En el programa de hoy han intervenido D. Antonio García-Trevijano y D. Pedro Gallego.
RLC (2018-01-09) ART. 155 y Cataluña
Locutor 02
Bienvenidos a Radio Libertad Constituyente. Están escuchando Radio Libertad Constituyente con don Antonio García Trevijano.
Locutor 03
Hola queridos amigos, una tarde más. En mi caso, en el primer programa después de este 2018, en nuestro programa de Radio Libertad Constituyente. Hoy tengo la suerte de compartir aquí en directo en la Galería de Somos Aguas el programa con nuestro maestro y amigo don Antonio García Trevijano. ¿Qué tal don Antonio? Feliz año. Estoy muy constipado de nariz, pero no es grave.
Antonio garcía-trevijano
Pero estoy todo el día con pañuelos y clines Moqueando, líquido, sin ninguna mucosidad, solamente líquido, líquido, líquido, líquido, pero en fin, paciencia. Muy bien. Vamos a ver qué piensas hoy, qué hablemos.
Locutor 03
Bueno, yo creo que tenemos que seguir a la fuerza con el sainete catalán y quería que explicara de una manera, como jurista, como filósofo, que domina la ciencia jurídica, la hermenéutica jurídica, ha habido pues cierto sector que ha querido ver en tu análisis una excesiva interpretación, entendiendo por excesiva interpretación, queriendo llevar al límite los efectos o la interpretación de ese artículo, más o menos en el sentido de querer expresar que, hombre, que eso de la ejecución forzosa no hay que llevarlo al plano literal del término, puesto que si alguien se niega a hacerlo, evidentemente no se puede dejar así, tendrá que ser otro, etc. Para eso, como jurista que eres, quiero que en esta primera introducción expliques el significado del apartado 2 del artículo 155 que hace referencia a la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, lógicamente esas medidas tienen que ser ejecutadas forzosamente y sin nada más. Bien.
Antonio garcía-trevijano
Ninguna persona que sea abogado que haya estudiado la carrera para ejercerla, ni mucho menos ninguna persona que sea juez puedes obtener la barbaridad que acabas de decir, no tú, sino los que te comentan que somos exagerados. La ley no sabe, no distingue, no sabe lo que es una interpretación exagerada ni modesta. La interpretación tiene que ser solamente correcta, con arreglo a derecho, con arreglo a la ley general, con arreglo a las normas de interpretación de las leyes. Así tiene que ser una interpretación. Y entonces toda interpretación jurídica sobre un tema como trata el artículo 155 que consiste este artículo en una especificación de lo que se debe de hacer cuando una autonomía política Según la letra de la Constitución, no cumple el interés general, no cumple los preceptos de la Constitución y transgrede las funciones para las que está autorizada la autonomía. Se plantea el problema que se plantea para poder analizarlo científicamente, no mi opinión. Con rigor, igual que un físico tiene que analizar el átomo para saber la naturaleza íntima que tiene. Pues igual. Para ello, este artículo necesita interpretar según la naturaleza de la prestación, que es el objeto de toda obligación, qué es lo que corresponde hacer, repito, según la naturaleza de la prestación que constituye el objeto de la obligación. ¿Qué prestación hay aquí en en Cataluña pues que la Generalitat de Cataluña y el Parlamento Catalán estaban haciendo unas leyes sí, sí haciendo unas leyes contra la letra y el espíritu de la Constitución y con el objetivo de separar a Cataluña del resto de España política y legalmente y jurídicamente para que en Cataluña no rigieran las leyes españolas no podía ser más evidente, que esto está prohibido en la Constitución. ¿Y esa prestación en qué consiste? ¿Esa prohibición en qué consiste? Pues, por un lado, que se puede obligar al cumplimiento forzoso de las obligaciones constitucionales, que es lo que hace el artículo 155. Obliga al cumplimiento forzoso de aquello que la autonomía de Cataluña no puede hacer porque está prohibido. Entonces le obliga a la autonomía de Cataluña a que no lo haga. Y a que haga lo que no hace, que es administrar y legislar dentro del ámbito de la autonomía con arreglo a las leyes generales españolas y a la Constitución. Así porque las obligaciones... son nada más que de tres clases. Las obligaciones por el objeto de la prestación, claro. Hay obligaciones de dar, hay obligaciones de hacer y hay obligaciones de no hacer. Excluidas las obligaciones de dar, puesto que aquí no había ningún objeto que constituyera la obligación de