40 aniversario de las Leyes Fundamentales españolas

2018-02-25 Libertad Constituyente TV 10:51 YouTube ↗
40 aniversario de las Leyes Fundamentales españolas

Transcripción

Locutor 01

Yo he acudido aquí alentado por el título de la jornada, homenaje a la constitución en su 40 aniversario. Pero me van a permitir que disienta... de este propósito al cual no me sumo. Y les voy a explicar por qué. 64 años. Viví intensamente, bueno, intensamente, como podía vivir un joven de 24 o 25 años el hecho de la transición. Y haciendo continuidad al aspecto del lenguaje al que se ha referido el profesor del Moral, Torres del Moral, comentaron ustedes conmigo que aquella convocatoria no fue a cortes constituyentes. Fue una convocatoria de alcance general. Yo indagué acerca de esta circunstancia en el Servicio de Documentación del Congreso y el Servicio de Documentación del Congreso me remitió algunos datos que creo que son muy interesantes. Iniciativa. Tras las elecciones generales del día 15 de junio, se aprueba que se crea una comisión constitucional al amparo del artículo 3º de la ley para la reforma política. Y vamos con el lenguaje. No fueron elecciones generales. Fueron votaciones generales. En nuestro sistema electoral... Perdón, creo que hay indicaciones de tiempo. Sí, pero en 64 años de vida, 5 años de posibilidad de expresarme me parece un aso muy escaso. Y la oportunidad que tenemos algunos ciudadanos de expresarnos está restringida, que si encima en foros como este señor Cercena... bueno si lo comprendo perfectamente no se me escapa, lo comprendo perfectamente No fue una convocatoria a cortes constituyentes, no hubo un mandato constitucional, no hubo elecciones, hubo votaciones a listas cerradas de partido, a la cual los españoles nos podemos adherir. Pero la configuración de la lista cerrada de partido viene determinada por la elección previa de los aparatos de los partidos. Estos son hechos constatables. Me presento como físico porque yo hablo de hechos constatables y observables. En segundo lugar, ha hablado la profesora, perdonen que consulte la chuleta, la profesora Iglino, de la importancia del principio de responsabilidad y estoy completamente de acuerdo con ella. Y me voy al artículo 56 de la Constitución, en el cual se consagra que el jefe del estado está exento de responsabilidad y yo me digo exento de responsabilidad quiere decir que es irresponsable entonces me voy a traer irresponsable en alcance general no en sus funciones como jefe del estado tengo aquí un hermoso ejemplar de la constitución y si alguien tiene alguna duda 56.3 bueno Y responsabilidad, me voy al diccionario de la Academia de la Lengua. Y el diccionario de la Academia de la Lengua me dice lo que sigue. Impunidad en su acepción tercera. En derecho. Impunidad que resulta de no residenciar a quienes son responsables. No sé lo que es residenciar. Vuelvo al breve de nuevo. Derecho de un juez. Tomar cuenta a otro o a otra persona que ha ejercido cargo público de algo, especialmente de la conducta que en su desempeño ha observado. Si resulta que el artículo 14 dice que los españoles somos todos iguales ante la ley y el 56.3 está en flagrante contradicción con el 14, aquí algo chirría. Aquí algo chirría. No voy a proseguir porque parece que aguaría la fiesta. No voy a proseguir. Tendría alguna cosa más que decir, pero por respeto a todos ustedes concluyo. Creo que me he expresado con claridad. ¿Quiere contestar?

Locutor 00

Bueno, vamos a ver. Yo he hablado de la responsabilidad de origen y de la responsabilidad de ejercicio. Perdón, la legitimidad de origen y la legitimidad de ejercicio. Y yo creo que en cierta medida esta diferenciación nos puede servir para explicar dos cuestiones que ha sacado usted. La primera es el origen de la constitución. Yo no sé si hubo una convocatoria formal a cortes constituyentes o los españoles cuando votábamos sabíamos si íbamos a elegir unas cortes constituyentes o no. Lo único que sé es que la constitución ha estado funcionando 40 años. Con sus problemas, con sus dificultades, pero yo creo que ha regido de una manera bastante satisfactoria la evolución de este país. Evidentemente no todo ha sido un camino de rosas. Pero si hubo algún problema puramente formal, estamos hablando de problemas puramente formales, porque tengo en cuenta una cosa, lo que podría estar viciado en su origen, que usted señala, se subsana después con el referéndum, cuando la Constitución es aprobada por una altísima mayoría de los españoles. Pero bueno, aunque hubiera habido algún defecto de origen de carácter formal, evidentemente eso se habría superlegitimado durante estos 40 años. En segundo lugar, sobre el tema de la responsabilidad de la región. Vamos a ver, yo no voy a entrar aquí en el debate monarquía o república. Creo que cada uno es libre de tener sus propias opciones. Yo ya le digo, subjetivamente, yo soy accidentalista en las formas de gobierno. Es decir, a mí me da igual que sea una monarquía o que sea una república. A mí lo que me interesa es la democracia. Estamos en 1931, donde la república era sinónimo de democracia. Y la monarquía, sin embargo, de oscurantismo, oligarquía, etc. El debate ahora es completamente distinto y estamos viendo todos los días como hay repúblicas donde el presidente es elegido democráticamente por los ciudadanos. y abusa del poder y se amago de monarquías como son los del país. Eso es, no os digo que son plenamente democráticos. Dicho esto, en un sistema monárquico como el que estamos, no hay manera de mantener la figura de la corona si no es con la ausencia de responsabilidad del rey. Lo dijo ya Locke. Lo dijo Locke en el primer ensayo sobre el gobierno civil. Es un juego de compensaciones. Es una ficción, es decir, la única manera de que no se intente acabar con la monarquía acusando al rey de actos, digamos, contrarios al ordenamiento jurídico, de manera frívola, maniobras arteras a la corona, es diciendo que el rey reina, pero no gobierna, y el rey no tiene responsabilidad porque otros asumen la responsabilidad por sus actos. Es así. Yo entiendo que usted sea republicano y prefiero una forma republicana. No lo sé si lo es. Si tenemos una monarquía no hay más posibilidad de mantener la corona que a través de la responsabilidad que es política y es jurídica. Políticamente responden otros de los actos y, en segundo lugar, cuando no hay responsabilidad política sino que hay responsabilidad jurídica, en el 99% de los casos responden a la Casa Real. Y luego, legitimidad de resultado. Es decir, mire usted, yo... Y eso también es una opinión puramente subjetiva. Creo que hay instituciones que han funcionado mejor y hay instituciones que han funcionado peor. Pero yo creo que estos 40 años de sistema monárquico en España no han funcionado bien.