participar en la empresa sindical que editase a partir de ahora el diario clau surado por estimarla inviable como posible fórmula se sugirió la creación de una cooperativa integrada por todo el personal actual de 'Madrid'. En un ladillo se expresa la solidaridad del ter cer curso de la Escuela de Sociología de la Universidad Complutense de Madrid con la Sociedad de Redactores del diario,
Además se informa de como Garcia-Trevijano, apoderedo del 'Madrid', envia firmado el memorándum de acuerdos -básicos para la reapertura del periódico al presidente del Sindicato Nacional de Prensa. Antonio Castro. y al presiden te de la Asociación de la Prensa de Madrid, Lucio del Alamo. Según Garcia-Trevijano, el memorándum es un 'fiel reflejo -del acuerdo verbal al que llegó con los señores Castro y Omí Alamo -
Por último, se cita la reunión mantenida por la -Junta General de la Unión Nacional de Empresarios y el Sindi cato Nacional, con las conclusiones relativas a la Ley de -Prensa e Imprenta: 'Se acordó solicitar de los poderes púbí! cos que las sanciones que impliquen supresión, o interrupción en la publicación de un periódico no sean ejecutivas hasta -que hayan sido resueltos con carácter firme los recursos que interpongan; y que las infracciones de las normas que regulan la inscrlpción de las empresas periodísticas en el Regis tro de Empresas Periodfsitcas del Ministerio del Interior -sean graduadas conforme a su gravedad, de modo que sólo las muy graves puedan ser sancionadas con cancelación de la mscripción. debiéndose arbitrar acciones previas a la sanción'.
2 de diciembre de_1.971
'Condiciones de la empresa para la reapertura de 'Madrid'
Esta noticia se da en el sumario de portada y remi te a la página IB. Informa de la lectura del 'memorándum' por el apoderado de la empresa de 'Madrid' Garcia-Trevijano. La fórmula jurídIca adoptada en el acuerdo es la de un arrendamiento de industria, con precontrato a favor de la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa y el Sindicato Nacional de Prensa. Ademas en dos ladillos se informa de lo siguiente: 1. La clausula adicional: 'Todo está pendiente de la reunión que hoy ce lebrará la Comisión Permanente de la Junta Nacional del Sindicato'. la, La Federación de Asociaciones de la Prensa examina la cuestión: piden una mayor perfección en la redacción del articulo 2 de la Ley de Prensa. 'por lo que se refiere a la tipificación de las limitaciones'.
3 de_diciembre de 1.971
'La empresa del 'Madrid' considera resuelto el pro blema de la reaparición del periódico'.
En la página IB. dentro de la sección de 'Informa- ción Nacional' da cuenta de la entrevista mantenida en París entre Garcio-Trevijano y Calvo Serer quien despues de estudiar el memorándum para la reaparición del 'Madrid', ha rati ficado todos sus puntos. Y reproduce la rueda de prensa que a su llegada a Madrid dió en el aeropuerto Garcia-Trevijano.
'El Sindicato Nacional de Prensa aclara su postura'
En la misma página. inserta otra información reía-
tiva al diario 'Madrid'. Reproduce la nota oficial facilita da por el Sindicato Nacional de Prensa, que había estado el día anterior estudiando los problemas sindicales de la reso lución del Ministerio de Información y Turismo de la cancelación de la inscripción en el Registro de Empresas Perlodis ticas del 'Madrid'. La empresa del'Nadrid' exige más de sie te millones de pesetas anuales en cqncepto de arrendamiento, El Sindicato tomó como objetivo primario 'el que los trabajadores tengan garantizado en todo caso su salario'.
4 de diciembre de 1.971
'Suspensión pero con sentencia'
Se trata de un editorial que inserta en la pagina
én el que se hace alusión al periódico 'Informaciones' que había escrito 'La desaparición de un periódico implica un eco que se apaga. una vez que enmudece y un diálogo, por en de, menos contrastado y menos constructivo'. Vuelve a hacer hincapié en el problema laboral y habla de la apremiante ne cesidad de perfeccionar la Ley de Prensa, 'que ha sido auto rizadamente definida como ley de transición puede y debe ya ser perfeccionada en diversos puntos, y uno es éste; por via de una interpretación de sus preceptos o, mejor todavía, yen do directamente a su reforma'.
'La empresa del diario 'Madrid' pago a los obreros'
Este mismo día, en la página 17. dentro de la sec
ción de 'Información Nacional' inserte una noticia del co- bro de sus anticipos semanales por parte de los ciento trein ta empleados de los talleres que ascendían a setenta y cuatro mil pesetas. Destaca la información sobre las partidas del arrendamiento del diario: 'la mitad de ese dinero es el que la empresa anualmente destina al capitulo de amortizacio nes'. La segunda partida irla destinada al alquiler del edi ficio del 'Madrid' que tenía una renta de once millones de -pesetas anuales.
En el memorándum no existe ninguna clausula adicio nal · sino una reserva añadida por el propio Castro Vi llaca-ñas; y la confianza 'de la reaparición del diario para el próximo lunes
'Nota del Jurado'.
la información anterior aparece una nota faci
Bajo litada por el Jurado de Empresa: Esta da cuenta de la reu-nión de jurados de empresa y enlaces sindicales del 'Madrid' con Antonio Castro Villacañas. presidente del Sindicato Nacional de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad, 'los miembros del jurado expresaron que el memorándum firmado por el presidente del Sindicato y el presidente de la Federación de la Asociación de la Prensa no hace exigible el cargo de las cantidades anticipadas que habitualmente ef'ectua la empresa todos los viernes, ni ninguna otra cantidad'. El presidente del Sindicato aconsejó a los jurados acudir a los procedimien tos jurídicos que existen para cuando una empresa no paga.
5 de diciembre de 1,971
'El caso del diario 'Madrid' según un grupo de pro curadores fajuiliares'.
En esta, unos prácuradores no comprenden que la Ad ministración pueda tomar partido frente a periódicos que ha yan adoptado cualquier forma de enjuiciamiento sobre la actuación del Gobierno. Muestran su 'extrañeza ante el hecho de que la Administración, que concedió con carácter definitivo la ínscripción de 'Madrid' en el Registro, la cancele de oficio' y 'anuncian la elaboración de una proposición de ley para actual izar y adecuar la legislación de Prensa',
'El lunes nueva asamblea en el diario 'Madrid' Esta información da cuenta de la nueva reunión de los trabajadores del 'Madrid'. En ella el sindicato podría pedir que se rebaje el canon de arrendamiento.
7 de diciembre de 1.971
'Diario 'Madrid' todavía no hay solución'.
En portada, dentro ccl sumario y en la página 11, informa de la reunión del día anterior de la plantilla del 'Madrid' en la que el acuerdo principal fue el rectificar la confianza al jurado de empresa para que este prosiga las ges tiones ante el Sindicato Nacional de Prensa, Radio. Televisión y Publicidad. Federación Nacional de Asociaciones de la
Prensa y la Administración.
También informa de otra reunión, la de los presi- dentes del Sindicato y de las Uniones de Empresarios y Trabajadores y los procuradores en Cortes del propio Sindicato.
8 de diciembre de 1.971
'Carta del Jurado de 'Madrid' al Ministro de in formación, Alfredo Sánchez Bella'.
Reproduce la carta en la que se extraña por las pa labras de Sánchez Bella; 'no se ha pretendido Imponer ni di rector ni empresa, y que fue oportunamente ofrecida en bene ficio del personal una fórmula no aceptada' que aparecieron en 'ABC' el 4 de diciembre. y pregunta al ministro; 'Para -conocimiento nuestro y de nuestros representantes quisieramos saber si tal fórmula, puesta en su boca, corresponde -exactamente a la realidad.
9 de diciembre de fl971
'Solicitan la reaparición del diario 'Madrid'
En la página 12, dentro de la sección de 'Informa ción Nacional' aparece esta noticia que da cuenta de una car ta escrita por los enlaces sindicales de la banca privada di ri 1ida al ministro de Información y Turismo, Alfredo Sánchez Bel la en la que piden la pronta reaparición del vespertino -
madrileño: 'El cierre de un periódico es un grave perjuicio para los lectores', También la unión de trabajadores y técnicos de la Agrupación Sindical de Auto-Taxis y Gran Turismo de Madrid protestaron al respecto.
ID de diciembre de 1.971
_
'Pesimismo entre la plantilla de 'Madrid'
En la página 12, informa del malestar e inquietud reinante en el seno de la p¡antilla del 'Madrid' ante la au senda de noticias. En la sección 'Ver, oir y .. .contarlo', aparece también otra información relacionada con el 'Madrid'.
Ii de diciembre de 1.971
'Asamblea de la Sociedad de Redactores de 'Madrid'.
En la página II, se reproduce casi íntegramente
-los acuerdos adoptados en la asamblea de la Sociedad de Redactores del diario 'Madrid', entre los que figuran el soli citar entrevistas al ministro de Trabajo y al Secretario Ge neral de la Organización Sindical.
14 de diciembre de 1.971
'El lAinistro de Trabajo recibió al Jurado de Empre sa de 'Madrid'
En la página 15 dentro de la sección de 'Informa-
ción Nacional' y con el subtitulo 'Los representantes del
-periódico también han visitado al Secretario General de la Organización Sindical. Es probable que la empresa del diario presente próximamente expediente de crisis', informa de que el ministro expresó que su intención sólo seria posible en el caso de que llegase a producirse un expediente de crisis. Castro Villacañas indicó a la Comisión del 'Madrid' que el asunto se había complicado mucho y que antes de tomar ningu na determinación preferiría esperar a la celebración el día 17 del consejo de Ministros.
15 de diciembre de 1.971
''Rechazo que la Administración haya tomado partido frente a nadie'
En la página ¶1 da cuenta de la contestación del ministro, Alfredo Sánchez Bella al escrito firmado por trece Procuradores en Cortes, La carta constaba de seis puntos. -siendo los más destacados el segundo y el tercero sobre las causas de la cancelación que prevé la ley.
15 de diciembre de 1.971 _
'El problema del 'Madrid' en las más altas ins- tancias sindicales'
En la página 16 informa que la empresa ha interpues to un recurso de alzada basado en las siguientes cuestiones:
'En la nulidad formal de la orden ministerial
-porque en el expediente seguido contra 'Madrid' no se ha cumplido el trámite de la audiencia al interesado, trámite obligatorio según el articulo 91 de la Ley de Procedimiento Administrativo'.
'Impugne el recurso, las causas en que se basa la orden de cancelación a hechos posteriores a la inscripción definitiva por entender que estos según la Ley de Prensa. -no son objeto de inscripción'.
'También se basa en el hecho de que la orden cas- tiga a una empresa por hechos ajenos a la misma y sin que -tenga posibilidad de defenderse, ni de atender a requeri -miento de la Dirección General de Prensa por carecer de to do poder o control las sociedades F.A.C.E,S. , Banco Popular y S.A.F. que han cometido tales hechos'.
17 de diciembre de h971
'El cardenal Enrique Tarancón recibió al Jurado
-de 'Madrid'
Esta noticia incluye dos notas facilitadas por el Enri-
Jurado de Empresa. La primera se refiere a la visita realizada al cardenal arzobispo de Madrid-Alcalá, monse5or que y Tarancón 'para exponerle la grave situación en que se encuentran los trabajadores'.
'El cardenal se interesó por conocer todos los pormenores
-del problema en sus vertientes laboral y periodística. Aseguró a los reunidos que la Iglesia no podía ser neutral en tre el abuso y la justicia'.
La segunda nota se refiere a la entrevista mante~ nida entre el Jurado de Empresa y el presidente del Sindica to Provincial de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad. An tonio Izquierdo a quién le expuso 'su inquietud ante la fal ta de decisiones del Sindicato para ofrecer una solución en el caso planteado por la cancelación del periódico'.
18 de diciembre de_ 1A7¶_
'Esperamos que las partes interesadas del diario
'Madrid' ofrezcan una fórmula de entendimiento'.
En la página 16, dentro de la sección de 'Informa ción Nacional', recoge las respuestas del ministro de Infor mación y Turismo, Alfredo Sánchez Bella a periodistas tras la ampliación de la referencia del Consejo de Ministros. 'En cuanto a la resolución concreta de la reaparición del diario 'Madrid~', el ministro recordó que desde el primer instante se había señalado, con igual sinceridad que en este momento, su preocupación por los redactores y todo el personal laboral y con independencia de ello, también por el propio perió dico como institución social, por lo cual el ministerio hizo púbí ico, y se mantiene ahora, su propósito de aceptación -
de cualquier solución dentro de la ley'.
'Los contratos laborales mantienen su vigencia'.
Dentro de la anterior información aparece otro ti tular bajo el que se incluyen noticias de una reunión entre el Jurado de Empresa y un grupo de trabajadores del diario, con el director general de Trabajo, Vicente Tono Ortí, a -quién le expusieron el agravamiento de su situación tras el anuncio de una próxima suspensión de pagos. 'En el caso del diario 'Madrid' no puede perderse de vista que la causa de la crisis es la decisión del Gobierno, que ha dictado el tie rre del periódico. Si el Gobierno ha decidido cerrar el periódico, con la consecuencia de crear este problema laboral es al propio Gobierno al que compete resolverlo. Añadió don Antonio Izquierdo que quería dejar constancia de su decisión inquebrantable de luchar hasta el limite de sus fuerzas humanas en defensa de los trabajadores del periódico'.
19 de diciembre de 1.971 _
'Requerimiento notarial de la empresa de 'Madrid'
En la página 16, informa de la probable suspensión de pagos para el día 22, si previamente no se ha llegado a un acuerdo para la reaparición del periódico. Por parte distinta: 'La comisión de redactores y el jurado de empresa con fian en poder transmitir esta impresión durante los próximos días a las personalidades que les recibirán en audiencia. La
comisión espera visitar durante la próxima semana al Prlnci pe de España, al Presidente de las Cortes, a los ministros de Asuntos Exteriores, Información y Turismo y secretario -general del Movimiento, y al presidente de la Comisión Epis copal de Medios de Comunicación'. Más abajo, reproduce el -texto del requerimiento notarial.
21 de diciembre de_ 1,971 _
'Se esperan importantes noticias sobre el diario 'Madrid'
En la página 19 recoge la información sobre una
-entrevista sostenida entre el apoderado dd 'Madrid', Antonio Garcia-Trevijano y el jefe de los servicios jurídicos de la Organización Sindical.
22 de diciembre de_ 1,971 _
'Oferta de la Organización Sindical a la empresa de 'Madrid' '
En esta información de la página 13 se da cuenta de una intervención del ministro de Relaciones Sindicales, -quien se pronunció a favor de hacer todo lo que esté en su mano en defensa de los derechos profesionales de los hombres de la pluma y la linotipia.
23 de diciembre de 1.971 _
'Diario 'Madrid' : No a la Organización Sindical'
En esta información de la página 18, se da cuenta de la asamblea general celebrada el día anterior por parte del personal del 'Madrid'. A la misma asistieron Antonio lzquier do, presidente del Sindicato Provincial de Prensa y Antonio Garcia-Trevijano. quien dijo que 'él no podía entregar el -periódico en esas condiciones' y que las personas que no han hecho posible la inmediata aparición del diario eran 'don -Rodolfo Martin Villa, don Ignacio Acha y don Emilio Romero'. También reproduce una carta de un grupo de redactores del -vespertino a los que dirigió Juan Pujol escrita al presiden te de la Asociación de la Prensa y al Sindicato Nacional de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad, en la que dicen que no es cierto que todo et personal del periódico defienda la línea editorial mantenida por el cotidiano en los últimos años. Más adelante reproduce la réplica por parte de otros redactores y colaboradores a la anterior carta, en la que hacen constar: 'No se puede retroceder a un periodismo defi nitivamente superado tras la promulgación de la Ley de Pren Sa de 1.966, que terminó con la censura previa y el control administrativo de los diarios. Exigimos que 'Madrid', en ca so de reaparecer, lo haga en la misma línea independiente -del periodico que se ha venido haciendo estos últimos años'.
24 de diciembre de _ 1,971
'Una comisión del 'Madrid' recibida por el Principe~
En la plgina 12 da la noticia de que el Príncipe se interesa por el problema planteado a los trabajadores con el cierre.
26_de diciembre de_
1.911 _
'El conflicto en torno al diario 'Madrid'
Aquí, el jefe de los servicios jurídicos de la Or- ganización Sindical, Eugenio Mazón Verdejo explica su entre vista con Antonio Garcia-Trevijano, pues cree que la nota -que publica 'YA' contiene la 'verdad a medias'.
Al final de esta información hay una Nota de la Re dacción.'' como no nos duelen prendas, y en este pleito, como en cualquier otro, queremos servir a la verdad entera, y no a la 'verdad a medias', que el señor Mazón nos atribuye en la referencia de su entrevista con el señor Garcia-Trevi jano. hemos reproducido lo que estimamos importante en las manifestaciones del Jefe de los servicios jurídicos sindica les. De nuestra objeti vidad informativa dan testimonio nues tros centenares de miles de lectores. Lo que 'YA' no puede hacer es convertirse en palenque de una polémica'. El hijo de Juan Pujol escribe una carta en relación con el tema y -con motivo de las cartas publicadas en 'YA' y en otros dia-
nos que aluden al problema de la 'independencia'.
28 de diciembre de 1.971
'La plantilla del 'Madrid' cobra la paga extraordi nana'
Da la noticia de que todos los trabajadores del ves pertino madrileño han recibido sus honorarios correspondien tes a la paga extraordinaria de Navidad.
29_de diciembre de 1.971
'Don Antonio Fontán expone las razones de su dimi- sión como director de 'Madrid'
En la página 14 reproduce una nota enviada a la re dacción por Antonio Font&n por medio de la cual hace púbí ica su dimisión y en la que dice entre otras cosas: 'estima opor tuno dimitir de la dirección ante la empresa que hasta esa fecha lo editaba, renunciando expresamente a las retribucio nes económicas o indemnizaciones que pudieran corresponderle a la rescisión del contrato. Con ello, añade, espera con tribuir a facil itar las actuales gestiones de la empresa en caminadas a lograr una fórmula de reaparición del periódico 'que garantizando la independencia profesional de la redacción asegure los puestos de trabajo del personal de las dis tintas secciones de la empresa
31 de diciembre de 1.971
'El personal de 'Madrid'
El último día del año, en la página IB. reproduce una nota de la empresa del 'Madrid' en la que comunican que toda la plantilla ha cobrado los sueldos del mes de diciez, bre: 'Pese a la falta de tesorería en la que se encontraba la emprea tras haber efectuado el pago de la extraodinaria de Navidad a todo el personal, y a pesar de que determinadas agencias de publicidad han retenido indebidamente el pago a la empresa de 'Madrid', cumpliendo la promesa que hizo a traves de su apoderado en la última asamblea general, celebrada en sus locales, ha procedido a una rápida y agil conversión departe del inmovilizado en activo liquido, de urgencia para atender a la nómina total de final de mes y de año'.
5.3.6. 'La Vanguardia'
Edita: T.L.S.A..
ledacción y Administración: C¡ Pelayo n~ 28. Barce 1 ona
lirector; Horacio Saéz Guerrero.
Precio; 5 pesetas. Domingos 6.
3 de noviembre de 1.971
'El diario 'Madrid'
Este es el titulo de un ladillo que aparece en la página $1. Significa la primera información que da 'La Van -guardia' relacionada con la posterior cancelación de la ms cripción. En ella se recogen las afirmaciones del Director General de Prensa. Pernandez Sordo, quien habla de la necesidad de una investigación para comprobar 'la realidad de las titularidades de acciones (.~). tenemos el deber de com probar que lo que figura en el Registro Oficial de Empresas Periodísticas se adapta a la realidad'.
13 de noviembre de 1.971
'Pleito entre accionistas del diario 'l'ladrid'
Se refiere e un pleito entre accionistas del diario cuyos grupos principales estaban encabezadas por Luis Valls Taberner, Agustín Aznar y Rafael Calvo Serer. Este último,según recoge la noticia estaba afectado por una sentencia -que había dejado en suspenso el derecho de votación de sus acciones, adquiridas tras la última ampliación de capital, -y que constituian la causa del litigio. Agustín Aznar, por su parte, mantenía su derecho a ser titular de esas acciones al estar constituido su grupo por socios fundadores de la cm presa, Aparece esta información en la plaina 9.
18 de diciembre de 1.971
_
Sociedad de Redactores del diario 'Madrid' quie
'La re suscribir las acciones en litigio'.
En esta noticia de la página IB, distribuida por la agencia 'Europa-Press' en la que se anuncia la intención de la Sociedad de Redactores del diario de suscribir las accio nes en litigio; la misma sociedad ratificada en el comunica do 'su confianza en el actual director, don Antonio Fontán'.
19 de noviembre de 1.971
_
'Los problemas del diario 'Madrid'
Bajo este titulo general se da cuenta de una infor mación aparecida en el propio 'Madrid' que comunicaba la sus pensión de un Consejo de F.A.C.E.S. , sociedad propietaria -de todas las acciones del diario, por no haber quoróm, al faltar 4 de los 7 consejeros por diferentes motivos.
20 de noviembre de 1.971
'Don Lucio del Alamo promete llevar a la Federación de la Prensa las propuestas de los redactores de -'Madrid'
Se trata de un comunicado de cuatro puntos enviado por el Presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa a la Sociedad de Redactores del 'Madrid' en el
que promete ayudar a estos últimos en su intento de compra de las acciones en litigio. El punto 4~ dice: 'propuesta de coadyudar en el caso del diario 'Madrid' y en cualquier otro, en el futuro, a que las redacciones, como equipos de pensamiento aumenten su peso y fortaleza en la estructura y deci siones de la empresa -
21 de noviembre de E971
'El Consejo de Suropa se interesa por las legislacio nes en materia de Prensa'.
Cita del caso 'Madrid' en una información sobre ac- tividades del Cúnsejo de Europa basadas en mejoras legislativas en materia de prensa.
24_de noviembre de 1.971
'El paquete de acciones del señor Calvo Serer en el diario 'Madrid' repuesto en sus derechos'.
En la página 9, dentro de la sección de 'Tribuiiales' informa del auto dictado por la Sala Tercera de la Audiencia Territorial de Madrid, que revoca el anterior acuerdo y 'ordena levantar y dejar sin efecto alguno la suspensión de los derechos polí ticos de las acciones de la sociedad F,A.C,E.S. , que llevan los números 14.649 a 48,000'.
Lo alegado por Calvo Serer en su recurso fue que
'si se suspenden los derechos políticos del 6948 por ciento del capital, la continuidad de la empresa F.A.C.E.S. y del periódico 'Madrid' dependerá de la nueva mayoría que se forne con el resto del capital social, equivalente aproxime damente. al 30 por ciento, lo cual daria llegar a que con -sólo un 161 podría llegarse a tener el control total y absoluto de ÑA.C,E.S. y del periódico, con lo que los pactos los compromisos, las transacciones, las combinaciones y las presiones que se producirian entre los accionistas que no estuvieran suspendidos en el ejercicio de sus derechos poí! ticos crearian, con la incertidumbre de la resolución judicial definitiva, un clima de desconfianza y de inseguridad entre accionistas' -
26 de noviembre de 1.971
_
'El Ministerio de Información y Turismo cancela la inscripción de la sociedad editora en el Registro de Empresas Periodísticas'.
En la página 3 publica sin ningun comentario la no ta de Th puntos remitida por la Dirección General de Prensa.
'El cierre del diario 'Madrid''.
La información de la página 3 remite a la sección 'Madrid-24 horas-Madrid', en la 8. donde se resaltan las pa labras de Antonio FontAn en el último número del 'Nadrid', -referentes a que 'la resolución del Ministerio de Información
y Turismo pone de relieve por si misma un grave problema
-de carácter nacional' -
También se publica en esta página un resumen del
-articulo 'Adios , ,' de Antonio Fontán, un resumen de los -expedientes <20) y suspensiones (2) sufridas anteriormente por el pe'iódico, unos datos sobre los anteriores directores y las últimas gestiones de la Sociedad de Redactores.
27_de noviembre de l.97l
'La Asociación de la Prensa gestionará la reaparición del diario'.
En la página 8 informa de las gestiones llevadas a cabo por la Asociación de la Prensa para la reaparición del vespertino; igualmente aparecen recogidas las reacciones de la prensa madrileña ante el cierre del 'Madrid'. Los ladilíos más significativos son: 'El eco que se apaga', 'Consternación' y 'El paro obrero'.
'Algunos interrogantes'.
Es el titulo de un editorial de la página 5 en el que despues de manifestar su pesar por la momentanea desapA rición del periódico madri leño el editorial de 'La Vanguardia' plantea los siguientes interrogantes; ¿es bueno que del legitimo y legal derecho por garantizar la claridad del --quien es qui¿n' en la propiedad de un periódico se derive
una ilógica confusión en el 'quién es quién» de la prensa -nacional?. La experiencia muestra por lo demás que los lectores no son fieles a una cabecera, sino más bien a un contenido'.
cu-
'¿Es bueno que sea inmediata la ejecución de dcci siones administrativas, o político-administrativas -en yo fondo no entramos-, que puede llegar a privar de sentido prácticamente a ulteriores decisiones judiciales y, por consiguiente, a las mismas garantias que protegen hombres y propiedades en un Estado de Derecho?'.
'¿Es bueno que los actos y las actitudes de un -miembro de la propiedad de la empresa -aunque sea el presi dente del Consejo de Administracióntraiga, en virtud de enfrentamientos políticos de orden en cierta manera personal, consecuencias tan graves y tan amplias ''
Despues de otros interrogantes hace el siguiente comentario'' El Sr. Rodriguez de Varcárcel, presidente de las Cortes Españolas, decía no hace mucho algo que merece -reflexión; 'Tenemos que mantener el general entendimiento, -el dialogo abierto a todos, sin que nadie quiera sentirse en posessión de la verdad absoluta. Cuanto más eficaz sea el cm samblaje entre Gobierno y sociedad, más eficaz su acción. -Ninguna comunidad puede subsistir si sus miembros no tienen un grado de mutua confianza y exigencia los unos con los --
otros'.
28_de noviembre de_ 1.971
_
'Asamblea de todos los trabajadores para estudiar la situación actual',
Se aborda la reunión del Jurado de Empresa del dia rio con Antonio Castro Villacañas, con el fin de que sea el Sindicato quién se encarge de negociar con la empresa en non bre de los trabajadores bajo las siguientes premisas: 'garan tia de una continuidad empresarial y de todos los puestos de trabajo', En este sentido el Sindicato estaría dispuesto a crear una empresa de capital unificado para que continue el diario, sin intervenir en la marcha ni dirección del mismo. En otro ladillo aparecen una serie de comentarios sobre la cancelación de la inscripción del diario por parte de 'ABC', 'YA' y 'Arriba'; casi todos centran el eje del problema en el forzoso paro de los trabajadores, y no en otros temas.
30_de noviembre de 1,971
'La profesión'.
Se trata de un comentario sobre el periodismo, en el que se aborda el caso 'Madrid' abogando por una rápida so lución que acabe con el nerviosismo de los trabajadores de la empresa. Hay criticas veladas a algunos aspectos de la -Ley de Prensa e Imprenta como la inscripción legal, y la po
sibilidad de cierre sin confirmación de sentencia. Aparece en la página 9, dentro de la sección 'Madrid-24 horas-Madrid'.
'El representante de la empresa se reune con todos los tra bajadores'.
En la misma página aparece un comunicado de los representantes de la plantilla. facilitado por 'Europa-Press' en el que se da cuenta de la celebración de una Asamblea que con tó con la presencia del apoderado de la empresa, Antonio Gar cia-Trevijano. Este expone la necesidad de un acuerdo digno para todas las partes en el caso de un arrendamiento del dia rio.
'Continuan los comentarios period!sticos sobre la desaparición del colega'.
También se recoge un resumen de la propia 'Europa
Press' en el que se destaca la crítica de 'Hoja del Lunes', que habla del 'Madrid' como 'uno de los periódicos de más prestigio del país'. En la misma línea 'El Norte de Castilla' solicite en su editorial una revisión de la Ley de Prensa, -para dar a los periódicos 'la posibilidad de cumplir con la misión fiscalizadora y crítica de la sociedad y de la política' . El 'YA' por su parte, pone el acento en el perjuicio causado a los lectores del periódico como corriente de opinión.
1 de diciembre de 1.971
'En torno al cierre del diario 'Madrid'
Bajo este titulo general aparece impresa en porta da una fotografia de la reunión efectuada en los talleres -delacempresa entre Garcia-Trevijano y la plantilla.
'Posibilidad de una inmediata reaparición de 'Ma- drid'
El mismo día, en la sección 'Madrid-24 horas-Madrid' fuentes próximas a Garcia-Trevijano declaraban que habla si do firmado por Lucio del Alamo, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa, y Antonio Castro Villacañas, presidente del Sindicato Nacional de Prensa, un -memorándum de acuerdos básicos sobre la reapertura.
'La Unión Nacional de empresarios lamenta el cie- rre de 'Madrid' y pide su continuidad respetando su independencia informativa'
Dentro de la misma página 10, donde se recogía la información anterior, la Unión Nacional de Empresarios lamen taba el cierre del 'Madrid' y pedía su continuidad respetan do la independencia informativa. También acordaba este orga nismo solicitar que los cierres no fuesen ejecutivos hasta la confirmación de la sentencia.
2 de diciembre de 1.971
'Ya se ha llegado a un acuerdo entre la empresa - propietaria y los nuevos arrendatarios'.
Antonio Garcia-Trevijano daba a conocer el texto del memorándum firmado por Lucio del Alamo y Antonio Castro Villacañas que según el apoderado lo hablan hecho en repre, sentación de los organismos que presidian; en este acuerdo se fijaba un precontrato por el que se establecía el arrendamiento durante un año del periódico al Sindicato Nacional de Prensa y a la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa, si el gobierno aceptaba.
El resto del memorándum se resume perfectamente en la relación de ladillos que aparecen a continuación; 'La du ración del precontrato', 'Los sueltos, a salvo', 'Dos traba jadores en el Consejo', 'El mayor éxito del Sr. Fontán', --'Hacia la reforma de la ley', 'El triunfo de la Sociedad de Redactores'.
En nombre de Rafael calvo Serer el apoderado de la empresa agradeció la atención prestada por un sector de la prensa y lamentaba el silencio de otros medios de comunicación añadiendo que 'espero que la consecuencia inmediata de todo este asunto sirva para poner en marcha un clima de opi nión que tienda a la clara reforma de la Ley de Prensa, en un sentido más progresista que asegure la verdadera indepen dencia de los periódicos frente al poder'.
3 de diciembre de 1.971
'La comisión permanente del Sindicato de Prensa no acepta el memorándum sobre el caso 'Madrid' que -firmó su presidente'.
Se trata de una nota de prensa de la comisión per pre- manente del Sindicato Nacional de Prensa desvinculandose del memorándum, del que dicen que no era vinculante y cuya sentación se ha tergiversado ante la opinión pública.
Por otra parte, informa del regreso de Paris de -Garcia-Trevijano en donde Rafael Calvo Serer acababa de ratificar los terminos del memorándum, y a su llegada a Barajas insistía en el carácter vinculante de este acuerdo y se solidarizaba con las Asociaciones de Prensa de Alicante y -Bilbao, que solicitaban la reforma del articulo 2 de la Ley de Prensa.
'Si de las Asociaciones de la Prensa'.
También en la misma página 8 y sección 'Madrid-24 horas-Madrid'. informa sobre el acuerdo de estos organismos para participar en el arrendamiento del 'Madrid' y el apoyo a la solicitud de Alicante y Bilbao.
A de diciembre de 1.971
'Aquí no hay diferencias jurídicas que sean váli-
das y eficaces, sino que se trata de una diferente mentalidad'.
El apoderado de la empresa, Antonio Garcia-Trevi- jano daba a conocer en la página 9. la contrarréplica a la nota del Sindicato Nacional de Prensa, afirmando que 'aquí no hay diferencias jurídicas que sean válidas y eficaces, si no que se trata de una diferente mentalidad'.
En otro párrafo del comunicado añadía que 'niego categoricamente la veracidad del comunicado oficial del Sin dicato Nacional de Prensa, tanto en cuanto a la existencia de una clausula adicional, que no existe y a la que no he -dado consentimiento, como a la existencia de las razones -económicas abusivas de la empresa propietaria de 'Madrid' -para el arrendamiento de la misma al Sindicato y a la Federación Nacional de Asociaciones de la Prensa'.
Dentro de esta misma información aparece un arti- culo de Juan Luis Cebrian publicado en 'Informaciones'. pe riódico del que era subdirector en aquel momento, en donde se preguntaba si' algún día tendrá la propia sociedad españo la capacidad suficiente ce admitir la autocrítica que una -prensa libre comporta'.
7 de diciembre de 1.971
'Trece procuradores familiares se pronuncian sobre
el caso del diario 'Madrid'
En la página 12, dentro de la sección 'Madrid-24
horas-Madrid', trece procuradores familiares se pronunciaban sobre el caso del diario 'Madrid', afirmando que la 'diversidad informativa es fundamental por lo que criticaban el -hecho de que la Administración pueda tomar partido frente a periódicos que hayan adoptado cualquier línea de enjuicie -miento sobre la actuación del Gobierno', Además mostraban su extrañeza 'ante el hecho de que la Administración, que concedió con carácter definitivo la inscripción de 'Madrid' en el registro, en juicio de 1,969. cancele de oficio esa misma inscripción en noviembre de 1.971, cuando las circunstan cias no han cambiado, ya que las supuestas personas inter -puestas existían ahora y antes
Igualmente exponía los problemas de los trabajado res que se quedan en el paro, los lectores que se quedan -'desconexionados de su medio informativo habitual' y el pro blema que significa el articulo 2~ de la Ley de Prensa.
En los ladillos posteriores se habla de la citación de Garcia-Trevijano ante el Tribunal de Orden Público y de unas declaraciones de Castro villacañas, en el sentido de -que no se podía afirmar la fecha de reapertura porque 'hay muchos problemas de orden jurídico y económico
9 de diciembre_de 1.971
'El Jurado de Empresa del 'Madrid' envia una carta al ministro de Información'.
En la página 7, dentro de la sección lnformación
' Nacional. Noticias y Comentarios' se ocupa de la carta envia da por el Jurado de Empresa de 'Madrid' al ministro de Infor mación y Turismo, Sánchez Bella, solicitándole determinadas aclaraciones sobre lo que había manifestado tras el último Consejo de Ministros; 'no se ha pretendido imponer director ni empresa, y fue oportunamente ofrecida en beneficio del personal una fórmula no aceptada'.
11 de diciembre de 1.971
_
'Junta General de la sociedad civil de redactores del diario 'Madrid'
La sociedad civil de redactores del vespertino ma drileño se ratificaba en su Junta General en las anteriores declaraciones a independencia informativa, calidad y permanencia del actual director. En esta misma reunión se acorda ba la solicitud de sendas entrevistas al Ministerio de Trabajo y al secretario general de la Organización Sindical, -mostrándose también la conformidad con las garantias exigidas en el memorándum de acuerdos básicos firmados por las -tres partes.
'Editorial del 'ABC' en torno a la interpretación del articulo 28 de la Ley de Prensa'.
Se reproduce el citado articulo de la Ley de Pren sa e Imprenta en el que se hace una interpretación del mismo para este órgano de opinión la estructura de una empresa pue de cambiar a lo largo de su vida (circunstancia que según -el articulo 28 debe hacerse constar en el plazo de un mes>, pero este cambio puede estar pendiente de un juicio, una sen tencia, con lo cual este plazo debería contarse a partir de la existencia de una sentencia firme <porque sólo en este -momento existiría una nueva y definitiva inscripción).
12 de diciembre de 1.971 _
'Ya cunde el pesimismo entre el personal del rio 'Madrid'
dia-
En la página lO dentro de la sección 'Nadrid-24 ho ras-Madrid', el periódico catalán reflejaba el espíritu rel nante entre los trabajadores por las últimas declaraciones de Antonio Castro Villacañas, en las que afirmaba desconocer ninguna contraprpuesta sindical al memorándum. También se -informaba ese mismo día de la intención del ministro de Tra bajo de recibir a los trabajadoras, quién se manifestaba par tidario de las sociedades de redactores y de regular la clau sula de conciencia. En el ladillo 'La requisitoria del Tribu nal de Orden Público al señor Garcia-Trevijano'. se hacia -mención del articulo de Calvo Serer en 'Le Monde' y del Ii-
bro que pretendía publicar sobre Franco.
14
de diciembre de 1.971
'El Consejo de Ministros del viernes estudiará el recurso de ayuda de 'Madrid'
Informa de la intención del Consejo de Ministros de estudiar el recurso de ayuda al diario madrileño, decisión de la que dependían nuevas propuestas del Sindicato, según habla comunicado Castro Villacañas al Jurado de Empresa del diario.
15 de diciembre de
1,911 _
'EJ ministro de Información y Turismo responde a trece produradores sobre el cierre de 'Siadrid'.
En la sección 'Más información nacional y extranjera' el ministro de Información y Turismo respondfa a trece procuradores sobre el cierre del 'Madrid': 'Dado el fundamento jurídico que tiene la resolución administrativa, pa rece lógico que no la entienden quienes pretenden ver en la misma una medida de carácter político'.
Según Alfredo Sánchez Bella, las causas de la can celación son atendidas por la ley como una defensa delderecho del lector a conocer quién edita el periódico; se refería a la existencia de accionistas simulados.
Al mismo tiempo la Federación Nacional de Asocia- nes de Prensa elevaba serie de peticiones sobre 'reajustes legales en el articulado de la Ley de Prensa' y en el Sindi cato exponía la posibilidad de crear una empresa arrendataria siempre que cambiaran la línea editorial y el director, según se desprendía de las palabras de Rodolfo l4artln Villa.
16_de diciembre de 1.971
'Auto de procesamiento contra el profesor Calvo Se re r
Se dictaba auto de procesamiento contra Rafael Cal yo Serer por delito de los prevenidos en el articulo 132 del CódiGo Penal, que en realidad correspondía a sus declarado nes en 'Le Monde'. El Jurado de Empresa y la comisión de re dactores eran recibidos por el ministro de Relaciones Sindí cales, Enrique García-Ramal, quién manifestaba que 'la posi ble empresa arrendataria seria provisional y se retiraría -despues del fallo de los Tribunales, respetando la línea cdl to rial'.
Tambión se informaba en esta página de los puntos comprendidos en el recurso de alzada que la empresa habla -presentado al Consejo de Ministros: 1) nulidad formal de la orden ministerial de cancelación. 2) nulidad material de la citada orden. 3) injusticia notoria de la misma.4) daños y perjuicios provocados por la resolución.
17 de diciembre de 1.971
_
'Siguen las gestiones para la reapertura del 'Ma- drid'
Hace referencia, esta información de la página ¶0, a las continuas entrevistas de los miembros de la plantilla con personajes relevantes de la vida política española, que en esta ocasión acudían a visitar al presidente del Sindica to Provincial de Prensa y a Monseñor Enrique y Tarancón, -quién declaraba que 'la Iglesia no puede ser neutral entre el abuso y la justicia'.
18 de diciembre de 1,971
_
'Declaraciones del Ministro de Información y Tunis mo sobre la situación del diario 'Madrid'
Recoge las declaraciones del ministro:He de insis tir en que las tensiones internas determinaron la ostensible publicidad en las irregularidades en la inscripcíón'.
Continuaban las entrevistas del Jurado de Empresa con personalidades políticas en busca de un solución al pro blema; le tocaba el turno en esta ocasión al Director General de Trabajo, Vicente Toro, que se reunía con los trabajadores acompañados de Antonio Izquierdo y Victor Minguez, altos cargos sindicales.
19 de diciembre de 1.971
'Requerimiento notarial sobre el memorándum del diario 'Madrid'
El apoderado de la empresa. Garcia-Trevijano, por medio de un requerimiento notarial concedía plazo hasta el día 22 a Lucio del Alamo y Castro Villacañas. que debían cual plir lo firmado el día 29 de noviembre.
22 de diciembre de 1.971
'El señor García Ramal se refirió al diario 'Ma- drid' ante la Permanente del Congreso Sindical'. El ministro Garcia-Ramal declaraba ante la Permanente del -Congreso Sindical sobre el diario 'Madrid', calificando el tema como delicado: 'Nuestra preocupación es que un órgano de difusión salga en una forma concreta, rotunda, con la mis ma forma que tenía el día en que acudió al registro como en tidad periodística (.·,), no estamos en situación de mendigar nada ni de hacer favores a aquellos que por su causa dic ron motivo a la aplicación de la ley'.
En el ladillo 'Posible creación de una cooperativa laboral' se exponía la fórmula sugerida por el Sindicato Ma cional de Prensa como vía autónoma para los trabajadores. -Esta información está recogida en la página l2.
23 de diciembre de 1.971
'La empresa de 'Madrid' contesta negativamente a la propuesta sindical para la reaparición del peri ód ¡ co'.
El apoderado de la empresa contestaba negativamen te a la propuesta del Sindicato, afirmando que '~ntes se hunde esta casa que dar el periódico a la Organización Sindical' pero se mostraba dispuesto a la negociación con la Asocie -ción de la Prensa. La propuesta de sindicatos se basaba en: 1) Contrato de arrendamiento; 2)patriimonlo e instalaciones sin pagar nada; 3) rescisión del memorándum; 4)respeto de los contratos salvo el de Antonio Fontán; 5) nueva línea cdi tonal ; 6) plazo de arrendamiento hasta la decisión de los Tribunales o la modificación de la estructutra de la propie dad.
En otro ladillo se condenaba por parte de García-
Trevijano y la totalidad de la plantille una carta escrita por nueve redactores al Sindicato y a Ja Asociación en la que se pedía la vuelta a la línea editorial de Juan Pujol. Todo lo anterior se recogía dentro de la página 73.
24 de diciembre de 1.971
'El príncipe de España recibe al Jurado de Empresa del diario 'Madrid'
En la p¿glna 8, informa que el Jurado de Empresa había sido recibido por el Príncipe de España, pero también era noticia la carta escrita por 55 redactores y colaborado res que criticaban la antigua línea editorial del periódico calificándola de 'periodismo superado por la Ley de Prensa del 66', a la vez que solicitaban la reaparición de la misma línea editorial de independencia y la desaparición del viejo periodismo del 'Madrid'
25 de diciembre de 1.971
'Hoy se cumple un mes del cierre de 'Madrid'
Se cumplía un mes del cierre del 'Madrid' sin pers pectivas de ninguna fórmula que permitiese la reapertura del periódico; en las páginas de 'La Vanguardia'' se hacia un re paso a todos los intentos de resolver el asunto y se informaba sobre una reunión de la Asociación de la Prensa de Madrid en la que se pedían soluciones y una reforma de la Ley de Prensa.
28 de diciembre de 1.971
'Contactos entre la empresa propietaria y la Aso- ciación de la Prensa'.
Se daba noticia de una serie de contactos entre la empresa propietaria y la Asociación de la Prensa, surgidos a raiz de la Junta General de esta última el día 22, en los -
que se tratd de une serie de medidas de cobertura para los sueldos de los redactores durante el primer trimestre de 1.912.
29_de diciembre de_ 1971
_
'Dimite el director de 'Madrid' don Antonio Fontán'.
Antonio Fontán hasta aquel momento director del dia- rio 'Madrid'. dimitía 'a fin de facilitar las gestiones ten dentes a la reaparición del periódico'.
31 de diciembre de_ L971
_
'Comienzan las negociaciones entre la Asociación de la Prensa y la empresa de 'Madrid'.
Comenzaban oficialmente las negociaciones entre la Asociación de la Prensa y la empresa de 'Madrid' como con secuencie del acuerdo de la Junta Directiva de colaborar en la reapertura del diario. También se informaba de que todo el personal del diario habla cobrado el mes de diciembre y de una carta de don Carlos Pujol (hijo de don Juan Pujol) a don Antonio Fontán en la que expresaba su deseo de una pron ta reaparición del vespertino: 'Pienso que nodebió ser si1 enc i ado'
5.3.7. 'Arriba'
Fundado por Jose Antonio Primo de Rivera.
Empresa:
Prensa y Radio del Movimiento.
Redacción, administración y talleres: Avenida del Generalísimo, 142. Madrid 16,
Director:
Felix Morales.
Formato;
32 x 475 cm.
Precio: 5 pesetas. Lunes no sale.
'Arriba' es el organo de la Falange Española Tra- dicionalista y de las J.O.N.S. , según indica su cabecera, -junto a la que se situa el emblema de Falange. La primera pá gina es variada, con diversas fotografias de reducido forma to. Rara vez se introduce algún comentario del periódico con notas de agencia; más bien se dedica a propagar los principios de la Falange. El lenguaje de sus editoriales tiene un léxico muy simból ico y 'poetico' , la mayoría de las veces -ensalzando los temas patrioticos. En la fecha de su aparición (1.939) la tirada era superior a los 100,000 ejemplares, alcan ¿ando en momentos de plenitud falangista los 140.000. decre ciendo posteriormente hasta los 20.000 ejemplares en 1.975, poco despues desapareció.
En 'Arriba' falta casi por completo el soporte pu blicitario, fuente indispensable de ingresos. Con formatota bloide, tiene ocho páginas externas dedicadas a orientación
política en huecograbado. Es el diario de los años sesenta que irás espacio reserva a la política y a las crónicas intenores. Dedica mucha importancia a las inaguraciones, -viajes, celebraciones oficiales, etc-
26 de noviembre de 1.971
'Cancelada la inscripción del diario 'Madrid' '.
En la sección de Nacional, en la página 6 publIca la nota oficial de la Dirección General de Prensa, Se trata de una transcripción literal de sus diez puntos, aunque de manera resumida. No hace ningún comentario. Parece, para es ~e diario, evidente y claro que la única causa del cierre -la constituyen cuestiones litigiosas dentro de la empresa -del diarto'Madrid'.
27 de noviembre de 1.971
'Gestiones sindicales de protección a su personal'.
También en la página 6 destaca una especie de 'No ta de Redacción' en donde se dice que 'las consecuencias de orden laboral que la interrupción del diario lleva aparejadas son motivo de atención preferente de los organismos sindica les, preocupación que compartirnos, con el deseo personal de que nuestro colega vespertino resuelva en los plazos más in mediatos su actual situación'. Más abajo inserta una información facilitada por la agencia 'Pyresa' . sobre la reunión
del personal de redacción, administración y talleres, con -Alejandro Fernández Sordo, Director General de Prensa, y en laces sindicales del diario 'Madrid', así como con represen tarites del Jurado de Empresa.
Fernández Sordo explicó al Jurado de Empresa las razones de la cancelación de la inscripción. Garcia-Trevija no responditque 'la empresa propietaria adoptaría una decit sión tras un estudio detenido de la situación'. Además no se celebró la Junta extraordinaria de accionistas ante la impo sibilidad de que asistieran a la misma todos los consejeros.
28 de noviembre de 1.971
'No ha salido 'Madrid'
Antonio izquierdo en la página 2 dentro de la sec ción 'Semanario Político' analiza el cierfe del 'Madrid'. Ma tiza que 'el Gobierno tendrá sus razones y sus argumentos -que podrán ser tamizadas, en última instancia, por los Tribu nales de Justicia, si es que la empresa editora de 'Madrid' decidiese la adopción de ese camino'. Termina lamentándose por 'la desaparición 'sine die' del periódico no es una noticia grata para la crecida familia periodística. Escribo -ahora en la esperanza de que esa fórmula se encuentre y el 'Madrid' se reincorpore con naturalidad a las comunes tareas informativas'.
'El Jurado de Empresa negocla la posible reapertu ira del periódico'.
Este mismo día en la página 7 se cita una nota, f~ cuitada por 'Cifra', del Jurado de Empresa, donde se especi 11cm que 'la resolución del cierre estaba elaborada desde el día 19', Además, el Director Seneral de Prensa, Alejandro -Fernández Sordo, señala 'que corresponde a los miembros del Jurado de Empresa, en relación con sus representantes slndi cales, la posibilidad de negociar con la actual empresa la posible reapertura del periódico', Por último, 'el limiste rio esta dispuesto a facilitar la reaparición del diario den tro de una fórmula compatible con la aplicación de la ley'.
''Entrevista del Jurado con Castro Villacafias'.
También en la página 7 aparece otra información
-facilitada por 'Pyresa' en la que el Presidente del Sindica to Nacional de Prensa, Radio. Televisión y Publicidad, Castro Villacañas, reitera 'la disposición sindical de intentar la búsqueda de una solución para este problema laboral', Los representantes de los trabajadores del 'Madrid' pusieron co mo base de la negociación 'la conservación de todos los pues tos de trabajo'.
30 de noviembre de 1.971
_
'Se estudia la reapertura del diario 'Madrid'. Es posible que se edite por una empresa arrendataria'.
Se da la noticia de la asamblea celebrada entre
-trabajadores del 'Madrid' y el representante de la empresa propietaria, Antonio García-Trevijano para tratar 'la situa ción de paro en que se encuentran a rau de la cancelación de la lnscrlpción registral del citado rotativo'. El Jurado de Empresa informó a los reunidos de las gestiones que haMa realizado 'siguiendo las orientaciones de la Nrecclón General de Prensa sobre la puesta en contacto con una posible empresa arrendataria de 'Madrid' como fórmula para una Inmediata reapertura del periódico. Tal fórmula habría de -ser económica aceptable y digna y permitirla continuar la edición y asegurar la permanencia de doscientos trabajadores en sus puestos de trabajo'.
'Reunión de la Junta Directiva de la Asociación
-de la Prensa de Madrid'.
Es una pequeña información que se encuentra dentro de la anterior y es facilitada también por la agencia Infor nativa 'Cifra' en la que el presidente. Lucio del Alamo, re caba el parecer de la Junta Directiva de la Asociación con vistas a la reunión a celebrar al día siguiente con la Fede ración de Asociaciones de Prensa de España,
1 de diciembre de 1.971
'Posible reaparición del 'Madrid'
La agencia informativa 'Cifra' facilita al perió,
dice la noticia que inserta en su página 9, dentro de la -sección de 'Nacional' en la que se dice que se ha 'sometido al visto bueno de don Lucio del Alamo, presidente de la Federación de Asociaciones de la Prensa, y de don Antonio Villacañas. presidente del Sindicato Nacional de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad. el rnemorandum de acuerdos básicos -sobre la reapertura del diario 'Madrid' '.
2 de diciembre de IA?I
'Hoy se decide el futuro de 'Madrid'
En esta noticia de la página 6, 'Arriba' publica el servicio de 'Cifra' en el que se da conocimiento del memorandum. También la agencia 'Piren' facilita una nota de la Federación de Asociaciones de la Prensa, sobre la tlpifi cación del artIculo 20 de la Ley de Prensa.
'Sesión de la Unión Nacional de Empresarios''.
En la página anterior y en la sección de 'Nacional'
se recoge una noticia elaborada por la propia redacción. El titular de la Unión Nacional de Empresarios. Ignacio Acha -analiza la coyuntura actual de la empresa periodística espa ñola, se lamenta de la cancelación de la ¡nscripción del Pc riódico y se hace un ofrecimiento de colaboración a la empresa editora para la adopción de una fórmula que asegure la -continuidad de la publicación.
3 de diciembre de I.911
'Se ha tergiversado la intención del Sindicato'.
Esta es otra noticia elaborada por la propia redac ción y aparece en la sección de nacional, en la pagina 6. En ella se publica una nota de la Comisión Permanente de la Jun ta General del Sindicato de Prensa, Radio. Televisión y Publicidad,
5 de diciembre de 1.971
Dentro de la sección 'Semanario Político' de Anto nio l¡quterdo se resalta que frente a la tregua que va a su frir la vida política por Navidades, aún quedan en pie conflictos originados como consecuencia de la cancelación del 'Madrid' 'cuya reaparición todos deseamos sea inmediata', Si bien en general, la opinión o comentario de 'Arriba' es deficiente, su comentarista Antonio Izquierdo deja patente la necesidad de una resolución clara y pronta al cierre, aunque en ningún momento ahonda en las causas gubernamentales que lo han producido, pues como dice -y así no emite su opinión'el gobierno tendrá sus razones'
7 de diciembre de 1.971
'No se puede fijar fecha para la aparición de 'Ma drid'
Se recogen unas declaraciones del Presidente del Sindicato Nacional de Prensa, Antonio Castro Villacaflas: -'Aún no se ha encontrado una solución a las dificultades eco nómicas y jurídicas que existen para la salida del diario -'Madrid' '. Sobre la fecha de reaparición afirmó 'que no PO día dar ninguna, parece difícil que la salida de 'Madrid' se produzca durante la presente semana'.
'Asamblea en el periódico'.
Dentro de la información anterior se inserta esta que da noticia de la asamblea de trabajadores donde se infor md 'sobre los precedentes y consecuencias derivadas de la -cancelación administrativa de la inscripción del diario'.
15 de diciembre de 1.971
_
'Carta del Ministro de Información y Turismo a un grupo de procuradores
La noticia Insertada en la página 10, informa sobre la contestación de Alfredo Sánchez Bella, al grupo de -trece procuradores en Cortes que abogaban por la reapertura del 'Madrid'. La carta del ministro contiene seis puntos.
16 de diciembre de 1.971 _
'García Ramal recibió a una comisión del diario 'Madrid'
Se trata de una información facilitada por la agen cia Pyresa' que aparece en la página 5 en la Que SC da cuen ta de la reunión del ministro de Relaciones Sindicales con el Jurado de Empresa, Ese mismo día también recoge 'Arriba' el auto de procesamiento contra Rafael Calvo Serer. pero no se le relaclona con el 'Madrid'. Se dice que presuntamente ha atentado contra el articulo II? de Código Penal. El diario en una 'Nota de Redacción' transcribe este articulo.
Z2de diciembre de l.971
'Asamblea de la Asociación de la Prensa de Madrid'.
'Arriba' informa en su página 18 de las negociado nes llevadas a cabo por la Asociación de la Prensa de Madrid, con objeto de la pronta reaparición del diario 'Madrid'.
'Diario 'Madrid'
Un ladillo da lugar a una amplia información sobre la reunión de la comisión permanente del Congreso Sindical, presidida por García Ramal, y se pone de manifiesto la opinión de este, quién aseguraba que 'esta haciendo todo lo po sible por defender los derechos de los trabajadores del 'Ma dr Id'.
29_de diciembre de 1.971
'Dimite el director de 'Madrid'
'¼ En su página 5 informa de la dimisión de
Antonio
Fontán, quién justifica su actitud por estar cancelada la -inscripción en el Registro de Empresas Periodísticas del dia rio 'Madrid' que dirigió en los últimos años. Publica un es tracto de la carta que el director envia al Consejo de Adel nistración del periódico.
31 de diciembre de 1.971
_
'Colaboración a la apertura del 'Madrid' ofrecida por la Asociación de la Prensa'.
En la página' 16 se informa de las negociaciones de la Asociación de la Prensa de Madrid encaminadas a la pronta reaparición del vespertino de la capital de España.
S.3A. 'Hoja del Lunes'
29 de noviembre de l,971
'No ha salido 'Madrid'
En este articulo de opinión 'Hoja del Lunes', se lamenta de una ley que siendo en principio 'certera y beneficiosa', lleva a una posible situación de desempleo para -unas personas que no tienen nada que ver con las razones que han llevado al cierre de la publicación. Solicita su reforma y espera la pronta reaparición de 'Madrid': 'Parece ocioso decir que nos duele el hecho como periodistas y como lectores, un periódico es, sobre todo, una obra del espíritu, en
trañada en el alma del país, y cuando un periódico muere, algo
-muy nuestro se nos muere con él. U,.. )Es oportuno, sin embar go, decir hoy mismo que de este suceso hay que deducir consecuencias Importantes y urgentes. La Ley de Prensa -tan cer tera y beneficiosa para todos en aspectos fundamentales--muestra, en estos primeros años de aplicación . aspectos que piden la meditación y urgente remodelaclón del legislador. -Ya en el debate parlamentario de la ley hubo procuradores -que advirtieron de la gravedad de los problemas laborales -que se derivarían de la suspensión o la desaparición de un periódico. U,,.) Queda apuntado el problema y subrayada la urgencia de abordarlo con el espíritu de justicia social que es la gala:y orgullo legitimo de la acción de los problemas de los gobiernes de Franco',
'Una profesión arriesgada'.
En la misma página y dentro del articulo anterior aparece otro en el que trata el tema de los obreros y peno distas que al cerrar el diario se ven abocados al paro, ya que el periódico en que trabajan se ha visto afectado por una disposición legal que nada tiene que ver, por cierto, con el desarrollo económico del mismo. (, . .1 Porque ahora se ha da do el caso de que un diario sin aparentes problemas económi cas, ya que conserva una apreciable asistencia de lectores y anunciantes, cierre de repente por causas completamente aje nas a la economía del periódico y a la labor esforzada de -sus trabajadores de la pluma'.
6 de diciembre de 1.911
'Escrito de procuradores familiares sobre la cancelación de 'Madrid'
En esta información se da cuenta de la disconformidad de algunos procuradores familiares por la aplicación de una ley que interfiere la actuación de los tribunales: -'Los procuradores firmantes entienden Que el contraste de -pareceres exige unos órganos de información distintos a los oficiales que pueden mantener una actuación crftica de los actos del Gobierno. (.. -) Resulta incompatible con la legis loción de prensa que permite una interferencia adminlstrati va en la esfera de actuación de los Tribunales, cuando los particulares han solicitado el amparo de estos'.
5.3.9. 'Nuevo Diario'
26 de noviembre de 1.371
_
'Cancelada la inscripción del 'Madrid' en el Regis tro de Empresas Periodísticas'.
En la página 4 dentro de la sección de 'Nacional' se 1 imita a publicar la nota informativa de la Dirección Ge neral de Prensa. Mo hace ningún otro tipo de comentario o -reflexión.
28_de Noviembre de L971
'Entrevista de representantes sindicales del dríd' con el Director General de Prensa',
'Ma-
En la página 6 informa de la reunión del director general de prensa. Alejandro Fernández Sordo, con representantes del Jurado de Empresa y enlaces sindIcales del 'Ila -drid' · así como con algunos redactores con objeto de abordar el problema suscitado con el cierre del vespertino madrileño y estudiar su reaparición.
~ de diciembre de 1.971
'Negociaciones para la reaparición del diario 'Ma drid'
En la sección de 'Nacional' en la página 7. se in forma de las negociaciones que se estan llevando a cabo con el propósito de la pronta reaparición del 'Madrid'. En ellas se da el visto bueno al tan citado memorandum y refleja tam bién entre el personal una sensación de alivio y esperanza: 'Ha sido sometido al visto bueno de Lucio del Alamo, presidente de la Federación de Asociaciones de la Prensa, y Anto nio Castro Villacaflas, presidente del Sindicato Nacional de Prensa. Radio, Televisión y Publicidad, el memoréndum de -acuerdos básicos sobre la reapertura del diario 'Madrid'
2 de diciembre de 1.971
'Parece que el 'Madrid' volverá a pubí icarse',
En la página 7 recoge esta información en la que se propone una empresa con participación sindical que se hi ciera cargo de la edición del periódico como solución al cie rre: TMLa viabilidad de una empresa con participación sindical que se hiciese cargo de la edición del diario 'Madrid' será estudiada mañana por la comisión permanente del Sindicato Nacional de Prensa, Radio. Televisión y Publicidad, se gún han informado a 'Cifra' fuentes de dicho organismo'.
3 de diciembre de 1,971
'El Sindicato de Prensa niega que haya acuerdo so bre 'Madrid'
En esta otra información que se recoge en la pági na 5. un comunicado dice que el problema dista mucho de tener facil solución: 'Se ha visto sorprendida la comisión -con la nota de prensa en la que el apoderado de la empresa del diario 'Madrid' ha hecho público un memorándum de supues tos acuerdos básicos para anunciar el fin inmediato de un -problema que dista mucho de tener facil solución. U,.,) El Sindicato toma como objetivo primario y fundamental el que los trabajadores tengan garantizado en todo caso su salario',
4 de diciembre de 1.971
'La empresa del diario 'Madrid' paga los anticipos semanales'.
Se hace eco esta noticia de que los trabajadores del vespertino madrileño están cobrando sus anticipos, aún no habiendo trabajado en toda la semana.
1 de diciembre de 1.971
'Deliberación sobre la reaparición del diario 'Ma dr i d'
En esta nota facilitada por varias agencias jofor mativas. se recogen las declaraciones de Castro Villacañas. presidente del Sindicato Nacional de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad, en las que se analizan los diferentes pro blemas que plantea el 'Madrid' para su reaparición: 'Quedan todavía muchos problemas de orden jurídico y económico en el asunto del diario 'Madrid' que se deben solucionar, ha -manifestado el presidente del Sindicato Nacional de Prensa, Radio, Televisión y Publicidad, Antonio Villacañas'.
12_de diciembre de 1.971
'El día 21, Junta Extraordinaria de la Asociación de la Prensa de Madrid'.
Se trata de una pequeña información que aparece en
la página 6. A peticidn de un grupo de 150 perIodistas de Madrid, que dirigieron escritos al Presidente de la Asociación de la Prensa, que ha convocado una junta de la Asociación para estudiar el cierre del 'Madrid'..
18 de diciembre de 1.971
_
'Puntualizaciones de Sánchez Bella en el problema del diario 'Madrid' 2.
En la página 5 recoge unas declaraciones del minis tro de Información y turismo, Alfredo Sánchez Bella que recogen casi todos los diarios en las que muestra su preocupa ción por la situación de los redactores y de todo el personal laboral y afirma que hay que 'buscar cualquier solución dentro de la ley'.
22 de diciembre de 1.971
_
'Junta Extraordinaria de la Asociación de la Pren sa de Madrid.
En esta información se da cuenta de la reunión la Asociacido madrileña, en la que se apoyo la publicación del diario y se solicita de la administración el que cuentre lo más rápido posible una fórmula legal para que reanude la vida del vespertino de Madrid.
de se ense
26_de diciembre de 1.971 _
Ayer cumplió un mes el cierre del Madrid' 'Y.
En la página 5 se informa del tiempo transcurrido desde el cierre y las gestiones llevadas a cabo para la vea pertura, en el mismo. Son una serie de noticias que en el -resto de los diarios aparecen en días separados: 'Aun no se ha encontrado una fórmula para la reaparición del diario', 'Varios procuradores en Cortes también han formulado ruegos en torno a diversos aspectos de la legislación de prensa'. 'En la noche del 24 los trabajadores hablan pensado reunirse pero fue suspendida la reunión para que no se diera un carác ter distinto'. 'La redacción recibe constantemente telegramas de esperanza'.
29_de diciembre de 1,971
'Dimite el director del diario 'Madrid'
En la página 4 informa de la carta de Antonio Fon dimi- tAn dirigida a Rafael Calvo Serer, estimando que con la can celación de la inscripción en el Registro de Empresas PeÑo disticas lo más oportuno por su parte es presentar La sión. El director del vespertino wadrileno con este gesto -intentaba el que la reaparición del cotidiano se hiciera -electiva lo antes posible, ya que algunos achacaban el retraso a su continuidad como director del mismo. AdemAs deja ba de pecibir su sueldo en beneficio de los trabajadores.
5.3.10. 'El Mundo Internacional'
4 de diciembre de 7.97?
'Una semana politicamente caliente'.
Es un análisis editorial, de opinión, en el que el autor hace una breve síntesis introductoria del caso pasando a continuación a estudiar las reacciones de los diferentes medios de comunicación escritos. Según Lorenzo Contreras, -las reacciones han enfocado tres aspectos: el político, el profesional y el jurídico.
'Desde el punto de vista político, la desaparición definitiva o temporal del periódico entraña, a juicio de -'ABC' 'un daño para la formación en licito contraste de Dareceres de la opinión pública'. -continua Lorenzo Contrerasotros órganos informativos se han sumado a esta apreciación: si la más probable reaparición de 'Madrid' se produce con -menoscabo o alteración de la línea ideológica centrista que dentro de la legalidad venia sustentando, se habrá resuelto -con el hecho do la reapariciónun problema social, pero el contraste que ampara la Ley Orgánica del Estado quedará empobrecido. La pluralidad de opiniones sufrirá una evidente sustracción. El público, cuyos intereses como lector son tani bien tutelables, padecerá una pérdida política'.
Con el ladillo 'Un problema laboral y de concien-
cta 'da entrada Lorenzo Contreras al aspecto profesional del cierre, que según él 'lleva aparejado un problema social que el propio Ministerio de Información desea resolver. El diario 'Pueblo' ha vertido lágrimas compasivas sobre las zozobras de una plantilla en apuros'.
'Una laguna en la Ley de Prensa: decisiones ejecuti vas en el acto', es el siguiente ladillo en el que el pedo dista analiza la clausula de conciencia: 'El problema social, a escala de redactores, es inseparable de otro problema: el de la llamada Clausula de Conciencia ... derecho profesional a preservar una línea ideológica e informativa cuando acontecen cambios de empresa . , . -
'La Sociedad Civil de Redactores del diario 'Ma
-drid' habla solicitado inscribirse en el Registro de Empresas Periodísticas como elemento integrante de la empresa, y pretendía, antes de la Orden de cierre, suscribir las accio nes que figuran a nombre de personas interpuestas y cualesquiera otras cuya atribución estuviera mal hecha, con prefe rencia a cualquiera de los socios que se disputan el dominio del periódico, conforme a la noción de empresa que se confi gura en el Fuero de los Españoles y en el Fuero del Trabajo'.
El aspecto jurídico del tema lo toca muy superfi -cialmente, citando para ello a otro diario madrileóo destacado en la defensa de los derechos del 'Madrid'.' En el or
den jurídico, las reacciones ante la cancelación de la mscripción registral del periódico, ponen de relieve, en pala bras de 'Informaciones', la preocupación ante la inmediata ejecución de simples órdenes ministeriales ante las que caben recursos judiciales'.
