Hacia la república constitucional
Transcripción
Locutor 00
Siendo este programa la lucha por el derecho, un espacio de libertad constituyente televisión, hoy voy a apartarme un poco de lo que es estrictamente las cuestiones de orden jurídico para pasar a las cuestiones de la acción, en tanto que efectivamente dentro de las ideas que propugnamos, dentro de la teoría pura de la República diseñada por don Antonio García Trevijano, por nuestro fundador, La acción es algo elemental, ya decía él que sólo en la mística platónica las ideas provienen de las ideas, sino también de la acción, y en su caso la acción fue algo que marcó toda su vida decididamente, alimentando su teoría política. y no al revés. No era mero idealismo su teoría política, sino que se basaba en la realidad y en la propia experiencia de la acción política decidida por la consecución en España de la democracia. En este sentido es muy importante poner de manifiesto cómo de la obra de don Antonio García Trevijano ya se pone de manifiesto cómo ese concepto que diseña, repúblico, no es sino un paso más a ser republicano. Es decir, el republicano es el que tiene unas ideas sobre la república, casi siempre de carácter negativo, definiendo la república por la oposición a la monarquía, pero no sustantivamente por lo que es como él define por primera vez en el pensamiento político. De hecho, se puede decir sin género de dudas que ser repúblico a fuera de republicano, Necesariamente, si alguien es repúblico, tiene que ser republicano. Me hace mucha gracia tanto repúblico que sale últimamente por ahí que oculta la república o reniega de ella directamente. No, no, no. Se es repúblico a fuera de republicano. Nosotros no propugnamos la república como forma negativa de la monarquía, sino que estamos allí en la acción por la república. Si no se mira así a la República Constitucional como objetivo en todas las fases de la acción por la libertad política colectiva, desde el principio mismo, cualquier intento de conseguir que España sea una democracia será absolutamente vano. La ceremonia de la confusión con la amputación de la teoría de la acción republicana legada por García Trevijano del conjunto de su construcción política en realidad es un peligro cierto para el triunfo de sus ideas. No es que sea inane, es que es pernicioso y peligroso. Clamar por libertad constituyente o elección de forma de Estado y Gobierno sin saber hacia dónde ir como pollo sin cabeza o aun sin tomar partido decididamente desde el comienzo por la República Constitucional no sólo es temerario sino pernicioso. Por algo don Antonio siempre se mostró tan reacio y le producía cierto repelús, por decirlo así, expresiones manidas como aquella de la cita a Machado de Caminante, no hay camino, sino que se hace camino al andar, eso será en la poesía. ...esos serán otros órdenes de la vida... ...pero en la política no... ...en la política cuando se emprende un camino... ...hay que saber a dónde se llega... ...le producía la misma sensación... ...que la frase de Lord Acton... ...me acuerdo y la misma reacción... ...cuando decía que... ...el poder corrompe y el poder absoluto... ...corrompe absolutamente... ...que también calificaba como una tontería... ...nos ponía siempre de ejemplo... ...la patria potestad... ...que mayor ejemplo... ...de poder... que la patria potestad que tienen los padres hacia los hijos, y no corrompe en absoluto. Lo que corrompe es el poder sin control. Pues esto del caminante, no hay camino, se hace camino al andar, y bueno, vamos a emprender un camino hacia la libertad constituyente sin saber a dónde queremos llegar y cuál va a ser el final de este, pues es una acción realmente irresponsable. Naturalmente que los gobernados deben elegir libremente su forma de estado de gobierno llegado el momento decisivo de la libertad constituyente pero siempre con la vista puesta claramente como digo desde el principio en la consecución de la república constitucional como acción humana y garantía de la libertad política a tal punto es así que ese camino de la libertad constituyente como medio para el cambio y la ruptura pacífica con la monarquía de los partidos, nace como patrimonio intelectual propio de los partidarios y de las ideas de la República Constitucional y de su acción política. Es la forma de acción política de los partidarios de la República Constitucional. De modo que el mero hecho de que se llegue a abrir un periodo de libertad constituyente debe ser porque la idea de la República Constitucional ya ha ganado la hegemonía cultural y política, de tal modo que el triunfo de esa opción novedosa esté garantizado a la finalización del periodo de libertad constituyente, de esa fase de libertad constituyente. Solo así se asegura que al final... De ese camino se encuentra la libertad política colectiva que institucionalmente construye y garantiza la República Constitucional, porque la República Constitucional no es el fin, sino al fin y al cabo es la garantía, el medio, la acción humana para llegar a la libertad política colectiva, que ese sí es nuestro fin. Lo contrario, clamar por libertad constituyente sin saber dónde se quiere ir, donde se quiere llegar, ni apuntalar tal acción política decisiva prescindiendo del decidido horizonte de la República, no es emprender el camino de la acción, sino precipitarse hacia la incertidumbre, solo activismo loco e irresponsable. Ojo pues con la ceremonia de la confusión creada en el afán de atraer partidarios a un incierto periodo de libertad constituyente en el que no se tenga claro cuáles son las opciones que están a final del mismo, las tres opciones que nos decía don Antonio, la reaccionaria que queda identificada con la vuelta a la república de los partidos, la acción conservadora, que es la que liga a la monarquía por su papel decisivo histórico en España, a los partidos, principalmente a través de la Constitución del 78, donde liga su destino. Es imposible que estuviéramos a día de hoy en una monarquía de partidos si no fuera por el papel de la monarquía. Ha unido su destino al de la propia oligarquía de partidos y luego la opción novedosa, la opción de la República Constitucional que es la que nosotros defendemos. Ojo pues, como digo, con esa confusión de que por el mero hecho de atraer partidarios a un periodo de libertad constituyente no sea que al final nos encontremos que no se llega al fin pretendido de esa libertad constituyente que es al alcanzar la libertad política colectiva. Y eso solo se puede hacer cuando se haya asegurado previamente la hegemonía cultural y política de la República Constitucional, como digo, acción humana y garantía de la construcción institucional de esa democracia.