entregarlo a otra persona, sino que consistía en impedir, en no hacer la separación de Cataluña del resto de España y en cumplir al pie de la letra los preceptos constitucionales que integran a Cataluña dentro del conjunto español esas dos obligaciones tanto la de hacer como la de no hacer si el obligado no lo cumple y por obligado no hay más que aquel que está en primer término obligado si no lo cumple el derecho concede cauces para obligarlo, bien sea, porque mediante la coacción, para que pueda llevarse a cabo el cumplimiento forzoso de aquello que el obligado en primer lugar no quiere hacerlo. O bien, para deshacer, obligarlo a deshacer, lo han hecho las leyes de desconexión. Deshacerlas. ¿Obligarlo a quién? A la autonomía. ¿Es esto posible? Ese no es el tema. El tema no es si es posible o no es posible que el gobierno central pueda obligar a la autonomía catalana, antes de la aplicación del artículo 155, si puede obligarlo o no a que deshaga lo mal hecho y que haga bien lo que hace mal. Ese no es el tema. Porque si no puede obligarlo es que está mal hecha la Constitución y el 155 se convierte en inaplicable. ¿Qué es lo que sucede? Porque el artículo 155, para que adquiera sentido jurídico, necesita tener en su letra la figura del delegado de gobierno central de Madrid, como está en la Constitución alemana. Si un Estado federal, aquí, si una comunidad autónoma hace lo que no debe y deja de hacer lo que debe... El delegado de gobierno, según el artículo 155, que en España no existe, porque no hay nombrado ninguno. No, hay uno, sí, pero el delegado de gobierno de Cataluña es el agente ejecutor de las órdenes que recibe de Madrid, del centro, del gobierno central, para llevar a cabo las obligaciones que la Generalitat no lo lleva. Eso no tiene término de duda. No puede haber una interpretación exagerada ni moderada. El derecho no admite eso. Porque los jueces no son árbitros. Y el derecho está escrito para los jueces que lo aplican. Y el juez no es un árbitro. no puede tener ningún margen para salirse de lo que dice el texto de la ley. Y lo que dice el texto del 155 es sencillamente inaplicable, porque lo que dice únicamente es que el gobierno de Rajoy podrá dar instrucciones a la autoridad de la autonomía catalana, es decir, a Puigdemont, para obligarle al cumplimiento forzoso de aquello que Puigdemont no quiere cumplir. Es tan absurdo, tan ridículo, que no merece la pena más que a un niño Decirle, no digas tonterías, se llame ese niño juez del supremo, se llame tribunal constitucional, se llame la prensa entera o los radios o las televisiones, hay que decirle, sois niños, es imposible defender lo que estáis defendiendo, eso no tiene sentido, porque... ¿Qué creéis? ¿Que una constitución es algo muy difícil de interpretar? No. Si fuera muy difícil, no se enseñaría en los colegios a los niños la constitución. ¿Por qué se la enseña? Tan difícil que un niño comprenda que el 155 necesita una figura para ser aplicado que se llama delegado de gobierno y que no ha sido puesta en juego porque no lo nombra. No lo nombra, pero está en el artículo 154 anterior regulada su función. En Alemania se nombra y en la Constitución de Bonn se aplica el artículo 155 ejecutado por el delegado de gobierno que obliga a los Länder, alemanes, al cumplimiento forzoso de aquello que no quieren cumplir o de lo que han hecho mal hecho y tienen que deshacerlo. Eso es así de sencillo. No hay otra posibilidad alguna de interpretación. No es que eso sea mi opinión, pero que se parea de hablar. Si fuera cuestión de opinión el derecho, no habría defiencia del derecho. El derecho tiene que saber ser interpretado como una ley de la gravedad. Es verdad que el derecho no tiene una comprobación de su eficacia tan grande como la tiene, que si tiras una tierra o una piedra para arriba te cae en la cabeza. El derecho no tiene esa comprobación fáctica, pero tiene otras muchas que son iguales. Si no cumples te cae en la cárcel, como que la autoridad catalana no obedece al delegado de gobierno o al Rajoy. Delito de desobediencia. ¿Cómo? Que desengancha a España, a Cataluña del resto de España. ¿Cómo? Delito, pero delito gravísimo de sedición. Y si intervienen gente armada, aunque no utilicen las armas, delito gravísimo de rebelión. Nada más. Y eso es lo único que puede dar cabida en Cataluña, haber serenado los ánimos y haber conducido por un cauce de paz y tranquilidad la agitación absurda e incesante que produce la actuación de Rajoy