LCTV (23-11-2012) LÁGRIMAS EN LA LLUVIA: LA PARTIDOCRACIA (II)

2012-11-22 Libertad Constituyente TV 19:18 YouTube ↗
LCTV (23-11-2012) LÁGRIMAS EN LA LLUVIA: LA PARTIDOCRACIA (II)

Transcripción

Locutor 02

Aquí estamos otra vez, día 22 de mayo, día de Santa Rita, abogada de las causas imposibles, tratando de contar en qué consiste esto de la partidocracia. Alfredo, me habías pedido la palabra.

Locutor 04

Sí, en la misma línea que ha dicho González Quiroz, yo creo que a pesar de los defectos intrínsecos del sistema, de los defectos de los que adolece también la constitución política española en muchos de sus aspectos, yo creo que la praxis política de estos años ha acentuado muy notablemente ese deterioro del sistema fruto de la presencia omnicomprensiva de los partidos políticos. Yo creo que él ha puesto un ejemplo... enormemente significativo, que ha condicionado además un aspecto muy relevante del sistema, que es el sistema de garantías, el Consejo General del Poder Judicial. La Constitución no predetermina que haya que designar a todos los vocales del Consejo General del Poder Judicial. Ha sido una ley posterior, en el año 85, que además cambia sustancialmente el criterio del año 1980, que es una colonización del Parlamento de un órgano constitucional, que nombra jueces y magistrados, que ejerce el poder disciplinario. Es decir, es un ejemplo de cómo los partidos políticos, sobre texto de una suerte de legitimidad democrática... Parece que es más democrática la justicia por el hecho de que su órgano de gobierno está impregnada de las terminales de los partidos. Bueno, ese es un ejemplo de lo que ha sido el extender los tentáculos del sistema partidocrático, que más que expresión del pluralismo social, es una estructura del Estado, alimentada desde el propio Estado y financiada, como se ha dicho, y más grave aún en un ámbito que es el sistema de garantías jurídicas. Y eso ha tenido sus efectos, y lo estamos viendo estos días también, con sentencias del Tribunal Constitucional mediatizadas por mordes o escondicionamientos políticos. Pero ahí tienes también otro ejemplo.

Locutor 02

Es que además, por el momento... Estamos hablando del Consejo General del Poder Judicial, estamos hablando del Tribunal Constitucional, pero ¿qué podemos decir, por ejemplo, de los consejos de las televisiones públicas, por ejemplo? Están formadas por miembros de partidos políticos. ¿Qué podemos decir de los consejos de las cajas de ahorros, en donde los partidos políticos están metidos? Es que es una invasión absoluta, es como una especie de... y de la universidad de que crece y crece las universidades todos los ámbitos eso ha permitido que sea predecible una resolución jurisdiccional que sea predecible una determinada actuación de un órgano constitucional señalaba que tienes ahí un ejemplo del tribunal constitucional Antonio, antes te solicitaba que le explicaras a nuestros espectadores cuáles consideras que son los rasgos distintivos de una democracia frente a esto que algunos llaman democracia y que aquí estamos llamando partitocracia de acuerdo

Locutor 01

El término partidocracia es justo pero es popular. La definición jurídica técnica de lo que es la partidocracia es Estado de Partidos. Y esa definición la hizo la jurisprudencia del Tribunal de Bonn. Es decir, no como algo despectivo. Y en España lo trajo el primer presidente del Tribunal Constitucional que murió, trajo el término Estado de Partidos. Es correcto. Y yo siempre hablo de Estado de Partidos. Las características, las dos notas, son dos. Las dos notas de la democracia formal o política son dos. Uno, ser representativa. Dos, ser, tener separación de poderes. En origen, ¿qué significa ser representativa? Que las elecciones, no el súbdito, el ciudadano, elija. No vote. Hoy se vota, pero no se elige. Porque quien elige es el jefe del partido que hace las listas. Y ahí el súbdito no hace más que ratificar. Primera condición, tiene que elegir a quién. Pues solamente puedo elegir a una sola persona. Si eliges a más de una, eso no es democracia. Falta el requisito de la representación. Las listas y el sistema proporcional son antidemocráticos esencialmente. El único sistema democrático es elección uninominal, una sola persona por cada distrito. El distrito tiene que ser pequeño, no más de 100.000 habitantes. No hay tiempo para explicar por qué. En mi libro tengo explicado todo. Mi libro es Teoría Pura de la República.

