Debate político de Libertad Constituyente con el lema "Independizar la Justicia", conducido y dirigido por Don Pedro M. González, con la participación de Don Antonio García Trevijano y Don Jesús Santaella.
Lunes 23-04-2012 Debate político
Locutor 00
23 de abril de 2012, 9 y 3 minutos de la mañana, 118 días después de la imputación formal de don Ignacio Urdangarín por delitos de fraude a la administración, malversación y fiscal. Muy buenos días, bienvenidos a Independizar la Justicia, les habla Pedro Manuel González. De nuevo este lunes abordaremos las novedades judiciales. pero no solo las judiciales, sino todo lo que rodea a la justicia, más importantes de la última semana. Para ello, contamos ya este lunes con nuestros invitados habituales en el estudio.
Locutor 01
...a don Jesús Santaella... ...buenos días don Jesús... ...y don Antonio García Trevijano... ...buenos días don Antonio... ...sobre todo a Jesús que se perdió... ...o yo... ...además vengo hoy con... ...con el ánimo renovado... ...sobre todo entre otras cosas... ...para felicitarte por ese magnífico artículo... ...que creo que hoy... ...habrá que también comentar... ...de disoluta es monarquía... ...yo os voy a decir de verdad...
Antonio garcía-trevijano
Bueno, claro, el artículo no pretende más que lo que dice, pero he querido también poner de relieve la frivolidad y la superficialidad de Ortega y Gasset. Que aunque es verdad que era el hombre más culto y más inteligente de su tiempo en España, y está bien que se alabe como eso, sin embargo, era un hombre enormemente frívolo. Por ejemplo, cuando escribe el artículo El Error Berenguer, se crea obligado... a enseñar a los españoles de su época, a los lectores del artículo, que hay que distinguir. Una cosa es el error Berenguer y otra cosa distinta es el error de Berenguer. Vaya, menos mal que existía en aquella época un Ortega que enseñaba a los españoles que era lo mismo decir error Berenguer que error de Berenguer. Eso demuestra hasta qué punto era superficial, ligero y frívolo Ortega y Gasset en sus escritos de prensa. Y copiaba también.
Locutor 00
¿Por qué? Sí, sí, bueno, eso don Antonio, usted nos lo estuvo... Claro que sí que lo enseñaba. Nos lo estuvo enseñando, efectivamente.
Antonio garcía-trevijano
Cuando digo que copiaba, no me refiero a los textos, porque escribía maravillosamente. Así es. Era un escritor fantástico. Lo que copiaba es que no tiene una sola idea suya. Eso es. Todas son copiadas, todas. Eso es. Hasta la más... No importa elegir, cualquier de esas viene de ahí. Por ejemplo, la más conocida suya es Yo soy yo y mis circunstancias, ¿no? Bueno, tampoco es original. No, es de una psicóloga francesa. Exactamente. No, no, perdón, perdón, no me he equivocado. La psicóloga francesa es la edad cultural, que son cada 15 años y se renueva la cultura. No, soy yo, mis circunstancias provienen de Max Stirner, y es nada menos que Carlos Marx y Engel, quien al criticar a... En la Sagrada Familia, un libro muy célebre de los dos genios del socialismo marxista, no marxista, yo no lo llamo, de los dos grandes escritores, sobre todo en Marx, al atacar a Marxistina, ponen de relieve ya y sacan la frase de yo soy yo y mi circunstancia. No, lo que yo he dicho del jesuita francés es que la opinión de Ortega, muy bien argumentada, que las generaciones culturales duran 15 años, que son la edad de renovación de la cultura, que no son las edades biológicas. Pero en fin, eso quería decir. Pues yo ahora aquí, al criticar el error Berenguer, primero digo eso, es la tontería de tener que aclarar que una cosa es el error Berenguer y otra es el error de Berenguer.
Locutor 01
Y en este caso, ¿de quién fue?
Antonio garcía-trevijano
De su majestad, de los asesores. Ahí está, ahí está. Por eso pongo mi artículo. Porque él... Bueno, Ortega, una de las cosas más difíciles que hay entre todas las personas escritores de la cultura, filósofos, ensayistas, es acertar en la metáfora o analogía, porque es muy difícil acertar, es como la nota del piano. Que una nota del piano tiene muchas gamas, puede estar afinada o no, pues igual una metáfora puede ser parecida, pero para que sea directa metáfora es muy difícil. Y Ortega no tuvo el arte de acertar en las metáforas, las ponía siempre por aproximación. Esto, después de haber escrito el error merengue, que evidentemente era el error del rey de haberlo nombrado, Sin más explicación ni nada, al final del artículo, cuando ha terminado, no sólo en punto y aparte, sino a pie de página, dicen, Delenda es Cartago. Pero eso no puede ser una analogía. En primer lugar, el propio latín, Delenda es Cartago, significa, Cartago tiene que ser destruido. Segundo. El que pronuncia esa frase es Catón, y lo hace 32 años antes de la destrucción de Cartago. ¿Cómo va a tener eso, analogía o metáfora, del error Berenguer, que a los cinco meses está la República, y que no la trae, no está destruida por nadie, no está traída por nadie, ni destruida la monarquía por nadie, sino que adviene? Y la palabra que todo el mundo dice es advenimiento. Pues ya, ¿qué quiere decir? Que no viene por sí misma. Es un advenimiento, pero que no lo trae nadie. Que no hay fuerzas republicanas. ¿Ha venido por qué? Porque se ha hundido la monarquía.