ante el problema catalán. El pecturador es Rajoy, él es el que pecturba, ¿Queréis más pruebas? ¿Qué es lo que ha hecho? Ha arreglado el tema catalán. ¿Pero cómo? No tenía en la mano. Bueno, según la ley de la Constitución, no. No la tenía en la mano porque estaba aplicando disparatamente el artículo 155. Pero tenía en la mano el poder de hacerlo. El poder. No el poder de un Estado de Derecho. Sino el poder de un Estado arbitrario. Pero lo tenía. ¿Y qué ha hecho con el poder? Algo ridículo. ha encarcelado a tres personas, cuatro o cinco, y a los demás lo ha quitado de la Generalitat y del Parlamento lo somete a un examen de sus actuaciones. Eso está prohibido. Ha hecho algo prohibido e ilegal. Ahora, ¿qué va a hacer el Supremo? ¿Qué va a hacer el Supremo? Desde luego, tengo curiosidad. A ver, ¿qué letra dice? ¿Qué comapone el Supremo para defender la actuación de Rajoy? Que seguro que lo va a hacer. ¿Pero qué va a decir? ¿Qué palabras va a emplear? Para decir que el artículo 155 no tiene más que una sola interpretación, que se llama cumplimiento forzoso de las obligaciones a la autoridad. de la autonomía que contiene dicho artículo cumplimiento forzoso cumplimiento forzoso no es el cumplimiento voluntario el cumplimiento voluntario le corresponde al obligado pero el forzoso puede ser que le corresponda al obligado y si este no quiere hacerlo Otro tiene que hacerlo en su lugar. Voy a poner un ejemplo clarísimo para que ya todos comprendan la claridad y sencillez de lo que implica cumplimiento forzoso de las obligaciones. Porque hay un tipo de obligaciones que se llama de cumplimiento personalísimo. De tal manera que si el obligado no lo cumple, es imposible que otro en su lugar lo cumpla. No puede ser sustituido. El sujeto no puede ser subrogado en el cumplimiento de la obligación por otra persona. Ejemplo, los artistas. Supongamos que le encargo a Picasso un retrato. Y le doy dinero, un millón de pesetas. Y Picasso no lo hace. ¿Qué puedo hacer yo con Picasso? ¿Puedo obligarlo a que me pinte? Eso es imposible. Si no quiere pintarme, no me pintará. Entonces, ¿en qué consiste el cumplimiento forzoso? ¿En el objeto de la obligación? No. Porque el objeto de la obligación nadie puede sustituir a Picasso. Nadie puede cumplir su obligación en su nombre. ni por su cuenta. Es imposible. Si él no quiere, ¿qué sucede entonces? Que la obligación se sustituye por otra que se llama el pago del id quod interest. Y quien no lo sepa, no, se lo voy a traducir. La indemnización de daño y perjuicio. Risco de interés. Me ha perjudicado, le he dado droga, que me pague. Yo lo llevo a los tribunales y me tiene que pagar una indemnización por no cumplir el retrato. Pero lo que nadie, ningún juez puede obligar a Picasso es a cogerle la mano y que me haga llevarle la pintura si él no quiere hacerlo. Pues igual es esto, así de sencillo. Esto es deshacer las obligaciones... mal hecha de la autonomía que quería desconectar a Cataluña del resto de España fuera de todas las decisiones desechas que se nieguen a hacerlo ellos mismos no hay ningún problema le obligan cumplimiento forzoso si no Ya estamos en otro tema. Ahora es que entramos de lleno otra vez en el Código Penal. Aunque nunca hubiera existido delito de sedición ni delito de rebelión, aunque nunca hubiera existido, si no cumplieran las órdenes que le daba Rajoy para deshacer las leyes de desenganche de Cataluña y de España. Y para hacer que se cumpla la obligación constituye una gravísima desobediencia a la autoridad que está castigada como un delito grave en el Código Penal. Y como hay, además de eso, constituye por sí mismo un delito de sedición y un delito de rebelión, hay una concurrencia de delitos, que es lo que ha habido en Cataluña. Pero nadie se atreve a decir la verdad a los españoles. Nadie, ni en radio, ni en televisiones, ni en las universidades, ni profesores, nadie. Porque tienen miedo. Porque no hay ni una sola persona que haya probado bien la asignatura de derecho y que sostenga la tesis de que Rajoy está autorizado por el 155 para hacer él mismo en lugar de Puigdemont lo que ha hecho falso, mentira y ya estoy cansado de repetirlo pero lo diré una vez más y desafío a la autoridad más alta que haya en España en materia de derechos para que enfrentarlo conmigo y se lo digo a las televisiones a la prensa que lo enfrenten conmigo me bastan dos minutos no quiero más para destruir la barbaridad de todos los medios de comunicación que están mintiendo.
