El programa de hoy está dedicado íntegramente a la cuestión catalana. En estos momentos la unidad de España está en juego. Instamos a todos los oyentes a compartir los análisis y la solución propuesta por Don Antonio desde este medio. Ha llegado la hora en que debemos movilizarnos, alarmar a los amigos y vecinos de lo que sucederá a España si su desgobierno no adopta las medidas políticas que hemos propuesto hoy en esta radio.
Hoy Don Antonio escribe un artículo que le ha pedido el diario "El confidencial", donde resumirá las ideas defendidas en este programa radiofónico.
Han intervenido Don Antonio García-Trevijano y Don Pedro M. González, con la presentación de Míriam Fernández y la colaboración técnica de David López. Han presenciado el programa en el estudio Don Manuel Gallego y Don Pedro Gallego.
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RLC (2015-10-28) Declarar los estados de excepción y sitio en Cataluña.
Locutor 02
Buenos días, estimados seguidores y asociados. Damos comienzo a un nuevo programa de Radio Libertad Constituyente. Hoy es 28 de octubre de 2015. Les habla Miriam Fernández desde el estudio de Somos Aguas. En el estudio hoy contamos con la presencia de Pedro Manuel González, de Pedro Gallego, de Manuel Gallego, de David López, llevando la dirección técnica... Y como siempre, con don Antonio García Trevijano, al que paso la palabra directamente, puesto que él va a comentar de qué vamos a hablar en exclusiva hoy. Buenos días a todos.
Antonio garcía-trevijano
Buenos días, buenos días. Hoy es un día como ayer, empezó ayer con la noticia. del acuerdo, la resolución adoptada en el Parlamento catalán autonómico, de que se terminaba la época de la autonomía catalana y comenzaba la independencia con la proclamación de la República Independiente de Cataluña, hoy, ese día, esa situación tan anómala, tan extraordinaria, no ha sido corregida, ni ha sido siquiera encauzada por el gobierno de España. Se esperaba que automáticamente, ayer mismo, el presidente del gobierno, como tendría que tener perfectamente estudiado desde hace años, ¿Cómo hacer en el caso de que los separatistas catalanes llegaran al extremo al que han llegado? Eso no puede improvisarse en cuestión de un día. Tenía que estar estudiado y preparado a las leyes hace años. Bien, el hecho es que el presidente Rajoy ha guardado silencio y solamente se ha limitado a reunirse cuando ya era tarde a reunirse porque lo han pedido pues tanto el PSOE como Rivera no con Podemos porque Podemos forma parte del grupo de partidos que en el parlamento catalán pues no se oponen directamente a las pretensiones secesionistas bien y que es lo que ha acordado o ha dicho Rajoy nada ha dicho que está tranquilo. Que igual que a estos años, no hace nada. Tiene instrumentos legales para paralizar e impedir que continúe adelante el proceso de separación de Cataluña. Pero sin revelar cuáles han sido. Y el pretexto que da es que dice, comprenderá que esa estrategia no la va a revelar. ¿Pero qué se cree este imbécil? que estamos en una batalla militar donde son secretos los planes militares, pero si España quiere y dice que es un Estado de Derecho, entonces no se puede ocultar las leyes a las que puede acudir el gobierno porque otra cosa no puede hacer. ¿A qué tipo de leyes, a qué artículo, a qué precepto o a qué preceptos en plural piensa acudir para abortar la intentona catalana de dos gravísimos delitos, aparte de otros muchos más, sobre todo el de sedición, que es un delito que está ya consumado como delito. El delito de sedición en el Código Penal Español no es un delito de resultado, Es un delito que basta la intentona, basta la intención, basta intención declarada, manifestada, reconocida desde el exterior, para que sea constitutiva del delito. No hace falta que la sedición llegue a ser efectiva, tenga lugar, se realice. Basta la declaración para saber que eso constituye un delito de sedición calificado a los autores en el Código Penal expresamente, como en el 146 y 148, como promotores de la sedición. Y como tal promotores, tienen que estar fulminantemente... querellados contra ellos y tomando las medidas urgentes de prevención del delito con arreglo a los artículos correspondientes que consideran que es delictiva toda autoridad el presidente del gobierno si no hace nada para evitar la consumación de un delito. Así que hay no sólo los delitos de Cataluña soberanista, de los catalanes soberanistas, de la Generalitat y del Parlamento catalán, que están plenamente incursos en un delito clarísimo de sedición, sino que también Rajoy está claramente ya dentro de la comisión de un delito por omisión Ya que no hace nada para perseguir este delito. Y dice que está en secreto su estrategia. ¿Pero qué estrategia si son las leyes? ¿Es que acaso las leyes son secretas? Ah, pues nosotros aquí hoy vamos a examinar esas leyes. Vamos a decir qué es lo que nos hace y qué es lo que puede hacer. Y no lo ha dicho, pero no es él. Ni un solo periódico, ni un solo medio de comunicación, nadie sabe exactamente ni lo que está pasando desde el punto de vista jurídico, ni cómo se puede resolver jurídicamente, legalmente. Y andan con las tonterías del artículo 155, que vamos a empezar por destruir la opinión dominante hoy en España, tanto en el gobierno como en los medios de comunicación. Voy a destruirla ahora mismo.