Con el subtitulo 'Unánime clamor en orden a la re forma de la Ley de Prensa' da paso a un resumen de todo lo sucedido en una semana que no fue muy fructífera en solucie nes: 'La situación parece haber pasado de los pronosticos de solución rápida a las perspectivas de negación lenta y lafro riosa'. Refiriéndose al memorándum, atribuye a su fracaso a que 'la nota del Sindicato daba a la rúbrica del memorándum un simple valor informativo y de contacto previo para iniciar las negociaciones'.
Por Último, se centra en el tema del subtitulo cri ticando algunos aspectos de la Ley de Prensa del 66: 'La cues tUn planteada por el cierre del 'Madrid', en base a irregularidades administrativas, ha proporcionado relieve a las deficiencias de la vigente Ley de Prensa y ha subrayado la inconsecuencia que presenta promover el contraste de pareceres sin dejar de extremar el rigor administrativo contra los órganos de opinión que exhiben una pronunciada línea crítica'.
11 de diciembre. de 1.971
'El diario 'Madrid' sigue cerrado'
En el mismo nÚmero 1.641 la revista 'Mundo' anun- cta en su sumario, en la sección 'España' y balo la rúbrica de 'fladrid Pol fico': 'El diario 'Madrid' sigue cerrado. Una nime clamor en orden a la reforma de la Ley de Prensa'. Se trata de un articulo firmado por Lorenzo Contreras. El suma rio remite a la página 9, pero en la página 4 se encuentra un interesante editorial:
'Notables imperfecciones en la Ley de Prensa'.
Aquí se analiza en un tono fuerte, claro y directo la llamada Ley Praga de 1.966 y comienza diciendo que 'con motivo de los últimos acontecimientos en materia de prensa (no alude directamente al cierre del diario 'Madrid'. pero si indirectamente ya que es lo último acaecido en materia -de prensa y referente a la ley que posteriormente analiza) -¼..) los órganos representativos de los periodistas y mu.chos expertos en materia de legislación y no pocos políticos han vuelto a recordar la necesidad de suavizar ciertos preceptos de la vigente Ley de Prensa de 1.966'.
Este editorial pone de manifiesto que si la ley -fue presentada como un logro máximo de la evolución política española con esta han ocurrido cosas que ni rigiéndose con un decreto de guerra hubiera podido producirse. Y 'Mundoes té aludiendo a un decreto de guerra, que no es sino una situación de excepción en la vida política y social de una co munidad o país.
De este modo se refiere al espíritu sibilino de -esta ley, base pues, del cierre del 'Madrid', enmarcado en una situación donde, prosigue el editorial 'los cierres de diarios y revistas, las multas fortísimas a los directores de empresas, los cambios de directores (..) no tienen precedentes'. En este punto llega a cuestionarse la independen cia de los tribunales, 'que son la garantia de respeto a la dignidad de la persona, algo por encima de la arbitrariedad posible de una autoridad de cualquier grado administrativo, en todos los paises. Se resalta que en España los tribunales tienen esa misión pero que es necesario que la justicia que ejercen no sea desvirtuada por actos administrativos, en lo que están de acuerdo los profesionales de la información, -'en que, por ejemplo, ciertas disposiciones administrativas no deberían ser automáticas, en cuanto interfieren la labor de los tribunales y prejuzgan resoluciones que pueden ser -contradictorias'. Parece que aquí el semanario aboga una se paración de poderes, en la que la justicia pueda ser ejerci da de una forma clara, sin presiones polfticas o burocráticas de ningún tipo.
Así pues, la cancelación de un diario ya no es -tanto un tema burocrático de resolución del Ministerio dé In formación y Turismo, en este caso, sino de la aplicación de una serie de leyes claras, y aboga por la reforma de la Ley de Prensa 'que ha nacido alicorta y ha necesitado de perfec cionamientos posteriores'. Finaliza el editorial criticando
al padre de esta ley, Fraga, que mantiene la tesis de dejar lo todo como está.
En la sección de 'Madrid Político' y bajo la foto grafía de los trabajadores del diario 'MAdrid' en los talle res del periódico escuchando un comunicado, se reproduce el cismo titular y subtitulo que en el sumario. El articulo es tá dividido en dos partes, una dedicada a la XV Asamblea de la Confederación Episcopal Española (tratada en primer lugar y sin aviso de ningún tipo o sumario o ladillo> y la segunda referida al caso del 'Madrid', lo que produce sorpresa y arubigliedad al mismo tiempo para el lector. Ambos fueron los acontecimientos, según el autor, capitales de la última semana.
Lorenzo Contreras, bajo el ladillo: 'Lo del 'Ma -drid' va para largo', resalta que la situación parece haber pasado de los pronósticos de situación rápida a las perspec tijas de negociación lenta y laboriosa. Para este periodista -las dificultades para el arreglo se encuentran en la cuestión económica:'el sindicato se niega a cualquier compromiso que impiique abonar un Canon de arrendamiento elevado', y al mis mo tiempo resalta las deficiencias de la Ley de Prensa del.966 y coincide con el editorial analizado anteriormente en que -las objeciones a esta ley coinciden en proponer un aplazamiento de la ejecutividad de las sanciones mientras que los tribunales decidan si ha lugar a estas. 'con el lo ganaría la seguridad jurídica, valor que tutele el articulo 17 del
Fuero de los Espafloles'.
Bajo el ladillo de '¿Qué va a pasar?' resalta que el titular del departamento de Información, Sánchez Bella,hizo saber que en la cancelación de la empresa del diario -'Madrid' no han estado involucradas intenciones políticas ni acción de unos grupos contra otros. Finalmente, destaca la atención prestada por el Consejo de Ministros y el recurso de alzada contra la cancelación no ha sido aún presentado.
25 de diciembre dc 1.971 _
'La politica española de 1.971':
En el número extraordinario de la revista, el 1,651 se hace un repaso a los aspectos más representativos acaeci dos durante todo el año. Aparece un ladillo titulado '¿Y del 'Madrid' qué?', donde junto con temas como la cuestión universitaria, el conflicto de la construcción de ?ladrid, etc, se destaca 'la cuestión periodística, con los cierres <algunos -temporales> de publicaciones como las revistas 'Tiempo', 'SA bado Gráfico', 'Presencia' y el diario 'Madrid', caso este último que desborda, por irresuelto los limites del año y es noticia rigurosamente actual'.
Es importante resaltar el que Contreras eligiera el tema del cierre del 'Madrid' como ladillo y punto final a su repaso político de 1.971, recordando los 'desuellos', -
tal es el calificativo que emplea, 'periodísticos, en los -que Calvo Serer, hoy procesado por su articulo en 'Le Monde' y Fraga Iribarne. fueron juntos al potro de las mortificaciones (,',l', de este modo pone de relevancia un tema candente de actualidad y su trascendencia e importancia en el mundo - periodístico.
5,3.11. 'te Monde'
28 de octubre de 1.971
'Una Sociedad de Redactores es constituida en el diario 'Madrid' 'Y.
Se trata de una crónica del corresponsal 'lose Anto nio Novais que aparece en la página 36 sobre la constitución de una Sociedad de Redactores y las tres corrientes existen tes dentro de los accionistas de la empresa. En la informacLin se expone la postura de la dirección de la empresa, así como la de los redactores que desean una mayor participación en las decisiones concernientes al cotidiano.
4 de noviembre de 1.971
'Las autoridades españolas justifican la apertura de una investigación sobre el diario 'Madrid' Es otra crónica del corresponsal sobre las razones dadas por el Ministerio de Información y Turismo para abrir
la investigación sobre la propiedad de un lote de acciones que, por valor de cuatro millones y medio de pesetas, habría suscrito una sociedad financiera, a pesar de que según la -Ley de Prensa los accionistas de los periódicos debían ser personas físicas y no sociedades jurídicas. El corresponsal pone de relieve el interés suscitado por la Sociedad de Re- dactores del 'Madrid', primera creada en España.
11 de noviembre de 1.971
'Yo también acuso'.
Se trata de un articulo de opinión firmado por Ra fael calvo serer, que tiene como antetitulo 'El Gobierno de Madrid contra las libertades'. En el mismo, el presidente -del Consejo de Administración del 'Madrid pasa a hacer un -análisis, denunciando las razones del conflicto que oponía a su periódico con el Gobierno, La situacién del diario y el contexto de opresión y censura en que se desarrolla su acti vidad completan el articulo que aparece en la página 5.
20 de noviembre de 1,971
La Sociedad de Redactores reclama el mantenimien to del director actual'.
Noticia sobre la actuación de la Sociedad de Redac tores del'Madrid' que intentó la compra de las acciones en -litigio a fin de evitar la prohibición del periódico. La So
ciedadad de Redactores pidió su insCripción en el Registro de Empresas Periodlstices, la autorlzacqón a la Dirección -General de Prensa para la compra de las acciones y el mente nimiento de Antonio FontAn en su puesto de director. Sc pone dc relieve el interés con que todos los periodistas siguen el proceso 'debido al malestar que reina en la prensa'.
25_de noviembre de 1.971
'El Tribunal de Apelación de Madrid confirma los derechos de Calvo Serer'.
Con el antetitulo 'El asunto del diario '?ladrld' aparece en la página 5, esta noticia facilitada por la agen cia 'France Presa' que habla de la confirmación del Tribunal Apelación de Madrid sobre los derechos de Calvo Serer en la sociedad editora del diario. En la información se destaca -que la s~,¡LenCi8 ha sido dictada en un momento critico para el periódico 'que sigue una línea politice no conformista', y que el propio Calvo Serer ha denunciado, 'Con un vigor inha bitual en España', lo que denomina 'la lucha por el poder en el diario 'Madrid'' así como cl apoyo que aporta la Sociedad de Redactores a la dirección dcl periódico.
2? de novIembre de
1,911
'El diario '$ladrid' suspendido'.
Se informa de la suspensión provisional del 'Madrid'
a partir del 26 de noviembre. justificada por el Ministerio de Información y Turismo por el hecho de que un lote de acciones del 'Madrid' fueron suscritos por una sociedad finan ciera, lo que estaba prohibido por la Ley de Prensa. La in formación recoge el comunicado del MInisterio español en el que declara su voluntad de 'encontrar una fórmula que, respetando la ley, permita al 'Madrid' continuar su publicación'. El autor de la noticia, Jose Antonio Novais, recoge algunos detalles que demuestran la actitud crítica del 'Madrid' y -sus trabajadores ante esta decisión, El corresponsal informa que, en opinión del Director General de Prensa, la prepa ración de una conferencia del francés Jean Schwoebel, presi dente de la Sociedad de Redactores de 'Le Monde' · sobre las sociedades de redactores anticipó el cierre del periódico.
28 y 29 de noviembre de 1,971
'Los periódicos de le capital critican la suspen- sión arbitraria del 'Madrid' 'Y.
La información de la página 4. firmada por Jose
-Antonio Novais, recoge las condiciones presentadas por las autoridades espaflolas para la reapertura del diario. También destaca la reacción de los redactores que reclamaron 'la dij nidad, la independencia y la calidad para el periódico'. La noticia concluye con las reacciones criticas de la prensa es pañola frente a la decisión gubernamental y la relación del caso con la visita del ministro francés de Asuntos Exterio
res. Naurice Schumman.
de diciembre dc 1.971
'El diario 'Madrid' podría reaparecer proximamente'.
La noticia habla de la posibilidad de reaparición del periódico despues de llegar a un acuerdo de principio -por el que el diario seria alquilado al Sindicato de Prensa ya la Federación Nacional de Asociaciones de Prensa con las siguientes condiciones: el pago a los trabajadores por la so ciedad arrendataria: introducción de un representante de los redactores en el Consejo de Administración y conproisiiso de conservar -la 'independoncia y la dignidad' del periódico sin romper -.
su línea política.
23 de diciembre de 1.977
'La prohibición del diario 'Madrid' preocupa a la opinión pública'.
La noticia versa sobre las diligencias iniciadas contra Calvo Serer por su articulo 'Yo también acuso~ pubí i cedo en te Yonde' cl 11 de noviembre. Calvo Serer podía acusado de atentar contra '1 a seguridad interior del Estado español'. In este articulo se recogen las posiciones de los sindicatos. usí cono la de algunos misobros de la Iglesia,los diputados que representaban las far,i ias en Cortes, tolas ella; en favor de la dirección del tiadrid' y su Socie- ser
dad de Redactores.
5.3.??. Otros periódicos extranjeros.
'The Sunday Times' tres días despues del cierre del periódico, ofrece una información a cinco columnas, en las que expone claramente que 'la razón es claramente polltlct y que las irregularidades administrativas no son más que un -pretexto.
En orden a justificar la clausura del 'Madrid' el Ministerio de Información ha publicado un documento de 48 páginas aclaratorio de las razones fInancieras. Pero, priva damente, el Director General de Prensa, Fernando Sorda <Fernandez Sordo) admitió ante los miembros del jurado de empreSa que las razones fueron de índole política' ( ...
'La Croix' (21/22-ll-711, días antes del cierre, -ya hacia una premonición del destino de un periódico que, co mo el 'Madrid' había 'blantado cara al Gobierno
El no alineamiento del 'Madrid' irrita al Gobierno. En el plazo de cinco a!los, de una inconfortable ac tividad, 31 sanciones han recUdo contra el director por el Ministerio de Información. En 1,968, el diario fue suspensido durante cuatro meses a raíz de un articulo de Rafael Calvo -Serer cuyo contenido criticaba abiertamente la dictadura de
De Gaulle y de modo latente el contenido que usted sabe'.
El 'Internacional l4erald Tribune' (26-Ii-it) seña laba: 'El Gobierno ha presionado a 7-ir. Calvo a que renuncie al control de su periódico y a que reemplace a su director -moderado, por un bien conocido derechista miembro del partido falangista'.
De modo directo se dijo también esto en 'The Eco nomist' (20-11-7l).'' El Gobierno quiere imponer como editor del 'Madrid' a un veterano falangista, don José Maria Alfaro y a un director responsable ante el Ministerio de Información?
En este planteamiento de que se ha hurtado informativamente a la opinión pública española, coinciden básicamente todos los periódicos extranjeros. El propósito del Gobierno de cambier la línea seguida por el periódico, por medio de presiones y de cancelar la inscripción registral de 'Madrid' fue la tónica informativa antes, durante y en los meses postenores al cierre del periódico.
El 'internacional Herald Tribune' (30-11-71) escri be: ( ..¿' La muerte del 'Madrid', sin embargo, no fue ninguna sorpresa extraordinaria para los editorespeniodistas y -lectores conscientes, porque conocían los procedimientos uti lizados por el Ministerio de Información para impedir el mínimo de libertad concedido por la Ley de Prensa'.
'Le Figaro' (516-11-72) considera que el cierre de 'Madrid' constituye un test que sobrepasa ampliamente el mar co de la empresa sancionada. Y continua; 'Ello significa que cualquier temática, incluso tímida, de apartarse de las instrucciones estrictas señaladas por el Poder, conduce a amorda zar, cueste lo que cueste, a aquellos que tienen la audacia de arriesgarse. La voluntad del Gobierno de rehusar el menor diálogo abierto con los elementos que no se alinean incondicionalmente a todas sus exigencias, se ha manifestado patentemente en la última fase de las discusiones tn uno de los periódicos italianos de mayor presti gio, '11 Tempo' se dió a conocer en el mismo sentido el moti yo fundamental de que se quedasen sin trabajo 'los 225 peno distas, empleados y tipógrafos del periódico', por su 'rígida adhesión de casi todo el personal a la línea seguida por el diario',
Meses más tarde en el periódico católico de Actster dam, el 20 de noviembre de 1.972, se expuso ampliamente la -motivación política y antidemocrática que guió al Gobierno -contra el 'Madrid', 'Dos periódicos -dice 'De Tyd'se dis tinguieron por su actitud contra el 'Madrid', con la agravan te de ser también los vespertinos: 'El Alcázar' y 'Pueblo'.
Para él 'Paese Sena' (5-7-72), el 'Madrid' 'Se tra taba de un diario combativo, orientado a la derecha, en senti
do monárquico: pero este tipo de voz, inevitablemente, no -pudo complacer al régimen ¿facista, que al fin, le ha pues to la moraza (..4.
Todos los periódicos en paises de la Europa Occi- dental ofrecieron en su momento, con bastante relieve, la no ticia del cierre del 'Madrid'. Y todos coinciden en dos hechos: el diario 'Madrid' era uno de los pocos bastiones en -la defensa de la libertad de prensa en España. si no el Único: el régimen cerró el periódico porque no aguntaba la libertad y la verdad.
Es curioso, al contemplar ahora el panorama de aque- llos años y la lucha de 'Madrid' oir la supervivencia, con -la perspectiva que dan los casi veinte años transcurridos -desde entonces, como ninguno de los detractores de 'Madrid' puso en duda la honradez en la trayectoria profesional del -periódico. su respeto a la verdad.
Por otra parte, el diario 'Madrid' fue escrupulosa mente respetuoso con las personas. En las páginas del 'Madrid' se puso en tela de juicio el sustrato ideológico y las instt naciones que mantenían al régimen de Franco, pero nunca a las personas, pese a los ataques que los dirigentes del 'Madrid' y algunos colaboradores sufrieron con ocasión de su crítica política.
¼'.)' Cinco semanas después de la orden de cierre del diario 'Madrid', el nuevo año ha comenzado sin que reapa rezca el periódico que se había propuesto seguir una línea -política independiente (..A. Todo el personal (225 personas>, periodistas, empleados y obreros de impresión se ha solidan zado con su director, contra quien hablan dirigido sus ata -ques varios grupos políticos y económicos, partidarios de un cambio de cabecera del diario'. (Sud Ouest, 3-1-12).
La ptensa europea siguió muy de cerca y al día las vicisitudes del 'Madrid'. 'Le Figaro' (5-2-72> dice:
- Las autoridades han tomado como pretexto pa ra romper las negociaciones que el apoderado del grupo propietario señor Garcia-Trevijano, que habla aceptado la mayor parte de las sugerencias, ha mantenido hasta hoy dos exigencias, por otra parte legitimas, que son: (..)
- Que el organismo que momentaneamente habría de hacerse cargo. deldiario, reconociera las deudas.ylos compro misos, adquiridos por la sociedad propietaria.
- Que todos los periodistas y los empleados sean mantenidos en los puestos que ocupaban el 25 de noviembre úl timo, fecha de cierre del diario por orden del Gobierno.
En la práctica, la ruptura de los interlocutores -
entraña el paro de 250 personas.
De otra parte, el presidente del Consejo de Admi- nistración, profesor Rafael Calvo Serer, que reside desde -hace más de dos meses en Francia, es objeto:de un proceso ju dicial y riesgo de una pena de seis a doce años, por haber expuesto su problema en la prensa internacional.
La Ley Fraga Iribarne sobre 'La libertad de prensa'
y la abolición de la censura, que jamás fue aplicada de het cho por su propio promotor, no es más que un souvenir. Los periodistas y empleados, que,el miercoles por la tarde, se sometieron a una pelea de honor, y ocupando los locales de 'Madrid' se han visto obligados a evacuarlos, despues de ha ber recibido un ultimatum de la policia. Nuestro colega na# drileño se hunde en consecuencia con el pabellón alto y tal vez con la figura de un precursor'
'II Giorno' (5-7-72), en su página 3, publica un articulo de Rafael Calvo Serer, 'editor del 'Madrid', el dia rio cerrado hace ocho meses en España'. Y apunta:
..fl'EI Gobierno español ha sorprendido despuÉs de una larga lista de sanciones contra el diario por su posi ción no ortodoxa en su enfrentamiento con el régimen. Rafael Calvo Serer recuerda su lucha por la libertad de prensa en España. Es el testimonio de un moderado español' (
'L' Umanitáe reproduce el 5 de julio de 1.972, a los ocho meses casi despues del cierre, en su sección dedi. cada a la televisión, un reportaje de la TV francesa dedica ce al 'Madrid':
Espaenfren-
'Aquel día. 25 de noviembre de 1.971, en la ña franquista muere un diario, la única voz crítica tada al Gobierno de Franco, Era el 'Madrid' (,,j.
Una encuesta bien dirigida que ha tenido el merito de atraer la atención del público sobre un episodio general mente poco conocido, pero que asume una particular importan cia porque ha permitido iniciar un discurso sobre la libertad de la prensa y de la información necesarias a toda la -población civil, La encuesta aunque limitada ha intentado -prever el futuro de un país (España) que atraviesa un desarrollo decisivo en su existencia. ¿Esta evolución que parece indicar nuevas perspectivas políticas y sociales será posible, destinada a permanecer sólo como una tentativa o encau zará un sueño para los españoles?. Esto no hace sino demostrar qué dificil es señalar un futuro para un país como la ~spafla franquista, cuya situación se basa más sobre las de Ásiones de una élite o una persona ... que sobre las forni das indicaciones de un sistema democrático'.
En 'Cahiersdel'llP' (abril 1.972), boletín mensual del Instituto Internacional de Prensa, en portada y a
toda página, se recoge la presencia de cuatro directores de periódicos invitados a la Asamblea celebrada en l'l~nich. Una fotografía de Rafael Calvo Serer y un amplio titular a toda página, 'Nuestro combate por la libertad de prensa', abren la información.
'Rafael Calvo Serer, profesor de Historia y de Fi losofla en Ja Universidad de Hadrid.(...) vive exiliado en Francia despues de las graves diferencias que el Gobierno opuso.a la dirección ya la redacción del diario 'Madrid', que ha debido cesar su publicación. ('Cahiers de l'IIP' (no viembre 1.971 y enero 1.972> (93).
'Son estos unos botones de muestra de cómo acogió la prensa internacional el cierre de 'Madrid', y de cómo se le dio la importancia que merec¶a por su labor destacada en favor de la libertad de prensa y de las libertades de todos los españoles. La importancia del 'Madrid' en este proceso de apertura fue reconocido así por los órganos de comunicación y de opinión fuera de España, que en los años posterio res mantuvieron informados a sus lectores sobre el asunto -del 'Madrid',
Este seguimiento del problema 'Madrid' recobró dra mática actualidad con motivo de la demolición del edificio que fuera sede del periódico en la calle del General Pardiñas. 92. en el madrileño barrio de Salamanca.
Por citar sólo algunas muestras, en 'International Herald Trlbune', (25-4-73), señalaba:
'Fue un final dramático y simbólico de una de las pocas voces independientes del país. El periódico habla sido cerrado por el Gobierno 17 meses antes. A la espera de la batalla ante los tribunales, pocos esperan en la actualidad la reaparición del periódico 'Madrid', fue forzado a vender el edificio para pagar a sus 125 empleados despues del cierre. En su lugar se construiran apartamentos.(. ')
El editor del periódico, Rafael Calvo Serer, un
-conservador, que derivé hacia posturas liberales, escribió en su dia en el diario parisino 'Le Monde' que el Gobierno habla impuesto 'condiciones draconianas' al 'Madrid'. Acusó al vicepresidente Luis Carrero Blanco de 'haber decidido per sonalmente la muerte dei periódico'.
The Econon,lst' (28-4-73) que también recoge una fotografía de la demolición del 'Madrid', ocurrida al 24 de abril, dice:
'Madrid' fue un moderado y eficaz portavoz de la idea de que España debía acercarse a Europa. a traves de una gradual democratización de sus instituciones'.
'L'Express' (30-4 y 6-5-73) señala:
(,.4'Con la ayuda de 70 kilogramos de dinamita, los autores de la demolición han arrasado las oficinas del diario 'Madrid', tenaz critico del régimen, para edificar -apartamentos en su lugar. 'Se entterra, dice un antiguo cm pIcado, pero habla muerto hace mucho tiempo'. Suspendido durante cuatro meses en 1.968 por la simple alusión de haber sugerido retirarme al general Franco, el diario dejó de apa recer el 25 de noviembre de 1.977: el Gobierno hacia saber -que no autorizaba la continuidad salvo que camblara de diree cLin. 'Madrid' habla vendido su patrimonio para pagar a su personal' (94),
NOTAS
- (1) Ver epígrafe 3.2.5.
- (2) Articulo 71 de la Ley de Prensa e Imprenta de IB de marzo de 1.966.
- <3> 'EL ALCAZAR', redacción en Madrid: 'El ex-director de 'Madrid' absuelto por la Audiencia Provincial'. Día 14-VI-l .967.
- (4) y., Anexo II,
- (5) Según se contempla en el párrafo Dos del artIculo 64
- de la Ley de Prensa e Imprenta de 18 de marzo de 1.966.
- (6) 'EL ALCAZAR', redacción en Madrid; 'Orden de secues-ET 1 w 76 316 tro de 'Madrid', del pasado día 30 lunes', Día 1-111.967.
- <7) Según se contempla en la Ley de Prensa e Imprenta de
- 18 de marzo de 1.966.
- <8) CALVO SERER, Rafael: 'La dictadura de los franquistas
- El 'affaire' del 'Madrid' y el futuro político', Pans, 1.973.
- (9> 'INFORMACIONES', redacción en Madrid: 'Alzamiento y rebelión'. Día 31-1-1.967.
- (10) Ibídem.
- (11) Ibídem.
- (12> Ibídem.
- (13) GUILLEME-BRULON, 3.: En 'Le Figaro'. Día 2-11-1.967.
- (141 CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
(15) 'INFORMACIONES', redacción en Madrid: 'Aguilar Tremo moya, absuelto por el Tribunal de Orden Público': Día 29-VI-l .967,
(16> 'EL ALCAZAR', redacción en Madrid: 'Caso Aguilar: Re-ET 1 curso del Ministerio Fiscal'. Ola t-Vll-1.967.
(17> 'YA', redacción en Madrid: 'Miner Otamendi lleva a
los tribunales a la empresa de 'Madrid' '. Ola 16-VI1,961.
(la) 1., Anexo III.
(19> Se refiere Jose Maria Desantes al editorial titulado
'La protesta no es siempre moralmente condenable'.
(20> CAriO SERER, R; Op. cit.
(21) 'YA', redacción en Madrid: 'Querella criminal contra
el diario 'Madrid' '. Día 16-lV-1,967,
<22) 'YA', redacción en Madrid: 'El director de 'Madrid' sancionada'. Día 6-11-1.968.
(23> Por importe de 50,000 pesetas fue impuesta el 2 de noviembre de 1.967.
(24> Sentencia de l8-lV-l.969. Cdo. 6~. Aranz. 1.998/69.
(25> CRESPO DE LARA, Fedro: 'El articulo dos. La prensa ante el Tribunal Supremo', Madrid, 1.975.
(26> Ibídem.
(27) Ibídem,
<28) Ibídem.
(29) ibídem.
(30) De fecha 7 de Julio de 1.969.
(311 Laureano López Rodó.
(32) CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
(33> Ibídem.
(34) Sentencia del Tribunal Supremo de 9-Vl-l.969. Cdo. 2' Aran. 3.350/69.
(35) Según el articulo 70.1 de la Ley de Prensa e Imprenta de ¶8 de marzo de 1.966.
-
<36) La quinta parte del mAAlmo.
(37) Boletín Oficial del Estado de fecha l-VlIr-1~96g.
(381 V, , Anexo IV.
(39) 'NUEVO DIARIO', redacción en Madrid: 'La Organización Sindical se querella contra el diario 'Madrid' '. Día
3-XII-l. 961,
(40> 'ARRIBA', redacción en Madrid: 'La Organización Sindi-ET 1 w 75 40 cal demanda al diario 'Madrid' Día 2-XII-I.961.
(41) 'MADRID'. redacción en Madrid: 'Cuota sindical y sala-ET 1 w 75 37 rio mínimo'. Oía 8-XII-1.967.
(42) 'DIARIO DE AVILA', redacción en Avila: 'Información -sobre la cuota sindical'. Día 12-Xll-l.967.
(43) 'MADRID', redacción en Madrid~ 'El diario 'Madrid' ha jo acusación'. Día l2-XIl-l.967.
<44) 'MADRID', redacción en Madrid: 'Acusación mantenida' Ola I6-XII-l.967.
<45) Ibídem.
(461
Ibídem,
<47) El lunes día 11 de diciembre de 1.967.
(48) y., Anexo III del Capitulo
(49) CALVO SERER, Rafael: Op.
cit.
(SO) 'MADRID', redacción en Madrid: 'Nueva sanción al rio 'Madrid' '. Ola 17-V-1.968,
(Si) Ibídem.
(52) Según lo establecido en el articulo ¶0 de la Orden Mi nisterial de 22 octubre de 1.952.
(53> conforme a lo previsto en los artículos 71 y 1=2de -la Ley de Prensa e Imprenta y de Procedimiento Adminis trativo. respectivamente.
dia-ET 1 w 80 18
- (54) Sentencia del Tribunal Supremo de 14-yI-I.911. Cdos.
- 2', 3 y 4~, Aranz. 3.162/71.
- (55) y~, Anexo IV del Capitulo 4.
- (66> Es el otro profesor propuesto para obtener el grado
- de Doctor 'Honoris Causa'.
- (57) 'MADRID', redacción en Madrid: 'El rectorado de la
- liñiversadad de Madrid, sorprendido por la actitud del doctor Lwoff'. Día I5-Il-1.968.
- (58) SOR, Francisco: 'La suspensión del diario 'Madrid' fue conforme a derecho'. En 'YA', día 4-X-1.970.
- (59) Articulo 69 de la Ley de Prensa e Imprenta de IB de
- marzo de 1.968.
- (60) Sentencia del Tribunal Supremo de 25-IX-l.970. Cdo. 4' Aranz. 3.594/70.
- (61) Ibídem.
- (62) Ibídem.
- <631 y. · Anexo VI del Capitulo 4.
- <64) Sentencia del Tribunal Supremo de 25-lX-l.9?O. Cdo. 4' Aranz. 3.594/70.
- (65) Sentencia del Tribunal Supremo de 22-1-1.970. Odo. 2'
- Aranz. 208/70.
- (66) y. · Anexo IX del Capitulo 4.
- (67> CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- (68) José Solis, Din Ambrona, Sánchez Anona y Nieto Antunez.
- (69) CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- (70) lbidem~
- (71) También 'Madrid' habla tratado el tema en octubre de 1.966, noviembre de 1.967 y febrero de 1.958.
- (72> CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- (73> Ibídem.
- (74) 'DIARIO SP', redacción en Madrid: 'Calvo Serer y zale. procesados'. Día io-yiií-i.968.
Go-ET 1 w 114 476
- (75) Lo mismo se podía deducir del articulo 8' de la cita da Ley Orgánica del Estado de 1 de enero de 1.967.
- (76) 'LE MONDE', corresponsalía en Madrld.''EI cotidiano 'Madrid' suspendido por dos nieses'. Día 3-VI-l.968.
- (77> Ibídem.
- (78) 'EL ALCAZAR', redacción en Madrid: 'SolIdarIdad de los redactores de 'Madrid' con su periódico', Oía --1-VI 11-1.968.
- (79) 'LA VANGLIARDIA' , redacción en Madrid: 'Los redactores de 'Madrid' renuncian a parte de sus honorarios para ayudar al periódico'. Día 1-VIII-1.968.
- (80) CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- (81> 'LA VANGUARDIA', redacción en Madrid: 'La reaparición del diario 'Madrid''. Día 25-lX-l.968.
- <82) 'HOJA DEL LUNES', redacción en Madrid: ' 'Madrid nuda su publicación'. Día 7-X-I.968.
- (83) CALVO SERER, Rafael: Op. clt.
- (84> Sentencia del Tribunal Supremo de I8-VI-1.970. Cdo. 99 Aranz. 3.151/70.
- (85) 'MADRID', redacción en Madrid: 'Expediente al direc-ET 1 w 72 179 m tor del diario 'Madrid' '. Día 19-11-1.970.
- (86> y.. Anexo IV.
- (87) CALVO SERER, Rafael: Op. cit.
- (88> 'DIARIO DE DIARIOS'. Días 4 y 5.IV-1.97l.
- (89) 'YA', redacción en Madrid: 'Es confirmada por el Tri-ET 1 w 73 103 bunal Supremo la sanción a don Antonio Fontán, direc-ET 1 w 73 91 m tor que fue del diario 'Madrid' '. Día 8-Vll-l.973.
rea-ET 1 w 72 251
- (90) Sentencia del Tribunal Supremo de l-VII-1.973. Cdos. 8', 9~ y 10', Aranz 2.329/73.
- <SI) Ibídem.
- (92) Sentencia del Tribunal Supremo de 1-VII-l,913. Cdos. lO' y II'. Aranz. 2.329/73,
- (931 'MADRIO', Edición Especial: 'Fue una mordaza a u dia-ET 1 rio'. Día 29-KII-1.989.
- (94> 'MADRID', Edición Especial: 'fin final dramático'. Día 29-XII-¶.989.
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6. CONCLUSIONES.
-
6. CONCLUSIONES
Nacimiento del diario 'Madrid'
EJ diario 'Madrid' fue creado, fundado, dirIgido y propiedad de Juan Pujol Martinez gracias a la amistosa concesión de una licencia con la que le distinguió el General Franco. Fue el 6 de marzo de 1,939 exactamente, cuando el entonces Jefe del Servicio Nacional de Prensa comunicó a Juan Pujol que el Ministro de la Gobernación le aceptaba co mo dIrector del 'Madrid'.
Este comenzó su labor en la imprenta de uno de Espa- los periódicos republicanos que fue afectado a Falange ñola Tradicionalista y de las J.0,N.S.. Se trataba de la de 'El Heraldo de Madrid'. sito en la calle del Marqués de Cu bas, 9.
Los datos obtenidos en esta investigación nos permiten, sin embargo, hablar de que el procedimiento llevado a cabo para la creación del diario 'Madrid' se realizó con -fecha posterior a la publicación del primer número. Tanto lo que respecta a la solicitud y concesión de la marca o cabece ra, así como su constitución en Sociedad de Responsabilidad Limitada datan de julio de 1,939, en el primer caso y de sep tiembre de 1.941 en el segundo.
2 -Estado y Medios de Comunicación Social
La consolidación del 'Nuevo Estado' de la España de Franco se realizó a través de leyes y decretos, sobre todo a partir de 1,945 por medio de las cuales se institucio nalizó definitivamente el régimen. Leyes y decretos que com pletaban el aparato del Estado, surgido en los años de la guerra, pero no lo modificaban, y representaron de este modo un triunfo del franquismo y un seguro para el futuro.
En cuanto a las disposiciones que afectaron a la libertad de expresión hay que mencionar: la Ley de Prensa de 1,938, esta respondía a un intento de despertar en la prensa la idea del servicio al Estado y a la comunidad, con derechos y deberes, y en función de un concepto de periodismo basado en la verdad y la responsabilidad. Sólo que la verdad era el Estado y la responsabil idad la de los particulares. Las -medidas preventivas y coactivas afectaron a todo el sector -periodístico de España, El pluralismo y la disensión eran im posibles. Escritores y periodistas, empresas y medios, no tu vieron, en esos años, otra alternativa que la de servir a los intereses del Estado.
En segundo lugar el ruero de los Españoles. Este era una declaración ambivalente, en la que se dan los concep tos de derecho y obí igación, aunque esta última pueda catalo garse como deber positivo.
Y en tercer lugar la Ley de Prensa e Imprenta de 1.966. Esta aporta novedades fundamentales y elimina vestigios autoritarios. Sin embargo, tambien presenta defectos y lagunas. Supuso un avance hacia la liberalización de la pren se, pero se quedó a medio camino, Eliminó la censura previa, de la que dice que no podrá aplicarse; salvo excepciones en su articulo 3', Sin embargo, en los limites del articulo 2', la Ley muestra una cierta timidez a la hora de formular derechos y una evidente profusión de textos. Trás o menos preca sos para 1 imitarlos. Desde la perspectiva actual, la Ley de 1.966 y sus decretos complémentarios son un Reglamento de Po 1 icia de Prensa. El reconocimiento de la libertad de expresión por medio de impresos es solamente proclamada en el articulo 1' y ya en el 2' son fijadas las limitaciones. El PO der utilizó la Ley frecuentemente, y no como argumento de Ii bertades sino por el contrario, de represión.
Por lo tanto se pueden señalar tres etapas en es ta Ley de 1.966: una primera de sorpresa, cautela, audacia y en general de dureza; una segunda tras el cese de Manuel Fra ga en 1.969, de cierto desuso del precepto; y una tercera de recrudecimiento de la presión administrativa, en la que se -hizo más incepié en la responsabilidad que en la libertad.
En los dos primeros años de su vigencia, ciento centinueve pubí icaciones nacieron al amparo de las nuevas ex pectativas. Sin embargo, en el mismo periodo, y según datos
del entonces llamado Ministerio de Información y Turismo, la Administración habla Incoado 339 expedientes sancionadores, 180 de los cuales concluyeron en multas o suspensiones a un total de 8=publicaciones. Esto significa que cada dos d!as la Administración franquista (el director general de Prensa. el Ministro de Información o el Consejo de Ministros, según los casos) abría un expediente a una revista o a un diario y que cada cuatro días imponía una sanción.
Como resumen de la situación le~islativa en la que vivió el 'Madrid' podriamos apuntar: Papel dominante del Estado frente al individuo; condena de las concepciones libera les y marxistas de la prensa; prensa como 'institución nacio nal' al servicio del Estado, al servicio del Partido. Partido al que corresponde la orientación doctrinal de la prensa, consecuencia de una unificación política. A todo esto se le conoció como Prensa del Movimiento.
3 -Evolución del diario 'Madrid'
El diario 'Madrid' cuando nació-se encontró con un régimen de censura previa y consignas obligatorias, que se aplicaba con variable rigor, según las circunstancias, y el arbitrio de las personas que en cada momento manejaban la prensa. La independencia no existía,
A pesar de todo, no tardó en convertirse en el
primer vespertino de la capital en competencia con 'Informa clones' y, más tarde, con 'El Alcázar' y 'Pueblo', por su -agilidad y el carácter madrileño que impregnaba a todas las informaciones.
ac-
En 1,966, Rafael Calvo Serer suscribe 32.000 clones del 'Madrid' asesorado por García Trevijano y con el apoyo de otros amigos y asociados políticos, dispuestos a co laborar profesional y económicamente con él. El Consejo de -Administración lo nombra presidente y se inicia la nueva eta pa del periódico.
En la llamada etapa independiente, Calvo Serer
-se ocuparla de revitalizar el diario. Ouraria cinco años. -desde 1.966 a 1,971 y estuvo marcada por graves conflictos -con la Administración. Sufriendo por razones políticas cerca de veinte expedientes administrativos, con un total de multas que ascendieron a más de un millón de pesetas. Siendo objeto de dos secuestros y dos suspensiones sucesivas acordadas por el Gobierno. de cuatro meses en total. Los cierres supusieron unas pérdidas aproximadas de veinte millones de pesetas.
4 -Expedientes
De todos los expedientes incoados, sólo ocho Ile su- garon al Tribunal Supremo. Quizás el más conocido fue el frido a raiz del editorial publicado el 30 de mayo de 1.968.
'Retirarse a tiempo. No al General De Gaulle'. Este le supuso una primera suspensión de cuatro meses. En él se aconseja ba al General De Gaulle abandonar el poder ante la resistencia de la opinión pública francesa por los acontecimientos -de mayo de 1.968. El editorial, a partir de los sucesos ocurridos en el país vecino, plantea una tesis reflexiva sobre los regímenes personales. En principio es una crítica a los sistemas autoritarios y a los problemas relacionados surgidos con ellos, como la vejez, la sucesión. Aunque en primera instancia el plano de análisis se centra allende las fronteras, y no supondría más que imaginaciones excesivamente tendenciosas suponer una referencia sibilina al régimen de Fran co. Al relacionar nuestro país tanto en su situación social como política con Francia, de forma explícita, con referencia, textual, se produce una correlación de supuestos, una trasla ción de significados inevitables. Y es indudable que está com parando al General Franco con el General De Gaulle y que todas las afirmaciones vertidas sobre este pueden ser de aplica ción relacional con aquel. Este editorial tuvo mucha importan cia y supuso el principio del fin de 'Madrid',
5 -La Redacción
Estamos en situación de poder afirmar que por la que redacción de 'Madrid' pasaron los profesionales y firmas en la actualidad gozan de un mayor prestigio. Et rotativo reunió en torno suyo a un grupo de jóvenes~redactores, casi
todos universitarios, que tuvieron presente la importancia -de su trabajo en el periódico y en la lucha por la libertad de expresión. Este es el caso de Miguel Angel Aguilar, Jesus Carnicero, Juan Ferrando, Miguel Angel Gozalo, José Vicente de Juan, Amando de Miguel, José Oneto, Bartasal Porcel, Anto nio Sánchez Gijón, Manuel Vicent y Federico Ysart entre mu' chos. Prácticamente, todos los mejores, se hicieron y pasaron por la redacción de 'Madrid'. Y más tarde, durante la transi ción política hacia la democracia desempeñarían puestos de importancia tanto dentro de la profesión periodística como -en otras arcas de la sociedad,
6 -El principio del fIn
Un laudo arbitral del verano de 1.971 reconoció la posesión mayoritaria de Calvo Serer y descartaba la posiblli dad legal de que el diario 'Madrid' fuese controlado por los fiduciarios de S.A.F. . Sustancialmente resuelto el problema de la titularidad a favor del presidente del 'Madrid' intervino en octubre de 1.971 el Ministerio de Información, Desde él se recomendó a Calvo Serer que sustituyera a Antonio Fontán como director y que se nombrara tambien de acuerdo con -el ministerio a un consejero-delegado.
La empresa de 'Madrid' se declaró dispuesta a acep tar los cambios impuestos con el objetivo de salvar el perió dico, siempre que se garantizaran suficientemente la indepen
dencia del diario, la continuidad de su línea profesional y el mantenimiento de redactores y colaboradores en sus mismas funciones y condiciones de trabajo. Al no obtener estas garantias. Calvo Serer, en nombre de 'Madrid' rehusó hacer los nombramientos que se le hablan solicitado. Seguidamente, se advirtió a Antonio Fontán, de que se le impondría al periódico que dirigía una suspensión de un mes y que se iniciarla el expediente de cancelación, sobre la base de presuntas -irregularidades administrativas en la titularidad de acciones F.A.C.E.S. , que no afectaban a la mayor!a accionaria de calvo Serer, legalmente reconocida por el laudo arbitral y luego confirmada por el Tribunal Supremo. Quienes se enconrían en situación supuestamente irregular serian los llamados 'fiduciarios de S.A.F,', que tenfan a su nombre parte de las 9,ODO acciones, es decir, los titulares de poco más de un 10 por 100 de las acciones de la empresa propietaria del diario.
García Trevijano, abogado y apoderado de calvo Se rer y de la empresa 'Madrid', logró que quedara sin efecto la orden de suspensión dictada sobre la base de un antiguo expediente, asegurando al Director General de Prensa el 25 de octubre, que se abstendrían de contar en el periódico la historia de los litigios y de su 'back-ground' político. Con lo cual se prolongaba, aunque sólo fuera por un mes la vida del periódico. El Ministerio y los adversarios del 'Madrid' en el seno de F.A.C.E.S. esperaban tambien el resultado de
una vista señalada en la Audiencia de Madrid para el 12 de noviembre, que podría dejar sin voto en la Junta General a la mayoría accionaria del presidente del 'Madrid'.
La Audiencia de Madrid se pronuncIó el 12 de no-viembre sobre el derecho de voto dentro de F.A.C.E.S. de la mayor parte de las acciones de Calvo Serer. Si este era prí vado de esos derechos políticos en el seno de la Sociedad, aunque sólo fuese temporalmente y como medida cautelar, los fiduciarios de S.A.F. (la sociedad financiera del Banco Popular> tendrían la mayoría en una Junta General de F.A.C.E,S.. El expediente administrativo iniciado el 25 de octubre, que podía cerrar el diario 'Madrid' precisamente por la presunta irregularidad de esas acciones S.A.F. en la sociedad FACES fue el argumento de peso para determinar un acuerdo de esos eventuales mayoritarios con las autoridades de Prensa,
Pero la Audiencia de Hadrid, con fecha de 18 de -noviembre, falló a favor de Calvo Serer. El diario 'Madrid~ pudo publicar un extracto de la sentencia cuando fue dada a conocer el martes día 23 de noviembre. Al día siguiente el periódico añadía una explicación del alcance y significación del fallo de la Audiencia. Despues ya no se pudo publicar -más que el nd,nero del adios, el jueves =5.La orden dictada por el Ministerio ja Información y Turismo el 25 de noviembre de ¶.97¶ · confirmada despaes por el Consejo de Ministros lo gró privar a Calvo Serer y a sus colaboradores del periódico.
7 -El -Madrid' y otros periódicos
Ninguno de los periódicos coetáneos analizados entra en el fondo de la cuestión ni en las causas que han líe vado a la cancelación del 'Madrid'. Algunos ponen énfasis en la coincidencia de la orden de cancelación registral con el fallo dos días antes publicado, de la Audiencia Nacional, que devolvió ciertos derechos a las acciones del Presidente del Consejo de Administraclin, Rafael Calvo Serer. Otros alejan del pensamiento del lector el hecho de que sea esta la causa de la sanción impuesta y vislumbran en sus opiniones motivacio nes político-ideológicas.
Es más, existen los que no hacen referencia, ni jui cio. ni comentario alguno, al procedimiento del cierre, ni al rigor de la sanción. Este es el caso de 'YA', 'Hoja del Lunes', 'El Alcázar', 'Pueblo', 'Nuevo Diario y 'Arriba' que omiten toda valoración sobre el tema.
Los diarios vistos se manifestaban preocupados por el futuro de los trabajadores del 'Madrid'. sobre todo, que ahora se quedaban sin empleo, e instaban a la Administración a la solución del problema con conclusiones practicas.
Por lo tanto, de la lectura de los diarios analiza dos. se deduce que estos pensaban que el cierre del diario -'Madrid' iba a ser un capitulo más en la historia de las san
ciones al periódico, ya que se habla de 'cierre provisional' y de 'cancelación momentánea'. La mayor parte de la prensa de entonces mencionaba la posibilidad juridicadel recurso de alzada y del contencioso-administrativo. Muestran su esperanza ante la buena disposición del Gobierno de solucionar el problema y alientan a las partes implicadas a entablar un dialogo para buscar la solución.
8 -La Vista del juicio
El día 6 de junio de 1.983 se convocó la Vista del juicio, y una vez más se produjo la falta de acuerdo entre -las partes, por lo que la cantidad indemnizatoria tuvo que ponerla el Tribunal Supremo, Rafael Calvo Serer había solici tado 3,600 millones de pesetas y el abogado del Estado sólo ofrecía 71. Por fin, el día 8. el Tribunal dictamina que el Estado debía pagar 518.271 .506 pesetaS a la empresa del diario 'Madrid', cantidad a la que habría de añadirsele un inte rés legal del 10 por ciento por cada año que pasara antes de su completa liquidación. Sin embargo, está cantidad era ato das luces, como decía Rafael Calvo Serer, insuficiente para poder editar el nuevo periódico. Se barajaba la cifra de 2.500 mil Iones como la mínima precisa para ponerlo de nuevo en la calle. Por otra parte, los trabajadores del diario man tenían una lucha con el propietario y reivindicaban el lO por ciento de la indemnización, por los daños que en su día se -le causaron. La misma aún no se ha dado por zanjada.
9 -La muerte de Rafael Calvo Serer
El 19 de abril de US$8 fallecía Rafael Calvo Se' rer sin llegar a ver impreso el semanario con formato tabloi de en cuyas maquetas trabajaba con la intención de sacarlo a la calle en otoño de ese mismo año. El mismo, junto a Patxi Bermeosolo, habla adquirido por 93 millones de pesetas el viejo edificio de 'Informaciones' a su último propietario, la Comunidad de Madrid.
Por fin, en abril de 1.991, el 'Madrid' regresa. Y lo ha hecho, en principio, como revista mensual editada por 'Madrid, diario de la noche S.A.'. Y de la mano de Oscar Ser nat como Presidente del Consejo de Administración y de la de Juan Ferrando como Presidente del consejo Editorial. Victor Salvador es el director de la nueva publicación en donde co laboran un nutrido número de firmas del desaparecido diario.
10 -La resurrección
Casi veinte años despues del día en que se produ: jo su cierre el 'Madrid' vuelve a ocupar su sitio entre la prensa española. Ese lugar que jamás debió de dejar vacio -cuando propugnaba el derecho fundamental de la libertad de expresión. Cuando contribuía a la creación del Estado de De recho frente a los atropellos dictatoriales, cuando defendía la democracia, la sociedad plural ista y. en fin, todos los ideales que conforman la España de hoy y la España del fu turo.
Por todo ello, bienvenido 'Madrid', te deseamos -que el nuevo camino lo recorras con optimismo y fé. Y que llegado el momento se arribe a la meta soñada: resucitar al 'Madrid' como diaria, lograr que renazca aquel inolvidable periódico.
INDICE DE ANEXOS
| CAPITULO |
PRIMERO |
693 |
| CAPITULO |
TERCERO |
795 |
| CAPITULO |
CUARTO |
804 |
| CAPITULO |
QUINTO |
831 |
ANEXOS DEL CAPITULO PRIMERO
-Diferentes inscripciones registrales de lo mercantil. Tomos 310 y 1.244. Hojas 7.954, Folios 92, 93, 94.25, 26, 27, 28, 29. 30, 31, 32, 33. 34 y 35. Registro de la Propiedad Mercantil de Madrid.
II -Copia de la escritura de donación por Jan Pujol Mar tinez y su esposa Juana Raes Derieppe, a su hijo Car
los Pujol Raes.
III -Testimonio literal de la escritura de aumento de ca pital social, suscripción y liberación de acciones y reforma parcial de estatutos de 'Madrid'. Diario de la Noche, Sociedad Anónima, autorizada ante el -notario de Madrid, Alejandro Bérgamo Llabres el día IB de enero de 1.962.
VI -Solicitud de registro de marca de producción y comer cio de 'Madrid'. Diario de la Noche. Registro de la Propiedad Industrial.
-Renovación de la marca 'Madrid', Diario de la Noche. Registro de la Propiedad Industrial.
VI -Solicitud de registro de marca de producción y comer cio de 'Oominyt. Semanario Nacional'. Registro de la Propiedad Industrial,
VII -Transferencia en favor de 'Madrid'. Diario de la No che, SA. de la marcas númerOs 112.699 'Madrid'. Dia rio de la Noche y fl2.70l 'Madrid'. Diario de la Ma flan a.
VIII -Escrito de oposición de la Sociedad General de Fareacia contra la socilitud de la marca número ¶12.699, denominada 'Domingo, Semanario Nacional'. Registrode la Propiedad Industrial.
Ix -Solicitud de registro de marca de producción y comer cio de 'Madrid'. Diario de la Mañana. Registro de la Propiedad Industrial.
X -Solicitudes de cambio de denominación de 'Madrid',Diario de la Noche, por 'Madrid'. Diario de la Noche S.A. Registro de la Propiedad Industrial.
Xl -Solicitud de acreditación de marca y propietario le gitimo de 'Madrid', Diario de la Noche. S.A.
Xlí -Solicitud de renovación de la marca 'Madrid', Dia-rio de la Noche, S,A. Registro de la Propiedad Indus tri al.
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LA ESCRITORA VE DONACES POR VON JUAN PUJOL tuos& DaliA JUANA RAES DERIfl'PE, A DON CARlOS PUJOL AE2, DE VTCIflRE DE LIIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO a ALLJkNDRO BEROAJ':O LLABRES, ?4OURL , POR OPOSIOToB, d~ MA-
£1, zRD.
ra>vEPo TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHo.-
~, lamas-id, e veintinueve de Diciembre de mil oovecimntem sesenta y uno.
Ante mi, Alej-ndro térosmo Llabr¿s, Notorio por oposicioo, del Ilustre Co1e~io de esta Capitel, con residencia en la misma,
De una pnrte~ DON JuAN PUJOL MARTImZ, A gndo,y a» e~~t· eanoftk 3flAY&ff4E5 flflYPE?eim profesion espeoielt5am'Bo~ de nscior,alidad espahola, mayores de edad y vecinos Cm l.edrid (Genorel EnraíCes, 92).
Y de otra: ZÚN OÁRLOS PUJOL RAES, mayor de edad, casado con DOgA GLORIA LE FASLO ~ANOOAGUILAR TABLADA, Atondo y vécíno de ateOs-id (lles-sanos MiraMos, 86>.
INTZRVLNCICN
Act{~a 1tod',a en nombre pes-snns.1 y por su derecho propiO, efOcturn&clo 'seno-a, don Juan Pujol Xsrt=nez pare conceder a su espoas, cono en oste acto concede, 1: liooaci: y el cor.oentieriento ~ue en des-echo fueren necassrioo.
ooNoCfl.T17::7o. CLZAOflÁD. OÉLIYICSOIO;.
Tienen, a ni juicio, scgo, intervienen, eapacid:-d legal otOtsLX
esin es
ritura
de doncion,
t~u- '1- OX
- 1,Que don Juan Pujol Eert=nez es dueiuo de los s~c' ontes bienvr:
- 1, Una rot:.tivn liniler Ynllcrt, dcl aRo mil ooveciotitoo
eintm y veis ed¡uiri¿e a don 0 ríos Zod8, Conde d Goa6, en mil novmciettos cuarenta y cuatro. Consta de siete cuerpos y las plegados-so. Uno, de elisa cm la moros Koent2 & Bacer y fue cern-. ps-ada o dicho firmo el dom de Julio de sil novecientos cincuert.y cuetro e incorporede a la rototiva ponterioente
- TIna fundidos-e minfler ?a3lert, edruirida a don Cts-los Godo, Conde de Godo, en sil nvecicntos cuarenta y su' tro.
- 3, Una penan in~leea, sss-ca Mcc Lasoblin, núscro 8507-6674.
- Une planto de estereotipia, mss-ca Roenigbeuer, sompueste de fnod
dos-m, prensa y calibredor, comprada a ajebe fis-ns el veintiuno-dde sayo de mil novecients cincuenta y ítem, segun ~ectara 3Á077.
Y.
al efecto,
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loe
5608 modelo 1
ex3C4tC±sfl'-V~ -5609,odelo 1 (reformada>
560'? modelo 1
6504 modelo 4'
5852 modelo 2-
Dos linotIpias usadas, marce Linotype, coopraasm e Talles-es Or~jalha en mil nove&ientos cuarenta y cinco, Son del modelo 1 (reformadea) y tienen los núm-croe 751 y 5252.
Vos linotipias francotype, maquiridas a Talleres Grijalbe el veintisiete de mayo de mil novecientos c~ncuen¶a y tres, Son del modelo R.U. y antes e su transformrcion ten,an los numeres 4918 y 5181 de origen.
Una linotipia comprada o la casa Linotype el veintiocho de Agosto de mil novecientos cincuenta y tres. Es del Modelo 48 y tiene el número 14.312 de fsts-icuci¿n. El del ,motor'es el numes-o 9652.
-= 'Sij flettro~~3&w.e1 :se%dnenata 6bteÉpeMWfl'dbwtC ·~ de Enero de mil novecientor,.eoentm y uno pot don Jose Villenueve Siloniz, Secretario d é»Rtgietro ¿e la Propiedod Induetrial, del exaediao.;e numero ~ sulta ue con feche veinte de nes-o ¿e mil novftc4 cnt 13 cts-ant, y s, oc concedio don Juan Pujol Nart=ne omriliado en Loaría, el registro de una, rosveinte anosf~~~~ diutinguir 'Un poriodico'. Co:o derivada da la marca fl9'2 (diario de la noche), y cuyo diseño o dihu5o va adherido a/e, expidiendose ol certificodo-titulo en que así se oes-calta efrveinte de enero de mil novecientos cuarenta y dos, 1-.nbiandose present;do el mencionado expediente par; su reLstro en veinticuatro de jilio de mil novecientos treinto y nueve, y estando al corriente en el pogo de derechoo fijados o cuotas quíoquenales establecidas por el visante Estatuto, por cuya rasen oc considere dueRo de la conceelon el. el día de la feche e don Juan Pujol Martínez. Según dos certifiosciones expedidos por el Registro da la Propiedad Industrial, con facha flL de noviembre de mil novecientos sesenta y uno, don Joaq arlos ='Roca y Verde, Abogado y Agente de la Propimaza rial, cQ#I domicilio en Madrid, calle del Coreen, a 0 treinta y e»<nombra y represantacion de aso Juan Pujol Martínez, pr sentado en dicho Registro de le Propiedad Industrial sas a · cia solicitando renovacicSn de la marc -_ MArANA y una matoncia solicitando renovacion de lt -ca.-af-%q'9r1¶A~¶El, VTA! nlo GE LA :c-GOHE. una
Hacen constar don Juan Pujol Martines y doña Jeana Raes Variapge que los expresados bienes se hallan litres de cargas y fre-. vsmenas. Yo el Notario, bogo los advertencias prevenidas en cl artíc~tla 175 dcl Reglcme,,to no> si; 1. 11;- Que los setos-as comparacientes, sesin iotas-vienen, ben en
-.
convenido ej. contrato qee so contiene en las siguientes CDAUSUL% ¡ hen en entes
PBD:EELA,-Los conyuges don Jaca Pujc~ Martínez y doña Janna/ Raes flerseppe coe, ura-a'-smptnnef4to..a-4.-tijoAo Carlos Pujcl Raes, loe-tieae,-descritos so.al Ác;oeitiycl de esta escritura, en conca-pC ditibsas de--satgary-ovnnaflW5T--een te¿os los derechos, usos, axpectativaay-vrivilCgisO inherentes a los mismos.
aiguaantas nkeros.
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sEOUT4VA,Se fija como valor de le dooacioi, el de doe4ai-s .neWE5S~±entnsmal pesetea.
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TEROE4- ~~~,', 4?)o Pujol Raes, único hijo dklás donsete, e 6 y tribute a sus padree la ciprealSa de su retitud ¡ RESERVAS Y AVVEPTENCIAS LEGALES.-
Rice de palabra los reservas y advertencias leasles, y, en especial, las prevenidas ea la Ley de 21 de Marzo de 1.958 y en el Estatuto de la Propiedad Industrial.
oTORGAJIIEIaTO:
Así lo otorgon los seRas-Ss ccmpareciantem, a quierifie, YO, el Notatio, he leído íete~-amente, por-su aleoclon, este documente. Lo aprueban y firman.
A!J'ZoMZACION:
Le todo lo contenido en este instrumento fribíico, teidido ea do pliegos de papel timbrada del Estedo, de la clase decimosexta, reimtegradom, iras-os A,5.601.643 y el siguiente en os-dan 'tus ea el presente, doy fe ya, e). Notsrio -ue signo, firmo -y rubrico. J 0500 Raes de Pujol, Carlos Pujol, Juan Pujol,Signado: Alejandro Bargama. Rubricados.
-SS BOLsERA COPIA de le escritura ansAs que obra en mi protocolo del corriente alio bojo el núms-o Suc encabeze. Y para O. Cas-les Pujol Oses, la a~pido en ti-as pliegos de cLase l6t, A. nasas-os since millones seiscientos cotos-ce oíl setecientos cincuenta y ocho cinco millones seiscientos catos-ce oil setecientos sesenta y cl presente, la - oc, antandola en su en ~inr,l, signo y firmo en !Codrid, al siguiente día de su otorgamiento. DOY FE.
Le devuelve este dodustento al interesado posno devenqtsel acto o contrato oua contiene el Irniucato ¿e Derechos Reales, se un el art. 45 delRe0lnsento, batiéndose satisfecho el citrdu Tas-oes-do en el docunmoto Num. 4919/62 según C/p. núm. 7208 dc 8-5-62 y linai5acioil n 0 1.129, debiendo ratifacer por su examen y axtansion da la presente nota, CINCO Frs-ETAS en metalico y reintegror con un-<intre s¿vil Ce tOS Pías, posutilidades. csn
Podrid, 10 de Payo de 1.960
EL ABOGADO OIL LITADO LICIlWDCN,
4
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ANEXO
III
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IEStflONTO LITERAL VE LA ESCRIT'JRA LE AUrErO LE cAnTAL -' -SOCLAL, SUSCRTPCTON Y LIBERACTON DE ACCIONES Y RflOflA PAR01/1. DE ESDATOTOS VE 'MADRID, OlInTO VE LA NOCHE, SOCIEDAD AÑONJSA, AUTORIZADA AWE EL 5 TAmo DE ESTA CAPITAl, DON ALE.¿ANTRO BENCAA¶O LLABRES.n~ 140, día 18 de Enero de 1.962.-
Enrique G.-Arnau y Oren Notario Registrador de la Propiedad, Excedente.
Yo, ENRIQUE O. ARNAU Y GRAN, Notario del Ilustre Colegie de Madrid con, residencia en le capital,
VOY FE: de que tengo a la viats pos-u testimoniasliteralmente al siguiente documento:
'NUMERO CIENTO CUARENTA'.
i< do BarcIas (Madrid), donde me he constituido en virtud de requerimiento exps-eso'deoa s.ftorea osparecientes, a diez y ocho de Enero de mil novecientos sesenla y ¿os.
Ante reí, ALES. 1-TAO BENGLYO LLAVEES, flot,rio por oposío:on del Ilustre Colegio de estn Capital, con residencio en la cisme.
COrTARECW.
Von Alfredo Simcnez-lIillpa y Gutierrez, ¿e nacionalidad espr-ñoin, mayosoc edad, c cado, agricultor y vecino de Madrid (Alberto Aguilera, 13).
Von Cts-los Fui nl Roas,Abogndo, asistido de su esposa DC. Glos-j?7ETSEIFncoEilar Tobloda, sin profeslon especial, am-bou ¿e nncion.sll¿ed espe'oia mayores ¿e edad y ve(Hes-manos vis-alíes, AB).
're Pujol Martínez, de nacionolidrd capaSes, mayor de edad, casado, Abogado y vecino de Madrid (Monte EsCOiflZfl, 16). Don
Ic<ro.vt:cnTnaI, A~ ,Vcn 'ls-redo Jimenez-Milles y Gutierrez, actua en representecion, cono Vicepresidente del Consejo de Adninists-scion, de la Sociedad mes-cantil anénime denominada, MADRID, DIARIO DE LA NOCiW, SoCIIDV ATlONJJCA,domiciliade en tadrid (Genes-sl Fas-diAna, 921; de duraci¿n i-'ndefinida, coastilu=da, Sudo la farsa de Sociedad z,ercontil de responsabilidad limitada y la denominaci 6n de MADRID, DIARIO DE LA NOCH¿, S.L. mediante escritora otos-gras el 25 de Marzo de 1.941, ente el Rotario de Llodrid, Don Salte Martin de Santa Clalla y Saques-do, inerte ea el Regiutro Mercantil de esta provincia, en la hoja nonas-o 7.954, folio 92 dcl tom9 310 del Libro de Zociedndas, y transfcs-nflda en Sociedad anonisa acoSante eszcs-itos-a otos-jada ante ni el 15 ¿a Enes-o de 1.962. Sc acompaSas-a -si 4ues-&ps-eciso, a le primes-acopie de este escriture un testimonio te los pcrticulrs-as de los lutolutos sociales pes-tinentea,5 cate otoi-gssiLanto.
Se mlle Von Alfredo Jiménez-Milles y GuStes-res faculte-
--accíalnonte para este otorgsmiento por acuerdo de la Sun-.~. General ~traordinas-ie de Accionistas de le Coapaflía, segun resulta de la certificaciés anide e esta matriz.
- s) Von Carlo, Pujol Raca, actúa en nombre persOnal y por su derecho propio, y edemas, para concederaso espose le Liacoclo. st-rita). prevenide en des-coto.
- O) DC. Gloría de reblo Elenco A~ui1ar Tqbleda interviene al exclusivo efecto de prestasa la aportacion que se fornelisa en esta escritura el consentimiento prevenido por el artículo 1,413 del Cédigo Civil.
V) Y fl. Pedro Pujol Martínez actas en representación de D. Joan pujol Martínez, de nscionalidad espaf3ola, mayor de edrd , mando con VB. Juan,. ¡lees Derieppe, Abogrdo y vecino de Madrid (Genere: Pos-diñas 92>, eoOirtud de escritura de poder <ue el apodes-edn osecura bellos-se en píen;; vigencio en rld-d, otorpdn ante ni el 15 de Enes-o de 1.962, en la que el poderdsnte le confino las stguiontes fncult&des~ 'Censansr lo enortocico a le Socic:cd Anénino MADRID, Dhi§IO Di LA '0CuT'C'CIL'OAD AilONtA, del edificio site en IAadrid, celle de l'-loonado sin número, con 'ucíta a la calle de Gen,rfl. P rcites, por donde le cos-responae el nún re noventa y dos-,cuya planta superior este ocupod 1s ~ te, tosel poderdmnte; y rama bco osn con el tonteo y el rctrocto, zts-ibuye 1 podercltote lm vi ene lay ¿a Arrenda,hierto: <banon. Yo, el Nos-río, doy fe re en lo oaittio, nado hay oc ait-s-u,rcatri:jm, anule, r'v,rt,e a non=2cíoae los o rtÁ-ulvnso ts-anscs-Lt'=s.
CID-iD-O,: TFICCCrn 2
Go-su sco los se, ores o 00>5<-os sut=a.
a juicio, set-o:, ixteo-sienen, o p cid: J legal rl ator -5 e-t:' escritora ¿e cus-sato de cr;it.l social, osri; ci r1 y líber cí,n -Qe £'ccion~a y s-efora-o pro> 1 de Las- tute.. 7< 0½ ti 2i
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1.e en la actuclid:d, el capital sucial de l'tiDSTD, <CID 3 2. MIs:!, eztn fij, do ea nuinien1 e5 -raen OXO O OsLnle tas Oco los, non 1e --fl 'u--'t noso. -una nuoerrd a coas-cíael 1 -l 50-, o-so~ncIaoivo, LOO oíl completo.- aL'.