Locutor 03
Antonio, me has recordado cuando has dicho, has hecho la analogía del derecho y la ciencia, las semejanzas que puede tener con la física, que lo que he aprendido estos años contigo es una cosa fundamental, que es que el derecho es un sistema, y al ser un sistema tiene que buscar una solución a un problema de alguna forma, y la tiene que dar. En este caso lo que ha ocurrido es que han cogido no una solución, porque no era una solución el 155, ya que no resuelve nada, es al contrario. Y ya para terminar este asunto, ya para rematarlo, una coda. Cuando dice el apartado 2, que ha repetido ahora al tenor literal, ¿podrá dar instrucciones? ¿Esa posibilidad la contempla como algo alternativo? Es decir, que el gobierno pueda ejecutar esas medidas como él quiera, pero que además puede dar instrucciones a las comunidades. No, eso es imposible, he comprendido.
Antonio garcía-trevijano
Es imposible. Porque como es una medida excepcional que el gobierno en circunstancias normales no podría adoptar, la ley especifica que el gobierno podrá, porque en cualquier otra circunstancia no podrá. Y por eso se dice que podrá en esas circunstancias. Y lo único que puede hacer es dar instrucciones a las autoridades de Cataluña. Y cómo es absurdo y ridículo. Además, lo he explicado una vez y lo repetiré. Esto se debe a que cuando copiaron el artículo 37, creo que no me acuerdo, de la construcción de Bonn, se olvidaron de nombrar ahí a la figura del delegado de gobierno, que en Alemania está nombrado. En Alemania, el gobierno central alemán federal da instrucciones al delegado de gobierno... del gobierno central, del gobierno federal, para que cumpla lo que la autoridad autonómica o en aquel país federal no quiera hacer. Así de sencillo. Y es tan claro que no cabe artificios retóricos ni... Cuestión de energía, ni es porque queremos que la traguen, ni porque queremos hacer las cosas a la fuerza, es que el derecho uno es dos. O es susceptible de ser aplicado mediante coacción, o no es derecho. Es que el derecho, como la ley, tiene dos clases de fuerza, que se llaman la vis directiva y la vis coactiva. Bien, este 155 tiene una vis directiva, porque dice que podrá... Pero no tiene vis coactiva. Entonces no puede obligar a la autoridad catalana para hacer lo que la vis directiva le dice. Y si toda ley necesita esas dos fuerzas, la directiva y la coactiva. Y si falla una de las dos, no hay Estado de Derecho. Es mentira.
Locutor 03
Es propaganda. Mentira. Y como dice también Jeremy y creo que Karen también, que es una idea de voluntad. El derecho. De hacerlo cumplir.