Locutor 02
Hacemos una pausa y proseguimos en unos instantes. Hasta ahora. Estamos de vuelta y don Antonio va a comenzar con el artículo 155 Como sé que estoy en un medio radiofónico y no me estoy dirigiendo a un
Antonio garcía-trevijano
a un público oyente, de juristas, ni siquiera de abogados, pues he de ser muy minucioso en el empleo de mis palabras y en el rigor de mi exposición, para que pueda ser entendido por todos, por los técnicos en Derecho, por los coroneles en Derecho y por los profanos en Derecho. Voy a empezar, en primer lugar, Voy a destruir toda la opinión hoy existente de que el artículo 155 de la Constitución es el precepto idóneo, el adecuado, para hacer frente a la secesión de Cataluña. Eso es imposible. Voy a demostrar ahora mismo por qué. Artículo 155. Vamos a dejarnos ya de tonterías y de escuchar a los... A los tertulianos y a los periódicos para que nos enseñen lo que es el derecho. Y tampoco escuchemos a los catedráticos de derecho penal en España porque son todos dependientes de la constitución, del régimen actual en España y nadie tiene una opinión independiente. mejor dicho, dependiente exclusivamente de la ciencia jurídica y de la hermenéusis jurídica, para saber interpretar lo que es un artículo, un precepto de la Constitución, que nadie hasta ahora lo ha hecho. Empecemos. Artículo 155 de la Constitución. Primero, si una comunidad autónoma, Cataluña, no cumple las obligaciones que la Constitución y otras leyes le imponen, como es evidente, o actúa de forma que atenta gravemente al interés general de España. Es evidente. ¿Qué pasa entonces? Veamos. El sujeto activo de lo que tiene que hacer ahora es el gobierno, según la Constitución dice. El gobierno, ya veremos después, previo requerimiento al presidente de la Comisión Autónoma, es decir, Rajoy y su gobierno, previo requerimiento a Arturo Mas, y en el caso de que no sea atendido lo que le requiera, necesita obtener la aprobación por mayoría absoluta del Senado, además del requerimiento, en el caso de no ser atendido, entonces necesita pedirle la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias el gobierno, sujeto el gobierno de la central de España, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a la Comunidad Autónoma de Cataluña al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones, que ya las hemos enumerado antes, las que atienden al interior de España o las que violen la Constitución u otras leyes. Entonces dice que el gobierno español Rajoy podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a Arturo Mas, al cumplimiento forzoso de esas obligaciones, de respetar las leyes españolas. Y punto. Parece que esto está claro. Para que no haya duda, el párrafo segundo añade, para la ejecución de esas medidas preventivas, no, previstas, de esas medidas previstas por el gobierno, prevista en ese apartado que acabo de leer. El gobierno Rajoy podrá dar instrucciones a todas las autoridades de la comunidad autónoma. Punto y final. Ya no hay más artículo 155. De manera que, si se aplica esto, porque evidentemente es aplicable, puesto que es palpable, evidente y conocido en autoridad pública y política, que está incumpliendo la Constitución y el interés general de España, atentando gravemente, el gobierno podrá ejecutar esas medidas para anular lo que está pasando en Cataluña. Para eso, dice, exclusivamente el gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las comunidades autónomas. Es decir, el gobierno no podrá actuar por sí mismo, ni por ningún delegado del gobierno. El gobierno tiene que dar instrucciones, dice, a toda la autoridad de las comunidades autónomas. Como es evidente, que esto no puede ser interpretado diciendo que Rajoy tiene que dar instrucciones a la comunidad de Ceuta y Melilla, Murcia y Rioja, etc., para que ellos obliguen a Arturo Mas al cumplimiento forzoso de todas las medidas que el gobierno le requiere, como eso es absurdo, que quiere decir que es una mala reelección, porque se refiere a todas las comunidades autónomas en plural, pero que en particular tiene que decir a todas las autoridades de la comunidad concernida, es decir, en este caso, Cataluña. Es decir, lo importante... es que el gobierno no podrá ejecutar por él mismo nada, no puede hacer nada, nada más que dar instrucciones a quién, a la autoridad que él elija libremente, de la comunidad autónoma catalana. Ah, ¿y qué pasa? Como en este momento pasa. Si todas las autoridades catalanas son secesionistas y están implicadas en la secesión, de manera que no hay entonces ninguna autoridad susceptible de poner en práctica las medidas del gobierno. Este artículo es inaplicable, pero vamos a ver. porque está jurídicamente... no tiene eficacia... no está concebido... esta es la torpeza... de haber hecho una constitución... para la oligarquía... y no... España no haber tenido... un periodo de libertad constituyente... donde los verdaderos juristas... hubieran contribuido... a la redacción de una constitución... no digo que ejemplar... pero por lo menos decorosa... esto es indecoroso... pero vamos a seguir... porque qué pasa ahora... ¿Cómo va Rajoy a obtener la mayoría absoluta del Senado si está disuelto? Ah, eso lo ha expresado Rajoy, ha dicho expresamente, no importa, porque la diputación permanente del Senado tiene la misma competencia que el Senado. Y esto lo repiten como papagayos los políticos, los abogados, los periódicos. Vamos a ver, Pedro, si analizamos ahora de acuerdo contigo, que esta mañana le has dedicado a sacar adelante a la luz todos los preceptos que regulan esta materia, vamos a ver si eso es o no posible. Pedro, así que tienes la palabra para ver si es posible que la Diputación Permanente pueda poner en marcha el mecanismo del artículo 155, que antes de decir ya comienza, quiero decir que el procedimiento regulado para esto es el colmo es decir primero en el caso de que Arturo Mas no responda a ese requerimiento el gobierno tiene que pedirle al Senado en este caso Diputación Permanente que es donde nosotros vamos ahora a hablar tiene que darle primero el requerimiento que ha realizado las razones por las que ha realizado ese requerimiento la respuesta de la Generalitat o de la autonomía catalana y las razones que hay expuestos. Y si no hay nada de eso, se abre un periodo exactamente igual de investigación como un proceso judicial. donde tienen que alegar todas las partes para que él pueda entonces, si tiene razón y lo que viene es el nivel de acuerdo, tiene razón y te autorizo lo que el artículo 155 me exige, que no puede hacer nada sin mi autorización, te la doy. Eso es para que empecéis a comprender. Ahora, veamos por qué esto es imposible de llevar adelante.