Locutor 00
Por eliminación.
Antonio garcía-trevijano
¿Qué tiene que ver eso con la frase de Lenda Escaltago? Nada. Y sin embargo, ahí está Ortega como ejemplo de la cultura española.
Locutor 01
Y en este caso, lo que aquí se ha producido es disoluta, ¿no? De Lenda, ¿no?
Antonio garcía-trevijano
Exactamente. Esa es mi frase.
Locutor 01
Pero es la causa... O la consecuencia.
Antonio garcía-trevijano
No, es que el latín es tan correcto, es disoluta como disolución, como disoluta.
Locutor 01
Como calificativo de la conducta.
Antonio garcía-trevijano
Exactamente. Y aquí hay las dos cosas. A la vez. Las dos cosas.
Locutor 01
Lo disoluto de la conducta puede generar la disolución.
Antonio garcía-trevijano
Exactamente ese es mi artículo. Exactamente ese.
Locutor 01
Claro.
Antonio garcía-trevijano
Y además, otra cosa que sostengo, que otra vez no lo ven, que yo creo que a partir de ahora, desde... desde que se ha producido este escándalo del rey el rey está ya siendo visto de otra manera
Locutor 01
Es que se ha igualado el solo al común de los mortales. ¿Qué va?
Antonio garcía-trevijano
No se ha igualado, se ha puesto por debajo.
Locutor 01
Evidentemente se ha sometido efectivamente al perdón de alguien superior, que será la opinión pública. Te lo sabes de los partidos.
Antonio garcía-trevijano
O sea, es error sobre error. Que no volverá a ocurrir, eso solamente se puede decir, a un superior. Como superior el pueblo no lo es, porque él lo desprecia. Es una inteligencia que no tiene formación, no hay, como no hay... ninguna institución que representa al pueblo, aquí no hay más superior posible que aquellos que tienen la soberanía del Estado verdadera, que es el Ejecutivo. ¿Y quién es el Ejecutivo? Los dos partidos estatales. ¿Y a quién le comunica él que va a hacer una declaración? A su jefe, a los dos partidos estatales, a Rubalcaba y a Rajoy. Esa es la realidad. Él se declara inferior a Rajoy y a Rubalcaba. Se declara, les promete a ellos no volver a ocurrir como un niño cogido en fragante y con tres o cuatro años.
Locutor 01
Pero utiliza el término, lo cual revela la escasa calidad de los asesores, utiliza el término que un rey nunca debe utilizar, que es equivocarse. El viejo principio de las monarquías es the king cannot do wrong. No puede equivocarse. Utiliza usted otro término.
Antonio garcía-trevijano
Es como si el papa dijera me he equivocado.
Locutor 00
Igual la infalibilidad. Muy buena esa precisión.
Locutor 01
Con toda la buena intención, yo creo que...
Antonio garcía-trevijano
Además, hay algo muy raro aquí, de verdad que hay algo muy raro, yo no lo entiendo, porque yo he sido pedado en la cadera, y yo no concibo que pueda, con tres roturas y una cadera, una prótesis general, una prótesis total, ¿cómo puede este hombre a los tres días salir andando? Esto solo lo he visto en los futbolistas. Ni eso siquiera, una cadera ni eso, es que no lo he visto jamás. ¿Pero cómo puede estar este hombre andando ni de pie ni de nada si tiene que ir en una silla de ruedas y salir en una silla de ruedas?
Locutor 01
Fíjate, Antonio, lo que está revelando es la superioridad de los monárquicos frente a los republicanos. Física. Eso es seguro. Eso es seguro. ¿Qué puede ocurrir ahora, Antonio, ante un nuevo error o una nueva situación de crisis de la institución? Una vez que se ha pedido perdón, ¿cuál sería el siguiente paso? Ante una nueva crisis.
Antonio garcía-trevijano
Pues ya después de pedir perdón no hubiera más que pedir limosna.
Locutor 01
O darle la guía de ferrocarriles.
Antonio garcía-trevijano
O estará pasando el platillo para que lo sustente.