Antonio garcía-trevijano
Claro, quiero decir que cuando has dicho antes lo del sistema, me he acordado, claro, porque hay sistemas científico pero la prueba de que es sistema es que hay un artículo del código civil y del código procesal que un juez no puede dejar de sentenciar bajo pretexto de error o ignorancia puesto que tiene que fallar aunque no encuentre una norma él tiene que aplicarla por la logía como sea pero es sistema porque no admite lagunas si hay una laguna el juez tiene que llenarla Por eso es científico, claro. Es científico. Si conoces los principios generales del derecho, como es lo que hay que estudiar de verdad, pues la aplicación de esos principios generales te conduce a la aplicación de los principios particulares, sea del Código Civil, del Código Penal, del Código Mediativo o de la Constitución, con una diferencia. Que la Constitución no es una ley. Esto la gente no lo sabe, ni los catedráticos. La Constitución no es ley. Porque una ley es aquella voluntad, que acabo de pronunciar la palabra, de una mayoría que en el poder legislativo impone el criterio mayoritario contra la mayoría que pierde en una lucha de intereses. Hay una mayoría y una mayoría. Bien. Pues el interés de la mayoría es el que está protegido por la ley. Pero una constitución no. Lo repitieron un millón de veces a estos ignorantes. La constitución es al revés. El derecho de una persona en la constitución prevalece sobre el derecho de todos. Lo contrario que en la ley. Eso es. ¿Por qué no? ¿Por qué no me desafían? ¿Por qué no me llaman para discutir conmigo? ¿Por qué? ¿Por qué no quieren que sean pues? Que lo pongan ridículo. De su ignorancia, ¿no? Del derecho, por supuesto. Pero también del derecho constitucional. Una constitución no es una ley de leyes. Eso no es verdad. Una constitución es una norma suprema que regula el juego del poder político, la jugada, que regula la jugada política, no el juego. El juego lo regulan las leyes, los gobiernos, los parlamentos. Pero una constitución regula la jugada, no el juego. A ver si verdaderamente hay que tener muchísima ecuanidad para hablar de estas cosas sin enfadarse, sin decir pero en qué país europeo estamos. ¿En qué país de España que no saben la diferencia entre una constitución y una ley?
Locutor 03
Desde luego estas palabras sí serían entendidas al 100% en Estados Unidos. Y en Alemania. Cuando cualquier juez de cualquier pueblo puede paralizar una ley inaplicable. Y en Alemania también. Muy bien, don Antonio. Llevamos 25 minutos. Sí, pero tú sigue ahora como quieras. Sí, si quieres, cambiando de tercio, pero en la misma línea, que es la cuestión de todo este sainete catalán, quiero leer un artículo muy breve del mundo, de Luis María Anzón, que se llama Fainé y España. Uy. Pues contra Fainé o contra España. No, Fainé y España. Voy a leerlo y luego... Tenido siempre como un tótem de la comunicación, miembro de la Real Academia. De hecho, el Sejak está firmando siempre aquí con ese título. Parece mentira que ya con la edad que tiene... siga escribiendo estas palabras que voy a leer. Dice, Isidro Fainé se ha esforzado desde hace años en alentar una solución razonable, dialogada y constitucional al conflicto entre un sector de Cataluña y el gobierno de España. Yo primero lo que digo, ¿constitucional?
Antonio garcía-trevijano
No.
Locutor 03
Conocedores a fondo de la realidad catalana y del esperpento secesionista, Fainé y Jaume Giró, Impulsaron en diciembre de 2016 el informe de la Sociedad Económica Barcelona de Amigos del País, en el que se planteaba desde el respeto a la Constitución un programa de mínimos a negociar entre el gobierno y la Generalidad. El desdén con que fue acogido este esfuerzo fue lamentable y nadie en Moncloa ha sido capaz de evitar que se encendiera el intento de golpe de Estado. Steiner, premio Príncipe de Asturias de Comunicación, escribió que no todos los golpes de Estado suponen violencia armada. Fainé superó la crisis bancaria, es decir, la crisis de las cajas, integrando ocho de ellas y varias entidades bancarias a punto de quebrar en un banco que está ahora de la cabeza de Europa, potenciado además por una fundación cabecera del grupo La Caixa, que dedica 520 millones de euros al año en labores sociales, culturales y de investigación en toda España. El Financial Times calificó a La Caixa como el silencioso motor de España. Parece lógico que los partidos constitucionalistas soliciten el Consejo de Líderes Económicos y Empresariales, como Fainé, para encauzar la situación de Cataluña, que bordea de nuevo el despeñadero secesionista. El poder no existe para mí, solo el servicio, ha dicho Fainé, al que Bach califica en el primer periódico.
Antonio garcía-trevijano
El poder no existe para él. No, solo el servicio. Es decir, que no hay poder en España, hay servicio en Nueva York. Pues está exactamente igual que eran los falangistas y Franco. No había más que servicio, poder ninguno. Porque Franco no tenía poder. Y decían que no había más que servicio. Este pronuncia palabras de la falange.
