La juez confirma el archivo Cesid porque no eran delito

BFE MADRD

La juez Ana María Pérez Ma rugán ha confirmado el archivo de las actuaciones seguidas por las: escuchas ` realizadas entre 1982 y 1989 por el Centro rior de Información de la Defensa (Cesid) porque se realizaron a te léfonos móviles cuya intercepta ción no era aún delito en aquella época Supe-

Estas resoluciones suponen el sobreseimiento de la causa, que se sigue por presuntos delitos de interceptación de las comunica ciones, malversación de caudales públicos y prevaricación, contra el anterior director del Cesid, el teniente general Emilio Alonso Manglano; el ex jefe del Departa mento de Acción Operativa del Centro, el coronel Juan Alberto Perote; el comandante José Ma nuel Navarro Benavente, ex jefe del gabinete de escuchas del Cesid, y cuatro técnicos del mismo.

De esta forma, la juez Ana María Pérez Marugán confirma el auto dictado el mes pasado por su antecesora en el Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid, Ana Mercedes del Molino, que adoptó esta decisión al mar que tales escuchas no son de lito, porque fueron aleatorias y "casuales' y además necesarias "para proteger intereses vitales' del Estado . esti -

Ahora, Ana María Pérez Madesestima los recursos de varios escuchados contra el auto de su antecesora presentados por el abogado Antonio García Trevi jano, el diputado electo de IU Pa bló Castellano, la Asociación Civil Dianética; el empresario José María Ruiz Mateos, el director del diario "El Mundo" Pedro J rugán

Emilio Alonso Manglano.

Ramírez y el director de la revis ta "Epoca Jaime Campmany. Los recursos deberán ser resuel tos por la Audiencia Provincial de Madrid

La magistrada afirma que "las comunicaciones interceptadas por funcionarios del Cesid no eran telefónicas" y recuerda que estas interceptaciones se hicieron entre 1982 y 1989, antes de la modificación legislativa, por 1o que la legislación aplicable era la

La juez Ana María Pérez Ma rugán recuerda que el legislador aprobó en 1994 una que modificaba el artículo 192 bis del Código Penal, sustituyendo la original expresión "comunicaciones telefónicas' cuya interceptación ya constituía delito, por la nueva de "cualquier telecomuni cación" Ley