II oc lo Son e ; 1 <treos-din. rl; oc --ecloniat 5 ce --u · LI PS? DE LA . O a-. oOCZ>D !JAt, en raunlon c&c --<-el lj½ enes-o ce 1 962, aun 1; oúncur,eoi; de la ~ do, adopto mor unan:½ re oc lo uis 'o c en eí artículo 55 de 'a ley ¿ e 1? de ¿olio de-1.951, ...lns acuerdos transcritoo en 1< ceo-tifiase a e 'e ve une e est metnis, expedida por el Seos-aLas-so ¿el Conseo de Adminíats-,¡cian, con el Visto lS-eno ¿al Vise-me --í-on-' cuys-s firman la'itimo.
III.Que 1. Cas-los Pujol R50 es dueño de lv siguiente Lace
'1 dnid.Finco sité en esta O~- itaS, en Ir colla de i-loldcauCo, o:n nonas-o, con vuelto a la colla del Gene-rol Fas-atoas, vosdonde le corresponde a': aun--ro noventa y ¿o-u. El sso-
irregular de cinco ludos, siendo cl primero, onade, oon orlentac±onNorte, de treiota y dos mcescs-ente ,ontrímetroa y linda con la calle d. Maídoej. segundo, que ea inquieras entrando, con orlentacian e, da treinta y eiote seis-ca ocho cen-tfoets-os, linde, con so-,-. de los heredes-Os de V. Susana Montes y Ss-yen; el tercer;, os es el dando, con ar:entsoira Sur, forma engolo agudo con cl anterior, midiendo Ss-cinta y teis metros treinta,cent{ne-ts-a-a' y liada con tas-renos de los Setos-en de Erice, dos-nuca oc los Fadl-TS Cadíes; el cuarto, roe es derecha entrando con os-LanttecioÓcste, , los-isa engulo obiono can el entarI o? y lindo con 1.' alíe del General Per¡liCns en linee de veintiocho metroa doce centllaetros, y el ultimo dc nuetro metros, forme choflan, ces-rendo el pes-isetro entre las calles del General Pardiñan y Maldonado, Encierre una aupto-ticie de mil ciento cemente meir ochenta y nueve decimetros cundrad9s, equivolentee e catorce mil nove-ciento 9 cincuenta y des pies y veintiseis centeajaen de otro, tumbian cocAs-odas.
Sobro dicho 'oler existe un edificio can destino a tallere.~ de editen. 1, un manta' ¿a cao ti-o plantas; tana semientars-son pera. osnosner , peasna olmacen de rmr9l y refu,in, planr-O-te cOsi le nepon enes oe ,'dainimtracioys y naves pr'ra cci ros cion y llnohxpss, pl. nl, r-rinciwl, destio,Cn a Redacclon y ~ato-bado,a por o tea unp. pltctio da vivioadofl..~.
Thi 1 jí st. loble e h ttu;;do tod--o loe sos-vicios de neo ccion o lo e peo o~ o' ~neotor, Subdirector, >edrclot--Jefe y redectore a el cas--o incorlor vsa los talles-asoc ~ntorf:m fr'to'-rbrin n '-pleal; aso;se ano Inc servicio;; de 4daalni cts-cosen re isono, selacia ir -la con el publico oes-sn-alIados aenf'at;e al rs-o: o, cl dempa- 0he ¿al la -eni ero Jefe, y en el matete ce; acto ~s-a-c pr;. la cospontaton, ajuste, batos-zas ¿o linoshias y y en 5 estes-eotap:a.
La pLanto. de seszis-a--no e ¿tripona prr;m1oinaria, pos5da, roS tivas, caldera oc oeterectipia, etc., a' el slsacen de patroi½ t0 tas-ir-len y tallar.> e a¿uate y ropa:; cina, El Oros-po ps-§r-cigsl, que es el de mo':vua, ocupa-el as-sa del aspecto a-te le cropos-otan sal n.a-isa -x cenital por lo nobles-Sa de oriotrí, disponiendes-,o ,ce.,. e ventanales ea lo porte pat-ters nr.
En ls' pos-te que 14 ci. e de lialdonado ce cita-a una ents-aplenta con los ssrvra:as ce cierre y yerto, de tal foras -oc 1:s sa-ruinas, dejma dis-ac -roate el papel en el muelle inmedi te. El acceso a 2~r, venta-ore tace ca pletnsacnlo indopanoasate a-oscl s-uelle abn-;-te a la osíle 1:cldcnrao, de tal los-nt. nato re ps-naos-a un eizlamito absoluto del vestíbulo, dc vendador ea can sus servicios a -rs-es--aad la-toe. -16
En cada planta so ce ~->pl'ti las sos-vicios de aseo 0.0. accesos-O os para cl servicio ¿e la s sca, situoda r-deo.; a tan sas-vto da de doobr. a naceaari o en la planta de ma --minas-da
El acocee principal del edificio se hace posel olmnflén cao una cocales-a de doble tito de Ls llan-d e imperiales. Existe uau entrada ;secun¿t ra e Ir- ves de un mueble c'bies-tn junso la medianería de la calle Maldanado que contralizo los accenos nC s-ervicio de lo viciaban y personal dc talles-es, al dele venta jlo entra-drde ana-iones parpapel 1-u- st' el montacargas roe dr -al patio y por al a-oua ce ja; ce edemas la entra-da de maquiares-Sa.
r
la ultisa planta existe una viviente, con dorsIito,tio7.rindo, dormitorio de invitados con Ss cuarto de baZo 70. abiem.. te de oes-vicio con su acceso independieate. fl baUlse cierra oca verja de bies-ro Incorporando de este modo la Bocelen a le viviendo ps-a trt~ter este tramo coao sí de una construccion particuler con el macimo de posibilidades decorativas.
En los alzados se ha lues-ido cae su astilo,surgiers el nombro de Madrid, La fachada se levante cobre un zocalo de,piedra de granito, buscando un eje de simetría normal al chaftan; lee dos torres enmarcan el edificio, que junto con el balconaje corrido y el tratamiento liso de sus psraaentos, buscan un entrenque con la arquitectura llamada aadrflef¶a. Como Centro que marce el,csractesrepresentativo del edificio, el orden gigante del chaflan, tratando en esta paz-te la segunde plante como atico pera darle escala y aqyor grandeza el motivo central, apoyando sobre una partida de lineas sencillas, y robustas, con sta almohadillado corrido que juega, con las bases de las torres, le parte de fachada e la calle de Maldonado correapondiente al portalon O suelle de servicio áo trata de meJiera que no perturbe (sic) la vertical de lo torre. La mediemos-la da la calle de Gencrel Pardidas ce decora-~ .tcme dCtaSead,&4s canet.iepzo& ni.atadosar. El refútid' antiacreo se hrcrlé,flsdo para ci,icuenta sersonas', eligiéndose como emplazamiento una zona de sotono cobre le celíe de Maldonado, temiendo sus accesos e traves de le planta de séquinas, indistintanente por 1- s dos cacaleras, la de servicio y la principal.
TITULO,Pertenece diche finco a V. Carlos R4ol Raes:
a> tQnnlor en le calle de Maldonado, con una superficie de mil ciesito velMtEun metros treI1rynuevét'cítútÚÓscuadrados, poscomps-a a D·, vg de la Paz y VB. MP de la Netividad García de la Luso y Alvarez. en virtud de escresuro otorgada el 16 de Octubre de 1.943, ente el Notario de loadrid Candido Casanueva y Gorjeo, eco el austero 1.950 de su protocolo, inscrita en el Registro de la Propiedad del Distrito del Norte de esta capital, '1 folio 81 libro 1.281 del as-chivo, toso 395 de l, tes-cera Seocian, fines a 5 6.024, :ncs-ipcion 10.
b> 'do solar, con fachada e la cklle del General Pardiflas con una-serf4I- tef3trFhtirzátFbrtiiffctf4ntádcc<me- Clerigg~~~ularea !iististras ce los EnfezaÉos~ conoqJ&asccnelo,eb:.doEar4s Caniles, en vii-tao easeFifuraotorga.ds el- 13 de- Octubre-· de 1.944. ate el Notrritde Madrid_L.--Candido Carinueve y~ Ges-ion, con el numere 1877 de 4r6tb¿1o, inscrito en el Registro dc la Propiedad del Nos-te da esta Ce ital, al folio 1 ,del libre 291. 401 de la 39 Seccion, fines n 8.196, inecripcion 10.
o) Y, en virtud de escritura etor~ads el 16 de Marzo de 1.945, ante el Notario de Madrid D. Ccndido Oasanueva y Gorjén con el ne 622 de so protocolo, V. Cts-los Pujol Raes, agrupo, flor cascolindantes entre si, las dos expresadas fincas y decías-o, poshaberla construido a sus expenses y de nueve planta; la Obra nueva consistente en el edificio descrito. Dicha escriture fue inscrita en el Registro de la Ps-opiada d del Norte de esta Capital, al follo 40, libro 1292, antiguo, 402 nades-no, 39 seccion finca n5 8.231 inscs-ipcion lB. CARGAS.La deacrita finca se halla gravadas scccion a) La se
Oon una bipoteca a favosdel Banco Hipogtecas-io de Espaita, en garsotía de un po-estame de un millen doscientas mil peseun
.ender ea su cneo e gestee y perjuicioa, por plazo de cir.o,aeate años, constituida mediante escritura otorgsda el 24 de Mayo de l,9~5, ante e-l Notario de ttadrid, D. Pr-uno Rafael Juriato Crespo.
Por dictehipoteos se adeudo en la actualidad al flanco liipetecas-/ode Ispafie un aill¿o treinta mil veintidos pesetas con -Gesenta OentimOts.
b) 'f,etre hipoteca a favosdel Banco liipotecsrio da lepRa, en grantie de un px'estaao de trescientas mil peseta~ de principal, sí interee del 3,50 5~ anual y ~5O % de comicios y gestos, y de sesenta mil pesetes p-s-e ceatas y gratos y perjuicios, posplazo de cincuenta citas, constituida mediante escritura atorgodm el 10 de Jurio de 1.946, ante el ¡loir-ríde ~'ds-id, V. Rafael NuQaz 1.5605.
Por dicte hi 0otecs so sdeuda en la actorlida-d al Ronco Mipotecerie de Rapan: doscientas cincuenta y seis mil ciento diecinueve pesetas con seaentr y un centimos.
---Yo,. e1 fletonio, ha¿o 3,etedvt-rtenci¿s »reveoida-2 en el articulo -175- del Recísmenta Notarial. -- '-'~ ---
SIR-ClON ARRD4VAYICIA.Loe plantes infer:orea del edificio esi¿n arrendados a MAV1ID, looR:: DE l NO ME, SOCIED; ANOitR 1'; y la planta superior esta ecos-edn, en virtud le art-endes-iento, por 3. Joan Pujol Sss-tinas, cuten rearesentodo por 3. redro Pujol Martínez, presta en en, e acto so consentinieot a lr' os-tac,on ecl inmueble, s-enuacir-:do a los derechos <'oc en relncion con el -t. lee y el s-al-actale stribaye la vigente ley do ¿vs-ende; santa3rb~nos.
VALOR -e vr-ter dicha-finesen lo csuatidrd de trece millones quinie-te -11 pesetaa, ¿e ls-a cuales nueve millones de nesct-s ce: resmon-an el valar del edificio y los cuatro millons quinleme; a así p&-etns s-#,'t;-ntea al valor del colar. Gescont-ndo de dio] -os--' 1-a de un millen d-,scientes ochenta y seis mil ciento mo--a--'''6 Os aeset a O-Dt] treintay un caolines, itaras-te ¿e lo -aeuotao -'ctur--ltsc-';te mí 3; os -His,etocts-io de RopaLa por ramon de la-.. do'ti otec~- a es r&ciont das, ucdru coco u los -1:o e ..e pos-t ci rl el oc 'ce mal) enes doscient;-s ti-sc a oil oc';ocae-, a aee 5e etas o en sesenta y nueve Centir
IV.os 3. v-<lo.' Pujol ;~ -.. ..'e e tael nigu eÑe registro rt,rr ron ces-tus, cien ex1 celos el ocho de Enero de mil nc'-vecientos as-acas,» y un, osu Sea-e '/illrnuevn Siloniz, Osos-el- ifa doL 0e ictro/cet Ps-os-sso- d Iocu--ts-i 7, del OXpedior.lo numero 2*2 701 sesut., ora'con fe Lzryelate da lacro Ce mr nuco. a';tosc;m-renyy -sea secanceudio al Registro le una ss',rer;, ter vei;to -c , ~O1. flisttnjuir 'a ver de llr,,,-rte -2=249 (otario de la nec}-e> y coy' diseCo o dijo '-o vn adher¿lo 1 ¡-se, expidi¿ndoae cl cs-tificada-t=tuloen toe es se acredite en ve ato de Thero de mil novecientos cuarenta y des, Is--bie de..e presentado el nencionedo expediente p'+r; 00 regiatre el veínticuntro do ¿olio de mil novecientos treinta y nueve, y e..ta do al corriente en al pago de derechos fiju¿ os o coot- sr;,noenal.> ea<-ablecidor s por el ví;esstc IDUs tute. Se-jon dos c es-a' aÑo oírles expad:das por el Registro de le Ps-opio§r d lndustri;l con fecho des de noviembre de sil novecienlOs aceOnta y uno, sc ha presont!do en dicho Registro de lo Pa'iedad Indos Ls-tel una instancia solicitando renc,vci¿n de la nron Il2JQ~~flAD5IV DIARIO DE LA ¡:AOANA, y una instancia salí-
roi&9
de la
marctj.J.fl6*-flDRfl,
46
rÁno nAMpcp.
la descrita msro.Q.,tayo, el Notorio,$t. opor-
.clare D. Carlos Pujol Repr4u.é ile líos-e de cargas y gravateneVh(Yiendo tunas advertencias legales. >//
VALOR,Se vales-e dicho sas-ea en un. millén de pesetas.
V.Y, en base · de los :ntecedentea expuestos, los señores comparecientes, segun intervienen, otorgan esta escritura con sujecion a las miguzentes
CLAUSULAS
PRIlRA.Mfl¿ET¡TC VE CAPITAL SOCIAL.El capital social de EJiln, »Iahat> DL LA IOCSL, stac.zt»AD AO>AD2, s-ued. aumentadc basto 1; cifra de quince culones de pesetas.
LOS COGOCE VII.LOI4EO -QUINENT.',S vIL PESETAS, objeto del aumento, cataren representa--dos por ortos-ce mil rumiantes acosones, anainativos, de mil peastas nominríes ocde una, nanas-odas cotrelfltivauonte el 501 al 15.000, cabos inclusive, les cm-les se enite0.a.le 4¿ y tendran 'os nisaes derechos politices y 9008
r-
-antiortente oároulc.aszcn,<.,,c SEGULVA,SL'SCRIPCIQN DE LCCIOZS.En cumplíaitato de los acuerdos adoptados por la ,iunta General Extraes-dina-rio de Accies-irites con fectn 17 da En'ts-o ¿e 1.962 y previa renuncie, en lo s-Ijaente, del -res-acto Ge r-taaor4cion p efes-ente que atribu- e las ontievos accionistas ci articulo 92 de la Ley de 17 de Julio de 1.951, las catorce sil uinientss acciones, nún,*roo del 501 al 15.000, ambos inclunive, repreoentativas del aunen-te da ceitr-l, ha queda- do --se ¿ecl-man suscritas posel acosoatt-dan Cts-les Pujol Raes.
TERCEFA.-APDROACIOWuS Y VI0fllS3O130S.LIBfl/'CION GE AC CI-O¡-51S.A> D. Cts-los Pujol nnes a-arta, en pleno dominio, a 5iednd, lo dines en LCads-id, o! de bleldonado, sin núnaro con vaalta a le colla del General Pas-diitas, por donde le corresponde el núncro noventa y do;, con el sdficbo construido sobre lamisma, sin mas orr.ras tao ws hipo-teca-a expreandas sí final de ls -de:oripcién da dicha finca--, con todos los derechos, oses a¿s-v~o:os inherentes a la misma.
hoto finca se ha valor; ¿o en la csntidt-d 'ja trece millones ¿c;cieet-,s ochenta y seis nil ciento cus-rente y des pesetas con tse~nta y ajo cantinas, topos-te de lo adeudado rotoelsente al Bamod Hipoteceria de lsps--Ñ. parrasen de las dos Hipotecas antes s-al-cionadas, el víasl{roidn de aporta-cien es de doce millones doscientas trace mii ochocientas cincuenia y aleta po-netas Can naonato y nueve céntimos.
- Hace constar los otorgantes, -oc antes de esta acto, V. ríos Pujol Raes ha inos-esado, en efectivo, en le Caja Soo:tal, la cusitidad de un nill¿n dono1 ants's ochenta y seis sil ciento coas-anta y des pesetas con treinto y un centisos, importe dc lo adeudado por remen de las referidas hipote9as, suma que se aplicas-a en su dita-, ti la-. extincién y ca,scels-oien de lrs simm; a, por lo roe, e tenor de lo provenido en el aportado 3 del articulo 19 del Pagísrento del Expuesto de Oes-eches rea2
s, no ha lugar a nata ma gire liquidacion alguna par adfludioncion en pago da deodes o de su asuncion. ~-N
C) El ps-opio D. CarlR<uyi. Pees, aporta, en pleno dominio y en concepto de 2ibre,ZÑc5s-itOa, ala Sociedad. el RegíaIs-o de
-t e.
r
snCÍXfl5n.de pesetas.
122
,
aceteiaserjre~..
- '-¿e D) 'Lo.otorgantes, según intenienen, sada.eportecioaes en especie y Zenes-arjee y, muy tic sr-mente, sí volar asignado a anuellas.-
- E> Se aplicvr2n a las aportaciones 'in nr-tus-a', les flor-ase contenidas en los artículos 31 y concordantes de la Ley do 17 de Julio de 1.951.
-E) Suman, pues, las aportaciones efectudes por V. Ces-loe Pujol Raes]
Aportaciér] do finco, doce millones doscientas trece mil ochocientas ciencuente y siete pesetas con sesenta y nueve ceo-tinos.
Aporteci&i de efectivo, un millén doscientas ochenta y seis mii ciento cuarenta 7 des con treinta y un centimes.
Aportaciés de sas-ea, un 'saill¿n de pesetas.
TOTAL,CATORCY LILLONT¿ QUINIENTAS ¡'III PISETAS.
- -O> Li su virtud, todas las ncciones repr¿sentétlvi'ífiel--'< aumento de cspitsl han qued' do y se declaran cospletaisente desersbol-,ades.
QUINTA.- BASE PEsCAD.la bese fiscal pa-Ls-? la liquidacton del iapueoto ce Des-eones reales, correspondiente e esta escritus-a ln constituye la cifra de O. :Rcs WILLOI¡il Qul2iIlD>TAZ NR NS SETAS
SflTA.PFPOYCA P< PCIJI. DE SsZTUTOS.Queda reformado el p~rrafo ps-lisera ecl articulo ouinto des-osEstatutos socia-les, el cusí en adelanto. tenis-a la siguiente redoccion:
El capital social est 4 fijs-do en QUINCE LILIANES DE 1E551 TAS, repras atado por quince mil acciones, nominativas, de mil pemotas noninníes cads una, numerados correlativamente del 1 sí 15.002 sobes inclusive, tods-s ellas completa-nente icaesbolsados.
?EOEPYA Y AVVYRTE: CIAS tHGI'LE½Hice de palabra las re-servas y overtencír-s legíes y ea especial, las os-evenidas en la Ley da 21 de Farso de 1.958 y eh el artículo 94 del Reglsmente del Registro Nercotil.
OToRG2<IENTo
Así lo otorgan los setos-es cumpa-recientes, a qoinenes yo, el Notario, por su. eleecion, lee inte 5-aJLento y do vez alta, sote documento, y, enterada, cunnianten y firman.
AUTORIZACIONs Do todo lo contenido en este instrumento púb2co, extand~do en -tao tro pliegos debidaente reintegrudos, de clase 160, numeras A.5.636.126 y los tres siguientes en es-den ces-relativo, doy fe,yo, el Notario, ''e signo, firmo y mu-brice, Carlos Pujol, Pedro Pujol, Alfredo Jimenez Nillas, VS. Gloria de Pablo ESanco. Signado: Alejnnds-o Bar 'so. Rubricados.
D, Vicente Pico Amados-, Seos-etoio del Consejo de Administracion de la Sociedad Mesonil 1ncnism 'MAORID, VItREO 05 LA COCHE, SOCIEDAD ANONflLA.
C~TIPICOs Que le Junta Geqers Exttsordimaria da Accionistas de la OompePliq, en reunioa validacente celebrada el dic QuC se indica, adopto los acuerdos nue se contienen cm la siguiente acta,
'fi Madrid a diez y siete de Inero de mil n-avecientoa se-santa y des, se reune, en el docicilio soctal, la Junta Genes-al Exaraoedinarla de AccionIstas de la Costpaff=o, bajo aa presiden-cia del Presidente del Concejo -:e Adoinistracién, 5. Juan Pujol Mss-tinas.
Formalizada la listo de prescnoiresulte ue concurren:
V. Juan Pujol Martonez, ropietario de treacient;-.s cincuenta eccienes, numeras del 1 al 350, mohos inclusiva '-oc importan trescientas cincuenta mil pesetas.
»'edro,Pujel SJnrt=nea, urp1et;rao decento veánticanciente utinticinco ail pesetas. ~aa co
Y D. Cas-loa Pujol Raes, propietario de veinticinco accioa-., neo, ma-sas-oc del 476 al 500, as-bisinclusive, ue importan veinticinco mil pesetas.
Concurren, pues a la reonion de lo totalided ¿el capital aoci1 desembolsado.
Los -cistentea, 3:er ur,:níaidad, r-ceptsn lo celobracion oc la Sus-aa, por lo que esta --uedavr-lid '-¡ente constituida paro ti-: ticoolouier asunto, sí nipas-o da lo prevenido en el as-ticole 55 -Ja la Ley de 17 Qe Juli de -951
Concurren tambien is s-euni-'n al Vicepresidenta del Con¡eJe de emansurncíex, t lered; inanes Millas y Gutíes-roz y los ConseArosII. Jose Imoeso oscebnr y Quirpatricls, B;-soes Os Vnldei6lesias, y a aílío J no. es-Ucte y ¡-Alías y el Seos-etes-io O. Vicente 0:00 Aa-dei- rl &s-. ipealuente e le-con Itura etas-zata ej. 15 de Enes-u de 1.962 anac el 10t suc ate lasOs-id, fl. Alejandro ¿es'a- mo Llabres, por 1 cta 1 DI LI. N CIII, Ol. -~ h-, a-r-sfo s-.-do en la Sociedd Ancaima, e DRa ulSíl LE 1 C L,t, con cf etas -as-rtíxdel di prís re dc Loes-o de mi vecienteo ae -ata y uca; y hacer co-rl- sue edes loo Veo-lee1 Concejo de Adninistraci¿n h- a acept ce sus reopeetitos o raes. La Junte, Qor onanisidad, matifaca 1. exus-esaZe tr a.> a-'cien.
'oca ye .e :c-aida delihercién, LJunta por un -niseluad os siJuente e acues-dea:
s1+0.Ausent:-sel o;it 1 e ,ci-J arte 1cifra ce uir;ca sitiases de peseta-a.
Les catos-ce millenea uiaiant;-ri cii pesetas, objeto del somonte. estas-'a s-aps-e:ents-das posc orce mil quinientas tacc4encs,noniativ; u, de sil pos-stos noninales cadanar-, nonos-odas oors-elritiva;ueaee del 501 al 15.000, aa-bes iecluaive, las cua-~s se es-iSis-rin e iu ps-sy tondron loe mis-con Careo>.> polttieoa vocenoc:a-osoua ls-a sirte; ios-na-nte circulantes.
uj-,-Y:~~ Previa renuncis, en lo p'-rtiaante, del des-echo de sus-cripoio½rcferante <'ocats-;btaye e ion antiguos eccionistas al art=colo92 de la Le-, da 17 de Julio do '1.951, lOs catos----1 1~XlaO ambos in--
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e, reps-esentntiyas del a-tarento de capital quedan y sede-es-am suscritas por el accionista 1. Carlos Ptajol Raes.
TflCERo.En pago da les acciones suscritas, V. Oes-los Pujol l~aes eportt a la Socieds'd:
a) El pleno 'iosini~ d~ 1, fine.. sita en Medrid calle de Yaldone do, s-in numero, con y elt e 1ccl) e del Gencs-sl-~ar.didos, por donde le corres once el numero naventa y dos, -Co,, el edificio conatruido sobre 1 n so. y con todos los derechos, -usos y nercicios inherentes a dc> Cinca.
Vicho ficto: se halla ~ y -o con des hipotec: a afe -Asdel Rando Hipotactrio tic Lsp~ --nos1 cu les oc adeude setalacate la centidad de un malle s~ d cientra ochentm y seis oil -ciente cus-rente: y ¿OspOct so -n 'Ci 5 y un centiaom.
tas yoles-o dicha fi:,ce en la cs-ntid;d de trece sillones quinientse mil pesetas, de las oua-tales nueve millones de pesetas corresponden al valor del edificio y los cuatro millones quinientas mil pe'etss regantes sí valor del nolar. Descontando de dicha au las de un sillón doscientas ochenta y seis mil ciento cuz-
-1-deudado par ir:: l-elocionadnshipotecns, queda como valor liquido de sl-trtaci¿n al de doca millonesdoeciontas trece oil echo--c:ent a cincuenta y oíste pos;et;-s can ceoe te y nueve centicos.
aplan>stan es' es-co del OZ ifiojo es-teta rs-rendadas --la Oo~ í u plan-tsen-- erí'eso-e ocupad' en virtud Ca os-sen.i' neo ¡'osV. Juren Pujol n'mujan en este octe, za c<'r-'-i-e'O'C --,rc-st;-ss-u en no-' ,izante o la anos-taciun ¿el inUcole sau seis-sedo e tana «eraca-~-rue en relacino el el tar;te-, ~ 0el ,a-sc u le cs-Thod'e ~ vi e''e Ley Ña Js-rendrs-i's,tor Es--
) rJ e-Uno deasainí; a-el i -o u te reCletro de e-roe, Segun ra-ertifco n exataedida cl <'<-ba-' Ja --u-ra ¿a oil novecient-a¿ seos-e. esD. O ose ViLano Ziloniz, tecraterdo del lic,-ts-'-e e Ir rs-ti ata d Ina;st~ -el e-st-a-di ces-e oua--'-- ro 112. Ial, s-e. 1 o '15 sacioni O ¿a oíl novoicataetas os-a--o soediS el 'a-> -s-o -le una arree, e-osveinte o y -ístíuosis'un -es-' cíe-:', cano Qes-ivs 6; dc la ea- vea 112.690 <Cn'a-;: e la noche) coya dis-eCo e dibuja ya adherido -, le, ..s la-lonJee el ces- ,,e-'da-título en oc aol a--a oea-ea-lis-n vaemte '.e >0-ro ce mil ne-uczentos oua-a--ente y des, isabian¡e; a-. e0, do el menoi ti--, CYOdietV.e pa-ra50 radiotro al ve' aIim'--- tro ce Sol í -' da oíl sies-vecía-s-tos Vs-cinta y nueve, y caen -e es-riente e-o el fe. ;s ce ~es-ccYee fije des o cuota-sri ea. ele su lecidas posel a-a en e Lsttota, SeaSn des oes-tie- e o-sc--arfad íd: -s por el oe-i-ts-o de la Propied5 InSumís-ial a fee. , COO de :-;eviccure ea ..il a veciontos seseoto y atne,a-e e cnt-do o's o: ea ---crí tro ce la Propiedad Industrie 1 una ns-tare i;solicitando 5-en v cina a le ra-reo 112. 701, MIIÚ ID, LIs SIC YE LA -ZA: ,Ñ-M, y tana i.,..t cta s-olicitando renevacion de 1 ~rcs112399, YAlilkID, mi 10 1+0055.
Ge vs-las-a li-Yo s-eri · a-e 5-tea en u', millén da pesetas-.
Dicho os-erta-cian ma efod, e en ces-capte dc libre da cas-- rs, a-. e> La Jota tamo su ion a-a a--.-a D. C-s-los Pujol Pnes,.hh -s-agresodo, ea-e efectivo, en la O -e acial, la cantida- d de ~in cuba doacicotas ochenta y sai sil ciento cuarenta y ddir peso-
r
finca aportada, acordando que dicha suma se-~ de, a le extincioo y ceacelacioa de la. atan -~t0oO,
La Junta acepte las expresadas aportaciomes ea especie y dines-arias, y muy partículas--- ente, el valor aai~do a aquelIsa.
-Suman, r-ues, lea apos--taci~nes de V, Carlos Raca:
Aportaoi¿m de fimee, doce milínnes doscientas trece mil ochocientas cincuenta y siete pesetas con seaemta y nueve cejo-times.
Aportocion de maree, un cillén de pesetas.
Apertecien Qe efective, un millén doscientas ochenta y seis mil ciento oua-rente y- das pacatas con treinta y un centimes.
TOTAL,CATORCE L~ILLG1ES QUINIEI¡IAS LtIL PESETAS.
En su virtud, todas íes acciones s-e;--s-eacntativos del aucanto da capital sc declararan compícta-rente dea-.eabolsSdas.
culo quinto de los Estetutos ceciales, el cutí, em adelante, tendra la siviente redrocion:
'El capital social está Cija-do ea quince sillones da pesetas, reps-esent;-do por quince mil s-eet -nos, nesinativas, de mil reastas ansiar lea Seda una, numeradas cerrelativanente del 1 el 25.000, sobos inclusive, todas ellas completamente datesaoi~rds-s'.
«O.So acuerda fa- collasespecialsenle el ViceprasiflrtoneJe de Adoinlsraetén, V. Alfredo Jimcnez-Y.illas y utierrez, par que etos'oa y suscrita les escritos-os y desrl d-,eumentas ---e fueran jisecisos en os-dan e' lo fora;lia-acico ce las anteriores acuerdes.
ada-otada y leido, '1 final de la seccion al 00 e da la a-e-ns, is Junta la apruebe por unanirs-idad.
V -a-a mr-a esos-tos cje ue tr: Va-,, Se levantala-> sesion'.
57 C s-a-' --se cenote, ox id-e lo rs-as-ente cortifio-cion, en -edrid q diez y sa-ate de Enrce a-e oil novocientos sesenta y ¡lea.
VO £0 EL VICEs-PESIDEPTE DEL Oa-Y2i~O s-t ADSINISTaAOION -Ere-co Ji%eneE-Milles.Vicente Pica.
PAlaA-eopia de su escritura matriz oua obra en ni proesa rones-al del cOrriente seto, con el noasurO ~lie Va poscatefe de lo cual y ]a-ero DADRZ, 010 DIo LA NICItE, espido 'a -'s-e--arte así un pliego de cia-sa ps-inc-ra-. nOmos-o 248.420, y en ~a-ta mas de cl; ea decisa-osaxta Serie A, aunes-os 5(4 5216 loa Uáiantes 5655426 y al siguiente; dejando aol;' en sa-e ar cal da caía a,cpedidien; lo siena y fis-no en IQadrid, a valetin-seve de Snos-o da mil novecientos a-es-anta y doc; DOY VS ns-dos Alei:ea¿so Das-Came L~abres. Robriordos y ea-aliado.
Doce»-erteet naces-o 120, aca-entado el di:' 5 dc Pobrero de 1.9(2; y oxaninado ea devuelve e] frte-reeade, par acm (sic) incompetente este Oiicinn, pr-rs.liao:doa-el presente documento, debías-de ps-aaaota-s-sc en la e'bagsc{s Sal Estado de Madrid, Suc --ce,e-;~rn,-reaaanée dentro dc-l tas-ajan da QUINCE DíAS RABILES,
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apartado 1), del artículo 105 dcl vigente Reglamento 41 I4ueeto de Les-echas Peales.-Alcala de Rasares, e 1 de Zerwde 1.962. EL LIQUILAVOR.-Suato. fis-ma ilegible rubricada. Sello en tíaVn rue dice, ilegible, derechos Reales, inutiliseado un sello de la mutualidcd. Mons. 5,25 Ptes.
ABOGACíA OEL £31400 y I-QÑORIL' DERECHOS feLtLES (sigue ib. gMe), 39780 dc4 día 16 -III62 (sigue ilegible 3, 3960.30 del OC-o 62, seguR cas-tse de poco, ~igue ilegible) 2181, Lech de hay ha INGRESAVO. 9dAMIL, í. RIO DE LA !-I1+CEE, (sIgue ilcri ble) 171.762 y 50 centi,s. (st¿ue ilegible) de Sd., numero, (:igue ilegible) el l al He-notre de utilidodes. £attd, 10 de 7.11 de 1.962. £1 aborde del Est; do. hibrios do. Gallo de la fo~cí> del Estado.
I::SoPITo el preoede:sta dacusasto~ el Registro Hes-cantil -se esto provincin, tamo 1244, ;seralABl de la zecei-n 40 del libra te So'iedriea, talio 34 tcjn aúna-ro 79!s4, inscripei¿a 60 Madrid 26 ¿e Diciembre de I.92. hL RE2I¿2'fl;I--Sh, Circo ile;iole re-Órics-da. Sollo ¿el -'ods-tyi ¿es-c' atil inutilisonte vsa-íes reía-e1rOt. Pires-do £aciaa Oc /-nda. Hes. nos, la, 50 y 60 y 160 ¿el 'u-noei, serun minute.
--cedente documento, al folio 414e1 libre 1292 anti¿yo 402, mo-a-ere', del arelciva y ele la accedan untest:cco na 4231, mees-ipci¿n 4. Mc¿]rid 4 eJe Enero de l.93. Rs-a. 12. .542,00 pias. Nuns. 1-3-6-7-16 crí as-s-t. 613 d.C. Son doca oil -lulnlúntns cuereote y Cas aa--cVe Pirco Co D. Djae~o Lobera. Rubricado. Sustituto. oc-lI a ec sí lic h¿tro ¿a la J'reapie'i; 5 inutilí z.- -cd o y: ríos reinte--O-a-,
--,~ 1. ¡taO YO ~e-UO'On oc -rs-a,, -neo cl a,-o oc',,--,ea¾taa-lía'--len -e- rleo cl o 1.0 aa-o 1, 4.8 0'4 201, A 8 vV 444 A 8.974 ,.E 44.c, 5q74oflycl edl'rc.csme.nc su-e tehtn -u-ca ea -CeCJ .0 u. 5--y e - O0 ---' o' o-o es-ir o -eTc' 1' 5-<',>¿.Vs-lc-.
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AÑO_1939
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Ose deseo ebjener el registro deanes'seca paro dist/esgn&ZZ j'Ze-¿ sus: SC Y 2¿s CV. Y DUSL:OACICG eossprercsdce en la Ola-e '2 del Noeeoclator CMeial y dccc-' ar'co -oc a; e. c o e cl 2:ctrarjes-o, 4antfjesta r;e --:50:-a ocre; 22
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or¿o :5 es--a e-,su- a-e-'; 'o 1'; e-sc
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-Tort.dá.eIO St ieaa--sr doniesde di Secrett e Id-rata di Pabedea
Fn,Iait. -pa,, 'ob pee de. e.....d.B de r.flU ea -n.a. -?.~ -1-a
AUTORIZACIÓN 112699
1) JUA2' PUJOL Y MARTIllES
desacionaLidad. eeps~o)s --y residente en Madrid. -Serrano, -106. por la presea St:
AUTORIZA: con facultad de delcgar, total o parcialmente ci encargo a Don Joaquín Carlos-Roca y Dorada, Abogada y Agente Oficial de la Ps-op;eiadIndusuial para gearionarafa'-er de 1 ejem,---autorezante la prescstaci¿n y te-anitacieSa hasta su lea, de un espcdieasc ~~--regxe tro de tiAdiCA VR PitODIJCCIO}! Y Cok para distinguir UM l'SMIoVICO Y~ VSI$AS-flVISTAS Y PUBLICACIOUS , coapre didee ea la 01... 52 del ~omeoclator Oftolal, yen le denomtnaco¿
'UADRIV V 1 A It 2 o a E L A 5 0 0 55
coaliricado al efeceo a dcei,o sedar, y a quien ¿sse delegare, y smi limitación alguna e u e-eprcsesución, a fin -ie qcte canamIne del autorizaste, firme cuantas documentos sean necesarias aí objeto ise$cado ni coma asic y cesmplimeste cuan tea tdneitea y adiciones 'e requieras, irapugee e-ssstas obicciases u aposiciones pudieran forn,eularse recen-a de cuantas acuer¿os e resolusiones cencido-e perjudiciales a su dereOo y praceique ca fin, cuantas diligesceas lucras 'aeces..r a? para a obtención, adición y cooservsci¿n de a acarre-aporedieste. cuanto 'seis cancepecara conveniente u dere¿I,a del aseoy píe-a ciur ¡'res-ii lío conuco provisión de lonjee, efectud toda clase de pagos se-ecsba y esercgtae toda clise de ocumestos juesificasees relativos al objeto de 'a preseateau tcr',ac'ott- ir Id
Ketn Cegt.ubigting a 22dc Julio de cg 29 ANO DE LA VíaoaíÁ
Pan de t.neafltattor eto
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DIS ONZ PC ¡01 te ana
MAROA»IPRODUCO¡OJTOOuIIOZC
O.» Ee¿i.tr. se eslictí. a lave: te DON ¡MAN PUJ4L Y KDJtflflZ,ae o.otco.LIU4 e.p.I¶ci.,c*a reetd.nei. y ¿saLoLlis es Xadrid,c.lle de Sennms odaer. 104,pen ttetLapir
·U fl·Afl&~O puma, -CCC t·· ¡ po,.eac.cuep.ee.flemt,ee. es 1. 01... ~2 ¿.1 loscoelator Oficial.
En. ¡.rc. da Prodecolon y Occerol. consiste ea la áflbttDfli¿S,
NÁDRIDDZARIODNLANOOBX
50TA La 4roa descrita aer,trí par. dtstIn~-uir lo que que' 4a expresado 4.1. moda y toesa. ~ue permitan U. proc.diateetos ursalee,pudi¿odoee reproducir ea cualquier umao,eolSr '6 coabin.ci,o de colore..
latría sa de tulio de ¡.959-ALO de la Victoria.
PA. Xl A~eote 0fiaial.
Escala variable
Madrid 24 de Julio de I9Z9-aAño de la Victoria. PA. 11 Agente 'fictal.
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Encargado del Registro entrada de los expedientes de Propiedad Itdustriat
EDeclaro; Que a tas - del día de hoy me ha sido presentada una e sidón dirigida al xc,slentlsimo Sr. Ministro 2
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Comercio,;ara dietinguir un PerIdieo y demSr RevistaayPsrtlIcaciooaa, comprendidos en la Clare tel del lioseacletor ficIal.con4aeoooioaei¿e: flVRIfl'DIARIO VE LA ll0CH3
a e-ajo efecto acompaña a dicha exposición los documentos psct'enidos por la Ley.
Y para que conste, libro la presente, visada por cl Sr. Seer-ctario dcl Regisfro, es, Madrid,
a ventictíatro
de Jal lo
de rail novecientas treinta
y ruare Añode la Victoria. 1a
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Cc Sectreeto SrL Reo-ss-no,
ce'
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ty»ZCR
De loe documeotoa que se acompafa» a la .oltottud de Regiatro de un, ~ de Prodsaoeioa y Comercio,. favor de DC~¡ JUAR PSSSC!. Y IY 5ARIINEZ.
primero lactancia al Ilmo Sr lete del Registro.
Segando'4utorize.c loo del inZex-ej.do.
'ee-cero-Deeertpcioa de la kan, por duplIcado.
Cuarto Vicefio d.c la arca por duplicado.
Suíevo-Ou.rtillae para el 301cm Oficial dc l· «ropie-dad Industrial.
Sexta' Retategro da Doce pesetar.
Séptimo El precente Indice.
'adrid 24 de Julio de 1919-Año de la Victoria.
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PA. El Acente tíficial.
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-REÍISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTBi1,?
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snence<esad 2 es un 'p.r;ueceo de ¿erce ee'-4 pes¶t. (4r¿s/?r¿o¿a¿alo qe. í.---.. ciega,, en 0 odo el jee-r'tatio espeAelpar'fl'?¿/'¿ ¿-¿lt<¶&cu,'la¿se's desde la f.c/e conawnoda can ¡entilad de -~ el ¿eec/tse a lo protección dr les nne-ro que su ede(.e.do nl '¿e q 4ta/fo en /e o4as.ta desrrs?fr¿ót e,, lo-' roe'¿irias.es qece deter,n,,o el urilculo -123 de la Rey. c'2jo Cedo iniryra se inprnt.e nl dorso. con
¿,. &vt'/?cado ¿e Pe;í'-s ¿.1 que-se ¿o'nor¿ rezón en el <Registro delea §Yndwwnl. consular sólo 'ene pe-eseención juris tantura de propiedad pero a los ¿res sama de posesión so ¿ntenuns¿da e-, ~ ¡.:k.'-ím¡. tefnij¿,-,,_de dn;i,,-n_~~ so pese cssd,a-w-6 no te,ár,i 'oler etIqueto i?¿see.resad 12 se so/ss/ereen el nwsciaes,da Re-gesteo el ¡espade de la, cao/su qu'stqueseo/ss qas e-sto /le-ce el set 340 deja-dctar lo ee'e'-eu ele¿eante-treaAosceseee-a>i.oesnlne-st'ade/e.ersonatss¿orieCs¿ssss,r.ttejusti9ee¿a. <WCesde-id Co ¿ -C-s#~~ t -e' ,,, no con en
Toreada rs;de' en si íilsue .1 t 3 ~ .3 (14 -~ 1/¿ //
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Expediente pe-astovído por en su rcprctctbléCiófl O.
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El Regisíso dcentrada de
lecha.:. d: cosI olido de de dt t 9- et esredirste granoso dc dc 19_ un?
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dc a núm.
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Crntre ea
yserrcsbid en este
Registro el dii E~Qde
Caes ta soticitud acoapafla el interesado:
- -. Li nota descoipeiví por dspticado, de 5a marca.
- 2.' La auSorisaciós otorgada a facer del Sr
- Ciusestssta ese apures de ta nearca qcte mirta-
- 4-, Un cl'ch¿.
- 5? U docereestío ces que nr acredila 9 se st sido registrada dicha nearca en -
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.s-s,.siZ-4~et.5
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D.¿oscyln C-s-les--Rcca y Doro,,Aiooeado y Agente ¿ficial de la Proplecan =oduatrial,ennombre y representaci¿n de D.Snsn Pujol ''es-tinez, a 2.1. ,con el ~.atsiJO respeto expone: -
Que interesando al derecho de muestro represeat,do,le sea ecpenda una certiricacx& de la marca Lt-flRID níinio VS Li NCC1, que tiene conceaiua óoa el nslmero U2-699,cs la que se nasa constar ser propietario oc la zaloma y cacontrarse en plena Vírtacia.
NcoaspscLcos O pts. ere papes de pagos al lacado y aoleto ae ira:sitac2on ele urgencia.
ZL'?L O O a '/.I.,s;oe ten:enoo por presentado Zata escríto y dOctítanto? ofle se t5,uieafl, Se sirva cipoccir la certiticaci~n inccicac
Dios ¿unce a 1.1. ,muehos ¿Sos. adrid,lO neviasure de 13% 3d A>ocnt* t>ficaal,
--
cae natva c?A
Sacrattrio dat Rfltetro e. a preot.d.d tesdsattri.t
CerfiÑeo: Q. ¿el expe¿¿en¿eesi¿.a.ro qsse coe¿7e,Xs 2 vHA'*e de enero -'-'entes owatcnt- y -so ra,ced¿ó e, doeic1iia4o en flfiRfll112699-'e'qudta -e-e; .-.--d. md noveDon Juan PUJOL I¿4R?IfltZ, {03
'U.8-t&AE CA, ~ Ctntt alio ,tq,,,,,sss-UflflRIOtlCo' -paro
-.
.ed el csar''ente es. el poye ¿e s/eres-Éee ¡jodas a cs¿otesa qa¿nsj,seeaales -s¡a/,lec=/es por el o4eeste Catalejo. par <ser 'arón '-anadeo ¿seSo rio esta ronces~sin e'. el ¿a d. Isa ¡ccitt Sa Don Juan Pujol IfrsrtintQue
-'e
Ven-scsi. pli''essio 4. lo c/Ls/ascsia ras rl .~~td 0 931 del taVsut¡aCu de26 de o.l¡ <le1929. es jseiisSóet de Don Joaquín Carlos Roce., pido la 1'íesesde sg,adss poseí Jefe <leí < 9Qep¿nte',qe'el/nds, ces es~ si. sostssns/ss-s- en lltÑndrid, -, antes da no-vícantre de ¡etil novecientos clncosrsta y ocho. (un OJIC ?
-9-'
Y:
a.
IdINUTA
MARCAS
etano T~.·s .M~~J-s ' 5 4 5e.,,
residente
General tardiñas,92
y en su representación O.
Joaquín Carlos-Roca y Dorda
dosiciliedo en
nt>a
-~adrid
Y. E. con el debido
calla de Carmen, 36
fledusn Pujol iartinez
en ¡-adrid
nutts
respeta esoene:
Oua desea obtener el registro de une meros gara díatinecir .WOYACJOY Dii LA DARCA 'MADRID DIARIO DE LA ~OC1', ,-aSnero 112699,concadida en 20 de enero da 1942,OlasC_52.------- seas
El
V.Jnan Pujol Martínez
ce' .onnfr
.<aldntSt
I>i
4drid,General
Pardi5as,92
asasoeteca O. JOAQUíN CARLOS-ROCA Y DORDA, -oreteso de Meona. can tos.assón
a 295e octubre oc SMi-
Atie. ce. .aierlssdó~ ~ O
81 7
Vio. guarde a V.I.,muchos años.
Madrid5 26 ero 1 2 El Agente Of UtaH CIl':-7
&
NOTA
Examinado st expediente y antecedesatea aecetariot
Resallando 455 sI peticionario hace aso, dentro del piazo que tesela el artIculo 429 del vtgeste Estatuto de Propiedad lsdtishial del derecho que le reconoce de renovar cl cegó. tro de amarca núm. 232.699 expedida en ~> de Enero de 59 42 taeua 00 ha sido objeto de tranalecencia.
Ca,taiderando q'e a documentación presentada se ej usle a lo prevendo en st citade
t'-e-,Qe-~ .OaIttetalot4a,ctedeconceder eD.:JgSfltNjOL'ejgtfre ne01¶<!it
la marca que solicite como renovaeón de a sdm112. 69%~ ata propiedad para d¡stisgsirun periodico, Cláse 52. Por ZQaZos m¿~ a partir del 20 e-le enero de1962.
V. 1-, no obstante resale-sri Madrid a. de febrero
st teesateo, P, A. Con
de 4 JEfl OJOS DL MARcAs.
NF:
.
~
e'lt,sa.ff
REGISIRO.
Psapaniee'o 5a RtNOVAejON a. amase. aLa'112699
-2.IS
~ ~r -rt ~ 996 de la Zarca n< 112.699, 'zara di'tia'uir: u:: 11210-DICo Y ZZAS Y l<DLICACI¿%ZZ.
ase -dala la rresDura de ~las-:a en su vreaantación, con Ja doc-ii; tacidr. de solicitud ao se adjur.to la wtorizacidn correspondieatea
Dicho aocoxorto oc aco::ea~a al ¡rescate escrita, dentro del 2-1 legal sse OS 'bloca zara al caso, el Art=culo 21 dc la vigenta Lay de ?ropiedad IarJaoartal.
-n su Irirtad a 7.1., el Adonis e~ue suscribe,
$ U 2 1 1 1, uor.¿a por presantalo esta escrito, en tienro y for; ñSbil suc deteraina la ½a-, es, unida de la nójunta autorizac:on, Sa que 'ar najen corresnanda y 2cravios los trónitea 1eales necesarios se zeroce-is a la isocorjeoración de la autorización nl e:coedtente da :3 ca 5s 5 112.699, por ser así da justicia yac respeUaosante ir~to de recto -zroceda -1.1-, cuy-a a-ida yaarda Dios acaches años.
12r720. Señor: 2222 2L l-221S?il0 oríor-,: 2212 P:iO~I22¿W IZDUSIvLIL.Zi-::ll-.
RENOVAcION DE LA MAR%~4n1.
Tomada rason ene' Itro ndes~
VI
a-
MARCAS
Diario de la Tiocha, SA.
te'
hef ;
-residente en Madrid -calle de General Pardillas 0
num. 92 y en sc, representación O. I~acio Aracil de la -doalchllado en Madrid,
Calla calle de Carretas, -núm. 14 a Y. Ecao al debido respeto expone:
Que desee obtener el registro de una sarda para tusílngusr un pes-lodico y dem½revistes y publicaciones.
M-t 1
c
RflOV&OIW NLflÁ Nt. fl2.692
¡
REGISTRO DE UNÁ MÁRCA
Para dsatingusr 1= periodico y denA~ r.vi.tae y pubLicaciones.
cornsprendids en la claseS 2 del Nomenclátor Citejal
DESCRIPCION
La MARCA cuyo registro se solícita y reivindica ceosiste en la deíno,sinaci&
DOMDGC aSemanario acional
TMadrid•
196
M-5
a
IOVAOI MARCA N1JL 112A99
REGISTRO DE UNÁ MÁRCÁ
-Para distinguir un periodico y demÁs revistas y publicaciones.
~na-:fl
-s<~
del Nomenclátor OliejaL
DESCRIPCION
La MARCA cuyo registro se saltona y rei-vindica coostste en la demomioiacidn
VOMNGO: Semanario l'acionel
Madrid,
95
comprendida en la clase 52
VII
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SPAGNA 7~ toeUtA asti ccitt',- aNte e. Peo,.. .utL sandia .'aoaieo u taoAassZAaoe-at
AOOOer odo eoeaae4 sto.' flOt
$PANICN: ,--eooeas.',oe tite ec saaaa.oce ~UiOi
AUTORIZACION
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<II- Ocas Silvoatra Arana Recaído, en su calidad de corsa,jero Deaegado de nmnuo, OtARIO DE LA tHE' tA, con domicilio en Madrid, General Pardift,a, 92 eoeéna e De. oIAZ VCLASCO. Abetude e Ateces DIAKIO DE con dopicillo tONtJEL Oticl.i de ta Pngk4.d Iodaeen.I. eec doo.Icflte o. >iasde4tA'ee'du do )oue a-,,o>1O ,.~ 450 pasdeo -'apee 5e0 t.asseiude ,s. ,etet.fle.yeoutasttesasti.d desoetti,i,'teiet.Sope,eta.eeueep.easeeceu ee.eloeedu 'MADRID, olARro DE LA ?St. S,A. yiet~5 Sltete,o,ta do tedistiflase' Re'a.io o dc 'o P'etolcd.d tedeutata yse,ek.qast«eate-e. Oetíe'íee.
VtWASónda~ceme.tedOee;¿2s
Vou±lflnsrtt.
- Propiedad Industrial 1.. sarca. de esta Eaprer· 0 solicitan do a taj. efecto 1. transferencia, co favor de 'tDRID, 1>1*RIO VE LA NOCIE, S.A. 0, de las Marcas odesa. 112.699 MADRID, DIARIO DE lA NOCí~' y 112.701 'MADRID. DIARIO VE LA KAtMA' e go,e
eotasttóe
Co. cias peosoBo.
,o'aceo eeasdcitq,a .noliase
y
doe,'oasoiiasetáo- etasbecee
4-crica.
etaute.,,'
ope.ieleoe., tec,easie y e'eeoeaqas '«--'es -d..Ieia de <Iseo. cee. pees.. 'ceoe 'ceibo. y euge,tee.t eec.,., tntiaee.y p-oe'asseas y ele. eactflo. toSi,it.í itee et.t e-esu.ee.ottO fa. tas eeIto.riúe ddl'ib',dteoJasCe .40k cnt líneas t~ peeetute uas'eeLaeslóe ---Madrid Promurr
'riel, ei',eeCas--pa.
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n 251/67 (bIarca. odme, 112.619 y 112701) y, yrr'ia ja traasftasel¿s cerrnpand<cnt.o acordar la <'ocr<peídos oficial do traneferenciu do 05.ele.. Marca, en favor do mi rapseueost.da. 0E0S1 LI~t Que come las escrituras qsae es aceepaFan aseos de68 Harcan comentas. @. ej re;reaentada fleco-ita pare otro. eseos, me permito caliDe 8011-
SPAIN eQe-an o. anua
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55~I5flO
DI
Lrp.4ifl t· de kanes a<euataa ii 20flt,1jSRdiflflObi LA ~op¡ · ce
251 67
LA PROPUDÉL
L<JS?Elflase
DIAl VXU, Abogado ~ Agente Ot±cici de la Propiacon doa±eJllo profesional en Madrid, Atenida d Joe4 Antonio, ·0 45, es tueabre de la entidad '5SÁDRIDc SIAJIO DE LA ROCHE, 5.1. osya repre.entacidn acredito oca la aotaz-±aaaid que ahora se aooapa5a, a 7.1, rempetuoaaa.s,t. expongo, 4
Qua 5, Ju&ai Pujol Martines era ietario-titular de las ¡<eacae n, 112,699 y 112V/al, ocn.ieteost.e ces Das d.noairaaciorasee 'MA sala, DIARIO DE La a.oOEV y useAflaIn, 5IASIO = LA MAJARí', re.saetj c naccc za tcc __ -ow
etitee 0000 frch. 29 de dicieuasbre de 1,961 y ant. el Rotario 6. Mads-id DasAl.jandxo DArg,mo Lloebres, se etorqd escritura p4blioa por la q'a. 15,Juan Poejal Martines biso ¿enastEn a su buce L,Carloe Pujol Rs.,, de lea d.r.ekasoa que 1. cerreepocdian o-br. loe u.iseionados regista-os de Marca.
Que poetartor,eeosta, Cosos fecha 18 da entre de 1.962 y araste el Re tarjo de )éa¿rj-d D.Inriqu. Cas-Aroma y Cren, e. otorgd nueva escritura pt$lica pose la qu. DasCarlee Pujol Ita-ea cedis todo, su. derecho, sobre la, Mareas en cuestido a eA represent.da. .efljo5fl, DIARIO 05 LA RocEl, 5.A.
Lotee hechos, a.1 coso la liq,ai¿aci6n y pago de lo. correapentestt.a taraste, de fleractoca fiafleo, ase acre¿jten ascos las escrituras p6bljcas que ahora Be accatpas,an.
Ser todo lo ciaal, suPtl~ A V.1. esas, balejeosdo por presantado acta aborto con la ·,atcrisaci6n e5u. así edita mi representactdn y por soeapeñadae las crttcasrae poblicas y copias de las ajos,,55 eeairvasoordar, prestos loe trtsttee legales, la tranasf.rencta da las Marca. t,ua. 112,699 y 112.701, eaossiat.atssen Das deoeaiaasioo.e 5MADRIL, Día-RIO 5>1 Iast MO-c' ~ 'v,*Van, arillo se LA ttAatÁJtA~, r,ep.ctinmente 5 tos fst-cr de si representada, 'MADRID, DiadO 555 LA MOCHE, 5.1,', a tados Dos .factes Dagalce.
E. juetiota que cepero alcanzar de 74. cuy, vida quarde Dios s5j ojeo cijas.
M.dri¿, 23 6. febrero E. 1.967.
EL 19025
Ansjoee
--
1,- AuterisaeiOn. 2.- ?.etimsosio litasraiAe la asar ura de 18-1-62.
1.- Copia sis~asl. da ¿Sebo teetimanio.
e
A
flcceiee
Ac
1
Ubto 40 follo
164
Don Manual Días Velasco Ahoste Oficial a. la Propiedad lrcduatrtsl, a%rendo en osoes»e y repreacoiscida de Madrid, marlo de 2* ¡loche 5.1.
solicitó sos 23 fsb-. 1967 iOscrlpcidn a favor dasu mendanta de iosragisiroad, Iarv 112599 yl tAs.
NOTA
Vletos:fl libro correapondisote o sosteesdeostes recIbIdos so la Sección y las escritures 4. donaelda otor0dae en 29 de ¿taisabre dc 1961 y de aodifioaoidn social otor~da el 18 de enero de 1952 ente 41 lotario de Mae-3x-td, don Alejsndro Urgno Liabr 4s, 5>C 3348 y 140 r..pecti0snente
-Racultendo 1< Que loarsgistra que la solicitud se refIere es enceentran en -rigor.
2;' Que segdn aparece de le doctasenteclén aportada el titular de los ~ sosotaelóz, de transferencia se solícita, don Juan Pujol Martines loa dooA a su hijo don Osrbas Pujol Pase, {~est. loe sport 1 al acerbo sooiel de Madrid, Diario de Xoche 5.1.. es ocaai¿n de modificacida de la ajena.
consIderando que les documeotea
eportúdosa
Con bactantee para acceder a la anotación que os colicite, y tiaMéndoes cumplida cuantos requtaltos exige el Estatuto sobre Propiedad Induatrial. Se propone la anotación detrenetel50i8 Es -
deles registra 5 de itarea fl2699 y fl2701.
a favor da MADRID; DIARIO DE LA EOCHE Sociedad AMnisi domiciliada ea Msdrid '
y.
no
obstante,
resolverá.
Madrid
7
octubre
19'
--
<ta
Eed'=lctL
aú-
112699
ANEXO 0
VIII
>-7Y't2-¿EeC.úl
,-<QWE4ediented&
Maro. nuá¿A12,Q9, aauo.aeae·efla¡
'WV
i.
o
1
6
ILMO. SR.
my< Jkií-~ ¡BERN I¿IRALZS, Abogado y Agente Oficial de la Propiedad Industrial con oficina profesicenal en Madridc calía de Alcalá, 18c a ve 1. acude en nombre y representacida da la Sociedad General de Farmacia, 3. A., residente en Barcelo-Da, 5055fl acredita par la adjllflta Antoriíacidfl, y atentamente expone:
Que ea al Boletin Oficial de la Propiedad Industrial correspondiente al mes4e Julio pr6xiso Pa5adOc aparecido el de la Marca ssua, 112,699 consistente en la denOsinacid da 1.933, la Parca mus93.505. coneistas,ta en la denominacidn 'DOPINGO Ilustrsde', i¿'uslczante Sara distinguir 'ediciones y publicaciones de todas clases' (~laze 52L
'VOldIi-IGO', par V. Juan Pujol y idartinez, para distinguir un periedice y demÁs revistas y publicacionest Clase 52. Qita mi ropresentada tics~a cencedida desde el 7 de Junio
Que dentro del plaza rcglanentarie, el que suscribe, ea ssoosoro de la Sociedad General da l'armacia, s. A. ni represen-tada, presento el correspondiente escrito de Oposicidn contra la conce~2n de la expresada Marca ram. 112.699 ~ldI2GO' por identidad con la de su prozijedad ncm. 93.505 'mrnppo Ilustrado', su
En efecto,
hacie:-,Io un
examen comparativo
da ambas
de csecuinaciones, vamos que la cínica vnriacidn conaiste en que la Marca que ahora pretende ra4strnr la parte contraria, ha suprrn:do la leyenda eIlÑstradoe-, la cual por en condición gen-raca rse ea la caractas-istica de la Marca le¿ttima, sine que la verdadera propiedad de la diana, consiste en su palabra esencial y la cual, ademas, ce la que en realidad recae toda la rantocción que le otor 5a el vigente Estatuto sobre Propiedad í,asductriaíe
Por lo tanto, quedando demostrado que la leyenda 'Ilustrato' no caracteriza nada por su condtcida gan¿rica, la ideotitad de sabas Marcan es absoluta y ea su consecuencia la con-fusión o error consiguiente se produciria cosI toda facilidad, con grave perjuicio para el publico ypara los intereses de mis raprenentades laditrea-nente emparados tejo la. protección del citaúo Estatuto sobro Propiedad Industrial.
Par consiguiente y a tenor de lo dispuesto en los Artes, 8, 12, 29. 12% 124 <apartados 1 y 11) e 148 y 152 del citada cuerpo leal, a 7. 1.
a '5 P L 1 0 0 que teniendo por presentado en tiempo y forma reglamentana el presente escrito de Oposición con copia para su traslado al interesado, ea sirva. diepener Ccl honor a a-am ahites 'Suc eneudia e-peo eiennt,uA a
o
st
3arcalor~a, 3
de Bebrero. Citad £MVAL GENERAL Li
de 1940
Acepto;
.
<-e
--
e <tC<-e,
¡
a*aodT.
¡
MARCAS
Reaovaci¿a 112.699
1.' Número deis Marca
27 Nombre y apellidas
Diario do la Roche SAas
3.e 8. 0. de te P. L es que Icé publicada solicttud
4u Fecha de resoltidóa de
3.. Oes. del osaneeclátor 52
87 Modificaciones
Resolución
ANEXO
IX
110
1
RU<OVACIa
MARCA FlEo fl2c700
REGISTRO DE UNA MÁRCÁ
Para dístínguir ua periodico y demás revistas y publicacioncee comprendida en la clase ~? del Nonenclátor OficiaL
DESCRIPCION
La MARCA cupo registre se solicite reivindica consiste en la denamt~aci¿n
CV
Diario da la Mañana
Madrid 0
DISEÑO
ascAtavAesAeta
¿toro E2E DEL '-GIv2P0 DYlu'l,I: DL Lv IRCS-I2I)XD L':DOS?iu1:zw;:a.-
n-0w.
e
REGISTRO DE UNA MARCA
Para dislinguir u pencaba y da~s reflotas y ptblioao±Sem.
cS~g *.
~C4fl
4~-e.s<
cotuprendida en la clase 52 del Nonsenclálor Oficial
DESCRIPC ION
Le MARCA cuyo registre se solícita u reivindica consiste e la danlna-oi&
MADRID -Piano a. la Ka5ana
lis
--e-
DISEÑO
MAVRID lflario de 2.a 2~aa
ESCALA VAt5ABLE
5-
*'
111 INDICE
de los documeosdos qse se acompeñsa' a ¡a so¡kittad de ;enovacia do _It 112.699 Diario de la Machi ------------· favor de.-------
S.L
- t-· Jns,socis de solicitud.
- 2.~ Becas pesetss de papel de pt2es, derechos de prescstecíóos.
- 3.' Resguardo del aboso -le ¡os derechos de tese-
- 4-o Cusst/lles dtpashlks e/doy fichas.
- $0
- 7' flescripojonee y diseños por duplicado
8.~
lo-'
Obasarusa',ea,,o-ic tucA eaaasto,cu tt'
5-66
Madrid
de
1
ANEXO X
,
1
11'MO51. ¿Sn DEL flaSflO DE LA flOP~fl IJqWflIIALe
Ilmo. Seltor.,
~N MArisa SIAl VCÁSOO Abogado y Aseste ofletal da 1. -Propiedad Isdtastriele ooos doatotílo profaeiooal en Madrid, ATenida de -Joa¿ Antonio,, a 5 45, a Vasí, reittueeaiente fit%flgot ~ae solicito ¿e aee Segietro da la Propiedad Induats-isi
lasa Gertttioaci&e dale--=ise¿ieute-de le'Karoa seIltoE,,rco~aieieata' -ma la denosatzt.oion '5115&D, DIARIO DR LA YOCfl', en 1. qea ea haga --osoasta qwe tteiasa ¡<asta 5tertfleefi ea la .etnlid.aA a le. entidad ufleaSID,, DIARIO DE La 5t0051, 5,1.'. Por todo lo oval,
5UP1saI~ .4 7.1' que, habiendo por preceostado ceta ecorito ,-por catiedeoho lee dereohoe que arta la Lay, se airee aoords.r le er$ioj¿e-o da eaoas e.rsirioací¿, reletin a la ¡<aro. nC 112.699 'MADRID, OIARIO DE LA SIOCRÉ'. Ea yanta que aspare abosaneer de 7.1. meya vid. alBarde -
Vtos seotasee aSOa,
Anales
1.'. t.ae.e 2.- -Papelde
pagee
'É15s--
-,
e
-t
'-e'
179
¡<cAstA, 29 da Ootubra da 1.968 SL AGmtTEg
NUF1OtA1Y~iASCO
~
47.-.
-~e
54
-e-,
4'-<-
POLtfl
--
-- s-,-,ouae'au Oasoueet dat Oueasco dejas Pao#eded ~é..tñd
Cer*¡4ca: ~ el eqaeetuda s 4neta -LU.d9--.' aseaba C44% 4-rAa tabo de lebrero -e---.--.e.e.-.... .ee,,.e..e.eee-44 e'fl¿ fl004c44e-¿Od oceenta y d eeasee..... conceded a real Jacte JJaLfl5,RTIflfl, reste ¿ente en MS1) ~ - a.! ewqúMa d 5 ana aei¿ce. peo nieste altos d.des'e-q-c¿-eeia 'Vi FtuGccoicc', oot'atataote en .a ¿enaaieeaetdo ~MAOttIfl Diario de la t¡ocbe'a ce senevaot&,o de la que tonel deao odaero fu¿ expedida en veinte da enero de ~l aceecienteo cuarenta y doe.----un
9 caa &e& a ddoja oa cL4e'e¿d. al pi., arp¿di.nL4eelée*#nZdtcta afl qu. a 4 ¿e actsd¿Ja ea. oebo de lebrero ¿a enÁ qtoSJoot44tl~oase eeaante y dao.---------.------------.e--54
-asase
~e
2«~ el .nutc~.a¿ e d.ae (¿a 1aauuda¿ pa 4a ea do. d· IW··l·~~ta ~ 410.4 4t4s,g·c444%jo¿ aa-ata i' ~ uno
Qe.
con f.oha aleta
octubre de C
nonct.nto ante
~ ocho.
a.
inaortbt~ 1* FoPiadad de cal. recluto · favor da >UWID D1UXQ OS Ls MOCaS Sociedad &,,4te.. docictIlada att
&a eM¿ al cOtta40.M en el paqc' de cle.ecAa~ (4C¿OLt e caUce 9dnqaa.4e. 04d140¿d44 ~ot el t.i94nLe t4a&4a,iot ea.$.a 0.a¿M. cofticI.40 da..io de eolo. co'nceoÁ¿nen el d¿~ de la 4cAa a sadrid. marlo dc 1. Mach. Sociedad An&taa-------------------.-~--..-..............