Locutor 03
Es multimillonario, pero es humilde. No le gusta el poder. Solo servir. Eso, servir. «El poder no existe para mí, solo el servicio», ha dicho Feiné. Algebach califica en el primer periódico británico financiero como «hijo de campesinos y letrados que nacían en una casa sin agua ni electricidad, trabajando los trece años y en una tienda de reparación de bicicletas y convertido, a base de inteligencia, equilibrio y tenacidad, en el responsable de una de las entidades financieras más sólidas de Europa». Fainé ha mantenido siempre un inteligente equilibrio de concordia y conciliación ante los tirones independentistas de un sector de Cataluña. Tal vez Rajoy se decida abandonar los despropósitos arriólicos y solicite el consejo y mediación de hombres como Fainé y Giró, que saben lo que es necesario hacer para que en el marco de la legalidad se restablezca en Cataluña la estabilidad. En un almuerzo en el Palacio Real, Saramago expresó su satisfacción por el desembarco de Fainé en el Banco Portugués de Inversión. Y cita la frase de Saramago, «Gana la Caixa, gana Cataluña, gana Portugal, gana España», dijo el autor de la balsa de piedra, quien subrayó su admiración por la capacidad de Fainé para el entendimiento y la conciliación. Bueno, antes de que empiece este análisis, Quiero decir que no he leído tanta basura hace mucho tiempo. En primer lugar, parece increíble que una persona, que desde luego inculta no es, entienda que la solución política depende de economistas. Es decir, no es un problema político, es un problema económico. Y de bancos. Y de bancos. Debe desechar al... al arquitecto de la sociología que ha traído para él, que es Arriona, y debe confiar en la oligarquía de la banca y de las empresas petroleras y de gas catalanas para solucionar el problema catalán, porque esto es un problema económico que debe resolverse con economía y con empresarios y banqueros. Y, desde luego, siempre considerando que esto es un problema ya sempiterno en esta casa que hemos analizado, que es un problema de diálogo, de concordia y de entendimiento. Entonces, es realmente bochornoso. Me da pena, desde el punto de vista intelectual, que a estas alturas todavía escriba este tipo de artículos, este señor que por lo menos se debería despachar algo más profundo y más valiente.
Antonio garcía-trevijano
Vamos a decírselo a Roberto Centeno. Esto que has leído. Porque Roberto Centeno tiene una información directa y con cifras y datos de lo que es el Grupo Catalán y de la influencia que ha tenido en el separatismo. Y en el petróleo, el gas, el finante, hay calcio. Por eso yo no quiero decir nada porque no tengo esos datos en mi memoria.
Locutor 03
Sí, desde el punto de vista, como dices tú, del dato de elegir a esa persona, pero claro, aquí sí tu análisis me parece muy pertinente, que es cómo considera, nada menos que Luis Marianson, que el problema...
Antonio garcía-trevijano
soslaya el asunto no es político es un problema económico lo que tú estás señalando es cómo es posible que una persona en su sano juicio piense que un problema esencialmente político y exclusivamente político como es la separación de Cataluña del resto de España pueda creer que se puede resolver o puede actuar de hombre mediador, solucionador para árbitro un hombre que procede exclusivamente de los negocios de gas petrolero y la banca. Entonces eso quiere decir que no está hablando del mismo tema, él ha hablado de otra cosa, que es un hombre, antes, en tiempos de Franco, recuerdo que hubo también otras figuras, como Pedro Durán Farrell, como siempre ha habido en Cataluña, hombres que si querían seguir la estela del ministro de la República, que ganó muchísimo dinero, pero para su bolsillo, y que era un hombre que tenía fama de caballero, Cambó. Entonces esto lo que está pidiendo es un Cambó. Bueno, pues Cambó fue uno de los hombres más ricos de España que se hizo con sus tejemanejes con la monarquía. Así yo no puedo decir nada más porque yo prefiero darle la oportunidad a Roberto para que nos lo diga. Ahora, vamos a ver si hay algunos aspectos que podamos nosotros tratar. Yo creo que está bien tratado lo que hemos hecho y no sé si a ti se te ocurre otro aspecto para introducirlo.
Locutor 03
Bueno, llevamos 35 minutos. Yo creo que podríamos, si quieres, que analices como jurista las especulaciones que se están sobre la posibilidad de que se ha investido Puigdemont. Son locuras.