Locutor 03
Bueno, dada la situación en la que nos encontramos de disolución de las Cortes, de las dos Cámaras, el organismo que viene a paliar ese vacío legislativo de las funciones de la Cámara Legislativa es la Diputación Permanente y su funcionamiento está regulado en la propia Constitución Española, en el artículo 78. recoge que existirá en cada Cámara una diputación permanente, pero a lo que don Antonio iba precisamente es a las funciones de la diputación permanente en cuanto a si es posible o no es posible que inicien el mecanismo del artículo 155 con todas las dificultades o inanidades, mejor dicho, que ha dicho don Antonio. Bueno, entonces vamos a leer textualmente cuáles son esas funciones que son las que aparecen en el apartado segundo del propio artículo 78 dice textualmente las diputaciones permanentes estarán presididas por el presidente de la cámara respectiva y tendrán como funciones la prevista en el artículo 73 cuál es esta primera función del artículo 73 bueno pues la función del 73 es convocar a las cámaras cuando estén entre periodos de sesiones y no estén reunidas Pero aquí viene lo importante, dice, la de asumir las facultades que correspondan a las cámaras de acuerdo con los artículos 86 y 116. El artículo 86 es la convalidación de los decretos leyes, que es una facultad legislativa que tiene el Ejecutivo para, en casos de extrema urgencia, dictar ciertas normas y que luego tienen que pasar a convalidación. Y dice también, sigue el precepto, el 78.2 y artículo 116. El 116, ¿cuál es? El que regula genéricamente los estados de alarma, excepción y sitio, en caso de que éstas hubieran sido disueltas o hubiera expirado su mandato y la develar por los poderes de las cámaras cuando éstas no estén reunidas. Entonces, ¿en qué tres funciones podríamos sintetizar a los efectos que nos ocupan ahora mismo las funciones que tiene atribuidas exclusivamente la Diputación Permanente? Serían tres. Las de convalidar los decretos ley del artículo 86. Que no viene al caso. Que no viene al caso. En segundo lugar, la de establecer las condiciones o pronunciarse lo que le compete respecto a los estados de alarma, excepción y sitio. Que puede ser, pero a efectos del 155 no, no compete para nada, no atañe a nada al artículo 155. Y la tercera, que es a la que según el presidente del gobierno... ...y destacados... ...o reconocidos... ...todos los juristas... ...constitucionales... ...profesores de derecho... ...de las cátedras de constitucional... ...se agarran para el caso que nos ocupa... ...que es la de velar por los poderes... ...de las cámaras cuando éstas no están reunidas... ...ahí está la madre del cordero, don Antonio... ...pues venga... ...es decir... ...que para aplicar el artículo 155... ...presindo ahora...
Antonio garcía-trevijano
de si es o no competente la diputación permanente, ya veremos, como cree, no, voy a decirlo ya, para que aguardar más tiempo, como lo que dice exactamente el artículo 78 que ha leído don Pedro, es que, las cámaras las facultades asumidas por esta diputación permanente cuando son disueltas las cámaras han sido la de los tres casos que ha mencionado pues una es ratificar los decretos leyes que no es el caso y no quedan más que dos Una, el artículo 116, que es determinar el alcance, el ámbito y la duración de los estados de excepción y sitio, en el caso de que estuvieran disueltas, donde no está previsto nada más, ahí en ninguna de ellas se refiere al artículo 155 de la Constitución. En cambio, como tiene una norma general, que dice que tiene la Diputación Permanente la función de velar por los poderes de las cámaras cuando éstas no estén reunidas.
Locutor 03
Ahí es donde se agarran.
Antonio garcía-trevijano
No, ¿qué va? Es que si se agarraran a eso, no, es que ellos creen... No, no, no, no. Ellos creen que la Diputación Permanente tiene las mismas funciones que las cámaras. Ahí está. Y se han olvidado de leer el artículo 78 de la propia Constitución, donde dice que no, que no tiene los mismos poderes, que tiene los correspondientes a los artículos 86 y 116 de los estados de sitio, y añade la novedad de la facultad que tiene y la obligación las diputaciones permanentes de velar por los poderes de las cámaras cuando éstas no estén reunidas Pero una cosa es que no estén reunidas y otra cosa es que estén disueltas. Porque reunidas están cada vez que las convoque el presidente o los reglamentos.
Locutor 03
Intersecciones.
Antonio garcía-trevijano
Intersecciones, pero son sesiones. Y hoy no cabe que estén reunidas porque están disueltas. Luego, ni siquiera cuando están disueltas, tiene... la facultad de velar por los poderes de las cámaras. No es verdad. Disueltas, como están disueltas, ya no están reunidas ni pueden estarlo. En ese caso no tiene aplicación el artículo que dice que tienen además la función de las diputaciones permanentes de velar por los poderes de las cámaras cuando éstas no estén reunidas pero estén en vigor. Bien. Primero, no es aplicable porque están disueltas. Por tanto, no tiene aplicación ninguno de los casos previstos por la propia Constitución para que las diputaciones permanentes, para el poder que tengan de que sea el mismo de las cámaras. Pero es que lo que dice que es velar. Vamos ahora a ver con el verbo velar. ¿Creéis que el verbo velar, la acción de velar, puede ser la de asumir, ejecutar, ejercer los poderes de las cámaras, que además están disueltas? Eso es imposible. Velar significa vigilar, porque vuelve del latín vigilare, que es velar. Es verdad que lo que se utiliza vulgarmente es velar a los difuntos, o velar a los dormidos, Es verdad que como las cámaras del Senado es una institución dormida, muerta, pues está muy bien la defunción de velar, porque están velando a quién, a los poderes de unos difuntos, porque qué poderes tienen, si es que no tienen poderes, en España no hay más poder que el de los partidos políticos. ninguna cámara tiene poder autónomo ninguna porque están hechas por diputados que han designado a dedo cada uno de los jefes de partido por tanto no hay poderes de las cámaras del poder de los jefes de partido son los únicos que tienen entonces velar por los poderes de las cámaras velar por los poderes de los partidos ¿pero qué es esto? ¿qué broma es esto de velar? velar es cuidar, proteger, observar mirar atentamente pero nunca ejecutar no es un verbo de acción sino de observación no es acción, no es actuar Por tanto, tampoco puede ser que las diputaciones permanentes puedan actuar en nombre de un Senado, como es el caso del artículo 155, que está disuelto. No es que no esté reunido, es que está disuelto. Por tanto, no hay poder ninguno de la diputación permanente para que pueda actuar en lugar del Senado en el artículo 155. Primer punto. Pasemos ahora... con otra pausa previa a otro asunto.