1/ zn ca .nde da la déada en a/ cA¿lcÚt 33? del tdatda da 26 da de iqúq, c. pe&¿oin cta ~ ~ ~ -e«Iq la pc~ eenle, tUoazla pcn el 74e del 4eisMa .,¿ eell,rtx con el d. co¿&cnJhe, en »Zcdad a veintiuno da Osbaero de cii no~.olontoa sa,s.nt.a y noa
Y
M¡NUTA
1~
It
d de >aaco U &¿ccb, seis ~,eeUa,
txpediente da Mac. n 112.699 'MaDRID. DIARIO DE LA fl~n..
CER,'IflCACIc##
182
IJJO. St 3S¡ lii ,siCISThu >t LA P.CrIt2fl IaSTldL&j.
íleo. Se~ore
DIN YS$UEJ. Az V¿SCO, sbo 6odo y A sonta Cfi sial da i& Propiedad Indostrial, Co., docicilio profesional en Madrid , Avenid. dc Jos¿ Antonl nO 45, a Y.!. respetuosacenta expongo±
''nacion
u. solicilo ¿O 05* 0081.tro de la ejLclWTná,oetrí.í una tificacl¿n del ,opediaote de 1. Marca no 212.699, Consiutentaen la danomiKA~RID, DíaitO 14 LA :IOCltr, en la que se bo corotar qo. dicha ~:a Ca pertenece en la actuafldadala entidad '4ADItIt, PlInio Di LA NXRE, 5.,
Por todo jo cual,
SUPLICO A Y. 1. que, lobiondo por ;renentado cnt. encrito y por satisfecho lea derechos qo. oarca la Loy, se sirva acordar la expecicion de una Cersificaci6n relotiva a la Lsrca si 9 112.699 'flflAID, ll;.,iO Sg LA ItCH
za gracia
qoe e.~ero
cejos ates. ev;efs qu0
alcan zar
~1adrid, de Y.'.
24
de caro,
de 1.576
de
Tase ¿~.roIi-cal ~ Fasa
o~ /4%ce¿~aot 8 :
Sa.,aej,le Oe,a'el d.~ É.gI.i,a da La ,eoiada Isdadfl.l
Certif¡c: Qo. del axp.dient. a6 fl2,6fl, zesúta qn. con fecha tanr&.», ína, orn. MARCA por nlnt. .3c., oots±fleat· - 1. Atnonlnsfl *1k XADRL> DlsrlA d~ 1. Noche, pera distIna±rI't periotlst -como renoyacida Y~nte 8e enero da sil ,zonoientc. onn.t. y
Que la mano tonada eclltitud do naovs.cU. - pna.td -pan e. reglen n do. a. noflembre de til anacleto. .eeenta y nO, enoontrunton ecl día da 3. fecha al corriente de peo a.loe derecho. eat.blacldo..
t hablando aldo Tnoste zlda con fecha siete da octubre de til r.tTotentóaaeaeit y %oho - Lsoflbi* la propiedad d. -arte r.fl.tn tfflor de MU)Rfl, LIARlo I LI NGZHZ, Bojeg
Y ea cnplta.ato de lo di.jne4e -el articolo 232. delY~fante Zst.tno de Propiedad lítaetrial, y a itstanol. del Aante1)1k! VEL&320, expido la we.ente ca Madrid a. fecha catorce de abril de mil r.onclentoa aetenta y efla.
ANEXO
Que necesitando acreditar todos loe datea registrales relactonedos con el expediente citado en 1. referencia, desearle obtener la oportuna certificacidas oficial en la que ea hagan conatar dichos datos en la forma acostumbrada.
En su virtud. ej. Agente que su acribe SUPLICA a VI. que se digne dar las drdenea oportunas para que le sea entregada la certificecidn que solícita.
Gracias que espora merecer de VA. cuya vida guer de Dios siuchos añoz
MadrId 12 Abril 1.928
~s 6
~
4
o
P.P.
1Cf
Certifico:
786
Saas.,..la Casan' ~e tag¡,lea -La ·'epI.dad ee.n,el
Q..sa del atpadiente se 112.699, resulta qae ·Om feCa -ocho de febrero de .l noteoteato. sesenta y do., e. nneedid a -'taew <ett flflflIOLMIflflflrd.ui.flisAe'áaSAfl&Ú .iYfl5i' tic de o. aro. par ramis sAo., cenefstante en la ¿enotssoia IA1)RID% pera Alettnguir: aiim periódico', con ranotaoidn ¿e 1. que con al mismo isimero fa expedida ea rstnte de enero de mil -novacientos cuarenta y dc..
Que la mesiojonada r.nonoidzt se presentó para - real.tic cm des de noviembre de mil novseinstcs setenta y tIno, esOn trdadcse an al día da la fecha al cerriente ¿e pago de lea ¿ereOlios establecidos.
Que en siete de octubre de xiii norecientea sesenta y -ocho, ce arcid 1. issoripoidn 4. trezssfereract. ¿e ecte registro a faror de JADRID, DIARIO 1)3 LA flOCfl. OuA.
Y an cumplimiento de lo dispueate en el art t. 331 del -vigente Latetuto de zropisd.4 Itwatris3. y a petioi&n ¿al Manta Oficial, D. mRARDO UhORIA 00133W, expido 1. xsnaanta en hdrid, a veintiaeia de atril da 'di sioveoleatoe setenta y ocho.-
55
a
.5
anee wif0a~
dad 'lar la Calvo Valluno, de OS di edad, natural de Vojencie, con O ocume., te piad oral l~ lien u dad ofasoro 29. '.78.89'., y con daed cilio actual ca Madrid, calle Le' Pinar. n(saere 21. a q/. i. atentamente, t·S!TJNE que neceo fiando acreditar lo si tsaaeifn en el flegietro de la 1ro pie dad Industrial de las reo C,ero 102.699 denomiaada MADIL ID. diario de la noche, así reno e' e%ituso propietario de la mísna,
SOLíCITA le sea expeSide eertiulceci&O ea la que aa -haga. c&uiet.r u-), o, ex reces dell deucute.
rzi-eciae:i.--rovt~.vr<ev/r..ettya0sda olorio uiv$
20 dc Abs-ii de 1978
TIPO. ST.). tirOluIl luí CIAD 2. ~T.*OOIAL.
poLA
788
~. ~ 0n
S.c,en Oaaeeuj jal aeg.nsa da lo Paplajed h.dmnmj ase AeL-.e4Unt -aB. fl2d22.,~~a4ta qu con 4db. aohs de febrero de MJ. noraoiezítoe ·eeant. y ¿os, se conoedid a favor de D. JUAN PUJOL Zfl?IREZ, doedoiliaáo en Jbdrid, el regietro de un Mato. por veinte ellos, consietenta en la danoniinaoidn 'MA1)Rfl y par. diatirguir, aun periddioo', como tenonoidn de la que 00» *1 mismo número fu expedida ea veinte da anuro de mil noveotan-. toe cuarenta y doc.
Certifico:
Que 1. mencionada renorsoida ce presentó para en registro en do. de noviembre de Ml nOvecientos sesenta Y nOa fl*Ofl. tzt,Ac,a en el di. ¿e La fecha al corriente de pago de los dar.olios eetablecidoo.
Qus en ajete dc octubre de mil. novecientos cecenta y ocho, a. onotd ~.. ir.sortpoidn de trsnsferenoxa ¿e este registro a fever de MADRID, DIARIO DE LA NOCHE, S.j.
Y en ouq'limiento de lo dispuesto cm el art·. 331 d@l vi gente Estattlto de Propiedad Industrial y a peticidn del Agente -Ofiotel, 1). ESDIAARDO 23110EV. QOINJRU, .414* lA presente en Ma.-. drid, a veintisiete de abril. de Ml floveoiantoe setenta y ocho...
1-a
XII
Registro de Ja Propiedad Industrial
Pfl4OVACION
MARCA RO 112.699
501' CI! ANT!
$12210, DIARIO DE LA NOChE, SA.
Pinar, 21 TiADRID 6
Re .14e ele e e,
AÑO
1981
NUM. JIS 6:,
79W
t.
o
PAGADO
Y RECOGIDO TITULO
VI VV'~¿
Modrid. jde ~ de I9t~
ANEXOS DEL CAPITULO TERCERO
- 1Programa F.A.C.E.$. (Fomento de actividades culturales, económicas y sociales>. En CALVO SERER 5 Rafael: La dictadura de los franquistas. El 'affaire' del
- Madrid y el futuro po]ltico, ParIs, 1.913.
- II -Madrid. 22 de noviembre de 1.966. Ley Orgánica del
- Estado. Hemeroteca Nacional.
- III -Madrid. 21 de Julio de 1.969, Ante las Cortes del 22 de julio. Hemeroteca Nacional -
2. Programa de FACES
La presídeecta de FACES somete a aus accionistas el programa de actuación de la Sociedad para el año 966. El triso de este documento ha sido cuidadosnoscase elaborado por un amplío grupo de personas. Por eso, sc pide a loa «lores que reifexionen sobre este programa y que toliciten las aclaraciones que estimen OpoCtufiaS sobre lot puntos que les interesen espeeíalnsente.
A) Con,ideaaciones gentrdfl
La actual coyuntura polilica de España. constituye motivo de preoe.spsción par. los sectores responsables del psis. El régimen que nació Co- consecuencia de la situacide ¡suite a que ae llegó elíl de julio de [936. tiene en su haber enucisos loros positivos. Pero la mutación de las circunstancias internas y externa, la llegadaa la vida pública de generaciones nuevas, la evolución ideológic, y técnica dcl inundo que nos rodo, y, sobre todo, la legitiosos interrogante ante un proceso de roasíít,uudad tas anunciado como dilatado, hacen que el español, en general, sienta ss,arcada desazón riente a urs futuro problenaitico y cada vez más inasiediato.
El gobierno hadeser el primeroen tomar conciencia del Isecho y ponerle el remedio adecuado. Pero la urgencia de la tarea no ae conspagios con la lentitud, y con la desorientación general existente.
En una realidad que el régimen actual cali estrechamceste vinculado a la vida que Dios conceda al generatisisno Franco, y que cada dla parece más necesaria y urgente una evoolucs¿O capaz de evitar un tránsito con~ulsivo Otra seria la situación. si sc hubieran establecido sólidas instituciones yac hubiese creado un ambiente propicio. Pero ya no es hora de lamentaciones, sino de una acción concertada y de signo pCtl 1/O..
Ello notiva que sea la propia sociedad la que, en cumplimiento de un deber insosla'able, tetaga que contribuir a sacudir cl letargo, creando una auténtic, conciencia colectiva que se sienta actora y no espectadora en los inevitables aconteciosientos que han de afeclaria en plazo más o siesos breve. Tal acción paralela habrá de hacerse huyendo de la coitica negstiva, del reoentimiento y de la ruptura con loa ideales tásicos que vinieron a caracterizar el Alzamiento del lxi de julio.
3> EJ debe, de FACES en lo hosa reunir
FACES seconstituyó. en su momento, para fomentas las actividades culturales, económicas y sociales del psis. El esfuerzo realizado en orden a su nacimiento, tuvo una ersócote dimensión pública, ya que sólo la idea de servir al presente y sí futurode la nación hizo asociarse a una serie de personas enel seno de laentidad que ssargia El anhelo común fue evoitar vn la medida de sta fuerzas, que la necesaria y dolorosa sacudida del It de Julio acabara siendo un parónlesia en la historia de España. sin continuidad posible y sin evolución homogénea. Meritoria ha sido la tarea basta hoy realizada, pero parece llegado el instante de
usíensificarla, precisarla y estendería. parccc
261
La dictadura de te franquistas
Faces no podrá ni deberá ser nunca una especiede grupo politico sino una canla de ciudadanía. Los qsse se acarquen a etta no tienes' por qué hipotecar asas cosavicclones, ni nentirse sometidos a disciplisa de ninguna clase. Pero una escuela de formación política o ciudadana no puede caraclerizarse por la asepsia. Limo que, ala vez que cuida la aglutinación, debe brindar a la consideración de todos un mlai,nsm de principios que estimule, y atraigan.
Por eso FACES se propone un dobleobjetIvo : primero. crear un clima de comtrsac. ción en la diversidad tonto elemento educador.y creador de perdidos hábitos de convivencia y segundo, prornoser una revista qur diFundas desarrolle unos cuantos puntos básicos.
C) FACES ruino Club
La primera tarea adatada es propia de un Club.FACES debe. pura, convenir,. en Club auténtico en el que a través de seminarios. symposiums, publIcaciones, etc-, se examinen tensas netamente juridico-polleicos. tales romo sistemas de representaelda. For,naa de gobierno, estructuración sindical, régimen de libersades. tIc. etc.. sin que se abandonen tazupoco los de índole sociológica y econónsia. Al Club tendrán acceso los interesados en tales cotasliones, con independencia de la personal posición respecto a las zalamas. Se trata, en sunna, de fomentar la formación poutica y el diálogo
D) Revio fa proeesosida pr FACES
Al propio tiempo FACES debe promover una revista de arrostre político, de la que se responsabilizarán los que tengan acceso a ata Comité editorial o de dirección, ya que la propia entidad no debe cace en definiciossee dogmáticas tttremas.
FACES, pues, promoverla el nacimiento de esa revista, dejándola en manos de un Consejo editorial que desarrollarla las ideas matrices, susceptibles de matizaciones concretae.
Loa puntos básicos que inspirarian la revista podeiso ser los uigsientes
- Ruosando serniJo soria). propeagnándose las medias necesarias paraqueSos prodeelores puedan reconducir a sus verdaderos términos el influjo del sistema capitalista.
- Desarrollo de una ordenoeión rconknke equilibrada, progresivamente correctora de desnivelen de rentas sectoriales y regionales, y conexión de aquella con una politica fiscal transparente, armónica y eficaz.
- Régimen de libenades concreían. especisln,eníe de expresión, reglamentadas y garantizadas poj la intervención del poder judicial.
- Den,ocrocéo sasoderno yfu.ree. La representacaóo potisica deberá establecen. -al menos cts tina dilatada (ase de eran,icióa- a través de las castidades naiuratet y de aquellas agrupaciones que las circunstancias aconsejen, ansisorándose progresivamente el peso de la burocracia oficial.
262
7
Atese. dooat.entale.
- Independencia de hecho y estímulos su actividad de las Co'es,epresen¿oíiaa,. manteniéndose el referéndum (tajo control judicial> para Ss medidas nsj: traseen. dentale, y la decisión dc los posibles confliesos de nasuraleza grave entre el Poder ejecutrlo y el legislativo.
- Pode,ejeru,¡rofuerre. independiente de las Conca, aunque sujeto a su fiscalización y flznilación.,
- Drsre,sgrali:a,ión adees,nisfroeña. como (reno del poder del Estado moderno,como medio dc salvaguardar las peculiaridades regionales y como cauce de participación cfecsiva de los ciudadanos en lau tareas públicas, santo retas real y aulénlica cuanto a escala n.a reducida se opere.
- 5, Poder judicial indepesdien'e, encargado de telas por la aplicación de las leyes y por el aseguramiento de la autenticidad representativa.
- Adenissós de s'n,pos k.2nsogéneos, que pernssIafi actuar Iones ccohere,sses. esls,nuantes y de coníraste. La licitud de sales grupos tendrá condícionada. en todo caso. por la aceptación de determinados principios fuelda,nentales Y por exigencias que impidan la proli(eracióss excesiva y a ssomización de loa losismos.
- O. Impulsar el proceso de Msrí,t,riunlali~acídn ííronárqíeira declarado en nuestras Leyes (undaunentales. que pcrmitirá hacer efectivos tosan tersares principios, provocar uta evolución congruente, asegurar la estabilidad política interna y, romo consecuencia de lodo ello, establecer una plenitud de relaciones con el exterior.
- Escodo de Derecho, es decir, ,tñvims pornsessorizada reztamentacióo de las facultades de la Administración. estricla splícación del principio de legalidad penal, generalizacióndel recuraocontenciosoadministrativo afile lajurindicción ordinaria.
E) ExTensión de FACES
FACES crea. (asienta o apoya, organismos que efectúen la r.s:sma labor en sus ámbitos respectivos.
Madrid, U dc febrero de 1966.
ANEXO II
.4
LA UY ORGANICA DEL ESTADO
-J
E N d.a e.aea seeaa aSee. ja eaeae jj ecu. ja de - - ----de saMa. .aleee't1e4, te - c-. te -e-- -- -a de sa &ea.ksal. eS JaTa 4<4 tana. tea. --.eeaeu,e -ja - revea. 4 sejesca aa-e a eea,a.t.. <a 1*d -ul - -te, osudejee ej za ata- - - <a---eee4e,.iesel. te npeutde -,.,.l y a., n.Ulleej, u. -- -a4. ,.ear.saae..le <sae a,,... pete,,. a e. da t...da
Uenteshar.a.es. ua.,* g. .5 aee,tna de a-, -- Duden. * Eujn~~a. -sede - - -te - de -1-a-e ea.a. -ua eeeej, e -ca ,naa.e,.e -M
hde -<eS e. a.. -- naaa a $. e --~ .S -tecle eel.jaa e ---e 5, 5,5~~ Mees - p.e4de Pa-es .554. <e. - e ja 1aa deana a eqn a -ed .4, -eea4,a,s-e tense Te. le -se . ee e.,.dsea..euá.&ja..i,jt ---. -de a.ensese Meja ' - - T.,a -e Me de e..ea de lsade...ael e -- <e -dee, teses.. .5 - de ee.51. - es. -desee eleL . ~t.e -ja'.> s- -ej.. ',,n -de eee,Sged uSe.
.fl.j..eajaeeuke,5.a te aÑa de teje, 'en de - , asatee de eee.4S Teda.Me ja de .t.Sed udijaus 'tse --dsl',..j geetesé te neja ·l.eut,Sja5ee.eóuT. -Le dey.-elee dl pae * -s<ja. elu el 'te. fiJedS* de 5 en.. de ande e s,ddse <pean - Cenle > dee.... h - pe,eed. Le>. ej... Se. SÉ 15, ese...el ja,.. de aen ja de patÉa La tey e --ese5,d4 ce --ipeeste. adea, e ¡eSa,.,.. --4 <ka it Nads b,.,en &' ja aee.deedg. aáan - de e -Iten te de..Se. ja <else, epeel e -ja e -· --4sepe~ate -eqat -
Lean.e..taaa..eae.e.eua~ e u.u. -n Mi -jakkfde,e.5e,...nnqs. dejeae --SeM 4 je ,l..1A <aleje eee Ise,Me esa. ja -geee. ..de<.e aa.ea,d<a. ul na5de esasaled. e - e.eedeea4 a- e a'-a e -e -en.ee patsaee ata.de<eseu.e. -.caa.aep.aejfiaddasa,.tca'u5. Cal fiel,.. Cee. npaqMe,. jae..e. aarea teea. sea ,Me,a, te --. e d,see<. -t.pd.,,,e apee a. qn te ea reyune <alee. dueetede,ejaSetldetq.eje -. 'a~e ja --ja h<ealua - le sjaede -4 .ebelesaa - elues<e ---pa-, esa., te... a de jeas <a Lyde ·ee. <eiSa de ee, je dices - de Mean y - ja patee aenaaae efla Ceeldada. r.ea..eu pee ase -raed. jeelea 4. .5,Ceeane -fi nda.e,n. -pad,rluM,. .5... --5e.eae. y< le -- -te .etd< - e &e redan es -ae.,*Oa.a. y --aajel . u---- - -¿<'ja -aa. e teajaej. s.a.eea a. eeee,u -el fi ead.e.j. > eeel.M. -s~ -ana tenue.'.. --a --e,. es&.ke te leeludedead <¿da.. --ea,nsya.d~ -S.ese ---'a- edea-- ja jaetee y e.e
..a <a. eeY a. --aaee a - - -- -jeeja e de a.et e. file re-.- - des<y---elle --de Ae. asele da de eel. les kj ----a a den. Ma e -e ja -r-4cdj. -, - -- -st aje-e.. este,. 5,.4 jet -Sg elle al --.4 4 aula. ~' a<
eaDrewe.u --e -ja --cT&d --ácuea ja --dey eanje -fla.eá -e --da - -Se,d..ne , e-cdc teeca. -e.vde.e y desead, a de etetad ja de lapsa ja A.. je. - -~ - --de de s~5de,ae ede< --ea-sea a ja ,.e.cÉe ja ended ' ue..d.e le - cara -e led.s.t4i - --- e-. <'-Sija. Qc,, u <e, lo. a,, nc.de y ea. ----.5a le -ee,de ,alea --Cas ----Sa. ,<de <a, eSa.a. <alean.. a,.eleteta e paUsa, a lea
-a Tedesde - pda,e ese,. (555<5. e ea.,, a r,eaa. tea st pan- eled -de -e,da. . -a -e - -za -'.4 ja -----a-a .55 e,ja eafleeeelflse peeeeed al fl.a' 4. de dej da Cas s<4as 74 <'t<.' te -a<Jtd&e -5544. e,. a ana e, 545. eeC <.5<4<5 ja tse,. da e EepaAMa -repeedeed de sede el y ak,..eae. ate. se, -. ¡eMe.. <se la auldeeSa, ja teje. spteel. ae <u es,eje le tej <4 ~e-e ~e' Fe pete. se, ene eada ja ea.eed ja .evle de, da..aeajus qe c.d. <en e, í54t. e. de, ie se.aét <a la eea a, aeudtealj le lu-' «idas 44 AMan y ea eae.¿aaasa e ed.ea ja 5< ¡aSalte del Ee.eda. Es tule. lee pfledaa dat M,dedes.a Nedeet eapdaae 4.cee Aa. tea, sjeadj sae del t.í.d tea .e,ae de
ANEXO
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3
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4t.~~a=~s...ia.
Ante las Cotes 22 de Julio
CesaI del Estado' del dutLl ~>5VOettOt5t del Pleno cl ~~sod¡a22dejnaiio.dadiÁiidá'a la J*¿dLtadodeelleitit p.r!onshntttdfljéaenrdaddn eno. el. dc Ls erpubln í .hay sotoc 5oon a ranisnlha, ewc.seceJaJedatasa. del. ~ e,¡'Jeslst para qoe Ituqoda «o&oeado seo,. pata. 9uc el.suicetecseao no dee>.> .tpe npa,.y pta qe tOle sss dodpaeade -au'aqufr *eeoaa que reúna nosrIIi de4YtOt ~ donea, ~a 55CtOiteildt y onJ~ 4.t,
bao- - napaundo aso. ¡atitulo de Rey ~ que a pta hace más da dodpan¿n. Lo pn.neun~ la duMpac& 4am - litnado S¿ WSde a titule detltey. .w6n. ?4unr.adie ha p&adó q& Fíaa,o abrane>ltay a O p=fl¿ qut 50 Nae4 da ú*P t'tPeen ptsWd ~eóavas ¡ente de lqW'eOtt lo sesaetido peubilida4 p&iotsl de op.
I55.1CE elena. 'que no tea&wrd. todas Es nn4-__ '' Wlu P0 -té la ¡jne.nkamiwto & lntadpe 0€
¿UNC1PE en cuanto que a lumiade esúpetri. Regrw oeaaub que sr-adIa trapo deapuda de Fnn pera a~tse las Coite. dcdd¡asn duasesto da sa¡irala Regenele o sonnEO la saonarqala en a.
¿Q4%r%tta la .5n pwa-lsptpotqutmssta ,olde 7stosse. peso eolia. e5¿rL SegoSó, . popue hay otea prve.di&sirason ksle. ?mzed.elr almisirno la a. cestadaa*a Pucol kS Pt*afl -el OaseuslfalFma ~~e.jta, L.setdhdea 1947. Es, ~ -ueepeáa.qa&Zten tl se 51. sasona la =a. )tndeJ3tIvtdrt5t del GoWa& timan, Apeude4s$yartea ~ r5J *lútIa sonde 1E uit ¿an,ot&i&.s#.. ~~fl4eM el Don Stsáaiee de: 3eíU& A] ~ nobc'-e Ita prsdoneeru ~ytaaáde burwsla la ~ arus del ts -del >e alas Cor
.flEsDEiastePatsnssauesln non las p. u t ida4niioftse el sidoslaa4$í;Yki,de sk ji st ¿fla tujaefrí y -avrssrazftsopssa& di 'tiJ dent<waiudadea CO5ul luiría la meWboluel&aI peo. blaItaleedodo enaafiol lfl pcslbc7-ttft¼ ..
¿ o ~ - e1.t~~ ~ jj~ la peqsa petiasna p eai y. ¡o. petan aag ~ g<só ta&ica que no aw'a taley.e. 5 ltqpe eNde del Estado t- esqdta <st eslaeldo enrel gr wo ¿h&s. ua del uisWaalhvSo.lpe& .d'.te. asegn y., qsies 5< ~~5gju5fl4. - sonsala et:llemsd&eu la sae.meto la ,olsdóuask, edemass¿e tébú diC. S 1ú~ 4 P 4e-<lads~ qi, csswllns. Las esa m,<adnda¿anaa 45. j~<= .5flg ~<op ea. ddt.se?ÁflnTcee?ta are e -espedadva & roe es 16ts eetessnMel:lo iosna¿ 5d ~'sa.pn>na Colocarla esnís realidad b%6&iasmn,aase <se sí tuecs que el Derecho es. un lteeo< enbeqo. de la la iflci&ealator a 'te itniui*.. fe del Etdoij,á.nosjfado pS&Ékuda.lma ~ ha. de*kadoWr P%.a'ttnahntt e 15=d enceezardcaló &< de la ¡- & t Jedatna ea ~ ~ y<e>j<.ijí o de mit ensopo kgal ~ ¿que C=u csaaiqaia momo< eJ 1,1. del Estado podré pc ~., aa esn la sa áhe debe - lllk.afr . de Rey ode Regente ~s ¡xy<t a -a, -..:u a.
~ ·e>R el encono. la solamt dd Putacipe RegeaenUuma du4tada la so. 6¿ montsda. dma c l.Áy&y Prieseipion Ca Rs. gaseptsña ía ddeiR¿gimyd empulmeu. prevlsiosne.spo.lansensrqola.E2despute Isdudibleque, aseado desspet~ la fdnia peno-eh. dad política de Fraisos Ita de~ seshja el nssre.or istasedialo. se coasobd co
4
ANEXOS DEL CAPITULO CUARTO
- ¡ 'Madrid'. 26 de octubre de 1.967. 'El país no es-
- -tA para arbitristas'~}4emeroteca Nacional,
- II -'Madrid. 3 de noviembre de 1.967, 'Agravio a la fa silla canaria'. Hemeroteca Nacional. 11 30 de enero de 1.968, La Ley del
- III -'Madrid Herseroteca Nacional. de 1,968 del
silencio.
- lv -'Madrid', 15 de febrero de L968. 'El rectorado de la Universidad de Madrid, sorprendido por la actItud del doctor Lwoff. Hemeroteca Nacional.
- -Madrid', 15 de febrero de 1,968, 'Lo facultad de Económicas cerrada otra vez'. Hemeroteca Nacional. V
- VI -Ibídem.
- Vil -'Madrid, 15 de febrero de 1.968, 'El vacio pollti-
- co en el país y los limites al pluralismo repercuten ea la Universidad'. Hemeroteca Nacional.
- VIII -Madrid. 2 de rayo de 1.968, Algunas alteraciones
- del orden pObl ico Hé?mér&feca Ñácionale
- IX -<Madridt, 30 de mayo de 1.968, 'Retirarse a tíesípo.
- No al General De Gaulle'. Hemeroteca Nacional.
- -'Madrid, 26 de octubre de 1.970, 'Manifestación en Barcelona. Hemeroteca Nacional. X
- Xl -Madrid', 8 de febrero de 1.971, 'Derecho y vida real. Ni gobierno ni oposición'. Hemeroteca Nacional.
- XII -'Madrid, 5 de septiembre de liSBE. '¿Habrá Jefe de Gobierno?'. Hemeroteca Nacional.
- XIII -'Nadrid'. 25 de noviestre de 3.973, ldios .'. Hererotoca Nacional.
ANEXO
lA
AGBABIA
e 7 lElA 8? E ;s ~E A
SI POR 100 'c-0n0:I
.UYERON UN
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AL
MES
DE
-L -~es.ala C,aae,a da aeae <e e.. sea, a., e 'e Isaesa -<II ,e aadla. -as-lee usa.d<eeel ea, ea. aeeiea de eseed cena -te,cele e, 5< .,el.eb.e. cae. 1.. u.be .e.eeial .5 d -eCedjet Cae,. <aíadee fle<aIll<~~ '-'-
-ecos itee.re54ar~~~e
5 eae te ateelfl .ae.l..La.d. tsr. ea. LadI lslae. Ial lea. e. A tiellalla la. be a, e. e.. Aselaseis j.C lee caspa. st eeakebaa
es~~la.---la e.e. <ej ~1 asee peal 5.
,.,ee.-.,-ee'le<l ele sesead Cele. e-ele ad claseTaeb,la. 15 ce-eealcdeaaale.e el a. leete. <ea 'e al · -es >,tsaelis.< 555 .haele .a4,.se.. e-- -SSS' j~t
ILE ííM~IR!Uíí
EL Pñ~~3 ~ E3¡~ ~ ¡ t~
La política ha de apoyarsa en economistas y técnicos
Caes. Oseeejs ee las 5.554<' 5 deSelle it 541<5 diseelteta --4.. pisa... ha est <4 c.d qe, s.a'la &aballeste e esas4Cl, aete. Ial 44esa< ate. --e-ps <'bac 4< <1.51. .S<ea. rJ <es.,. ea e, es aslsee lsd l,li.aae <telas, y <sss, asaida sieesiea ¿ea,. atesacel,. Ceses. jele,aaeeei'flSec', ea, ea a sse eseis -Usaisees el. IaUsUsL -Isa - Ose. eejs.aeínalaas leaesead. esaue peea.derpittie. e paja pasad. aae la Ce. e, liase da <Salen,.'! de Caetas ajase. - lea,. la asaaa. la 'asnales de e bleela,,. Aleeaaaataselarles lasltsCa ,ae,ía,eaeateeelleIsstda5< eaeeaalja 1<4 51 ale CIas sea nsll'e pielelael y leasitise da lipes be.aasae apalIa-ud llelaje, de la asaetee paiafl iedlSalits.as a <.e..baeeaie,a,4<j,' aje - -TI~s.55 y aaaj alt le. aeeaeees ja III asset.sl,je eeleataaaaía, la.. daelajeeeleidahslsjase .1,5, ea y edaet.da deteasleas e 5- al tllfl~~~5T51t aaa¿eeaaa bisdIala <et< et qa saMia .a,sl.ese leda ale-as 4< La daas¿ea4a la <lIada, elia sIsee eis1 e. sea qsa desae'leadaI «<sead, -a-.esaíitud asee eer.fl S'j~¶ -«eec, de qe. al n al ellellís,. la el ,ss.e,secahlaaita ¿alele esaseteaside ~ je la ejwllsa-
LA crisIs DE LA POSGUERRA
Al rasa al la rule, caL &sbe,s.eds se aeasaea.sa it.
<sLa.eedlhps¡aíí
5< <ee#eie ,iaeeai&a aaae..eal<ebslel.ee.) tlasasea st eel,d - 5, e,Iablsea5<a LabIa jstjs les Iseese Isea. al le Absaella de 1< leqe,t oepiaje & testas flsetSsd.a.e 4<ssa ~le asaedasae. la llael Aslee,aaes -16 -eadle a.desteea eaa,alllalee.ss eealarela.le de,e.aaaaaasiae..e.1.,.ldt deeba. lees.Sa sale - <e peleles leiiadtlla It aspisea. ese, Les eale asas, 5, <casede latí le jal aleeda la pastase ja dei tases. ja ítaaekaia des jases adse eede¿c-sa <saesyi<sba.ae y de pl-lela.. ada ssauiase,se --e«elsaladeejde. a --Isaqes alea.a,eeís y dala e 155 II te,aa, LI.-. d<s tea-alee seas qe c<4< -palle, de pisas esedede 1 la .aeiaj.l isabel,.' - asede
~leie <1-a d lascee. eseeseed .tees,elsc en daacs .eadjataatelaeseaa--, e laja acede -í.eal. Lííaetajle<ead ·515s,' es OaljaaI.-ee tea 'e, Ial ed<V<el ,ae.pisasisaaey el <e. laeda laelrellartld<e5l. alta etyeaee1aea.Ea esalaede esa ra.ae.te<qadesa,ja e,la, aaalqa,ea <lasa de ales.
ESPAÑA ANTE EUROPA
fl< ~~dl ,e,e «tite al plsalltellle.C<e 4< lea ¿tiesas. das sas 5<5 <al tae.aaa Cayi.. .5 aís,aslí.aaás<seaí eít.ta,íaea cee~ La císis 55 ealals<ada y ea da,. íledseelaad yaa,ja, pesas.
/u/'5'
ulesee. ,,eeh554< Ile. III ls~ i.as=4a, la< sedes.e,esaab.ealel.lTel<pieils leal',.. eaeee<eaaas da te hA dia ucd.,, a la eses la te. a ea-e epa St e, ses,r.avsta desdelal qe -F.s5.Use ese a-tu les hIea<eseeaeee<l& isa alaa,a.dteaaeisjyatjl lsesíal,l,asdia,'j,Seealieje daca. de acesalles ee,leesedeea,5<a,a Ilta ¡asiese. y etna de lasaset la haalaed. de .551.aeaea ea 0.15 Lesee Nací apS e 5.5ta,,' jet Sale des. eaI.aeseeaa - e e,íaladaa aaaae'a.sM 4< peapianda.<aMacase e. la, aten jal le 115e11 ea *flees. jetada ea rasenas de - frpce a.-& yeeN'a .leleat al hatLea de sal a. sea ja n.a,.., a. sejasita. -es - da de,, s-.Ciae 51< 'aSe~ ...liaetj¿ IaaICsjsu Lelatl'le,.. -~ .,nd..ee.da,aa. a,<ala5 tl.laelesesie,laeaaa da da a sete.tn íes 's< te das¿esda te casals a le Siaeba,aa. <a debe ea,,. qe ea a-sea alece, «esa, t.tlsaea a la,' C~ palIs. qa~ a ella ldataee<eaesedada.eldelie. IjIaSleeLa pali.,. idaadó 1i.
ESTABIUZACION Y ARPITRISMO
55 la asease de st esisbilasy 5llsaeiaeseet.e es ja.. etllaa lasa,,. íteysas ale <lee.,' 4<4 pelaje da le. IaSiteeitlId.,a.eaalLad.eai.. el alIas ea. la a,al...baidad da llu,iau< a'e 55< reelaisaes y 4< te yete a se. el see 155. reate, <esa eejia 4< -
adaesleas - le-
- -le qe e a aeas.iesa lee., e, lea, de tse, -y laeleaca calames. a <'ea -Pu-em,, - pl. - - -pee <e deleed ieeeea4< aaya. e - be iscleje al jeslsl áeee.<' eaas¿ae lejeyae4aa~ <e. fi alas. 4< aealeaaaeaa da <le sseasaa llaatea,a.e,pealeal,,.l.., aerSlleal.e. be. be. esaaa¿<qe 'e Idpleea de de csaspeldaaes eCeae, <ala «deIs, qe ea.ielae aSeses. 4< tea easaaan <.5<5la 4< ssaa iClea elsealo. eldedla, -ejasuas. <4 el Cace. es dic qe. e nasas. 4< 5e,aseae jal asee. e da <tajase', l¡e<aeftlla,a, 55 alda e tus ytsajae era. lisa d ea lee pesajes aleare. ,asesleat Ptasaa a. alease qe, Caaea. qle -halda elida <ese 'esjalses esa-a-esa,, paseelsejí .eelds ahaseedí la ,e.5e
a.lA a ea,sq asIc -pIsas ~e. t.e alIaS,,. be. asada ea laesalasa l5 le. --e le,aaeedaetle las eeaeaaala<esdle.AA lees y Saa<te<5 <les, e sea tdaeete a*55<fra r1-a. aeelaee la líe da<4. al dIdea 151.1< - e,. 4< taeseee aseede ea <t -dejes. 5.4< Salsautiad. Ea.lqlea< a la le<e <t rss<aese ele, e. - e apee. sen, 4< rípe--4< M Saebajel -<.. 14<4< ¡e.u. y. esa. -ea,. -ue 4< - --aselas. eisa pilan <tepe. - bisala 4< aet l<sdaaiaal. LI .ele¿s< - 1.11
a..ediqí-frx.aadPSsCee. II eeaaaa a. sedal palas, lasla catela a aa1.ab.aí..e.., ja e.eeaes eec y atelaal. se ealslíSa,e <etadaqeele . e ej.
r,...,
ANEXO
II
ESDANOLA
Peecaesea ahsdieet
51.1- alee sea lee. eseal Se -.1.. aeaaea,s e-.
.1. a -aMelles la-a
-Le aeel, eslaele. 5-u55 5 Ssses.c -
Áyreea a le CamWa eaa¿e¡al
1 laa Ial asee - - -aee - eA all55- 5 -es 55.5<.Isaac 5 -lA
t.~ela5a5e-e,saacea' -laesleesas a tee. te le..5lra,eeeePaa. -esale,a, 5u. e aleta Cae- lee 1. ea la-Ocas
15- es -cas e-aeuhisdle
a ea ese ~e ti ee-
Caitye¿e.ete Ja cale r lleseasles a aselda
r
¡ ten E UNAC¡0 r4 AL
~t5a segeade fíesta?
haqsa.ljetae,aclee la~LelL 55 .eese -
~a-<Sa-b e<eeat .aea e. e. a
-~. el-se-,',les e «ls-eec alele la-sas e salle. sas cee,' e a
Le patíicided es le Sefaasieiée
- 55 sesea. -alas seea.. e a 14
a4 SIsee e a -edIl aa-as a <eses «asases 'a ea acIales .lt , a cesa e ecesee a sea. e a -d ea -ea.-- ea,. - seIs «eec se
es ala -a lesee - --eaa,. aeeaeaseaaa e cae e . se - -eeaae -e es le e 55 elealeA. a e. .5 - -l-
Cl paiseal paelíasieacsee.sl¡ee
lacee-a---la. a~eaeíaaeat ce e-a -ea. ee - a e -----a---ase-ea -u-a----- ee.a.le, - a-». -=aea-a
Asees taeseesete Peal
tesAs asee-sa se <alael ---es -ees. A
asesas Isla. es ata. eaee~ -
75j 5fl¶
a ceCí ase-aflAeeasss Al,a,oMe-eace-
.u2eel~~~.»sesseeesIasIaecelaeaaaa<easeaas¿ea.aae ¿l.aase<aede¿eaeea,' asadas ¿a elealeal ¿aeeaaaaaa. peaaaaeepiae tsaaaea.e,elsalssee ,elaíeises ell.ljllaesdl ese-ajas esiseulleSeaetil.lla,a<ee?ledelaaajeeiaels.ea aalelalieeeisallhl 1 ea se-ya pees-ea, la dable del sable, aese aleYa ele- lSljeaasselqala sessaae-saeleíia-ekaaejaaíleeeid alleslea sé. as-Melee saeje. e.aae,eca.eeeeesa¿eíla;eacsalaía,eesC.sae,.íaaa<lae u..ll5 al
CocestelAterecAaooeLeltA.
te.
ISIL. o dIsalCalí -tes-Isis tetaría
ANEXO
III
~
es 'ees e --5-
IBST1If Tf)UII. O O O RA
<e,,eseeaceeslecstie aaasias ese e ce. Pease -.ee ea e~es. leAs-sa, -íCa-esleeeS es e e a-ese a- ea -4< -es ceca a-e es - -asases-Le seea
e 5 -Ss-esa esCeseelá eSeS es -- -casA 1. < lesasaela eCea.Saseseae esa lesas seleesel5e 55s-ae eles set 'ca--aue-.5-ca aea-esa. Pee 1 <es a se-sde --. e e eses seee, e -t.e¡aae ea -5asu eeC ea a ea -<e <.11 las51 1 --
-Usa «se-a e-sea-si esa- --anas e eje-e. - ea-es e -.Ca~ses --1< -ceseles Se -. esas se e-e sia-nl5.<ea-4<el a , e-ea eeaaesdaes see<e lesea-a
-leal 55 eje<aas les-a-5u~ -s- e---l~ -as~e - e e-secas e 54<5 s a Iese5. -15 si Ile si ea-a-e- la ---cese.e-ea --si ---asee-eejeseéjee, e - --o-eesea - u--a es 5.laa a ales alas ases a 5 pes Iareeeeese!ea uaee'esee,cae - -e e e -eses---see,eeLa5. -e.eseseaeee es
e-s-ea ees a-Sas 1---easaa-tlej -a a-cas ese eIdes&-efl54<5 si leal 5 ea4< essaueele<a-.ae Alta a-sesees
-<
e--A
SE LEVANTA EL SECUESTRO 'JUVENTUD OBREIlA«
a ea-esA cIesa al su luIs aeseeesses -es- aseseses el 5, -e lee ---e tiesas sal lee cesa .151 e, uti sil caes. e e «eses ceea le ea. es lasa se
tA PflOVIILCIA DE BARCROEL PARO REAL SE ESTIMA EN \S CUARENTA 1-111 PERSOUAS le 5555
a
515151 «lees e eaaeueaa -seas. -ces ce-a u.ll II cese, su elues-as. a e -es <sea e<a e. <alsal cal e5< alease sae ac es-ee ele e es ala lee-a Seae-ele lasa celle sale <lee.. 55 a-esa eadía eleaselease paeaeeae - sees e-Aae-a--es-
sesee. ·l 55le lea e e,ac e eses
' r' n '=' a ILL4 ~J 4
s51
=~n ~
Las deleede ¿st pea7e.as
¿Peas mie asaerva.!
eee.eeslaes sedadele la Cese
-- -a -a--«.5 a-el-a-leí ea --edi.aeseseeeee ¿eae. 5 aa·4-aa---seca a -' - -le- ---a--ea-
O eégkae lealdie. seta el
<lee e-esa es a -« eaeseaeu a - -es-a-a. ah-e-e -la set e<sSeesIaeeea-h <es
es 'e.. e. e.
O sal.
pasta
da ha talseeseije
-e ---a -.55 -- -es la- se a sae Cee-ceesa-ti Se5<Y a a«-esa
ANEXO lv
INj:
Cjilcs isía¿ae aísle tea Ps~ it s-le caten.' a de
laso. sIsee. .,laIll
e
f
e palelsesee' ea ¿cha peedel Ceea<ep -aIalseas.l --ea «sae-c da pasees-
'sea at da
¿
e
-lsd e. el st. e F.sede. e. -u. y.aealti¿¿ac -cedas la atIjella ja la-lela ele a alece e le astil Ja sela, aSpi Ceije lee seaS u Ile 5 {do cae dí laileleja da Ondeas ada se alele II .eea,<eiya cecee alu II lad lee su ajes taeah<~
ea
II
e'
|
|
RENUNCIA AL DOCTORADO IeHONORIS CAUSA' 812
1
El reckrado da la L tnivers~dad <le Madrid, sorprendido par la actitud del dactar [waff u
O eC1115453t1C3$caale.
r.s leales. <5 asesase. tIlaS aaaslaaauaaleslspaeaseesae Palle. al laeseptssaeaeeea ¿calelda ¿a 'alsacIa es caa¿a de <leales ~ae,ease et15'pelll Delleellíd ej de ~ednj. re ajetes lasa nl de-
íjrbtfl5tsCbtlazdlí ada La easlelate las.: 57eial¡tenee basal a laaeeíeelal. elfisl¿eyaeees asee-leí ísajeetaae íes a,' saasea¿adatsjsats-¿eia aels¿a15C<eaelaca ele ua,ealueaí¿e¿ la aceasepee. ¿elsa sra,ae<sa asee ea ea. a.líaesde eealaaeesateaaí «le. la taeles laesa eta. es ej pealcear laltIl la leí<asesadO pía-ajee í sesee setal,. aaíltaílas¿ase 5.15 eaeleasfl let.iaeleaseese 5ía-~<,. ejp tía elp asele ea.e4 asalal, el beeaeesp ¿e eeselt lee Pelele 'esa ¿a. eae¿s, al-aíre ele., Issearp-.e eles alalIa ta:c lapalsalae así treeaeííazíaíee e ces este o, allicepa <eee.114' es eaDo
ab-e cea eeeaadaaalseja ella 55 ¿e sesee siel<ea, es a ea, se saltee see penaj¿ Cal pItIa-ea latee es 'sea esealeaqeas y a. desees ¿e en use 'elisa ¿celar - taesaeslí cael' e. le relees¿ es aaadaít ¿jases-dde qea ate. u jalee ee ea teesee pee. 'tael. lacees la palpases- ueleasaae-elue¿se Celta Ca-ilaleIta rl elelal es -a.. ¿alache llee.dlj easesees sarape, pee tese Iliria de 1.-le ele de elee aeealselJ ¿al tiraepeese L.odt. cesa¿ 54 ea re-es da l~.laesa tI a a ao 55 160 ces 5 es lis(uaado Je
le-a <sale es'lesee la se., le I'Is¿cl ecaíea<¿ai <irs.4q'.aa 'Le aSIese. PaseeS ce-eses ¿<les-el setluí-lea ¿It eete Xlett r .1 <115 ja taSIasleí Getilecea n~s-Aal
he eesseelada
sea aSIlase aleee rs -. a-as c sal salaslales ¿leeec 1taeeaels asesa de la Uetaeaaadeejasa.ecí¿ las el ea ¿e asases ¿e
lee, aseesee <reses4, cíeselseacastsleaaieí caerlea Ii aesaaeaIaeeueea-aeieseee II <ala ¿laleelóas, 555 calera jceaa lacad tse taelaspes. aeeaelsí¿e. leleeltías tapases aellasa¿a peltaelala qaeaaeeetieae esa-le al Oaíaeeee y le Oseaeesl¿esj las a-Bella ele tese ecala. Paeteseaqe y estadlacees asesasailas el leatalle tl< lea Isbeetedea ele. seca-seas le Las aísles es Inste le Oellee.aeda¿u Ita eeatPes'eeeetaueellns. T5UllS latejiestee sea ¿¡¡«elIjase eeaaaealí¿as. La tesiafasldíteeaac Saje el ates. UId ¿ah ttlets leí bpalsljaeetio ~yu Telilla> daduuu -te pee cía eaae pta ¿e la-
ase el caetiteasa ¿asaete <se díeasaldefltaabíeaaea¿eae eljí¿.elae.ts Csnleee.yle alía, le flelreealjad asía Cíee saltees,. e leísta-as. ¿lael,. Ilsestaes ~ -e. ¿cheles e esa alesesea.. leetas-es cee a-Ilesa esa. tItealItasaeals-aaes-aaesl.yeee salsadepea¿eseis. Ale aaqseaasaseseaaeieaees¿je. e, -peas-e e te aaa a-abel ales-a qasa sea arIe¿es aseal. taais¿aaa,es a-sIseada oía jPs 515<11 asIle asare OtIle cae. sesease leía.
baaee~ salas ¿e apatIta ¿ejeaqala tileed acreías ¡elade tlsídas. lesee ea, tía 11015, 7 1111 lIs y- aleelisa ase ea sIlla selles alece. lee acepas-e es desletc¿a seat estalles.
da casete eeeteieeeia alaeel¿plsubiaení¿ed ¿sesee, dale. «ea ¿leseses paree ¿e acelere ¿«este 11555ta,e¿ldíe eesareteellc, el-lada cae lal<íe asaetee se ¿cate ada de aiea llene alee cesta ¿eIsa-esa. jesasestelseaejauiteeea de
t.ee pcelíteeeee qe.
lees alas apar e rels-clascee cae te eeieessariaiea dsreeies'ds de la sIaMesesedececinsel. e te eesaít'seiosaade por le palee lisa acaece-lea er<easl ce poe te terapia estseaetcase lale. aleedíle ¿a le seelasled. ta esualleidí Se es aleiceas pceejelce es- ce detseaaurtaslcaesaesea ele dedIl salee de eaaaeeiasle ja elícesee a-ate altejes aeesaeaeei'es. ele.', 51511 el erado ja reriasatidall alee sellase, a Ial seíaee¡eaeeearae areca leí raesldceqeaee pecalírce. att esa-e pat te y be csaerleeittieee ee tase reatas eoeialee y sic,]. íes cearasdea es elle patena. cos ele aeeee<aeede se el ceelpo ¿e la edeesríauaea Eaceisa les-e edqsíeids Ce Isa dIEta-ge sios, el tale., asee captílel Itesuasteed. ti saje steel peeS. sereS. 5ta lace esa sale al le asean detecte r reja-elda ala cacee de te Escala sas Pata-a. es asaeteada reelelea ríelila de la aeeaeiaeas. 'reía ¿e saete se- sededed etesseleea te eae<sesatia<eeeadse la lasea. teetesele ¿e ceedise ecaelarielce pese a lesueleireride y asepUerta de actedeoso y, -dista-o, le ralle de ceeecjaaedala de ergícieseede de ceca ClISe rlealtleeele ce lleesa gesentea, st~í<eos de les salt'í <4-eseisesír, qn llePu«ltCO aeejtaseee - te edesílded. teses Isealeta 5 eco caen-
UNOS ISOICSIS StCNlFtCAls~uOS
pella, ea tal rajide ida cecenIsl el <asIle-se>
tea leesea ¡eaíysessecs'e lila al lector ejíapICílalSí al esejecie ele te ee<ial.l.a¿ ydbtieaie poca dea-eeetseasla e. 'sIal atases. te franinar
e, jala, del Ca cal. iii sela. ce tilO <4. blicas lee al sae el Ecressleíea. te 5 re ea -5 pat de se 500-e e ¡necia,
SS: ca Jasíla alele deueaaa.aee be sai Fe se lbceit a, a e 615 ala lera ya' II de ea Ileriel dui lt~ l.. íes reí alt.' e e líA, cl J -lite aulas líe edIles.. 'ella.:-. lía II-le 1<1 -de ja 5.11 e. . e u cions leí
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LA ENSEÑANZA NO fi31 ACTIViDAD ESPECULATIVA
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El NORIE NO ACEs-PTA LA FORMLILA DE SAlt AÑTON(O.
## t~J~ ~O EST~LLA La ~'az
REAPERTURA POR SOLO UNAS HORAS
La Facultad de Económ¡cas, (1 los incidentes cerrada otra vez ~d' test. mañana)
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~Ufl0 ItDORlAJl3 DE ROl
## VUELVEN P¡NLTOV
OtilO MI. JUDíOS ESPAROLES re laiteel lttfl
TUNELES Y AUTOPISTAI DE ESPAÑL~ DEI'ILSIADOS SIlGUES Pa .1. 1. FleU
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## POMPEYA MOLA
Italeapa-e~
t11fl155111fl10 GAYARIIE tIce 70 eas Sse-ce. sea
-deee 4eelc. a-sae scaaa~s-elalba. ¿a le a-salee ka sellase h.1A llAe,tae rs le tlttCl«eslOu Asa,s
## QuinMas
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## Reapertura y nuevo eferre
## de la Facultad de Ecoriárn¡cas
CL MINIS-reelo se ÉDUCACIOIt stcbN~IDetAeA LAS SANCIOsICS IMPUCSTAS & rstLtDt&NTe$
ele- eleasesaese lee-e caece --a e sa-sa - <e.le e -a
-a- a~ -saa~ -ese-lace. e -ea eeeeces e ees <se.eee e esa- - -
-es-e.
sesee -e e. <e-es e 5s asese es e a-es es aese
-ti
1a ea-ce.
PUSISTE
## tos ííetClflsdrl~ st está y~ss~Ñ~
1
saseseaa-sae-
-~
LA ALTÉRAOOPI LABORAL
504
ASTURIAS
## hunosa traslada a otros ocho mineras
## .-euuPDtN a IUIWAIO U MhItA(lOM DEI flP~~N. EHflENILUE DÉ LOS TUJAJADORB
eA a-tflJc a-su lascasle le se e-aseases e leía a
~
## SIBIL NIO DII AYJWflIiiUIO MiDRí¡IÑD lp~ ~í MUIBIL Di ilUDES nERItA
es asas eeeerea se
1
1
--5--ji
## DOS ACkAeAcIov¿es fl ~IUb de Am~os de la un es un centre pou¡~co
## e ES~rODEREpLIQ~nEuN[STd~ÁNlE
~aee.esi
---a--cíes ~
~
e.~e-e --~< -es
.2a~aaíe lea,a.1Lefle e -~
--es-sa a---
--a a 5. ---e e raes e-s,í ea-a-
## flIBUS? DlBlRCt~ LMAUeCUllitt AtlOEREtJflttllt
L~aese-ees r~~eset~ 5<
-
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l~esa.1e
teaIl~e
«5 111<-dOs
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tese4j
TE & lii lace- ~eae e laeleasle es a-a-ases eesiese e e
TV
easesas,sí'eee las. 52
'ces a- <lele eaaesa-eeacle-se
<a- sa-Sae
<s ea
ANEXO
VII
5
mcwxus
## «El. VACIO POtlIl~Q EN U PAIS Y [OS IIMlJE~ Al. gj¶ 1Q REP[RVdIEN FN (A ¶IW[RSIUAB» (Rector BakeIIsJ
II enRIO deles leleel el
esesea del
114.51
seleedde se
asee-sea peseeaa.ae sea
<e'
itlsaaec.lsaeeceeasaaeeapaaltasdaleaeIcdlelasteeelseaedlaaleeaida.aaaeceesesesu se <etaasas, e cases a,esleeíces<as. - peaseca-ahee a. l,acese eles lelaeleel 54 aSe erleeaacedes-, qe le e-celes la deecca-ca. les ea-iae»eaeeceee ~,u5asasasaele le elesee.. oled pese <eta da eaceea-le las pa-s, a.lee asele, epaeca <salsas-e esa, Jce-eaa5e a nasa-ele pradaalaaaeee, seSteadas - ses ddeaeaecae jeeeeíet Mee-e 45 aseesee escadauícea d. lasea-seas ja Medad~ Sesaltalle oa-.ce-ceashee seeseaaesehqqeaeeaessea-eeíeaeíieaeeeie,Ajsessdeceaa. eleIsticees.
<Ajad Se laelseesa-. le-Alas 8sías~es.qa. seeqe es cesalé e tas ce-salas de tseepsape. a aee.easjee alteases sse esa alelas da ¿ele l.eesaeedsd-e, sea <sesleelale 4.4 <erada a,eaíaaetaeeas saaeeeedeaes eseeeíeseéaaeceare.esaea.
-a -ea-a---es si e ea- asacee e ti se--e--
-ti -saraSa-ce. -es -e st el -cee, 55 a- a --a lee tcsilesiaaeraaaeaeesaeeasealcesee.551ee.elee elsa-pan -í ea. e¿ se seasesA a Inca,. -a-ce-e asia esa- es e ea ---le -ala<Ces. ~~55 es --e-~ -se a~ es -a aseasése a e e
- a-a 5~~~ les--e--lee -ele ti es aa-esa . es
-e le ea-- --la-a e 50<-u asel, e e~ ea-a a -es -les a-e sc a-a-e~
## L~5 CONCLUSIONES DE LOS PROCURADOEES GORI Y 7UE1~UR
a ase e e calesas es e--
## PARQUESOL e3154t 2-aleleal. stOBtttl-l0
## PARQUET en TODA CLASE de MADERAS
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## ÉONSIRUCTOEES PRECIOS a OFERTAR:
CulílurtCelllflí
ex:-
-
e
IJ5110
Y tluela-Stt5ílO
-.
J--e e lea esaea a e es.
INCOROR 05
## rl ~ flítltALlTr fACILITA u~ LABOR DE LA~ <LI tl:$LllUlel un fltllíflíí¡[ It líO UlLIflDll.C ftPrIulQTAe. jllll5jt~l,55~ t1l>SiCIULIIsJJ -
.
Ptttseí¿aísí CUuI ; jUhLADIl
- -se les e--55 esaaa se
-
-e ea ~5~~ le -lees aceces <~es-a-es - -Aviso para
-a es<a-a-ae ael a-aeati e-al a-es -
-Ile leeas e. aseses esa cellas -Ireace 5 asieses es Pasees a-a --Ae-as e es a-se -e -
--es e~a-ar. l~ase e a -. eaes í
asee a-a -se e ae ----e laelaslee e 55 eeasesa ea-ase o ca -a --ese e-. e a- e -la--- -. -ces -e- as-e eese-si ea a---se a a-es --¡tORRICO ¡SAlT los afectados
## de la Njeva Esperanza
e.ea Cee ea-e esee er ¿a. es aasa'l
CIlARrO
VOCALÉS
bR
SANtA
Dl
MADRID
## <¿Fui qué les trahajadUres tenemos que cunstruir nuestras prapras ~niversrdades1 Pl Rl
a-.a
'lot
~1
1
ID
HAY
## ANEXO
VIII
## Algunas alteraciones' del orden público eses-'. -- desase Lecelsaelal aseLar
e.s-aea-essaleesa,asea<c,aa.ua e asacase eseseselesela le elles --a-- es cas sc~relsiee es la-
-ka lev
asca 'a. e..esa e a-r rs-
## Et4 El. dISCO DC MCNTELEON
## MIOS ~O~EMtRMIVOS BU t DE MAYO
## fi 26 DE MAYO, EA JORKADA ieIUN~ DIAL DE LOS MEDIOS DE (OHUlflCACIOU SOCIAL 4a
re ese a-es e,~ se ka
Se eels,dsl
es-
## Juran bandera
## 1.300 paracaidistas
Paesidié al eclI al copiada saerral de Madeid e -les al sesee
asases-ase al-ese sealesease pe=~-sa5< a-aeaa-asee aCa-e, - esal~a e a la. esa-sa e
-ti --l
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esa ea-e e. -Ca-C le
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se 0-acería alee cace, es leraesis e e -sasase. eses <a ee<eeesa aese cecee es a-ala-le- es a-las ases e - - --ae
es
Lr~ec le~~atee< -s ------se
## de
Caeslieaee¿a- pa-ea Geiaeíeeaítsaeíl
## [a !~g~ci~n guineana pide un Ep!E2~iefl
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## ~c MARIA G!RONELLA
## flfl sai~p~'jp,J it aif sas óu I{u' ufita u u [U ~s lo eterno
sn-e daaa aaa-e asca te acease taetesesesas ecca e «sale ces sea <es pase a ial a-se e ce se<e laa-<eee a-cíe, <¿aa-a e a asada 1 pee da a.de asealee ti esa-e Idala ¿es ese,a-eeatss~ea 1Sse así <allIlpe ea 5 asases da lea-e la-a selasas e aseal lees e aleeeeseesase ppeeea,daa-eae -acIje eltease íseeadedaeeeeaeae.aea ulla' lee - eea .,d., Casa-Idea-e al lea Cae. Scll-dpe<¿55ad5~l<l4%~ su a? eSa-a e ea-aa-a-as 55~ lasas. a-eleea-aceaees eppelee<dceeetieaellda --ea a - edas ese ce. asedaea-.lesas'CeLaaae., a-es esa-eease-eesa-lpe. e.allaeusesesajeecaeaeceae ea-ti eaesae-daeaaeaac alaeeeeaaae¿sideil.leeeda leías. isa-dra-e.. es eea~ dsepedasea5<eeeaseesls ceaaa-adepra-íeae seseee-al'l.asaadesese teasia-a Sal lea-aa-ale. eleea¿aa-llsalaleleaeea~l-ad~-erees -aaleja-e jal se-eje asadees?sisa-ea-s. r1 eeeeea-aS,eaesaasdale Aeealesaeseea-Lelhlaace ele satisa-es. lasas las esa-asee la-sa--Leas Sesees eaeeeadepeaset-eeeqa aceaseeladesealesee 0-.a-adeaedeasraa-ees.c-e. da tesalIa. alee a-as pale <asee di aa-ea-a ele 55 ese lepada esasada <Le a-rl da 55 le a-ee adaeteesca
a-e e asa~ asad apee Se u.4 ee de Le as.. 5< 'e 5< aaeesaeueaajesu etas se.aas,.,le lees sueel datase se e lees II se saete ea-a, e.'a e cada da a e a-esa, alees sellad e-e -lee dacacasie da la e Se sea-esas --aleada í e--e e 5~ <claedee aseeseallas ce essded ea. ec....s da a. el e aae seasLe Ilesa, leed raLee ala aa-e-es taealesldu..aadl ea¿sSeadeadall.aeee
-da 11.1 se lee e-a uadesees.da elleoceescla ea-a-Selssesaa laelae esa eaa-elsaedetet ala-alees ~l>e 555'5ee~tsa ulase4peaqj15 eaaea-í.esesaees u Aee. llape alee aasa-as ea .-lee~ asasea-eda- ada-ea sleaeaaseeseea.eaa. .a-epeaealae-Sll aSPeada-a-e al alece <esa ea<¿sesease es daeeelelpeauearaea ase apealase a-eje a-al a-aleada e-as pl -¿ales~ la e. eles-laea. Jale-ese. salee ja ea-es alas-eaes a-a ls-calada ealea-Jara a eJe ele e la aiea e-
la uul <ase a-ele u -«Asad lesadej lada a
(-e
## No al gdlleral DE GAUJJIJFI
ala sesesece.el Sse. a-e 551. ra-e se 5 altidada aisle eei~i~.sea-55sa¡de le, se <a-ae<s sa.sas. ~~eutllu5<uS<5al ada ~Le~~sq eaaeaaesea-adla-. Sleia5<seeseeeeeee casa-sae jal res e aasa-a-esslad. adala, edee. la eselede alele-sae. aa«a,slaeesesserures ledesal-adaecasie,aea-. -Se leeeedl ca-a-ea da aSelede lea eses reala-ala a- le e<leasade. L5 1.5 ~le-~l'aee.leaedeeesaseastsaae.se. ase llaseelie Sacasa-e. ~ ea- ea-lea-das alelase e ele aullas a aase¿esea es «Ide - al eelea-aeess.eaeaeaesa-laa seseajeleda e-les - <a ala e esei~eaLe <alase eses SI aa-esa5e a Lesase-ea-sesaese a-~. a-a.si a *lisa alada. te sea-lea-u esa-elsaa adel, de Pea-.jseas -es a- <f~t<a esra-es&~~. ~i.5d~1pe.eas.áa-de s-< ~ ~ 1511145 -a-~ --~ Ci<l55laeles al a 55 ea asleelaesasLaseLe tea. a-seehPes.s.s'ale-a. ha soeesease le es-seas l-sa-asaeaseeaaeaíoes leeeee.a-seeseeaeea-a Casaeea-fiaeasseeceseae e eses - Le eaeas.ae a-aae.deeaesaeease ea-aesaesfr~se~p 1s
ls-essladeeel-elaeadaesse
## ?ee RAFAÉC. CALVO SECO
tLa a-esa-aseses seseaspsa elseel -Cases-ca elsa-a-se II ¿ alelas eses sas salee. e. esa kas a <ese. daee,e.dedse daseirlea.. e-sise aleada deles. e peee el cIes aa-a-esa-st Le leaseS <ea- asee Jal tice jeeeaeea-se.leceass.alaPsealesíea-sssaeseaeea-esau eedaasa-esesalscaee esas saetead de las eje lesease luaueeesl a ~5 cela-al -tipeaadad a Saca asca leseseelasealle Reala tecelastaeetasels. eaa-e,saelasessaceesal e a.-ea-J leles asease <ti ea aaseslad <aa-esa * se e-dl e e Pesa-aes.eelee ea-es l,aeseeas Sdee idees es de asees. <a - - sea sa~es a-sa. a lees ade - se esa-alee. asas ---les Sslala~ sea-lese. de----asasen. la esa Relelada -e Sepa-dl seta-aleas
=-e aaleeaíaeeIa-eOd pecea-sereas eaRse a-lea-a - a eseaca --elsa-esa~a asees ada ireesa eaa5 sesee, lees. Sa. s-1es5 epes ada-Leíae sesa erales ea-esa 1eea 5 e aiea e e-ese e asadas-le ase a-aa-a -aIsle srs-es ea-seaaeslaaaetese~eeselu eede tiacaeaa.aesssa aeeasaaseslases-sa. a,aeel seaseese esa <s~csesara-aea-es. -a-alIse cae a a-seas eas4rcale ases ea le a-a esaele sea-alele ele. ~a-e lacee es ales a-sesee a-e íes es ea e ha ~eje asele De
a----le Ia-a~ -a-al sea-elda seía-Sala fle5sasdale'I7~ des' -e -s.s aa-asede se 55. la-alce <eles <sea -elSeja - Ps' - -~es -reAeseaaastn~a -de a-e sela C e 5 10.
esllesesesSaaeaeesje a - - de se oses eaaaa-aa-de ras siles -Rs sea-ea-lea aa-a asede a-1 - a aala45 ellaede e alee --~r palea aa-es Isa-ea aCesase- tsaae le a-esa-L <esA ej 5< a-Bese -eje -case -le O-adía- peres-seesa-Is ada-dad a-lea-da-sa a. -a-. la celede asada-sae asala lelea-ela sela tas 4. se -<¿5 tasde ca. al Leía-sa - Casuca <a le ls~l eles ae 5 a-Ise
<!-- image -->
eta-Ca eseasele da te alee-sa le cesada-eec <¿a lesees isa a-e ea ercIlla aDc0-aaa Idi - a-a-tase e ea sileS aíe asese ea ¿e 11551 sala ea ales del se-ea tasase eepS eóaa.elasesle esa 'es ti pesies pelípeel Id - iva 1~~ ea ----, [5 l<e <ase el esasLeas.. pece eele ---es - e-Sse las-asee asea--es --eelelees.flPedsee. Cesa elase ,5a,l a-aa e aseas a-teisa ¿5-a. ~sea 9a-a-*laeW a as a- apee. s.s-ese.
es esass eaLa laes -lees -Laaleseedsesesasala - -caejla es da. -e -sities SI -tu-dl 1 ese-las de tea ele 1a-t <¿ sealade ea-ea -~-uaseedíesaeel tisease
## ANEXO
X
u
u
SEVILLA. (Da fltasleteo cee;ctpCtlSCl.lePSSado. ~a-tlO mc-sae da la haao!~e -íerlda pta Ial molleo aún , hay 110v24s da~une aobae,~ electoptoye.cee de coe,e a-lafo pasa Rl i,a canto asaitarso de p,ataúsabt Esta cíece55tiíncta tea movIdo aír~uce ti, qa-lislad asile e toe ú~bsladoits, qlia teaii estregado sí delegado de SIn¿icalol tan astaib IIZOraedo sas pstlilOfltS.
eses-lic relee de a-lele eSeslItel lila hieres da a..sese. Se ial el-Se eaes eaesta lila sesteo teseía.cotlaaiilatesillile y caía-le. ya tía caLta leí yflrsccas acanteases cIar te la aoaietcseeseeóe ej lace eoeeecesta ¿1 alece tabalee] al les »55i55c.ót >1 ea pataleecaeh esa-casa aSee. tacad lea-la-de aelsl e SalIna pcaletcaea. aLelase, siclo lIases-da al tupe s~ si Ola-aje ah sí ea sí-earda pradaesaece dat capa-le da e.is-Cl'fA - asarla ea líasditiue7 ¿eliges a-ca Císalelleisa as-e ,a-lelepepasSlcse lee [celileasesa ellaplayada cacelaselel. salidas ecl el e asedialleal ea apIr Sri ea 5.t?' ce 55 elseasia isal aseles tace. -.e.laserelesMllelds depa-ce~ a-s,.alqecdelaeelesiaaelse alas. suele Ilíaca sIrlaltel -ales'aíee escaso. leales llacas. Ssse lete eceiseladacas. eteaLea yaletCl-~ílet dr te esa-seseas, la-ca itacate tas esteececlal sí ¿atetada lea 550015 ales esa Peas-a., sss ea ajean ca-
<pUdines thtesialsaeaeemlaeltelea lada st asesitale eles se ates a.Ce~ es Lea-tea, del eSlpplayRCl Sea-aseases adeesilee tale pases Le la llante a-nial, igneeseede a sealsiaseteas Cl qead 5ti1¿O a lasasaseste tea esítaceeeilse& 1 tela-a <Cupe lepaSe las 5.-sead. la es Sea lee tete pca-
u-ls
- 5 rIohalee Alalni: CordtalAjsd en las reile C,CS tap sn o- ~'l elle e' leí <te teca-aa dassadets'íseti VeaSs-lía-ea
desasean ¿el raelelees depa,ahllle la laesanata. asas-. lera-li estrada ecie&s-4l al 10 05 tebaIca rl Slerlaaeasu
O. leaeelllsialil ial ¿nasasenSIllo ca Isaa-rarasella-alzad ea ¿a-e salseas es Isa-ss apaa e lee »lttleaA iepedual.4a le ala a=4 cele sus esaCI sia-SaaeIo,caea si.
l~hís cIta Cuele aa-asIstí asasílaese "4
la-Aa eue-iaiaí'e. ya-lid 1 a ir-alei~í --e at ~ic<~ el Cesas de eec llie.'e-elllsa e alise II ca aras casi 5 II aa-elias caí la nl 151111 tía alt-ce ella a-sí a-lles ti Jtií~A ele sea le ea-seaes Rsiea..síShldette a ja qls-s te eaalía lii raJar-e, cecelseaca ele. caiiiaiíediía-a elle-esale. Antonio Bejagea-
## ¡Uan¡fesftc¡én en Barcelona aísla-a Oacaaleíalaaee
OAttCte2N&. a&esadadsc ¿1 ladaes Cae¿acsa-aes de le lee ls-eje 5ea-~ecle~daeaLa ea' se Catease. lhaeepLeess-se.a-.as-aaas.seaset Le. asee as-ales tas ¿al ¿5 15 as-a¿a. a les es-ss-des das lacee dl lalaMes-ea. Lee íSceee ra pasaeseseal dc cíes Isaesa ciclastel salsaseapa qíaiseas. apeestea raía-liad <lelcsi seíets-¿eae se a es alise ¿e iríea-s1 155. a al. alíaladeas ¿vsala-sealpa. leía. as-sise esie tea as-alsaea-sciea laaaSlAleedil'ereaqa tesela ¿<ah. atase.. pees la arasaaa5a de te pa-liria Apa-ada hasíS es-a. cae dílcea-esaes. Alestie beta les' eMpate ecarde Isoslee diese cese de cedente, alee aSteaaSt'íe ¿elpeelees.. Pepla la-eje. e es-a siete e asedie, saje de ea lee. <sisal ¿5 lsepeeesi aepeeeseaes. meSlíelaeLdí le calle sta-cee de Ge-selacía-pIceas tas paletila¿e -s acreateí dli ala-íes ¿a555astil, sea espesaesa-lees lea te ee,seaealdt ¿a se lealsede y suele eselá a-asesada íes ¿irías. rede sal si laaaselaele da asía-alIsas esa 5.eia. lelíe~ceis a15 Orle Ssaa-Ajare des cae aseas. e-a , a-asases etaslteeta-
~aeLk~ a eses ea e Wedaaaiasi,a laItaesajes asesada etialelsis ¿5 leas-telas- qea. lcseseaidsoea des.