Locutor 02

Teoría Pura de la República, que acaba de salir publicado en El Buey Mudo. Eso es.

Locutor 01

Pues la primera es que el representante elegido sea primero representante de su distrito. antes de ser representante de la nación ni del Estado. Eso es falso. El que sale elegido por un distrito tiene que ser leal y fiel a su distrito, aunque choque con otros distritos, aunque defienda lo contrario del vecino. Van a la Asamblea y cada uno tiene intereses contrapuestos. Es falsa la doctrina de Burke. Y decía ella que el diputado una vez elegido ya se convierte no en representante del distrito, sino en representante de toda la nación. Falso. El que sale elegido representa a los que lo han elegido, y como es por mayoría, representa al distrito completo, porque convencionalmente la elección por mayoría se entiende que es el único método de poder representar. Primer requisito, representación. Aquí no hay representación ninguna. En estas elecciones nadie representa a nadie, salvo a los jefes de partido que hacen las listas.

Locutor 02

Luego eso es... Votamos una lista cerrada y bloqueada en la que no podemos... Pero es que da lo mismo, es verdad.

Locutor 01

Pero él da lo mismo que sea abierta. Si es que si es la lista abierta, en Italia se hizo la experiencia y no votó ni el 3% en las listas abiertas. Las listas abiertas igual lo nefasto, lo antidemocrático, lo antiliberal y lo antirepresentativo es el sistema proporcional. Es decir, las listas cerradas o abiertas.

Locutor 02

Y la segunda característica, la división en origen de poderes.

Locutor 01

Desde toda la literatura clásica, desde Montesquieu está clarísimo estudiado, cada uno aportó lo suyo, Montesquieu la separación de poderes, la separación y todo, que vive la división. Todo ese conjunto de literatura está ignorado por la partidocracia porque ha confundido los poderes. Los poderes no se distinguen unos de otros por sus funciones. Franco tenía poder legislativo, poder judicial y él el poder ejecutivo. Pero eran distintas funciones de un solo poder. Hoy es lo mismo. Hoy hay función legislativa, función ejecutiva, función judicial, de un solo poder. ¿Quién? El partido que está gobernando. Bien, porque ha tenido la mayoría absoluta, bien, porque tiene una coalición con otro partido para tener mayoría absoluta entre los dos. Entonces, eso es, no hay democracia si no hay separación en origen de los poderes. ¿Qué quiere decir? Que las elecciones al presidente del gobierno y las elecciones a los diputados tienen que ser elecciones separadas. Y luego tiene que haber un mecanismo de garantía para que no se puedan poner de acuerdo, porque el poder hace que así surge la clase política. Hay clase política cuando los intereses de esa clase son superiores a los que tiene el partido con el pueblo o con su afiliado. El partido, en la reunión de la clave me acuerdo que coincidí con Anguita, con quien tengo amistad y pienso que es una buena persona, pero que está completamente equivocado en política. Y dijo en la clave de Barbín, dijo que él no pertenecía a la clase política. Y le dije, eres patético. La palabra patético en aquel tiempo no se utilizaba, por tanto tenía sentido. Hoy es ridícula la palabra y yo no la utilizo nunca, porque la gente lo comprende, la entiende de una manera ridícula. Le dije, eres patético porque tú ni siquiera sabes... que pertenece a la clase política. Tú, por ser dirigente del Partido Comunista, estar integrado en el sistema y defender el sistema, eres clase política. Y por tanto, ya no hay separación de poderes. La democracia se define por la separación en origen distinta. Y para que no se produzca ese conato de formar clase política, tiene que introducirse un mecanismo, que en Estados Unidos no existe. Porque en Estados Unidos, sin embargo, porque existe el precepto, el número séptimo del artículo primero de la Constitución de Estados Unidos, es antidemocrático. Y yo lo vi con mi libro, y digo, eso hay que reformarlo. Porque el presidente Obama y cualquier presidente de los Estados Unidos puede suspender la publicación de una ley, no promulgarla, no publicarla en el botín oficial. a su capricho cuando quiera, a condición de que la devuelva a las cámaras de representantes y al Senado, para que vuelvan a votarla y tengan una mayoría cualificada de tres cuartas partes para que entonces aprobarla. Eso es igual que el veto de la revolución francesa de Luis XVI. Eso es antidemocrático.

