¿EL CRISTIANISMO EN LA CONSTITUCIÓN EUROPEA?
LA RAZON 22 MARZO 2004
GABRIEL ALBENDEA
Hay que partir de la observación de que la mención al cristianismo reclamada por algunos en la cercana Carta Magna europea no tiene ningún sentido práctico, o sea indiferente que aluda o no a él desde el punto de vista legal. Pero, si pudiera darse alguna clase de trascendencia a su inclusión, tendría más bien un impacto negativo ser que se señalara expresamente que se trata sólo de una mención histórica sin n valor para el presente ni para el futuro. Sin embargo, no es probable que se vaya a apaciguar la polémica en tal sentido, sobre todo por obra de quienes pretenden a ti trance que la Constitución europea aluda al cristianismo, pues no tienen en ello sólo un propósito histórico sino también apologético. Una prueba de ello son las salidas de de representantes de la Santa Sede y de la Iglesia católica en general. Ignoro cuál postura de las Iglesias protestantes, que parecen guardar silencio. No sé si tiene re con este asunto o es por casualidad que ahora se desate en Italia la polémica del c en las escuelas con motivo de una decisión judicial de retirarlas, polémica que pare haberse trasplantado aquí por parte de la izquierda. Lo cierto es que no parece lógico que el motivo jurídicamente irrelevante de la mención constitucional vaya a genera Europa una guerra alrededor de cuestiones que son diferentes y que tienen que tratarse con delicadeza y ecuanimidad. La misma falta de sentido tendría aludir, como se ha su redacción provisional, genéricamente a la «herencia religiosa», como explicaré l Y es que, tratándose de definir lo constitutivo de Europa, hay que partir de la discusión sobre qué se quiere decir cuando se habla de la esencia de algo. El asunto es más complejo al referirse a un ser histórico, dinámico, como una entidad política, a algo que no es sino que se hace, y acerca de lo cual se ignora si uno denota lo que ha sido o que debe ser, o sea, el pasado, presente o futuro. Referencias históricas, pues, todas las que se quieran, siempre que se hagan completas, lo cual sería difícil de incluir en una Constitución. Se podría subrayar la herencia griega, romana, bárbara, católica, protestante, islámica, oriental y hasta agnóstica y atea.
Principios constitutivos
Si hay algo que destacar, no sólo en sentido teórico sino con alcance práctico, será principio o los principios constitutivos, no jurídicos sino mentales, de la unidad euro occidental (ya que Europa no se diferencia de aquello que ha colonizado profundamente) que la distingue de otras entidades culturales o civilizatorias. Ese principio constituí que conforma lo que ha sido y lo que debe seguir siendo Europa y difiere de otros principios fundantes de otros Estados, por ejemplo, orientales, no es un principio específicamente religioso, sino precisamente la ruptura con la idea de la religión como elemento inspirador y fusionador de todo el ordenamiento social, en lo que consiste el integrismo religioso aún hoy, y la consideración de aquélla como un asunto privado. Por eso, no es el fermento cristiano medieval lo que puede fundar la futura unión política europea, porque aquél padecía el integrismo que aún se constata en las unidades políticas islámicas y entonces no se distinguiría de éstas. La ruptura con la idea de religión oficial como base de la cohesión social tiene lugar con el Renacimiento y la Reforma. En qué medida ambos movimientos, que posibilitan los subsiguientes, son deudores del cristianismo precedente es discutible. Quizá sea ya un tópico inasumible lo de que «los dioses griegos no viajan bien a la modernidad» (Heine) o que «San Agustín descubrió la intimidad, la culpa, la nostalgia, la piedad, que los griegos ignoraban» Rubert de Ventós), como si ésos no fueran sentimientos universales. Desde luego, lo que no heredan es la interpretación teocrática y teocéntrica del Estado que tenía el Medievo.