Locutor 00
Sí, sí, sí. Pues vamos, la semana no es que haya sido muy favorable para la familia real, ¿verdad? Porque estábamos, don Jesús y yo comentábamos antes y queríamos traer aquí también a su consideración, don Antonio... ...precisamente a raíz de los correos electrónicos... ...que se ha aportado en la causa del caso Urdangarín... ...por el abogado de Diego Torres... ...en los que se menciona al rey... ...y a la infanta Cristina en sus actividades... Pues, a mí, don Jesús, la verdad es que me ha puesto a pensar, me ha hecho pensar a la fuerza, precisamente, porque ahí se hace mención al rey. El rey puede ser, y les pregunto a ustedes, ¿el rey puede ser llamado, aunque sea inimputable, a declarar como testigo?
Antonio garcía-trevijano
No, yo creo que no. Yo creo que al ser irresponsable, elude, excluye toda posibilidad.
Locutor 01
Bueno, eso está regulado, pero no está mal analizado por Antonio.
Antonio garcía-trevijano
Por Pedro, claro.
Locutor 01
No, no, yo por ti, Antonio. Vamos a ver... Una cosa es la declaración a título de imputado, que eso es impensable. Eso es impensable, claro, descartado. Y otra es la posibilidad de que declare como testigo. La ley es... Bueno, en su momento sí, yo recuerdo que con ocasión del procedimiento del 23F algunas defensas intentaron que declarase. Sí, también lo recuerdo. Pero eso se sustituyó al final por un informe escrito del jefe de la casa, de Sabino. Eso es. Y eso fue lo que se aportó al procedimiento. expresamente, que yo recuerdo si está en la ley de enjuiciamiento criminal hay un precepto 411, hablo de memoria porque están por ahí los artículos de los testigos que creo que viene a decir que están dispensados de la obligación de concurrir al llamamiento judicial y de prestar declaración como testigo el rey, la reina sus respectivos consortes el príncipe heredero Y los regentes, en su caso. ¿Esto qué significa? Que efectivamente es un derecho de estas personas el de no concurrir y no declarar. Pero como tal derecho renunciable. Es decir, el rey puede, a título de testigo, declarar si se considera así. Además, eso pues... Podría ser así que su testimonio pudiese beneficiar además a su yerno o a su hija. pero como tal derecho no es una obligación.
Locutor 00
Pero es que además, y en el dilema que le pondría, porque ya como está la situación de desconcierto que hay, le tiene que tocar decidir ahora mismo si se va a evacuar ese informe testificado o no, y cualquier cosa que haga yo creo que estaría mal.
Locutor 01
Lo que sí es cierto es que el contenido de esos correos electrónicos, si se confirma así, Efectivamente, aunque sea por vía indirecta, por vía referencial, porque estamos hablando de alguien que dice que le han dicho que el rey... Pero por escrito, pero por escrito. No, no, es que los testigos de referencia citan las fuentes del testimonio a través del correo.
Locutor 00
Lo que no sabemos es si realmente es que Urdangarín se está tirando, como se dice vulgarmente, se está tirando el pisto... Es decir, está alardeando de tener esa influencia precisamente para su propio beneficio o realmente subyace una influencia real. Miren, tengo aquí tres de esos correos.
Antonio garcía-trevijano
Pero es que no es un dargarín el que lo dice, lo atribuye a su esposa.
Locutor 00
Sí, eso es.
Antonio garcía-trevijano
A la esposa de un dargarín, a la princesa, a la alteza.
Locutor 01
Sí, pero es que el señor Urdangarín dice que su esposa le ha dicho que su reino y Augusto Padre... Exacto.
Locutor 00
Miren, tengo aquí tres mensajes que son bastante significativos. El primero de ellos, y lo voy a leer textualmente para que no se pierda nada, dice, tengo un mensaje de parte del rey y es que le ha comentado a Cristina para que me lo diga, que le llamara Camps a Pedro para comentarle el tema de la base del Prada y que en principio no habrá problema y que nos ayudarán a tenerla. Es decir, se está hablando de referencia del rey. Y este sí que es claro, este segundo que tengo aquí. Hemos conseguido que el rey se viera con Pedro para presentarle el proyecto. La reunión fue muy bien. Y aparte de parecerle bien armado, ha ofrecido toda su ayuda para encontrar ayuda financiera.
Antonio garcía-trevijano
Es que es descriptivo. Vamos, esto es que... Es que es descriptivo, no es una opinión. Está refiriendo un hecho del pasado que se puede confirmar.
Locutor 00
Entonces, bueno, si a esto sumamos a la nefasta semana el tema de las cuentas corrientes que se ha descubierto la infanta Cristina abiertas de titularidad con la esposa del señor García Revenga, Desde la cual se disponían, al parecer, y está investigando el juez Castro, la disposición de fondos de NOS a través de estas dos cuentas, titularidad, como decimos, de la infanta Cristina y de la mujer, una mujer con un nombre impronunciable asiático, de García Revenga.
Locutor 01
Tampoco es tan impronunciable. Es bubán o bambú, me parece. Es perfectamente pronunciado. Lo mío es el bandarín.
