(1/4) Entrevista a Antonio García-Trevijano: "HAY QUE DECLARAR EL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y SITIO"

2015-10-29 Ytsejam 22 14:35 YouTube ↗
(1/4) Entrevista a Antonio García-Trevijano: "HAY QUE DECLARAR EL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y SITIO"

Transcripción

Locutor 01

Hoy es 28 de octubre de 2015. Les habla Miriam Fernández desde el estudio de Somos Aguas. En el estudio hoy contamos con la presencia de Pedro Manuel González, de Pedro Gallego, de Manuel Gallego, de David López, llevando la dirección técnica, y como siempre con don Antonio García Trevijano, al que paso la palabra directamente, puesto que él va a comentar de qué vamos a hablar en exclusiva hoy. Buenos días a todos.

Locutor 00

Buenos días, buenos días. Hoy es un día, como empezó ayer con la noticia del acuerdo, la resolución adoptada en el Parlamento catalán autonómico, de que se terminaba la época de la autonomía catalana y comenzaba la independencia con la proclamación de la República Independiente de Cataluña. Hoy, ese día, hoy esa situación tan anómala, tan extraordinaria, no ha sido corregida, ni ha sido siquiera encauzada por el gobierno de España. Se esperaba que automáticamente, ayer mismo, el presidente del gobierno, como tendría que tener perfectamente estudiado desde hace años, ¿Cómo hacer en el caso de que los separatistas catalanes llegaran al extremo al que han llegado? Eso no puede improvisarse en cuestión de un día. Tenía que estar estudiado y preparado las leyes hace años. Bien, el hecho es que el presidente Rajoy ha guardado silencio y solamente se ha limitado a reunirse cuando ya era tarde, a reunirse porque lo han pedido, pues tanto el PSOE como Rivera, no con Podemos porque Podemos forma parte del... del grupo de partidos que en el Parlamento catalán no se oponen directamente a las pretensiones secesionistas. Bien, ¿y qué es lo que ha acordado o ha dicho Rajoy? Nada. Ha dicho que está tranquilo, que igual que a estos años no hace nada. Tiene instrumentos legales para paralizar e impedir que continúe adelante el proceso de separación de Cataluña. Pero sin revelar cuáles han sido. Y el pretexto que da es que dice, comprenderá que esa estrategia no la va a revelar. Pero ¿qué se cree este imbécil? Que estamos en una batalla militar, donde son secretos los planes militares, pero si España quiere y dice que es un Estado de Derecho. Entonces no se puede ocultar las leyes a las que puede acudir el gobierno porque otra cosa no puede hacer. ¿A qué tipo de leyes, a qué artículo, a qué precepto o a qué preceptos en plural piensa acudir Rajoy para abortar la intentona catalana de dos gravísimos delitos, aparte de otros muchos más, sobre todo el de sedición? que es un delito que está ya consumado como delito. El delito de sedición en el Código Penal Español no es un delito de resultado. Es un delito que basta la intentona, basta la intención, basta la intención declarada, manifestada, reconocida desde el exterior, para que sea constitutiva del delito. No hace falta que la sedición llegue a ser efectiva, tenga lugar, se realice. Basta la declaración para saber que eso constituye un delito de sedición calificado a los autores en el Código Penal expresamente, como en el 146 y 148, como promotores de la sedición. Y como tal, promotores, tienen que estar fulminantemente... querellados contra ellos, y tomando las medidas urgentes de prevención del delito, con arreglo a los artículos correspondientes que consideran que es delictiva toda autoridad, el presidente del gobierno, si no hace nada para evitar la consumación de un delito. Así que hay no solo los delitos de Cataluña soberanista, de los catalanes soberanistas, de la Generalitat y del Parlamento catalán, que están plenamente incursos en un delito clarísimo de sedición sino que también Rajoy está claramente ya dentro de la comisión de un delito por omisión ya que no hace nada para perseguir este delito. Y dice que está en secreto su estrategia. ¿Pero qué estrategia si son las leyes? ¿Es que acaso las leyes son secretas? Ah, pues nosotros aquí hoy vamos a examinar esas leyes. Vamos a decir qué es lo que nos hace y qué es lo que puede hacer. Y no lo ha dicho, pero no es él. Ni un solo periódico, ni un solo medio de comunicación. Nadie sabe exactamente ni lo que está pasando desde el punto de vista jurídico, ni cómo se puede resolver jurídicamente, legalmente. Y andan con las tonterías del artículo 155, que vamos a empezar por destruir la opinión dominante hoy en España, tanto en el gobierno como en los medios de comunicación. Voy a destruirla ahora mismo. Como sé que estoy en un medio radiofónico, y no me estoy dirigiendo a un público oyente, de juristas, ni siquiera de abogados, pues he de ser muy minucioso en el empleo de mis palabras y en el rigor de mi exposición, para que pueda ser entendido por todos, por los técnicos en derecho, por los coroneles de derecho y por los profanos en derecho. Voy a empezar, en primer lugar, voy a destruir toda la opinión hoy existente de que el artículo 155 de la Constitución es el precepto idóneo, el adecuado, para hacer frente a la secesión de Cataluña. Eso es imposible. Voy a demostrar ahora mismo por qué. Artículo 155. Vamos a dejarnos ya de tonterías y de escuchar a los... a los tertulianos y a los periódicos para que nos enseñen lo que es el derecho. Y tampoco escuchemos a los catedráticos de derecho penal en España porque son todos dependientes de la Constitución, del régimen actual en España y nadie tiene una opinión independiente. mejor dicho, dependiente exclusivamente de la ciencia jurídica y de la hermenéusis jurídica, para saber interpretar lo que es un artículo, un precepto de la Constitución, que nadie hasta ahora