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ecelltalesesal asadas pila a-es Ociacealtie laesleslaes asíleallale. e celelacee deelee días apaleeasee aa-bíled al íeccdltaja l<'eaacij . lacé a [lela ¡Se líacasalcaícaí a-ielaaeey ce elisias da elsa-lees ala del supe-aa. adíe sIelsíla elItíle Miles-l, leí al tal'
cecee ele Ríaillislelí tealael -las. Ss-edila aae~seep. retal-· aSirías Csacbias: Toteis es 515 iesas-eetla-t teseesese ea
taeaeesatileeeeeelaa-sta je la lee aCaece le 511 Calce. Deceleeteeaeilieata le la asele. al las 5< selle tiesas lis elace. dei Cebiepee 'apaLees de poacliel, en la Rente
- Oal lelia Se Caetese III del Stlelateele da tsacleíde. al
'55 salís CII dcl deascísalele. lacee Salesa de Vícíais, día Y.Alllssasliliuae dea-ss-leieeiett15a-uiOete¿a-dees-pcaSeidel ce ldelalcaua cale tead tiJaieesst Ca Feasaes-cedes ~ia-teísí día jesA¿uxsriasal seas salíllaeca las dlraeseaai Ciesapeslas ¿al ua-eslaa-aeeea.
sialea-es-ia sai
- 5llsiesesseacia-· U ThseL Viajad a España. Indocta Sin fecha
ti ecaceesaelsceaesij1eie a-5a.5ep~¡¿Q lis.1 elles f.i,adi¿i. telele Isalecetelal Ieesateceslaecteasacía.cíaUTlslea5 aeees'.d. el salía-ja ralee
íelaealets-e.i a ele al pl lesee a-Ial ates. Chía-el flete-ea-, lee l5teeelea pcaseeaaíe. eecalsielí dc lesasise Ealeeisees. cecí lascar ele sea pía-asee Ira esa-se. Casita e.aelaalcee aplacías
Enriqúe Sopena
## tio utWzcr, las coseneilorcs OVíthllOa-eCIcii adíe
ele es dperaeieate a ase les tesaeslea deles-bela. Le laceadatabease. teasais de la lela-sea ella se di ti la-aje. ea da.,ípe.iseeee ea emeetidad. eReleía a-caía.
lauta lisa selelcdsras a. 55 ecata las 255 lsílasedene Ca Le cíes dla-e<laeciesla<ee desee leltaepa d5 Ile ate '55. acetaele a síceeqa. Lea abanes aaariaere.¿saesacelslaceaa¿ea e eeda ateceseida. aaícsslasea ea lerelis te ahíla. del ereal'peI-ltal. sea ícaiead leía asílsasde pee
## Boicot o las hotos exOros 515510[I.ONAu-ete la-
ea-pella-
Pa-P 01pta de lis leececes luí ci Isepalia de la IIbalas. Ste ee cegleipacee la-aldea. tese. elia lílía a-sse da pasea tate la lascasí clbuisel-e[aaípe reala. Public 2
¿aí apial Olíaase. de esta alee ea-da así así clesesssLeepeclaa e sal elIS qel sisetatcsbsjsdse 155e be Leaeceldcdbíeest e las a lele ellleq.a aesa- epasí ¿e pees [asees ps-a es deaeetja desea.,.. paisape di lasbaja-El ellelsepa se casCad sas ases
## La brelga en Espafia
## MAS ?JE flEDIO MILLAR DE C<)XF[ICiO3 EU 1970 Osada Csssssasvíe da 175 tas-'
e-e e.. lisesrae sa-esiaídsateee tseseaeeeeleeesi.Daallaaaat dallase Gacela seiadedllisl dr djeaeeia C.'l Taledes de la [leíaaac<leu.uudsapel deerreeeieflu & lelilí eseissaslds esa 155' aesias-etlecIseear'ilseaCNaS reis-lsalaeIdaieleeiledlessa alía It líctíledea. leed pcpítí 1ada ce a lies ea al ceatee. a-adella psasbt<a-a-lllpeee%híel ¿5 pa-es aelassteie. a-aleo lada da rosee esa es lara-a de ppqelellie i'einsis.cc lar lílIsleSe tas ea es aaatsel-.se ile iii-- ase de lía tltaeeee5syaae Os ase 's ea a iacrae aIdtesas.
Isla seisíllided pi ea-a-ríes da llsleucllaeelerlleae eceacedee se £asualaaipsueasreeesedlaeel. ilac.aeusueeei'ressadeeaaseda-eae es es Is cateta ea-e. ba;c el ile ea-ie'Le helee es [saetee eslatan a arlialaejel ss-lid ed ría. Raeuitc e Ireilce ea-, erial,
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- o
- a' o
Lo sobriedad ci; lles y CO scgu,:dod
ANEXO
XI
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o, .ILJI&N RUIZ
## arfar
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usacas a-a 'alias a-, -e e íes reas a-pees-dad de ea la lesallateese alease sí es asele ja palle e esaeqd&ee'e~ 'de le paseas1 al <sesees 1 a leseas le lalee' í< 5ldl~555ía-eiC-55l ra-Ile aiea--te e sea ea-lee leaceelde aeslaeeíaesle las a-sea-a II Qe pena lee-Ile l la- Cee-asees aaa-síeads&s seelsa 'aa-les y It tala la leca ibslsa-ae.qeseisu;aa-a se el pija-Ial, caí asee es e e ee esl se, e seaelee. a-la eaasee p qe la-el-
## nadera
las-a-Cea-e, ele Cea-ej da 5 le Le aid ea jalee' ecaecalal <al etas alases esleasail. ial la-lee a,a elldtee el esele se pajeles etelsaa-as eiee-eaale.es. ea el sílal sesee-lea e te lee enlace - el [seda -s esla e 5< ses-elo as-asesl -dele, ea- esehaetise ¿e -asele asleleeda al es-a-enea da arde e la- seepís le ai a-e ase 5 raedeselea-see liessasaejala - pisases as se a eda-ales esa-ea sea e jaa-leíble e aseles e eel es leles pasa-lea-a dsses es SIseaeaeedaaé<le.ses .1< -pedía a-erase <515 sela-íes' aes tdqeisee. lee e. a se es ha- e eea sas. <ea es.
## iepaeeslae o actual
Ita es leeleeasiccea esa-aa1,-sede has cee-raepel a-ele-elsa-sal esdnd
e
iuqpebaeea- le a-ele epa-ele pía-ea lieea-saajaeaaceeea di. Vals a, aleaseil e e eítsitase.aeeÚ
## Derecho y vida real
a-Cia, sss-cee el lea-e del Celdasa-apepadel, eqel y aiaceeT Ces-li1aica eteeseleis de qs-s 001 lesee casia <es ilepes peada ¿se sale a se aa-a-cetina la-laela. Le nade ea qes eadee tas aieaeiiceseea pasee da ase ala peebadas te de qea alesía ea Caeldasee. eeeaedicajs -tal al dep.e a-lea-leda eceeselda del polea aleaslisí.
Salle radar Colease, a-dde daija ajease erapeaeebdladaal ea-PIlila a-e¿dareeeae epfrc. lesas-aÑadí ~s- p1~¡11j1 dr 1 rada, des-ja ras eaapsesaabi' halad ralesele saejí are sss. etaldijas de. ea-aa asirle ha-aa IdI GseYaasee. ealesdeee deledpsese-a-aeeleeesa cape caída de sede id aqe.' re rthrpsea-aleeie. Np hay Ca-Sn. sc ea-Ibas. se pl apelde Is-líesisa a-sacddehe altaalelas el~flha ea ecapessaa-le asar a-si . 4seesebdea a-csete. tallas fre5dsean plSedesraaa lisie. eteolta-esslaSa-desdas dell -da le a,peslis-le de 1e13. a-eeeaaaíiee abíelaesie dicísijiscíal. lila es pa-rda leabIse it Cdjes-.r-ao seErters. es sed ir lea da ea <la. Sepa-ea. El lr-aaide.eae leseaSesenwao-anlee rlepalesaí.51a ea-aa les CIíe'ely p5e1.taleepsta-lslea <¿aesa esase, y 55 pe55<.e.art a alarde pc-dde rea-ada cia eje ~ iaaeaa< pediliese Sile Asaba OeSlaaa.e - leeCeleata-ealre espejadas de lIla y liad. pilaste lea alsesapee a snc~4 esacreasasa dr jearecata Sal jipe. a ca-tea casa-de plPalsa atecastea y !daotc-scdt. e, Se tallada are tas-ahí Seis jal talada -ints. es al edil te pdieaspd ealal Pa rs scsaa-íhsses.seaedadeos a-sse '-ueíeuíeissa-lad,e le iefaaaeee da O Lalelia y de Paesjjiaeeis jal Cedeiíerea.e. alee lsesSis~e la del ladee laíieiaaiae. L a-e seis-setasas sees-alasIda edad Sea sa-sl Seis-Se y lea ps-deere e-ea crearle daeldejale deleces das a a-e as-serde dcl Callada ja atieste alee Plella e.u a-ea apa-raed5 jal eple del Eisa-es-ea dees Ja CsAt-a-eee.eaeiea sestil alio sas-lsca. aa-e rasante rae raIl sa-le erada As-aa leda da Ics ladees case. eses día lasa esa-a dsedeíera-slre Qse le de. a-dei lea ja 30 de ilesa de 1931 pl ele apeale de 1539. siya secare, 5 Se siete criesesda ae le LOE. Sí Archa de qicae asaetee sc Fea-srrae la irreatsalssiedadsa asiesee rece Lea-eea-eciaaasqasseeedraa-e qarte realidad de e-ares-ea esadpseiaíaasea leacidicí e eres- alee ca-e epa sae alíe.
## No co/ocre
baos Sl se da-y Cnleiraas-. ea at iaaitsdareaplaee.edeídrsreasa delepelslpe.ealel.aa deetetes. es-da le cae se perdis-a-e a-aiecp lilrraahsejeii-lacsreeesaajte. -alíe ra-es-apa kcss-isssiie deadea-acad y ca ea le pesa-dad. ja le SeiSe dc Ca alacen plasirelsa se a-acere. eade CeS-eres heesaedepa a da Cesa-raesderaaaeíeaesa-da. Lea Cededesas As-sane 5lee e de eesaca,eeeasede si deseaacleidade eraeseciel paeeaerssecr.aa. Dea-edp leas raes-al ia-s»aa-leerea delca ces-eseca (Sesadee deseaSes-, es-e seaapls-l.e alise sí íe eres pacAeS lsadcretaslradja leseepcasecdadeí. lesstesees-. re las eltíapeel íecceietassisliee las-, el-e lee asetiasis mt Peeidaesa' eresha-es-ea aa-tiliace <aceces ella salía alee1ale el d<eeaseSiclrt. pree Ile la-recle ess-Jelejsiaa-.e. tel pee eraree Pc lea (2551151 liadjal. daedrel delplteiarseta desatas y ea rase dr' Pedís leatalesisí. Lateeí-a. daeda el Sede Srl rs-aedo ísssatrcaa-sss eaadclacle ítíeaad di lee Psliíer.rreeei ckgceisselt. Isla ls-el ele tea talaere qae eeecsa a-ería islas-ra laiseis eriales síase ls-a-a así-pca e saradace etal~r
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Y
-seesel~mea-ea-a-eeíseaaseneaeaeeseceseeseepsaeaaseeCea
## rl ojpos~c~&~
asee del
JaSedel
Esas-da lelia-
íes salee a Leparas ¿Qed a-dl da alce lea tapar las ea-basa' U a-aa a-sasps-pea alee lee .laajeiasaa del lila a-ti Ceíede-CaaSllls-. eacaí Celiepe ces- sea descree Aeeea 3tseae repita? raída bedes leí dee-alas esaeleldaisesa la ,ec de 10 dc parral de t03fiyldee5eaae da t0)c.lrtaaa-a-aeeía-abla. cas e-de Ceblipas píe al del crep..
lada
## ¿hl
SalIda
La OPOS;CJ& r dial.. al Caisíperea ecca aeaalaidepeeslsppea¿e ddaes fl Pppeidheea tajeca ea-ese sea-pece cape-ea-ale pe al Gebjteíes-e S apaliada raed le seseadaes lea Cda-s-aea, sesee isecad e/Idea, tOas-e ea dr45 de ea? leacídesar. Le paladre epa-ea-dde se ea apa-e. lele ea tesadas Olida- e ea-api de Caldease, adaesesarí da Cdseaaceae leidrlídcse. aleada. <5 papeas-de eleysa.elcee. Cii lelia da eseec al a-sala-e 'e lea dea Cesases-e sp cedaceas. es a alelelase del Fedra larealsas se. leal le araedalde jal aleeudc acelqeedreedas te tarasa-a IsrIlada habla-se de apeadea-de s- a-ce 5 da CaSlleee es. sedeada cacee Padre iielaldde selidéapeeieddie acisalale Claqease lerilleasea. píeqea seajea reas-ea-Sidos Ma rs-sea-dos radieeeais aa-a-a-e le Cjeeseae a-e ar5s da le ejeetetid del Pa alee lsa,slaaa-eua. dtacsieeleílle da la Isp de Carecí eutetepa. seca-lis rpeeetaara-ereleaa ji la Lar Os-aldea-ea del Lsaadet> Feedn ella. lee-eras ataJale peseelpe Sa-ea aladase aseen-jean des-sas-a ala lidie raed. Ial ellatl5ei<lecel ja le eraaiaiehteeaiesceaileeie ates rIsleel c jelalal lisaS ea-ale psa-epeieeceads-plpais a) Lea aedidsipee - Ial erepenes-blas se-le le Calaedas Lepaleadas1) idI flilee a-es-ti le aaeajrseies reltea-ta. 1) Ka uy <sisee eslaraha oseases seadelica apea.eÑSe ladi-edad a <caeca de leí scadale de caa-íesaaasdae dr a-acee-e a Seta del Leía.
de ea parda sea-ca-ase de edn e se serecesa-elase da apedea-da y de seaoíleaaa. Sta-dad paliatas-salea asee SS pro~sdn de/e jal Enea-e-e ea dasasa-jea peasíele lía-recele-pase eíeids-ahla. Obadeqeec. dalldiaesdaaaeeí. a-a- ea ls-a aealie,e de rasada deere le preSea-da de esa-teleles ea4 da-dala-da pepqaee asídea aa-Pasea -laceas teecaaeala ssibapeedeee. rielas das ran -reseda
## Vida rs-red
?eaebra-¿e <llaelca
Lajicheealeileea.sele sea haría ztliada-151 elle ea ala aeiyters-plealsaae-ecdllee e-se Tapaba La ea -se a-se a. as-alípír tldZiJeie del bIsele, a-aPa a-ii a-aa e es-asía
s-elaeae
Píe
15
-elda els-
5aas ílldse<¿l desasee cediera le a-e sa-hadas e.jaee lla-ee'ilaeaae Peeesayaee-a larije It Sta herida a ita qíe suelles dslDceacl.rCreeaíeuia serqaleelcelIdtsicíí-¿c Capaepal fijare flíesee <eseesen a-alad cae lea-ele eraba a-ja drclase - eeccieíassslí e la raca-dat Qsa sae as-se se el Lleepcs-s.Paflsa-eayaae raleeíeeissíraesealeaa-eraíiea 55. de peal. Os-la-asia a~a-ee la Ipacepega tdisaipraca-eea es asare -dad aeelass.a' ea ea le laseacaleda. aseraleer eledIese pella ls-e tele\_are ase del ¡lascas y ase esalapeal a aslies aren apa-ssaa, caí e .1 persea-ne-resse-eid alaeplcade e. pos la asiles. ea-~ses-. eFie.eiaass-aueee sal acare cte. PePe jseeaeeie,as la sanead peía-sca Si sa-a as-es esde je-alceesea ti acre.. lara-de ja seatícileise lea aa-es-Idea ra-aalee eadj O sa.aedasds-r a-itlas laste/es-salle cíe ase creasespía-la hsaia alear sas ea hocrr
XII
¡
easens~lí~
## ¿IIABHA JEFE DE GOBILRXG-?
## FUERTES RUMORES SOBRE LA SEPXR-WLION DE PODERES
Sc especisia accrti dc trna ley orgánica del Estado, de inminente aparición fía-\_\_e-~ea-e, --a. ~a-C se aa-a-e II a-Pl seea-ea.easec aa-ese esa-a-a e aIea-e ess aa-el ea l~a líasda
laseacaese-ealela-eses lesee ea-Caeseeeaeee--aa-ea-sssace5dal caSeaaeeesscee-a-p.assaeaees-s-es u--a-se--e--aasai.en-~eeesa-aa-a-~ as-esa-e-a-
jsesa-eeealsaaaaleaesssaaeeeeeaeeessssaaeaseaeeeaa-eaeeseeaaaeassaessas-esaa eea-e - eles. ea-le a e es-se e ea-ea e ase aa~s-es ea-a a-ele se. se sesee a leer, al la-a-case pea-a-aseeesa-sa as-sa-ss a-a c.5 esaes <es
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
## \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Pecaste telalereal el paayeCeI Apaesí
de a5a 5
saca a -
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
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-sesa e lee --e a-esa a líe se a--sse <esa a-ea-ea-a
-a--esaja sa--asese PP enes a-a e, a es assa-a--es ee~ Sayeea-ed¿edepa-dseaa
## lleadad daseelela yplseeladsd ea-astease
sa-el 1e e-ala-e-ea
i
-
\_\_\_-
## £7 mar~-c:~a de únavercs-~ un (< ~ia-a-fl)>
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op le
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a
3
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1
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ ~e la-sae a ales ea-esa-a aa-ea-ls e asese a
## \_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_ Versión inglesa del incidente de GIBRALTAR
## Acusan a los trabajadores españoles de estar embriagados e a- ea-~ - seeses.se e -
a-e Sase a-íes se
-asee. e 1 lea-e a~ se a a-sse es ae~ea-aas
## lela-si G
CO~Gp ESO SE LA FIIIIL
## dow ttrnot
eeea e-a- aea a esa-esa-e e e Pelea ~. - es- -e,a-aLels.ea- asas-a laes ea--es eses. ca-esa- a-a ea-e -aseas a-as calesa <a- - a--es aeca - eaaa-ea~-aeeaeasae-
a-ea
'a--.a~a
ANEXO
XIII
## MADRID
sea-aa eascea~fl
-
## Orden de cierre el diario MADRID
II Ministerio de Información cancela la inscr¡pc¡ón e nuestro periódico · La resolución no-es ¡rme< pero es ejecutiva a partir de mañana e basa en irregularidades de A. C. E. Sen chIflo a finanación y fllulaMad de acciones baje fiduciarios
NOlA OÉ teA DIRECCION CENÉBAL
le tP,lt > ~t~Zt le ss-a-ea-eses píeceaeeeaas-etasl a-e aqlasa- e a aspe lelos lasa-seas -. eere~ --eseeleasea es es aseles-e e ssealekesee el eseasí 5<
La empresa periodislica MADRID Diario de la Noche, 1. A,. ilesa a esla cueslMn 5 inlerponirj los recunos y las acciones ~didaIes pefllnenles oc IINSA Las <cepicise edsiaaa,c,a de la- freecaldaea-leí de ·eeces Sea Pecilleede la aeaiseae ele iadeaealree a-se Peche 25 de íaejaa-bre
se aselas-ala.aeestea-ess -aseas-
O S~E a ssaa-se asa lelasas es' asesas leía ala-seas-e alacealasles el arle a-aa-aaa-aa-set - cesa- eceecasa-c se sala-a-aea a-era-aases-a--Le a es aelsa sea aale-
O í55aea -a-elsa-eses-Le -ea-a- ala-edad lea-a -eeleeaa-la --leles ~asa. e aa-~a esa-seas-
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· ea asesase sIse. sa-e-ese e -a-e> lae easeetel es aele 5151 la e a- - aes e-e se a se <se-e-el-a-e pal a-oseases'
tea - aea aala-ea-ea-ea-a-esa lea aseasate -- -eade~~as~5 teses aa-aa-5e <asalseal Coa
O Ztea-eetteeaee laa-aeaeesas-eptl l<s-5ese es-tasis e.
aeiaeecaaea-aeaea esasa íes - a-
la- sae seca-e.
- el LeeaealsClstS51e5te551515 Vadaio,
- se La leasa-ete a esalaecee asees-asee a--<sesease-a-5-51 a. Lelas lesete la es-lea~lalas-e laste.t llí <ea-aa-- -selLe la e~ a-
eee.tl..seSaaseeelallaaeaeaelaala. asa-e a-esa-leal a-e es la1aeaeaas <aselas e -a sca ae et te a-lea-aseas a ea-alelelea-asese a- - e te .a-a-, a-ea-tea es-esa-pa sa-sela a-a-ase-Ial -peles la 1sas,ailaíss<ae-eaíeeee5ls-s sería eeasa-e
· ~ZZ? a-ella casal as-la ace-e Le eaes -se e a e e a ea-le a-ea sela-de a-sa la-se. ea-aa-la Lele. aa-a-Le - o ~:l~l~q e e- la a-a leda-, ce awe-lese esa es-esas aselilade aea-lee al <salease 011151 - a a-
## MillOS...
e es aas- ea-a aLeas tese e aes asee ele La e-esa--isla a -a e-eseea sesee pees ea aa-a-a-e se lIad .5ase eae--a-das--da esea-se - tea- a a-aa-aa a seas-eses ases ase ealesesalesa Cada peeadealalee ase -ea--a-e-Le a asee ea-Ca-la~Ss eeea-el -e-ae Leaa-esesplepa ea --- sea-Idea e - daalse - ·aasrs-eaeaeeeeea-delae-ee-seeess Ce --e da --a511es -se - -Lee- le - -
-aa-e aa- sa-a a. ---a----aeradeea aa-esae seas-e ea-ales a- ca a-a- - a- esaa-es-es-e e la a-sa- pasa-ea- seea-sa. a~a-sese-eeaa~e-eeesa---ah--lía
daaaalseateas-s-seeeeaa-es-aa-adaLeeePaiea-ea-e---,- se aa atea e a-aa-as a a-sae a-el e-ae,. eses aLa cae-e se ~a--~seLe~alaa-da la erea-, es -eSes e e-eee 155 e sea-a-e calce aas-e Les-ese -
----a-e--aa-as-leea-eaelaa-dacafls.ea-reaseela~a-Leeflsa-a- te --sa-a-ea-e Le ara-~s-dai -í~a-esdaLeee-laeaedaea esa-e sed di es ea-ea-e--es ea--pa-asad da e-a-eae-a-aa da esa-a-e-el ase
aaesaa15a1,0 da a- -íes aeces~das-aesa eset - La - --se aa-a-la sas ea epelaese daspee a-ce-a e ea-ala-la-ea- se-eelaa=aeseeaa-¡scsset a-a-se u íP~sea-rn--a-sa-
## ANEXOS DEL CAPITULO 001100
- -Madrid'. 25 de noviembre de 1971, Adios líe'. He~ nleroteca IIs[SOnal.
- It -MadrId. 30 de enero de IeSbZe <La protesta no es siempre moralmente condenabIe~. Hemeroteca Nacional.
- ¡II a 9ladrld~ 30 de marlo de 1.967, Faltas de ]nfo.reteacióae Hemeroteca Nacional.
- -~Msde'iel 1 de diciembre de 1.963. Cuota Sitídicol ~ salario slnimo<. Hemeroteca Nacional.
- -ASCa26 de abril de 1.988. FONTAN PEREZ. Antonio: 1Mento,-ia de ~afael Celso Ser-ar1, Pág. 64.
- VI -VA~ 28 dc abril de U988. FONTAN PEPEZ. Antonio: -Rafael Calvo Serer intelectual y polfticoa-. Pág. 15.
- VII -Resolución del Ministro de Información y lurismo por la Que se cancele la inscripción de] diario iMadride -en el Acgistro de Empresas Periodlstlcas.
ANEXO
<!-- image -->
832
## MADRID
Du
## set: ni 2rden de cierre it diario MADRID
Ministerio de Información cancela la ¡nscr¡pc¡ón nuestro periódico · La resolución no es nne, pero es ejecutiva a partir de mañana basa en ¡regularidades de A. (<LI. en cuanto ¡ financión y Uhilafidad de acciones baje fiduciarios
La empresa pesiodisfica MADRID Diario d. ti Noche, £ ¿eajena a esta cuestión, Interpondrá los retenes y las acciones Judiciales perlinenles
NOTA DÉ * reatÉcceoN OENEUI. DÉ PRENSA
¿el ssaa-apees eaedaeeeaaeea de de Ddeeactde ceasí ja Papase ka-a lecttelaje tale e,leea-elkae ase PeINe 25 da eseeteeshee IP> 1
a-alelíes llaleelesee es as-ea-a-aa pella le D
O <eí<aeae a aa-sa-a-ps a. l~l-se lea-eae-a se lacase ae Lee e -la sala ma-sea lasase e a- ae aa-~ seaIal ada-a-a- ser leaa-es-alas 'ss-Lea <es esa Leeslaella-aa
<!-- image -->
a NaeLea~lee idepaesla e- lles-aa-, la-leLe -esa-aLees -<-esaa-I la-a-seasalease esa sal lsSeeasases-lea..a ase-sa--se ele las-sepa psa
le e51s555íes5 es aa-a esla-esa-ase apa-ella. aa-alea ele e la-sea e tía 5-lelaalee
, Sa-se se Seteala-leal cae Le <ssaa-aa le casaLila ala-5 ea-e a- a a-sae a-Le.aesaa-ls-e-a-- --s-e-es- -a- a- Leslael e55 ea aea-es e-eaPasalasesa-
~tee telada lela -la-se-les. seaea-aseLas-se ase-- a-sea-a-aseas alelase ca-asia -n ea-as a- se,.. e --a-casal se~esd5t le asen teses le lIlaIlas eceeleleé lea-ea
## Vm PROY[WON[S t~tgigjn
la es - a- lasese aea reala-a il~ ala-a-
¡
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a ase ea--ala a-lea-la 1 Ca a <e sea-así a a3 [salesa-a <calas ee-lLeeaaasa
- el le aeses 5a5a-ll. lea-te la le ea. la-e t ase Sa <pelele aa-lea-leaa -ea-esa-e esa-lea-e le ls
- 5ateeel a-e La e555 la <la-lelaaaeee e se Ssa-a-ePde5-t5e 5 sespleete asaslel. Ilesaea a- esees, a a. asese-a---- la l~ a-
e~eesees~ se a-aa-a-asees5 sc'eaelsaa 55a-a a-- -- e --. daba e a- lesees-e scaeaasese eapete asa-lesee daLes aepa-sea Isa-selLe <aILesa es -lela-e-IsaCí Isela-así se -e
<!-- image -->
-les-alasa esalseel esa-a esa-el - Las-lles leía asatesese a-a-saleseas lela-aa Lea-a-ealela-e ea-a-ea-sal es a-teaa-ea-alas lea-a
C se lisaa -e e es a-aasla -asee.
lea-asee-sea
Lees-e
La
## ADIOS...
Laesee se a- a-el asesas a-sala-esa as asea-a a elaac e a-a-sea a-l5e aseee le la-aase essaa-sse da- ea e-es sea-cesa- a lasaesea te se-. Wa-C.a-adela-eseha-aa le saeaa-aseseesaaee-aaassea-es. es ales IaaLe sseda Isa -a la-aa-ecale ala-Le a-sss. e esa-a acaelLa llape-al a- tea daPa-esa-sacie se-a- - -e-eeseaaleadeadcaseea-asaasa-a-aa-leea-lséaa-a-a-aa-esa-da -Me ea- a-aa Islaa escs aase aa-es -sa-as a te a-aa-a- e- a aee a-- -a -esa--a-esa ea de esa-se-e e a-ea-ealaeeeesce-aeleea-teedaPea-aldeCleea-e-a-ce. a ea-e lalee la-es te al la <esa-aae---de a -sea -ate -a aa---da a- Lea-a-e *le - - - a la-eaes aseas lepas -d< ea-a. le ala e-ase a ase se se lasa-e seleael e-sea-a -a aaleela de --adella-51a-a-le-aa-a-eeea-esa-aa ale-se íes-esa-da ealee-, e a-a íea-lsieleedaa-a-dateaesa-eae. ~~aal~es~-eLesu
a a- ea-e teses. eaesé e ase-deel 55. Pa-ceLe a.asesalaaaleateteaealedaes a leee-í a-a-lase e lelaa-a-sl eaealeba-eelesas-sa-ateeeedae.leaaeeeea-lI 5a-sa a-aa-seaelaeleeha-alee sea,.e esa-ss es e a-a -es e-a e-e des-e a5155<5P5 a-a-e alaítalas es-a-a da aseesaes-a lee alee isa <e
le Le - a-e de casal Se as-a a-as la-a-le e, -e saLa a-sse, a-íes -aee-la<esasceaa a aa-a-de a- alesale -lessaaa e-se lela-aseelcsa-eseeasseescsalsalee a-seta-esa-u se asiese ca isa-sea- a íes-a-el e Ces-a<a5<e,esdee-~eeee a-~~eae-ase~~.s-e--de --~ ~ da La se Leesela a-ese-a-Lea-ce ea-lea-e a---aa-e-ae ía-a --es se te ls-aalaseecesase e sa-lee. -ea-a-psa-de 15a.sseadeleeaala-sadaa-ae.d esasasés lldaas-aa-deaa-ssa< Ilesa, CaeAa-es tese sea-esa- desates aa-eec a-a-ee& lesaesa-aa-eae-aledaa-a.a-seedssaesa~ a-a lees-aa-La la---lees de Le - da aDaca -a-ea da lea-- -a-te aa-easesee a-, --es-sasea-a-
del¼laae desecaD le. a- aaaa- t cede a-aa-a-aaa-ríes. ea-a-lea-a-e ea-eaeeaaee ea-e seaspsees-e. alee- lea <ssaa -sae a-a-s-aa-el - -de a -aa-aasee-ae aaselase-aa al ea lela-sa Seaes ss-eaeles se a-eaalasel es ae,e-esevaaeas,escda sedasesa--a-eIsa-aa-e a-sea as-es a-ea-a-a-a-a-aedad.sasare sea- e sala e a-a-sae a-da-aa lee-alea--assaa-es-aPla-eIselaa-eaesa-seea ea-ele -da e-e-aasea-a -
Ps-a-elelceace aeta-a leseesdalas es e es »ea-5eedse es~eelas- Ida' desee a-aa-esa eaa-asca -a le el asa-Le <Lea-e e epa-salas s-í ea se seaa-les la e aa-ese Lea -e Se-las al pa-alees salsee ce. a-a-aepa-e a -dee-seedesasss-ea-e daca-le POPITAPI5
u-J
## ANEXO
11
834
## la protesta na es S¡Offi~I8 maralifiente condenable
P~a a-isla de la-e lea- ja a tarje dcl pasaje adiada. la esíta ís-eallgss-s a tese /ssejsa-dea dr Derecho y 9lds-aefla a teera-a de MadrId praarasalas a/ eseacesa de esapreseasla-leídaasees a-lta-sae es-ledísatee y a-lea dreaeís-a-aas-s-a ala le a-ls-. tale Aassessle. El ns-ña-esas esikrae da ss-adela y sae apaedlaktss-sdtrade e-aa asadasales es a-asia-e Ustasce da-das peseellelas ea preepectó armenIa es-pceea-lsala
-'1 lafiar telel5dCleeeía-ca Ca Del.aía~. el ates-dala-co íssdlcp ja íe ¿pee ea-tal ls-e <le a-besas eredaleas. aje- ítala. tas-a-esíríreas raída ce le la-sas, Y he> errares etas ea-a sea sortees pa-ce la laasedad ea-e asedas lar jalases-es ja pse íeeasrecs-as-.aapa-lsdealee ratera dedales'atlas.
Etites pcraass-aaaeeeas-eídsaeaescsatjea-biaecis-aajeeseaa.baapaeisadasl síes-lela deracdaeqaas/caea relee es-ceesdail. tace ea le íes sea-aa al se eccePaa-aeelselclacsaecesaaíe <ls-a rtsecdepaecaepeíereais-epeeae.
Lea <a-cee l9Sbclaae-laaadíaate preslcM4 reldlgislca 15. £. U>. .4s-rapse cale Escala-e Teajieáeeslisia Cadí & Cute a £elsadieaeta CeeSisee, ya-jaleada es-e larebajada acíses Ja Rrpsadtese debe. esapCa 1aaleeiaea pee qs~ elsaeca algacesa jersallealas se leasaisdaatalía-le edesíes prsaesaaa¡eier dala-aa-A- síerlíede ~ ja le epieMe. Oscípe la asas lles tasad d55 alas qese -es-ea caíes-easalte ita-ss- dc eeeadlaaeaaa. esaebeePdla pse e-arije seicjrdedeas. pecares dIal eeoui/e,ds-aer peal/las y ardala-jee a-sala por ls-e selaesas- faga-rae da daCíes da-d Ua-lceraeaerle ee.dleade aa-edslslaasasaerrepíeaaaaeeiasa ls-beta. peas a-aa-ka-a sae lala-popes-la-a iapastr<ds
¿alSS(/s-aiceds eseedaaíaatleesll. se esa-aiea de las pellíí<ieae ¿Pallase cre acís-did cd a-jaeeo Cebgrreso 4e ciaretete es-ala-sae. a-ps-cal aa-acjasja íes ja-dala erza de sas-a ragdaa-eeeaa propIasda ile reedeale talpas-a 155 al qee asid hacas aseses tes-a-aaíttcaóer Desde Ictereca ja
1965 les 'epasída-spos-relee pos-ficas ¡sea epa-bede 4 eses-atase srs-se <se esPiarle Cae sasaelda-ala a lasate/aa-cipe. qa-aaJ lis íc pra¿ajara-. Copeo eofasaa-esaeaaa-e eslaliel ls-e paecapas. raaaes¿eelaaa y jraeers-eioees- de daea-eedoeesdaasaeess-e. Jrdsieesy caía-dla-~eaaa-a-per as-ltda la <es despaje ja-e elíapaeda pele e/ Os-ita-cas. talca-de leprslrea-eaesdaseasMía sasaesid pa-es al de acepe easalida-al. Jade-sc jis-esa--cas dade loe srebe~edpere 4taees~acaíaeep ería se, dtalgceeas- asedIas. líe. A ta ea pa-eje dadas asas elíseas qa-e a-as-a-e ctsadta-ssers e adaeree as-eta ataste elle esas-ss-a-e-ases-a - egleaderaa cre lcsaetaías-e/sa dejesas dad eeeaaaecca. pa-aqa- elle palede lar 55 lePare a- té tare ~a. la-laple. s-<s-5< ea asía dradeacadle la lj. es-era ce capeas-daacelloleada ea leerle <a-e el rpeaapoeaaeaea-aeaa dad A4ls-aese da-a es-a la epa-ls-leed. TsI a-sapas je cas-tItees-e lar ase ja
ls-e a-as~cíesctonas dr da aca-alialtdad pesa lírIca dad lele jet talado. <se ja asee tas-da pa-da se saesasus-aje le pasarías ¡caesre-las-e <le ldeflePrese es ecbdllóa íaieaeeí.saedaedea slepareesa. Fe jalad pegas-edn la-de de le reeditad lis aaa-a ea-liad de aeppsee<a-eae eaa alee. Ca-nta a-ja lerda, asees dInesered le ses-acaje ja pepidesesa <a-es-e da-a Ida er¡eneaieLesee ls-a peSa-ladee cae ls-e aeae¿s-eseeee fee íd esaaa-djlPeles les-y ja jases-isa /tlladeeaes Oageeha-cla. ere es-sss-loe. seelsítalea. ea-adam Isa-sa. <ladas-ea-. Sí da ellos dlelaesee pase ap decIde fa-t lO alIje jlspeaeíeasa ea ¿jíega es-eeesa-el,ce. le ea lIeja-e es-diste la a-tesela aíres-ida e Pee dresde. Y lea-re do a-da aterías-la es- ¿ida.go. a-da pee/sels-ss-caja lee jits,asecisa, Urge, pape. pelea-leer daipee dr la
ls-y el plsea-ltsaee de la-e ¿alisIos seisey ps-a repara. ¡cdl lis-re so cagas-e. dat tea alda del píjeasea. ea-bar lo fas jsrdr-preaesei asese a-jeasiaeradda ce. a-a¿q~sels de 11s-aal sasasi/ealasieeps: csdnea-oe la-a rrleiejíca-atlaeae fa-e jabee lea sace¡Idee y ea-dlej les aeejsesssieeisjsejes je lides.
## ANEXO
11!
<!-- image -->
A
NEXO
11
1a
<!-- image -->
## Cud3ia sindical salario mínimo 4e
1
<!-- image -->
AlIse
-La pa-e' áeas<aace La eaa-elitsrasrMa de le psarilad tic le a-amate be a-celdaS sesatelge laa-día-sesee de se <Osiesílade asridielsa 9 e a. ea-leles leda-sela Fas-cIte ~05í aidaeaese íeíareeieclts, cedía rs te a-inri ¿a a-a-a-aa-trccr al rita-o reame de dra*a,a-ila re an clima ata relolsitidad e-es aalsas-a-~. ¡Sc ea-Isa masillas Irala-es-a eceara-les. poe tas ajes ab Gobierna1sdopcaea-a titeare sas ecli leed ajeastaler es ea-talle elsa pelees-el ¡ella-acslaaelie0a5. Sia-ellda-ea-eeeele. aa-aeí Ca-lea-epade Masa-estace al qee a- raleadas-eses Ial día. p55a-aiecCa qía leaera-a-ca a-' de e peblicacer pr dieras e rosa-tse tsa llaa-adaí 1pesicií' leal ea-ada-rla-esa-las11 de la Ore gíataselós SiediceL Ca-alce leajaeresIltes
Isaac, cl Sislícaee eraeiet so lea ecca-ea 5 paraíd a-lastes-1 ces decía-reaMe de eaalcrided íes cierta a le dí la Ala-la-hIn. cí¿e. A pelea decía-e el sa-a-era liso ca sale aeaaaastaaa-arIcar cl a-arcssSaeea- de la Casals alí. lles> ajar a-tecla a ladee leabascas yata1erras-ria-a del peto titas a-a-e calía-Me a-oy di. paca-a cesa st leíasIr tía peal a-dajanes-tíse del ~a-sla a-a-sesees, ele-ale ¡ce sea-la sediralí ea-esase no
Siedlreleses ls-a ss-Silo, la sSaa-a pie el Celle pesca-cM ¡ea-ea el a-llacas, oc parees deeeaeeisa-ds-a 1 ¡tras pocclíassls-eaaeale al a-a-salde e salirle. Nc liase cera-telele e asa,lea-caeiaeeí por tesmilie las ataron, por aiea-pía, creea lea da-ps-releí. Se paga ce laríslilale. Ss ¡a-llorICa 5 Isa-ir dc esacatatlacl¿e da-l 23 a-le eta-e-as- la 1956 cl dr 1,80 pa-r lote rl ea- pardeespaga así5 5 poe ¡dde y al PeDO cellas lesee
5a154t55¿sts->
a-Yte4¿tceate j-eU.ae
~flops-
Pat e carel, del pasdeeclea. cea-Iqeicre ajes la sbeee~ Ial ~a-aa-~a- ppii ra-a-cabida. es ea a-de qeaes es-ale cia-da-a-sl del eraba-jo. Se peesit atesaseIs a-adel salarlo y la Severidad Socia-E ea-a-ea-la elasadida qsa¿aa-eaeebe.Cseaseateeseis da ates se ajar la Os-gasais-saibe Sa-editaS caece- la, lasa cada asbíaladr a-Isa aso poe sstcdsesea-lc dcl sala-cia a-leiesoieerejersleelessi a par ebre ale lee caecesias ca-lea-ile toe. cae ea ea-ayer legarlo. e
-
## ¡As círu,ea-s
esiElacea Ir peas-la-a ajos reeleíjea-adieíeee cl ercía-e esa-la Sido-Ca ISIS, sc ¡es-al a- ma tiaccí 533-005 tea- 1966 Ccl, ajaleca alcde ajes a-pía-ca-ada el 1,8 por 100 sc allIs-ca-aa 5 ras pealts-easea-lse ¡OdIO mellea-es de acalles sI íd ¡00 asallía-es. La Oígsaiaacilae 5s-edaca-l es a-caíd relatie a-raía as-a íes ge-cacee ala-ial dc altaes-lisea-ralees sí tIldO etílIca-ea de lleerleaí se a-sea-la sa-e1 albea íes legaeasí esersidaes. te a' deeaaa-a-llrrs-llreslarcala-ailre ¡Síus el pasa-la ía silla de la atecata-Pe a-ttaeaa-I tao rece paerídeela a-aa-lesee pía es a-a-a-a Oea-a da5aea-elea-lol paleal5 1 ceínaJISca/saa-ej lía it la Oagaeiaa-ciée Sias halla asca agraces ajas mes mellas Ide moda a-alcesetliae ca la a-edila es r1ee ir la-aa-ca a-lea-las lee pa-lela-a dr tas-tasio aa -ajes-e alelar al espíe-de da lasría-sserecia-sca. Si la-a-as a-li Cesas base asaeples-tsaala la-salteas ajar a-trece el jaleas me esbee laasele dcl lea-tilele Sacies-al dr telídIelice, dbsaeya-aaeeas ajase ¿ada-SadOd
e
Por JOSE JUAN FORNS
de 10000 milPease ea isa pese aspees-los de sígaes-ol eMMales alía Arirealleree L20 ala la-aa-ca; ladeelele, 1,053; Ca-e ea-aedo, 1997í ta-ls-reaa-cZls~ Tasiases-síl,292; Ita citada.
-
I.2S3. CIII pies-ada ea-e oteas Corpeesria-see peibreesea a a-e psaílísaa-Ieeatls dc a-Pdll5 de 955 daspelee le Orgasla-rida Siedlctl5 ea- esnea-I tstttt ~ ala laigresol sarsepael dr la esa-ea la el dalles aa-elle loe erigí' seda-a peía lees laaae,lca-c y pos ísa esa-lea- al. os petalaluca sa-a caicífralo qer telagad toe tipa-ca de ls-a dasapecetidea eepa-alnciaaa-reaaa-dsaaleee ellas bieses, al radaese seta qes eaeiaealss Iaeeeetrs e lee dheedoe ea íes a-sea-a, -Ls-e áal~ qeslean dad. ver se al a-a-caJa dale bucacaccia aleileal, - deeeepcc bIes ¡a-sa ¡ada; les C.eveaos da tas · olasecOeldad acoedimica -ea-reseda aa-del-a-.y tea lesee dios de eqsagse¿. de le palle
Calo isa-rna-Pee ajees íes tía íes aatase etica-de a-sara-dares este sa-lelia-es diapeasos scpaasiaídea-iaiciul,a-srlaS~ae a-a-eles íeíiaiIa-i. Nelsralesaaa la, a ínsscasle de a-caíaeei~iasle laeaibitida-d de ¡sea lea. Sisa-spaa ea-lele sala siesta-a le lsaeílieei a-ísaileselciísaj allí/ii eeaccplílalaa da aleare ls-ría je jealírerelhía-. Ca-a-traía la lele ls-ale a-e alajeesaca-la-a' dilí de EsOe~pa-irscl¿e Sise liraS ra-aa Isapacaes-ti, ka ellos a-egaeleaseetee --:
e
los aLearas, lleca- lea ola-cred. qlPlIiPpaaashltlcatlete leceaeetsdl.¡iadra ajes le a-lees dates e siagte aseada-le sea' pie Oageelearlde oreclaL FI psa-altees, de la-a leiseaca alee¿icslse debe a-peer se leí bis escaeasides-ls.y le la-ta-s ea ley Slrndir~ pía-dr arr rí a-oíasasls- tsoalsseo pa-saetle. lele lasa parir. lelicelle ce rs-cesta cl caasjeloo ce/tito dí laseos-ea-laasíseesal. Pa-a a-Iras ajee rspa-Ida-cale, a-ea raíles y a-es la-teselas, as-í alt
## u. ¡iás SOLvCtOra e ~
-
e.
-
5Es 2
-
Ca-t5sU sa-liracer cei~dc¿-~ aqílileeio ca-as te ~tisaaa-eede libe t sic ajar líe a-grasa-e dr le Ocgs-a-ialeilea- a-e slca-tlseaal seta-le Ial era-bela. ¡erre leeslee-la qer pe-egsea-ir * lea-a-baca> ca-a las-ale alud peal a aleas, 'drríe alees es patetmea-ae de la u Oagseaiaeci¿a Siadiral ca see 35. Larrsllslitl es-pía-linee espía pcalaatelea-eca-ls cara-pie sc dc Sca-laces. Nl tedalarareadecides acerre del deallea de.
eseeclal. -~-Ea -cele a-calida drlecaeaa-~asca-nc la cales sieslicel e sea eoliíaciés tIja1 se a sea reses peapearleesí a-O setal del sgaeíe a-le Isaseilaelde dc tía cal. A' a-ilesatice-po dalle da-tea ea-traía re el caece-el jercasapaesatllis y da psa-leía iqacellea a-la-sc ¡sea-a¡e arpe -Vsa-ala-cele afalíecise acete aa-les la a-clietla-dss ~ dr PeOeaeia-sciós. paca ecí senda-ales a latiesaiteci6a dcl ¡salaaltaalíe a-isa-a peas asía. [liraa-alá t1eí dacIa iledic/ala-e a- caillqie1 y aIea-seasa-blades leal pa-aa rIle, rl tesis paibllre. Pare ajes sae -eeeaccaaa<ecpaeeee scta-cite ¡alas sale-e eil¿eaa-ea-cnls lee aceptos gales-se rsye aa-e. te-el a-cape pa-e ea-a as-ata a-la pe-eple Ada-ieisiradk$s Y por alas a a-es ra-pIca- etallaelee5 e e misnia oln RIslo
ji
A
NEXO
840
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ca-lee ala-lo D LlRAllll~ 5 aa-sl sea-ea-cal aedo día-kalea- palmee~e ata-e gea-ea-ea-a-, Asta-sl Cato Lacee les desease ga-oo ala s.apole y cara-ada a~cada-d de eadshetoe bast*dedara adasa le a-ida- sí@ee dIda en lea elda-sea-a- osna-a-. -- ypa-a-ca
dan pa-ka-ca doca-ra-a ea seaded daalaca y a-ir.tea-aa-ea-ayos Ca sega-da-a talealtealake a-te ecos ea-esa-ateces da esasna--Pa-era-aOs-. toa en pa-ns o-seda-son ea-cagaste a-ea elgssw dc llaca-aa-aOpeadalasa-yaa-clada-4 A etaa-la-Y a-a-aa- scta-dat. asaste e tla-wla-r.c ajee. Poe ea-sonsa- s-ba*S. epa-l5Ca5aaaSs-ea saís-tóaaessa-. la lIada-a -pa-e ptl5pcall~ a-a-eses es le Pía-oeafra-ana. arastre de ial a-sesera-es de Ea-carca-1 Pta-sas torease. sea-parO asee-caca-oslaste de el.e ldlasslae.lc Ma-u-al íleos loe Idaaa-ella ea-atlas- da sta-rl la-a a-es-sae ata-casa-ce. pa-e hcaespa-ea-oin da e-sca-cta-a-a- y a-st,idedea -le Pease espetole da laderas. lela-náco saaa a-aearri en es a-aa-lea aa-eeyra- a a-eWeCca-odn a-asra-aa-aa y eea-oaeriaeeea-eta trJaaesSa-dc eco el aa-gana-ea ella-en E calceeles -01 a cola-a-cao con olla-a. trasto a/ece estas-y a-sraeaca-dcOS a-a a-cle elda-ilede, ea-tarea ca-esa-aaa-esa presa-ada ~ aa-zona-e ceda-nl í sa-a-la- les-ko de pa-aesa-aes lela-a- matan -sIsasen nívea-), u Pa-a sa-isa-ca- esia-leo. a-da-e. Ca-tao Sa-sa-e a-sea-a-st y dala-aa le Sta-ea-acÁ de pa-ese. asesesle Asia-set O4~ a-alIsos 05110 dna-aa-lila sseesSe-esa caasa-eeldeea nasa-os oMItas. let ea-a-talca-a. lisa-da-a pca-ha-s de Oea ces-dde a-rs-aa-asIa-eleS a-apa-Ida-a. en es aa-s~w oael Oea-oes o raerrea-, a-aP a-lea- leaa-a-Os-O' nenes ss-ce a-a-saa. dio a conoce en Esa-sa-ha a- apra-oea-te aa-ería-ca he a-saciases -bela-a-e tase asede laa a-ca-sa-e larea-eta a-fi el lflIla-5~
cada-ana-e ea aa-a-a-OIL RaEat Ca-toe e-aa-de - e pe~ped tea-lete da-a-Ida-ea LacIa-edn lada- le dea-~ y - descase aagsoea-adadas re a-t Coas-a-sc da ha-cae a-a-a-ore. e-mese sepralaba por laa-esta-ea-a-te SIl Pa-ale -sa-e seas-po e-ella-sa del Odia-das de Ftm. la-ce lea-e salía-ocaeala Celeo a-bes a-epa-Ola-ele ps-ea-aa- aa-aa-sa-ato cole-a sa-sa-Orilico. PerO el teclas de talaSte Pedro tale Llaca-la-o loen 9aa1a a-a aaa-saarea-atc estala tea-chalesdaeleda see. a-aiea-ca sodaka a-adela-ene da Lasa-' ha-. a-a-esa la-achsáa aa-e cts a-a a-a-va-ea a-lea-a eresga-cseaeera-ardal psna-ao da- Ca-a-sc. s-on u.a-ella - la tare. ea- sa-sa-no de os-epa anleacaonas - la Segaba-as le a-es-. 55 a-e ea pa-acopo y a-encalo da la ia-aícs. Pslleaaloaea y tea-lee dad aula-aade Oua-aa-e-si. Osee-el. La-ea-II. tIPa-e/aa-e. ea-u-ea-esta- 05' lan. Peepee edausain ea le teSieSca-sa- de lee' ¡es-a capeta-la-. 1 sala-a-sa ea a-esloras, de ¡e a-ces-en le Caere de la-sca elena-Se es-aalea-a lee a-as a-mercas casIa-a lía-Ion a-eta-gea-
as-a a-sa-cae-Mees edeacalasese a-as pece-a-ese apere de a-a-aedo. so y de atalía-e. Celeo sa-eceetllstaes ellasca-Cee a-al laaula-Madel entIsella a-acolo, aas-elia se a piba-. pee sí Ocreca-aa-ea-ss-a-lía-. frcclí acepes lea-aceces e Arnea-ca-1-la-eto la tesos-isa 11513 reeeasselsaerea-cdaPiseaeel eOlIo poeea-es-sleer Ca-II el -codas-da Ssaa-Ps-a. 1ra-a toe ea-a-afrIca pes-bleas-ces latOs Ile le aceces-Oea caCa-leo atieres yaea-sea-grados ea-ese el da-eta-a-adaLeíaIs. Sa-tú AcOllase. Loa-esea-aa Jslefl Psa-da. Va-lee-aPa-era-.Ps-e' íd I ¡ea-ala-ns de eaeaa-as-leaa-a y escaso. les casacadieces - a-s-agt sen a-ka-e-sea-a- a-alles a-aladi e-oca-as les ala tesen-
e
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a--e a-A4lseeaaa-ee.a
## va-fl-pL1111 a-' PRrRrIrRhIIfl nrnrn ~ DE tVILJEIUIIIH 11>11 HIJa UHLIU
NrAs-SOCIO
te angIcaelena. En boa- pa-al aeUce de a-ce tana eaa -esa-a a-encades a-atela asas MC ¡a en aLa flie 9eaase a- sala-ja-e les le proa-alda- haesealedee ajeas Osada- a-ja-saJo a-cíes e .5055*5 del a-a-das le la-esaa-ehad ra letra-loca-e -le a-a-da-dad daiaCo y te. aa-a de loe Ecla-Osa ~edas s~ a-le ga-etde esa-redo a-asgeosaeóat Os-a a-ea-Ns a-aeeasaaesa-oca-e da-a-cIa-a-sa-as en Ls-eedea-e5ieua-ede sta-ja-lea- a-a ~ loa-Ita-a de Enea-a-a -talen Sqía-a-'t Tao. lo os-a-e a-aaa-la-ala- a-ya da-epa-ese a-el le oieasla-s -de le pca-a-O-a-dIo.
loe a~eaos a-te la Ca-ram -aEaia-óc. -a-a Oece caseta-nao ea sesee a-ca-seaa-aa-da-rs-din a-es Ea-ea-a-rae de a-ns-sí Se,. a-a-ore cas Pa-*.fl de As-a-a-ea-a es el Seta de le b na-ace. y se dejó de apoya a-lanas raPte 1<5 a-a~es~js-~ ¡e~a-¿-e a-a-a-,a- a-ea -a-a-a de loca-da etas pas si acede da fleesfia-osPa-te sta- - el rás-lle ha-aspe eaesa- da lar da-esa- - puada-a- raaeena-sseaae, y a-sar --laea-pca-teleta tÉa-e e de cada. oea-a hIeda ala- Oea-eta- tda-epaala-odn da le ¡saete raed -dalas elladsideu -e Ea-aaa-sa--doca ls-e le ese-pa-la- ~*a-Idslkaale a-InCa-tao dedecó es-Ja esta-aiea- desde a-e es. e 5e. ca-sa-seda- eaosada-a-jo la da-usa-o Paca-e octsa-re~ ralas a-a - aslelda Lcd,: le ea-g. ra-Sececáce de alda-date -tajase Oflaerso es lea escaSo yalPPeÚló la la -sala-le de lea-osease. a-ase-socas eala-sa aa-ea a oca-a - da-e te5eaa-sia-'io da es a-ea-ida Oea-a -de31. Ceeaí 5ts10 a Cera-aa-do a- le aesshldcaaón de pae-edó~ lía-bando sectida le aa-lla-lade Os-a si latead Sena-seadada-aa-ra- ca tese aleen a- teIde le caeaselsolsl daS sIl y la Dedasts a-eMa-eadakeda-s-seaaa-r a loe a-a-oael. basan lee des-aa eta-esa ces psa-ceeasa-e a- le a-a-e-Sea-a lactea de caed - lía acabado a bes elIde. alda-sc esta-aldayaa-Pesa. Aa-Isa-e Ca-a-so Sa-ce ~a-a-ca-a-pa-cade a-a-pasee el lensaadatícc daanaputa-la-a-dIn - a-a-aa-cdc Pasteselada-es. a le ajeas - peds astease ladoce de da-rio y 4aa b~aa podada'tabee sa-aa-elda daarda-sa-lsaseaa-tsee a-aa-eta-sl cIa-pa-aa-ada a-la-y ala aa-pedo de le lea-lotaIdeaala-la-OdIOs ouaa-es sia-saepeacola-s.s í - acetada-des de Casa-e 15 oea-sodade a-a- date-. de ee-darórela-ldo se, la-seaa55 a-rape pa-esa-reas -Opaca-a: a-se a-asIle a-ea aa-aa-a doca-a-sa de ceda-a-asee y calsbeaa-dacn del dala Cesas ea-aa hatee raeledesaa. prola-sa-e1 a-oa-ldlaoce. eeaícaa-a-1 a pcIll~ -despasas - a-seda-da Po cada-e dea sepa-dos y a-es pa-sea-aeCda-n aa-sl lila-le alacie a a-dSleesdoeass sacadas al besos lee
aa-a en el a-alepo dele poste. Yaen a55 ada-ana-aacIenda-e ea-erais en Site. a-qs-al losas proa-a-aa -da-eda- eaaa-seasa-olapea.góa-do a-as ca-sa-casise -a-slsaseca-aalda-a-a de le tk*aa-eekded, y en 1-es decaleaease-a-sbnljoee. lascó en sela-din a-sn sI Ca-a-di daea-ea-len. A a-set de esaancua-aa- ca-ad lea-etapas era-es les pa-a-tacos qa-a ososa-a-a-a-tan la csala-a-ra-asln de a Ca-pa-aes -llacas da le a-as legó e a-ea-te 'es-laaseada-.- ca-sas le de le baelda-ioóal a-daala-are, alaearecoadaea-da-lea- da-a-psis da le a-sepia-a-da sepa-sa-areca de le-sss-a-cae ased ¡a a-a-as ella-a lapasde lea peco ass-aa a-a-ea-a-a-sn de Pepa-Aa-. pelea-o iedd ,asOeelora-de el Ca-a-aspe Payaso. de Con Ss-a-a la e le o.aa-Ile sea-sea- a-ha-a- dala-SOy sa-So. ¡a-esa a-a-saa-fi a-l íea-do pkNIda-hco5 Ca>sO esa-Izó las-tOe. sae a-m$a. a-aaPa-Idalas
torcassea-sea-a-Isa-ea tcar.iaeeeata-a -Cae a-ra-asepa-a-a-ea-Os de a-ata-a y ea-la-e-cee Ir ea-pias pa-lea-e escapa-os poco eea~an en sps-cacs as-a-aaa-aa-aa pena-lea-e de a-a ps-wc. saIn. Ca-eco - Oso esa-ciael a-se de te a-sae-atitas-ralee de le dIesen Oea-cale-edre ecia-cílal de era-idea-a- pasiones da-e deseas y tos - a-sa-len as sestasantea a-aa-a-ea-ceoe. Pa-seael ceaserelce a-a-a-are ce ea-roe -ea-lea-aa-diseco Ca-a-as y dasa-tatesla--» le~ao a-e, la era-ea-1 y peo--a-aa-oea dakaa-estoces la-sea-alcoa asedes ka-e seaíías daS Seta-y da-cace de a-aEsa-a-ñacoas
e
alada- la-elsa-a £ laecaes-síabacía-a ea-a sean a-sa-sea- a-e sea-mce. Cerca ls-e ea encíaella-aa-eec a-a-a-cele de alce ada del la -a-o algeldea-oleaaen ieea ha-aa-e Ca-a-eso Sa-eec. a-as a-calga -le Ca-a-aTea-a a-saae~aelh6 a - -Caslos yaa-u a-a-pca-a en aa-a as-ja ~OPteaEs-ledas L>tac, pa-da -se costa-cIa a-eec. La- sea-dada¡ion Jean. ca-a-dIce a Aa-alce. a le aloe da La ea-aa ea- ea-latee laa-daca-ala-as de les flaca-es pesl~a-e el pcidaats 5<aena-dy. ~cra-fina a-aa el Ceetala-de. laEsa-scta o. a sa-alas Ca-ecos5 ra-weldedoe a-a e Conde dabasca-ana. lees seaja-a-íes epa-astee os-a- a
elda-Oea, da-o fl atoe. tena-seis del tI, sea-egea-da ea Parto ana-sa ea Es-ca-Aa-. a-ea-arOs de ea-leseas el pa-e-cta-a es la ha-ti. oca-n.a-da ene ana-as daea- teaah. Ca-ho cela-re10 a-as oea-alelas pos-ta-aa-a -ea-os-eesda le epoacósa da- lalatada se buena a-ella aa-la-da12-ka-sta Da-ra-es-ese ca a-aaa-a- apa-aa-din a-oUa-ce lea Ile-asIa-dacelceicce a-asas pra-ta-tia-elle sea bseuleooas pa-e Ea-a-hapoco -asada-. It Ps-aa-el ca-predIo a a- tasio a-isa-e-ea-el es Caere Vda-ti Tía-ala-a-a Pa-a-ola-e a-ala- Catas Saca sala la algeddtao¿n sta-Ida-teaaa-sa-ka-. lIada la a-PA el -Ma-dIlde. elcetsíecassseleíe-a a hba-cel-cea-rva-Ote -a-aa-sas-ala-leay acales. aa-ccala-cdan le sa-aa-dad de le esalaecas da a-ence ladera-a Idale la-aa-daaa-a-ataca a-eslas a-raptaban la pete-aa-dadel esa-a-o 1-cacao -ala-e fa-dacasega-sena-dei Idea-caía-ce dat daMa- en la finsa-aiea-os-e. La- kedeleadapea-alona-adain deai9aee~ -Csbeo Sela-a aca-cte a-a-e sea-asedie de asea-ea a-a-entjsda-. Oc s-geae eaca-a-sarale de -de a-ola-a a a sela-era-aIta- ssr4a- teMa-ala a-bellaoea a lat de Psa-oea- le. a- Ca-sao a-asosa-set a da-lar a-lee a tases- da aa-e. no a-ase& eMa-Olee. sta-a- ce asestan ca-a-~ le lay a-loWeca dsl talada del te-daro fl a le-~ y la asta-aiea de le da Laste. a- desde Isa sanacal
LIad.aOea-lasaslege-eso a- Capa-haes la-SO Fa-a-a-el Ca-la-o Sseee ala- Lípesceedad cosase-as a-aa-a-a- dap a-has-srta-a-. 55a5 a-a-a-a as-a-sea-e de leaa-sala-síes se dalea-cí ea tos a-ce aseseis. a-el le loalIlada-bes sta-ellalala-llilca CO a-ca-estaba-kola-do. sepa-ca-ca-a-e colaselee. a-sa lactea-a- y etas calla-sacaNasa-loa, a-e teto daleaoea-a-e-datas Peallcíeo-llceoCtaa-l
-
s.s asta-dael peegeeeseade le leas-epa Casea-a-gC a-saca-a case a-estate ea-ra-so a laaststdca-Ola- del diana--isallaestadaOs-- aa-ata- es» da oteo a-a-ea-. Sena-sl lasa-e-a ls-e a-la-a-e-do aa-la-Peas-tea-cele pode y ha-llo~ Oyeos pica ala esa-a-del a-a-teca-al resale La ha siaeda-e-da-sSltea-íes. le-a-ana-a-ea-ea-e tas a-leídos ea-aa-os a-daa- aa-leas a-as-aa-sIse-ea-ea ea-Oes-a-ca-le a-la-esas desde secase a-nasade la a-aa-da - Aa-pa-a- es etaua-dM a le a-leatebiatoesa-la-u casa-seca-a daa-sa la-raía-e la-rae habla dado ¡ pelearas-. Peco eje Ociar de pa-ella salía-sa hacia--lea-ose en a-sa es aa-la-be Ra-tael Ca-Isa-Sa-ra-a lía- da-la-da esaa-a-eadc la-col. psa-en pa-la-fra-. píaha-casa -peeea-' 5-ele.