Locutor 02

Con lo cual digamos que regímenes democráticos verdaderos no existen. Suiza. Y me ha llamado la atención que de alguna manera consideran que en lo sustantivo un régimen de corte autoritario, digamos como el de Franco, en lo sustantivo no se distingue demasiado de la partidocracia actual.

Locutor 01

No es que no se distingue, en lo sustantivo no se distingue en nada.

Locutor 02

Nada.

Locutor 01

Ni siquiera en la libertad de expresión. Es falsa. ¿Cómo va a haber libertad de expresión en España cuando no hay libertad de pensamiento? ¿Y por qué no hay libertad de pensamiento? Dirán, claro, no señor, no soy libre. Los españoles no son libres de pensar lo que quieran porque le imponen el consenso. ¿Qué es el consenso? La prohibición de pensar. Ese es el consenso. Acuerdo para no pensar. Nadie por su cuenta. Se le da la consigna. España no hay libertad. España y el franquismo la diferencia es que quizás ni siquiera eso, el gal de Felipe González, era tan cruel como el franquismo. Para mí, estos Felipe González y compañía son imitadores de Franco. Felipe pensó montándose en el yate azor, pero eso no fue lo que imitó Franco, fue su legislatura. Y hoy, un hombre, un hombre que no fue llamado por Aznar, que no entrega a Aznar los papeles para protegerlo, para que no sea estigmatizado el Pascual Sala, el mismo que hoy en el Tribunal Constitucional. autoriza lo que ha autorizado, esa misma persona no llama a Felipe González a declarar como testigo en los crímenes del hogar para no estigmatizarlo. Y eso lo dice la prensa española y nadie se raga la testadura. Felipe González hoy es asesor del hombre más rico del mundo y está como un rico por toda Europa escuchándolo. Y para mí sigue siendo un responsable criminal. Para mí Felipe González es una persona indeseable de tratar ni de ver.

Locutor 02

Sí, sí, nos ha quedado claro por los epítetos que le has dirigido.

Locutor 01

Nada, pero lo mismo pienso, Daniel pienso igual que su cómplice porque no entregó los papeles del SESID. Vamos a Carlos.

Locutor 03

Yo no sé si volver a las alturas o bajuras del derecho constitucional o de seguir en las cloacas del Estado durante un rato, que es un tema, por cierto, bastante interesante y sobre el cual habría también mucho que hablar. Pero, en fin, por razón, si acaso de profesión o de querencia, yo volvería a las alturas del derecho constitucional. Alfredo comentaba hace unos instantes la transformación en el sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial y las consecuencias que eso ha tenido para la independencia del Poder Judicial. Y le señalaba, fuera de micrófono quizás, que lo mismo podríamos hablar respecto del Tribunal Constitucional. Nuestra Constitución, bien intencionadamente...

Locutor 01

Pero ahora todavía.

