va),·siendo sus linderos: derecha, casa número "nueve de herede ros de Antonio Sánchez; izquierda. número cinco, el/ Estado (antes Isabel Ortega Carnacha), y frente, casa de Dionisio Cha marra JiménCZ Cedidos gratuitamente al AyuntamiE:mto de Ja bugo (HU8.Va) para la construcción de un Centro Sanitario y vivienda de Médico, cuyo destino especifico no ha sido cum plido.
Articulo segundo.-Los inmuebles aludidos volverán a inte grarse en el Patrimonio del Estado debiendo inscribirse a su nombre en el Registro de la Propiedad y en el Inventarlo de Bienes del Estado a posteriores fines.
Artículo tercero.-Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Real Decreto.
Dado en Madrid a uno..de oct ubre ,de mil novecientos setenta y seis.
JUAN CARLOS
El Ministro de Hacienda, EDUARDO GALARRAGA
21469
REAL DECRETO 2471/HJ76 .. de 1 de octubre, por el que se acuerda la reversión al Estado de una finca urbana sita -en el término municipal ete Ocaña (Toledo), que fUe cedida gratuitamente al tam;,ento de dicho término municipal con desttno Centro de Higiene Rural.
Por Decreto dos' mil seiscientos cincuenta y cinco/mil Cientos sefóentay ocho, de diez de octubre, el Estado cedió gratuitamente al Ayuntamiento de Ocafia (Toledo) un inmueble, sito en dicha localidad, que había de ser destinado, en el plazo de cinco años, bajo condición rElsolutoria, a la construcción de Un Centro de Higiene Rural. La c;-orrespondiente escritura pública fue formalizada el treinta y uno de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho. Transcurrido con expeso el plazo citado-el Ayun· tamiento de Ocañaha reconoc.ido que no se ha cumplimentado la finalidad prevista. En atención a lo expuesto procede acordar la reversión deol inmueb;'e al Estado en oumplimiento de 10 dis puesto en los articulos ciento sesenta. y tres y ciento sesenta y cuatro del Reglamento para la aplica.ción de la Ley del monio del Estado,
A propuesta del Ministro de Hacienda y previa deIíberación del Consejo de Ministros en su reunión del dla uno de octubre de mil novecientos setenta - y seis, -
DISPONGO,
Artículo primero.-De oonfonnidad con lo que d.mermina el artículo ciento sesenta y cuatro del Reglamento del Patrimonio del Estado se acuerda la reversión al Estado del inmueble que a continuación se describe:
..Urbana sita en el término municipal de Ocafia, carretera de Noblejas, número seis, con una superficie edificada de tos metros cuadFados; edificio de dos plantas de veintiséis tras de largo por diecinueve de anchura, cercada de ciento renta y un metros cuadrados.» Cedido gratuitamente al Ayun tamiento de Ocaila (Toledo) para la construcción de un Centro de Higiene Rural, cuyo destino especifico no ha sido me-
Artículo segundo.-El inmueble a;üdido volverá a integrarse en el Patrimonio del Estado" debiendo inscribirse El. su nombre en el Registro de la Propiedad y en el Inventario de Bienes del Estado a posteriores fines.
Artículo tercero.-Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del PatIimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites· necesarios para la efectividad dE cuanto se dispone el el presente Real Decreto. "
Dado en Madrid a uno de octubre de mil novecientos setenta y seis.
JUAN CARLOS
El Ministro de Hacienda, EDU1\RQO CARHILES GALARRAGA
21470
CORRECCION de erratas de la Orden de 28 de julio de 197{] por la que se dispone la ejecución de tencia dictada en 30 de diciembre de 1975 por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en recurso número 303.841/74, to por don Antonio Gareta Trevijano Forte contra resolución del Tribunal Central de 20 de octubre de 1973 por Contribución General sobre la Renta del ejercicio 1965. '
. Padecido error en la inserción de la mencionada Orden, pu· blJcada en el ..Boletín Oficial del Estadonúmero 250, de fecha de octubre de 1976, páginas 20346 y 20347, 'se transcribe a tmuación la oportuna rectificación:]
En el segundo párrafo, dicf'; «... artículo 105 de la Ley de 27 de de 195tl, ...
