7 Representación y representatividad. La anulación del Mandato Imperativo

2021-03-31 Gabriel Araceli 4:49 YouTube ↗
7 Representación y representatividad. La anulación del Mandato Imperativo

Transcripción

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un contrato procedente del derecho civil que viene de Roma, de la antigüedad, en virtud del cual una persona representa a otra, actúa en su nombre. Y la compromete en su nombre. Eso es representación. Y eso se consigue mediante un instrumento notarial que se llama poder notarial. Tú puedes nombrar representante tuyo a cualquiera. Y va a tener las facultades que tú le otorgues en una escritura de poder notarial. Y le autoriza para que venda, alquile o administre tus propiedades. Bien. ¿Qué pasa en la política? Lo mismo. porque los conceptos de la política vienen del derecho, y el concepto de representación se traslada desde la Edad Media a la época moderna, y en la Revolución Francesa está plenamente en vigor el concepto de representación, que es que los que asisten a Versalles en la convocatoria de los Estados Generales, previa a la Revolución Francesa, se encontraron con un problema, y es que los ciudadanos franceses, en cada distrito, en cada pueblo, en cada arrondissement, habían dado poderes a los delegados que fueron, o representantes que fueron a Versailles. Pero dicen que encontraron con un problema que ni los que le dieron los poderes es decir, los poderdantes, ni los apoderados que lo recibieron, contemplaron la posibilidad de que hubiera que transformar, reformar el Estado por completo, el Estado francés. Para eso no había poderes. Entonces un abate, un cura, Sieyes, se levantó en la reunión de los designados por el pueblo y dijo... que como no había, nadie había pensado en que se necesitaban unos poderes tan extraordinarios, que ellos actuarían sin mandato imperativo. Y es la primera vez que el poder notarial, en este caso el poder público, se sigue sin un mandato subyacente, sin un mandato interno. Y eso que hizo el abate Sieyes para defender al pueblo, ante la insolencia de los dos estados, el estado aristocrático y el eclesiástico, que no querían reunirse con el pueblo llano y que querían votar, no querían votar por cabezas, sino por órdenes. Por eso, si ella tuvo un acto heroico, venció y se suprimió la necesidad del diputado de obedecer el programa que había puesto a los electores para que lo votaran. Y eso sigue todavía en España y en Europa, donde se dice en la Constitución que se prohíbe el mandato imperativo y ¿sabe lo que sucede? Que como el pueblo no puede dar mandato imperativo a sus diputados, a los que vota, Se los dan los jefes de cada partido. Y los jefes de cada partido a quien obedece jamás es al pueblo ni a su votante. Obedecen al jefe de partido que los pone en la lista y los quita. Nada más. Por tanto, no hay representación ninguna. En España ninguna. Y en Europa tampoco, salvo en Francia. Segundo tema. Representatividad. Una cosa es... que no nos representan porque no tienen poderes para representarnos, porque ni siquiera nos lo piden, ellos atribuyen lo que hacen. Además de no ser representantes, tampoco son representativos. Eso no tiene nada que ver con representantes, es otra cosa. Por ejemplo, una mujer es representativa del sexo femenino y no representa al sexo femenino, pero es representativa porque es hembra y el hombre igual. Ser un español puede ser representativo de su idioma, de España, pero no lo representa, es representativo. Las costumbres son representativas, la sardana es representativa del pueblo catalán, pero no lo representa. Esa enorme diferencia entre ser representativo y ser representante. es la que se confunde y ha ocasionado tu confusión. Por eso te lo digo, que ser representativo es una cosa muy distinta de ser representante.