Locutor 03

Bien, intencionadamente estableció una mayoría cualificada para la elección de los magistrados del Tribunal Constitucional pensando que eso garantizaría un altísimo nivel de consenso en torno a los candidatos para integrarse en el tribunal entre los principales partidos con representación parlamentaria y que eso se traduciría en la elección de profesionales de prestigio reconocido por los unos y por los otros. A la postre, esa previsión constitucional ha quedado truncada. Lo que existe en estos momentos es un sistema de cuotas en el que los diputados del partido A votan a los candidatos del partido B con la nariz tapada a cambio de que los candidatos del partido B voten a los candidatos del partido A a pesar de que consideren que son deleznables. Y a la postre, acaban sentándose en el Tribunal Constitucional personas de las cuales discrepan muchos de los diputados que les han encumbrado esa posición constitucional. con sus votos. Ese es uno más de los muchos ejemplos de transformación o de mutación de nuestra constitución que no ha sido alterada en su literalidad, pero sí que ha sido alterada en su aplicación. Y todas esas alteraciones se han encaminado en la misma dirección, en la dirección de consolidar, de solidificar el papel que los partidos juegan en nuestra democracia y de transformar gradualmente... a nuestra democracia, que ya en sus orígenes, ya en el propio texto constitucional, otorgaba a los partidos una posición de privilegio en una auténtica partitocracia, en donde no hay alternativas y en donde por otra parte tampoco hay división de poderes. La idea de la división de poderes, ejecutivo, legislativo y judicial, queda en buena medida invalidada desde el momento en que la misma formación política ocupa el ejecutivo, ocupa el legislativo y controla el judicial. Y de la manera o desde el momento en que esa formación política impone a sus integrantes en cada uno de esos tres poderes una fuerte disciplina interna de la cual nadie se salta. ¿Cuándo fue la última vez que escuchamos noticias acerca de transfugismo o de voto fuera de la disciplina partidista en el Congreso o en el Senado? De vez en cuando eso se produce, naturalmente, en las corporaciones locales. Faltaría más, hay miles de ayuntamientos en nuestro país y faltaría más que no se produjesen media docena o una docena o una docena y media de casos de transfugismo al cabo de la legislatura. Pero el Congreso de los Diputados, desde hace ya muchas legislaturas, predomina la más absoluta disciplina. El que se mueve no sale en la foto. Nadie discrepa, nadie vota en conciencia, nadie somete a... a juicio o a discusión, los dictados de la cúpula de partido, que por otra parte es elegida en virtud de procesos no siempre transparentes. Añadamos a todo eso que los españoles han ido cada vez concentrando más su voto en los dos grandes partidos, en estos momentos el Partido Popular y el Partido Socialista suman más del setenta y tantos por ciento de los sufragios en unas elecciones generales, y que esos dos grandes partidos... que discrepan en tantísimas cosas cuando se trata de hablar de su propio estatus, de su propia situación, de las reglas de juego que garantizan su permanencia y su preeminencia, están completamente de acuerdo. Es curioso, después de una legislatura tan dura como esta, después de dos legislaturas tan duras como las dos últimas, en donde el Partido Popular y el Partido Socialista han discrepado en tantísimas cosas, Cuando llegue el momento de reformar las reglas del juego, cuando llegue el momento de reformar la ley electoral del 85 y elaborar la nueva ley electoral de este año, de hace apenas unos meses, del 2011, socialistas y populares se ponen de acuerdo. Socialistas y populares incapaces de ponerse de acuerdo en tantísimas otras cosas, sí que se ponen de acuerdo. A la hora de repartirse los espacios televisivos gratuitos, a la hora de repartirse el minutaje en los telediarios, a la hora de asegurar la financiación pública de sus campañas, a la hora de evitar el transfugismo en las corporaciones locales, etc. Es decir, cuando se trata de discutir acerca de las reglas del juego, los grandes siempre están de acuerdo. Los pequeños son los que discrepan, pero a los pequeños nadie les escucha.