Locutor 02
Bueno, pues ahora después de la pausa continuaremos con el punto dos. Hasta ahora.
Locutor 00
Estamos de nuevo con ustedes y continuamos con el análisis y la destrucción del artículo 151, don Antonio. Ay, perdón, 155.
Antonio garcía-trevijano
Hasta ahora he dicho lo que el gobierno no puede hacer, que es la aplicación del artículo 155. Eso es imposible. Y lo repito, porque no hay posibilidad de obtener mayoría absoluta del Senado, ya que su diputación permanente no está autorizada nada más que a velar por los poderes de las cámaras Pero ni siquiera eso, solamente cuando estén reunidas. Si no están reunidas, bien, pero cuando no están reunidas, pero que estén en vigor, que no estén disueltas. Como eso es imposible, ya paso directo, no se puede aplicar el artículo 155, ni la Diputación Permanente tiene habilidad, está habilitada, tiene poderes legales, ni facultades constitucionales para cumplir el artículo 155, Una vez que está disuelta, ¿qué puede hacer el gobierno? No quiero decir que el gobierno, claro, ya dotó de poderes a la Constitución para que la Constitución, de poderes ejecutivos, para que la Constitución misma, en el caso de que en un procedimiento ejecutivo, y con una en la que el gobierno pide la nulidad absoluta de todo lo que ha hecho ahora el parlamento que lo harán seguro y lo pueden hacer y deben de hacer pedirle al constitucional que declare la nulidad absoluta de lo que resoluciones del parlamento de todas eso lo deben de hacer y lo harán y como medida preventiva suspende el tribunal judicial perdón el tribunal judicial Constitucional suspende cautelarmente la decisión del Parlamento. Bien, es que voy a estornudar, por eso me paraba. Bien, pues ahora vamos a una sorpresa. Por supuesto, continúo que el Tribunal Constitucional tiene que actuar con la nueva ley en que le ha dado poder ejecutivo para que anule y tenga poderes de ejecución. Y si no ha obedecido, mandar a la policía para que ejecute lo que el Tribunal Constitucional decida. Eso, por supuesto, lo pondrá en marcha. Pero eso va a ser poco eficaz, dada la naturaleza de la situación catalana. Pero debe de hacerse. ¿Pero qué puede hacer más? pues lo que puede hacer es más, lo que hace años, pero digo años, no ha hecho el gobierno, que es denunciar, querellarse, poner una querella verdaderamente radical contra todas las autoridades, todo el que haya tomado protagonismo como promotor de la sedición, que para eso está el artículo correspondiente del Código Penal. que sabéis que es el que lo he citado muchas veces, el 48 y el 46, los dos, que llama a promotores, esa sedición es tan clara, tan claro el delito de sedición, que el segundo día que hay que ir a la penal, pero hoy mismo, hoy tiene que estar presentada por la Abogacía del Estado, por la Fiscalía, por todo, y el gobierno tiene que instar y pedir a todos, la Abogacía del Estado luego, y la Fiscalía también. Porque ya está bien de ficciones de que la Fiscalía es independiente. No es independiente. Sabemos que si el gobierno quiere, la Fiscalía actúa. Pues que actúe la Fiscalía ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Aún corriendo el riesgo que este tribunal también esté contaminado por el separatismo o por el miedo a los separatistas y no admita la querella. Venga, adelante. Segunda vía. Tercera vía. Esta es la que yo propongo. Es la nueva, la que nadie sabe, nadie dice. ¿Pero qué es esto? ¿Es que acaso no está claro que hay también una vía expedita, directa y libre para que un gobierno emprenda inmediatamente la declaración del Estado de excepción y sitio? Y, como se comprenden, las facultades son las mismas, el estado de sitio, que es el más grave, es el que debe inmediatamente el gobierno declarar. ¿Cómo? Pues ahora dime tú, Pedro, cuáles son las condiciones y cómo se debe hacer para declarar y qué funciones tiene el estado de sitio.
Locutor 03
Bueno, aquí ya no existiría el problema que usted, don Antonio, ha descrito también, de que no se puede incoar por la diputación permanente el... poner en marcha el 155, sino que aquí sí que la Diputación Permanente tiene esa facultad, porque, como hemos leído antes, entre las facultades que recoge el 78.2, dice la de asumir las facultades que correspondan a las cámaras de acuerdo con los artículos 86 y 116. Y es este último, el 116, en el que su apartado 4, si no me equivoco, Se refiere expresamente al estado de sitio. Sí, concretamente el 116.4 dice... Luego, el párrafo segundo del apartado quinto de este mismo artículo 116 dice... Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjera alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por la Diputación Permanente. Solo nos queda un eslabón más de esta cadena, que cuando se puede... convocar o promover la declaración del estado de sitio también el artículo 116 en su primer apartado nos remite a una ley orgánica dice una ley orgánica regulará los estados de alarma excepción y sitio antes de pasar a ella vamos a terminar primero ratifico al piedra alerta todo lo que acabas de decir pero vamos a acabar de examinar la declaración
Antonio garcía-trevijano
esto de los estados que parece algo raro pero es que en las facultades del estado de sección y sitio se comprenderá que siendo muy parecido el de sitio requiere medidas más rápidas y más contundentes y el... Y ahí es donde se comprende por qué lo más aconsejable, lo más rápido para actuar y detener el proceso de separación de Cataluña y el delito y paralizar los efectos cada vez más graves del delito de sedición que ya se ha cometido porque la sedición, lo repito, no requiere que se haga efectiva para ser un delito. Basta lo que están haciendo. Por eso ahora sí conviene que Pedro nos lea que lo que iba a leernos del procedimiento. ¿Cómo se hace?