555
leese ssa-.W-s-Ia
e
-
-
## ANEXO
842
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aea-~5ea-Af5a-5
a
OS Mas sea-ea-cesad- 4. a doetesíretí ¿:flla-kn~ade Rajeta- Calvo Sedar y aa-a-e Laeeia-cc M~eeaa-aaa-íí~saen, Isa-aaa-a-a-a¡set sa-o los %Ia-5 ceses-ja-fUI ;rffJs-~L-~ Lo se anca-sasaleces cas coadklon balde a-e a-gura-. Ea-e eaca--e da cerceta leas va-loa-salde mi. so del a-ube de sa-te a-Ita-alo5 Pee-apa-aa-a-o a-sse ?aa-laSta-a-5 Meos~ cuando toda-vIs Ca-li-o Sease ca sea-a pica-aa-ch qele cecaeciado. sc pueda y a-e debe lea-anua ilesa atOealóe a-etas el pesiada-sta-, el -~ ysF inleledesal que lasa ca-al cla-ceesesla a-Aa-a-, el
## e-a a-r-s-re#--a-acintE 1 RuÑes LwvOSerer, ~re-c tul <e a-ley £<jta-U«13a-~¡>OlO
...
,
e
-~--~ e u 3a-ercklsa-relt da a-ls-lCR haelda--. a-a-a-la-Lea- asAs cae¿a-a-a-Ido ea-psda-Ja-íes. EA la-lela-dador Calvo Seise a-e la-St dc hla-zoelcla-oaa-. -pero a-o CIa- el es-elido pa-a-SIlvistade lela-a-dde eía-earra-aa-a-asadesrame., de s-l.na- la-la-leca-eealeass-oSe-ea-, la-saa-b.a-qeekoa-.sapcfloie Por aa-sos a-aacroeeoldgla-a. LI - habíala-alda opa-atelecldad de pene-noca-ial ¡a-lapo de Acalífle La-e a-eslsrna-enplda--pa-fla-kasaía-qa-ae la-cálera- ¡ea-alo reala-las en a-ablblla-secada- la-ala-raído su a-a-dra. A pa-rile ale 1942 disra-a-s daaseleaca-pio cus la-'tspa-ra-4a-aPrleseea-'o Sa-la-Sa-a de ea-ludio yacía 5dsec~ lesera- de Cepa-isa-. da-ale a-re-a-a-caa-e ca-la-bose. e-lOse pa-lila-ca- cosí el conde de Saae-eiofla-~ despuÉs. tola-dalse setala-rda Fra-sa-ciay Sa-ala-te-ka-. Ya ceso Ca-saa-O la-a- primera-aella-e a-sa-ediversa-e pa-la-ea y (estros aa-iveaalla-rloe ea-eroa-a-ese de dllea'eaa-taa-reala-sas 1 Calvo líe ala- a-tendón de leve ea-ey da eeludía-so a-ea da-ate-a-aa-des ctaa-tClosaea-.- que ce-aa e-ea-Ira-las pa-raEs-a-ah. Ea-ecoa-a (aa-saasla-adlos a-obre Nora-lií)y laeeula-ueae ca-a-o dI' a-ea-alón lia-dla~ldcaa-a- y social
Baaaja-a-ot -e. -Yaola-aa-a-o ca-sa Cus a-a-a-areco. esandiclda de Ka-ql laa-a-ase salmé aRa-fa-el Ca-Iva- Seat, aa-a la-clase-adel blaboalador lsdloa-os la-da-a-lo de HaldaIba-ray Ra-rilo. Enea-a- Tea-ella-ch, aa-ese la-ea-bIen teje pa-mfra. aa-parlo ma-ea-eaba-a-ba-ecra-ta-rio~ ea laReca-ileIfra- da- VIlmer. Aa-aOId de ocurdea-. pa-ra-sae la-a-esaesela-ceadesoclologla- cul'.s la-arel a-e reIlgIotaaa-a-a-sírplaaala-la-ea-ata-. dea-areallo ecola-dela-de cay conca-pca-do del a-esa-do cata.la-sslsacsy pesa-ona-lldaA a-rada-vidual ce-esaa-unía-e muy saawrslada-a- pees ía- canaLón y el ca-mona-a-asodaca-raía la-a la-eea-avalada-adal tevieceeaz. o de -la-a nasa-de a-tea-a-ns a-ese Calvo lracsseola-baen el Ilsesíra-do ~ ena-refla-ble a-a-sebleeaía dcl ha-sa-a de Warea-arlCa-e¡I.fla-~roi:. ca-a a-Ca-níger la-alaa-Aun a-a-ano era- ca-a-da-ko, so aa-pasa Adelána- pa-ssSa-a-aya sI y brIllO caeseo a-eta-re da IIbreada aspa-desailded sisae pos deja-ea cosa-laerecee sila-la-ca-e. 'Fra-ella-ch el. asee subí ala-a-ay propIa- da ase creeblente seama da-oca. Ena-ada- ca-a-o, puse da a-a-que-a-resa-sae dura-olamsa-cIa-os a-Aa-aala-uso de loavolúmrsa-aada- Trata-lech. a- de sa-saobra-a ca-ma-lela-e, a-comps' p4 babttea-a-Aa-a-a-e-a-la aCa-a-a-o tos dc quc durantc proluor daa-a-pa-eecido. ;-La1940. aa-cItas a-era-tina-dauna ca-re-sea aaaslvenlla-rIae2a-aa se ha-Ola eisa-o por agaza-ns cMl. Ca-a-so es. a-a-cora-a-oid como presea-e de a PIla-la-aa-a- a ces Fa-e-Isla-a-dde V a-tea-ele. y e-ea-la-sé laa-celadoc: 1 la-e-al -~ Mea-aérede¿ Peía-yaY la-a- Idea-a- a-e-era dala-decae. da-oca-a- ea-pa-Baos. Ca-ha-o ha-bIs a-Ido a-ra-a-ca prealdenle de lose a-sta-adla-eilfl ca-ldlkoade Va-lea-da- y «a-red la lices-cla-asaes como becado del laeaoeeaCo-Ci la-a-lo da Bla-ela-a-a-t. viada-La-do aaa-aleje. Uoleeeaa-lda-d,Tsaseblén pealeneela- a-l Otea-sa- Dcl desde a-SSE, Calvo Sertea-a<daiS eslaa-raía-ha-sin pdlellca- (a-sea-a-CIas-e lo Lasa-aVa-vtay lJna-veoa-lda-d de Valasicla-) y en selatelsa-teae e-e-ialla-e,oapadalecos por ra-so,íes Caaselliara-e e loe ele-cielos da a-lacaras calóllca-s psa-esoelda-e por el socIólogo ¡ea-ullaVa-cena, con la-a- a-así sala-a-yo al.
dalala-isla-ala-, Pea-ba-blessecíle a-asao a-a-a-o a-ele ver ca-a raíadía-la-eaa-e-aa-e cía-a-e-lOa la sa-isIs-O can Wca' a-ca e-scsi; rl laletoria-dor da casa- a-asca-li sea cíaso
¿s-eea.e'eraa-a
ANTONIO FONTÁN
WlIeoe. tIpa-osas-ns dc.> 1 Desea-ele lada a-e vida-. es-frs ca-ludlaa-. vta-les. asictelsa-, t~aclódicos. pa-la-lk.a-. ele. Ras-aCalas Sarer. es-el a-edad patc' lico, aa-tea-tEa-ala a-le-a-esa? pa-rala cultura yl.a-úa-Isda-d de Yas-pa-P~ y pa-:a-a-el~Eala-do-' Aol. eses sta-teste dehla-5Ol1a-y de- sa-ma-dersa-Ixaclda-ade va-l#$aleadíclona-leay edapiatIdO' aloe tIempos a-laa~os y-ea sí pa-a-no a-a-la-leo, a-un a-a-a-ls-a-lalambidaesa-re lcglíleseIda-d e-a-esstudlsa-eiaheredada- y ca-aa-es-a-o, sIc Va-ala-e de ea-la-aa-deja a-o - píoycccldea- polla-le cay pa-oea-edo sa-e Ea-pa-ñasc leal la-eaa-ea-pl la-manta ezeutstea-, por cIa-sea-pie, tas la-apd~ ~era-si-ele a-ka-oca- pta-Inca- del ra-pa-telaalosa-la-daa-La-e llueva-a besas dcnsocl-tsíea-a-e. aa-el líe bac de la-Ea-e aEa-pa-ta-s anta le asilos a-es bIse-a-da-a ese el da-ado eMa-alalde en 1967. < Para- Caja-aaAcete a-cae a-Ial'
mo lacia-erada ca-becer~ Maha Oea-anIdo ca-la-ae-onelderacdaseaporquapararisa-ereder muchos de los a-a-e pee-la-e neta a-pera-di-os ana-le doca-ada lapa-rsa-a-a-lldad pO' ha-le-a de Ca-tazace ala-ay sa-ciaca-e edeca por laa-e~a a-launa-e Oea-ase mAsa-ca-edrada-a deyes. e-Cesce $iloeOtiaa-a-. que Ose-en-
## ELIND&CSETQ
## D5: ~
EJ lada-a-reses ha- a-radaa-a-es la Sa-la dc le Caatcecla.a-.Aecielsaaeslea-aOs es AsdiseriaTecaetss-isa- da Seresa- es ica-deasdo el preaidecas lasa PlocmaeaIeaaeee la-
-u'
e ae se a-la-unos a-Aoe la-a-a-e-ose a-sial cIpalea-sete aeaa-ía-a-a-ea-a-: Tea-elia-ch. SIales. weber (aa-se nos a-ese-a-ca oa-aoa-)sclce Oea' pes-da-. se lasegea-eda- mItad di ka-a-Aa-e cía-a-sa-secta. ocupaefan estaajaes%a-o a-ema-a- aa-pacía- la-a lectura-a- sacgloaa-loa-a-ade loada-ala-dos del AWnUco. a-aa-Isaca-ataesdamlca-lo de a-sela-en eorlea-eassrica-noe a-a-e-Idos ellao de odien ea-seopco(Voelse lío Sa-ra-sea-a-5 fila-isa-has. lUIS
a-Ñd'laa-~a-Aoa- da a-scae ia-dda-;asa-s¶leaea-Co. a-le ncoa-lcoi-tr a-a-leales esa-ca ¡aa-sa4aa-~4ba-e. -~ -ede. deaesa-s~Z el 29 de olobee dc la-SS pa-aa-kIldaa-e ej ¡ele de ~a-e¿~!~a~s ~c da-COJIta-a-, al a-a-la-sea-tea-, al clines da1 a-ea-fila a-a-CIa-a- y del pa-aa-Ido -~ la la-cesia-cocído o asta a-a-a- ea-Ial del gea-eral Fra-neo se fuseleroa-i díaItIdos al deaeperiy la- dea-ea-la-lkscedsc dc loa-uCalvo lea-Ma- llama-do .la- a-erce rs 'aa-era-a-e - - a-pIlca-alo pa-al a-la-ada esplisasebee da es a-h.-Uaa-s afice -l teade. cl la-a- pta-ls-a-adel eMa-da-ida-1 Cal so a-fincaba. ca-a- seama-aa-a-ea a-cha-a-Iludo te la-ana-a- y conca nido, cosa-aparecIda-ay ca-e rnaaecueeela-aa-auca-fía-a tea-de a-aaMa-delde eapsa-po ita-sea a-la-lasa- polla-ko tora ele i-nsldsd deepe-tosa-es sea- sea pa-etldoala- nc sea-Ira-sto dccl a-OPIO: a-sesMa-e sa-a-aaseboecalí sa-ca-das del Lela-do y del pode polla-leo ¡e una llsca-syeoasca-ai pies-ay a-laea-Sari-sa- ala to nlda-d deamundo a-celdas co aa-Cee. Eta-o a-a-a-a-ea-re íd ahabar eaea-saIsa-ala 5ecsraeaaaS O sflgiCts¡Ola-fly e ponerla-a e coolaibascidna-aue a-acalIa-e personales. DIO ae-os nocas si a-eeibalca- cepa-Bol. Ocade su Bebía-a-lace del Pena-a-asa-leoSo Aclísal Ida Ma-ddd o desde a-apta-lea-ade sAe-ha-e-e a-essaeera-soaa-sta-rae e-ola-a-ms a-acUsa-ade ea-aala-sea-lIla-ae-sal' llera-lea-a conlrlba-a-ya-ledo a-va-nslila-a la blblIa-gra-lIa--cepa-fta-laen una¿a-ocadc ma-acada- a-la' de
Aaoslea-a-ea-. aa-st e es a-aa las isa-la as-laos nolorieda-d Ca-iba-a-ca- da Calvo Sae-creea-la ca-ea-aaen la-aa-loa del día-rio eMa-dra-des y laasca-ya-aa leala-seen' e-lada Idea-ay pla-na-ea-naa-ena-capolla-a-co' dc que LI ha-a-la- sido
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la-le~~ e e tssielleaa-daelle-la-a-a-cIdra O a-la-o a-sae la-o, - Eanaftatas lodo al oseasdo coca-Ideas a-ce -no ra-sa-ondIs sola-ea-alele - carla-sctapoeta-a-cacO>sJte lía-ra-a-, Es-cenaba la-ea-bedes -pratena-Ido da ca-na-ecula a-a-el pele st Inca-apee-a-ra- dc lea-a-aala-acosyia-níeadecIdís e-a-e y aa-sola-leadel mundo que paraca-aa. te ele-e aiea-de ala- dea-tíeso a-celalama-a¡lnatí da-d y la a-e-teselairale-idarqascóloga-. -ra-y ea-o, a-aaeleisaldde se a-ateté ¡sectasaes-clon ala-aa-a-lica-clorasí de soclologlaempírica. dc le-. teeodcrcoseseodaisa-cosa-sa-llau da-tea-a-te da la-. da-sea-cia-e-tea de la-a- loanacaaze era lía-pate-U e-ae-eeraallea-?lna-l dc seala- It economía Oc cía-tea Ida-do las-aaa-ea-abe-II la-olas isla-leas la-adala hIstorie caleaseal pa-lítica de Ea-a-a-As lace-ce lee de ala a-iva- la-a-tteca-esabiaca-eaa mundo Ira-ea-a-placa-a-ira-. Ca-li. Ss-la-a a-aa-lo a-la- PanInsule ca ría-a-ls viva-a- dcl paca-a-mies looccldenlsl, y lea- a-lace-id le a-sea-a enlos lía-mí, an revide ya-ea- pcaílddIe-a-e, ca-a-a-e-loa-ye' doe-oeella-ye-oa-as 51ce-sisa-s a-pa-rta-ctdaí da esa-dala-os apreciable a-l a-clasee pca-e-rs OC aceosee-ida- de España--
<4
## Z~ZtMS ¡os Moninos
aseles-a-el, sa-esa raes-lles de a-se lites 1aa-paoca-. a-ale lisa-O aflld la-a-ls-se ea» pa-ecca-aasas a-aa-línea, sra-a-eaa-has ele-ial saslealea- aa-da-asada-lea-da-e aa-alea-era-da ea paca-lOseta sea-Oea-scaa-cee lle-ila-esa es- apaelelda lea da-esa- a-es-. ¿ala. ea al ira-lela-aa-iaeaktc de es lecalda pa-ala-a-ra-lasa-a. caía-e aa-ea-ae~
E
La re ka pseea-a-asa pca-a-ca-os donde ana-anise los aiea-lee del daepeela-esa- a lracsscpesssaes ladee ea aa-ale daca-ea-apasaea-las-elsa ea-anime-sa a-esa-pa Ca-aiea- ls-leda-les
.
ANEXO
VII
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lIla-Ca-MAclose a-
xsa-eil.o cedía
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/4Jsdí.d
asa-
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Sea-sea-aseses
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blesea-Ide
Cesa-así
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-1<s-c~-ea
-,,s-4s-n¡D<eesca-t<s-aea-
~ a25da-flovicesb,-e da1971 1
e\_\_\_\_
\_\_
Por Orden eje eatsa-tina Cosa-aa-e aiLa-ceta-5 Sr. %li:ais 1tro alo Yntornac$¿n l~ Tas-rifo 'oc dictadala a-isa-da-sa-te -
Ilcaa-lwcióeaa
A la vis-Ca de lea cota-aaoiona-s Practicaeian en clj. eyks-,s podios-itae-lo ca-nprobeini6saa-Yo da-tocainstxa-dda por la hiteoUa Gonora-xl. a-laPrensa-, a], amparo do las £2cu.ttadoa eta-i&steleo±dan a-a 01 aUca-alo 29 do la Y'J.contaLea-y Ce ta-na-a o ls-a-pronta y,
ITZSVLTXWOI Ces-o por !la-eolución ~li.ua-4accriaJ. 'lo Seca-Ma¶8 a-lajunio do ~Vd,, so iaocrlbi6 en ol iiocistro e-lo Lanas-' prosas ~a-rioslIticaaa la Cosa-rs-Ala Ilorco.ntIl í7j~aj~u],sJ telarío alo lo lleca-a-a-5 Socia-alad Aea-eSoi.naee cono a-editora a-Ia-l íli~ río e~la4nl:Dae ptSUls-SW:DO: Qa-io con ra-ca-aa 21 dan~srzo do 1527, flotaSilvontro sa-rona Pa-Calda-, cono Cos-Isojes-co hola-ce--a-da do a-fría-a-, Piaríado la Noche1 SeA. a-olici.tS la insc:jtcet~aado dicha Socinclad ce-aa-l Ila-~tatra daDra-a-ra-sao Pct'io.2aitl.. cas acoce¡a&ianalo, a tal ita, la-astcaiXcattoe dOCtDa-a-es-ltCll lías rocrItifle. lasIhíta-So. nc 1l~adarece-a-a 15 sa-ea
ti'ba-ET 1 w 252 194 m 301 194 l S BT
glw.2~a-s1sa-42=2a- a-corcada a-la-to el notoriatoas fleje-en-dro -por la a-a-so no acta-dita líatyra-na-,..rn 4a-aCiba do le-aSocia-dad lloroantil do floaposa-ncl,ilia-iasd laZLsit-ada-e 1Ilaairid leía-rio a-lo La flaca-a-o 1 Sis-. 15 ca-aSae-Usa--id 1a trana:
a> -Iacrtta-sazesMal4canli~o da72 do ola-ea-a-a ~ totive-asa-el. aa-encasco aa-o íouaííaíe¿¿flTra-za-nrrr$c--ts. ay ~=
4
j
1
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esa/a-el ha-rs-a-Un do acctnnea 5 a-st Cora-o ra-tarea-a parcial datas-5 tutes ¿o a-N.drtd Diario dalaYa-a-che1 Sala-ls
- 5>ees Ca-alta-sra a-sSbllca ea-a- 4225 da- 50 do anca-. ro da1914, ata-acolan anta al notario Don Caes-riqes-. Gin¿a-. noa-ehrnaa-ay Gran. care-dltativa do ailnptaod.¿a, alo La-e-ata-. tos do 5>laa-Irid 5 Diario do la Noelia-aSIIÁía-e a la-o día-reo. a-latona-e a-lo l~ La-y do Prona-, o ls-a-pronta daIB Ce narro a-ls ¶964.
- UsaCorflfio0cioaa-adol JIa-ia-tro Na-acantil a do la nrofl.nc±a alo llasirid da las Sa-crituaa-oe tea-Ibis-toas ea-Ose 119v 140 ye 429 asa-toacitadas.
5)eaCa-rí±f±cacjSaa-a-aol Sa-a-ra-tono ma-cidontal ¿al. Consejo ale Adntsalss-trea-ci¿a de Madrid, DIa-rto ¿O la Noca-a-a5 S5Ae etaLa-cha 29 da- marzo ila19 67e Sobre Oa-ea-, a-jei,¿n ala dich-.e Ca-ea-sajo.
- 6>aaLa-anita-sra ¡s&bllca a-a-a916, alo ta-ado a-non de 1967, otorsacla a-ataol notario Sr, Gin&na-zcAxn¿u y -Cran~ ocroditativeaaol noabsania-ata daPrea-idonto Col Cosa-s-ojo de 4a-loinia-tseooi&sa45 a-»~fl~ Diario do la- Noc Se As5e 7> ~aCnrtttl,caat6ie, del PtctstraMorosentil. do
- a ~>·-Dscnitura ze6bl±o.nC 750, da26 do La-br no de ¶9e=4, otorGada a-Jite al notario Don flojanúnaflórcono Llabr~a, sobradiiaisi¿a aa-el 9na-a-idea-ita>r nombra-aa ta-ntaalaProa-ida-atay Ca-ns-ajoro Odeca-daelas-flo.efrid aDiario dala Noca-a-a, S,A1a-
la Provincia a-Id lIna-a-rial, a-a-bat inacnipciein a-si cl cia-no 1do la anterior fls-erita-az-aa
- 9).Ca-rtis'ic,ssa-±Sn del n.a-sistro llaraantiiadaMadrid5 a-o~rs treacnipci6a da la anta-rías ra-cníturní
- II> eCortjSioa-cltsadat Paciatro lloroantil d llallniel. sobro inocrissci¿a de la antonia-eZa-cnttsssraa 3I da23 sf0
- a-O)5., ta-cnitis-ra tea-Iblie. nC 515, do 2~ daa-nc no de 19671 aCra-ditativa do dia-iai¿eado Va-ea-lea a-la-l Co aejo de Aalsa-indstra-ción y na-obranta-ato do a-sai Vocal.
- 12) .e r.,críta-~ra gblica aa2í02 ato ate 1965e - ata-renataaan.o a-l asotc.nio lien Ala-janeiro U~ Caja-O lslals-r~s 1 acrcdtts-atlvaaa-al raonbranicato eje .stCza±nizs
.5
1
ale/lee
-
acÁ. ld~~
e
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aseis
e
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trede-ar ea-aa- la Soeioa-1o4 1
15).aa Cortiflcaci¿saial Ilaniitro }lcrct-a-ntil d~ca-ein±d1 sobr~i,a-acnipci6a do le-e. anterior Saetía-ma-5
flc)s-La-clara-cita del Conseja-ro Dolseat¶o de a-¶ladrid, Diario de la facha-. S,A.'¼ do 51 de nr.ra-o da1967, a-obraIon a-la-aa-ata-apaterita-osdalos dala Sociedad
15).Ccrttl'1caciSn de Cocha Si do marzo ala19671 sobre capital seocial do a-lladzlida Diario ea-o la a-ho5 SeA. torera-ea-atado por quince oíl acoja-nos de ci pocotas sa-oea-ine-sloe cada a-ana-a ia-orta-na-cd.e-nta-s toda-serena-e a la Ca-apa-?a-{a l-la-rcaa-stfl a-Z'caoato do .~ctivids--a-doe Colas-ra-la-o5 lCcosa-~aicae y SocialesaSeAs' (Ps-Aa-a-5).
U~aaflncnita-ena e 4talia-a r* ja~la4 dc 6 dc a-itacia-abre do 1961, a-tonca-cIa anta cl ea-otariaDon la-srta-a-as-e Gtce&neza-Area-.aax y Grataocroditativa do la coaa-atita-.cite-s do la nonOantil donetira-ca-da CPa-~osito Ca Activiea-a-dcaCa-a-' ta-áta-la-a-p rcosa-óesicas y Sa-ceiala-a5 SeAs 'e Onana-era-a-a FA( ¡ea-a-aso constituyo ea-a un capital social, daj~O0CaOO0 Iba-a-tace diotriba-a-tdaen Za-OGO necia-nos a-lo 00 pa-sa-tan a-taa-atca-aic5 cada a-ana-a ¶7>a-s Za-a-rita-sra 1taí±a-a así ldla-3, da51 do a-rse yo do 19 67aa-tortad, ante al esa-tarjo Don tnricuo oía-Se nona-Área-aa-a y Orean. oena-ciitctiva do la aca-aptnci¿sa -ala Lata-ita-e do la Soeia-e-lee¿ s¡'ACtS a lee ¡soy de ltr~itta o tsprceit. Ces ante-a ¡-aa-rina-rapeAblica a-o hace a-oea-atar ca-so sí pite-a-1 aa-cid daFACES lapona ala-sOOO.OO0 do pca-a-tas; tondo totalma-ato dcsa-a,bolaado y ra-praooea-tndo a-sor ltD. OC ata-tonos nontnati.seao do 500 pía-atas es-o valor asa-satn.al eisaaje-a-as u de un
l3).a- pa-tacita
ele accionistas
da-
PACaS
do
La-
28 do a-arto do 1967í e-a-A iaseiia-aciéaa- dol aa-<aasero daa-a-sc flan a-OS Cifl espesa-da-si o cada asno 5Cntro lon a-e 1 ja-ea-tate-a fica-se-a cae-a -.505 accia-aosa una anUdad Coía-cnlna-da~Sa A. do Finaci=cibaa-, con domicilio a-salíndrid, callaaUca-li sa-l ho, a-l a-ja-no tia-npo ficearnaen día-Isare-els-.ci6aa-leYanos acciesa-tetaS que no poseen, al Pa-ta-a-a-ta la-~ sa-ej a-a-a liciad a-epaa'iolsi. Aa-mise-so, apa-rocanon Pa1'a-ol Once-o .ad e-a cono ttta-sl-a-r da 200 aCCiOta-o·aror
19)safla-clarad.¿fl sf01 Coana-ajoro Da-la-ca-do de~Plaslnidc Diario ~e laa-loche, $..A, daCocha JI do o; 0:
a-,
u.
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ale/ele so daI9C7~ sobre al ¡a-la-a Lina-sa-cia-rado la pa-.blicact6n a-a el d¶eao a-e la-ocaconsto, que la-e raca-sra-os flca-a-uscia-ron oa-r~a o' propio capital ca-ojal, craSclitos bonani~a-a 5cr¿ ejitos a-sipa-tooniío. e in~roa-oaa-a-os pa-ña~icida-a-d y ela-siteaadcl ¡rriódico, aid ca-a-o la coa-pa-a-soaa-ióa pa¡a-ola-
20>.teoa-cnipciea daloe das-a-at6cnia-cos y leasosa-alas dala sessbltcactAaadía-ría ~llafla-1ID'a-
21 >eaFa-toca-pía alo da-cuna-ns-o daAcentaa-lalaProsa-toda-a taCia-sa-tnial de Locha 25 do Ca-treno da1967, e sobro tr,a-na-tora-ncia sss al Ra-cintrado la fra-Nada-d Is-a-í duatniol do la-a a-a-orcas 1?2I69~ (~tladnid1 Día-rio dala fa-cha-') y 1fls701 ('l~ladnid, DIario do la Nal'lan'>e
22>eae Contrato Qa-'il eje prost%iSa-1 de carvicia-aCo 29 de septicobro de l966~ cocael Dirotton dcl Diario 511ADa-1IDa-a
BDSt¶s-Ts-tSLOs
Que con
tea-ha
1?
da- novia-e-abra-
ala- 194
la ZeinocOi~n Gosa-ornl da Proas.. on-a'i6 a Don Silvontro Arana Aa-caldo, cono roproseesteatade la rs-a-proan 7la-dn Diariada la Roche 1 Sala', el stoa-s-ia-aa-to aLicia-a-
~Al objeto daproa-.com el tr&nito Ce iea-sartpoi¿ on 01 Sa-Cintrado Da-proa-aaPa-niedlattcaada5Nadnid, 1 río ea-ala fa-cha5 Sílía-. da-berLaia-a-corpora-ra-o al cZpos día-atalos datas ,e siocunontos precises pa-ra a-a-a-boa-flan las a-nieta-aa-e dala-aextrema-e sa-a-as a cons-tina-a.ac$.¿a no Fa-a-la-ns la-a-bcza-dttaciáa da a-aca-atiara-e fl* a-ic¿ebra-e aol Cosisojado 1~cjntnia-traciAa do la citada Socia-a-la-a cl, pía-no ojoreicio do a-lis da-ra-cha-a avila-O y' política(ertica-alo 55, 1a-) del Da-troto 749/1966 da55 de a-ss-sso, asíaCa-ntttia-acitaa£ca-a-aa-ia-nte, aa-ra-dita-tía-'. do lasa-na aa-alda-a-! a-apa-Sala daloe a-aflores Don la-alta-: Ls1'a-ak1i1 pa-deltaflaCa-a-.rrach l1oa-a-~ Pon flor U. flotes y Da-a Z¿it Za-tan Sa-egor, 'ocios daFACIZ. SeA, (artica-alo 5* a, da-2. Da-cretacita-do)a 55aaCa-rti&ic?ci6n aareditatitala tea-scripci~o a-a- ol Ilocia-tro Ilotca-ntil dol acuondo la Ja-anta-aGala-oral de AccioniStaS da-a l~ Oonp¿a-ía a-lencatisí PACZS, Selís sobre celaptaciLaa-lasus flstatutoo ala a-tea-nt. La-a-y ele 9na-ns. e La-pronta, proaa-coliondo ecliaza-to escritura a-tonca-da ciato o' la-otario do fa-sud, Don uca-xica-a-a-oeoin6neze.Árn&a-s y Gna-u5 ol ji esaa-aa-no a-se 1967 (a-nalca-alo 5* a) dcl citado Da-a-roto>. ha,e Acra-a ta-Ci&ae do la CcopcMa e5~ do ¡'iaaza-a-ciza-ci.&s', aa-a-jasiista de FAc'aaSea-la- aalano ropra-Scea-ta-da- su a-aptts-~l es
si
1a-
e
{
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## a-sí/íes
acetona-O no,iine-a-ttVaS e tntra-naleoriblcn a-aoxtranja-rOO y e-le aya-a-a¡a actividad tscria-d{atls-Ca tica-ara O%t.riauaeataantro a-íes rina-a sa-cia-ba (ls-ay ea-o Piensa e Lia-ara-sita-, nratía-asia20 ~' Loa-ra-te 749/1964 da51 do e-sarta-a ar¡1ca2.cs Sa-e a-i>aZa-Ja5~eaDota-rnira-aa-taSa do loo principia-a rs-tía afla-a~eirr-.n lse pa-s~licaoiSe-s diaria do ta-1a-rosicia (Da-a-roto 749/196C, do Ji do Da-ra-os articulo 55, apartado &)aNOS ca-carde a Vd. na-lca-loo e-Sta-a. a-fistlIltUCTDfl GZ~GTL¶L 01 a-a-Y..a-.~a (¡'irma-day ra-s-la-rica-do>. e
PCSaTAIDOI Que con Ca-cha 27 ala- novia-obro do 1963v a-2. Sr. Arte-a-a roca-Ido 1 ca-aaCa-asaa-Joro-Da-lacado da la l~prosa, aa-e-ea-mnlc¿ ala fissa-ca-ibaCksia-ra3. daProna-a ea-a-lo re octaba a-a-a--oca-dioado e una ra-erca-aa-i'sartciSn e-lo la sa-la-ma y5arncoía-soea-a-laaciae za-licitaba qa-sono boaa-atoriznra a ja-ra-a-a-sa-ca conjss-.eatona-ate losala-tos aa-lícita-da-ay loa-,.pfocaee dentod aa-o larooreaa-a-araciSa5
flflS'JLTMDOí Que con tecla-a 25 ea-o ducía-obre de ~9 68I lapiroccis-Sea~cna.'ral do Prona-a 1 a-nvi& a-l Sr. Arana Pa-ce caíste tan e-sa-Levo oficio, ra-ita-randaol anterior 0.afa-cha ¶ a-Yo novia-abro Y ca-ncedi~nda-bo un plazo da día: día-aaparala procaptiva pe-ra-a-a-nta-cita de los da-cta-catos solíacitada-as pa-a-a ra-as-a-a-ada-a-r cl traSmite do ~nncn$a-,ci¿s-a-e la-CSILO'XXOs Que a-a-si Locha 5 do onoto do 1p6P, za-sa Scbaatibs Aa-seo: DurAí cosa-o Ca-na-ejcroeefloloeadado ~}!adri': Pta-rio de la XOcla-a-5 Pelea-a a-a-ntonc6 a ozbos oficios ¿ala t)irta-Ci&i Ges-a-oral sa-aPrensa, aportando la eteutanto
cloca-lnontaCi.¿siae l)a-aCorttficaciteaacreditativa do e-ea-a-o los eamisa-abra-e del Ca-ns-ojo da As-dninhatracián dala :r4ra-Sa a-ala-risa-1 DiariaCa la Woclio, S~Ae' a-o enaas4lttts-,sI ca-a -cl plano a-ja-rda-te do sus ea-a-ra-dioscia-rfa-e y íolíticose Nea-bren >' cax~osalo la-o otoma-aros dcl Conca-jaala a-Sdr4nis traa-i~na-
2>e-ae Ccrtil2caciSeaa-era-dita-ti-ra do loo a-cta-a-aloaaccia-niote-so sa-e la Socia-dad a-Fa-tonto de ActividrsCCO Ca-slta-arra-boa-5 rcosi¿nicaa ySocia-loo. S.s. a-a Psi lafa-a-Va--ra-lactAn corra-da al 50 dO sa-ps-isa-obre ele ¶963 y ca-nulacada Con tocha 23-cía ea-iota-otrado 19 63a pet Pa-a Anta-fío ¡sa-ncta-o lYodrLe-p.a-z. Sacra-tarta0c1 Ca-za-a-ojo ea-o s5eYx.a-Lea-i.actr: cita do F/I1U5 1 ya no apa-ra-co lacae-Fiad ecnonissada daFína-a-,cincitn's al e-lite-lo tice-lpo. sepa-nCC Pon fasta-1 eCe-a-ivaSara-raca-zatitular ala5ta-Za-O accla-asocafra-ea-te a-
NOii
~.a-
55
-a
a-
u
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sae/íes la-a2DO ea-a-a-o ostentaba a-sala ra-lacit~aOnVi,'a-s2 4 a ceta Conaro fliractivo do fa-cha ZO a-lo ~ataa do t9ti7.
5)'CcrttI'ic--citsaacreditativa do la ma-a-n.a-as cites ca 01 necia- tse ?la-rcasa-til del ca-a-za-rdacala hua-ta Geaea-a-raJ. Co Accicntstcaea-o laCa-apa-fila J5o:c,sntil a-7anontae a-it Jsctividcae3ca C'jlttlra-i,cDatoasa-daitreo y Socia-lose Seas. a-, sobra ada-pta-cisC-a da sa-a-a flotas-estos a la Vica-asto La-y do a--1Prbna-a alepra-esta; a-od~a-a-n so acrodita ea fla-cnitura vAblS
a-ana- lidad
do
Ce>,-
JI
do enero
de
2967e
Ccrfltiee-a-citaa- acreditativa
2o la da-
la nacía-aa-
443.
a-spaaa-la alo
Don
Rodolfo
Dactarrack
Ra-aa-e
5)~ara-a-ritaces el ea-a-so a-o dcteía-rei¡a-nss la-e ysrija-e cia-a-iea e-a-a-aate-sipiran la pa-s-blicaciAa pa-nitdica ',taria-L,,0111 PíaLA NOCltZ'aca-a un ca-sa-za do ja-proa-os ¿sal ata-do a-a-s-, ni&dica-e
6).' Copias autorizadas dalos a-ca-aa-rda-asa-ej,, -la-arotativos a la ronovact¿a del Ca-esa-a-jo ca-o Adaisa-tatre-' ción y ceso y na-cbra-ra-ia-nto alaCoaa-ojora-a-Daleeado. aua-,n tscrituras 5s-4blicns es 5Oa &eSSGe a-lo II e-lo dieta-obro do 1968 y 4a-857ada12 dc alicia-obrada1960s otorga-ca-aatea-abas a-sa-te el nata-rio Da-a flswiqa-a-aGinAesat-Anlaaa-a y Grans do anto Crap,
7)eaCa-rtixic.-eeien do los oa-ieesta-s ra-eta-trola-aca-rrcapondiontcs a la-a anta-ría-ros a-a-crita-rao.
IIEStTL? fl~s ea-eacon La-cia-o S sIn meyaa-la1969p a-u cae -vi6 al Da-lot a Oficial a-l tas-adaa-í oX!l~sstO5flrd~9.ñbeYacrí cites do a-jflTltb ma-nto ltrli6~Rt 11a-V'raaPaiZn pl roca-e prona taon la La- tAt Asia-so la Ma-flp flhiiTZiubc¿ ·1 oa-e-rs-odiento el '2 dc aa-yada5969 -01
fltSa-a-LTa-lDoe Pa-leafIjaIt a-do 01 plazo do ina-craiactts ca-ss Loa-Isa IB aa-a junto de ¶969. so dictO a-¶oaa-la-aa-ttes aa-a-a-ni en en as a a-encía-Ile SeAsaoes o!, IiOttsÚo daDoprea-as Pa-nioa-lLttlcace flo~2Lrg,~aQa-za-. con a-a-a-stonior~dad a aliaba sa-rta-a-ra tnscrt¡a-cifia a-o proeia-a-jcrcn tras ne rclca-tivts a cc.azbios a-a le-a la-lrsntilla Caiia-dacci&adel peri6dico; r.a-a-Lsra-ticats ¿e Gerona-a-, 5 1a-Cs-si.sitstra-da-s y ravocacieSos da posta-ra-a ca-esa-zaelida-o al Csa-a-.$c~e~ra-->5a-lz~ada(learita-s-raso pC!,lica-aneta a2.232/70; ZelSJ/7ay 2,15Pd/7a-aa-terca-das e-testO 0]. nctc-aríaaa-afla-dnid 5 Pa-es Joed ¡sa-si. ~ort 1na-a Gil, tsa-aa-ritct con 2o
s-.&/sek..
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HOJA''.
a-a a-! 5~oeiatraa--:a-rcontíí) y 5 Itoa-lna-ntoals-aa eflUsa-a inca cripcíeSsi ra-latí-va a la ·dici6e-i ele lan Sa-na-lca-cato.
lt5UtTA~e-nol Que cosaroela-a 2 do ja-alio do 1972, OOCeAI rna-rita-se-u pa-ilalica nf ZeC74aa-torcas-Ja ante eí aa-a-tea-rio Co la-adj-Id Pta aa-rica-nO Gins~aa-a-zcAroa-s-Sa-a y Gran. ce dict6 íea-r -Don 5'a-~a-~ja-a-aCa-rda -a-ana-A y Porcl~aa-4os a-aa La-ullaArb:Itral de faa-a-aiCoe-i ra-la-tívo a a-e-aa. va-ea-trola-Persia cobro la titula:-, dad ra-al e-la cta-erta-a aa-cia-aa-adO la Seciodad 7s-lC~S esacl guaintcrv-lniaroe-acomapartas la $ocia-eiad Ma-Aa-tina ajo ¿-'c a-a-esto (cua-tha, do Via-a-aa-sa-cia-a-isSa (S.A1F1), Ca-siSan-sl Caía-re Sa-ra-ra'Nadr$d, Pu-aje e;e la fa-Ca-sea SeAs % roprca-a-nt.-a da a-lot a-a-a s-lntaali.o rontAes ta¿raz~ Da-oc tuis ~$lla Taba-ra-~a-r ra-presentadapor Da-a Ja-eA Antonio OrteGa y la Socia-dad -e ;.AcDS, ra-pta-a-oea-e-ada ¡ser aa-a Ja-seis Silva ¿'arta-,
JiZSLVs-s-ttjZOe Ca-so a la vta-ta do! ea-esa-a-nido del citadaLaudeale-a-fljetOa-Citsi General le Prona-a, en a-ficto ajo toche 25 daa-a-taate:ee!o 1921, ca-vIS a lbs-a- Antonio ('are-la ?rovlí jane. e- ame ratarosontasa-taCo Den laXaol e-el-a-ea Soror 5!sí'c a oída-octe cecí Cena-ojo de s-a-e-etelja-&a-traaiein ele a-fla-e-a-nid fil-tic dala-a Da-e.'lío, Sa-A.', el dra-ata-Ato a-zoritos
5A1
rovitar la-
doca-ascea-tnctSn ce-oía-tente en
el la-c~ile
-tres do Dra-Tarea-e-a-a~e-ería-da-tícas de lista Dita-a-cites e-aa-moral do Pra-sie-sae apa-re-ada Tic: oaaa Sociedad sí objete daca-ee.ae.l ca-atar luz ízfxítaa de tna-cripa-ik a-varia-tese oes la VIGa-a ¡soy cje> fra-esta a Solista-ata, aa-L cene al ca-ntm,af¿a-r loo tít ata-a dato: ra-cia-traía-o ca-es la-aaI¶a-sorne-sci<an alo cpe-o iba-a-a caa-sa-cínica-a-to a-etaa-catre Directivo a ¡sra-gaitacíalae-roCa ci~os y a-fltcria--z da-aa-avoleset,Lc,a-to alacaes a-=lProa-a iler~oa-fla tía-aano la-an observado csositla-a te-a-ca-alían a-a-a-aapa-xdicrsa.la-u ai.Cea-icicar a-avíe-ra-a-., irrecszlarisiaelea ces ra-La-a-tAsi a-ces Loa acta-estas togi.Otta 1a-,e con sta Direccitn Cona-ral en ola-raía-Ño do la-afacultadas alo ceaflrebs-a-i¿ea -que roca-esa-caa la. ta-e-Latniatraci¿es <el árdcuia29, nQa-zo a-TAO, p=rra-l'e 2a-e do la ls-a-y ele 1-se-a-su o Irepranta5 Lorca-a-la el proa-antarocea-jcriaia-ea-te a. a-ca. i>pr a-a a-ba-ria-tÁaíia-aa afl.a de cía-eala-s-sca mo a-locacia-ea-ess a-pa-It aa-ara-s1a-cctaa la-o aiea-da-ates csÚoa-osa-
~15,Itaja-reber aa-aorta-jo laceertínice-sciíSn aol lTeMrt a-lala¡sra-da-dad In-Lnstrta-J. aa-ra-dista-tira do qisacl Yat210 do laseDa-alía- -cites aa-críeSdia-a 9-IAtCIfl1 lila-La-lo Da-e ls-.t ¿:0,2:: fíeura te-aa-e-rito en el citadaSa-Gíatro, a ra-ver ce ola It prosa
ja-ee-issC...tie-aa-
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~uee,eu.eutee.uea u-
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a-a-lea-ada- ese/a-ea
ez'aLa la raería-sa-ra ,a-6blica esa4Ia-5, alo ra-cha pi alaa-aa-raele ls-'ló7e ra-la-tiNa a a-aa-a a-dailta-CiSft a-la$a-tat'eatc dala Sa-cia-dad 'gC:2flTo lIC AcTXflfls-'lfl.eS CULeXVfl~LsS laCIO a--a-la-AS l~ a-3~~~s-a-¿3 1 z.a-t~' <ra-a-cnS)aa-o la-a-a-o conste-sr tardala5aea-o los t~a-tat'jtea-) r1a-a-o cl capital ca-a-ial irla-mita se ZtOOOsOCO dé pa-a-a-tao tota-fla-onto da-a-ca-ba-lZa-doSsti'Ciapite-sl a-sara-pra-ocea-ta- a-odia-atalaD,030 a-ca-loa-WC e-saadJa-atlia-ee-e alo 500 pa-nota-asa-a-a-inDIa-e cada a-fla Sta a-elebatCOarevidase ata-a los alocua-a-ontoá nsmrta-stot a-sor a-a-la ta¡sroee. al ¡lcciOtr do Za-a-proa-aS aotia-dLtica-sa a-aa-boa-rNaepa-aca-la coxtifí cesa-iSa aa-o fa-a-a-a-a 13 a-Jo día-isa-abro da 1968. ra-latiNa a ía roía-ciAn a-jo a-a-cia-ajotas dal.~ Socia-dad PIa-OVS <cortada La-cha jO do saza-tia-alsrasa-o 1960) y tse laaa-ial sa-o a-sa a-idaooo,unia-aa-da alta-raci 3a sflcuIa-a- ha-Sta laCa-aFa-aal. ia-oe3ntraaa-o j,a-a-raza-i ?a-riocl(ctica-5s la cifra tota-l do la-aacc±caaa-o a-a sa-a47a5'Il~e cs-ítatiola-doe e-sos tantOs oca -aCíj'croia-ciaajo 402 a-a-cia-noS cuya tita-ala-ridad sa-o v0s1ta-e a-a-ataa ca-usa tía-aa-a s~a-ao a-a-tar sta-acritud y aíooca-t>a-l,adaadaaa-a-aa-ardo aa-oes la noaGtaa-L-a-da nota-a octatutoriá
a-Por todaa-lío seaa-loba-nt ata-ortar a esto Ca-litro a-ir a-ivaroía-a-tAsi acta-a-.-a-lizada dalos tita-.'la-ra-a do lasa-a-cia 1neC c.-anoti&ea-tivas alol daa-a±t¿a-J,cecial <:0 ¡'Aa-LS a-ea indic a-iSa dala ca-a-aa-tela oía-adeje-ae 5a-nO de alíes a-cta-ata-a aa-l a- a-ala asta-a-sefa-a-isa do cutio aa-rra-oIeofld±eatO a cada a-ca-ib e5*.~. a-es la roía-a-ibaa-lo aCcioA±ZtaS do ¡'a-a-CtS cAo faa-la-n- 23 da a-nrza Ce a-SC?, ca-a-so La-sa iaa-coría-a-rasla. al a-a-da-me-iI té do jascripci.Asl a-le ata fla-rara-sa ?oried~atica fíe-sItabaa-a-a-aatistes-lar a-lo 505 occióneala Coapaa-<a-ai5orCa.lltils Ce. do a-'íta-a-aa-ia-oitns 5¡a-a-ia-islie-a-4a a-a;La-drid5 callo s-íjtnlt. aaha-a Pa-Stcrrta-tacOtO y en ía roía-cites Co a-ccionittae da a FiCtaquo a-ca fa-cta-a 13 a-So dia-leabre do 19 63e 0.0 a-e-da-ida por 01 Sa-a-rotario elel Ca-ea-soja a-Jo .4dninia-tracitsl do 1.5 e a-i~aIle-ita505 ir.ca-OtsOCoJlIae asia-isa-a-e al tora-cia-ea-a-CO a-re pa-día-ato ajo taecripa-ita aa-a a-a-a Za-prona Pa-ria-e-lfa-tica~ veesaapa-taco laS~Aa pnx:CL'eI0fl, a-a-zatitular do Ls-e e citadas 505 accia-na-fia icoerArada-saca-zál puadaa-a-: la por sana o para-aa-a-ae ca-ña-nos e-licUas aa-cia-aa-a han sido trassaitislaoa-
eflobortaa-a coa,a-cisa-esciae cao ~pre0a Pa-ria-dlOtíC prosa-atar da-ca-ara-entaci&5 Xa-ela-aciosite esatoditativa a-Aol dattno da-daa la-a- al'JIidnc 505 a-caieesa-t~ a-as caa-Saa-toe, acto do trc,a-SZiCiCalaaSa-ctuseiO a-a ra-la-cites a-Ola -la-a- a-ita- ahí ~a- Con ra-otea-ato a la sla-clara-a-±¿51 Co:ta-ila-dil ls-St alla-na-ma-aa-Sa-e-aa-les ls-A :a-Osfiteí IhA. a-
5
a-ls roía-cites
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ata-tan a-edFoa-da-aa-ca-oaa-
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la-e a-a-día-e
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a-o ma-nia-
La-a-t6 clua- dichaplan Ahlaanciscro os ca-a-sa-res-anA en ~leare curca-o rina-aa-iota-a con que cuenta para a-a-a- nasal doaa-a-a.aava-lviea-ionto· cl proa-ñacapital social, et&Jitoer ba-ncaria-acr6ditoa lainota-ca-rico yloo ma-rosas e-La-Jo se a-btia-non par publicidad y venta <leí pa-ri&A±a-a-, ant a-ono la OOL¶5a-asacI¿ pa-pa-la Do ¿sta-a a-Anaiesva-a-ooi¿n de calaeSa-tor ea-floral r'a-a-o cZ ve para easíifa-ata-r es la .Adntnia-tra-cis&as la-Iblica cuAles za-a tAn la-aLisa-ata-a- de fSaa-aa-a-ciaai6na aa-a-so a-oua-nrA sa-a trapa-a-a-e-aa-eorie)dLa-tisa-a a-es el ca-a-a-o, por etapa-anotoado a-¡a-aO no a-esa a-u Lia-ioatoo leso a-a-abita-salcs gajo a-a-na-tita-zyoa ol aa-resal a-a-pa-ra ta LJ.neancia-ro alo toda Ca-proa-a leoriod<otia-ca le-e da-a-ir, a-l cespítel a-ocie-a-l, la-ain~rosa-apor publicidad y la vasa-ta aCol ptariddia-e. 1os 1a vcuta a-Da
a-cuerda- con
la-e da-a-a-a-canten que
obra-a-a- ala-, jata
Za!.
rocci¿si Ca-floral daPrnea-a-ae apa-roce ouLiciesitclaa-ntaacree Citada la ia-a-ta-naonciíSes da laCa-apa-Ala flora-aa-a-vil o'eoenisaa-: da SaeXI líO l're-ea-:¿I.scIoH (sc1, ca-no tina-a-a-a-isa-ra a-a-al laico titular dalas a-a-cia-a-os e-le oea-a t)sprosa ¡'a-tia-dtaticas teara-la-a-iSes ca-si a-ato a-sa-anta-, no consta a-a a-í DaCia-vraCa1.> proae-a-s ta-riodíaticas el coní,oaio aa-o Xízsancíac±Sa ele fa-aa ca-sa 29 do a-a-ptia-mbre de 2954e a-a-sa-eritaesa-te ¡'-~CtS y OS, ra-a-pa-a-te a las c~na-a-sieSeado 'a-a-aa-a-re~etona- dé lPeOOOet¿WCtalea-s acta-Se lo cuatí a-a usa -principio, ra-a-a-do aupenor la a-a-ea-li' ciba-aCa- un Cta-vaa-sa-esa-ial esa -era-Sa-a-a -a a-a-rae it Ldainiatsraa-t¿z y el a-reiblia-o a-a ea-aa-tal conozcan a-ea toda exactitud la-a pa-a-Ulla-aa-ondiciasa-a-nientoatínyíneioroo a-unada algeAn ovada-, inciden a-obre a-a-o. Popatesa Ia-e-aríedtsvia-a e5l~aLa pta-a-aa-a-a-ii o tnta-rva-nei5a ele la 6oa-e-a-n¿s-ía ado
>a-a-ra-ajrtil Ca-nominada a-Ale-' en la Sa-cta-dad l'AISDS, a-inico a-a-acia-ata-ti do '2l.a-as-'lIDaaLda-lO ia-s ls-.a -a-a-a-a-Ita- Sa-eNeaPara-a-O e-a-aa-tantay e-.a-ntisa-a-ua-, a-ea-aTila lea -Catos daa-va-atía-eso coca-aa-misa-ato astaa-ira-a-ciAn Ca-a-eral alala-ra-ea-aa. csta do a-era -fa-a-la-a15 da ceptioa-~O da¶965, 315, a-a-síacr~biA 450 acciones Ca¡'Aa-a-Se avra-da-, ~a-lpa-racor, daaa-incapa-a-a-onz. irs-terpa-s-a-a-ta-s; cira-una-tona-ta ala-a-a a-roe no e desconocía cl Presidentaea-al Cosita-jo da la-jainio tracia-anaCo a-a-a la-a-pra-Oc jaeria-aaíea-t±cas eres ra-la-a-iba -a-en a-a-te pa-antainteresa la ,a-s-a-rta-citeado
a-So La daasse-a-cnt~cis-6ss acreditativaea-o día-a--a s-ta-s-,oritaa-iteaa-Aaaa-cine-a-oeaaí a-s.s-jeto daccsa-e-e 1a-a-bar la identidad ea-o los ates e-s-a-aira-nta-s y la na-aaa-r.a-ciíiaea-ala-a acciones ea-aa-crista-a, ta-e-L aa-o 5.5 cuantías acc1onos
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leí/leí
5a-=C.se 1 1'a-t ra-laciaSa con el paStraSeo a-sta-ea-e-lenta-1 a-att el la-oca-a-o daguaa-oc Aa-cía-a 20 ale aayo a-ja1966, a-sa-Z ca-ea-aae,a-aa-isriS 9í000 aa-cia-nno do ¡'Aa-Zaaltaanta-a5 ca-es fa-cia-aZ9 do nbril Co ·9 65I ta-eilafe aa-a-a-cristo a-aa 5~a-praa-a ra-ríc.sfla-atía-a-a~aadLtamas tardo al Cena-ojo <:4 Ademia-~a-tra-a-i6e-s do ?Aa-SS a-ca-za-rda a-esta-riza-r ía venta Cu la la-artic'$raa-¿¿í ea-aSA? Oes FACa-a-Sa -' a-Litera-a. a a-a-ta a-e-eirocai&aCa-aa-tal de Prensa elia-aper penen de le-aa-Icca-ra-enta-a-tdn acra-dista-tisva ea-ala epírneisaSes de va-ata y da-a-tija-o alo la-o cita-sino 9.000 accionas a-laFA ca-e-Sí essL ceno u relativa a pa-sUlla-a lza-diZia-aee-ianoaen la tit'ularidad aa-e a-liabas accionas.
'7a-aa-
Do igual
formea-
>'
a- la-a a-fa-cta-a-
a-lo a-oDia-roba
cita se-a-jo a-sta Otra-a-eiSa Ca-aa-rol dafresa-n-a osuno a-sa-rut acates, era-ls-art ea-a la-a-rara-ca a-ceanpa-'u1a-r los Ca-aa-ssa-sntca- a-aacta-ditltivOS e-at La salsa-ripci&a y pa-atortoras a-jabíes a-JO tistas-larida-dí en a-u ca-sa-aCo las a-a-cienos 2.001 a ea 11.648, prosodentoado la ana-slia-a-oiSsi do capital acerd 1 e-la -a-josa PACte-aea-earecUa ad do Lebreraalaipd2a-
1539,aCosaLea-la-a4 do abril de 1967, ea-a a-~¡aroaa Iacria-dtstica eca-ortS, entralos da-a-una-ata-apreceptivos paraa-a-licitar sa-a inocrsa-sci¿n en el ¡Segistrado J~a-a-roasa-aPa-ria-d~e-a-ticaa, unara-la-eiSa doa-Oa-iosii$tal do la--Sociedad ¡'ACj~S (fa-cía-a-da a-es 23 ea-a ma-rza- da1967), en lasa--a-aael Sr. a-aleto Sorer~ tea-ida-a-te dcl. Ca-naejo alt a-ls-a-Ini. ja-istraciAn do a-}a-s-$fllIfl, a-tIja-Za00 LA vGa-loe-aa-.A. '~ Li a-saba ca-no titular do 200 aa-a-ja-sa-os5 Sises ea-be-a-re-e-eaa-a-reca-ado que por a-sa Doa-a-rea-a so la-a-ca-ji las a-leea-cisona-0 a-perca-2. anarcíopoa-to a la circa-lnzt.'a-sscisadahita-aa-ra-aocultadaa -la .Nclra-issiatrca-ai 6n, ca la citada fa-elsa1 al da-vaa-a-a4a-ae al Sa-e, calve Serrar, -a-ea-~5ace-o la-a 200 ea-a-la-neo citadaa-a-a fa-ca-ea-a anterior do 26 sAe día-tenUe, daigGd< he-aa-mb. aa-usa-rita525000 aa-cia-nos do ?.¡C~Ss a-erced aun ardajitaa-toreadapor el flanco Dura-pa-o sa-e ?la-00d.os a-loo, a-saLea- cli. posterior, a-sa-aniS laentidad ala-nomina-da- SAZ. a-9a-íatearol-seiSes a-en el e~vra-a-o a-a-a-torlsr5jata-re -a-a a anta raira-a-a-i¿oc General de Ps-ana-a e-atas ca-a~proa-aa-loriedbtisca aporto la doca-ana-at.-a-aiSoc ca-ncca-nice-ito tanavaala a-encooiAa al SrsCalvo Sa-ron del a-taitadaaíd~ooo.ooaalaa-ososa-a cocaloo relativos a-A. a-sta-da- da
aza-orsizaci.tSn en que
a-a- caca-a-cesfra el
citado ce--aSCUa-e
'lOa-aaAl a-bja-te do ca-a-ra-robar la a-za-a-titead Caloedates sa-ua ca-ns-tan en el flocistro daflDpraa-a-O taj-ja-dIna
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Heja-N.'a-.J..
tía-ea-e iatoraoa a a-sta Pireca-i¿saGota-oral de Dra-aa-a e-¡a-a-o a-e ú¡a-ent. -la doo-a-a-aont;ea-ita sa-oroditatisva ca-o la auca-nipacita aauca-a-iva-aa-cabía-a ce-o tita-alarida-d do la-aaa-cia-aanec dé l'AC2S aa-a-. 1a-aGJd9 a 25e59 8s e-'ja-ba-ai.a-a-la-s-oiva5e-a-a-e-( 600res 47.599 · hOSCa-O.
ca-aa- la-a-
aa-cienos si
~a-5aa- tas
la- que
rosa-sa-cta
a
loe autos
aa-a- itia-
a-ra- dijs 4a-riaa-e-a- mayor cuantía soguide por les ¡sorne-anos a-a-to ra-aas-errataVrquiza y otra-aca-edn Don la-la-ja- Va-ile, aa-a Pa-tael calve Sa-ron y ¡'Aa-Da-, oonasiicntas a laaaa-cia-aeses CO ¡'ACZS nOs. 15e599 a 47s5%ae-a-jabeo taela-aoiva5 d'abeni alocar a-sa tea-prosa Poriodiotioa a-a-sa-reto a-a-tino ea-eava-ata-ato aa-u dora-a-haa-ma-ra justificar yea-r ea-a-so eso a-o caa-ue-sia-t el Pocistrado Ilmira-sas Pario'JLa-tia-a-a lacta-ea toada data-l circunstancia-y 1. dea-isiSes juelta-jal de aa-a-a-peador leada-ra-a-Lea-a pa-lít~a-oa-5 e-sa-ti cenalos eje tza-na nisides y cdqa-e-ia-tcitSn daleacitadas aa-a-fa-eses.
e¶apa-aPor otra ¡marta-, y a-a-óa dates qus obran eraesto 0a-eestrafina-att-va-e a-o flena constancia de la a-nttoad-a a-ns la Socia-a-izad ¡'Aa-le-ade perea-rnaintcrraaastaa1que oa-tcjsta-n una tita-alaridad a-talado, ca-no na-cia-niota-t por laqa-japrecedo a-ea-se esa tea-prosa l'erioa-Iíotia-a lernea-jo las a-locaciones a-portijia-aa- al reala-a-oto,
131eaZa ra-la-a-iSa con la-asiete avoasdIse daaa-a-ka aa-atOra-a-da-apor el Sa-z, a-ala-o Sa-rosa5 el perecer ea el -nos de enero a-a-o 19 67e Isa-tora-sa · a-oto Centro e-jira-atiNe día-pa-sien daa-tpia a-seta-rizada a--o la-areía-ma-a5
ea-4e5aA leaa-Loa-tos da a-a-s,probsa-r la ¡sea-italo incisada-rs-Oía f 1si-sna-iLera Ca la Sociedad 5s-ea-F ca-si rOopa-ctaa 'e--lA na-irTa. isIs-a-fíO ¿5 LA ¿e-ea-ca 5 SeAí' atrav¿aa-le ¡'s-WZS1 <ia-5et rl úca-a-paala-r ea-a Zara-prosa Periodística toatinenio fa-ha-acia-e-staa-obrala-e para-ente iea-ta-era-ntca- del Oona-oje Ce .rC ea-iai.straeita alo SAI' desde a-eaceaa-atítea-ciSaa-a fa-brera-~~ .2962 hasta la tocha-a a-SI a-a-la-o ra-I.aci&'aa-a-a-ra-ia-e-a-l de aa-cte niet.'as ele día-la-a Sa-cia-da-d ca-si índjca-a-i 3n del a-a-6aísraCaaaa-ateneO Ce ca-da uno durante el periodo datía-a-paaa-Za-a-a-de.
~l5a-íaA les citadaata-atoe ca oa-nprob-eiSn, y a A ala- día-poner Co coda-o len a-la-e--a-a-asta-a dadoca-za-a-as-aa-Ita a-e-caa-a-sa-ría-aa-si rela-ciSa a-en la-aa-txeca-.sze.a-ta-la-a-ia-a e~a-as so ra-aa, e-a-a-a ces la-a -aa-a-a-rta-des anta-riera-a 1 Cobre-A alertar a-zaproa-a PerieCia-tica ea-Tía tzsa-ta-rintda del Patada..irbitral. Co Vqu±Cada-toreadaesa -a-oar±ta-a-ra ea-afa-a-la-a 2 Ce junio eC 1971 aa-stacl notario sa-el Calecía ea-alla-Crid isa-es Za-a-ríe-a-e 50 cn
a- a-
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ese/ese
0a-a-Arnaa-a y Cre-sss, a-st caso la-aescrita-, CO a-la-ea-cia-asad (o ta-atia-oza-taCa-bacía-ra-te da la-ae-mía-a-a-ea-) isrOsa-la-teCca a-ate el arbitro por toda-alas va-jata-acenja-ca-ra-a-ioastaS ca e tendía-nade Laudos ea-Sor ca-aa-a-ta-ja-aciroa-a-za-ata-a-a-aÑa-e apuntada-O en 105 larnrs-f os proa-oCa-sa-to., !a-mdtona1's aenatita-a-ir a-lcsa-ra-a- de la-a a-upua-ote. que el artículo 29 do larica-sito Ley alo ¡'ron ea o Za--a-pronta-, aa-a-sida-ra cono causa alo a-anca-la-cita datana-ría-sa-ita a-a aL iseetatro de l~¶a-rsa-aa Va-rioCta-tía-a-o, ca-es a-cta La-chay' en nirta-ad del proa-a-ataa-aa-rita-. a-ata ¿areca-Un Gencral ra-quia-raaa-a-a tea-proa-, l~a-rioa-21ttia-a 1s-WPXfl flI.sa-lIO ~e IsA NOGa-Ifle S.A. para a-a-a-a-aen cl isla a-aotztne dadios cAlase contados a-loa-da el ata a-±'pa-icnto a lafa-cha do notifio,aa-iSa-a-, y al a-a-e-a-a-ro de lo ca-te-da-loa daa-a el asada-a-a-lo 91 do la Ley Co Pra-ca-dialonfo ta-aje-a-Lea-i rna-titee, na-nil'iosté l.'a-5 ala-a-a-aa-iea-es ea-a-s a-aa-sine a-pa-rta-a-acta-O 5 a-li ra-la-a-ita a-ea los ha-a-ho. cxpraeaa-ioa.
a-aieaGua-rdae Id. oua-bes a-a-a-a-sa Pl la-ira-a-teja nona-anl do ¡arena-al (n.rnado y rubn±cada-~ e u
í a-ijEStzLTAe-;ra0a%aaa-ss esa-rito a-lafa-cta-a 5 da a-savia-a-abre do a-971,. Pa-aSa-fra-da-: Sa-nra-a Urqa-siza, en ja-a-cUz-apr pío y de otra-O aca-toasta-tas de la Sa-cta-atad FA0501 se-e-a-sta- ra-sn-A
e
la
Pura-a-a-iSa
Ga-noral da- Prense
lo a-ieuie.ízatoa-
'teca-aa-eaSr.s fleo Salvador Sorrat.tzrquizae a-a-Lcr al a-da-d, a-en da-ra-icilio a-st Madrid. ¡lía-sa de Ja-a-a-a-bon a-a-rLo aa5 2, a-zaca-a -propio ra-a-cabro y ca leado Da-as Ja-aS lea-a-a-ciacobra-ja y floraValentía GutiArra-sala-sarAsa-, a-al cono a-as cl de fa-en ls-oíaValeraflora-eje, accisezsísta-atoda-aelles a-le ial Sa-cta-alad La-Aa-LS, pta-isietza-tta a-jala mapra-sa Poria-e-0e-.ttaa '¡-ladrid. a-La-rio de la Z1ocba-a-~ de a-ata ca-pi-alaa-a-staVíl cenpara-co y ca-me mejor proa-a-da alices
·a-. 5aOuaDon La-jis Valoro flama-jo ca-a Loche-aJO daoeptieza-bre <Sa¶965, no diriGí 6 ea-I. urCa-es vraila-sa-itrado Xe-sfa-ra-a-ctSfl y Turia-no sAásidolacuenta do la inci0cna-cia cusacisila a-ss el a--o do la a-ia-a-a-oIna-dá coejia-ióes CaPrea del a-La-ríaa-ia-e-<fls-'flDaa-pa-ata-a-~La esa-do a-e- t~a-n a un. requ ríaicate notarial La-re-a-aladapor los a-a-a-a-ca-a-Za-a-ia-ee<a-t aa-La-oes a-a-La-al a-aleto Sa-ron 1 a-a-a-ritaal. a-a-ue a-o asca-a-isa-Ab el a e-eludido nee-aaa-a-nira-ia-nto y a-e-a-a-e pesa a-i la-uD~era sa-4'rido ce-a-. rna-víaa-ja -OSO fle¡ea,a-t~oz5tO a-e a-a-a-a-p¿a-íj5 al prea-ontaCOZdoca-a-mantana1.