Locutor 02

Pues sobre las reglas precisamente de ese sistema electoral español que favorece a los grandes partidos, así como a algunas formaciones regionalistas, nacionalistas, minoritarias, nos introduce ahora María Cárcaba.

Locutor 00

La ley electoral española, a pesar de fundarse en criterios de proporcionalidad, ha demostrado en repetidas ocasiones ser escasamente proporcional. De entrada, establece la provincia como circunscripción, lo que favorece enormemente a los partidos nacionalistas, que así obtienen con un número de votos mucho menor, una representación mucho más abultada que otros partidos nacionales minoritarios cuyos votantes no se hayan concentrados geográficamente, haciéndose de este modo insustituibles para la formación de gobiernos estables. En nuestro actual sistema electoral los únicos partidos que pueden acceder a una representación parlamentaria reseñable son aquellos con un respaldo mayoritario en el conjunto de la nación o aquellos que siendo minoritarios tienen a su electorado concentrado en unas pocas provincias. Si a ello se suma que según establece el artículo 163 de la ley orgánica del régimen electoral general, no se computan los votos de las candidaturas que hayan obtenido en su circunscripción un porcentaje menor al 3% y que los representantes que pudieran corresponderles se asignarían a las listas restantes, entenderemos que nuestro sistema electoral beta en términos prácticos la admisión de partidos minoritarios. A estas trabas debemos añadir que el sistema actual de recuento, la llamada ley DONT, favorece la sobrerepresentación de los partidos mayoritarios en cada circunscripción provincial. De este modo, los partidos minoritarios de ámbito nacional, que podrían favorecer la alternancia en el poder y restar protagonismo a los partidos nacionalistas en los grandes debates nacionales y acuerdos de Estado, son relegados a la insignificancia, cuando no a la clandestinidad. Sumemos a este panorama que la iniciativa legislativa popular no puede emplearse para instar la modificación de la Constitución ni de las leyes orgánicas entre las que se cuenta la propia ley electoral y que los poderes ejecutivo y judicial son elegidos a la postre por los representantes del poder legislativo. ¿Qué posibilidades de regeneración nos restan entonces frente al Leviatán partidocrático?

Locutor 02

Alfredo, ¿qué posibilidades hay de romper el cerco?

Locutor 04

Sí. Antes ha dicho Antonio García Treviján una cosa que yo estoy completamente de acuerdo y es cuando señalaba los rasgos que configuran y hacen reconocer una democracia, hablaba en primer lugar del carácter representativo. Yo creo que eso es esencial a la hora del sistema electoral. Yo creo que pocos conceptos ofrecen constantes motivos de insatisfacción como el de representación política. históricamente, progresivamente, a medida que se iba extendiendo el derecho de sufragio, han ido decantándose y configurándose unos sistemas electorales, merced a los cuales se ha ido produciendo una abierta divergencia entre los electores. y los elegidos. Y eso es el problema de la representación política. Si a eso unimos el peso, como antes hablamos, de los partidos políticos, pues hace que realmente los parlamentos se hayan convertido en instituciones que ejercen un papel meramente homologador o legitimador de las decisiones políticas. Y yo creo que el sistema electoral no deja de ser una técnica al servicio de esa representación política. Y yo estoy de acuerdo con lo que se ha dicho antes. Yo creo que desde esta perspectiva garantiza más y mayormente una representación política un sistema electoral concebido en pequeñas circunscripciones, distritos. Distritos, a mi modo de ver, uninominales, que responden al sistema mayoritario, donde se elige a un representante. Eso yo creo que propicia una relación mucho más directa y mucho más fluida entre el elector, el pueblo y los representantes. Eso se ha ensayado históricamente y el derecho a comparar muchos sistemas ha sido objeto de críticas, pero yo creo que en el contexto actual en el que estamos hablando, creo que el sistema proporcional tergiversa y desdibuja esa idea real de representación política.