Locutor 00
Lo tengo abandonado, las lenguas asiáticas, la verdad. Y luego, bueno, también no olvidemos también la declaración de hora y media de esta semana de la secretaria personal del señor Urdangarín. Julita, no sé el apellido, pero me sorprendió mucho que en su tarjeta pusiera el nombre en diminutivo. Es como lo de Urdangarín, lo de poner Iñaki en vez de Ignacio. Julita pone las tarjetas de visita. Me parece muy curioso. Bueno, declarando sobre que efectivamente ella transcribió esa nota que obra en las actuaciones. dictada por el señor Urdangarén, el que daba instrucciones para el ingreso de fondos de no ser dos cuentas de Suiza que están siendo investigadas precisamente por el juez Castillo.
Antonio garcía-trevijano
El hecho que hemos empezado a comentar es que es verdad que la monarquía española está disoluta. Quiere decir que es disoluta y como es disoluta está en causa de disolución.
Locutor 01
Y no entramos en temas de sexto mandamiento. Mira, fíjate, Antonio, hablando muy en serio, que es como debemos hablar y normalmente lo hacemos. La circunstancia de que la infanta, doña Cristina, comparta cuentas corrientes que se van nutriendo de ese tipo de fondos con otra persona, ¿no? Vamos a ver, hay un artículo en la Constitución sobre el cual pocas veces se ha reflexionado, pero que es enormemente significativo. Es el artículo 65.1, que dice literalmente, el rey recibe de los presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su familia y casa, y distribuye libremente la misma. Es decir, está constitucionalizado el derecho... de lo que se integre en ese concepto la familia del rey, a que el erario español le sostenga. Porque habrá sostenimiento de la familia con cargo en los presupuestos del Estado.
Antonio garcía-trevijano
¿Y qué deducen ahí?
Locutor 01
Hombre, que me parece también poco ejemplar, Que si ya se tiene ese derecho a ser sostenido, claro, es decir, bueno, eso tiene su causa.
Antonio garcía-trevijano
Si el reino de la fortuna duró, por Dios, hombre, claro que sí.
Locutor 01
Pero es que eso alcanza a la infanta. Yo ya no entro. en si el rey hace negocios que aquí ahora no se está investigando si se está investigando lo de la infanta porque se decía no el yerno tiene derecho por muy yerno que sea su majestad a desarrollar su actividad profesional supongamos que el yerno como se dijo no forma parte de ese concepto que es más consanguíneo digamos que es la familia pero la infanta si entre otras cosas porque la infanta si está en el orden de de sucesión. De ahí que tiene derecho constitucional, no se trata de un derecho de contenido legal que se establezca en una ley. No, no, es un derecho casi público subjetivo. Es decir, la infanta, si no se le contribuye en forma que pueda sostenerse, pues lo puede reclamar. Es un derecho accionable en justicia, digamos. Pero claro, eso conlleva también una responsabilidad.
Antonio garcía-trevijano
Bueno, la principal es que no pueden hacer negocios.
Locutor 01
Claro.
Antonio garcía-trevijano
Está prohibido. Y al rey tampoco. Claro. Por Dios, si todo es un escándalo. ¿Cómo no va a estar disoluta?
Locutor 00
Yo, además ahora, yo quería apelar a la condición de que fuera de profesor de Derecho Mercantil de Doc Antonio. Sí, fui. Porque cuando las sociedades se disuelven, las sociedades mercantiles se disuelven, luego... Hay que liquidarlas. Entra en un periodo que se llama liquidación. Exacto, entra en un periodo que se llama liquidación.
Antonio garcía-trevijano
Que tiene una personalidad jurídica, la tiene, pero distinta.
Locutor 00
Claro.
Antonio garcía-trevijano
No puede hacer más que un tipo de operaciones, no otras.
Locutor 00
Las destinadas a su propia extinción.
Locutor 01
Y una de las características es desde el mismo instante en que se acuerda la liquidación...
Antonio garcía-trevijano
pesan los administradores.
Locutor 00
Exactamente, a eso iba Pedro. Yo sé por dónde venías. Claro, claro, si ahora ya entramos con que la monarquía está disuelta, habrá que empezar a pensar en liquidadores y cómo se va a liquidar, ¿no? Y esta analogía del derecho mercantil viene muy al caso, ¿no, don Antonio?
Antonio garcía-trevijano
Claro, porque hay causas de disolución como si sabéis perfectamente los dos, porque sois muy buenos abogados, y luego ya no hay causa de liquidación, norma de liquidación. Las causas son de disolución, y ya se liquida, y hay una norma de liquidación, que la primera de todas es el cambio.