125.., Que aa-ss ra-cIa-a 28 Co 'aptieza-bre de 19665 Da-es a-
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leí/leí
tesis a-'-aa-re Da-rna-jo, so diri~iS el te-a-a-se. Sra. 2Jie-a-iste-a-o ade mngo?a-atita y Sa-a-rito a-sor oea-rita-aca-aya lota-caSa-a -se neoa-sa.-a-fa-e-s, a-a-a-rito qa-so ea-aa-tina-os La-aa-ra inca-ra-a-o.. .'a-do ¡'a-l eses poesía-nao dalaDa-r~toSa liza-a-a-a-sidaDiario da-a -la- je-ía-<:a50a-, a-a-cs;. el que a-e aa-licitab, so a-a-isa-ja-ra ca-nata-ja a-as el Peezziotraade a-ztreprca-a-o tarta-da-tía-aaalos a-loa-tos ea-a-orta-a-na-ala a-la-anoca-ea-iSa do ca-a-ría-a-a-aa p5-arael ¡ma-ataa-a-aa-ira-a-ter del ra-e '-e risa-dice a La-vo: se-o Pca Sa-a-Ls a Calvo Sara-sa y a-a-a-a-ala aSdSiaaia-tza-a-i¿-a adoptera a). a-Loa-%ú 1:5 ra-sela-sa-tonca opert-usa-zeCa-pi. Caa-ato ea-anita no acenpa-~acono da-a-a-a-aa-ata- neja-ta-re 2.
67a- al.
N1 e e-a-La-e
esa-
535,., Que a-a-a Lea-Isa12 daabril a-se 29 a-jaibay les aceflorce tsa-oba-r y Ga-ettSrroz Da-zráa día-roes -cua-nta por a-a-a-rite a ea-a>linia-ta-ríado las cira-a-a-nsta-ssa-i aa-uacesicurria-ra -a-sa- la De-proc. editora Gol Ieeritdico se-Leíaaíllos, circusssta-acia-s ca-no la obliea-baa-i a iaúeia-' las earrosa--soa-a-dIa-nta-s necia-aa-acivIles pos la-o irraca-sla-rielaslcz a-os,ctida-a ra-e01 Ca-a-sa-Jade ja-dha-iaistraci¿as do FAGa-e-aca a-entra do nuca-tres vetes, a-ea la a-usa-nipa-iSa de accioneesa-e a-a-t4 ea-a-pa-Asia- por Lea-a -Pafa-a-lCa-An.eLe Sosaer. se-sa Se-isa-Srta-rio ca-it Loca-sn 19 do abril aa-a-as¿ ra-a-ibadaa-a-a-a-astro ea-e a-ritay anuas.a-iS tenor en a--ocas-a-a oua-o~aa ia-a-Xa-ra-scia-aa-a a-it al c.e-s'a-dia-a-to día -isa-a-a-ría-a-a-iSa- dala ra-ossa-ioea-.a-aa-aIta-era-e a-a ea-a-a-aa la sa-aSas a-e estaba traa-sita-a-a-da-y pisCiS doaitpa-tra-nos a-sra-a pa-ra-ana antro la-afia-'snta-s pa-ra e-sa-a-o en e--u apropiaaa-ma-a-ro y ¿alos ra-ata-ates a-a-apa-recia-ra a-oc día-isaa-xaxedIo-sto jaSiam 510 Ca-Ze-a-la-ta-r' ea su ca-SO Ces-anta-a La-Ser nacía-aa-aostia-e-a-Arana-a:a-a-scaa-nicnta-a-s 09
a-Al oea-rl te ce-sta-ría-sa se alíA ca-ata-a- tncd,ss ca-a Ca-ca-m a-adataso de5i~cdo e sa-i a-maraeas cenara-presa-aa-sa-naa-a a-ra-spe ele fíe-e-santos. a-o sa-ca-a-pa-ea-iAaa-alas fatocosa-iao corras Tia-adianta-el a-roe-so docaa-aa-a-ntoa sit 2, 3 y 4. e4;a-. a-e-en I'ca-bsa22 (50 abril el que nuca-ribay a-a-ir sa-cia-a -rtaeaCe-vCaraa- aa-aCe s;!.zdride Issterpua-ina-a la case-: pondia-ataea-zas-a-a-a-a-Aa ca-sa-to el aa-Za-te-edO daLla-drid a-a sa-Mee-: Caque a-o a-nula-ra la -a-na-a-rie-ea-iSss daI&,COO.O0O Capesa tao a-a aa-cincadala Sa-cieded ?a-\CZS a-probrraSa a-mor a-a-aa-eje Ca,a-Cza-lraistrecíAaa-.ces-a-a-talca-za-do le, Ca-ra-a-Ja-os Ca1 aa-a-ies-uia-tna fa-na-dadores tita-orponadea a la a-a-a-cia-si a-a -e-a-te-¶ al a1000. es-). amia-no tica-~se aa-lía-site-sra-a-a ca-caca-eliCa tela-r la pra-Sa-ibIci¿a -do laos-~sa.ja-sccieSa ca-aInas e-ma-cica-e-ceeera lití;e-iaa-, la netifia-nci(e-a nl a-e-00±a-tra ea-aEa-a-a-resmartoa-5{sticaa Col DIza-iatcn$o datafcrzeaciLay V,Ia-rre ala a-cc¡sre-aa-it por cl Suase-sCaCo día-a-a-a coCida cauta-Se-sa-
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¶eJ ta-isea- a-se/a-ea
La medida-, ea-a-ates-lar do proia-ibia-idsi alaa-e-a-a-ja-esa-ciAn daa-a-cienos ita-aacorda-da- por cl JuzCa-do ata e¶a-a-o la-os ca-rs te de canoraLa-hacia-Ate a-acooa-jnic:a-ra aa-a-o IWa-±a-toria-a- a-e-e-ja -a-u día Pa-zaLuíaValore Da-ra-a-ojo, ea-trace 5 al Paca Se-r. Da-e-a -lIa-a-va-sa-1.traZa Iriba-arasa, tita-.a-lar de a-atale-epa-Sta-ra-a-ato, ca-TíaCalada-ca-Sa-da proa-a-ata-da.
a-po 5., Ca-zaLea-ha 14 daaa-yado 1970, nuestraproa-u. re-a-der cia-to la-aLa-iba-malos aolicitS del Juosa -de ¡'rina-ra e Instancia nl ¶5, al eeuo a-arroa-pa-ndia el juicio Co mayor a-uas-st~a -proa-a-vidapor aoaotxoa-1 la a-e-la-pa-ida dala sua-ae isa-naUes dala-ada-raca-sea políticos dala-a accionas inCa-br a-Sca-a-ata a-una-ritas por tecala-a-La-oI Ca-lete Sa-ror, ante el a-: aa-cínica-ss-a-ae--d;a-:iridO daaa-teaGraves oes la adoinistra-es.. del pee-r itedico y roitora-daa aa-tuncioa-a-a-5 a-es lao?ta-nta-a-iG:polLtia-aCcl cisne Qa-saa-me-a-a-a-taebliGrídO a la Áda-ia-síotraaa-iSa-a-, a I.a adOpCieSli de ea-ncta-neo ~aVO5s Por auto daioa-cha It Ce junio do 1970, caacuerdan la-acedida-O a-a-cta-a--lara-aaa-lía-ita-daS y a-entra ea-te a-cuerdo a-e prasa-n~ ra-aa-ursadaapelación a-nte la Audiencia Provincial da- ¡la-dr ca-a-yavista ¡a-a a-ide ocie-ala-da para el ra-bia-o Cta 12 daa 1vide-balI. So aca-asa-a-a3acene da-cuasIa-te aa5 a-a-pía del a-sa-i judicial dacuspa-ita-idas de la-aca-enea-isa-apolítica-se
Pca-aSí la-aa-ada26 daecta-ebro do a-9?1í hora-a-atea-a-id coaecia-iantO do que la Pisa-ca-iSa Ca-ea-oral de ¡arenan. da-apendía-astaa-Saa-sta ¡e-taa-ísterioe Ja-nabiertaa-anaiaa-vcoha-ice-sc dijaicida a a-a-clara-a-a-sa da-ta-ra-a-la-sades aa-pactes se-es la citul rita-sl de aa-a-la-esos sa-o le-aflntieie-aa-l sa-ra-tsia-ta-ria a-lot 5OtariaJulacIrida a-si rela-cUaaca-a el articule 29 dala La-y do la-ra-ea-a.
a-Ata-te lara-InciSa a-lala-a-a-la-a-anata-ría-rna-atO a-xpua-sta-5 el ra-ce cura-riba-, cnta-ndijrSío a-no el ca-creedionto íe-a-ioiaCCe al que a-ara-fía-ro cl a-mana-to dítirso de la oe-e-e-ma-sia-iSla -¡ma-s-ee-C a-a-a-nr ha-aten aa-na-a-CienOS a-Vn eatenO ra-pa-tcUtinia-at a-a le-ea-ra-a-la-es ca-eaaa-acorresponda-es cara-e aa-cia-asistan tnda-dera-: Co ráa-.e-s aaue a-sa-ea neja-otra ¡a-a-sta-ida ma-yoritaria-, a-a-aatea-la-e aocia-t, ruines hacacina-aasilos oliniflssCOaa-eala a-a-inistrncióli dalaSocia-dad ¡asCLa-, pra-e-a-lotnXia- de a-¡s-ii le a-Tizo neo atribuyo a-es asa-nttsla ita-a-sta-o jurídico ía-. ca-sa-a a-ida, se-e imarte te-sta-ra-aa-da' a-acl capa-diento a-e-tao 50 a-ra-e.sr.acias, por lo a-ya -a-a-esfera-o al e-a-partadO b> del artículo e-sí de la Lcy a-lalereca-dinicnte As~sieeiotXa-tiVe Co a-? a-la¿ulede 1955, cía -ra-le-a-ita can cl nrtlca-elo 79 Ce las cia-ca ls-ce01 artia-a-Sla- 91 se-el mía-me a-ca-tpo l03a-lara-aleot's-a-Oa-a5a-C15taa-lecza-zteSesua-Sta-7O Ca-raca-saa 5-a-teae-aaflame-e non'g ea-, 4 1- eíeoaeeaa-a-cea-a-a-
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44
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TUCa-a-Ma- sa-e/a-el
ele, roelae-e-e-proa-ael ox-ría-la-ate a'ae-o nos zafos tas y a-o ra-cia-aa-za -por laira-a-cita--a -La-za-ra). oe ¿a-za-se-zaLasa zata-zane-sienta-a 5 que, teniendo a íes via-ta día-a-aa-aca-pcdioa-a-tca-, pa-Ca-a-os Ce-aducir a-a-a -da-fa-Aa-a a-e-o nuantrea a-¡era-a-la-os aLata-reseala-a-Mal aa-se
'ue-aera-cia que a-aa-sara ala-a-za-Za-r do las raca-boa-idaJaso tia-in de Va-Da- ~ a-sea--a -Laica-a ~'a-sa-;daDía-aza-ta-a-la-a-aaSia-a-e Esadrid do na-via-abra- Ca1971, (tira-aile-a-5i151a-)eaZxaa-a-a-.s-r5~a. tía-a-ro daIa-a-farua-aiC-as y Sa-sria-na-o. ¡tadrrjaj 5.
¡a-:$VLzt:DOs ea-a-o
ca-a fra-la-aS
aa-e na-fla-a-a,bra
do l9?l~
a- la a-ira-a-a-it-aCa-.-a-a-ral eSa Prona-a-, coatea-tó al anterior ea-acrita-consla-i5sianto a-fictos anforidr
1aZa relación
ea-e-a- a-a-a-
ca-a-rito del
pa-a-ada- día-
).a
-ra-la-a- tía-aal a-~--~a-dja-atase-o a-a-aa-mra-baa-ÁsSzs a-LO da-tos que a-o ie-a-aa-atra-s-yo a-a a-a-ta Uie-'oaa-i&'a- General do Prona-a en ra-inciSa caa-ealama-a-nra-Un en el Ja-a-tic tre do la-a-pra-a-aa- ¡aa-rda-cHa-ti a-a-a -do ha-ra-De-IDi 1 aleja-lo st L,za e-e-a-e-e-ID. SeA. 'alo e-oía-a-lo ee'ma1-a-a -ra-aIe-uzacia-:a-aa -Ce laatda-aia-a-iat:aeióa a-e ea-tía-ada-ja-1 do a-aa-cuerdaa-a-es lo día-pa-cato oes la Ley daProa-a-a o Lee-psa-a-ta-s ¡a ca-e-a-crOta-ra-a-a-a-to a-a a-u sertia-sa-la- 29. cosi la puta-sae-a-a que a--a Ca-sita le-aisittalaridad a-lala rta-,'a-re-Lpa-its ra-zisstra-15 a Caravea -Ce ia -cual dabad-ca-ta-a-a-ra-o la -a-pa-srta-aa-a a-a-ceaarca-a-aa-ia y las aloe-e--aa-iste-<a-i e-a-o a-a~ntl'sap--rtSaa-rtasaa-a florece-mo. Yaa-beta-Ata-, vía-te lapee-tía-ita-a -Que i'a-rtula-a -a-a-a -a-u a-a-a-ritaal a-a-ampare Co lo a-Sia-za'4a-a-te vn cl articulo 2) a-Jo la te-y de Pra-a-aea-e-ie-aia-ua-to s-a-aa-:smia-a-ra-a-ivo, pa-Crías cosme-ultar la-ada-Ceo -a-a-sao caa-tia-e-ee-s aa-nvce-a-icittes ea-ael. i¡a-¿ta-tro Caa-ra-proa-a-a-o iaa-a-aría-Cia-a-tía-a-a-, aa-acomo fa-ra-a-na-a-e la-a-e a-loa--acieaoo ea-ala-Sa-Ca dazaca-ada-ra-cía-o ana-en se-aa-a-no a-edicto lacorra-a-pene-lía-ate aa-a-a-:ua-ióa a-aa -cl erpa-Cionte darctorcs-ea-ís-m.a Día-aCa-e-ardo a Vd. fue¡sa-ara-a-a-ea-Sí a-ira-ator a-ces-a-tal da¡Va-aa-a-a (Cirrzz. ¿e y ra-tana-ada-) ía-. Sr. a-Sa-a Salva-ae-ea-, a-errata Vrs¡a-a-izsz.ea-Síla-ara do pule-Sr ca-rSe sil 2~a¡la-sa-fida-. 01
-TiUSs-.1s-e-'Ae-e-flO: e-e-a-eaa-a-aCa-ea-sa-a -4 o za-a-vica-aa-ImraCe 1971,cel j 1rea-idcamtate-ala Socia-dad F 55Ca-e-$. prosa-a-tU natalax±ra-a-aciósaGes-a-eral- alía -Pa--ana-a a-ns esa-rita-cuya traesa-a-ripa-ióa ca la a-íeuica-ita:
a-Tina-. Sr.: ¡¡a lía-a-e-a-do a-aca-saeciciento dala Sa-cia-aSad a-'CI--'í'O 2 .'CTra-D54D¿S G 10LA2¶LZZ, :a-O:e-C-¡Ia-.a-a- Y ÑO CI>$Le-S 5;ea-La-e '.e-5t). cuya rcra-tuescerta-a-ta-aaa-ata-ra-a-la-a-, el ¡Vr esa-a-o pía-sido a-sa-e Ca-ra-ojo Co -stle-e-is-a-istraa-á ¿a, se-a-la'or a1.-a -le-ira-a-el eSa-aOsaceeral ere ja-seca-a-a -y a-oes fra-a-sas 25 daa-ca-ra-ebro iii tia-.aO, a-o ¡a-a -a-Lie-a-i--ídoa-sa-rite al ?rse-a-ida-ntaele). Conzcs~a
~1 I/ÑY
aaa-FoaaeeAa-eoaa-
Y
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da Adra-inia-troa-ióes do 'Ma-fljlIfl 1 fil ja-ZaPS Lía -:e-0eflr,s,A, lía-e-a-a-Ada- a-u ata-aa-itas a-obro elívets 1-a-acira-e.ta-a-ta-a-a-a-ta-a -esa-a-e a-a-a-a-eStora-a ca-sa-atitea-ir as-Icuno e-le la-aa-espesa-ates a-sea-ael. a-ratía-a-a-la29 dala-asvira-amie La-y daJara-aa-sa-a a-a-esa-ida-ra aa-zaaa-a-a-a-a daa-e-sa-cela-eidza- do isea-cripa-ióes a-as el jless--ia-tre Ca-
5
Delarea-as 1~a-ria-eLs-tia-a-a-e -'flaca-anOta-r que, naln cu.a-ado la a-aaseelaci&s a-centenapiada so ra-Lía-ro nature-eja-Jeataa la fla-pta-aa llaerieczísa-tiaa-a-e e-a-a-se a-a -¡Ja-efle-míflaISis-a-alZO t2 Lsa:la-CJrI, AsíA, aa-eiza-icr5aaa-no talí a-aparada por la ina-eríta-a-itaaa-a-na-a-lea-bleee lasacira-una-ta-sa-a-iaS <Sena-za-ciadas en el a-a-a-rita- de laa-ira-a-a-aa-iSa Ca-aa-oral a-a-e-a-a-ia-tena-a- a-za-epa-iSa óaicaoa-ntade las a-a 15' ca-a -a-a-cIa-aa-aa-a a-ai.tia-saa-apropia-adaíap.WZZtee-uos e-i a-mía-a a-a-tenta ha-y latitula-rida-d datoda-alas ca-cia-aa-aroprca-catativaado capita-l cIaslis-~JXíZD. ISIAI:IO a-SC Lea -¡ea-a-II'5 S.s-~. 5, eacastidad distinta do Seta-,
'Asiendo aa-i, y a-a-ra-cieza-daademAn 1Je,sC:e-Saa-So la a-a-za' día-itas Co aa-Ura-a-a-e ¡ma-riedia-tisas a-TOr lo quíala-O SO Cita-e 1a-a-a-entra iría-ritaa-as el coa-res¡a-ezea-lia-nts le-ocia-trea -:ea-XCe a-o apunta-ra-a-en día-la-aescrito al etssa-traaeatis-ie jurídía eade a-ana sanción a-as laque ceasa-a-a-rrirtmzala-a a-ieuisa-a-a-toe oía-aa-ata-Se on quo to,
5a-a-Ta-aesa cenabase la ina-ba-arvancia do a-a-a'Jiaiena-ay ra-quía-ita-ainpua-se-oapor la Ley a-¶ea-ia-a-a-oato a la-e te-ra-e presas a-la-riedisea-ica-a-e e eaa-Sa-r ia-la-pa-ta-ta-latal £nobea-r-ra-a-a-cia eea-a-caAsa a-o da-a-srs do cia-rara-atadel propiaa-aa-rito., e una a-niara-saitaa-earía-día tía-a. dol u1
aa-a-za-a-caer a-obre
la Cia-la-za-. bobro sTntendemos que la-o ceta-a-aada-aa-a-atería-e y da ca-aa-o la-citas da-taa-cripcitn ozsmrea-esdao en el articulo 29 a-e-aía Ls-y se-e zara-aa-a tía-asín a-ca-o dsa-a-ota-ís-a-ada-r ca-aa-La cl isa-ea ¡a-lirsiosa-te dara-ea-a-iSiteO y ca-adicience a-lía-isla-aTer lapropia La-y a la-aa-la-prona-adefinid-a-aa-ss a-a-a articule 16 aa-a-e .e ataxia, pa-a-a bien a-vida-ata 05 por priaa-ip~o, que puedo c-.a-cela-rsalano ija-ecribiblas Pucdo 10
k
[
una copra-a-a
¡seria-da-tía-a día-tinta
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861-
1e-'a-xa a-a-a-aotras ~prcaa-ep ea-a-nde partía-ira-A en cl capita-l de la-aperiodIa-ticas a-a-y tía-a-a-mro e,uaCa-ale-a-aala na-tszrnla-a-a daSea-toda-da-ais9r .a-ca-ienea-a -laLey a-iSlaíes peno (articulo a-a-> ea-a-jaa-a-saea-cia-a-eaa-orn aoa-in-~a-ti'a-'a-a e iatrnaafcriblcs a c.a-traza-jcroa-, aoL ea-aaa-La-ss lara-ti. vidrd ¡soria-dia-tica fica-Ire aota-t-uriasa-a-ate ceatio la-a que fa-saca-cas parto dama-afina-aa-ociaba-.
a-Ka- pa-ra-a-a
a-e-cía-tira- pa-a-,
ama-te el
Peeia-tro, otro
a- da-ter a-ls iata-a--a-a'aa-±Sa, por lo que a-e ra-Ciare a Sa-a-a-aSeuSee-Sades pa-rticipes, que la asca-a-sarta pa-ra aa-saca-titea-, a-anatre=s a-ira-a-sntta-neiaa-, Y ollaa-uaqa-a-o la partíacipaciSaalma-orba latotalida-d dol ca-pital de la De-a-pro la a-a-ra-pt.-sa-sa-aCe pcriodfa-tia-naya que les La-y 550 esta-blo ce día-Circo alcuza-o qu0 110
5
~Per ello y al e-a-sta-ero del ertia-ule 23, apartadab>1 de La La-y de Tira-a-a-Cia-tonto seadniníatrati~ea-e 1r.Js-cse-&~ ~aatina ca-aya-aiea-zataa su da-ría-ho pa-ra-a-a-nra-o, avir Ca-a-sl <Se a-a-te a-sea-rita-, a-a el expedía-estadara-ta-rteacisaparaLor a-mular la-aa-a-nifesta-cionea que proa-a-Cenatratando de -a-ea-ra-erar coas ellas a- una ra-aa-la-a-iSaajua-tada a La-ya-aaSia-aa-a-a-a-rdaaV.X. oea-cia-a-aa-Pa-ea-alla-drid, 1adesaa-vs-ea-aUrade lsTi7lea(Pisana ilea-ílmlo)aa -11a2l0, SIl. ISa-a-a-e-Creaoze-a-ÉaAL ISiS PliSe-a-SSAa-.
Ia-CSULTAa-1fl0 1a -<La-a-a, ca-aCochaS do aa-viiSa-brado 1s9?l, ala Itaireca-iSaGa-noral da ¡a-sacasa aa-ntefla-l lo niCa-zicntee aAa-u55aa-ea-a-arecibo a -a-u a-ea-rite dcl pa-a-asCa ce-faJa, Tiar al e-a-a-o a-ea-Tiara-ce a1 ra-rna-ala a-lea-aa-íes-a-oca a-am rcxera-a-a-aCa-acaSes y a-oea-o Ja-ra-a-ida-sa-te del Ca-aa-aoje alaa-a-cte-a--iszaia-tra-a-*tr. ada a-Poca-a-Co ele Activiee-adeaCulta-eraleS ae-e-a-a-ea-Ña-isa-zas a--sn cí-ica-, SeA,' (Psa-le-a-a-> a-a el c:ca-aa-diea-ete de coa-e-,srsma-aac*¿it do Ca-teaa-'a-ua1 al r5'mpa-ra- de lo dispuestaen el. a-sr des-ea-ra29 de ta -La-y se-e ¡srca's-n e ¡nreree:taa aira-trae-yaces a-e-eta~a-tro Directiva ala -I~pra-a-a -Jaeriódta-iiea aee-.Ia-dr.¿a-S, al. río dala e-e-a-che, 5íaa-'. Le a-tca-tiia-ice ea-a-a-ala-a -retua--a-cieata-ade roCa-reía-ciaa-aa-atienda-it a-a-a ea-tela-a Smprea-a I tcno día- Cia-as a-ea-o titular <a-atico de lacorrs-s-a-a-tola-Cienta' isa-a--acripa-iSas ra-ristra-le y, ena-eaa-oca-aOesaia, a- a-ra--aa-¡aa-sa-eIo a la-e óre-e-sza.asoaCarisa-ir ea-a-aa-ación y ca-bierne do ía mise-e-asala tea-tota y defensa de la-e inCa-ra-a-a-ase-aa-u a-a-cia-a-za-rinacn do
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4
do c¡a-a-o, a-a-aa-sta -a-sra-iSa, es a-e-<a-lusa-ivs-a-ca-esta- la -Sa-eL ¿a-id Pie-sa-a-aa-ca-, e'ema-ta-aa-e-o laee-cpa-a-,eata-, a-statlrca-e:-S. Ga-ea-ee--t.l Ce Tira-e-toas Cis-saaa--.e-rS la :aca-.rpa-rrei¿n a las a-a- ¡e-l.5a-ezioa-a-a-aala-a-acaa-i 0ajs,a-eaí¡a-l a-ra-rito proc-ca-e-Ca-daa-e ¡ser ce-a-se. Sea-cicee-ca-d. a-izrt<5.a-La-Cote a-a-. cine-aCta-a-a-aaa-¡a-e-o Ita-se-.'a -c1'ea-e-tu.-.rla-s rlae-s--a-cicacaea-sa-aa-e--a ls-mo a-a-av ea-Aa-a-a-tas e-. za-s Ca-ra-a-Isae-sites dasa-a-se aso elia-te la a-ca-sr u poía-dtesstare-sa-ia-e-a-ióa a-aacl cXpca-jiaa-a-a-ta- inia-Lada-, ele' laicado aa-e-e-edite-sr a ea-tea -a-fa-cta-a, y a-odie--a-sta4a-a-ua-. cluntra-L-sta £elaa-cia-ra-a-1 la -rcpzesoea-ta-a-i¿as esuaea-a -Contado Yaba-cia-doC ¡'sa-ba-as ba-Ca-a -e-a--ssa-a-'do e Val, za-ese-líos a-a-a-CL >CYI'C'rQJl Cee-e-be-a-a-sL NY je-s-¡fla-'SA (a-íra-sCa- y rtlsria-cde Sr. Iaa-eca-ICa-AtaCe Ca-ea-ente se-a.tcCia-aida-da-s cuita-a-ralee (5ca-ití5a&a-a-e '/ Sa-cta-Leaa-~ ¡lasa -¡sí tkra-lue=tse-aSaína-a-a-a-a-, a-es¡tte-rJtIt-G. ea
ItVISVLTíXDQ ~a -Ita-. -el citado a-Vicie Co la I)Xra-cciLaCa-aa-raS, ¿e ¡sra-ra-a, a ¡sea-rl' dair corra-cta-za-ate Ctaría-ido a-.l a-ala-o del ¡era-a-ida-ataCcl a-a-aa-a-jo do Aa-Iflf a-a-íta-,ea-itfa-a da1-aa-Ce-SS a-' a-oe-a-siee-na-do a-a-. denia-alíaca-a-~.se. do a-a-ta 11 tta-.'a-Za'atidral, fe-o da-va-la-ItaCta-ecl Serviacío de Ca-e-ra-a-ara-a dil.e<ea-a-a-ia de Ca-a-Isa al daaa-aedos a-mro de ¶571 ca la que eala-izo a-a-nota-r a5~ ruta-ma-C¿ síes dejar a-ollas, a-Se lilaea-o Sala-ala-nc. nata-a lO's-
Ilie-SULra-'e-e-reOa-aa-a-a-e alas vista dale as-a-tener, lacta-ra-a-a-ita Ca-aa-rae-. ele Tira-así a-a-aa-:¡ia-iaCa<'ca-Isa 20 se-o a-savia-e-eUro daa-9'¿aa a-a-ra-S nueva-imanto el a-ea-sito dcl díaS te-el nioto ca-aa-, rl da-cia-dhapa-rticular se-el a¡sta-a-ida-ente del ea-aa-eje etc 5a-da-taie-e(raa-ie5e-adaPs-a-a-a-MS, a-itaen la a-oUa .ustasra-01 7, (Aras'a-a-a) a-
Jsrsa-JLSa-.-e-a-rs-im , -Ca-a-e ea a-a-a-rite daVa-elsa5 a-e-o aa-a-da-e-a-ba-c daa-57~ a-San as-a-vta-e-tía(ksa-e-a-{asScea-a-s-je'aa-e¡serte a-olla-te a-a-sra-a esa-za-lImaeSa ¿o ¡-1-a-a- ra-aras lera-sa-ata ale~.a-aja-aaa-a, a le eauo aa-a-a-e-idA a--saDirección Cena-ra: do e-a-rení a-a a-oc a-Cia-lo do Ca-a-Iba (5 Co rovieaa-ISre Caí 1971, z:rSt'LTa-'e-e-De-t,atía-e a-en <cabaIt a-Saaa-vda-asUro (.0 1971 Von Ja-a-ó Vicentaa-id aya-la-za-sca-a-aa-raa-ía-e-ca-a-ce a-e-o a-it Ca-taa-ee-dsa-oCa a-Sea-toda-A Cía-a--aS. CaIJa-a-la-ctosroa-r ea-al. tirriaeI5aSte-e-ros a-a ísree-a-a-lse-ta-S a-a-a a-ceritae-sa-stala -flia--a-a-cts-ia aaa-mí ea-e Sa-ra-ea-a-aa-el.ieita.a-Ie, al a-esa-vaso Catea-hopa-ma-a-te a-a vi a-a -Cieza-la- 23 Cala Leate-a Trea-ad~e-Aa-a-a-t 5ta-AaiaZa- tra-Cietea ee~de a-aza-re--leraa-a-a-sr a-a-a-rte aa-.te¡e-o a-; Cia-ciad a-sacl a-e-se-ea-dienta -tra-tra-sa-SCa en Cia-e-e-o Centre a-íra-a-Uva
5555/
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r.za-Ua-s-?,Jma-.a -<La-a-asi a-sa-rito cíe ra-elia 20 do aa-sale-aalaraCaaa 971e la 4.rca-a-iSaaCosiese-al cIa¡'rosa-sa a-a-lía a-itt <nra-ra-e a-a-. india-ate Iaa-iona-l a-a3ra-aa-aa-ebro lapoa-ibiliCsd, rca-a-na-ciszaia-nte y a-fa-a-teade Cia-a-ma Socia-dad civil ase-a -ra-lacióaa-a-si lea-a diapesiesia-a-a-a-aala-ca-la-aa-ebro el. r&CiZa-e--aCala Ora-a-amie-e-aci¿a-aSArCiaa-al a-a-¡sa-z'ie2aa- A dta-líaa-Va-etc 1 eaa-a-aspe-da-a-bes fuina-esa-apia do laa-a-a-rita-ra- de a-a-netita-ace-¡Sa- de día-lea a-licia da-da-
nDSULra-e-ze-ysaQa-.'aa-a-as ra-a-la-a 22 de a-a-a-Vía-a-a-bredo 1971í la Aa-a-a-a-ríaJurídica ca-el cita-date-india-ato e-va-cuS -cl día-tSe-aa a-elia-ita-do ra-aa-a-asia-a-daa-u infarto ea a-a- la-a-
sia-a-5a-ata-a- a-ea-a-lusiea-a-a-s
a-a-a -a-en a-e-u-La-tsr extra-sIndical a-Sociedad a-i--ilno caposible. la-e-eaTha-a-tealaca-aa-etita-a-a-iSas cm sa-za-a a-ntidra-d1 c-a-a-sal;a-sic.ra- que a-ea a-u da-aa-sa-ínsa-ciSa, ea-a-a-o teasca por a-a-mio te el cusaplíaicaste alo tos Cia-a-a-o a-ma--a-a-pa-a-a-eta-ara-sa la-aPa-dra-tora-a Col día-rio 1-IAJSSZP, a-as le--u Decla-ra-a-iSa y Za-a-rita-a-ra ruzsdncieAal.
2.a -a-ea-a-entidad ata-día-al, eta-ea-aa-ene titemyo aca-a-a-a-aa-a -a 1rara-a-rna-area-la-zseastar'ia-ay ea-trtutsria-ae-a-me Cese-ve-se-olla-aa -la-a la-ra-a-ea-mtea-do la La-y de a-? ea-a<'-a lara-ro a-ls.a-571 , a-a ra-cena-a-mientahabrA e-o la-a-cera-o aza-er el a-ra-se-a-ase-tasdia-al a-a-a-Pa-ta-Ata-a oías <La-a-ala e-a-ra volunta-d Co a-uaa-a-Leta-lares a-aa sulicia-ate para dar ee-'e-ictea--a-ía ci íataaetlda-d
Jea -La- a-Seca-a-lja-d Civil 5 cena-titufa-laa-a ra-a-rite: rs PCa-alía-a a-l 22 Ce octubre iSítia-sa-. re e-eua-Ce sar rae a-caecida ea-a-apera-a-aalidad jurídicay ca-pacida-d do aa-brasa a-u&iee-ia-a-ta-a a-jZStls-TÍCe-r<e-s Ouala la-rea-iCea-atiadcl acacia-e-ra-daSína-S± ea-te ca-a -e-a-era-aceo ra-a-la-aas dor<a-vie.esbra5 a-oe-a-a-cea-aa-a-a-a a-ma-r otra 'a-srta-acuare a-o a-a-a tra-aitaCaa-e-e-ped±a-zatO a&ea-'ea-no ca-le-re e-ocenocia-e-ia-era-to do día-la-aa-a-cia-dad a-Qesl e ni la-a-ya-cena-ta-snaiasa-o a-aenieta-a-eiaa-isa-dia-S aaa-4tu5 4t ra-o ss-fla-Co ea-eala-aa-atidasdea-sboea-ialcuia-jaaas-a-mala-saydcsse-s-rLa-a-r,a-t¿a-aí a-a-IvaLa-.a isiCta-adas a-es el a-rtzea-s.o 22.1 CO l.ala-sr; da17 de febrero da197¾ aya-o Isa-nra.'apor cia-a-l~ee-a-d la ra-pa-ca-a-ata-a-i6a-a-, da-Cena-a e assra-xa-oa-a-c.aea-atea-ta-:ía-s,eae aciniracienna profa-oaiosa-aloa-e sje-.o eaee-= Con <cee-sr a-e-cia-a-a-ra-Ña la-a-al dentro dalaa-straa-sxzaleí Síasdiesa--tadel e-a-aa-aaqa-a-e la aetividaeja-crrsszea-rt ucl 'ao quo
\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_\_
a-!..
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864
a- ta-:e-DO ra-a-a-aCae-ezaZeraZda-a-l con lo ise-a-rsa-a-a-a-te par ami a-eCia-ato e-Isa-cia-la-al ¿e la-ea-e-a-a, laa-ira-a-cia-a Ga-ata-ral do ¡Va-e-st, en ea-erta-o ea-a23 Co sa-e'ztesWsra, da-a-ea-A ca -dielsa Socia-CaeS a-e-e1 .s-u aa-lIcitad dc a-da-la-tSe-a- cuco ¡'a-srta a-as el o:Zísea-díe-eaa--Scea-
pa-a-.-la-Is-rx¡no 5a-a(Ita-aca-a tecla-aiS de a-avía-abray certificadaa Corra-a-a se-el a-lía 12, a-). 'sacra-alo Cca-a-'a-la-t~ov±jaAo1 ca a-a-se-.rc a-ce-a-ta-a-i~a a-e-a-ra-Cita-a-MSadcl lira-a-idea-stadel Ca-e-aa-a-jo a-le ele-e-e-e-atra-cieSa a-laa-e-5a-dr±e!, le--La-rio alal.-aMa-a-Izo, SIeta-ile ea-a-mrlisa-ee-cc el r¿ctto ele a-se-Cia-a-scta ra-a-a-vistaa-za el a-asta 91 cIala La-aa-a do 1a-rea-ee-lia-e-a-ta-s-a-ta.a-te¡ataia-trntive, a-Sa-a-tía-aa-da la-a-aa-ic'e-ia-a-asa-se alOeaeioaa-ní ca-aa-e a-atala-na-orilaca a ca-a-tir1s'a-acitca-aa-aa-a-la-a-a-;Ca cerrolaa-icSa-aa-esael a-fía-lade la-. Duz-a-a-cita-aOeca-eral de a 3rOACa-ado 2~ da a-cta-Ca-radat9fle
5Mor-a-4 /Ln 1~tncnreSc zaa-rn:a-efl~ las a-ortificaa-itadel ISa-cia-tre Cala la-roMa-da-d ZnsIea-otria-i acreditativa do que e titula-do le-a. a-ea-a-5a-ita-s.ci¿a recri&ta-o. i¡a-ah'tde IRa-vto da le. le-echa-, tíA, a±ia-usra ma-a-ritaaa-e-ael a-ita-de aa-a-cia-a-raa esa-tea laradaa-eaJa-sra-a-a-a Pa-ría-día-tía-aa(da-a-a-reate aa-e-Junto a-a-dna 'Alea--a-t Sa es¶e.ze-alea-a-. a-a laca-criturade Ca-ea-a-a 31 de a-a-a-a re do 1.1:-ea-'?, oua a-fi ta a-rAsas Irá y no la lía-a-), a-a-a-a-aeae-hes ea el ha-che naSa-,, 2 Co le roa-eia-sa-ióa, a-aOca-la-la cie-r.S~c2a-cmcc ite a-as a-aa-a apa-Ita-les 'a-a 25 y 55 dei. a-ta-t=a-a-n?a-a-nteaa-a-, ea--eCea-larcia -debie-Iconto ea-aa-rita-s y dea-oe-e-sa-a-laa-Ca-o leer Cia-vis tan pa-re-ea-arta a la-a -que opca-rta-asaa-na-o oso ha travistadalapóliza lca.tcrvaoaida por Aa-entes daa-a-sabio y a-ola-a1 la-tara-cia-aa-an~a-ra-s a-a-OCa-l al 15s-59Ejaa-gUa-aina-a-.a-aa-±a-ca-í; a-e, a:e da-ola-ra-za -auocrtta-ea-c por finale-oSrei a-oía-o Sa-reí la-aa-a-ea-jet. za-a-aa-eres e-tel 15a-599 al )l7e59¡J, a-e-sa-seaie,cla-taia.'o y doa-creimolde a-ti isva-ortaca-elia-octe tr.CtOZ* ea la Caja Cecial 1, y 32 a-Daca-aforcielad a-en laa-a-a-teria-aa-iSn ceema-odidapor la3 Geocoxal. ISe-e-trra-rdinariaaa-a-ma-la a-a-cardo tra-pa-a-rito a-as la ce diría-a-ciAr <-<ea-a-e-ael ra-a-Se-saaa-o Coja a-sa-ldo a ea-ra e-.a-tr laaua-eri¡ea-isSa 7 ¿osca-bolso a-te la-saasca-iones ralee-a-a-ra-aa-s/ a-í 4&ooa-, ra-e-a-ca-eat.a-sa-ía-o4a-va-. a-cUrA daefa-otasara-aa-a-a-toe, 31 dadia-ica-bro Cae laDS?a-e Sa-daa-ce-La-aa-a-ea-oatis-a-a-Se'.za- sin ber a-ido a-aa-a-rItas por a-ca-e-a-toea-o a-aa-Urdí de la-PA? e-Se a-a-ntS la da-a-sauz-da-aCe ¡a-en a-a-Sa-re-a Sea-ra-vaVra-ma-a-lasa- y a-trs a-a-a-o ala-Cala ra-a-a-l-a-ma-ibn caa-sm Isa-che letra-ro Sa-a-, lait-mí a-la ie-tpa-a-iblo la a-a-a-sra-la-da a-ea-a-a-nra-a-iSa do la-ara-fa-riCa-acia-nos aa-a-teadel 32 da eltcícr~ro del. a-taco a-e-so. 1: fftcrvcni
'Jiea-pa-a-te ale-e-airrecta-la-risladon o mce-e-za-e tita.a-eSa-o qa-sa-ae Ca-floral 1 sa-cena notos ca le-a -doca-renta--ea-iSa ra-late-le-aa aa P/La-ESa-, 1e-a-ní.rmd, ti -rio dala sa-a-ha-, Se/La 5, a-e-aa-use-e-elle-a-lte do la-a -ra-ra-ec,ta-s la-ca-ía-a a--a-. ra-e-a-iUCe laca-a-so le le-airte litado Cia-la-a Sociedad no psheiiSadca-eio la-pa-ti la-arae-a-pese-a-lailic¡a-da-a-doa--a-a-a-a-a--a--a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-ea--a-a-a-a-aa-a--a-'a-aa-on do aa-e/rs-r
u
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a-es,a-eeaae-ía-ea-
y
a-a-a;Sasa- rindan alaa-Aa a-itua-ci~es irra-Ga-a-ler oíaa-ata a-a-ceta-dase-ase-a-ra-a-a-, que a-sca-a-a-a del todaa a-U a-a-a-fa-la-le LI a-aa-a-<za-a-aa-a-a-a-ta-e-a-plaCa- por la La-y dafra-a-tas ni por cl a-a-aa-ra-te ra-Va-sida-ado una a-e-asia-roes Periu<jtatia-re a-era-pía dad, tea-aa tetca-.lidaa-I do a-a-e aa-a-iones, Ceta-traía-a-aacia-da-al aa-trta-. oye, por a-a-s paralise-acia-Sa isa-terna-, -a-anican a ca-Thla-a-rar easba-e-sato eafacilitar los a-aa-o' tija-a-a-a- dates, la-neo sa-ea-aa-aria- que a-ea aSeta eSítiare-, 5rAC1e-S', a quien da-a-ma insta-roo toda a-sa docueentasaci¿n,
lAle~ta-i~ne7eera-osr, a a-~j'sa-ea-a-~flaDL'sflIaa-a-a-els-a-ale-ocí-naS,/L. II aa-ase-ata-asiejo a-esa-ocicíioata dela-era-laIca-a a-a-aa-ala-e Vi.siea-a-ciarie-.alatOSa-flea-5 a-a,a-a-a-a-e-ija-. a-ene titula-asra-aes-e aa-cia-sea-apropiedad daa-SOahasa-ta el a-ca-sa-nato de dea-arra-llarto el ¡era-ca-dinionto arbitral y U aSía e-Sada-a¿e-a-eaJpa-a- de aa-cia-a-a-O. el cte 9,OOCI y el ade 5c50 a-a leaque isa-ea-e la-ea-a-a da ra-farirasea-. Lía -a-a-e-l e-a-a-a-a-e-a-na-ise, ida-era ca-sa-astapuedara-ferirse ala-aisa-a1alZa-a-das 505 a-a-cia-a-a-a-a, a-la-aa-do 6zsia-aneentalas Sa-eta-adada-a5e',iCLS y la-a-re enemadiroctaezeeasto ra-a-a-a-a-asca-aIsla- cao isa-ta-rviaa.ieata-aea a-ea a-ea-oíble a-a-a-a-sacasa-as e a-ata-uieaa-aica-tria-maosa-s p-re¡'a-rcieaar la-adates pserttaa-a-tea 1 por laqa-le Coba-acar ra-ca-a-za-rina-aa a-ates esa- oi'ca-ta-s
la-a-
Socia-da-da-e aca-onciOfladaSa-
vse-ee.eieSía Ca-serte, aLe-aa-ea-ea-te al conveníaS~.ra-P4 CZ55 de 29 sSe a-a-a-;atieznUro do í~p44, 'e-Ua-fls-51D1 a-la-be-laeaLA Ie-ee-e-!jL, 5. .tala-zaicta-era-da su a-fla-toaa-ia a-ma-Sta eu a-sa-SblicaapsiriciSa a-en e--sa-tito del arbitraje, la-si ra-la-ciSes a ta-l ca-sa-va-ada-, la-a-y ala-se la-acer us-sa seriaadaizmproa-a-iadila-lw a-a-la-racionen a fin do ra-a-altar aa-u a-a-ro ca-rsa-tar Caiaa-tra-sa-a-ntaalala-aja-ja-ta-rosa-aade la-a-a-aLuíaVa-líaVe-a-Isa-ra-sr <La-a-e, a-sor la-a -a-nona-lina que ¡'ra-adía-tas1 orjeliesla-araza-a os daea-a -a-cuita-a-liSa, Aunque a~íí~ía-a-e-a-a-a- te-iZO a-a-aLi LOZlLsa-1 Sesie~ no lo Za-sca-aa-be el Isa-a-isaIca-a-sa-tedo, a-pa-ría-a-es a-a-na La-tOZa-Titi del a-a-arcesio a-ea-o prueba daesa-ostras ala-ca-cia-aa-a-e 10
(Coca-a-a-a-asta- adjunto
1Pa-ra ja-a-etifta-aa -y aa-pera-sr la-aentra-ca ha-a-he-apor a-AY a í-.w-rS el elia7 de enero a-le la-pCI', por isa-parte de í9 01 por
100e10e-e,a-a a-edn.
-da- a).
¡'ea-eta-a- oes
cenca-pto da-
Lia-a-
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a/a-aa
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a- ale
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asa-a-a-claa-i¿n, cl Cia29 daa-cptia-a-slmre 1ds ía-1C4 5sf y Pa-a-a-SS Lira-ven cl doca-la-a-sito qa-saa--a-port,.a-oa- a-en el esa-ka-a 2. Sn '-ira-ej daa-atacorva-e-a-lo, el drupaaa-al Da-taco Va-pia-le-a-r. atra-v~eade 542', pa-sra-a-hatestera-a-aa-cada Pa-a-CtS ra-a-,, a Le-a-lta Co una adea-Ua-52a- reaCiaci&'ado ea-aa-ata-a, a-aa-a-a-ata-a-madea-de la-a-a-caa-a-pa-ría-a-e ra-anl íy/, a-ea-o ha ra-a-enea-idala proa-a-la Sifí La Sea-ja-cIad la-Crid5 ¡'ra-piedad dar1a-a-s~, a-astrosapar a-a-aparte a da-ta flaa-ieda-a-d1 de í,~dz ala-97a-, laaa-a-ntia-a-e-a-d a-la'tnD:9Jt4 y 1e-~a la-nza-a-lis 21ra-loca-a-o e-a-rsSie-~rCa-te-!ztiS a-J'.zA j-ie-SIr'sS CON Cfla-lte-ITA Y a-ra-a-SS a-aa-L'e-rZtiOS, ada-le-As dala-aa-la-rs la-,.LtCa'ra-IS la-tela-isa-TaS que eaa-ra-a-d dira-a-t-a-ra-a-te nl Va-a-dador del pa-a-a-lACia a-a-, Sr. Pujol. 255ta-aa-as a-a-o oía-ame tía-nrapS~aa-aa S.i5ae-a-a-e-e-ve-ea-Le-a-.La-:a'ISS le-a-VrCflJfl'nS se-e-Se-e-a-a-ra y aLe-tsea-4~. qVla-;Isa-z7aS da-a-tirIA Y Srfl 'sa-tinTAS a-e~a-aa-Va-ca-Ir; ti YWa-i!trt!a-5yra-cihe oda-tsAaa-a-sa VaCflleLIZVAaa-rs-a-a- llILls-a-ta-2S DL a-ac$!a-ras de ca-a-sitas-laSeciÑ. O Ja-a-, que laera-lara-eaa!tie)150e es a-laja-te aa-aunas va-rda-a-daras dea-ca-a-a-ita-íiae-a-a-i¿re a car5o de ia-u'sa-ZSa-¡a-'a-f, a-me aa a-ato. a-ra-cta-acona-tituyen psra-etiea-a-ea-taa-ssa-a Sn laa-ntida-d1 a-ma-sr a-sta-r osa-ba-aSocia-dada-aa-sajo el acontrol dala-eatuis ValíaTreta-a-raer, sa-entre a-ial aca--a-a-ísadcl a-a-ea-ea-aPepulzase Za-la-a5ola- no eshí que ls ara-a-a-ra-a-ente-a-a-ietasa-O SAla-'I a-aa -el Cura-O da-A psa-cedía-mía-ataalít~itrala a-ea-tanGí que el a-a-a-ya-a-le sí el da-a-a-aa-ente ta-áa-ia-o dala-ara-lacia-a-sn eatte las a-se-y' teay a-e-¡'rea-l¿zade laa-ata-a-raía-a-a daa-earela-a-i¿n ca-aIaviaea-ulca-a-i 5a-i axIe-ta-a-s. entrada-a a-ocia-ctadeaa-aa-a-as un jtroa-±e-laata- a-ea-te-sn. Ja-o sa-a-a-aeaa-no rci're-ead.-a-do por otro. se-ecla-eraciAn a-a-syaa-a a-a-al aa-ntido e-la(Isa-O la tita-slomidad plena do la-e, aa-cia-neo 'le de-a-? ea-a-arrea-a-eendaa-. se-apra-a-za-adel drupadel 2.-a-aa-a-aPa-lea-a-la-r a tra-ta-aAaCo a-cia Luía Va-lía-, a-u Vica-proa-ia-tea-a-te seay ea-a-aa a-ae~ztaa-a-itas Ia-la--a-sa-e con tal earAa-tcr y ano ca-aael ordie-sa-ríO ca-aprasiela-ea-taea-el -'-ra-a-naCa-ala-ciado daACalma-iotasa-cíAn ta-ta-eieo do la-aa-a-cia-da-ada-aaa-a-Anta-a-a-, a-lera-o <a-cuitada-adociSoria-aa-a-pa-a-aiea-ea5 la-assa-el e-ea-es-a-des neiea-lniatrsder aa-a-lea-ada-1. ra-a-a-eSes pa-sr la <a-a-a-e a-e-. re-ss-eterno Ca5/La-aa-ataba aa-a-a-aadita-a-do al ~a-u¡'a-ria-r a-rita-ría-adel a-raVa-lj.aTaa-aha-rna-la- ele/a-e,
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'La-a-a ca-ra-sa-cuenete-a-laele todaOrden que da a-a-Sso. le-a-a-a-a-a-aa-a-o deriva-si sen aa-.lteeasto cre-a-va-a-, Zí a-citO r$o SAra?Ce-e-S~ dcl que el la-a-a-da a-rbitral a-nítida nora-aa-a-tinaca-reí, a-ea-na-ó roca-nocale. 'a-ama-cta-ara-aa-a-a-eaa-e-Msa-la-O', incurrO en el e-a-aa-azoato del aa-ata-Cea-s.tleato y ea-. por tanto, nUlos os el típicaceastrataa-a-a-za-Sao. con iaa-tser¿SaSia-pa-rior sí asa-rsa-e-a-1 a-aa-cubiertala-sa-ja- ítrse-a-a-sla-ade nza-atocia-r'.a- y 'partíacia-a-aa-itas pra-a-a-era-ienél's-l a-sor a-Slaa-dida-a-ra-, un proa-a1 a-e no pa-a-edo tenor, a-eno al coana-a-iea- en a-a-aeatieSh a-a-a-a dura-a-ita peraa-a-za-a-n40 5s- latera-a-ada-ata-cts qamo a-Sen a-la-fa-el a-alvaSeror no ra-rau na-ta-a-a-aa-tarte sa-el Cena-a-jo de aa-e-ra-a-.aea-i.a-tra-a-cita Ce <pa-e-le-ala 1 ni te-tla-a-ca<leí Ces-aa-a-jadaidotaaia-trasci¿.aCa'flasDe-flD, flItP.I0 a-sa-eL.i NOCa-It Sa-Aa-aa-aalea$pa-a-cza~ ame la Verna-itts-e-a-ttadel ra-fcar!a-de a-e-en -seonia-. Si i'erae--.,b-a-n, a-aa-re-tía- · porte do día-sa-a-e aa-a-aa-a-ja-asa-o a-idnisiistrzaa-i6o, a-as terno a la fa-a-la-a a-lea -Lera-a-aliza-cisSa-ade Cta-aaca-ne.caiie5 catire ea-ta-lose 1íes eia-ra-aia-nta-n a-a-flora-aade ej,15a-ea-e-Sacon Att'resIe aJ*s-inea--¿a-Ia-a-lla-s, ISa-si a-Ca-cAn Ge-a-ra-ja Ja-a-Sa-U1 Vea aya-aa-a-ii Silvaf~ea-r te. rs-a-a Ja-vier a-5a-nja-za-oae Da-as a--'a-ra-ia-aZa-lada-, e-e-a-la Emilio aye-Lee-e-¿ra-a-r Ua-e-a-rte a-a ~en Ja-a-lS la-aCa-nasa-o; y da1za-slse-tIa-~ a-a-es a-ilLredo Jia-a-ta--a-eza-lllIía; a-en ja-st Ia-e-a-a-raa-io je-a-esAna-r, Ibarqa-aSadaVa-la-Icitla-.a-ee a-ta-Se 12en La-tas temía-rse a-era-a-ja-, a-Sa-a ría-ra-atine mt res !y.ebid y Da-si Jead Nicolás do Ur~-oitiaa-ra-a -a-a-a-sa-e-a-a-a, a l sas-a-sta4t del esa-rite sa-o aiba-ta
a 15a-a-sja-ilIfl zar/LISIO e-e-eLA sa-a-lIs-e-, Sa-A. ~a- debiendo -a-a-r ra-ama-za-riCa-e a-l a-Va-ete la-asa-cia-da-ea-eaeea-exAa-a-e-Ss-ay ·a-a-JSICata-ina-ina-asíe 1 a-ea. a-atala-ea-haa-sa-Sae-a-oro <a-O dalareJs!a-lua-tia a-areeproa-¡saal haber inca-ritaa-aa-a-aaiarece-e-el¿a-ado a-arta-ter cona-ral' ala a-a-a-ra do re a-efla-r el ¡'mus tinca-a-cloro de le ana-a-ra-a-a-. 5ae-s-oroS 55 y soc{o dadcs Sa"
a-a3ta,a-a-.al&a<e~iasta-s (incluyo les ne ~aCcl ca-a-rite a-e-air 3iroa-a-ií5a -Genera-l Ce ¡'resma-ade 25 a-e a-cta-a-sarada1.971) .e-e-as reía-a-itas a-pa-aa-a sa-O <la-apce-.ea-tot, da-a-a-eada-ata-a-a-a--so que ía a-pa-ra-cía-si ea-o a la-aCta-e-a-sa-ja-a-rta-a- ds ~Sa-iPa- pas ería-a-Se cade le &2e Cay a-a-e-a-Se.a-a-ia-ea-rcia-e-ea-s-a-.aa-bilida-dda ten Luis Valíaca Uo lea/aa-e
a
'2a-ta-e-ea-za-aa-e-' y lea-e-aa-a-e- t. eelse.e-a-tca-íctaí a-a-l :>es-a-a-ae-e.l ca-ía- cl ca-es \ec.e-~e 'e-;a--.r tía-melle-e-Zaca-aa -rs-íuste.rZa-ridea-i a 2 a-aa-ca-ra-sca ea-rl a-ta-e- resa-l Cte-e-e-a-jo Ca/see-a-.e-r.a-.a-tre-a-s-ma-seaa--a-a-ala Ca-a-loaa-fe-Id i1e-e-a-a-s-a-<~a-,5l 1 le-a-sae-e-atía-asía ca-a-'.a-a-ie-e-iee-a-a-lso e 5c e-e-laa-a la-pa-dae-e 1 re-ce-e-e--e-ate Col a-s-sdtraa-joe Ie-síeem;a-oc±Caa-saej. 1ra-ea-sa-o a-e-fije-mci e-,e-sit&a-fe ¡a-sr a-Sa-es ?sea-a-eza-a-taaa-a-rel., a-aa-fe-a-e-a-a-a la-. roaflda-d ca-e la-. epa-ra-aUn. Ce la-ae-e-Idea-cia-a-aa-aiea-, Sin a-.a-Oes-s-2a-'A a-lflui fr-ertaia:aa-rta-nto da-e-, a-e-e-pi-la-el a-ra-ial a-aa-e-e-aa-aa<lalos titulare, directa-a o a&ía-e-e-isrca-toaa-e-sl ita-a-a-ocie a-e-ha-a-a-la-de', el .'Jiia-nade Sa-a-a-ata-a-S.aa-s½a-½a- 3.r. xea-las'.a-caa-a-ia-,ísea-o y se aa-riba-a-yaaa-apia-a-ls-s sra-era- a-eea-aa-z.-s'a-ilid=cf a iparte de da-a-la-rra-a-ionaea- ca aa-re--a-les1 a-a-as la--sa<axflra-a-a-da-ft leer l>a-n ¡'a-draValls, O-a-ra-eje--ra11<1 De-peo Pupa-a-lcr0 (Ilmo aLircó a-a el pr~ a-cCt-W.ser.a-.are-bita-rí casia-e 555 iSa-Te-Se-a-ra-O ha-as Lsa-taa-a-5 a-a-. a-ula-a-e ra-la-e.a-ns,blaLla-a-sra-icider de ,tr~.a-~S a-5 a-mflnaa-a-e ta-e--ee-m~a-atasea-e-e a-ara-a-al So oea-tina-sa-na-ato ca tcd.-a -a-la easa-aa-Iea-sla-a'nta-aaesaea-s-ads-'entoadel a-ra-a-a-o Col a-itaca-o ba-nco, 0.1. a-e-rae-e-lala-a-a La-a-ls Valíase-teaa-a a-el aa-a-ra-e se-cal a-a-ra--tcesjie-ss-laa-za-to ,a-.r½ttsrna-.la- trae adea-itir la-e ce-a-te-, 1Ca-nImiadala-aa-incaVida-a-a-ira-mice a-a-rrozsaondlla-atea-aa>150 necia-a-os0 ía-ueaa-en ello, cl a-a-a-aa-lesla me-la-aaa-exa-a-ia-a-ciba-a-da'It'a-ze-a-Is-a- y,por ta-sa-to, a-re-a-ce-e-ta-5~ea-~¡'a:a-a a-sa-'~a-a-a-a-a-lo a-a-si ala-a-ela-as-sa-nCntO cobre a-aa-Ida-Ca-' -a-fire-a-.s~lea-a-a ara-pr-ma-a-aa-ta-da-e-a -¡a-a-Ir asen Luía -Va-flale-a-a-se COsi lo rs-a-mm se a-Ira-ca todala ra-a-¡a-a-s-a-sa-imi.
lid-sC
da-l aa-unto.
'lea-a-rs-a-do al a-a-ra-talca-e da la-a9í000 na-cerc¡'rcíe-a-eeaa-Z.-a-ei&i a-a-o a-a--da-. vía-a-a-a- o aa-la-ra-ta-, a-a-~n a-a-cta 1 jes, ea-a -ea-. a-sra-o del preca-ca-ia-ia,a-tae--.rla-itra-a-s-11 qaele la ra-fa-ra-de-aa-pa-ra-cita dala-aada-a-La-a-aieaeatía-a-íeS a eza~aa-pa-raaa-i~'zr la pea-ilmía a-ara-a-a-iSmia-ic'a-s la-ra-íl da-risa-sa-eja-, Co Ja-- Aa-oye-aLa-y daTira-ea-a-na-asa-o a-loa-a-Careo a-ra55a-aa-a--a-a-e ca-a-a-adaa--.a-n l'.aa-ya-araoiÉa-i a-aseta-atorra sa-al, a-e-la-aa-a-m' sa-a-a -ccaa-a-cee.a-e-easa-ías a a-a-a-a-. a-a-a-sr a-a-note la-re ha-ca-la-, a-l era-a-te., ea--a-sto estaba da-atre daIza-s e-sa-a-ibiIida-,Ccia y ca-a-y-a -a-cta-a-al sa-dra-iaia-trasc±¿ano a-aa--a-a-e-a-oaa-areta-lo ni. (ira-a-a-ss-, ni indirectas-ma-astaa-e-e líe aa-ssa-a-te-lul-eciora-eas t;e-'z.a-.daa a-ata-ra-ca-apor 1a-m ca-a-a-ra-a-aaa-ence-e-lee-vedas veas la a-a-yaaa-tría-. -jaa-bta¶eaacl Ca--Va-lic '1'a--sba-rner ría-cena-ca encí psra-a-eaáismia-eate a-a-ra-micn
1.a-sa-oa-, la
aa-e/ase
1
[
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tral r'a-a-aa-SA?' dic triba-sy¿ la-aalta-a-Va a-mil a-canoa-ca a-esta-ro cia-a-a-a-a-ata-ay des £idua-ira-S'iOCe a-La-at¿rcia-a-o5l do la nituaciSa a a-aa-o so lazebialía-ande, y ca-a-a-e ci a-ra-sa-a-a- de Don Laja Va-alaa-a-críe-a-o a-a-e-e-a-aprueba a a-u favor del a-a-e-a-creí total quaej<lra-~a a-ebro a-rAca-Sa-, 05 a-tu,, a-oca-Sas da-a-laraaciMa -cíe la ropra-ía-ssta-aa-ieSas daa-ata Sa-cia-da-d. en e cl a-a-a-ra-e dei e-a-ra-a-a-día-e-lía-ate arbitral, la Za-a-ja-aada-d 15ta-a-'' ca-a-Zurre a laaya-Ata Oca-oral Za-a-ra-a-ra-adtsa-a-riadaAa-cia-nieta-ade 'E/La-uSaa-a-letra-dael -aa-<aaa-O ca-aja-a-asiade s9~. ca-a a-lea-ja-ea-a-aersea-na-ese que, ra-a-pacte a un capital doa-a-eba-leadO daa-a-6le 7.524,000 pea-otea-, ladaba-jalas a-a-ya-rfa a-a-msa-luto.
'rl ¡ssa-a-a-ta-5S del. ra-queriJa-ica-a-tee pa-sr tanta-a1no aa-a-pta-a- a 'lIADUIDa a-iarie dala Noche, Sa-/La-a-asia-so a la-aSocia-dada-aalfas-ea-a-a-Sae y 'SAFa-e a-oc el aa-a-SO de que, de a-lc,~n a-seda-ada-aaa-iresflSStaza-eiam a-Loa-tea a la situzacieSa pta-a-tea-da a partir de>. ema-U 9 dc atriL do i9~7 1 ciae-a-a-e a-coba cl pía-no e Ce a-ea-a-dsci¿n a la nueva La-y de Prona-a e laja-a01
pra-ata,
%Ale'a-ei~a rece-cta-a(Ha-a-la-o a-a-a-a-amero 70). So ra-1. tora laroca-a-ido ea la SZGía-Ifla-X a-'La-20s-'sCIOi¾ e-e-aa-ea-a-ea-e-a a-ata auca-titas a a?ls-'sa-TiIDí Pisa-srta.> dala I;a-a-la-a-, aSa-A.', y alala a-Sa-cia-dad ra-icuSa-, aa-a-o deberá aocr ra-querida a ea-teaeLectos, a-a el ca-se lema-a-ma-a-atablo dasíus a-a-tas circunata-a-scias cena- ervon alGa-azas reía-va-a-Cia, ya que a-atrata daama-a. a-a-oca-;~ e-.a-ta-
Ce
19C7, lea-/aa-,
tenor
a
la
Ca-a-dida Va-cha de
9
eSo abril
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<5
ea-as'.a-matm'piracl a-a-a-e-o daa-a-a'sISe-e ele ccea-e-seda-Cia-5a a la a-a-ea-a-Ve Ls-a-y se-a1 5ra-sa-a-a afla-sa-ra-a-'a-taí
s-AJ
5a-. a.a-.a-.ateaa- >aa-'a-'a-se(ja-eche a-ss~e-naSs), e-e-a-. de-apor la aia-e-.ec.t-La-s-a da-a-a-eral, de Sra-a-a-aa-. le-za-sa-. ca-apra la-a-a-ita-a-a-o ta-.lcve-a-a-adreteara-la-titos alea -isle-a-e-e-11a-ada-Sai a-nta-a- ele ra-a-, ta-in tuviera la-mayar, a-a'a-a-a-ir, La-ra-via-seca-te a íaa-e-ea-ctiria-aa-i¿a da13 de Jul~.aa-adala-969, por la sa-ul a-aiaa-aa-rtbtacl dia-e-±o -II-aDa-a-la-jaca-a -el a-la-eistro se-a1~aa-roaaa a-a-eria-dioZicaa-, la a-a-a-a-sra-a-a aa-pele-wc Di-a-riaa-Jo lanoche1 e$ Aa-' -apa-ses~ a-a-aa-a a-aa-e-Vn sea-acilSa daea-cia-a-data-s fa-ele-a-aa-la a-al le-ca-e eticienórado 1460 a-a La <a-a-a rica-e-ra a-en e-e-a-Va-el Ca-Ivaa-a-no t±tular do dichas aa-aiea-ea- a-a-a-a-
·a-a-ra-a-entado 1.-ara-Va-rica-a reía-cieSa a-e-sta-o e-e-o a-a<e-no a-o aa-a-ra-laray asatiVica-ra La ina-cripa-5.¿adaa-e-l/La-e-·a-lja-5 a-es el rocia-trosle Da-la-ra-a-a-a- Pena-cta-tíaa-e-a-a-, so ha deje-edo, ¡eta-es, a-ana-ta-ncta ca-aa-u a-a-a-a-sa-cfl te Ce la-. a-i-ta-a-aa-sges a-a que a-e a-aa-a-ea-trata-aala-.S ci aa-des a-a-cia-aa-a-, ¿e la-a-a- a-a-a-o a-ra t~tae-la-a-r a-ca-as e-le--da-col
Ca-lvo.
