Derecho Continental vs Derecho Insular Jueces y Fiscales en la REPÚBLICA CONSTITUCIONAL
Transcripción
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La diferencia la explicaré un millón de veces si es necesario porque es mi profesión, mi formación, conozco la diferencia entre el derecho europeo continental y el derecho insular de Inglaterra y el de Estados Unidos que procede de él. La democracia es incompatible elegir por una votación popular a los jueces y fiscales como se hace con los fiscales en Estados Unidos. Eso es imposible, y decirlo es muy sencillo. ¿Por qué? Porque el derecho español, como el francés, el italiano, el alemán y todo el europeo continental, es un derecho técnico, procedente de una codificación de todas las costumbres, leyes y normas que desde que acabó el Imperio Romano se han ido formando hasta la época de las codificaciones, que fue el siglo XIX. Y ese derecho técnico no puede ser aplicado más que por profesionales técnicos, por abogados, jueces que han estudiado juntos y fiscales el mismo tipo de carrera, con una especialización distinta a las demás carreras. Es técnico, requiere un conocimiento, no se puede nombrar jefe de los jueces a quien ignora por completo el derecho. Eso sí, es una locura. En cambio, en Inglaterra y Estados Unidos el derecho no, aunque hay una influencia en Inglaterra muy grande, sobre todo en el norte, del derecho, la última etapa del derecho romano, el derecho que se llama la recepción del derecho justinianeo en Inglaterra, sin embargo... La formación de jueces, como lo ha abogado él la misma, son colegios, como he explicado en mis libros. Y ahí la formación de un juez no viene del conocimiento técnico de las leyes, sino del antecedente judicial, que no es la jurisprudencia. El antecedente judicial no es la jurisprudencia europea. La jurisprudencia requiere que haya no dos ni tres, no, tiene que haber una, en realidad, una constante doctrina jurisprudencial derivada de la sentencia que sea uniforme, que no haya disparidad de criterios. Por eso hay un recurso para uniformar doctrina cuando hay diversos criterios dentro de Europa. Pero en Inglaterra y Estados Unidos no es así. Es el precedente judicial donde hay el Estado contra un particular. Y se llama así la cadastra. Entonces hay que tener unas colecciones enormes de todos los casos juzgados que han llegado al Supremo, a la Corte Suprema en Estados Unidos, para conocer que el antecedente es muy fácil. El antecedente judicial ya lo pueden estudiar personas que no sean de derecho. No solo hablo del fiscal y los abogados que sí que conocen el derecho, sino que el pueblo puede elegir a personas de probidad, honestas, serias, estudiosas, para que inician una carrera fiscal a partir de la cual pueden incluso hacer luego una carrera política.
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Por eso también allí el jurado es una institución típica de ese tipo de derecho y es extraño a la cultura jurídica continental. Completamente. Y pasa lo que pasa cuando se trasplantan esas instituciones aquí, como el fracaso que está siendo la implantación del tribunal de jurado en España no sirve, no funciona. No se puede imitar. Siempre lo comparo con el siguiente ejemplo, es como meter una trucha en el mar, es meter un par de agua dulce en agua salada, es totalmente distinto. Pues está bien el ejemplo.