Locutor 00
Así es. Bien, ¿les parece que pasemos a otro asunto? Asuntos concretos. Bueno, seguimos. Bueno, efectivamente. Mire, tenemos, pegando un salto, el tema de la amnistía fiscal que llevamos analizando aquí también en este programa los últimos... Como el secretario general del PSOE, don Alfredo Pérez Rubalcada, ha anunciado que su partido pedirá la paralización de la amnistía fiscal que ha aprobado el gobierno del Partido Popular y la recurrirá al Tribunal Constitucional al considerar que rompe el principio de igualdad entre los españoles que recoge la constitución española.
Locutor 01
Bueno, esta semana ha habido sobre eso dos novedades. Una ha sido efectivamente esta declaración... ...por parte del secretario general del Partido Socialista... ...se ha planteado un recurso de inconstitucionalidad... ...sobre la base de un dictamen del anterior ministro de Justicia... ...y letrado excedente de una constitución en Alcamaño... ...que efectivamente entiende que se produce esa... ...esa violación del derecho a la igualdad. Y hay un artículo, hubo un artículo, parece que fue el 18... Enrique Gimbernat, buen amigo, donde también se planteaba la inconstitucionalidad de esta medida de amnistía. En el caso de la argumentación del Partido Socialista, veremos lo que dice el Tribunal Constitucional, personalmente entiendo que no. que no se produce esa violación del principio de igualdad con independencia de que efectivamente pues aquellos que hemos venido haciendo frente a nuestras obligaciones tributarias en los plazos y en la forma que marca el derecho fiscal pues vamos a resultar digamos de peor condición de forma sobrevenida a como los que se acojan a esta medida de amnistía fiscal antes del 30 de noviembre del 2012 pues van a tener evidentemente un trato mejor. Pero eso, la amnistía en los términos en que se ha establecido, ¿qué significa? Significa efectivamente una suerte de derogación singular. de las obligaciones tributarias, al menos en las cuantías ordinarias, respecto de estas personas y por un plazo de tiempo limitado. Es una derogación singular de lo que es una norma general. ¿Es un privilegio? Sí, pero es que lo hace por ley. Por ejemplo, nosotros sabemos que la ley de régimen jurídico de administraciones públicas y el procedimiento administrativo común establece el principio denominado de inderogabilidad singular de reglamentos. Es decir, en el ámbito de los reglamentos no cabe que el cargo político de turno dispense singularmente del cumplimiento de un reglamento de carácter general en una situación concreta. Eso está expresamente prohibido por la ley. Cuando es una ley la que lo hace... eso estaba muy estudiado en el derecho alemán, es lo que se llama la ley medida. La diferencia de la ley general es la ley medida. Bien, pues se ha admitido perfectamente la legitimidad de las llamadas leyes medidas, si bien cumpliendo una serie de requisitos...
Antonio garcía-trevijano
Nació Jesús como una doctrina... distinta de la generalidad que fue la doctrina francesa. Y él la introdujo en Alemania como la especialidad de la medida.
Locutor 01
Por lo tanto, yo creo que desde ese punto de vista va a ser difícil que prospere la inconstitucionalidad por la vía de la violación del principio de igualdad. Jim Bernat, en otro artículo al que me refería antes, planteaba su vieja tesis de que dice que prohibidos expresamente los indultos generales, que sería lo menos, en la constitución él dice también está prohibido lo más, que serían las amnistías, en función de la generalidad. Pues yo creo que aquí, con todo respeto para Enrique, no ha terminado de valorar lo que es una amnistía y lo que es un indulto. Los indultos generales están prohibidos porque son decisiones del gobierno y son excepciones al principio de separación de poderes. Sería el cumplimiento de las sentencias. Por eso sí están prohibidos. Pero la amnistía no la dicta el gobierno. La amnistía, en el caso de amnistía respecto de delitos, exigen el rango de ley orgánica. Entonces, una ley puede derogar otra ley.
Locutor 00
genérica o singularmente eso sí lo puede hacer por lo tanto la amnistía por principio sí está permitida no está prohibida lo que tampoco veo que se fije tampoco señor Pérez Rubalcaba es precisamente y aún queda ahí a saber lo que va a pasar del defecto de rango evidente que ya habíamos manifestado aquí respecto a lo que es una modificación del código penal es que viene a
Locutor 01
a reescribir, aunque sea limitadamente en el tiempo, el apartado cuarto del artículo 301 del Código Penal. En ese sentido, sí tiene ese defecto de remo.
Antonio garcía-trevijano
No respecto al delito fiscal, que puede estar excepcionado ya en el propio código, en el segundo párrafo, sino respecto al lavado de capitales. También. Nada más.
Locutor 00
Nos están metiendo, que también ha habido voces de reconocidos juristas que se han manifestado en contra, en la imprescriptibilidad de la inspección fiscal respecto a los fondos que se encuentren fuera de territorio nacional.
