El Supremo considera justificado utilizar fondos reservados para espiar a Conde

El Alto Tribunal archiva el sumario del 'caso Crillon' por falta de pruebas

El Tribunal Supremo ha archivado la investigación sobre cl supuesto espionaje al que fue sometido Mario Conde. Para el Alto Tribunal, el 'informe Crillon' existió, pero no

Tampoco pruebas dc que el informe Crillon fuese pagado con fondos públicos de carácter rescrvado Pero, aunque así fuese, concluye el Supremo, es lícito utilizar estos caudales secretos para vigi lar comportamientos de personas que podrían poner en peligro el sistema financiero espanol y, por lo tanlo, cl interés público colectivo. La investigación nació a raíz de la declaración prestada por Roldán ante el juez Garzón, quien; entre otros extremos, asequc Serra ordenó cspiar Conde, para lo que utilizó fondos rescrvados del Cesid con anuencia dc García hay guró Vargas.

pruebas de quiénes fueron sus autores Y, aunque la orden partiese del ex-vicepresi dente del Gobierno, Narcís Serra, "no es injustow que el Ejecutivo tratase de conocer las actividades de quien dirigía el que era el hay primer banco espanol, así como que utilizara para ello fondos reservados. Ádemás; la investigación no ha permitido comprobar que para la elaboración de este informe se hubiesen utilizado métodos ilegales.

EL ex-presidente de Banesto, Mario Conde; acude a declarar a la Audiencia Nacional.

Serra pide explicaciones a sus acusadores

A partir dc esta declaración; el magistrado del Supremo Eduardo Moncr inició en abril una indaga ción para comprobar si en efecto sc llevó a cabo la confección del informe Crillon y si los autores 0 inductores cometieron delito a]guno Tras varios interrogatorios, el instructor Moner una conclusión: el espionaje fue reali zado; no posible identificar los autores materiales del mismo; la palabra de Roldán no es indicio suficiente para considcrar inspiradorcs del informe Serra v Gar cía Vargas. porque no aparece aprecia que nadie cometido delito alguno. haya

El ex~vicepresidente del Gobierno Narcís Scrra declaró ayer, tras conocer la decisión del Tribunal Supremo de archivar la denuncia de Luis Roldán contra él por el informe Crillon , que los que utili zaron las falsas acusaciones y la calumnia en el debate político deberían excusarse tras la decisión del citado Tribunal. Serra, que se mostró satisfecho por la decisión del Supremo; reprochó a la oposición que trate de convertir el debate poacusaciones falsas. hoy

El ex-vicepresidente recordó que desde el pri mer momento negó rotundamente que hubiera conocido; encargado ese informe. 'Ya pesat de ello he sufrido ataques durante muchos meses y calumnias acusándome de este hecho Mi respuesta era siempre la misma, que esperaba que la justicia aclarase el asunto y restableciera la verdad. Ahora 'el Tribunal Supremo ha puesto las cosas en su sitio , pagado fal- dos reservados asignados al Cesid. Pero, aunque asíhubiera sido; quienes abonaron el trabajo no cometieron un delito de malversa ción de caudales públicos. Según el ponente de la resolución, el ma gistrado Martín Pallín; fondos públicos , secretos 0 no, fucron usados investigar las actividades del presidente de uno de los prin cipales bancos del para Conocer posibles irregularidades en su gestión; que podrían provocar graves riesgos en el sistema finan ciero nacional . para país

~Quienes hicieron esas falsas acusaciones mintieron y además sabían que mentían. Ahora se restablece la verdad, pero durante muchos meses he sido objeto de acusaciones falsas; aunque los tribunales no habían hablado , añadió el ex-vicepresidente. Serra dijo es obligación de todos hacer un esfuerzo para que el debate político sea otra cosa, y reclamó que los que utilizaron esas falsas acusaciones en el debate político se excu sen ahora, tras la decisión del Supremo . Indicó que no piensa recurrir a los tribunales por las caque de envilicimiento del debate político deben resolverse entre políticos. que hay servados en actividades que pretenden salvaguardar intereses públicos relevantes que se pueden conectar con al seguridad pública general , Además, para la elabora ción del informe no se han utiliza do 0 no se ha podido demostrar su empleo métodos ilegales mo intervenciones telefónicas postales