Locutor 03
Sí, es la ley orgánica 481, son las que recoge los estados de alarma, excepción y sitio, y son de progresiva gravedad en cuanto a las circunstancias que ordenan su adopción o permiten su adopción y las medidas que naturalmente se aportan.
Antonio garcía-trevijano
Pero lo más importante, para no perdernos en literatura, sabéis que voy hoy a decir al grano, grano, grano,
Locutor 03
Las diferencias entre el estado de excepción y sitio. Aparecen regulados en esta ley orgánica en el artículo 13 el estado de excepción y el artículo 32 el de sitio. Para que se puedan apreciar las diferencias vamos a leer los dos.
Antonio garcía-trevijano
Sí, pero sobre todo en la ley extraorgánica lo que más nos interesa es saber que encaja perfectamente. Porque dice actos de insurrección contra soberanía española.
Locutor 03
Es el artículo 32 que regula y define el estado de sitio y lo define de la siguiente manera. cuando se produzca o amenace producirse una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España. Su integridad territorial... O el ordenamiento constitucional.
Antonio garcía-trevijano
No digamos, eso es la constitución.
Locutor 03
Que no pueda resolverse por otros medios el gobierno de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 116 de la constitución.
Antonio garcía-trevijano
Pero es que tiene mucha importancia que diga que no puede resolverse por otros medios. Porque acabo de demostrar que no se puede resolver por medio del artículo 155. Por eso tenía que ser, he dicho, no hable, tengo que poner un orden, porque en una defensa... de jurídica de lo que estoy haciendo hay que actuar con lo mismo rigor o más que ante un tribunal donde no se puede alterar el orden de los factores porque lo primero en el tiempo es el mejor derecho y por eso hemos dicho primero inaplicable el artículo 155 Y después de haber dicho que están equivocados, los que creen que la Diputación Permanente tiene facultad para sustituir al Senado, para autorizar, digo no, la Diputación Permanente solamente cuando no esté reunida, pero no disuelta, cuando está disuelta, no tiene esa facultad, no puede sustituir al Senado, no tiene la facultad. Y tercero, lo que concede cuando no está reunida es la facultad de velar, es decir, de velar al que duerme, al enfermo. eso figuraros lo que va a curar al enfermo catalán de soberbia y de ambición y de miedo a ser perseguido por el robo continuo que han mantenido del patrimonio de España los Puyol y compañía y el presidente Arturo Mas que está complicado igual que Puyol hasta las cejas pues ahora a eso le vamos a responder con un artículo que autoriza a velar a velar a quien a ellos ¿Para qué? ¿A velar como los difuntos? Hombre, si estuvieran muertos, sí los velaríamos. Pero vivos no se les puede velar. Ahora, paso ya, por tanto, ahora, a por qué, si no se puede aplicar lo que el gobierno, sí, se puede aplicar, es verdad, el Tribunal Constitucional, algo podrá hacer. porque va a provocar un delito de desobediencia. Si el Tribunal Constitucional no ha obedecido, pues es un delito, y como tal delito puede ser perseguido en el acto. Como medida preventiva, la policía puede actuar en el acto. Y si los mozos de escuadra no tienen autoridad para actuar, se manda a la Policía Nacional, la Guardia Civil, y en defecto al Ejército. Pero ¿cómo va a tolerar un gobierno que tenga en sus barbas ridículas, riéndose de esa manera, pero que Rajoy es un payaso, al frente del gobierno, por Dios, este hombre no merece ni un voto, claro que los que vienen en su lugar son iguales o peores, porque hay que ver lo que hace Pedro Sánchez. Pero en fin, seguíamos, Pedro, que por eso este era un preámbulo para decir, porque no puede ser aplicado nada más, examinemos si puede ser aplicado o no las medidas que pueden ir justificadas, legitimadas, con una previa declaración del Estado de sitio.
Locutor 03
Desde luego. Parece que es evidente que estamos ante un atentado a la integridad territorial y al ordenamiento constitucional y que consecuencia la diputación permanente por vía del 116.4 queda... Ese es el tema del artículo.
Antonio garcía-trevijano
¿Cuál es el artículo?
Locutor 03
Sí, el 116.4 habla del estado de sitio y el 5, párrafo segundo, habilita a la Diputación Permanente a su declaración.
Antonio garcía-trevijano
Y lo dice claramente, ¿verdad? Ahí no hay duda. La Diputación Permanente... Disuelto el Congreso. ...de la Cámara... ¿Quién declara? Bueno, el Congreso. Se lo sé, la Cámara de Diputados se llama Congreso. Pues aquí no es el Senado. Y basta la sola Cámara... ¿Del Congreso?
Locutor 03
Sí, sí, a propuesta del... ¿La mayoría? Sí, sí, sí. ¿Simple? Eso es. Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjera alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de estos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su diputación permanente. Eso es lo que dice.
Antonio garcía-trevijano
Y no habla de mayoría absoluta.
Locutor 03
El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados. Sería la mayoría absoluta de la Diputación Permanente.
Antonio garcía-trevijano
Eso existe. Existe la Diputación Permanente. Constituye hoy por 39 miembros.
Locutor 03
Tiene un mínimo de 21, pero actualmente tiene 39, incluido el presidente.
Antonio garcía-trevijano
Con mayoría absoluta puede declarar Sí, y además las mayorías están... ¿Y qué hace el gobierno una vez que lo declara? ¿Quién declara?
Locutor 03
El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso a propuesta exclusiva del gobierno.
Antonio garcía-trevijano
Luego es Rajoy quien tiene que proponerlo. Si no lo propone no puede aceptarse. Rajoy, que se olvide de los malos asesores, que se olvide de la abogada del Estado de naras mentales, que tienen fama de qué, de vivas, de viboritas, ¿qué es eso? Nada, que se olvide de todo eso y que vaya directamente ya ¿A quién se lo va a pedir?
Locutor 03
¿A la Cámara de Diputados? Sí, que es la Diputación Permanente en este caso.