Locutor 01
Tal y como está regulado el delito fiscal, hoy por hoy, que consiste en el no pago de una cuota de vida en el marco de los tipos impositivos en vigor, sea renta, de personas físicas, de sociedades, IVA, etc. Tal y como está así regulado, yo no entiendo esa previsión de imprescriptibilidad. ¿Por qué? Porque... está basándose en que el delito fiscal tiene un carácter continuado. Y es decir, que la prescripción solo empezaría a contarse desde el momento en que cesa la situación, en este caso, en que se ha informado de la existencia de esos fondos. Yo creo que eso es enormemente discutible. La posesión de fondos que generan renta, sea en territorio nacional o en territorio extranjero por parte de españoles, obliga a tributar en el marco de los impuestos concretos de que se trate. Y por lo tanto, si uno no declara y no ingresa la cuota correspondiente de un ejercicio concreto, la prescripción empieza a contarse desde el instante en que surgió la obligación.
Locutor 00
Sí, pues lo que dice el señor Montoro en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el que presentaba esta medida es que las rentas descubiertas que no hayan sido declaradas se imputarán al último periodo impositivo entre los no prescritos.
Locutor 01
Eso es una presunción, que si le quieren dar carácter de júri es un disparate.
Locutor 00
Pues así están las cosas. Además, yo por lo que he leído a compañeros especializados en el orden penal y en los delitos económicos, esto plantea un problema de defensa en relación a los derechos fundamentales, porque fíjese ustedes, hay una incompatibilidad... entre las normas administrativas previas y estas, como son algunas tan esenciales como la de la obligación de conservación de documentos y registros. Si la ley nos está diciendo que tenemos la obligación de conservar documentos y registros de orden tributario durante un plazo máximo de cinco años y ahora dicen que es imprescriptible el delito fiscal, ¿dónde queda el derecho de defensa? Porque yo puedo haberme ya eliminado esos registros y esos documentos Porque la ley así me lo permite y, sin embargo, por otro lado, se nos está diciendo que resulta imprescriptible, ¿no?
Antonio garcía-trevijano
Pedro, es que, y Jesús, es que a estos legisladores españoles les falta finura. Porque si querían hacer esto, que hubieran inventado el copago fiscal, y en vez de que haya el copago en las farmacias, aquí muy bien, los defraudadores que defrauden, que paguen el 10% y el 90% el Estado, es decir, nosotros, Y a él copago, sin ser más fino, mejor concebido.
Locutor 00
A su juicio entonces, don Jesús, aquí también habría un problema de constitucionalidad evidente.
Locutor 01
Lo que ocurre es que da toda la impresión de que como las arcas deben estar absolutamente... Nos agarramos a lo que puede, ¿no? Se hace lo que sea, pero en fin.
Locutor 00
Y luego, además, en cuanto a medida, no sé, choca un poco, ¿no? Porque por un lado se está decretando una amnistía fiscal y por otro lado le está diciendo a uno que es la imprescriptibilidad de la deuda tributaria.
Locutor 01
No es proporcional. Es decir, ¿por qué es imprescriptible esto equivalente al genocidio?
Locutor 00
Sí, sí. Es que es el único delito que reconoce el Código Penal como imprescriptible, además es el del genocidio. es casi un genocidio tributario parece lo que se está instituyendo bien, tenemos una noticia también que a mí me hizo reflexionar y pensar mucho el automatismo en derecho de extranjería concretamente como un informe del Consejo General de la Abogacía Española ha denunciado que la mitad de las privaciones de libertad en los centros de internamiento de extranjeros no tiene fundamento legal ya que De hecho, el 50% aproximadamente de las personas recluidas no llegan a ser deportadas, sino que el expediente de expulsión no llega al término para el que está dispuesto, que es precisamente el de la deportación.
Locutor 01
¿Y cuál es la razón? Es que no se... ¿Por qué no se culminan esos expedientes de deportación?
Locutor 00
Bueno, pues seguramente porque no haya razones de fondo. De hecho, en el informe...
Locutor 01
Sin papeles, sí.
Locutor 00
Sí, claro, claro.
Locutor 01
El que no esté documentado, ese puede ser deportado.
Locutor 00
Y también seguramente muy posible porque no da tiempo a tramitar el expediente, los 60 días máximos que refiere la ley para...
Antonio garcía-trevijano
Pero ya que vosotros seguís al tanto de estos temas que son importantes desde el punto de vista político, ¿qué alcance tiene esa noticia que acabo de leer ayer o antes de ayer o oír en la televisión prohibiendo la asistencia sanitaria al turismo este que viene para operarse aquí y luego tener luego la asistencia y los pagos en el estado de origen? Así que antes parece que lo han prohibido.
Locutor 00
Sí, lo que se llama el turismo sanitario.
Antonio garcía-trevijano
Sí, bueno, para que se entienda bien lo que estoy diciendo es, un extranjero o extranjera viene a España, se lo atiende, aquí se opera, obtiene la atención médica, se vuelve a su país y ese país tiene la obligación de pagar los gastos. ¿Es así? ¿Se ha suprimido eso? He oído la noticia que se había suprimido. Yo no estoy al tanto de ello.
