Libertad Política Colectiva XVIII. Los EE.UU.
Transcripción
Locutor 00
Sí, fenomenal. Pregunte. Sobre todo la opinión de don Antonio en referencia a la teoría de los derechos humanos, que es la que se enseña ahora en las facultades, de los derechos de primera generación, de segunda generación, de tercera generación, incluso que ahora se han inventado los derechos de cuarta generación.
Locutor 01
Bien. La pregunta es desde el punto de vista... Cuando se habla de política y se busca fundamentos, en la pregunta, no hay más remedio siempre que acudir a la historia, atrás, mirar atrás, a encontrar los fundamentos en momentos anteriores. Porque es normal. Porque la política, y la libertad sobre todo, la libertad política y la democracia, es un impulso, un motor creador. Y si se pone en duda cualquier situación, habrá que retroceder en la historia para ver cuándo surgió esa duda. Bien, yo defiendo, no es que defienda, yo digo que la historia del nacimiento de la Constitución de Estados Unidos explica que la declaración de derechos de los principios, la declaración de principios preceda como un preámbulo no a la Constitución, sino al texto constitucional. porque fue un homenaje que los constitucionalistas, los constituyentes, mejor dicho, de Estados Unidos, hicieron a los que hicieron la primera declaración de derechos humanos para convocar al combate, a la guerra contra el colonizador Inglaterra, como homenaje a aquella guerra ganada, se acordó publicar junto con la constitución y como preámbulo, como anterior, la declaración de derechos. Eso es, ¿qué quiere decir? Porque había una teoría que en Francia la trajo Lafayette, que había combatido a favor de los revolucionarios de Estados Unidos, de Norteamérica, pues había una teoría en Francia, traída por Lafayette, que defendía la necesidad de que antes de pasar a discutir el articulado de una constitución, primero había que definir los principios que la regían, ya que el articulado era la deducción lógica como corolario obligado de esos principios. Eso era falso por completo porque no tenía fundamento ninguno en la historia. Y sería ridículo que, por ejemplo, del derecho a la vida o de los derechos humanos, declarados antes como combate por la libertad, se pudieran deducir como axiomas el derecho a votar o que no voten los menores o el derecho a la eutanasia todo eso es ridículo y eso es lo que yo he defendido que una constitución no tiene que tratar nada más que de las reglas del juego y no entrar en las jugadas que la jugada es propia de los gobiernos pero no de los constituyentes los constituyentes tienen que definir y ya es bastante milagro Figurar lo que para la humanidad supondría que todos estuvieran de acuerdo en las universidades, en los profesores, de que las constituciones no tienen que hablar nada más que de reglas de juego, pero que no regulen ni siquiera los derechos sociales. Está bien, naturalmente, que la educación y la sanidad son dos. Objetivos, dos finalidades irrenunciables de todo sujeto de la política, por tanto de todo ciudadano, educación y sanidad. En consecuencia, nadie protestaría si en una constitución se define la sanidad y la igualdad, perdón, y la enseñanza como objetivos para que el Estado consiga No se ve. Para todos los ciudadanos por igual. Pero ahí empieza, en vez de resolver la cuestión, ahí empieza la complicación. Es que bastante es con que las definiciones, que deben ser las mínimas posibles de la regla, haya una referente a la educación y otra a la sanidad, que implique necesariamente a la igualdad. Pero ojo, cuidado, nada más que eso. Porque otra cosa sería imposible. Una constitución no puede regular ni el alcance, ni las dimensiones, ni los aspectos de la sanidad y la educación. Pero en cambio, sí que una constitución puede impedir la demagogia. Y todo lo que sea hablar de derechos sociales es entrar derecho a ciegas en el campo de la demagogia. ¿Qué es esto? Derecho social. ¿Qué significa esto? ¿Qué significa derecho social? ¿Acaso no son todos los derechos sociales? Ah, no, dirán, no. Los derechos sociales son los que afectan a la mayoría. ¿Es que acaso los derechos no están hechos todos para la mayoría? ¿No para la unanimidad? Ah, no, dirán, no, no, no. Es que los derechos sociales se refieren a los débiles. ¿Y quién define a los débiles? ¿Qué límite hay? Si una persona se muere de hambre, pues se sabe que es indigente total, sí. Pero ¿y el que gana un sueldo? ¿Y el que no gana? Esas definiciones no pueden estar en una constitución. Es imposible. Eso es fomentar el conflicto. Es fomentar la demagogia, el desconocimiento de lo que es la política, las reglas de juego. Por eso insisto que no puede haber ni deducciones de principios, ni principios ideológicos metidos en la Constitución. Una Constitución no puede ser ideológica, porque la libertad tampoco es ideológica. Y en cambio la igualdad, sí. Como