Fl dirigente socialista que se respete de verdad la acción de la justicia, lo que supone esperar a que los jueces decidan. En este sentido criticó que algunos se adelanten utilicen las acusaciones en el debate político; antes de saber si son verdad 0 mentira, por la simple razón de que conviene a un 'partido político pidió

ciativa de realizar la investigación, en los términos que constan en las actuaciones, estaría amparada de la defensa de los intereses colectivos"_

Aunque el ex-vicepresidente hubiese encargado el informe Crilon , tampoco habría sido un comportamiento tipificable como prevaricació: , porque no aparcce uno de los componentes del deli to, como es el de la notoria injusticia de la decisión, ya "la iniquc

Por otra ex~delegada del Gobierno en Madrid, Ana Tutor, y el abogado Antonio García Trevijano, prestaron ayer declara ción ante la juez María Jesús Coronado, como perjudicados de las supuestas escuchas ilegales del Cesid. La juez ha ofrecido la posibilidad de personarse en la causa a todos las personas cuyas comunicaciones fueron intervenidas por los servicios secretos milita parte,

La sala, formada por magis trados José Augusto de Ruiz Ramón Montero y José Antonio Martín Pallín, ha aceptado los cri terios del instructor de manera ín tegra, por lo que ha acordado el archivo de las actuaciones. En primer lugar, no cabe aceptar la tesis del afectado; Mario Conde, la cual la elaboración del informe constituir un delito de amenazas 0 incluso, de chantaje. Para cllo, según el tribunal, hubiera sido necesario que los autores promotores del espionaje hubiesen ejercido, con sus resullados; "presión sobre la víctima, aterrorizándola privándola de Su tranquilidad, lo que, evidentemente, no parece acreditado en las diligencias . los Vega según pudo

Segurldad general

dente de Banesto, tras el encargo del informe Crillon también hubo un intento de impedirle el ejerci cio dc derechos constitucionales, lo que el tribunal rechaza porque, ~repasando las actuaciones no se encuentran datos 0 circunstancias que permitan afir mar que nos encontramos ante un supuesto abstracto genérico de vulnereción dederechos fundamentales-_ sus

Por otra parte, la investigación no ha permitido acreditar pagos realizados a la agencia estadounidense de investigación Kroll Associated procediesen de los fonque

Desde este presupuesto ~estimamos que existe cobertura legal para la utilización de fondos

cargodelcasode

El Tribunal Supremo hizo público ayer el auto en el que fa ría Tardón en el conflicto de compctencias que mantenía con Baltasar Garzón respecto a la investigación de la supuesta falsedad de los papeles de Laos . La rcsolución salió adelante gracias a los votos de dos de los tres magistrados que vieron el caso, que se impusieron sobre la opinión contraria del presidente de la Sala Segunda, Fernando Cotta

La tesis mayoritaria del Supremo avaló la postura de la utular del juzgado de instrucción de Madrid. María Tardón, ya que consilugar exacto en el que fueron realizados los documentos, su uso se hizo en Espana, y por tanto; la investigación corresponde 0 la jurisprudencia or dinaria

Por su parte, el magistrado de la Audiencia Nacional, al igual que Fernando Cotta; defendía que la finalidad de los documentos no era su en Espana sino enganar a Roldán que se entregase volunta riamente a Jas autoridades esría de un delito de utilización cn cl extranjero de firma falsa y la competencia correspon dería a la Audiencia Nacional. uso para

Origen del contllcto

La discrepancia se originó cuando la juez María Tardón y Baltasar Carzón recibieron casi al mismo tiempo dos denuncias para investigar la falsedad de los papeles de Laos. La magistrada abrió diligencias a instancias del propio Luis Roldán, y el juez de la Audiencia Nacional lo hizo tras presentar José María Ruiz Mateos, que ejerce la acción popular en el caso Roldán , una querella

Ambos magistrados tipificaron de la misma manera el posible delito; falsificación de la firma estampilla de un nistro extranjero, pero diferie ron en cuanto al lugar de comisión de la falta. mi-

Ia de instrucción número Baltasar Garzón, tras diversas polémicas, que se inhibiesc pero este se negó y planteó la cuestión de competencía que fue resuelta en su contra ayer. El juez Garzón consideraba se trataba de un delito cometido fuera de Espana y por tanto era materia reservada para la Audiencia Nacional. que

En este sentido se expresó el presidente de la Sala Segunda, Fernando Cotta, quien en su voto particular advirtió que "S6lo ha quedado acreditado que alguien falsificó la firma de un ministro de Laos en un documento que se utilizó fuera de Espana, en concreto en Bangkok, donde mostró para lograr que se entregara .