RECURSO (ONTRA VENTA DE BIENES: DEL DIARIO "MADRID"
Madrid 17 (De nuesura redacción, por COICOECHFA) = Kn nombre de don Rafael Calvo Serer, el Jetrado ton Antonio Forte, ha interpuesto recurso de rcposición contra la . providencia del juzgado de primera instancia número 2 de Madrid, de fecha 22 de febrero pasado, por la que s prohibe presidente de FACES: (Fomento de Fconómicas de "Madlrid , Diario de la Noche S.A.: Ja celebración de juntas de accionistas de las citadas sociedades, mientras s halle pendiente la total ejecución del laudo
IDAD POR EL ALMA DE
Yallespir Llodrá
5 LLULL PARERA)
AÑOS, EN MANACOR; HABIENDO RECIBIDO LOS LA BENDICION APOSTOLICA
P D
Llùll Vallespir; hijos politicos Andrés Alcover Galmés Margarlta Antonía Lourdes Llull Salas; hermanos demás familiares al partlclpar tengan presente en sus oraclones y asistencia al 18, las 7'30 de la tarde, en la iglesia parroqulal de el martes dia 20, @ las 7'30 de la tarde en la misma arbitral dictado cn julio de 1971 por cl ex'ministro dc Comercio señor asi como la realización de de u otra suciedad, ni de leudamiento de las mismas. Dida disposición ha sido adoptada 'por el juzgado de primcra instancia número 2 instancias de don Luís Valls_Taberner, parte también, como se sabe, en e pleito por la propicdad del diario ~Madrid el cual ha promovido juicio ejecutivo con e a la subasta de las acciones en FA.CES., empresa propietaria de "Madrid, Diario de la noche S.A; En este momento: pues, son dos los procedimientos existentes sobre ejecución del mismo laudo arbitral el ahora instado por scñor Valls Taberner promovido en abril de 1972 Sociedad Anónima de Fomento (S.A.F.) end que por
En primer afirma en que en e procedimiento ejecutivo instado por el señor Valls~Taberer no han sido citadas ninguna de las partes interesadas; ni FACES, ni "Madrid, Diario ni don Rafael Calvo Serer, pues no confundir estos cumpla la providencia ahora recurrida, con las notificacionee que se se afina en el recurso, el proccdimiento ejecutivo instado ahora viene sustituir promovido por S.A.F. en suspenèo en estos momentos, ya que la que ordenó tal suspensión, de fecha 27 de abril de no ha sido recurrida. Finalmente, s añadc en el escrito del recurso, la claúsula scxta de la escritura de sometimiento arbitrajc de dc de 1971 declara iniciación de rnalquier avvión julicial relacionada con Ja controversia, sea en proceso de cognición 0 de ejecución, debe cumnplir un requióito perjuicios irreparables , situación que no se lugar , puede que