la igualdad es absolutamente imposible, toda definición, toda palabra de igualdad implica demagogia. como la libertad política colectiva sí es posible, y la prueba ahí tenemos, cómo la conquistó la libertad política colectiva Estados Unidos, entonces no es demagógica. De ahí que la libertad política colectiva es la única guía, la única directriz que permite saber lo que es susceptible de ser constituido de aquello que es una utopía constituir, o que es crear el conflicto dentro de la Constitución. Por ejemplo, voy a poner un ejemplo. Antes de la Guerra Mundial, las leyes electorales no formaban parte de las constituciones. Es decir, el sistema electoral antes de la Guerra Mundial no, y ahora todas. ¿Pero por qué? Pues porque el que tiene el poder quiere garantizárselo. Y sabe que la manera de garantizarse el poder para siempre reside en la ley electoral. Ese es el motivo por el cual han metido el sistema proporcional en las constituciones. Figuraros qué disparate. En una constitución diciendo que el único sistema constitucional en las elecciones tiene que ser el sistema proporcional. Es decir, el sistema de listas. Eso es un disparate. Bueno, ese es el ejemplo de que por qué los principios no pueden estar en las constituciones. Porque no sirven para nada. Nada más que para guerras civiles, revoluciones, demagogia y utopías. Reglas de juego. ¿Derivadas de qué? De la experiencia. De lo que hizo Estados Unidos. Pero yo pongo, por ejemplo, cito tanto a Estados Unidos. Porque Estados Unidos... Fue la libertad política colectiva del pueblo colonizado por Inglaterra, en lo que hoy es Estados Unidos. Fue esa libertad colectiva la que ganó la guerra, la que se armó con voluntarios y milicianos, con los fusiles que tenían los cazadores. Eso fue el ejército que organizó Washington y ganó la guerra. Y esa victoria fue colectiva, fue el pueblo de verdad. No un ejército, sino el pueblo armado el que gana. Y ese pueblo armado es el que, con la libertad colectiva que tiene, al haber expulsado a los que le privaban de libertad, que eran los colonos ingleses y el ejército inglés, pueden hacer la constitución que hicieron. Ahora bien... Del mismo modo que pongo como ejemplo constituyente, de fuerza constituyente, la libertad política colectiva del pueblo americano que gana la guerra de independencia contra Inglaterra, también digo que esa constitución maravillosa fue en un pueblo que había esclavos, blancos y negros, Más de 200 lenguas se hablaban en Estados Unidos, que no llegaba a 7 millones de habitantes cuando logró la independencia. ¡200 lenguas! Y todo eso ha tenido que ir vendiéndolo, claro, las diferentes lenguas, los negros y blancos, o los amarillos, los chinos, los japoneses, que construyeron ferrocarriles, que no... Todo eso ha sido... Explica por qué razón Estados Unidos, que descubrió en su origen que la fuente única legitimadora de la constitución era la libertad política colectiva, ¿por qué hoy no la tiene aplicada? Pues por esa razón que estoy diciendo. Porque tuvo que vencer tantas dificultades que poco a poco fue olvidándose de que la soberanía... la tenía la libertad política colectiva, el pueblo. Y fue mediante enmiendas la que fue recordando a los constituyentes que había cuestiones nuevas que tenían que ir siendo incorporadas a la Constitución. Entonces, de manera práctica y pragmática, Estados Unidos ha ido poniendo al día muchos de los problemas que sí deben ser regulados en una Constitución, pero no es consciente, Estados Unidos nunca ha sido consciente, en sus universidades, ni en su inteligencia, ni en sus filósofos, ni en sus grandes figuras, que las hay muchísimas, no fueron conscientes de que habían descubierto el secreto Motor que se llama libertad política colectiva. Y no la han explotado culturalmente. Explotan su imperialismo en el mundo y en cambio no llevan al mundo la libertad política colectiva. Eso pasó con Europa. Vencen los Estados Unidos. Imponen unas constituciones oligárquicas y se olvidan que ellos tienen libertad política colectiva. Y no la imponen en Europa, ni la traen a Europa, ni en la Primera Guerra Mundial con el Tratado de Versalles y Wilson, con el millón de soldados que meó, ni en la segunda que derrotó a Hitler. Ese es el contrasentido de Estados Unidos. que lo ha obligado la práctica y el pragmatismo, por eso no es de extrañar que sea un filósofo grande por otra parte, de Estados Unidos, llamado John Dewey, el que define la verdad por su aceptación social. un principio un enunciado se convierte en verdad si es aceptado socialmente ese es el pragmatismo filosófico de Dewey distinto del pragmatismo psicológico de William James no voy a explicar más de esto porque sería muy largo solamente quiero volver a repetir argumentos que yo ya he expresado tal vez no con la precisión que hoy lo hago para responder a la pregunta que me hacen Don Antonio.