Debe decir: "... artIculo 105 de la Ley de 27 de diciembre de 1956».
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RE80LUCION de la. Dirección General del Tesoro y Presupuestos pOr la que se amplia la ción número 40, concedida a la Caja de Pensiones para la Vejez :Y de Ahorros de Cataluña y Balea res para la apertura de cuentas de re caudación de tributos en los establecimientos qlie se indican.
Visto el escrito formulado por la Caja de' 'Pensiones para la Vejez y de Ahorros de Cataluü.a y Baleares, solicitando autori zación para, ampliar servico de cuentas restringidas de re caudación de tributos,
Esta Dirección General acuerda que la autorización aúme ro 40, concedida el 13 de octubre de 1964 a la citada Entidad, se con.sidere ampliada a los siguientes
Demarcación de Hacienda de Barcelona
Aribau-Laforja.-Agencia Aribáu, a ia que' se asig na. el número de identifciación 237-241,
Cardenal Reig.-Agencia en Cardenal Reig, . bloque 4, a la que se asigna el número de identificación 08-28-166.
Ciudad Meridiana.-Agencia en Costab9na, 1-3, a la que se asigna el número de identificación
Can Rull.-Sucul·sal en carretera de TalTasa, 358, Sabadell, a la que se asigna el número de identificación
Creu de Barberá.-Agencia. en avenida de José Anto nio, 439-443, Sabadell, a la que 5;e asigna el número de íden· tificación 08-23-169.
Can San Joan.-Agencia en Batería, 39, Moneada, a la que se asigna el número de identificación
Can Palet.-Agencia en Colón" Tan'asa, a la que se asigna -el número de identificación 205-207
Demarcación de Hacienda de Gerona
Els Pi:i1s.- ..<.:gencia en avenida de Colón, 25-27, Blanes, a la que se asigna el número de identificación
Madrid, 14de septiembre de 1976.-El Director general, Francisco Aran López.
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RESOLUCION de la Dirección Genera,l del Tesoro :Y Pres1.Jpuestos por la que se amplía la· ción nlimero 137, concedida a la Caja de Ahorros de Tarrasa para la apertura de cuentas restringi· das de recaudación de tributos en meintos de la misma que se indican.
Visto el escrito formulado por la Caja de Ahorros de sa solicitando autorización para amplia.r el servicio de cuentas restringidas de recaudación de tributos,
EsL Dirección General acuerda que la autorización ro 137, concedida el 13 de noviembre de 1964 a' la citada dad, se considere ampliada a los siguientes establecimientos de la misma: púm9Enti-
Demarcación de Hacienda de Barcelona
Oficina en San Cugat del ValIés, sita en carretera Sarda 1101a, 13, a la que se asigna el número d identificación Oficina en Barcelona, sita en Les Corts, 3, a la que' se asigna el número de identificación
Oficina en Barcelona, sita en Llobregós, 134·136, a la que se asigna el número de identificación
Oficina en San Vicente deIs Horts, sita. en José Antonio, 256, a la que se asigna el número de identificación
Qficina en Tarrasa, sita en plaza Liberación, 256, a la que se asigna el número de identificación
Madrid, 15 Ele septiembre de 1976.-El Director general, Francisco Arán López.
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RESOLUCION de la Dirección Genéral del Tesoro 'Y Presupuestos por la que se ampUala ci6n número 4, concedida al ..Basco lbértco, ciedad Anónima,., para la aperturc. de cuentas re$." trtngtdas de. recaudación de tributos en los cimientos que se indican.
Visto· el escrito formulado por el eBanco Ibérico, S. A,., Solicitando autorítación para ampliar el servicio de cuentas de recaudación de tributos,
Esta Dirección General acuerda que la autoriZElc16n· núme ro 4, wncedida el 30 de sePtiembre dte 1964 a la citada dad, se considere ampliada a los siguientes establecimientoª" de la misma;