1-Piensa y verás: enmienda y reforma

2020-05-05 MCRC 3:58 YouTube ↗
1-Piensa y verás: enmienda y reforma

Transcripción

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Bien, la diferencia entre enmienda y reforma es la siguiente. Quien realiza la enmienda en virtud de la reserva que hizo la propia Constitución es el mismo sujeto constituyente. Sí, sí, la misma unidad del sujeto constituyente. que es el pueblo adulto de Estados Unidos, es el que realiza la enmienda en virtud de un mandato constitucional que hicieron los padres de la patria y todo el pueblo de Estados Unidos que la aprobó. Mediante que la reforma, el sujeto activo de la reforma no es, no hay ninguna reserva. Las constituciones europeas dicen el modo formal de realizar la reforma, cosa que casi prácticamente es imposible, salvo que la señora Merkel ordene reformar un artículo y los acólitos gobiernos europeos lo aprueban en cinco minutos. Eso no tiene nada que ver. Eso no es la fuerza de la unidad constituyente que permanece a través de las enmiendas. Es una reforma procedente de una fuerza constituyente distinta y ajena a la original. Toda reforma de una constitución en Europa es un golpe de Estado. Es la injerencia de un poder que no estaba en el poder original. que otorgó la validez jurídica a un texto constitucional. Si además de eso añadimos que el sujeto constituyente de toda Europa después de la guerra mundial no fue la libertad política colectiva, ni siquiera la libertad política propia de los europeos, sino la libertad de acción, no política, estoy diciendo, la libertad de acción del poder que controlaba la Europa vencida, es decir, el ejército vencedor de la guerra mundial de Estados Unidos, con los generales establecidos en París, Eisenhower y Marshall, los que dictaron la constitución de Bonn, de Italia, y también en parte la de Francia, aunque luego De Gaulle la transformó en la Quinta República. Pues quiero decir que esa fuerza constituyente no fue la libertad política colectiva. Y España, ahora voy, con eso ya voy a entrar en la primera de vuestras preguntas que me ha dicho Elena, pues vamos a ver lo que pasó en España. ¿Por quién tuvo la unidad política colectiva? ¿Quién tuvo la fuerza constituyente? Para otorgar, no. Para constituir el texto constitucional español. Esa va a ser la contestación mía a la primera pregunta.