Márquez de Prado no logra recusar al fiscal Trenzado
La Audiencia afirma que su 66 demanda es extemporánea
Madrid La fiscal 'rebelde' María Dolores Márquez de Prado no ha logrado recusar a su colega Manuel Trenzado, uno de los integrantes de la Sala designada para resolver el recurso contra la sanción detrasladoforzosodela Audiencia impuesta a esa fiscal por su acritud y excesos contra jueces y tribunales.
explicable por ser fruto del ardor desu defensa
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dictó ayer un auto por el que re chazó larecusación presen tada por Márquez, calificándola de 'extemporánea" informaron Servimedia fuentes juridicas.
Márquez de Prado formalizaba ayer su recurso contencioso-administrati vo contra la decisión de la ministra de Justicia, Margarita Mariscal de Gante, de trasladarla forzosamente de la Audiencia Nacional por los excesos formales cometidos en su comunicación con jueces y magistrados de ese tribunal
Según dichas fuentes, el tribunal dictaminó que la fiscal Márquez debería harecusación contra Trenzado nada más conocer la composición de la sala que resolverásu recurso contraeltraslado y no una vez iniciados los trámites, como ha he cho.
Lafiscal tratóapartar del caso a Manuel Trenzado porque en 1993 redactó una resolución sobre el 'caso Gorostiza' en la que los ma gistrados expresaban su 'extrañeza por la actuación de Márquez; quien intervenía representandoala acusación, y rechazaban argumentos precisamente 'extemporáneos" empleados por ella. Peroen aquella resolución se afirmaba que eran "disculpables, en cuanto al tono destemplado de su exposición; los
El recurso solicita la nulidad de todo el expediente por inobservancia de las reglas de competencia procedimentales, ya que la defensa considera que la competencia para incoarel expediente correpondia la ministra de Justicia.
Antonio García Trevijano abogadodela fiscalsancionada, manifestó que el recurso alega la prescripción delafalta, yaqueelexpediente administratívo incoado por el entonces Fiscal General, Juan Ortiz Úrculo, se inició quince meses después de que ocurrieran los hechos que dieron origen al expediente.
También se pide la nulidad de la resolución de la ministra de Justicia en la que confirmó la sanción de traslado forzoso "por falta de causa legal" Elrecurso también considera que de berían haberse aplicado los artículos relativos a las llevado una mera advertencia en lugardel traslado forzoso de destino.