Antonio garcía-trevijano
A la Diputación, que ahí está hecha ya, esos 39 que le pida hoy mismo, pero ahora dentro de un minuto, que le pida la declaración del Estado de sitio de Cataluña, con todas las consecuencias que trae eso.
Locutor 03
Y tiene el dominio de la Diputación Permanente, además.
Antonio garcía-trevijano
Además tiene el PP mayoría.
Locutor 03
Sí, de los 39 miembros, 24 son del Grupo Popular, 8 son del Grupo Socialista, 3 del Mixto, 2 de Convergencia, 1 del Grupo Vasco y 1 del Partido Socialista de Cataluña.
Antonio garcía-trevijano
Y el Estado del Sitio... Ya, claro, adoptado de esa manera, ¿qué medidas puede proponer un Estado de sitio? Bueno, la suspensión inmediata de todo, ni siquiera mucho más que el artículo 155. Es que la autoridad del gobierno, la autoridad de España... mediante el estado de sitio, la impone en Cataluña. Ya veréis quiénes son los catalanes de valiente para oponerse a una cosa tan clara, tan evidente, que han incurrido en delitos gravísimos, que están reclamando la declaración esta misma tarde, esta misma noche, del estado de sitio en Cataluña. Esa es la propuesta que estoy diciendo. Y ahora vamos a seguir con los análisis que el artículo 13 de la ley orgánica
Locutor 03
es el estado de excepción pero es que es menor lo citaba usted don Antonio para ver como incluso si el estado de excepción es la última ratio de la actuación de estas excepcionalidades el artículo 13 es de menos intensidad pero si incumplimos si estamos ante un supuesto de sitio cuanto más estamos ante un supuesto de excepción que es el del artículo 13 porque habla de de impedir el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, etc. Bueno, pues hacemos una pausa y seguimos en unos instantes.
Locutor 02
Sigan ahí con nosotros. Continuamos con ustedes y continuamos con el análisis de don Antonio.
Antonio garcía-trevijano
El resumen de lo dicho hasta ahora, de lo argumentado hasta ahora, es sencillo. Hay que acordarse de todos los pasos. Primero, el artículo 155 es inaplicable. El artículo 155 de la Constitución. porque incluso aunque fuera aplicable, que no lo es porque no reúne los requisitos, pero incluso aunque fuera, lo que autoriza ese artículo es a que el gobierno Rajoy dé instrucciones, no que él cumpla. Lo que está prohibido por ese artículo es que el gobierno en nombre propio ejecute Anule lo que sucede en Cataluña y ejecute sus propias. Él no puede. Tiene que dar instrucciones a alguien que no sea el gobierno y que pertenezca a la comunidad autónoma y que sea una autoridad. como esas condiciones, todos los que tienen la condición de ser autoridades dentro de la comunidad autónoma, son separatistas, están implicados en el proceso de independencia de Cataluña, quiere decir que no se encuentra nadie que pudiera haber aplicado las medidas del gobierno. Pero es que además no puede ser tomada, repito, porque la diputación permanente no tiene competencias constitucionales ni delegadas, ni expresas, ni tácitas, para poder dar permisos, autorizar al gobierno para que haga... sí el requerimiento sí pero no para que adopte el artículo 155 por las razones que antes he apuntado eso es un error de un leyo de ignorantes de personas que no saben lo que es el derecho ni interpretar las leyes que ven que creen que la diputación permanente tiene las mismas funciones que las cámaras pues no es verdad no tiene las mismas funciones tiene las que la autoriza expresamente la ley que son las que antes Pedro enumeró bien Ese es el resumen. Que lo que se ha pensado no puede hacerse. Lo que se ha pensado. Digo se ha pensado porque no solo incluyo a Rajoy y al gobierno, sino al país, al mundo, a toda la prensa, a todos los periódicos. Uno a favor de una cosa, otro a otro. Uno más blando, otro más severo. Pero nadie propone algo efectivo que pare radicalmente el proceso de separación de Cataluña. Nadie. Y nosotros sí lo proponemos. ¿Pero qué creéis? ¿Que es casualidad? que es una casualidad que sea yo que defendí la ruptura democrática contra Franco, que desde entonces he permanecido invariable, que denuncio permanentemente toda la mentira de la transición española, que estoy denunciando que los partidos sean estatales, que cobren del Estado, que eso es totalitarismo y fascismo, que estoy denunciando la falsedad de la Constitución, que digo que dura porque no se cumple, cuando dicen que esta Constitución ha durado más que ninguna, claro, como que no se cumple. ¿Acaso el mandato imperativo la prohibición se cumple? Cuando todos los partidos dan las órdenes y no hay un diputado que se atreva a votar en contra de lo que diga el juez de partido. ¿Dónde está la disciplina de voto? Si no es contrariando la libertad del diputado de votar según su conciencia. ¿Pero dónde está? Porque no hay representación, amigos. No puedo repetirlo más que en este momento. España no tiene representante alguno. tiene autoridades, no representantes. Porque un diputado no es autoridad. Porque una de las primeras cosas que pensé, digo, bueno, ¿en quién puede delegar Rajoy para darle instrucciones, que es lo que dice el artículo 135, para combatir, anular el proceso separatista? Pensé, bueno, ¿algún diputado del PP o de Ciudadanos? Pues no, porque los diputados no son autoridad. Es que este tema tampoco se comprende. Una autoridad tiene que ser forzosamente un cargo estatal. O municipal, pero no viene al caso ahora. Una autoridad. Y no hay autoridad en Cataluña, dependiente, como es natural, de la comunidad autónoma, Que no sea separatista, lo que es inaplicable. ¿A quién le va a dar instrucciones a Forcadell para que diga lo contrario de lo que dice Arturo Mas? No, mejor es que resucite al corrupto Jordi Puyol y le dé instrucciones a la autoridad moral que tiene Jordi Puyol todavía en Cataluña y todavía en el resto de los partidos. que no le persiguieron, ni con banca catalana, ni con nada, porque tanto Felipe González, como Aznar, como Rajoy, querían utilizar las autoridades de las autonomías catalanas para tener mayoría absoluta, y por eso no lo perseguían, si conocían el robo a la perfección, pero prefirieron tenerlo sujeto calladitos porque sabían la corrupción en la que estaba a cambio de votar con ellos los presupuestos y hacer posible el gobierno. Esa es la corrupción del gobierno, no de los catalanes, eso por supuesto. Felipe González, Aznar y Rajoy han estado corrompidos cada vez que han, sabiendo quién era Puyol, han acudido a los votos para mantener o aprobar la legislatura. Pero ahí no termino ahora. Lo que quería decir... Es que ese es el resumen. Pero ahora, para hacer el estado de sitio, tengo que recordar algo que me ha recordado Pedro Gallego. Pedro Gallego, si sabéis, el que está ayudándonos con tanta eficacia siempre que puede, pues ha venido ahora con su padre a visitarme con mi... Y él me ha recordado que no se asuste nadie del estado de excepción, ni del estado de sitio, ni del estado de alarma, porque alarma él, dentro de la misma ley, regula el estado de alarma, excepción y sitio. El grado más grave será el sitio en las medidas. Pero el estado de alarma me ha recordado que tanto el ministro de Fomento Blanco como el ministro del Interior Rubalcaba, ya recordaréis que el caos que se organizó con los controladores de los vuelos en el aeropuerto de Barajas, declararon el estado de alarma. Y que duró 30 días. Pues ¿y qué? ¿Que pasó algo grave? No. ¿Y qué el estado de alarma aquí implicó? Pues que el propio ejército tomara el control de los vacíos dejados por los burócratas de las compañías aéreas.