lo ha hecho. Empecemos. Artículo 155 de la Constitución. Primero, si una comunidad autónoma, Cataluña, no cumple las obligaciones que la Constitución y otras leyes le imponen, como es evidente, o actúa de forma que atenta gravemente al interés general de España. Es evidente. ¿Qué pasa entonces? Veamos. El sujeto activo de lo que tiene que hacer ahora es el gobierno, según la Constitución dice. El gobierno, ya veremos después, previo requerimiento al presidente de la Comunidad Autónoma, es decir, Rajoy, su gobierno, previo requerimiento a Arturo Mas, y en el caso de que no sea atendido lo que le requiera, necesita obtener la aprobación por mayoría absoluta del Senado, además del requerimiento, en el caso de no ser atendido, entonces necesita pedirle la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias el gobierno, el sujeto del gobierno de la central de España, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a la comunidad autónoma de Cataluña al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones, que ya las hemos enumerado antes, las que atienden al interior de España, o las que violen la constitución, u otras leyes, bien. Entonces dice que... el gobierno español Rajoy podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a Arturo Mas al cumplimiento forzoso de esas obligaciones, de respetar las leyes españolas. Y punto. Parece que esto está claro. Para que no haya duda, el párrafo segundo añade, para la ejecución de esas medidas preventivas, no, previstas, de esas medidas previstas por el gobierno, prevista en ese apartado que acabo de leer. El gobierno Rajoy podrá dar instrucciones a todas las autoridades de la comunidad autónoma. Punto y final. Ya no hay más artículo 155. De manera que, si se aplica esto, porque evidentemente es aplicable, puesto que es palpable, evidente y conocido en autoridad pública y política, que está incumpliendo la Constitución y el Interés General de España, atentando gravemente, el gobierno podrá ejecutar esas medidas para anular lo que está pasando en Cataluña. Para eso, dice exclusivamente el par, el gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las comunidades autónomas. Es decir, el gobierno no podrá actuar por sí mismo, ni por ningún delegado del gobierno. El gobierno tiene que dar instrucciones, dice, a todas las autoridades de las comunidades autónomas. Como es evidente, que esto no puede ser interpretado diciendo que Rajoy tiene que dar instrucciones a la comunidad de Ceuta y Melilla, Murcia y Rioja, etc., para que ellos obliguen a Arturo Mas al cumplimiento forzoso. de todas las medidas que el gobierno le requiere, como eso es absurdo, que quiere decir que es una mala reelección, porque se refiere a todas las comunidades autónomas en plural, pero que en particular tiene que decir a todas las autoridades de la comunidad concernida, en este caso Cataluña. Es decir, lo importante... es que el gobierno no podrá ejecutar por él mismo nada, no puede hacer nada, nada más que dar instrucciones a quién, a la autoridad que le elija libremente, de la comunidad autónoma catalana. Ah, ¿y qué pasa? Como en este momento pasa. Si todas las autoridades catalanas son secesionistas y están implicadas en la secesión, de manera que no hay entonces ninguna autoridad susceptible de poner en práctica las medidas del gobierno. Este artículo es inaplicable, pero vamos a ver. porque está jurídicamente... no tiene eficacia... no está concebido... esto es la torpeza... de haber hecho una constitución... para la oligarquía... y no... España no haber tenido... un periodo de libertad constituyente... donde los verdaderos juristas... hubieran contribuido... a la redacción de una constitución... no digo que ejemplar... pero por lo menos decorosa... esto es indecoroso... pero vamos a seguir... porque di qué pasa ahora... ¿Cómo va Rajoy a obtener la mayoría absoluta del Senado si está disuelto? Ah, eso lo ha expresado Rajoy, ha dicho expresamente, no importa, porque la diputación permanente del Senado tiene la misma competencia que el Senado. Y esto lo repiten como papagayos los políticos, los abogados, los periódicos. Vamos a ver, Pedro, si analizamos ahora de acuerdo contigo, que esta mañana le has dedicado a sacar adelante, a la luz, todos los preceptos que regulan esta materia, vamos a ver si eso es o no posible. Pedro, así que tienes la palabra para ver si es posible que la Diputación Permanente pueda poner en marcha el mecanismo del artículo 155. Que antes de decir ya comienza, quiero decir que el procedimiento... para esto es el colmo. Es decir, primero, en el caso de que Arturo Mas no responda a ese requerimiento, el gobierno tiene que pedirle al Senado, en este caso Diputación Permanente, que es donde nosotros vamos ahora a hablar, tiene que darle primero el requerimiento que ha realizado, las razones por las que ha realizado ese requerimiento, la respuesta de la Generalitat o de la autonomía catalana, y las razones que hay expuestos. Y si no hay nada de eso, se abre un periodo exactamente igual de investigación como un proceso judicial. donde tienen que alegar todas las partes para que él pueda entonces, si tiene razón y lo que viene es el nivel de acuerdo, tiene razón y te autorizo lo que el artículo 155 me exige, que no puede hacer nada sin mi autorización, te la doy. Eso es para que empecéis a comprender. Ahora, veamos por qué esto es imposible de llevar adelante. Sí.

Locutor 02

Bueno, dada la situación en la que nos encontramos de disolución de las Cortes, de las dos Cámaras, el organismo que viene a paliar ese vacío legislativo de las funciones de la Cámara Legislativa es la Diputación Permanente y su funcionamiento está regulado en la propia Constitución Española, en el artículo 78.