Libertad de conciencia
Si hubiese que hacer caso a Max Weber, el capitalismo liberal que constituye la modernidad se debió al espíritu protestante. Pero que sea sólo la libertad de conciencia y de interpretación de la Biblia lo que posibilita la libertad en los restantes órdenes es francamente dudoso. El clima de libertad se va expandiendo poco a poco desde finales de la Edad Media en los antecesores espirituales de Lutero. Al tiempo se extiende como libertad de pensamiento en general en lucha con los poderes de la Iglesia y el Estado como lo vemos en los casos de Giordano Bruno y Galileo. Libertad a que se refiere el lema kantiano: «atrévete a pensar». Libertad que más tarde desemboca en la nietzscheana «muerte de Dios», como negación de todo valor de la existencia religiosa en la denuncia de Marx de la alienación religiosa como «opio del pueblo», en la interpretación freudiana de la religión, parecida a la de Feuerbach, como mitificación de la figura paterna, o en la de Sartre como la pretensión imposible del hombre de ser Dios. Libertad que en el terreno de la ciencia se concreta en la libertad de investigación y experimentación.
La libertad política también se abre paso lentamente desde el Renacimiento hasta desembocar en el lema de la Revolución Francesa: "libertad, igualdad y fraternidad" Aunque desde Althusio, e incluso antes, se había postulado el principio de la soberanía popular, que acababa con la interpretación teocrática del poder, de su origen divino cuando en la práctica se consagra la libertad política que hace del súbdito un ciudadano es a partir de la Revolución, que prepara las democracias contemporáneas y termina con cualquier posibilidad de darle al poder un carácter sagrado. Ahora, por primera vez sólo el fundamento del poder es la soberanía popular, sino que esta soberanía no consiste en las características uniformes religiosas, raciales, étnicas, ni siquiera en pertenencia de una colectividad a un territorio común, sino en el contrato soberano que hacen los individuos, como se ve en Rousseau y más tarde en Renan, quien acuña el concepto contemporáneo de nación como la entidad política nacida de un «plebiscit cotidiano», que abandona toda fundamentación naturalista o sacra de lo político.
Unidad política
No es tan difícil, pues, ver que la esencia de la unidad política europea que puede reflejarse en una constitución no radica ahora ni debe radicar para el futuro en ninguna visión religiosa del mundo, lo que no la haría diferente de otras unidades políticas basadas en otras culturas, y cometería, como dice A. García Trevijano, «el barbaris cultural de integrar en el espíritu unitario de Europa no ya al islamismo residual de legado otomano, sino al catolicismo papal de la reacción ultramontana y a la teocracia de la ortodoxia rusa». Pero tampoco debe basarse en ninguna visión cristiana, como pretende el obispo alemán Homeyer, lo que no armonizaría con una Weltanschauur pluralista, que no puede discriminar a los ciudadanos por su adscripción religiosa. Pluralidad que hace de Europa y de Occidente una «sociedad abierta», en palabras de Popper. Resulta difícil admitir argumentos tan tópicos, que ahora se exponen con frecuencia, para demostrar la necesidad de introducir el vocablo cristianismo en el preámbulo constitucional, como que no se puede entender la música, la pintura, la arquitectura, la filosofía, ni arte ni ciencia en Europa sin el cristianismo. Claro, nada puede entenderse en la historia sin lo precedente. Pero no por ello vamos a citar en el texto fundamental desde el Paleolítico hasta el origen del mundo.
Si es verdad, como ve Bernard Lewis, que el islamismo y el cristianismo son las únicas civilizaciones con pretensiones de universalidad, sin embargo Europa ha roto el carácter religioso de cruzada, de esa universalidad que aún tiene el islamismo y limita a potenciar la globalización de la democracia como «locus» de la libertad e igualdad posibles del hombre. En este sentido Husserl ha entendido que «el fenómeno primario de la Europa espiritual es la filosofía entendida como ciencia universal de la unidad total de lo existente». Por eso, «el telos espiritual de la humanidad europea que arcanamente tiende, es una tarea infinita de la razón».
La visión heraclítea de la realidad como permanente devenir es lo que se advierte historia de las sociedades europeas, en todas las facetas del desarrollo humano, como fortalecimiento máximo de todas las facultades del hombre en la experimentación de todos los modos de vida. Lo que la Ilustración acuñó como progreso, desde Condor. María Zambrano acierta cuando dice que "Europa tiene el cambio como principio de conservación, la fragilidad como garantía de su existencia y la pluralidad como unidad"