Locutor 01
Yo he tenido referencias periodísticas, no tengo el conocimiento de modificación. Lo que sí es cierto es que en el ámbito de la Unión Europea... junto al principio de libertad de circulación de las personas existe también el principio de derecho a la asistencia.
Locutor 00
Yo recuerdo yo cuando viajo al extranjero, aparte de otros seguros, me llevo una
Locutor 01
tarjeta de desplazado, de estas que tienen una validez anual, una tarjeta sanitaria expedida, en este caso por la Comunidad Autónoma de Madrid, con validez en todo el ámbito de la Unión Europea. Si se necesita utilizar servicios públicos sanitarios en el extranjero, con esa tarjeta se le dispensan a uno y luego internamente los estados regularizan. Exactamente lo mismo Que en el ámbito interno español se hace entre comunidades autónomas.
Locutor 00
Entre aseguradoras privadas.
Locutor 01
Por ejemplo, un transeúnte madrileño que es objeto de asistencia sanitaria en Galicia, eso genera un coste. para la Administración Sanitaria de Gallegas que le facturará al Servicio Madrileño de Salud. Hay que ver lo que dice el doctor Antonio. ¿Qué es lo que sucede? Eso, en el ámbito interno español, ya se sabe que daba lugar a problemas porque esas facturaciones no siempre se atendían. Se esperaba que alcanzasen unas cantidades y luego operaba el mecanismo de la compensación, etcétera, etcétera, por razones estrictamente financieras.
Locutor 00
si eso lo trasladamos al ámbito europeo me imagino que los mecanismos de recobro serán todavía más complejos todavía más si ya lo son aquí en el ámbito interno desde luego bien pues saben ustedes que ya tenemos nuevo presidente de la sala de la audiencia nacional de la sala de lo penal de la audiencia nacional el juez grande Marlaska ha tomado posesión era hasta ahora recordemos titular del jugado central de instrucción número 3 Y tomó posesión como nuevo presidente sustituyendo a don Javier Gómez Bermúdez que ocupaba el cargo desde... Oye, por cierto, ¿qué pasó con el magistrado... Pues le he estado intentando localizar sin éxito estos días, don Antonio, le he mandado algún, yo seguiré insistiendo, por supuesto. Pues yo lo que le quería preguntar a Jesús, ¿cuál es el perfil de Grande Marlaska o cómo se prevé que va a ser su mandato en la Audiencia Nacional?
Locutor 01
Vamos a ver, la presidencia de esa sala es un cargo, es un primus inter pares, para entendernos. Tiene facultades fundamentalmente gubernativas de organización y de coordinación. Solo, excepcionalmente, puede tener incidencia en el ámbito jurisdiccional mediante la fórmula de asumir directamente la presidencia de alguna de las secciones encargadas de algún juicio especial.
Locutor 00
¿Es una función como de decanato, más o menos?
Locutor 01
Es eso, un crimen de interpares, pero que tiene fundamentalmente funciones, ya digo, gubernativas o de administración.
Antonio garcía-trevijano
Pero tiene mucha importancia la distribución interna.
Locutor 01
Está cada vez más reglamentado. Por lo tanto, más que en otra línea, la función es de coordinación, de buscar consensos allí donde haya consensos. Sí, pero es lo que yo llamo funciones gubernativas, no estrictamente jurisdiccionales. Lo que sí es cierto es que la etapa Gómez-Bermúdez se había caracterizado por la existencia de enfrentamientos internos serios. Las relaciones de Javier Gómez-Bermúdez con algún otro presidente de sección en la misma sala no eran precisamente cordiales, quizá porque en su momento también Algunos habían aspirado lo mismo que Dómez Bermúdez, que era la presidencia de la sala. La elección de Grande Barlasca, en ese sentido, puede contribuir a que esos disensos, esos enfrentamientos, efectivamente... se vayan diluyendo porque es una persona con un perfil, como se dice ahora, conciliador. Es decir, no se le conocen enfrentamientos ni adversarios en la organización de la Audiencia Nacional.
Locutor 00
Su discurso se centró en lo que serían las líneas de su actuación, sobre todo en la protección y atención a las víctimas del terrorismo y de los perjudicados en los demás delitos que investiga ese órgano judicial. Claro, esto quizás puede que sea un aviso precisamente a... A lo que se está llamando el proceso, mal llamado proceso de paz o de finalización de ETA, en cuanto desde partidos nacionalistas habían apuntado la posibilidad de una oficina del perdón, de que pidieran perdón ahí de cara a favorecerse beneficios de orden penitenciario. Y como que les estuviera diciendo, ojo, que aquí lo primero que hay son las víctimas del terrorismo o que les va a dar a él un papel en...