Desconocido
Contralor.
Antonio garcía-trevijano
que por razones económicas de aumento de salario, pusieron en riesgo la vida de los pasajeros en aviones. Y el ejército, pues qué anormal tiene, que era algo infinitamente más grave que aquella circunstancia que determinó la declaración del estado de alarma. Qué importancia tiene que hoy, con todas las consecuencias, para ejecutar las medidas que adopte el gobierno en el estado de sitio. No tiene necesidad de dar instrucciones, puede hacerlo por él mismo. El gobierno puede actuar enseguida y movilizar a las fuerzas públicas que necesite, policía, guardia civil o ejército. para resolver lo que es evidentemente una situación no excepcional, no es que sea un estado de excepción, una anomalía total, la destrucción de la soberanía de España, la destrucción de España como concepto, como entidad histórica, y algo más grave que eso no existe, mucho más, si no hubiera una mentalidad social demócrata en la escala de valores, donde todo vale y nada importa, como la que hay hoy en España, esto hubiera sido imposible, Pues ahora, como todavía quedamos personas decentes y con energía suficiente, denunciamos al gobierno español, a Rajoy, porque están... pasivo, indolente, acobardado, y no está actuando conforme a lo que se espera de un presidente del gobierno que debe estar como debería estar, con la firmeza que debe tener ante un desafío, un escándalo tan grave como que una comunidad autónoma diga que se ha terminado la autonomía, que comienza el proceso de la independencia ahora. Que la independencia no, que ya está y que da un plazo de 30 días, nada menos que para empezar ya el proceso propio de la independencia. Esto no tiene antecedentes en ningún país histórico, salvo que están imitando los catalanes la independencia de Kosovo. Kosovo que el gobierno de España no tiene reconocida. Es que verdaderamente yo no puedo comprender cómo puede haber un hombre viril o una mujer femenina que tengan el carácter, al frente de un gobierno, de paralizar en el acto cualquier movimiento de sedición. En el acto. Pero no ahora, hace 20 años, hace 30 años, parado en el acto, no se hubiera llegado a lo que se ha llegado. ¿Qué responsabilidad está asumiendo Rajoy? Suponer algo que no sea deseable y que no quiero ni imaginarlo, pero que no se puede descartar. Es tan violento lo que está sucediendo en Cataluña. Es una guerra civil que de momento está sin armas, de momento. Porque un poco menos de la mitad de los catalanes que votan, que han votado, se declara independiente ya. Dice, ya está, empezamos ya a desconectar. Pero esa palabra desconectar, ¿creéis que de dónde viene eso? De Kosovo. ¿Pero creéis que se puede decir que la independencia consiste en desconectar? ¿Quitar el enchufe? o la palanca que da electricidad, desconectar un enchufe, claro que apaga una habitación. ¿Es que creéis que se puede apagar España porque desconecte Cataluña su enchufe? Pero si no ha hecho más que sacar lo que ha podido del resto de España. Pero desconectar, desconectar más de 600, 500, 400 años de convivencia, de relaciones culturales, mira que no estoy hablando de las económicas, sino la relación cultural, si Cataluña es España, pero tan España como Andalucía, y como Extremadura, lo mismo, si es que es ridículo, es verdad, como dice Boadella, que se señala a ver quién, dice hoy Boadella en un artículo en El Mundo, o en El País, no recuerdo, Dice que se diga, que se enumeren, ¿cuál es el hecho diferencial que justifica que a Cataluña se le reconozca derechos especiales históricos? Que se diga una, a ver, que se enumere. ¿Quién me enumera una que tiene una lengua distinta? ¿Y qué? También la tiene Galicia, la tiene el País Vasco, ¿y qué? Eso no es suficiente. Porque no es suficiente porque no es el único factor que determina el nacimiento de las naciones. También está la religión. ¿Es que acaso Cataluña tiene una religión distinta? También estaba en el momento donde se planteó al final de la Primera Guerra Mundial, cuando se disuelve el hisperio austrohúngaro, se plantea el tema de quién tiene derecho a esa autodeterminación. Y sí, los marxistas, los más progresistas, los más revolucionarios, dicen, hombre, está justificando cuando una región situada en la periferia tiene un desarrollo industrial e intelectual superior al resto del... Entonces está justificado en España. ¿Está justificado hoy que Cataluña sea más avanzada que el resto de España en qué? ¿En economía? ¿En paro? ¿En renta nacional? ¿En deuda pública? ¿En qué está más avanzada? ¿En cultura? Decirme en qué está más avanzada. Entonces es que no tiene pretextos de ningún tipo, ni económico, ni moral, ni cultural. Y sin embargo, ¿por qué ha llegado tan lejos? Porque enfrente no ha tenido nadie que le pare los pies. Y es ridículo, ahora lo digo de verdad. Me encanta que haya gente, entre otros gente inteligente como Donald Macio, que crean que... que no es cobardía de Rajoy, sino que hay un plan, Rey, Rajoy y Arturo Mas, para obtener la independencia de Cataluña como en la época feudal, igual que entonces el emperador Federico era el emperador de toda Europa y tenía reyes y condados, sus serenos soberanos, pues de una