A a-aya-sr a-'emsmredna-Sia-aa-to, en Le-a-aea-a-rita-ra a-Ja a31 do elsa-iraele la-Ss>? a qa-se a-o ra-fierala rea-a-a-lu a-ita-aa-a-ae-u ha-ca-so a-a-sEsera2'a ea-netaa-a-eMa-nora2adei. a-tcrayaa-ia-e-eta-a-s-'sa-s la Sa-cia-dad 'PACESas-ls-sa-l~ ra-'a aa-a-a-rita-s e-ter Peen a-Sa-fa-da-e-a-ivalas aa-aiea-aaa-aCa címa-etiLsa- aAi9a--laat~2a-.ÉCteVZL (a-aa-esa-o ale-a-a95>, Pisa-Gua-a-aa-e ae-a-a-a-eea-ie-:Snvíz.e-ea-teea-aLa-aa-atería, ra-i a-si ca-a-a-ana-e Lacl articulo 23 da.aLey de Drene-ao .ta-prea-ata-, ni el 11 da-a-. Da-era-te 749/64, do 31 alasa-a-mee 4naa-
ordena-sA
tal a-eea-ta-aa-ia-aci
(a-a-eche a-Sa105). Sareíla ala-ca-cieSa Sle-Oa-Je-eeVA de aa-Sto 'a-la-ríe-eaca a-a-te'-a-~aee-ieSrijfl~ay.~
(Da-a-ha naln.
líe).
a-:i-a-í
a- artista-lo e-a-aa-la la-atea-y a-a-e Ja-roaa-a-ae La-Tira-ea-tse 'si cl 11 da-l Za-a-rataye-a-SACado 31 de a-erza-aa-rda-a-
e
ea-a-/lee
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1'sa-a-- a-a-eeat:m,ta-í
y
a
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a-a-as ta-l ce,e-a-a-.aa-ica-ei¿aa-,'sun a-o retía-ro a ¡'¡da-as entra-files a-a iza a-s-a-:era-saja--a-aa-rita y e-a-a-e a-a-e la-za-n a-aAVa-et:a-s:a -a atúfla-lzsa-e-e-I.da-a-d a-e-eala-a -e-sse-ja-aa-a- ca-aaa-aa-i-a-sa-a-a-e-e.s$Cse-a -rctmea-i. serca-a-edicf.a-ea-tae-ilma-a a-ter aacta-e-ae-a--erta-, ~a-rtiaa-'a-a s-a-eja-iadia-oSa- a-Va-a-cto
de zaclarra-cito.
ca-a-a
-
ha-a-Sea, a-ada-lea-. co4a-te-nda daala-o a-a-a laamia-ea-a ¿ea-a-la-Ca Co a-a-sor-a-aa-fraesa el tercer a-troj1 ce-el Ga-pliema-, a-.l ea-a-licitar la-adensfldessa-toe a-a-ca-ída-a cauta-elsa-a-, ia-a-a-tra-Sa-a-js del Cuacado a-lea-a-aa-aa-e se-a-a-to lae--sra-ea-a-ea-a-o Cena-ma-da en cl :e-a-a-ia-tre Ces fla-~alca-a-aaPeria-ce-{;e-ticaa, a-rosa-do a-as el ilinia-torie -o la-a-a-e-a-a-e--e-a-a-,asea -a-a-. '~-a-ia-a-~e ps-mr el articulo 26 de la aa-s-a-ea-, ca-a---ea-'-a--aa-nLe-ea-a-e-e-emetta-a- cte ISa-le ca-a-rce Ctaa-a-' la-9GS, zaa-tu-a-o a-tea-a-Os 50 a-la-Vea-rA el oa-a-a-rta-a-e-a-e a-mza-a-a-da-rs ente al :r. ZaCa-ra-adado a-e'a-'a-2s-I a-eeayia---atres-
1aa- a-a-e'.Za-M -<eaaa-a-~.',a-a-nrtfla-ra-l (ala-chaaa-Esals-a-e) So a-a-
-q~e-ze--s-r.~
5a-a-a- a ¡e ca-ata-cta-a-ea-aa-oc la cla-ca-a-a-i&ea a-ma-a-a-a-e &-aa-t-,a-ea-fa-ta-el'ls'a(la-aa-la-e oca--a-a-. liC> Nt cl -e ea-la-a-mOs, de la Ls-a-y desDra-aa-a ala-pr-a--eata ni cl 11 ca-rl Za-creta7'a-9/66, do 31 Ceta-arase a-sea sa-eda-n a-rda-a-a-nr lo cea-a-sa-nia-aa-a-í¿e-a- datalcadaa-aafla-nta-S, por otra'artaaa-des, eesa-le.Z~4jSaie-r.ctee-e-a-a-etrrca-e-ee-a-a(a-a-ls-ma-he asia-ala-e-a-> Va-mato a a-a-ra-ta-a-te-r ~a-r le-ae-Sa-cia-da-U ~Sa-*'aaea-en -e4uía-a ata-Isa -cas dtrea-ta ra-loa-uSa, ls-a-Jala a-u-aa-a-er-.-ia-ifes da-l ea-e-rin ra-m¡sensablO DraVa-a-líaa-ra-a-aberna-a-, la a-ca-e-tea-la-U a-'?.sce-e-S', y no a-tv-e-aa-, la-a-la-ariae-a-e ia e-e-a-da-a-, 3 a-Aa-a-aa e-a-ría-aa-aa-tectaa-etaca-a-a-a-tiLa-, y a-te-aqa-es, a-la -otra ¡a-a-e-Ca-, ee'a-a-a-e-,Ja atía-rio a-se 1a ha-eche-me ha-a-sa-aa-a-ya-a-aVa-Cliita-sl<55 a-mase rs poder a-a-licita-r a-la'S.W' laa-a-a-a-e-Velinasa-taCiSA daea-te ¡'ra-te Cala roa-ela-a-a-i¿aa-
.a-a-e-a-aajXeaaaeeeeee.a-ota-a.e....a-sas (e-e-ca-la-e aa-a-se-a-, ípsI la-ca-a-a-dia-a-a-rta --mlra-u-e-o a-xla-ttral ola-itide por a-a-aa-a-e Ea-usa-te-a-a- Ca-ra-la e-e-eneS a-u 2 daJuliadals-i?lea- a-la/e..
4.
a-a- a-a-e-a-sea-a-a-a-a-NY
1551a-ea-sa-
e
.5
lea-ma, a-a-a-
del ra-a-a-e-ra--e dareía-lista-A ia-ta-e-~pa-a-csa-te ce-a-tala Sa-ls. 1 ce-el <a-e-ritee-n.-a-l cszarÚea-aa-a-eaea-a-ma-ma-ra7 1a-G/'/la-, a-aOs-ea-sso a-ea-ss ee-a-.a-a-a-e-e-a-e-steaa-ml 5a-'a-ico <sa-a-u, aa-eada-a-la-itt va, e-a--Za-eta -za-lpra-bícre-as do latia-ularida-il e-ala-e-aaa-cia-e-a-a-u. a-a-aa-a-Laa-a-a-a-o aie-a-~a-sna ala-ca-a-a-itas a-í ra-sapa-a- te, 112
-'Por lo
a-xpa-a-eee4a-o,
S*la-a-leICO
a
a-a-e
I,s e-a-a-o
aa-a-a-ca- por presa-ata-Caca-te a-aa-rito con Lada-a-usa-ata-aa<aa-e-o sea -a-aa-e-a-e-tse-e-fia-n y Sa-as a-a-piao y a-a-a -ha-sae aí cenatenidadcl a-a-ira-e-e> ea-a-s, a-a-l'a-pliea-n-tadala a--ea-a-la-a--acita río rs-aa-ha25 de octubre de 1e971aa-pa-efl~; eta-a-SI a-la-a-es <sa-a-a ja-asta-ra-a-a al da-rocha-
daesta pa-srta -el a-ra-sa-lta- do- audiencIa ra-ca-La-daeael a-vtO 91 do la -Los' daPra-a-oca-irae-ZOe-a-to ¿Waa-iaaflistrativOa- a-aa-sr
10
o~e-.s-a-oa-a-to
1 SUPLICO a Va-la-atela-ca a-a-Cr ae-a-a-a-Ya-a la ea-a-ea-iVea-ta-a-ita a-sa-a-oria-sr y a-a tas-a-Saa la ata-ma a-aa-sirva a-eaa-eeCCr-r a-el trs-Sra-itoCeaa-c~ieJsa-iaaa-ría-victo a-a el ame-ata-ulacit,a-a-dea-- Por Dar daja-n> tía-tas a-a-a-a-' ¡a-ile a-saSa-e-a-a-e-oid a a-oíade novia-ra-taro Canil aa-a-voeia-íeta-aa-eta-e-e-te-aa-! a-e-a-a-a(¡'isa-me-a ilea-ilala-> Th-re-c5 a-a-a, a-Lía-e-Ca-rOe-ace-e-:le-e-.aa-a-L a-e-ajJla-e-¡a-'SAa-a -le-isa-ja-ta río a-eatn=lornsa-i¿s-a- y ra-aria-a-a-,a--Ja-Crica-', "no,
VTa-TOS1 1., La-y e-e-e leroa-odLa-a-ieeocte -Wnia-a-iatrativo a-eala do Prona-a e lea-pronta a-a-esa-a-a-a- Cia-poa-ia-ionoaa-aa-ana-a-a-Canta-e.
a-a-a-a-a->Ivl:flia-a-;a-a-o,a<sa-aci Sien las rosa-la-ma-ita -a-ja-da-ato ria-l da 2 daja-a-e-a-laea-o 1,969 por lae-a-a-aa-ama-a-aoria-a-it a IULa-s-a-m'ia-I, a-la-sriade la e-a-ea-a-o, Sa-a-,a-, a-a el ¡e-a-e-e-ia-tre ¿a-o a-e-sa-¡'rea-a-o Jea-riedlotica-a-a a-a-ta-bla-a-da en eu pse-ra-e Vital a-a-a-a-a01 a-surdes-ter doi'aj.tia-aa-le CalateaCa-re-Da-ica-aS a-a-a-a-a-daba ea-a-a-stlcieaa-daa la apra-ss-esa-a-a-a-i~í esacl a-e-Ira-e do a-a-ho a-ja-a-aa-a-, Col a-a-azira-icra-se-a-a-a-sftemla- aa-a-a-dita-sa-ivaCo la-aIaa-a-e-.'ipcf.ta adalae-e-a-ra-ao ea-tea-ca-ra dcl a-seri~sa-íee en cl e-e-se-sinaa-ro sa-ala-a-a -lesra-aaia-e¡a-dIca-tuetria-11 proa-edo, a-it ea-e-a-
-lnrga-,
1
aceptar cl
da-ca-e-ma-ata- aporta-de
a-a-a-sr el
Sr,
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cía/leí
a-
8
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a--
Garce-1a-a-Tra-,'ija-naea lo prisa-es-dade Sa-aanleca-ciena-a, y ca-ese-a-la-e-ese-nr auba-casade la irrocsa-1a-rida-s> ree-ria-tral a-ca-a-sa-tía-a-a a-sar 1a-~~e-a-flsaa-isa-rio dala-. floa-a-a-e~ Sa-A, aa<sa-a-a- ra-a-a-e-Ita tantaca-a-o a-a-ta-alaa-u-a-a-asta<sa-a-o 1 a-a-ca-Sa-aa-~ a-ertiria-ado pra-acata-dapor la La-n'a-a-. ala-za-'a-at-a-, lePra-piea-!ad Cala-. ea-ra-a a-a ia-aa-ribit ca el a-e-ee-e-ia-taee alo la la-ra-pia-COd IndustrieS., a La-ayer do 'fla-drid1 Zj río Co lae-la-ella-aSeA.'a a-eaLa-a-la-a 7 de ea-a-a-stero de I~63, eae-a-ea-ir, a-a-a-evaoea-eaanta-ado que se dicto' sra laa-encía-aa-da a-rda-a níaicta-rial de ina-a-ri,ecitss en cl leca-la-tro a-le ~proeao Poriodtattccsa-í le e-a-o e a-vida-a-a-ciaea-a-so durante el periodo Co tranitea-íáa a-adel ce-te-sa-dientee la a-apra-a-a-a'Toadrid, Ma-rio dala alía-cía-a-, Sa-Aa- 'aa-niti~ la ala-erta-a-ita da-ca-a-sena-el a-e-e-le a-idaa-a el a-a-marta-daa-a-. ep<~ra~'e e> del artículo aa-la del Oca-rete 749/19C6, cia21 dame-erza-aa-
COJISIaCIVa-NliOaqa-saa-a-ea-e a la-aaria-sa-acta-aa-o ele laara-lera-a-a-ra-tea-ita Co a-a-uladrid a-a la a-oca-ama-da dasus aesloa-ra-a-ia-a-Oo, la te-ira-a-ciAn General de le ra-a-a-a no ha paCa-cia-mo error aSca-sao al a-a-asia-a-a-ni eael ea-a-r 4a-to por el que a-e a-a-aa-a-díA taetea-ite daaa-ldia-sa-a-iaa la aa-rita-ca a-ea-fxblita aa445, da51 da a-esa-re do la-as>?, aa-tora-a-ce-aantacl la-eta-rio a-Sea re-asrica-us Ois.s¿e-ea-caa-.a-s-m.eaay Gran. Dicha -Se-acrita-sra públIca. que obra-a-asta-; pa-día-sa-te de inacrila-cites del fla-cia-tro de fla-¡'roa-a-aIa-a-rla-dXstia-aa-a Va-le aportada leer La-oes SIlla-oea-a-To Araesa le-a-calda-, ea-a-tona-OS Coaa-a-jcra-a-Dolcce-Lde daelela-drí ¡'la-ríaCa¡a a-Za-che, SeAaeaa-atsa-a-ta-a-a-ela ciara-cia-a JI de aa-a-rae da1967 a-ala ouaaa-a-areco a-eaa-in>a-eda la a-a-a-na-iea-sda Za-a-rita-ra pública-, a-si la relacifa a,> docunentos aa-a-a-aaa-a-a-a-a-OX'sa-ban lo aa-lIcitud Caia-a-.a-crQ citaca el isea-la-tro do Le-la-era-a-aapa-rieeilacica-sa-a-
A La-aya-sr a-ha-a-a-da-asiento. ca-as Va-a-la-a3 Caa-acre e> 1969 a-ea Sa-ba-a-tiAa-i Asma-er a-a-rA, a-osie-a-ojcroa-a-a-la-ca-daa íes a-a-rtes do la ~a-preaa a-a-a-ria-día-tía-a-, pa-a-oa-a-at& aal na-cla-tro ea-o ~pra-zaala-criedia-\-ia-ae cora-is-Tica-cita-a -a-a-a-a-a-dita-tiNa de la ia-a-cripcióa ea el e-a-ea-iratro lla-ra-antil do la-adrid Co La -citúda Da-a-sria-a-vrapS smlia-a a-a443aa-e-a-aaVta-a-a-ra la-a-a-ritaa-o día-líale-a-a- a-ea-/ea a-
1
-'a- a-
529
cia- tra esas el Ve-aaa-a <05 ca-aa-eral, 9& 5, Ce le-aSa-a-acieSa-a-Za-a-se>. la-iLe-o da$o:lee-a-adcrs-, Sa-a-le-te 20I a-laja da-a-a-jflaie-a-a-eripri~aa-a-a-, ca-ea -¿'a-esa-a-e-a-e-. 4 da e-a-a-yo sa-aaa¡'CG.
le-saa-e-e.abia-, yara-a-rfa-ciada ca-ia-a-a-zeioa-a-a-a-a-atala da-aca-se-a-nte-a-a-if.easa-a-a-o a-a-ma-a a-a el Vea-a-isa-a-ro Co l~a-prsa-ea-a-ala-ce-siede-ta-tia-a-sm ele lalee-la-raca-itas Ca-ca-a-ere-sl daPresta-a-a, no apa-sra-a-e latSe-a-ea-rtta-mra pública aaa-sta-aa ía a-ja-a-ano ra-fía-re ci Sa-CantO, calaa-oca-a-isa-e-a ele a-a-aa-le ca-cienca-; hacha'50 ne-a-a-.-a-sIa-r La-ma-sarta-e-a-ciapor ca-cia-ate a-a-pa-sa-e a-e-a-a-a-ana-niia-eta ea-a-msa-itaa-e-ada-teaCo aaa-ztta-ralcaa ea-e-ea-a-ial para -el la-a-cia-te-ado la-,e-a-rca-a-aPerSa-Cia -tia-a-ea le-a-a-a -a-a-za-a-cuend, a1 a-a-a-a-ta- día-la-ara-ría e-re a-pa-ra-a-ea-ea-o a-vidente laie-sa-5a-a-cititue-l a-e-mía-e-trate entracl la-sta-Vraa-a-aca-cia-a-a-adoa-esa-bola-a-TJa-aea-aca-tea -lara-la-a-it, dana-a-ioaa-ja-t.a-eaa-eíara-a-a-:e-S. fa-a-cta-lae-adacl flc;iea-. aa-ala qa-cio a-aa-la-ra-a-e-La- la a-nieta-e-aciadaa-a-Gr ra-a-ca-tena-a-, ese-yatitula-a-siCad a-a-aa-a-na-ta-, Y ol as,tfea-s-Xa- 55 dc la-aVa-tatia-teadía ra-Da-S a-a -ía-,s a-e la-a-carda-a-rna-a-isaa-a laZa-a-rita-sra ¡'a-Solita-as--.étaseare la-hp, a-a lara-a-o e-o cita-o e-a-sa-o al ca-pía-al sa-eta-sl daa-'Aa-ZS La-e-nora-a24a-a-ta-0a-ta-ca-0da sa-ca-cta-a-1 tcta-ie--c'sa- te
deccaea-b,lsa-dae
Za raca-e-e-e-sa-e-a-, pa-oc, a-ada-a-lara a-a-e-so tota-ja-a-a-te da-a-a-e-e-sha-m.a-a-úo. a-sn 1-a -ra-a-rita-e-ra¡a-a-Ms-ata-a e'sáe--a-rro 4 4J, a-a-ma -ca-sefa-trí social Col ~a-a-eta-a-i.-a-samSafe-a-Itas ¡ser a-ua-a-ria-mtr 4oaaa-cia-aa-sí oeca-a-maa-a-a-ca-a-sa-a-a- cl a-la-re-e-., te a-a ba-sa aa-e-e-e-e-ae-sa-a-e-sa-a-a-ta -Za-a-rita-rae-aa-Ulla-a a--a-a-mt e-o ka-eh e eta ía-ae-ea-e-e sa-e tiene a-esa-a-cta-a-e-a-a-ato a-la-a-a-a-e ala/Ldsa-ia±a-ta-aa-ieSas llSblica-a- ce::a-me-ta-apa-nDaea -Ca-a-a-aa-a-a-sr otra ¡sa-ra-ea isa-tora-a-aa-ea-fa-a-la-r e--a-a-ala¡'sta-a-a-Ca a-a-a-aíaa-a-se-a-ca-a-Ca Ca-a-aa-ra->. -dala-reasesaa-a-a-a-aa-flete ea-o 25 daoctubre da a-a1971, e-saa-ira-a-.a-sa-a-cm'tTa-=a-a-a-eZ.ia--i~a-r a-e-e-a-asra-la-aa-a-acia-Sa-aaeta-a-a-líe-sra-ee-a dae-aatitula-e-eadaa--aaaa-c~a-aa-ca-a-a-ea-a -ttt'.a-<st-a,e-sadcl Capital a-acial CaLa-a-a-a-a-Saaea-a india-a-cia-fa ajo ¡ae-a-a-nIlo e-a-a-e a-a-a-a-a-a-a-e-a-a- Ce a-aella-ana-ta-a-tse, ca-a-l ca-no la aa-sa-a-ea-ra-a-ita daa-eríaa05 d2
a-sa/ea-a
a-a- aerrca-a-s-a-se-e-ía-sssa-t e-e a a-a-a-da aa-cies-esa-
a-daa-se-te-a-re 1 ae-e-ally a-La-, La-ia-m-e-1u e-alae-a-ce-a-a-, -a-a-a--a-a el a-e-ene-a-me-e-e-aa-a-a-te a-a-IU.a-ia-¡e-a-Co ea-a-r Se-ae-te e-ra->. do 5-ra-nao ea-aha-a-a-a-aua-a sela-aa-aa-a-es-ezrala-a-a-a-a-e-va a-Ye la Sociedad F.a-C4S es ea-le-st-sae-e--a-aa-maea-a-ss-a-a-a aia-a-cilitra-r la-aa-e-a-erta-a-msa-ac>e-a-tdsea-ea 'a-el a. a-a-sa--a -¡'ra-a-adara-cosa-za-ría a-eada-ra-aa-a-ata-a a-aaa-va a-a-l artica-laM ca-ol a-a-a-e-e-vto a-¿119/dCa a-eaa-el a-ate-a-me-e-e-a-, a-a-ra-a-la a-eta-e a-a-a-a-a-aa-te-lía-: e-zolaea-a-Sa-a-a a-caaa-a-a-aío a-aa-nola-a ja-erieJica qesaa-a-atiestaa-a-ai-a-eri¡'a-ite-aen cl le-a-cía-ezra- do e-Isa-a-a-ra-a-a-a-a-aa-a-ra-a-a-aaasia-a-a-e laa-a-o a-portar, a-la-te-o a-a-ra-aca-a-aa-a-a-e a-sO.~ a-o ra-ala-a-eSa nese-e-isa-ta-l ele los aa-cia-a-anssta-a-aCía -la-a- Sea-iva-da-Cee a-a-a-so a-a-4s-a-oc tita-a-la-rea Co a-a-cia-a-a-sa-aCalaa-est±da-cIa-a-a-ya ina-a-ripcieSoc ~a a-calía-a-te-a-l a-ca ie-sa-e-ia-a-a-i¿n dala se-aa-e-La-n.'slia-Casd y Co a-ira-Ca-la-aCe ea-da a-a-sa-o daoua-aay a-aa-a-sacradaac-aa-iones dacta-o a-a-a tita-a-le-s=5Za-la-caía-ocde ea ca-a-a-e-a-atala Cia-a-a-a-dama-cia a-e-e-iota-ato a-ntrala ra-la-seis-a a-la aa-cia-eta-cta-a -Co pa-Cts a-~rO5<efltadaal aa-a-e-e-te-a-sa-ay cl a-rtfca-a-alo 55 de loa -fla~a-ta-stoa dasrs-aa-a-e-e-a -sra-a-ea-le-daa-a-a -íaCa-a-rita-a-ra >aí~blica neSa-la445, laMa-areca-itas Se-aa-re-sl dalasa-ea-sea za-le-tcit& la rola-a-±s-n e-a-otcv2.iZa-rta -ea-aaa-eiea-sia-taaa se-a-a-aa-ara-fierase-. a-a-zuma-co a-e-o leaa-a-a-ca-seais-sesutadea- ada-aa-a-a-ra-le u. e a-a-sale-a-acre-a-la-a-a facultada-aa-e-a-ele ca-aSia-re a-Saa-rda-a-a-la- 29 do la Ja-a-y ea-e ¡sra-a-a-a-aalamprearas a-as a-rda-es aeflcír aa-s-ra-a-tíca-r laaa-ca-lera-hacia-a-a-es ea-a-a-So a-laa-a-tina-a a-sertira-a-fltoa-aPe-ar a-ca-a parte a-e eaaCra-ia~blo ala-ca-aa-ha-ra a-a-a-pa-e-esta-adea-a-a-s'a-lsa-a-Cia-aentro 'la-Aa-DL?, ltia-a-e-io dalae-e-oca-e-sí a-ea-aa -y la-. Sa-cia-ctnd a-', a-a-a-> pca-rara-aalmorta-sr lea -Ca-ca-e-a-a-a-a-tOOra-a-a-uCridoaaea-asido ítaaLa-mas-la-e-aLa-tela-ra-a-a ría-ria-etiesticea aee-OtSme-a-Ilsarizaríaa-e-o la e-;a-ca-a-a-aa-, aa-a-pa-e-etaS la role-a-a-laSas e-o a-a-cia-a-da-ca-atía aa-a-ja-a-ita asía-e-a-a-aadía-arana-O a-Satr=a-ito a-e-aieaa-a-rila-ctía a-a cl a-la-a-iota-adaa-~spa-oea-al~crie-.a--
a-da-cia-aa-a- a-o¡e-snee-:l'a-.ca-a-a-a -Que a íavía-te do lao coatisa-sa-na-
leí/aa-a- a-a-a-a-a-it
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aa-u ese-a-a-.sa-Y
rr,-a-la-lea-e-e-aea-e-aa-a-a-a-, a-el ct,e-a--sa-te-oc.Za-a-a-taa-alaSsaac~ Cee-a--a-sl eta-e- a-a ---a--a-a-a-aa-a-a-a-ae-a-a-ea-Va-aa-a-a-yaa-a-sr cia-e-ae-a-' a-a-ca-a--a-aSa-a-.--'. 5a-r ea-cara-asrta-a-eaa-a-a-a-a-ada a-tza-Ce-i la e-e-esa-e-a-, Sace-a-ile-e-Sasc -ea-a-a-a -eaa-ataca-cestaa-a-aa le-a-a-aa-. a-a-a-eaca-a-ra-le-a-a-a-ca-a a-aa-a-aca-:a-a-idorsa-sa-e--ja a--a-a--a-a-e--a--eapa-ca-a-aa-a-> ea-a-a-a-' ea-aa-a-a-a-a-a la a-a-e-sia-e-a-e-a-emeeaía-aeeX'ee.a-ata-laa-2a-e-ara-ca-a-a-a e-aa-e-e-a-ma-aa-a-a-a-a!a-a-a-C2S atme-a-va,a-. sa-e a-a-eaaiea-a-ma-e-a-a-a-ae aea-a -a-1crí tadafa-cia-ahea-msa-oa-'m.c'a-la-a aa-a-ala9a-~aa-a-a-a-aaa-a-ca-a-a-aa-a-sa-sc ra-a-e-sa-ea-tse a-a-aa-aa-caa'a14ha-sa-do a--a-a-a-are ea-tea-a-a-eaa-e-lea-a el Sa-sr a-aa-a-ideate dO $.sCZ <a-a-aa-aV-aca-a-tida-d. a-a-a-a-va-sa-o ea-a-sa-ata la tla-a-a-mle-a-r a-d'd Ca-a -tod'sa la-a a-ca-e-ja-a-a-a-aeaa-,a-eta-a-a-a-5 te-Vra-a -ea-el a-:eeita-l social do a-a-a-:a-crid Zia-rie ea-e itaa-Ya-a-líe, Sa-Aa-a-, ímc-asa-tituyaa-a-saceaa-te-Iaa-e-a-C día-tic tas y e-sa-aa-aa-re-e-alaa-a-ya-re-La do la-ala-a-a-he-aa -is-ma-sa-a-tee e-a-a-a -la-ea-a-a tirca-ciaSaGeneral de Pa-e-a-e-a-a-rs, a-eae-e-a-a-aflora-a a a-a-vía-a-a-au eeaiaiea-a-cZ a-a-ra-ra-tecase-aF,a-Oe-1S. a-o da-ríaa-: a-entra-La-a-a-a-tiCO ja-e-a-a-Le-lisa-aele a-ema-a ¡sa-a-.! 1La-a-ara-a-uita-a-e-.maa-sala ea-e a-a-acura-'ire-L-a-aZa-os site-ata-e-íea-a-ta-3a-a-k:e-a-aa-a-ea-l a-) a-ae-caer Ca-a-ra-o la-aa-ala inda-a-ra-'a-aa-a-ta daaa-endia-Iesa-a-s y ra-quia-ita-aisa-e-sea-a-a-a-teapa-r la La-s' 5'a-e-a-ia-a-e-mve-sto a la-a:a-pra-a-aa1a-ea-ia-aa-{a-ttce-a-Ce
laja-aSa-ata-ruta-lale tal iaeVa-a-a-rvasa-a-ia- a aunaa-e-e-mra-ca-aa-o a-a-a-ria-ea-ísVica.
a-> a-a -ra-ca-a-a-sr a-a-ha-o a-a-a-alera-a-a a-a-crieea-e-ia-tt cadía- Vta--a-a Co la Cia-la-a-aca a-e-a-cia-a-a-a-a-e el Ca-raPa-ea-idea-te do PAGa-e-SI <e-a-e la-a-a-a-cta-a-ada-e-a-s,¿'a-teria-a -ydaa-a-sa-a-ea-laciaSa-s dc a-a-a-e-aa-ría-a-a-e->s>a cría-a-a-a-sa-a cael articule Za-> de la La-y da~seoca-a ttea-a-a-a cenada-a-ca-ia-a-e¡a-r a-ea-a-a-si el a-a-la-aa-ue-a-lelia-e-ia-nto dara-quisa-ita-e y ca-e-a-a-iia-~eaa-a-ace-re-a-te-a-ada-a a-mor lals-a-ya a la-a-cta-sra-aa-O a-la-finida-a-ra-ra- a-aarticulo It y no a otra-a-, a-a-a-ma-ateicas crida-sas-a-a-O a-LS a-a-a-o aa-aa-eta-Ce a-za-aa-a-a-La-se-SO le no ina-cria.mitloe Sa-Sa5 la, re-a-sr a,Sltica-a-í esa-e ¡sa-ra la-a aa-cia-ca-da-a ¡ser a-o quo sociccaücs por
cia-a-ea-
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ea-a-aa pa-rticipa-n a-e-a-
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ca-e-a-ital da-
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32
a.e-udia-Ie-ie-e-e-ee--a Se-eaa-a-a-y a-Sgo e-e-a-e-va-a-a-a-a-e a-e-Twae-ea-a-a -e-s-e-a-555.e.eala-sea-saa-aa-a-e~1aes-, la-a-ata-e a-a-aa-sa-sl a-ea-a-a -a-a-a-a-a-ea -ii-a-o ae-a-a-cia-a-aa-Srs-aa-a-a-a-a-a-a-a4 ea-e-a-a-a-aaee-.le-a-a-e-eaa--a-a-e 'a-aa-e-a--a-a-a a-ea-' a-a-astae' aa-se aa-e -a-c'a-a-u-ea-al e-a-a-a-ala-a-a-auca-aa--eaes-a-U a-aca-es aa-ca-a-ta-a-a-t--e'c aa-Se a-Pa-sc ca-a-a-ea-ra-a-y a-sa-a-e aa-a-a-ea --a..,acas-ra-aa-ait ]ta-eet5umelea-5 a-e. a-a-a-aa-ala-a vía-croo d al. aea---tta-'a-a-s-itJ ca-a-a-a-ara -ita-a-as caa-a-a-. eL.SSeWtta-fla-'s a-a-a-ti a-ma-ea-e--a-a-da-aa-a-a-e -a-el Cts-lale-a-a-a-a-ría-, a-' a-c.c &a-aa-a-a-aa-a-eae ara-<ta-a-ea-a-s e-Za-del fs-a-aa-a-a-a -aa-rna-aeaa-a-mae a-a -a-atertaseo e-a-a-, ea-ea-. a-Ma-ra-e-tu d) aa-el aea-ca-le 5aea-a a-Va')/a-1<s-aCaJI do cía--a-ma-a-ea-í ea-ea-a-a -1 e-aa-ea-eaa-eea-e-asme-esta-loea-SO le.. a-La--a-saO a-a'ase-a-e-e a-Sc 1-a -ca-Sa-mía ra-a-a-a-a-a-l d o e--a--a--aa-eta-ma-Ma-1 se-aSea-aa-e-e-a-a-, a-a-U a-a-sa-a,. esa -Sa-adc lea-aa-aoa-f.t-a-ia-.a-1a-a<a-a-a-e aa-a-ma -te -a-e-ti a a-ea-a-ja-ea-a-e-a-ta-es aa-aa-a-el ¿Cec4cei-s-íl ca-a-ya-. a-a-ae aa-ii-o-ea-, Ja-a -e-e-a-Za-a-a-a-a-isa-aa-a-a-a -a-eaa-a<e-cao a-a-e a-a-e- ja-ese a-O e-a-e-a-e-a-e-a-ee¡ca-a-zea-a-aaza-s'a-e 2 7u10
'r-a-l ea-Seaa-5a-CTa-es a-a-a-aca-as-a-a-a-o -s a-rs a-a-a-a-a-¿a-a-a-a-ado tele a-a'a-asa-e'. ana-aa-sa-a-aa-OS -a-a-a-si a-aa--ea-sala-a-a-e -aZa-a-av-ana-ce--a a-Versee e-a-it-a-a-a-a-a-aca-a-a-nt a -aa-a-sa-aa-sm sse-e aa'a-cra-S.aSa-la-,ehiC ra-o aa-a-aa-aa-a-flea-taca-aa-Ma-aitae-ae a-a-a-a-a-líaaíes a-ea-a-a-da-a-tea--a sa-aa -a-a-a -U a-a-a ra-a-a-laa-a-la-a-ca-a-ca--a-aa-aea-aa-ea-ma-a'a-la-sa-a-sa 55, a--, a-. a-a-..a-aja-O a-la--ca--a---da-a-ta-, · teae-aa-a -Os-a-a-ae-a-aa-a-aa-e-a-draa-e' e-aeeea-a-mes-ese-a-ce-s a-ala-a-aa-atea-a -ae-a-a-aeeasee.a.aa-utee-l,a-'saua-sa-ue.ta-ce e caaa-5s.e.a-a-t5 ca-aa-a-es-a-Cesa-a- era-aía-LSa-esla-a-a-a-ta-aa-a--ea-e-a-ea-a--te .a-s-a-a-a-a-ea-aaa-a-ate-La-a-te-a'tsea--ea-a-s-.ee-lea-e-a-cTe-tC ja-a-rfa-lira-es a-a-are-ja-Sra-aCa-ca-.a-ece-s--aca-a pa-e--a -a--e-<e-ia-a-a-ltrcaetea-truir ja-aafaosa-sYlsa-ssea-:ede e-Lsa-a-ea-a-t,e:a-a-isa-ís e-a-aa-ale-a Lc-y ra-a-sea-ea-a-aja-sm a-uSa--a-ara-a-a-e-La-a-a-aC<a-a-e-ersa-l Caa-Va-e-a-aa-a; a-a-a se-e-e a-a-Ca-Lar ts< cc:: 2"<
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33
a-. a-a-a-a-:.2:.ca-;a-C aa-a-tea-a-a-a-' r e-aj e-ea-a-a-a- a-. usaca-e -a- asaa-e'a-ra-a-<a-a-'a--;e,a'3aa-Jaa-. -a-Sa ea--a a-aa-seSca-a-a-> a-a-CO ce a-'a-a-o-a sa-aea-V, a-sa--aa-u <Sa-a-a-aa-aa-e e a-'. a-aa-a-a-aa-saa-a-a-a-a-a-ca-aa-a-aa-a-a-a-a1 sa -<a-a-a-; ae-a-s.l ataa -aa-aa-a-a-O a-a-eaa-a-a-aa-a--a-vse i-aa-a-e--ala-a-a-a-ae-a-e--a-a--aCaesSsacl 'a-aa--a-a- a--a-ie-'a-, a-a-a-, ca-aaa-a-, aaa-a-aa-a-aa-e-a-a-a.tsa-,ea-a-ae-sa-aa-. a-a-a-a -sa-a-act..a-<a-aa-a-a-aa-Sm a-. ia -«e-'ctita-a-'a-¡ ya-a-'a-'a-a-a-e-sa-'d a-ea-ira- Sa-mesaa--a-a-a-a-eaea-a-a-Aa--a-a-ir 1oa-9ca-tsa-e-saa-a-ea-raa-a--a-ae-a-a-a-a-a-ealaa-ea-e-aa-aa-st a-si tas a-aa-aa-a-Oesa-ea. Sa-a-aa-a-a-a a-a-a-a-aa-a-a -ca-a-a-a-es- ca-e y e el aa-a-a-a-ea-o cae-e-e, aa-ea-a-a--a--a-a-a-a-O Ca5. ea-a-a-a-a-aa-.. ca-a-ru.... a-.ancta-.eta-a-e-a-a-e..ya-a-e-a-eCa-a a-a-a-e-a-a-a-da-aa-a-a-aa-le.a-Ce-.LSia-a -s-sa-a-e a-a-ea-aura a-me la-a-)? 26 2 12
Pa-a-a-aa-a-aa-a-a-a-a-ala-a-.. a-a-ua-a-~ Ca-ae~stc 'ia-ae ea-o a-aa-a-aca-la-a-a-a-a--a-a--c-a-e-a-.a-aa-a el a-e-x <ta-ma-O a-) da-es'a-a-Ja-a-ae ---a-eteate-a-a-a-o e-a-nota-a-as-aa-ea-a-le-e e-a-a-a-a-ae-e-eea-a--a-a-aa--l Sa--aJa-ra-era-ida-a-a-te da¡-a-ca-e-Saa-ae-Las a-a-e-a-a-eC'a-a-ia-eatos y a-a-ea-ea-e-La-ji da-a -a-aaca a-arita- a -ua-y a-als-ae-e-a-a-a-a-rOCa-e-LS e-ae-ja-e aCe-a-ea--a---e-a--a-aca-a-a-aa-seea-a-a-a -sca-a-e a-aa-a-a-maa-ea-. <Za-a-a-a -Ca-a-e a-a--aa-a-a-a-aea-ea-a-ea a-a-da a-a-ma-aCatea-sa-a-a-a-sa-r ea-Ve--a-La-ae-a-a-a-a, ls-a-yaes-ladala-a-'a-ea-ca-a-a-a-a-da-a-sae-eaese--va-e aa-a-a-e-e-aCaa-a-a-a-a-a-a-a-a-e. a P-e-a-e-ilitrse-ala-ea-a-e--ae La-a-a--u-seae--a-a-eea-a-aaO a-aa-a-ta-a-a-.a-O lay es a--aa-la-a-a-n.aa a ale-se-a-e-a-aaa-a-a-a-a-a-a-aa-aa-a-e-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-sa-a-a-a-aa lala-Jaa-aaa-e erass-o a-ra-a-e-aa-ale-saisa-a-cía-a-a-a-e-aa-Sa a-aaLa-itaura, ~aaa-Sa- CC a-.. lea-sa-e-a-> a-a-a-ria-s-d=a-tic a-a5? (
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s-.C...e-a..a- a-es, a-sa-a-a-a-te dc no ea-ama-a-a-la-a-a-a-a-a-s-a-a-tc e, a-aa-a-ja-aa-a-O aLaa-aa-a-a-a-a-itas C'a-sa-a-a-l a-aa--a-ael a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a- te a-e-a-a-a-e-rr,a-eSea-do a-a -a-a-l at< daIa -ja-a-a-a-a-e daa-a-a-a-aa-a-a-ja-e-aa-ee-a-e-a-a-aa-Ita-aa-e--a -a-a-ta-a-c.a-a-a-í a-ara-ra-es--eaa-el a-ata-a-ir a-sea-ca-a-ea-so 1 ya a-a-a-sm sa-ate-a-a-a-e es-aa-calao a-mt-sa-a--atoa--a--aaa-aCea-a-a-a-s-.a-a-a-a-a-ea-' os-a-s-va-so la ea a-a-ca-aLa-a-e-mce-a--aaa-a-a-a-aa-sa-a-o aea-ea-e-a-ea-aaaa-a-el teitaa-a-el a-a-a-eta-a-ea-a-rS a¡sra-ca-a-aa-s--ta-ia-0 a-ta-a-a-aa-, y, ca-aa-s-1a-a-Ca-a-a.a-'a-C.a-a- a-a -a-a-a-a Sa-SS ca-a-a -ata-sa-a-La-aa-Onm.¡sa-s-ea-a-cmja-.a-tra-a-a-a-.ta-a-a-ate ca-a-a-e-a a-a-ia--aea-~ ra-ca-e a-a-ta-a-a-ala-a5a-ta-s-Le-raa-ala-a-ia-sa-a-ma-a--'-da-a-ta-oa-a--aa-sc.a-a-a-dea-a-a-a-sba-a-ia-ae coca-ssa-a-a a tea-a-o cl · la-Sea-o da-Secaa-a-a-e--a-sta-aala-aaa 5 a-aae-a-a--i-a-raus a-a-a-te-ra- a-a-a-a-a-a-. a-, Sea-a-a--a-a-¿ eaca-a-aa-aeae-.lea-ceea-srlea-i a-a-vra--aa-a-a-a-e-Ca-a-saa-a-a-ma-a-a-aa-a--a -a-el. sa-a-e-a-a-e-a-a-aa-es a-a-a-a-a-aa-a-a-a--ta-a-jca-ta-ouaaa-a-a-aa-a-e-a-ra-asse-sm a -lIza-me-e-e-aa-a aa-csa-ica-a-a-a-tta-a-a-e-ce-a-.í rea-e-a-itm a pa-Za-O a-e-aJa-taree-litea-as a-aSe' Ir,a--a aea-a-a-a-a-a-ca-aaa ar¿ma-a-ae,a ia-a-ta-r¡-rota-cica-a-ea -¿ 10 22 c1
Ca- pa-a-ea-a-a-
a-a- is--are a-a-a-sa-sa-a-a-a-a-a-' interna-aa-' daa-a--Cte-as pa-la-ati-a-a-a-isaca-aa-ae-a-e a-a-a- a-a-ureara-a-tercadasa-se-a-isa-ev sa-e ¡'a-a-a-e-ea-aa--a--a-aca-a-a-a-sa-ace-ss-a-a-a-saca-e-a-a-arla-¿'e-ea-e-a-a-e a-a-teCe a-a-a-a-sa-a-a-ce-ea-acaSe-a e5a-15cacia-aeaa-o rse-a--a-a-a-are a-a-a-a-ael au) ra --e-e-crido a-sa-r Sea ea-sa-ra-a-e-ce ca-aaa-a-aea-a-a-a-a-a-e-a-el a-e- te-a-a-cia-atea-re-a-a-a-aca-te-a-a-: e-e-sa-la-La-Saa-a-a-~ a-aca-a-a-a-a-ca-aa-a-a-ja-a-e-a-a-a-a-a-saa-a-a-a.s-a-sa-a-a-aa-as a-te-a-5 ra-a-a Cite--aPCaal51.ea-a-a-a-s-a-a-ea-aa-. la-a-a-a-a-a-O O fa-eaalta-a-e-sa-O co 12 i"
a-ea-sa-a-aa-a-a-earmca-a-a-'a -a-ea-a-ca-a-a-as-a-sr otraa-a--ra-aa-a-a'a-ra-a-O a-a-ca-a-a-a-a-a-alale r-íia-' a-da-d a-Ya-ce-aa-a-s-a-ra-a-aa--a--eauaa-a-a-e-a -La-e-ea- aa aa--a-aa-de a-a-a-a-a-a-aa-sa-e. a-a-a-a -a-o--a-a---Ca-a-a-a-ca-$-a<a-a--u as-a-ra-La-ea a-ua->'sl-a5 a. a52
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Sa-a-a-Pa-a- da-
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C<a-?$a-~a-5a-&e-a-,a-2a-5Ca<a-a-ale--a-aalca-actraes la-ea-la-a-O la-a-sr í aa-a-a e-eta-ce-aSa-ate-aea-a-a-a-a-a-e-a-te YsLe-a-sa-iO Ca -la a-e-a-cía-a-, Ca-a-' a-aa-a-a a-a-aa-.. a-a-a-a-a-a-e-a-a -a-a-a-a-a-a te a-a-a-a--a-ile-a-te a-a-o la-a-a-a-catinaa-a-e-se-e-Ura-a-sr a-is-a-a-a-aIsla-jaa-a-a-Ie-a-a-e--ma-a-eca-LS <a-a-a-a-a-ra cíe las a-a-e-a-paca-aa-a-rre-ad a-a-a-a-aa-a-ae-s,ta-ia-Cia-a-caca-e-aLa-aca--st ja-la-Ca-a-aa-e-a-a-sa-o la-a-a-a-wa-a-x a-a-aa-a-a-a-a-aol a, aSa-eica-da-a-a-.i a-a-ue-a-a-Sa-a-e-t.a-e-a-e-ase-aPina-e-aa-cia-ci¿a-aa-aaa-a a-a-a-carta-así -la-a--a-e-sata ca-sa-Nra-a-saa-a-a-a-acl a-a-aveníade £ísa-za-a-a-a-eia-e-a-aae-atra$SAP a-, ti-a-a-CUS a-aa-aja-a-a-a-ortaa-a-e Va-sa-OrjÓa-COaa-e-e a-sa-a-ra-a-a-afa-a-ae-ma--a-e-a-a-a-a-e-a-e-a-a-tdo a-a--a-a-itay se-a-maa-a-ja-se-da-idaD±e-a-srta- de a-aa-a-a-sa-aa-a-a-e ave-usa-o cea-a-a--a-i,a-ia-e-a-a-taa-a-a-Sto la-a.-a-5musr±Ci¿fl a-aa-a->, da-e> e-e-ea-a-e-ada-a-a a-!aa-a-se-a-Sa Co ja-a-líe a-e-caa-ta-s-a-' a¡aae-a-Sa-eaa-cte-e-sea-aa-aa-ía-Searla-a-e-e-a-a e-a a-e-e-aa-a-a-rs las rasa-aaa-a-ca-a-a¡e-a-e-Ca-el Va-a-la--aa-ha-ra-raa-ma-a-:-e-a-e-e-a-esce en a-e-e-a-ai-a--a-a-'a-s-e-' ara-aa-e-ea-e-a-. a-a-e-ja-e-e-a-a-, a-a-el cce-a-!a-le-ca-ado se-a-a-ta-ca-s eaia-a-Ca-atím traaSeae-Se-a-a-íra-a-alea-re-ea-a-e-La-a-Sa-a y ca-el e-a-aa'a-a-a--aa-a-a-sa-ja Caviae -aa-ja-a-re-e-a-a-a-cta-cia cele-sa-a-a-a-as a-a-aa-Se Se-eaaa-ra'aa-aa-srce-a-arce-e-iea-ca-Sa-tsca-a-a- a-a-Ivala a-a-ea-a-eta Ca-a-la-a a--sr-a-aa-a-ataca-a-a- cl 35 dc a-a-a-e-a-rce dc aa-9a-¿/ a-ea-sr ta-n Cia-e-a-e-ae Pa-e. aíra-ata-a-a-a-a-a-je-ereaPa-la-cadLSa-a-sa-a-a-ra-ea-a-a-? a-a-aSea a-a-a-a-ea-a-e'a-da-aa-ta-se-a-a-, a-Se tice-e-a-aCa-a-a-lo a-a-cia-a-a-tla-taa-a-aFa-a-Ca-a-aaa-aa-e-a-a-a-a-aa-a-a-cc -da-aa-te se-al Ca-rse-a-a-jadaa-a-cSe--aa-e-a-Xe-trza-a-i¿a-s ct a-latida-a-aa-e-a-ra-rsa-a-t~lala-a-e-a-e-aes aa-e da-ata-a-~a-~ a-ea acia-aca-e-mes-e-a-a-rda-aa-Ita-Ja-a-, daa--aa-a1e-arse-aiaSsaca-atraa-ia-aaa-a te C!rie-.-aa--aS. Sr. Ca-ivaSa-ra-raea-a-aa-a-a-a-a--a-a-aeSea-ra-LSe-jea-ma- Co ra-Sa-a-ta-aa tira-e-a-se-cia-e-eaa-a-se-aa-a-a-e-a-a-O a-a-a-aa-aa -a -a-aJa-a-a-a-a-o e-a-o a-a-La-la-ae-a-a-a-a--a-sr ca-e-a-aa-,a-e-e-tatae-a-Se-a- Col a-e-a--a-osca-are-tea-it tre-a-a-ÑÓsaa-a-a-e a-.a-C..CrSd, la-te-a-a-e-jo ea-o la a-a-ea-la-o, a-a-a'aaa-ea-ter otra rete- taa rsssa-aa-a a-ml a-a-a-aa-eta-Ca-to Caeva-adice-a-a-a-a-a-a-ea-ea-ria-da.tte-ea-cflao Va-sa-a--o ca-a-a-ea-.a-e-ta-a-ca-ttaca-e te-a-leacia-aIie-a-rsa-ma-ia-rra-aa-a-a-a-ta el a-es-aa-ate ces a-aa-maa a-a-a-a-aSa-cridaLe-e-a-a-daa-a-e-e-a-tite-a-al a-a-afla-ta-ida-el, lo ciertaea-aea-a-' a-a-e-aCe el aCaJuliaCe 1971 ala-a-a-ta-le-a -tea-la-o no a-a-a tu a-e a-aa-a-a.at~ríaa-SAe-acee-1a-4a-a-a-a al Ja-ecia-tro date-e-a-pasa-a-aacama-e a-ea-a-aa-a-a-a2
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31
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a-aa-aa-a-ea-sa-aa-S-e-a-s-a-ta-ca-0a-s5, a-e-e-aea-a-e-O 551Va-e-ce-C ce-e-a-a--e-e-aa-a-a-a-a-a-a-.a-. a-ra--ea--La-a-a--aa-a-aa-e-a-'-'a-C a--a ra-a-a-e-a--a-a-a-as ~a-aa -ase. tau -a-a-usa-a-a-aa-a-Ca-Sr a-aa-a-O La--a-a-' aaa--.a5e-Cs-sa-a-a-a-eus 2 a-a-CC esa-aa-a-a-'-e-a-aaa -ae-u · aaa-ae -O a-e-e-aeaa-a-' 'eaa--ea-a-a-a-a-a-sea--sa-.. mía-aa-La-eaea-a--a--e. o ca-ca1a-t%taon Fc 42 c: 25 2
a-a-a-a'aeaa-a-5a-ua-a-a-a-a-a-e-a-a-t~a-aa-ea-' e'a-aauraa-a-a -a-lasa-ca-a--a-a5 aaa-aa-aCe-.e-ícvta-l ce-aaa a-aeta-aSe-a-a-. e-vv a-a-a-a-ca-i aaa--e aa--a -a-' aa-Se aa-ae-a-ara-a-a-a-a-a-a-e aaSa-a-a-a-eaa1 5
a-a-aa. aae-'a'a-e-a-a-a-aa-a-aelae-aaaLae-5.a-e-':Cr.LSSa-a-c.5 a-La-ala-a-a-asa-SL$lsia-a--ce -ca-a-aa-a-a-. a-e-a-raa-.ea-e.e-a-a-a-e-a-Sea-a-5Ce-la-eete-a-e-S<a-cieee-e-see-se-íe-a-e-a eaaa-ea a-ea -a-a--aaroela-a-a-ae -ae-.. a -eaa e -c
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ca-a-Saaa-a-aea-ro a-ca-.5a-rse-a-a-r la-a e-a-a-a¡Ma-ile> 5a-laa-aa-a-a-a-a-e-eZara-e-a-a-aae-a-a--a 'a-a-a-a-aa-aCa-a¡5a-~55e-tcr la-e-e-e-. a-a-a-a-la-ssa-a5 ca -5e-cssa-ta-etea-yC ca-a-nra-ea-ea-aVa--ra-.. «cl aa-ara-a-; e-a-~ a-e aa-a-a-ea-e-a-msa-a-a-ala-a-aa-a-aa-e-ale-e-a-e-a--ce-See-re-a-a -a-ea-e-asIa-a-ss a-ae4 e-aa-aaa-aea-a-'a-5e~4~a-. eaa-aa-aa a-aa-a-a-a-a-a-a-aJa-sm a-ca-a-e-e-Ua-stae-e a-a-a-e-ae 'msa-e-aa-a-a- y a-e-e-a-a--a-e-a-e-me a- aa-a-a-a-a-a-a:la--v-~ra-aa-ale-aCa--a-eta-a-a-a-a-a-aaa- aa-a-ea-aa-ae-a-a-aSe -t'a--a-a-a-a-' caa-aiemCti¿a-aa-a-LS a-caa1 12
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a-erae-aea-a-a-ru 'aare 55 eva,aja-tseea -o ee a-o a-erca-e-ia-eIa-±¿e-s la-se-cee-aa-e-a-aa-ae-aa-ea-e-a-a-a-aca-a-a-e-e-a-ce-a-e-li e-cc a-a-e e-a-a-Jo a-e íaa-se-a-e-a-a-e-a-a-se-a2 (c: 1s 2 "4 2
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a-a- o z a-as-a-a-a-ala-a la-a-a-a-e-sae -a-a-a-aaace ee. ca-a-ae-a11 e -ara-a--ea-a-a-rea<e a-ala-a-a-ase aSu e ea-e-a-a-u a-e a-aa-ev a-aaa-aca-aaJaaa-.. ayaaa-a-aa-ae-ra -Ca-e-a-a 24 cn
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a-a-a-a-a-aa-a--'
a-a-ma-me-e-aa-a-accrreLS-sce-a-a-.-a a-alara-a-ma-e-a-Ca-ata-a--a aca-ae aa-eaa-sa-Laa-aa-'' a-eaa-aa-CJe-ea-c.Lua-a-a-e-a-aaca--a-aesa-a-aaSea-a a-le-ca-a-a-a--e-e-e-se-a-Ca-aa-e a-a-. a-a-aa-aa-a-a-eec -fa-e-aCaeje-,«a-e-a-a-Se eaa-e aa-aa-a-ra-sa-e-e-sa--OS a-e-a -ada-a-<e e-te- a-a-a-a-aU' a-a-a-'a-a-a-'a-a-a-s--t ea-ae ~a-a-Qa-5a-a-fl le2
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ra-a-a-raa-ra-a-a-a-a-aa--aa-'aa-aea-a«el daaa-a'a-aa-a-a-ea-o ase-a«a-Ca-era-a-O le-Ca-a-a-a-a-aa-aa-aía-r-ae-ía-era-a-a-a--a-ea-' 5 a-a-a-rea-a-a-a-ea-a-'e-s-' \aa-dala-a-a-a-eaa-en' a-aa-' za-aa-me-a-, sa-a-a-ael a--a--a--a-aa-a-e ra-tea-a-aa-ls aaec*a-> aa-a-e-a-aa-CV pr a-aae-aae-a-ae- laa-a-a-ca-a-a-a-aara-aa-la-a-e-a-ea-ea-a-, a-a-a-aaa-aaa--a-a-a-a--a-aa-a-aisa-sa-alae-a-a-ea-a-a-a-a-ea-aea-ea-a-ra-a-a-, a-a-a--aa-a-a-e-a-a-a-aa-a-a-a'«a-a-a-a-a-a-oea -Ola-Sa-Sm, ca-e -a-ca-a a-a-a-a«cia-ea-, Va-a-a--a-ala a-se-ya-Me-aa--a---a-a-m a-a-a--leaa-ua-a-a-ouauía-a-'a-e-uCOa-a-9d4 ta-a-a-aca-re a-ara-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-a-ra-ae--~ a-a--a-.e-a-5a-a-a-tsrs-e-a-a-.a-a-ava-a-ce-e e--atILle-la-e-a-a-e-;: 1
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891
31 BU lOGRA FI A
## BIBLIOGRAFIA
- Aa-LCALAa-¡AKORA. Maa-a-la-os defectos de la Constitución de la-Uta
- Madrid, la-SEla-
- ALFEREZ. A: a-a-Cuarto poder en España'. Barcelona, la-SS?.
- ALVAREZ DE VIGNIER. Ra-' a-a-Infracciones de prensa e imprenta en la legislación y la Jurisprudencia'aMadrId. 1.966.
- ARRARAS, a-): a-Histeria de la Segunda República EsrJailOlaa-a-aVoN. la11 y lilaMadrid, 1a-969a-
- BALUBE, M: a-Orden público y militarismo en la España constltua-ET 1 w 1 cionalaaMadrid, la-983a-
- BECAURO. Jaa-La Segunda República Española la-93la-la-936'. Maadrid, 1.967.
- BARBANCHOaA: a-Las migraciones interiores españolas. Estudio cuantitativo desde ía-900a-aMadrId, 1,967.
- BARRELET Dea-La liberte de lainformatlona-a-aBerna, 1.972,
- BARROSO ASENa-)Oaja-: a-Limites constitucionales al derecho de la información. Barcelona, 1a-g84a-
- BENEYTOaJaa-Ordenamiento jurídico en la información', Madrid, la-gel.
## a-a-u información configurantea-. Madrlda1.975.
- BOSQUE MPIURELI Jaa-ta iadustrializacidfl de Españaa-. a-Rranadaa-
- .954.
- CAIa-VO SERER, ReLa dictadura de los franqta-tstasaEl a-affaire del a-Madrid 1 y el futuro polltico'. Paris, la-973,
- CARRaRea-Espal~a de la Restauración a la democracia (1.875 1.980)'. Barcelona, la-SSO.
a-ET 1 w 111 108
- CASTRO rARl~ASaJa-A a-a-aDe la libertad de prensa'. Madrid. 1971
.
- CENDAN PAZOS. Fea-Historia del derecho español de prensa e prenta (ía-5O1a-ia-966)a-aMadrid, 1.974.
ima-ET 1 w 129 486 m 342 4
- CIERVA. R de la: a-a-Historia básica de la España actual (la-BCO ~975)sBarcelona. 1.978.
- COLLIARO. Ca'Libertes publiques. Paris, 1.972.
- CONESA, Faa-La libertad de prensa periodlstica, Pamplona, ala- 978.
- CRESPO DE LARAaPea-El artículo des. La prensa ante el Tribu-ET 1 w 151 37 nal Suprea-na-es-aMadrid, 1,975, a-
- DERIEUXaE: 'Cuestiones étlcoa-jurldicas de la inforlsa-acióna-a-a-ET 1 w 87 346 m Pamplona 1 1.983.
- a-Politique e dra-it de lainforseationaaParis, a1 a-976a-
- CESANTES GUANTERada-M a-e-aEl acatocontrol de la actividad in atora-nativas-aMadrid. la-973,
a-Fundamentos del Derecho de la Interna-ación'. Ma' drídala-97?a-
- DUEÑAS. Gea-La Ley de Prensa de Manuel FragaaParIs 1.969.
a-a-La función de informar 1. Paa-ssplonaa1 a-976a-
- ESTEBAN -J de: a-aLas Constituciones de Españas-. Madrida1,982.
- PARIAS SARCIA, Paa-Breve historial constitucional de España(ía-8O8a-1a-978>a-. Madrid 1.981.
a-Libertades Públicas e laforra-aciónaMadrid, 1.988. FERNANDEZ AREAL, Mea-El control de la prensa en Españas-. ia-1aa-
- dridaIa-973.
a-La Ley de Prensa a debates-aBarceiera-aa-. 1,97$.
a-El derecho a la infora-a-a-acióna-aMadrid. 1.971
- PERNANDEZ CARVAJAL. Rea-La Constitución Españolas-, Madrid.
- aMadrid, 1.969,
- FOLLIETa¿'a-La información Santander, 1.972.
- hoy y el derecho a la inforisa-acióna-ET 1 w 18
- FONTAN PEREZaA: a-España esa esperanza. Madrid, 1.972, a-Los tópicos y la opinióna-. Madrid la-956aa-Humanismo romano <CI$sicos-Medievalesa-Modernos)a-aBarcelona. la-974a-
- FONTANaA; GORGUERAI E; y DE MIGUEL. Aaa-Madrid Página 3aMadrid, 1.922.
- COMEZ APARICIO, Pea-a-Historia del periodismo española-aMadrid
- 1,967.
- GOMEZ REINO Y CARa-NOTA, Eaa-Apa-a-oxa-a-e-ación histórica al Derecho de la Imprenta y de la Prensa en España (1 .450a-l ,966)a Madrid, 1,977.
- CONZALEZ PARAMOaJa-?'! a-a-aPolitica de Prensa, Dialéctica de la ea-a-a-presa periodística-aaBarcelona, 1 a-972s-
- elFOS ESPIEL, Haa-Periodismo y Derechos-. Montevideo, la-SSS,
- HERBERTaRea-La destrucción del Gernica, Periodismo, diploma cia. propagandaeta-istzriaa-. Paris. 1.977.
- IGLESIAS, fe-rancisceaa-Historia de una empresa periodística' Madrid. 1,978.
- ¿ACKSON. Laa-La República española y la guerra civil ala-SU 1.939a-. Barcelona, la-sao
- Tr¡bua-ET 1 w 19
- JINENEZ ASENa-JO GOMEZ. Eaa-La jurisprudencia penal del nal Supremaen materia de orden pobí icea-, Barcelona. a1.975.
- LOPEZ DE ZUAZO ALGAR, Aaa-Catálogo de periodistas españoles del siglo XU aMadrid, 1981 a-
-
.
- LUCA LE TENA, e-uLa prensa ante las a-a-asasa-aMadrid, 1.952.
- MARQUERIE aYa-aPersonas y personajes. Memorias informales 1 aBarcelona la-Sil.
- MARIa-Ha RETCRTILLÚ, Lea-Las sanclcnes de orden pa-Oblico en el Derecho españa-ls-. Vol. laMadrid, 119735
- MELLQNI. A, jaPEÑA MARINa6.-a- El discurso políticaen la pía-ea-ea-a síadraleña del franquismos-, ROma, 1.980.
- MOLiNERO, Ca-a-a-a-.> intervencián del Estado en la prensaa-. Baracela-e-a-aa1.978.
- MUÑOZ ALVAREZ Rea-Ayer y hoy de los archivos del Tribunal SupreneaAsada-encía Territorial de Madrid y causa gene. raía-, Madrída1,967.
a-ET 1 w 139 337 m 337 337 l S BT
- a-> a-5a-a-2<~SaLera- Za-a-Ita-a-eca en £spa~aaaPa-sa-e-pv ca-a-a. -a1.973,
- ?ELL:CER VALERa-JaJa-Aa-ea-a-El procedimiento sancionador en a-a-ate a-a-ias Ce Infa-ra-,e-aca-ón y Turismos-. aaleaca-aaliSES,
ejércia-ET 1 w 150 233 m 338 233 l
- Pa-iJOL MAPTINEZ, :aEn Galitza-a y el Isa-nro. Con les tos Gel General Von Mackesen y del arctduque Eugenio de Aa-a-a-tría. Madra-da-Buenos Aa-res. 1.916.
a-Yo soy revolucxonarios-aMadrid. 1.933.
- RAMIREZa'ea-2a-a-~a-a-~ y Libertada-. Madrid. 1 .980.
- RIVERO, Jea-aa-a-a-erces ge-di a-ge-a-esa-a-aParía-a1.973.
- SAMPELSYCas-a-ceaCela-ta-s te5¿Áts de la Zictadura: el ría
- a-o de si o-renta republicana. Madrid. 1.978.
- BANChSZ le-SEa7a -aaa-a-Ja-a-eta-a-raaGel c-e-ra-sta-t-mca-a-nal ase-a-co ese-a-a-a-Ca-a-la-ET 1 w 303 102 m 339 1
- Madrid, 1,94.
- CtNCa-5e-eae-roe-a-a -eea-aa-a-e-ea- e aa-a-a-a-a-a-a-a-aaaia--rjr'a-,¿a-a-a-a-' a-a-~uprea-eeaa-a-~ aea-aaes-a-a-a-ea---, a-a-sa-sa-a-a-a-e-a-
- LEGO SERRANO, Caa-Historía de EsDatda-aVol, a-?. Barcelona a-a.975.
- ALLONaJsEa-a-presa y empresarios de la informaca-óna-. Madrid 1.982.
- Ja-AMANES. Rea-La República. La era de Franco', Madrid. 1.977.
a-ET 1 w 154 407
- TERRON MONTERO Jaa-La prensa española durante el periodo I.936a-1a-975aa-Ja intento de anilisis politice'. Granadaa1,980,
- TIMOTEO ALVAREZ, Jaa-a-Restauración y $rensd de masas. Pase-ple eva, .981,
- TOBAJAS, Mea-a-l periodismo española-a-ET 1 w 121 334 m 233 334 l S BT Madrid1 1,984.
- luDe-AS VILL&RROYA, Ja-a- Breve historia <sp-ana-sasa-ir<ea-a-a-Oa-'a-aa99a-7a-leí consta-tuciiflal Isla-o
- a-a-a-?;Pe-S DEL MORAL Uea-a-Ga-níerea-uta-a-2na-l Ma-dra-da1,986, a-a-mo hest(ria-e-a- escara-la-a-
- TUÑON DE LARA, Ma-a- La España del sig lo XXa-. Barcelona, 1,981,
- IuSSELL GOMEZ a-JaLa España del la muerte de Carrero Blanca-s-ET 1 w 103 221 m 234 221 l S BT lo XX. Desde Alfonso XIII aBarcelona 975
- UBIETO, A. y otresaa-Introducción a Barcelona, la-979. la historia de Españasa-
- VIVIS AI4TOhÉaTea-Lisertad de prensa y responsabilidad cha-stanfla-. Madra-da11977
- VIÑAS, Aa--a-La Alemania nazi y el 18 de julio 5. Madrid, .914,
- Da-VENNEaSaa-La prensa era¼sa-ciedód con-tesa-a-poráneaa-aNada-a-id 1 .958,
- ta-FA HERASaZaa-a-la-a infa-rmaciónaÁn~la-sis de una infcra-,a-acitn fustra-a-laa-a?arce~;le-a a-a--a-
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