Locutor 01
En ese marco, en relación con el futuro que pueda tener el tratamiento del fenómeno terrorista de ETA, las competencias de la Audiencia Nacional fundamentalmente son dos. Por un lado, efectivamente, revisar las decisiones que el juez central de vigilancia penitenciaria, pues en materia de permisos y demás vaya dando... y recursos en materia de terceros grados, libertad condicional, etcétera, etcétera, o de informe en los supuestos de petición de indulto, nada más que eso. Para mí lo importante de la evolución del fenómeno terrorista en relación con la audiencia nacional, lo dijo su propio presidente de Juanes, creo que en el mismo acto de toma de posesión de Grande Marlaska, que es, el anticiparse a lo que ya está empezando a ser un debate sobre el mantenimiento de la misma Audiencia Nacional. Es decir, la Audiencia Nacional nace fundamentalmente como excepción a la competencia judicial del Forum Comisi Delitti, del lugar donde se ha cometido el delito, para extender dentro de todo el ámbito nacional su competencia en específicamente los supuestos de terrorismo. Desaparecido el terrorismo, pues parece que desaparecería la causa de existencia de la audiencia nacional. Lo cierto es que además tiene también competencia en otros delitos, falsificación de moneda, delitos económicos de gran trascendencia, las injurias a su majestad. Pero veremos qué pasa con el futuro de la audiencia.
Locutor 00
Bien, pues nos queda ya poco tiempo, pero vamos a darle ánimos también otra vez a la juez Doña Mercedes Alaya. Uy, ya siempre. Esta mañana ya le he dado ánimos. Estamos batiendo récords. ¿Pero cómo ha estado tanto tiempo? Está batiendo el récord de Urdangarín, que tenía... Sí, de juez de Palma. El ex consejero sigue allí declarando y bueno, previsiblemente a lo largo del día de hoy seguramente finalice la declaración y la mayor expectación precisamente está en ver si va a acordar medidas cautelares de orden personal como puede ser. la prisión provisional teniendo en cuenta lo que ha pasado ya con su segundo que está precisamente en esa situación de prisión provisional que augurio nos hace que mujer más fuerte de carácter y de todo con un aspecto tan femenino y tan agradable que mano de hierro todo eso es compatible Antonio ¿Qué piensa usted, don Jesús?
Locutor 01
Sería especular. Evidentemente, en relación con otros altos cargos, no de esta trascendencia, ya adoptó medidas cautelares. Veremos efectivamente... para lo que viene ahora en Andalucía, que es ese bloque socialcomunista en el gobierno, sería una malísima, malísima noticia.
Locutor 00
Sí, don Jesús, recordábamos además con don Antonio la semana pasada que no estaba usted aquí, Se la está ayudando desde el Ministerio de Justicia precisamente, a lo mejor yo, que soy muy mal pensado, pienso que es porque son de los del partido contrario también. En política nunca se es suficientemente mal pensado. Pues por eso digo, soy muy mal pensado por eso, porque a la juez Mercedes Salaya precisamente se le han mandado ya dos jueces de apoyo, vista su postura que está sosteniendo, para que se dedique exclusivamente a precisamente... Los dos grandes casos de corrupción que hay en su juzgado son el caso Betis, por un lado, que está implicado el señor Ruiz de Lopera, y este caso, para que lo que son los asuntos ordinarios los lleve precisamente dos jueces de apoyo.
Locutor 01
Pues eso, fíjese usted, eso, a mí esas cosas no me gustan. A mí yo lo de los jueces de apoyo... nunca lo he visto porque hay una interferencia política efectivamente es la violación del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley lo contrario al juez ordinario predeterminado por la ley es el juez ad hoc el juez al que se le asigna un caso concreto entonces hacer eso que significa dispensarle a ella del conocimiento de los asuntos que vayan entrando en su juzgado de instrucción, lo que está haciendo es violar el derecho que los afectados en esos otros asuntos tienen a su juez. A ser juzgado por ella. A ser juzgado por ella. Y en la medida en que se le atribuye en exclusiva el conocimiento de estos dos casos políticos, se le está dotando casi del carácter de juez ad hoc, con violación del derecho al juez ordinario. Entonces, eso lo que trata de favorecer... Una agilización en el funcionamiento de esos juzgados tiene en cambio esta otra lectura.
Locutor 00
Y lo que hablábamos precisamente, don Antonio, que nunca se es lo suficientemente mal pensado en política, porque yo tiendo a pensar que precisamente si hubiera un ministro de justicia del gobierno socialista no se hubiera acordado esta medida. Esto es así. bien nos están diciendo que ya hemos llegado a nuestro tiempo queridos amigos como siempre un placer y el tiempo se pasa rapidísimo con ustedes dos y con Jesús a ver si no faltas otra vez que te anotamos ante la reunión pública si no ha faltado es que ya sabes uno es un disoluto bueno pues don Jesús muchísimas gracias don Antonio un placer como siempre adiós Pedro y Jesús un saludo