manera parecida ahora el Rey, Arturo Mas y Rajoy establecen una Cataluña independiente pero perteneciente a la corona. Cuando oigo esto, a él claro que puede decir lo que quiera porque es un hombre muy inteligente, pero él no tiene responsabilidad política como la tengo yo. Yo soy responsable políticamente. ¿Por qué? Porque tengo levantada mi voz contra Franco I desde que tenía 16 años. Y no he cesado de levantarla hasta hoy. Y tengo quien levante su voz y haga una propuesta, adquiere una responsabilidad política. Yo la tengo por mi propia palabra. No porque tenga ningún cargo, ni lo pido, ni me estera, ni me interesa. que es más, los desprecio, porque van inherentes a la vanidad. Y yo no tengo vanidad, pero tengo la responsabilidad política que tengo un discurso político permanente de la libertad política colectiva. Y como tengo que ser fiel a mi responsabilidad, claro que me preocupo. Yo no estudio el Código Penal, no estudio la Constitución, pero cuando llega el momento, tengo que estudiar la sedición para darme cuenta que ha sido una trampa redactada por los... ...representantes de los partidos políticos... ...que hicieron la constitución... ...para que no exista nunca... ...la posibilidad de perseguir un delito de sedición... ...no se puede perseguir... ...porque como está redactado... ...es imposible perseguirlo... ...pero es que tampoco... ...en la constitución tampoco la estudio... ...entonces como... ...el código penal tampoco lo estudio... ...pero cuando llega el delito de sedición... ...lo leo... ...y al leerlo digo... ...pero si el delito de sedición... es casi pasivo en el Código Penal, porque están redactados, tanto el Código Penal y la Constitución, por los mismos partidos que han tenido buen cuidado de no ser atacados. Entonces, a la sedición, pero si los propios partidos han hecho un texto que es casi inaplicable, que no puede darse nunca un delito de sedición, y no hablemos para nada del Código Penal, El Código Penal está hecho por los partidos políticos y han cuidado muchísimo de que no pueda haber ninguna articulación penal que se le vuelva en contra. ...con esto yo... ...no quiero aplazar más... ...el momento es gravísimo... ...llamo la atención... ...pido el apoyo... ...de todos nuestros seguidores... ...de todos... ...por la unidad de España... ...porque somos nosotros... ...ahora sí... ...ahora sí hay que ser patriota... ...ahora... ...porque cuando se es patriota... ...y la patria no está en peligro... ...eres un imbécil... ...un cursi... ...eso de ponerse signos patriotas... ...de qué... ...si la patria no está en peligro... ...no hay que ser patriota... ...porque no es necesario... ...pero cuando España está en peligro... ...como ahora... Pero el peligro no viene de Cataluña, eso ya lo sabíamos. El peligro está en el gobierno de Madrid, que es incapacitado de actuar porque es indolente y porque no tiene competencias ni conocimientos mentales, ni capacidad mental ni conocimientos jurídicos para poder actuar en consonancia con la gravedad del delito que se está cometiendo en sus barbas. Ni él ni la señorita Santa María pueden, les cabe en la cabeza lo que está sucediendo. Ni saben cómo combatirlo. Pido ayuda a vosotros, los oyentes, de que tenéis que levantaros, salir a la calle, interrumpir a los periódicos, las conferencias, a todos. Decir, sois unos mentirosos, sois vosotros los que estáis hundiendo y destrozando la unidad de España. Si lo de Cataluña es una porquería, eso no vale nada. se puede en un momento dado en unos minutos en un día se acaba con toda secesión en Cataluña ¿qué pasa? porque no hay autoridad sí, autoridad autoridad no sólo la autoridad no es el cargo la autoridad la da la persona porque viene del verbo latino augere crecer, aumentar tiene autoridad el que tiene los ojos que ve crecer la hierba que tiene atención ese hombre tiene autoridad esa mujer tiene autoridad Y entonces esos son los que ven crecer la hierba. ¿Quién tiene la autoridad en España para haber visto crecer la hierba del separatismo? ¿Quién? Nadie. Sí, claro que lo he visto yo, pero por eso estoy en el ostracismo apartado, porque me tienen más miedo a mí. que defiendo nada más que la libertad política, la democracia formal, porque no he entrado nunca ni siquiera en problemas sociales de democracia material, me tienen más miedo a mí porque defiendo la libertad colectiva, que a ETA y que a los separatistas catalanes. Ellos han tenido acceso a medios que yo no he tenido, ni tengo. Por eso a este modesto medio le pido ayuda, ayuda, no a mí, a la libertad política y en este momento a España.
Locutor 02
Imposible decirlo más claro, don Antonio, pues muchas gracias por intentar abrirnos los ojos a todos y la verdad es que hoy oigan la petición de don Antonio y no solamente se queden en darle a me gusta, sino que compartan este programa, salgan a la calle, sean activos y compartan esta información y no la desinformación que nos encontramos con los medios. Muchas gracias a los que hoy nos acompañan también en el estudio y hasta aquí el programa de hoy. Mañana continuaremos comentando la actualidad nacional e internacional. Contamos con ustedes, como siempre. Pasen un buen día.