Antonio garcía-trevijano
En primer lugar, todas esas fantasías descansan sobre hipótesis absurdas. eso no existe la investidura tiene que ver un acto solemne de investidura con presencia física del que pretende la investidura todo eso es tontería, eso es imposible y luego el número de el número de votos está claro que por un lado los que han defendido la aplicación del 155 tienen sobre sí la mancha de estar asesinando los restos, los residuos que podía haber en España de un Estado de Derecho. Los que defienden el 155 han acabado con la posibilidad de que España sea llamada Estado de Derecho. Y, de otro lado, los separatistas, es imposible que lleguen a tener una mayoría, porque hay un verdadero odio, lo dije aquí en uno de los números, hay un odio africano entre Puigdemont Puigdemont y Junqueras. Pero de verdad, es irreconcilable. Digan lo que digan. Eso es imposible. Entonces, ningún bloque puede formar mayoría. El de los constitucionalistas, que no sé por qué se llaman constitucionalistas, porque son los que han roto el artículo 155. Es decir, el bloque del 155 Los arbitrarios y los partidarios de la arbitrariedad y de la fuerza bruta, pues no pueden formar gobierno. Digan lo que digan, ni Arrimada ni nadie. Y los separatistas tampoco. No tienen mayoría por el odio que no podrán. Entonces se están proponiendo fórmulas, pero yo no quiero perder el tiempo en eso. La fórmula que se proponen es que cambiar a los diputados que han salido elegidos, pero que están en la cárcel, o que están en el extranjero, que renuncien a su acta a cambio de una cartera del nuevo gobierno de la autonomía, de un ministerio, una cartera de la autonómica. Es que es de broma, es de niño. Esto va a terminar mal. No solo porque normalmente lo que mal empieza mal acaba, sino porque en este caso la incompetencia de Rajoy llega hasta el extremo que el aprendiz de brujos lo hace mejor. Él no puede detener la máquina que ha puesto en marcha, que es la máquina de la violencia. Rajoy ha puesto en marcha la máquina de la violencia. La fuerza bruta, ¿cómo la va a detener? Si no hay ninguna regla de derecho que sea respetable por ambas partes en Cataluña. Es verdad que con esto no hago más que decir que la solución que yo propuse desde el inicio era la única posible. El 155 ataca a la autonomía. Es un ataque frontal y directo a la autonomía. Destroza la autonomía de una manera brutal. Entonces, el daño que causa es a los catalanes, no sé el porcentaje, pero tengo la certeza... de que habrá muchos catalanes... que han votado contra el 155... sin ser separatistas... simplemente para defender la autonomía... en cambio yo proponía... que no se atacara... con el 155... porque iba a aglutinar... a todos los separatistas y autonomistas... en un solo bloque... como ha sucedido... que tienen mayoría... teórica... luego no podrán formar el gobierno... es otra cuestión... en cambio... No tienen mayoría ninguna los partidarios del 155. ¿Qué van a hacer? Pasarán los plazos. No se va a formar gobierno. ¿Y qué? ¿Otras elecciones? Pues otras elecciones. ¿Y qué va a pasar en otras elecciones? Pues lo mismo. Pero mientras tanto, ¿qué pasa con Cataluña? ¿Quién administra Cataluña? ¿Quién administra hospitales, carreteras, ferrocarriles, impuestos? ¿Quién? No. Sí. Rajoy... su desidia, su falta de decisión, sus escrúpulos para la acción, pero no son escrúpulos para la inacción. Pues su carácter está impidiendo a Rajoy, no digo ya ser un buen gobernante, está impidiendo que sea comprendido y tolerado por las propias fuerzas que lo sostienen hoy en España. Y Rajoy será expulsado del Partido Popular, o será perseguido, será dentro, donde no podrán soportar más el deterioro del PP por culpa de Rajoy. Y entonces se darán cuenta de que el más grave de todos los errores ha sido aplicar el artículo 145.
Locutor 03
Muy bien, pues creo que hasta llevamos algo más de 40 minutos y creo que por hoy, 45 minutos me informa Carlos desde La Técnica, creo que por hoy hemos finalizado el programa y hasta un nuevo episodio. Y continúa humedeciendo. Ah bueno, pero eso se arreglará antes que lo de Cataluña, sin duda. Un fuerte agradecimiento.
Desconocido
¿Qué pasa? no no no